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Revista de El Colegio de San Luis

versión On-line ISSN 2007-8846versión impresa ISSN 1665-899X

Revista Col. San Luis vol.11 no.22 San Luis Potosí ene./dic. 2021  Epub 16-Feb-2024

https://doi.org/10.21696/rcsl102120201236 

Artículos

El paso de la retórica a la neorretórica de Chaïm Perelman como teoría de la argumentación jurídica

The Transition from Rhetoric to Chaïm Perelman’s Neo-rhetoric as a Theory of Legal Argumentation

Barbara Edith Orihuela Rosas* 

* El Colegio de Morelos. Correo electrónico: barbara.orihuela@elcolegiodemorelos.edu.mx


Resumen

Iniciamos nuestra investigación desde un marco histórico que posibilita la reflexión sobre la retórica como arte, como técnica y como teoría de la argumentación. Tal reflexión nos permite, como objetivo de nuestra investigación, contribuir a dirimir la problemática jurídica presente a la hora de realizar un discurso jurídico, desde el campo de la argumentación jurídica, por los filósofos jurídicos y los operadores de la ciencia jurídica (jueces, abogados postulantes, profesores) que adolecen, algunas veces, de rigor en la estructura lógica, otras veces, de fundamentación y motivación (cuestiones materiales) y, muchas otras, de una visión pragmática que favorece la unión de las dos anteriores, más un carácter objetivista moral tendiente al respeto de los derechos humanos. Es por ello que se propone la utilización de un marco metodológico de índole neorretórico-disociativo de la argumentación jurídica como una herramienta para adentrarnos y mostrarnos la necesidad de dicha disociación como un cambio reflexivo, que surge de la búsqueda de la evitación de incompatibilidad entre tesis (de carácter normativo, de hechos o verdades), presente en la realidad social, política, económica y jurídica.

Palabras clave: disociación; neorretórica; argumentación; crítica literaria; lingüística

Abstract

We start our research from a historical framework that allows us to reflect on rhetoric as an art, as a technique and as a theory of argumentation. This will allow us -as the objective of our research- to contribute to resolving the legal problems present when making a legal discourse from the field of legal argumentation by legal philosophers and legal science operators (judges, soliciting lawyers, teachers), which sometimes suffer from rigor in the logical structure, other times from foundation and motivation -material issues- and many others from a pragmatic vision that allows the union of the two previous ones plus a moral objectivist character, tending to respect from the human rights. That is why the use of a methodological framework of a neo-rhetorical-dissociative nature of legal argumentation is proposed, as a tool that allows us to enter and show ourselves the need for such dissociation as a reflective change, which arises from the search to avoid incompatibility between thesis, (of a normative nature, of facts or truths) present in the social, political, economic and legal reality.

Keywords: dissociation; neo-theoretical; argumentation; literary criticism; linguistics

Introducción

La investigación que aquí se presenta tiene como objetivo mostrar las bondades de la aplicación de un marco metodológico de carácter neorretórico-disociativo de la argumentación jurídica, que permitirá dotar a la argumentación jurídica de los entrelazamientos necesarios para que el filósofo jurídico y los operadores de la ciencia jurídica (jueces, abogados postulantes, profesores) cuenten con herramientas de aplicación útil a la realidad política, social, económica y jurídica, con un rigor lógico material (fundamentación y motivación) y pragmático (unión de parte lógica, material y objetivismo moral).

Para mostrar la problemática planteada y demostrar la hipótesis propuesta en el párrafo que antecede, el presente trabajo se estructura en cuatro partes. En la primera se da un recorrido por Aristóteles y la retórica, en la que observamos una visión de la retórica como arte y técnica. En la segunda se analiza la retórica en Cicerón y Quintiliano, lo que nos permite mostrar los elementos de la retórica y su importancia en el discurso y la argumentación jurídicos. En la tercera parte se realiza un estudio crítico del surgimiento de la retórica y su importancia en la crítica literaria, tomando como autores trascendentes a Antonio García Berrio y Tomás Albadalejo. Por último, Chaïm Perelman, con el surgimiento de la neorretórica como teoría de la argumentación, nos muestra procedimientos que nos servirán como herramientas que tomar en consideración para crear argumentos jurídicos que resuelvan la incompatibilidad de una tesis con otras, que se presenta en la realidad social, política, económica y jurídica.

Aristóteles y la retórica

La segunda etapa de la filosofía griega data del año 400 al 450 a. C. (Aristóteles, 2013b), es representada por los sofistas, quienes hicieron pasar la retórica de un arte tradicional a una técnica, a una profesión. La retórica tenía un nivel oratorio, por lo cual podría decirse que los sofistas la consideraban como una doctrina del arte de probar y refutar.1 Es menester mencionar que entre los sofistas existía una delgada línea de separación entre la filosofía y la retórica, de manera que pasaban muy frecuentemente de una a otra sin percatarse. La inclinación retórica de los sofistas se manifestaba en su cuidadosa formación oratoria que iba encaminada al ideal del “bien decir” (Aristóteles, 2013a). La diferencia fundamental entre los sofistas y los filósofos respecto a la retórica estriba en que los segundos subordinan la retórica a la filosofía.

Al comienzo de la Retórica, en el libro I, Aristóteles dedica los capítulos primero y segundo a desentrañar la naturaleza y el significado de la retórica. Menciona que la retórica es una contrapartida de la dialéctica y, a su vez, la dialéctica es contrapartida de la retórica, ya que sus objetivos son distintos (Aristóteles, 2014). Aristóteles, en el segundo capítulo, considera la retórica como lo convincente y la dialéctica como “el arte de razonar sobre todo problema que se proponga a partir de cosas plausibles” (Aristóteles, 2013b), aunque ambas tienen en común el hecho de ser saberes sobre asuntos comunes y que no se refieren a una ciencia determinada, sino que son aplicables a cualquiera.

En Aristóteles vemos ya una visión de la retórica como perteneciente a la llamada teoría de la argumentación y a la lógica. De tal forma que la retórica tiene como fin mover a los hombres, lo que solo se consigue mediante la persuasión, y esta se logra sobre todo argumentando. Por eso, en la obra aristotélica, la retórica guarda relación con la dialéctica, pues ambas tienen que ver con la argumentación. Conviene subrayar que tanto la retórica como la dialéctica son una clase de argumentación, lo cual vemos con claridad en el estagirita cuando menciona que el método artístico es el de los argumentos, mientras que el argumento es una demostración, que no convence sino cuando suponemos que algo está demostrado. Más aún, se refiere a la demostración retórica como un entimema, es decir, el motivo de credibilidad más sólido, en forma de silogismo, que permite su análisis dialéctico a través de las premisas que conforman tal silogismo, y hace posible la comprensión de en cuáles asuntos versa el entimema y cuáles diferencias encierra respecto de los silogismos lógicos (Aristóteles, 2014).

La retórica de Aristóteles, como se observa, difiere de la lógica que el estagirita trata en Analíticos (Aristóteles, 2013b) en que no es necesariamente de lo verdadero, sino de lo verosímil, lo cual acerca la retórica a la dialéctica expuesta por el estagirita en los Tópicos (Aristóteles, 2013b), obra que trata solo sobre la verdad probable o plausible, y no de la verdad necesaria o apodíctica. Es indispensable subrayar que la retórica también difiere de la dialéctica en que esta última tiene como más propio el estudio de lo verdadero que no es evidente. “La retórica, por tanto, estudia lo verosímil y creíble, lo que parece verdadero y se puede aceptar como verdadero. Incluye lo verdadero (dentro de lo verosímil) porque lo verdadero puede hacerse conocer como verosímil”, ya que la retórica busca los argumentos para lograr esa verosimilitud (Beuchot, 1998, p. 16).

Los medios de argumentación persuasivos que se ponen al alcance de la retórica en la dimensión lógica dependen claramente de la dialéctica, es decir, de la tópica. Estos son de dos clases: los que emplean la inducción (epagogé) y los que emplean la deducción (syllogismós). De igual modo, la dialéctica nos muestra en la inducción o epagogé su carácter abreviado, llamado paradigma o ejemplo y en el caso de la deducción o syllogismós el tipo abreviado es el entimema. Así, Aristóteles define el entimema como “el silogismo retórico” y llama “paradigma a la inducción retórica” (Aristóteles, 2014).

Con la retórica de Aristóteles implantada en el siglo IV a. C. en el pensamiento clásico, se pretende definir y aclarar la función de las categorías necesarias para dar forma y nacimiento al sistema retórico. Dicho sistema es posible conformarlo con la noción de discurso, los géneros en la oratoria, las funciones que realiza el orador, así como las que realizan los oyentes del discurso en relación con este. Como se observa, la construcción argumentativa lógica que nos da Aristóteles genera una colaboración entre la retórica y la dialéctica en la actividad comunicativo-persuasiva, consistente en la defensa razonada de la posición mantenida por el orador (Albadalejo, 1991).

En la Retórica de Aristóteles encontramos, entonces, las bases y las directrices para la formación y la comprensión completa del fenómeno retórico, es decir, de todos los elementos que lo constituyen y las relaciones que entre estos existen. Los tratados retóricos posteriores concretan aspectos del esquema retórico general, la estructura global de estos, floreciendo un tratamiento integral del amplio objeto retórico constituido por el discurso y por los demás elementos retóricos. Aristóteles da cuenta de la organización del discurso retórico con proyección semántica y pragmática, de la que forman parte el orador, el contenido y el oyente. El discurso consta de tres elementos: el que habla, sobre lo que habla y a quien habla (Aristóteles, 2013b). La solidez del texto retórico la convierte en una importante ciencia del discurso que a través de la retórica general entra plenamente en la estructura metateórica de la ciencia general del texto.

Para Aristóteles, de acuerdo con Beuchot (1998, p. 11), “lo más característico del hombre es la dimensión lingüística de su comportamiento, ya que refleja su carácter racional”. Asimismo, ese carácter lingüístico de la conducta del hombre se interrelaciona con la sociabilidad humana y su aspecto político, en el que precisamente el estagirita engarza a la retórica, tal como se entendía en su tradición griega, considerándola exclusivamente como un acto lingüístico, por medio del cual el ser humano produce redes de interacción con los demás miembros de la polis, se sirve de ella para realizar un comportamiento altamente político, social. Por ello, desde los propios griegos, la retórica tiene como fin último el bien común, lo que es útil, deleitable y honesto para la sociedad civil (Beuchot, 1998).

Así, según Aristóteles, la retórica “se inserta en una teoría de la praxis o una teoría de la acción que se conecta con la ética y la política” (Beuchot, 1998, p. 12). De acuerdo con la primera, la retórica busca el bien en el actuar del humano; mientras que la segunda pretende lograr el convencimiento de otros en beneficio de la polis. “Además, eso está íntimamente conectado con el comportamiento lingüístico y racional del hombre frente al mundo” (1998, p. 12), pero debemos observar que no se queda solo en la razón, sino que intenta inmiscuirse en la parte emotiva del ser humano, debido a que la persuasión es racional y emotiva. Es decir, “se trata […] de hablar al entendimiento y a la voluntad del hombre, hablar al hombre de integral” (1998, p. 12).

La retórica griega en Roma: Cicerón y Quintiliano

La retórica griega se hace presente en Roma a mediados del siglo II a. C. La Rhetorica ad Herennium ha sido considerada hasta el día de hoy una obra anónima de alrededor del año 90 a. C. Se conoce como el tratado retórico más antiguo escrito en latín, en el que se puede observar el fenómeno retórico como una sistematización exhaustiva, conformado por cinco operaciones retóricas, de las partes del discurso, de las figuras, etcétera. Por ello, dicho tratado influyó en la conformación del sistema retórico como instrumento completo. La Rhetorica ad Herennium, que fue atribuida a Cicerón, constituye un sistema teórico de explicación retórica. Cicerón contaba, para su teorización, con una práctica oratoria, como en su perfecta prosa artística latina. Muchos años después de haber escrito De inventione, Cicerón produjo sus obras retóricas de madurez: De oratore, Orator, Partitiones oratoriae y Tópica (Albadalejo, 1991).

En el siglo I d. C., Quintiliano -retor hispanorromano- elabora de forma metódica la explicación del fenómeno retórico. En los doce libros de su Institutio oratoria están perfectamente tratadas las diferentes cuestiones concernientes al estatuto mismo de la retórica. En sus diálogos sobre los oradores expresa tácitamente su preocupación por la decadencia de la oratoria. La retórica era en todo momento una parte fundamental para los ciudadanos en su aspecto formativo. En las enseñanzas retóricas tenían una función muy importante las exercitationes, ejercicios o prácticas que los alumnos de los maestros de retórica hacían como ensayos de la construcción y emisión de discursos que se realizaban escribiendo, leyendo y diciendo, es decir, por medio de la redacción, la lectura de textos de autores que funcionaban como modelos objeto de imitación y la pronunciación de discursos.

Un elemento destacado de estos ejercicios lo constituían las declamaciones o controversias escolares sholasticae controversiae, práctica de la que se han mantenido algunos aspectos en la formación jurídica. La serie histórica de tres elementos doctrinales compuesta por la Rhetorica ad Herennium, el conjunto de obras retóricas de Cicerón y la Institutio oratoria de Quintiliano, exhaustivo tratado heredero de los dos elementos anteriores, forman la base de la rhetorica recepta que, a su vez, en su corpus teórico integra las categorías y las líneas principales del sistema retórico constituido a través de la historia. De tal forma que la sistematización de la retórica logra su solidez y coherencia gracias a la actividad teorizadora de los romanos, con su espíritu práctico (Albadalejo, 1991, p. 29).

Análisis crítico de la retórica desde la filosofía y la filología: algunos pensadores contemporáneos

En este apartado tenemos que hacer una acotación acerca de la relación entre la filología y la filosofía, en la que la primera se perfila de manera amplia como una construcción histórica de todo el saber y de sus partes y conocimiento de las ideas en el saber mismo (Romo, 2007, cit. en Orihuela, 2020, p. 19). Esto es, no solo nos referimos a los textos en sí, sino además a la antigüedad entera, cuando la metodología se despliega como la parte formal de la misma, y se desenvuelven entre la hermenéutica y la crítica, dado que ambas estructuran la totalidad material de los conocimientos de la filología.

Por su parte, la filosofía se relaciona con la filología al ser la base o el tronco de donde emana la filología. Lo podemos ver en palabras de Derrida, cuando dice que a primera vista podría parecer que la traducción es un problema externo de la filosofía, entendiendo por traducción la transposición de un texto de una lengua a otra, el cual se considera, tal vez, como un problema más afín a la filología que a la filosofía. Pero la realidad es que el problema de la traducción compete a las dos, ya que, como en el ejemplo que pone Derrida, tratándose de la traducción se presentan grandes problemas para el lenguaje y, a su vez, el lenguaje jamás deja de constituir un problema para la filosofía; esta es una de las condiciones, si no “la” condición, de posibilidad de la filosofía (Derrida, 1995) y la línea central del estudio de la filología.

En las líneas que siguen nos proponemos mostrar la retórica desde la crítica literaria y la retórica como arte, para lo cual recurriremos a las obras de García Berrio y Albadalejo, quienes muestran la importancia y trascendencia de la retórica en la teoría del lenguaje literario.

Antonio García Berrio: retórica en la crítica literaria

De acuerdo con García Berrio y Hernández Fernández, la literatura es un excelente espacio de conocimiento sobre el hombre, por eso se habla del “valor antropológico de la experiencia literaria” (García y Hernández, 2008, p. 18). Aristóteles, en su Poética, ya señalaba el aprendizaje recognoscitivo a través de la producción, imitación o copia en la obra artística, literaria o pictórica de las acciones de los seres humanos, lo que él llamaba mímesis, que, junto con el placer del ritmo, eran los dos fundamentos o causas de la literatura. El reconocer característico de la experiencia literaria significa que no se trata de un conocimiento totalmente nuevo, esto es, a partir de cero, como en el caso de las ciencias; referirnos a la experiencia literaria es hablar de aspectos sobre los que los hombres hemos hablado previamente.

Esa recognición de la experiencia literaria resurge en el pensamiento de Mijaíl Batjín, en su teoría marxista de la literatura. Batjín formuló con exactitud la experiencia literaria como un reconocimiento de raíz ética, que significa, como en Aristóteles, comportamiento (ethos) representado por personajes (García y Hernández, 2008, p. 21). De tal manera que, con Batjín, “lo que llamamos el contenido literario, objeto de la experiencia, está integrado por un componente referencial como el cúmulo de ideas histórico-filosóficas” (2008, p. 21). De acuerdo con García Berrio y Hernández Fernández, “la literatura tiene por tanto un doble espacio donde ejercer su actividad de mímesis referenciadora y simbólica: el mundo por explorar, objeto exterior de la experiencia, contemplado como universo de lo otro, alteridad, de alter, y lo que se percibe como lo propio e íntimo de nuestro yo, identidad” (2008, p. 22).

Debemos tomar en cuenta que las obras literarias son textos, sucesos o acontecimientos que forman parte no solo de una cuestión cultural, sino también de una génesis, que se presenta individualmente. “El estudio, descripción, explicación y valoración de las obras literarias individuales […] constituyen el objeto específico de la crítica literaria” (Sandoval, s/f). Es esta, de acuerdo con García Berrio y Hernández Fernández, “una actividad analítica que empieza por enfrentarse a objetos acotados, las obras, con el fin de describir y explicar sus contenidos y la forma expresiva con que se representan” (cit. en Sandoval, s/f). La labor crítica se convierte, entonces, en una forma de mediación en todos sus niveles y modalidades (Sandoval, s/f).

La crítica literaria podemos definirla como una rama de la literatura que analiza los criterios de base en los que deposita sus diagnósticos como fundamentos de sus valoraciones. Tales criterios, en el conjunto que constituye la ciencia de la literatura, los aporta la teoría literaria, denominación que en la actualidad asimila las enseñanzas perceptivas de la antigua poética. La teoría literaria provee a la crítica de los conceptos generales (por ejemplo, los de rima y sus clases, género literario, forma y contenido), así como los instrumentos técnico-analíticos (por ejemplo, los de figura retórica y tropo: metáfora, sinécdoque, etcétera) de los que ha de servirse la crítica para el desarrollo de su actividad.2

De forma amplia, la crítica literaria es el pensamiento y reflexión sobre la literatura y engloba en sí misma a la teoría literaria y a la ciencia literaria. Además, “se ha producido en algunos autores un intento de elevar el estatuto específico de la crítica, tratando de igualar su condición estética con el discurso creativo en sí. Su objeto no sería ya, en ese caso, contribuir instrumentalmente a clarificar un texto o discurso artístico considerado como objeto de explicación, sino desplegar un segundo discurso estético paralelo, sugerido en todo caso por el discurso objeto” (García y Hernández, 2008, p. 24). “El autor más representativo de esta actitud ha sido el francés Roland Barthes, quien llegó a equiparar en su última época la condición autónoma y el nivel creativo de la crítica en relación con sus objetos, las obras de creación literaria” (2008, p. 24).

En este orden de ideas, la retórica, la gramática y la dialéctica son las ciencias clásicas que tratan el discurso. Lo que diferencia a la retórica en su contenido es el discurso artístico, mientras que su objeto es la persuasión de un juez o de un auditorio y su instrumento es la expresividad. En esta forma la retórica se extendió en la antigüedad grecolatina hasta el espacio de la teoría del lenguaje en el dominio de la poética, principalmente en su apartado de la elocución o la ejecución verbal del texto. De tal manera que podemos considerar la retórica como el correspondiente clásico de la teoría del lenguaje literario en cuanto poética elocutiva (García y Hernández, 2008, p. 31), lo cual no implica que dejemos de lado su equivalencia con la lingüística general como teoría general del discurso expresivo (Barthes, 1971).

Ahora bien, como afirma García Berrio, todos los esfuerzos para la actualización moderna de la retórica, mejor conocida como neorretórica, no alcanzan una incorporación eficaz y concreta a la teoría general del discurso ni a la crítica literaria. Pero esto no implica que la neorretórica pierda relevancia en el campo de la argumentación y del discurso persuasivo.

Tomás Albadalejo: retórica como arte

En su libro Retórica y síntesis, Albadalejo muestra la retórica como un arte y como una ciencia. La primera busca un tipo de discurso codificado que persuada al receptor, a través de unas reglas sistematizadas; la segunda estudia los diferentes niveles de dichos discursos, que pueden ser externos e internos (Albadalejo, 1991). En lo que toca al punto de vista histórico, Albadalejo refiere que “la retórica es, como la poética, disciplina clásica del discurso” y añade que “ambas disciplinas tienen una organización metateórica de fundamentación textual” (1991, p. 11).

Para Albadalejo, es de suma importancia la persuasión y la idea del texto en la retórica.3 Primero, la retórica tiene como finalidad persuadir a través del lenguaje. De tal modo que, mediante el discurso retórico, se busca influir en un cierto sentido al receptor. En este momento debemos recordar que es el propio Aristóteles quien realiza una puntualización respecto a la persuasión al afirmar que “no es su misión persuadir, sino ver los medios de persuadir para cada cosa particular” (Aristóteles, 2014, p. 9).4 Segundo, el texto es el reflejo de la practica retórica, ya que se construye por el orador con la finalidad de lograr la actividad persuasiva.

Hay que mencionar, además, que la retórica está tradicionalmente relacionada con la gramática, disciplina que se ocupa de la correcta utilización de la lengua. Ya en Quintiliano, “la gramática es recte loquendi scientia […] mientras que la retórica es el ars bene dicendi” (Albadalejo, 2015, p. 813). La gramática que aquí es planteada por el autor se da desde una perspectiva estrictamente oracional, esto es, se encuentra al servicio de la retórica al asegurar la correcta lingüística de los discursos.

Avanzando en nuestra reflexión, una de las ideas medulares de este autor es mostrar la situación que en la actualidad tiene la retórica en el conjunto de las disciplinas filológicas, donde “la retórica tiene una relación muy estrecha con la lingüística, en la medida que ésta abarca, gracias al marco teórico de la lingüística textual y de la semiótica lingüística, un amplísimo espacio, que supera los límites estrictamente gramaticales” (Albadalejo, 1991, p. 14). Esto es, la retórica utiliza las categorías elaboradas por la lingüística para poder situarse en un marco globalizador y teórico que le permita generar reflexiones retóricas.

Es de suma importancia el trabajo conjunto entre retórica y lingüística del texto, que, como binomio, conforman uno de los fundamentos de una auténtica retórica general. Las estructuras textuales y extratextuales permiten a la retórica poner en marcha la teoría retórica en el estudio del objeto lingüístico. De igual forma, la retórica y la poética, en conjunción, colaboran en el reforzamiento de los planteamientos textuales de la teoría literaria. “Se produce así la integración interdisciplinar retórico-poética propuesta por Antonio García Berrio para la constitución de una retórica general verdaderamente completa y viable” (Albadalejo, 1991, p. 15).

Acorde con lo anterior, no podemos dejar de referirnos a la semiótica, que, a través de sus tres partes -sintaxis, semántica y pragmática-, ofrece de forma general a la retórica una estructura textual-comunicativa global. Existe, entonces, de acuerdo con Albadalejo (1991, p. 16), “una colaboración entre retórica y semiótica en la elucidación de la realidad textual-comunicativa”, en la que la lingüística, al ampliar su objeto de estudio, ocupa a la semiótica en su armazón metodológica ocasionando una conexión entre la retórica y la teoría literaria.

Si tomamos la retórica como arte o técnica, se otorga al orador el instrumental necesario para que construya de modo adecuado y efectivo el discurso retórico. “Estas dos dimensiones de la retórica no están, por tanto, separadas ni incomunicadas entre sí; por el contrario, la situación de la retórica como disciplina del discurso incluye conjuntamente los aspectos relativos a su función como ciencia y a su función como arte” (Albadalejo, 1991, p. 17).5

Cosa parecida sucede con la edificación del discurso retórico. Albadalejo precisa que la retórica tiene “un doble carácter: inductivo y proyectivo”. Esto es, se ocupa de los textos existentes y toma de manera inductiva, a través del análisis, los elementos que definen su constitución en sus diferentes niveles. Por su parte, la cuestión proyectiva se refiere a la retórica como preceptiva de la construcción de los discursos (Albadalejo, 1991). De tal suerte que el nacimiento de la retórica se produce a partir de la reflexión sobre el discurso con el preciso examen inductivo de los discursos existentes que están a disposición del teorizador retórico. “Como consecuencia de esta inducción de la realidad se lleva a cabo una abstracción por la que se obtienen los elementos generales y constantes de la construcción del texto retórico. Esta abstracción da como resultado la teorización retórica, es decir, la determinación de las categorías y de las relaciones categoriales retóricas” (Albadalejo, 1991, pp. 16-17).

Como James J. Murphy ha señalado, “sólo los griegos se interesaron por analizar en tratados las normas subyacentes a los discursos humanos y de aquéllos tomaron los romanos, como herederos del mundo griego, la atención a la retórica, lo cual hace que ésta sea indudablemente una disciplina propia de la cultura occidental” (cit. en Albaladejo Mayordomo, 1991, p. 23). La construcción del discurso de la que hay testimonio en la Ilíada es anterior a las primeras sistematizaciones de esta construcción. “Para Kibedi Varga, la historia de la retórica es trasladada a un sistema en el que son situadas en una jerarquía de niveles las distintas aportaciones cronológicas” (cit. en Albadalejo, 1991, p. 19).

Por su parte, la retórica, como ciencia del discurso, tiene una fundamentación histórica y una justificación actual. La retórica, como ciencia del texto, se actualiza y consolida como retórica general, que tiene al texto como centro de su objeto de estudio, sin dejar de atender por ello “al fenómeno lingüístico-comunicativo en el que está incluido el texto” (Albadalejo, 1991, p. 21). Se concluye, entonces, que “la ciencia del texto se ocupa del texto y del hecho comunicativo en el que éste es producido y recibido” (1991, p. 21).

En vista de lo anterior, podríamos decir que la retórica, como ciencia, es un componente epistemológico necesario en la ciencia general del texto. La creación de un marco teórico fue imprescindible para la formación del sistema retórico. “En este marco pueden ser situadas diferentes contribuciones retóricas, como las de Hermágoras de Temnos en el siglo II a. C. acerca de los estados de la causa, que implican la relación entre el orador, el discurso y los hechos sobre los que éste versa”. Las “aportaciones al estudio del estilo hechas por Teofrasto […] así como el importante tratado Sobre el estilo atribuido a Demetrio Falereo, se sitúan en el espacio retórico correspondiente a la parte verbal del discurso” (Albadalejo, 1991, pp. 25-26).

En lo que respecta a la retórica como teoría de la argumentación, esta se ha fundamentado especialmente en el razonamiento y en la estructura del discurso. Es por ello que hablar de la retórica estructuralista supone tener como base las posiciones del neoformalismo; mientras que la retórica general textual propuesta por García Berrio es la que “por la amplitud de su armazón metateórica y por su privilegiada conexión con la poética tradicional y moderna, se encuentra en una situación óptima para consolidar plenamente el mencionado estatuto” (García, 2010, p. 39).

Chaïm Perelman: neorretórica como teoría de la argumentación

La teoría de la argumentación de Perelman (quien, por cierto, prefería el término neorretórica) observa la dialéctica de Aristóteles (que fue abordada en líneas antecedentes) como el análisis de las proposiciones verosímiles, probables, opinables, frente a la analítica, que se ocupa de proposiciones necesarias, en la que la teoría de la argumentación se ocupa de que las proposiciones tengan una mayor aceptación por parte del auditorio. Esto es, Perelman y Olbrechts-Tyteca ([1989] 2015) logran generar una diferencia entre los razonamientos referentes a la verdad y a la adhesión, puntos esenciales en su teoría de la argumentación. No debemos perder de vista que tal teoría tiene como objeto de estudio los Tópicos de Aristóteles y el método dialéctico derivado de estos mismos, así como su Retórica.

Lo que caracteriza a Perelman en su teoría de la argumentación son los tipos de auditorios a los que va dirigida la argumentación, la estructura de esta y la forma en que se presenta el pensamiento persuasivo. En otras palabras, esta nueva teoría de la argumentación incluye todo tipo de discurso y, por consiguiente, es mucho más amplia que la de los clásicos griegos. Teniendo en cuenta lo antes mencionado, en Perelman se vislumbra un método argumentativo justificativo que incluye la dialéctica de Aristóteles y sus topoi, la retórica y la filosofía, como método complementario a la teoría de la demostración, aplicando el logos como razón a la axiología.

En el apartado sobre técnicas argumentativas y nueva retórica en la argumentación, sostiene que el discurso persuasivo genera ciertos efectos complicados, por lo que es menester analizar la estructura de los argumentos aislados, lo cual nos obliga a realizar una división entre las partes integrantes del discurso y que conforman en conjunto una sola argumentación. Ahora bien, un argumento aislado tiene un sentido y alcance que muy rara vez puede comprenderse sin ambigüedad.

Perelman y Olbrechts-Tyteca intentan mostrarnos un esquema argumentativo en el que es necesario “interpretar las palabras del orador y suplir aquello que falte, lo cual implica un riesgo, ya que casi siempre captamos simultáneamente más de una forma de concebir la estructura de un argumento” ([1989] 2015). Otro riesgo se corre en el análisis de argumentos prestados, es decir, textos de los cuales no tenemos garantía de que estén basados en discursos pronunciados y reales.

Continuando con nuestra reflexión, Perelman y Olbrechts-Tyteca aclaran que su objetivo primordial es analizar los esquemas de argumentos, para lo que realizan una revisión de casos concretos sirviéndoles de ejemplos textos bastante conocidos y muy reducidos en cuanto a la existencia de incomprensión.6 A este respecto, los autores insisten en que el discurso “es un acto, que puede ser objeto de una reflexión por parte del oyente” ([1989] 2015, p. 295).

Método para la representación de los argumentos de Chaïm Perelman

De acuerdo con Perelman, los esquemas argumentativos que conocemos se aplican al discurso. Pone principal énfasis en los argumentos basados en la relación entre el orador y su discurso como procedimiento oratorio. La reflexión se amplía con base en lo que consideremos como discurso, ya sea como acto, indicio, medio. Además, cabe resaltar que podría aludir principalmente al lenguaje utilizado en el que las reflexiones no tienen efecto alguno en el discurso, porque se refieren a cuestiones poco relevantes, pero esto no siempre es así.

Tomando en cuenta la superposición de argumentos se llegará, de acuerdo con Perelman y Olbrechts-Tyteca, a explicar de forma clara el efecto práctico, efectivo, de la argumentación. En esta tesitura, los esquemas que presentan ponen al descubierto y pueden ser vistos como “lugares de la argumentación, porque únicamente el acuerdo sobre el valor puede justificar su aplicación a casos particulares, se caracterizan por procedimientos de enlace y de disociación” ([1989] 2015, p. 299).

Los procedimientos de “enlace” son entendidos por Perelman y Olbrechts-Tyteca como “aquellos esquemas que unen elementos distintivos y permiten establecer entre estos elementos una solidaridad que pretenda estructurarlos” de forma adecuada, así como realizar una adecuada valoración, sea positiva o negativa ([1989] 2015, p. 299). Por otro lado, por procedimiento de disociación entienden “aquellas técnicas de ruptura cuyo objetivo es disociar, separar, desolidarizar, elementos considerados componentes de un todo o de un conjunto solidario en el seno de un mismo sistema de pensamiento” ([1989] 2015, p. 299).

Las dos técnicas antes señaladas se complementan entre sí generándose al mismo tiempo. La argumentación que da lugar a la modificación de los datos, en algunos casos, hace mayor alusión al enlace o a la disociación a la que está favoreciendo, sin dar ninguna explicación del complemento que resulta del cambio buscado. Otras veces, el enlace y la disociación se dan de manera simultánea en la mente del orador.

Procedimientos de enlace

Argumentos cuasi lógicos

Estos argumentos se asemejan a los razonamientos formales. Se trata de un esfuerzo de naturaleza no formal, que nos permite darles una demostrativa, debido a lo cual son denominados cuasi lógicos. En estos argumentos es necesario observar el esquema formal sobre el que se construirá a semejanza el argumento. Igualmente, se requiere, mencionan Perelman y Olbrechts-Tyteca, “observar las operaciones de reducción que permiten insertar los datos en dicho esquema y que tienden a hacerlos comparables, semejantes y homogéneos” ([1989] 2015, p. 303).

En palabras de Perelman y Olbrechts-Tyteca, “el razonamiento formal resulta de un proceso de simplificación que únicamente es posible en condiciones determinadas [esto es], en el interior de sistemas aislados y circunscritos” ([1989] 2015, p. 683). Así pues, los argumentos cuasi lógicos se distinguen por el carácter no formal y el esfuerzo de pensamiento que necesita su reducción a lo formal. Es en la reducción del pensamiento a lo formal donde la litis se presenta, ya que al buscar dar una justificación no se encuentra una convincente debido a la presentación de los elementos del discurso, por lo que es necesario recurrir a otras formas de argumentación (Perelman y Olbrechts-Tyteca, [1989] 2015).

Siguiendo en la misma línea, nos cuestionamos ¿cómo reconocemos que estamos ante este tipo de argumentación? Los autores mencionan que la argumentación cuasi lógica se presenta de manera explícita en algunas ocasiones en las que el orador es quien se encarga de designar los razonamientos formales a los que se refiere, a través del pensamiento lógico y otras veces los razonamientos constituyen únicamente una trama subyacente.

Argumentos basados en la estructura de lo real

Los argumentos que se estructuran en lo real utilizan la realidad para otorgar una solidaridad entre juicios admitidos y otros que se intentan promover. En este tenor, es necesario precisar que existen diferentes tipos de argumentos según la estructura de lo real, que se pueden encontrar en el uso común.

En este tipo de argumentos no hay una base objetiva de la descriptiva de la realidad; se basan en las opiniones respecto a lo real. El análisis de Perelman y Olbrechts-Tyteca comienza por “los argumentos que se aplican a enlaces de sucesión, los cuales unen un fenómeno con sus consecuencias o sus causas, así como los argumentos que se emplean en los enlaces de coexistencia, los cuales asocian a una persona con sus actos, un grupo con los individuos que lo componen y, en general, una esencia con sus manifestaciones” ([1989] 2015, p. 405).

El orador, con base en los tipos de enlace, visualiza la realidad. Debemos precisar que no hay garantía acerca de la existencia de una misma línea de percepción entre el orador y el auditorio, es decir, no hay seguridad de que perciban siempre estos enlaces de la misma forma. Para terminar este punto, Perelman y Olbrechts-Tyteca explican que “en el discurso considerado como una realidad, la significación atribuida al enlace argumentativo, a lo que justifica el ‘pues’, variará según lo que diga el orador al respecto y, también, según las opiniones del auditorio referente a esto” ([1989] 2015, p. 405).

El argumento pragmático

Este tipo de argumentos nos permite analizar un acontecimiento tomando como base las consecuencias favorables o desfavorables. Para Perelman y Olbrechts-Tyteca ([1989] 2015), este argumento se desarrolla sin grandes problemas, puesto que toda causa transfiere sus consecuencias siempre, sin necesidad incluso de buscarlo. De tal manera que el argumento pragmático tiene una relación directa con la acción, por lo que es innecesario el sentido común como justificación alguna.

Debemos precisar que el argumento pragmático permite axiológicamente el tránsito de una determinada escala de valores a otra; permite, además, analizar y desentrañar la importancia de cierta conducta partiendo de la utilidad de sus consecuencias. “También puede -y entonces es cuando parece filosóficamente más interesante- considerar las buenas consecuencias de una tesis como prueba de su verdad” (Perelman y Olbrechts-Tyteca, [1989] 2015, p. 413).

Procedimientos de disociación

El procedimiento de disociación presupone, según Perelman y Olbrechts-Tyteca, “la unidad primitiva de los elementos confundidos en el seno de una misma concepción, designados por una misma noción” ([1989] 2015, p. 629). De tal forma que la disociación que se hace presente en las nociones otorga una revisión general óntica que sirve de fundamento a la argumentación, lo que no nos lleva al quiebre de los lazos entre los elementos aislados, sino a la modificación de su propia estructura ([1989] 2015, p. 629).

Como se puede observar, la argumentación, en su conjunto, y las nociones sobre las que se basa esta, en específico, las reestructuras a las que nos lleva y las técnicas que permiten operarlas, son las que precisamente nos muestran la existencia de una disociación de las nociones, y no de un mero rechazo del enlace. De tal suerte que la disociación de las nociones, según Perelman y Olbrechts-Tyteca, “consiste en una transformación más profunda, provocada siempre por el deseo de suprimir una incompatibilidad, nacida de la confrontación de una tesis con otras, ya se trate de normas, hechos o verdades” ([1989] 2015, p. 629).

Cabe resaltar que existen soluciones que desde la praxis nos ayudan a resolver las dificultades exclusivamente desde el terreno de la acción, lo que evita el surgimiento de incompatibilidad. Desde esta visión práctica, la disociación de las nociones conlleva un compromiso; pero desde la visión teórica, nos dirige a una solución que también será útil en el futuro, pues, “al reestructurar nuestra concepción de lo real, impide la reaparición de la misma incompatibilidad” (Perelman y Olbrechts-Tyteca, [1989] 2015, p. 630).

Por último, respecto a la disociación, Perelman y Olbrechts-Tyteca argumentan que “toda filosofía nueva supone la elaboración de un sistema conceptual, del que una parte, al menos, la que es fundamentalmente original, resulta de una disociación de las nociones que permite resolver los problemas que se ha planteado el filósofo” ([1989] 2015, p. 631). De aquí que los autores muestren tanto interés por el estudio de la técnica de las disociaciones.

En el campo del derecho, la disociación constituye el punto predilecto del compromiso, es decir, la técnica de solución de incompatibilidades. De tal forma que el objetivo de la praxis jurídica no es la síntesis lógica, sino el compromiso. Por lo tanto, para Perelman y Olbrechts-Tyteca, “el progreso del derecho consiste en la elaboración de técnicas, siempre imperfectas, que permitan conciliar las exigencias opuestas” ([1989] 2015, p. 631).

Con base en lo anterior, la búsqueda de resolución de las incompatibilidades se extiende a todos los niveles de la actividad jurídica. Es el propósito del legislador, del teórico del derecho, del juez, el deber justificar su forma de actuar mediante una delimitación del campo de aplicación de la norma a través de la hermenéutica para reestablecer la coherencia del sistema jurídico. Ahora bien, cuando las leyes “han perdido su carácter obligatorio, se puede, determinando las categorías jurídicas, mostrar su carácter antinómico en casos concretos” (Perelman y Olbrechts-Tyteca, [1989] 2015, p. 632).

Por otra parte, no debemos olvidar que una misma incompatibilidad nos puede otorgar una diversidad de modificaciones de los conceptos para resolverla, por lo que debemos ser cautelosos al momento de justificar y seleccionar las soluciones que no resuelven la incompatibilidad por completo o que simulan su solución. “Esta lucha de soluciones es particularmente comprensible en el campo del derecho” (Perelman y Olbrechts-Tyteca, [1989] 2015, p. 632). Desde la teoría, el compromiso ante las incompatibilidades requiere de una fundamentación y una motivación reflexivas, y exige una nueva estructura de lo real, para que, una vez disociadas y reestructuradas las nociones, la solución sea ineludible y logre, de este modo, influir sobre el conjunto de nociones en el cual se inserta (Perelman y Olbrechts-Tyteca, [1989] 2015, p. 633).

Conclusiones

A manera de directrices, en la argumentación jurídica desde la neorretórica como teoría de la argumentación, se requiere tomar en cuenta las siguientes:

  1. Los esquemas argumentativos estudiados pueden aplicarse al discurso mismo, por lo cual es necesario, en ciertos casos, mostrar este discurso en el área de la ciencia jurídica de forma muy detallada, sobre todo cuando se trata de argumentos que se basan en la relación existente entre el orador y su discurso como procedimiento oratorio.

  2. La situación argumentativa jurídica, sea de manera particular o colectiva, así como el aspecto óntico que conforma la argumentación de la ciencia jurídica, la reestructuración a la que nos lleva y las técnicas que permiten su funcionamiento, son precisamente los puntos cardinales que nos muestran la existencia de una disociación de las nociones, y no de un mero rechazo del enlace.

  3. La disociación jurídica es considerada, entonces, como una transformación reflexiva tendiente a la supresión de una incompatibilidad, y que surge de la confrontación de una tesis con otra, ya se trate de normas, de hechos o de verdades.

  4. Los rasgos fundamentales de la argumentación jurídica tienen como punto de partida los discursos jurídicos, que se refieren precisamente a la justificación de ciertas proposiciones normativas, y ciertas decisiones jurídicas. Se distingue dos tipos de justificación, de acuerdo con Robert Alexy, la “justificación interna y la justificación externa” (Alexy, 2016).

  5. La justificación interna “tiene por objeto ver si la decisión se sigue lógicamente de las premisas que se aducen como fundamentación” (Alexy, 2016, p. 21); es decir, se cumple a través de la disociación con la lógica jurídica necesaria que da rigor a nuestros argumentos.

  6. La justificación externa, desde la disociación, busca la corrección de estas premisas, es decir, su fundamentación y motivación, así como cumplir con los principios internos de toda norma o ley, esto es, su parte objetivista moral, lo que generará un mayor respeto de los derechos humanos y fundamentales de todo Estado constitucional de derecho.

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1El arte de la disputa es conocida como erística, término que proviene del griego eristiké, disputa, y techné, arte. Se señala a Protágoras como el primero en introducir los razonamientos erísticos.

2En esa acepción, la teoría literaria sería como el depósito o almacén potencial de principios (categorías) y criterios metodológicos (estrategias) a partir de los cuales la crítica realiza sus actuaciones concretas.

3Hablamos de discursividad y textualidad.

4Aristóteles daba a la retórica una técnica de preparación del discurso persuasivo.

5En la retórica hay fundamentalmente interacción entre la explicación teórica y la producción textual práctica.

6Añaden que existe pleno convencimiento de que esos mismos enunciados argumentativos podrían ser analizados por otros planos de separación.

Recibido: 26 de Noviembre de 2019; Revisado: 18 de Julio de 2020; Revisado: 13 de Agosto de 2020

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