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Revista de El Colegio de San Luis

versión On-line ISSN 2007-8846versión impresa ISSN 1665-899X

Revista Col. San Luis vol.5 no.10 San Luis Potosí jul./dic. 2015

 

Artículos

México frente a la crisis económica y la amenaza de la Segunda Guerra Mundial: la controversia racial y de ciudadanía (1930-1942)

Mexico in the face of economic crisis and the threat of World War II. The racial and citizenship controversy (1930-1942)

Manuel Alejandro Hernández Ponce* 

*Universidad Autónoma de Sinaloa, Facultad de Historia, estudiante del Doctorado en Historia. Correo electrónico: malejandro93@hotmail.com


Resumen:

La política diplomática y migratoria mexicana a finales del siglo XIX y principios del siglo XX se caracterizó por fomentar el respeto y colaboración entre naciones, velar por las garantías y derechos de las personas, así como respetar la vida e intereses de los extranjeros que llegaban al territorio nacional.

Sin embargo, en la primera mitad del siglo XX la política migratoria del gobierno mexicano se transformó de acuerdo con el cambiante contexto internacional, en el que fue de mayor prioridad resguardar los intereses económicos y políticos nacionales que mantener una imagen internacional de amistad y protección de los exiliados internacionales.

Este artículo se desarrolla en torno a dos hechos históricos determinantes de las políticas migratoria, diplomática y de integración social en México: la crisis económica internacional de 1929 y el estallido de la Segunda Guerra Mundial en 1939.

Palabras clave: política diplomática; política migratoria; xenofilia; xenofobia; interés racial

Abstract:

The Mexican diplomatic and migration policy at the end of the XIX century and beginning of the XX century, was characterized by promoting respect and collaboration between nations, ensuring the guarantees and rights of the people, as well as respecting the life and interests of the foreigners who arrived to national territory.

However, for the first half of the XX century the migration policy of the Mexican government transformed in accordance to the changing international context, in which it was a higher priority to safeguard the national economic and political interests, than to maintain an international image of friendship and protection for international exiles.

This article is developed around two historical facts that widely determined the migration, diplomatic and social integration policies in Mexico: the international economic crisis of 1929 and the outbreak of World War II in 1939.

Keywords: diplomatic policy; migration policy; xenophilia; xenophobia; racial interest

Durante los años revolucionarios, las políticas social, económica y migratoria atendieron con interés la búsqueda del reconocimiento y legitimación internacional, en particular de Estados Unidos. En específico, la política internacional mexicana se asentó en el discurso por "la defensa de una soberanía nacional amenazada [que] soportó, desde un primer momento, la más firme imagen de que la revolución quedó instalada en Latinoamérica" (Yankelevich, 2002:15); aunque es claro que en la práctica el gobierno mexicano estuvo dispuesto a dialogar y negociar "el nacionalismo" frente a los intereses de las potencias extranjeras.

En el caso de la política migratoria, el posicionamiento del gobierno mexicano fue claro: el artículo 33º de la Constitución mexicana1 contempló para los extranjeros "la misma protección y derechos individuales garantizados a los nacionales mexicanos, con la excepción de que dichos extranjeros no participen en asuntos internos de México" (Domínguez, 1953:67). No obstante, en la política internacional revolucionaria, el trato hacia los extranjeros y la política migratoria se vieron eclipsados por las controversias que generó el artículo 27º y las demandas de indemnización extranjeras a consecuencia de los daños sufridos durante la lucha armada.

El discurso oficial y las prácticas gubernamentales respecto a los intereses extranjeros fueron objeto de negociaciones, cuya mayoría resultó en adecuaciones que facilitaron el restablecimiento de relaciones, pero no del reconocimiento oficial. No sería hasta el periodo presidencial de Álvaro Obregón cuando el gobierno mexicano estuviera dispuesto a negociar los postulados constitucionales con el fin de lograr de una vez por todas el reconocimiento internacional.2

Después de los tratados de Bucareli (1923) fue posible para el gobierno mexicano conseguir la legitimación internacional mediante el reconocimiento de Estados Unidos. Entonces el gobierno mexicano se caracterizó por ser un "firme promotor de las iniciativas que establecieron y regularon la práctica de otorgar protección a personas perseguidas por motivos políticos" (Yankelevich, 2002:11). Además, como política internacional, impulsó el respeto a la autonomía de las naciones y la no intervención de Estados Unidos en asuntos internos de Latinoamérica.3

La cambiante postura de la política internacional mexicana ante el escenario mundial de crisis económica y convulsión política será el eje del desarrollo de esta investigación. Pero, antes de atender el conjunto de elementos concretos que construyen esta temática, es necesario referir al posicionamiento teórico desde el que será abordada. En específico, de entre los múltiples enfoques para el estudio de la política exterior de México, el realismo es el soporte teórico del entramado analítico de este trabajo.4

El realismo considera al Estado como "un actor unificado que se comporta racionalmente [...] desde un análisis de costo-beneficio" (Borja, 1997:27). Es decir, como un sujeto homogéneo, que analiza sus opciones y horizontes de expectativas, por lo que su relación frente a otro Estado resulta de la racionalización de sus intereses. Desde esta perspectiva, el estudio de las relaciones internacionales privilegia el análisis de lo ocurrido en la esfera de la alta política,5 pues de ahí emanan las decisiones que determinan la política internacional de un Estado, mientras que lo económico y los grupos de interés son partes complementarias, insertas en la llamada baja política.6 Para el caso de este trabajo, se ha detectado que la alta política es el elemento clave para explicar el cambiante posicionamiento internacional de la política migratoria mexicana. El Estado mexicano es considerado un actor que se desenvolvió en el coro internacional de naciones de acuerdo con intereses homogéneos, mientras que cualquier manifestación en torno a la política exterior mexicana proveniente de la baja política quedó eclipsada por las determinaciones generadas en el interior del Palacio Nacional.

En consecuencia, aunque las controversias acerca de la migración y la presencia de extranjeros durante el periodo de 1930 a 1942 fueron puestas a discusión ante la opinión pública, los posicionamientos que emanaron de tales controversias y discusiones no se vieron plasmados en la política exterior mexicana en un plazo corto.

Para explicar la particularidad histórica del planteamiento político internacional mexicano es necesario "anidar dichas representaciones a las coyunturas y, más radicalmente, ubicar la indeterminación en su propio seno" (Slipak, 2012:65). Por lo tanto, es necesario considerar el desenvolvimiento de la política diplomática nacional en interacción con las especificidades del medio, y no con un ideal de cómo debieron ser. Para referirse a las políticas exteriores de un Estado es indispensable considerarlas en el marco de una política internacional específica históricamente determinada. Esta es la única alternativa que tienen los Estados para afrontar la anarquía natural internacional.7

Por lo tanto, la política exterior migratoria mexicana será abordada como un conjunto de medidas emanadas del Estado, que fueron adaptadas al cambiante contexto internacional, y no como una estructura monolítica que se enfrentó a la coyuntura histórica y la resistió. El respeto y el trato igualitario entre naciones conformaron un elemento permanente en la política internacional del gobierno mexicano; sin embargo, por depender de los intereses de la alta política -en particular de la Presidencia de la república- en momentos parecía delegarse más al plano discursivo que colocársele en la práctica de Estado.

La crisis internacional de 1929, originada en Estados Unidos, y el ascenso de regímenes totalitarios en Europa8 fueron dos acontecimientos que impulsaron un cambio profundo en la política mexicana, en especial en el campo de la migración. El 27 de abril de 1934, la Secretaría de Gobernación instruyó, por medio de una circular confidencial, a todos los encargados de aduanas y pasos fronterizos para que averiguaran las intenciones políticas, económicas y sociales de extranjeros de raza negra, amarilla, malaya e hindú,9 y, de ser posible, se evitara su internación en el país.10

La prohibición se debía aplicar sin restricciones, salvo que se demostrara que fueran artistas, deportistas o miembros de la servidumbre de algún notable extranjero. Pero, al parecer, las restricciones raciales resultaron de poca utilidad,11 por lo que, semanas después, la Secretaría de Gobernación instruyó para que estas medidas fueran aplicadas en específico a "polacos, lituanos, checos, letones, búlgaros, rumanos, persas, yugoslavos, griegos, albaneses, afganos, abisinios, argelinos, egipcios y marroquíes".12 Se explicó a los encargados de las aduanas y puertos de entrada que se debía estar atento con los extranjeros de las nacionalidades aludidas, pues si se les había prohibido el ingreso al país, era resultado de su "mezcla de sangre, índice de cultura, hábitos, costumbres, que los hacen ser exóticos para nuestra psicología".13

Así, el Estado mexicano estableció de manera unilateral una marca de "indeseable" a grupos de nacionales extranjeros determinados. Para los encargados de la Secretaría de Gobernación, se debía considerar "exóticos" a los albanos, afganos, abisinios, egipcios, marroquíes y rumanos por sus costumbres y actividades religiosas alejadas de las conocidas en México. Por lo tanto, se debía evitar a toda costa su presencia para impedir que sus prácticas resultaran "perturbadoras a la idiosincrasia nacional".14

Pero además de cuestiones culturales y religiosas, esta postura restrictiva fue permeada por el rechazo al sistema político socialista. En el mismo comunicado confidencial de la Secretaría de Gobierno al jefe de Servicio de Migración se declaró que se debía restringir la entrada a los nacionales de las Repúblicas Soviéticas; además, por razones políticas, a los que se detectaran en el país, debían ser expulsado, sin importar su calidad migratoria, pues "el espíritu político de estos individuos podría infectar a la población mexicana adaptada al modelo democrático, el cual estaba en consolidación".15

La confidencialidad de estas medidas ordenadas desde la Secretaría de Gobernación alude a la preocupación estatal por mantener, ante la opinión pública nacional e internacional, la imagen de un país amistoso, garante de los derechos de los extranjeros y perseguidos políticos, así como tutor de la soberanía de las naciones.

LA POLÍTICA MIGRATORIA MEXICANA FRENTE AL ASCENSO DE LOS TOTALITARISMOS EUROPEOS

Uno de los movimientos humanos más significativos de la primera mitad del siglo XX fue la diáspora judía. Se trató de una emigración a escala global que resultó de dos coyunturas internacionales claves: la crisis mundial del periodo de entreguerras y la ascensión del Partido Nacional Socialista al poder en Alemania.16

Su migración fue percibida de manera diferenciada alrededor del mundo. En México se le calificó como "indeseable". Al igual que en los casos antes descritos, se consideró que sus prácticas religiosas estrictas, su competitividad comercial y su tendencia endogámica no eran beneficiosas ni aportaban a la modernización nacional. Por ello, ante su posible internación en el territorio mexicano se ordenó "Atacar el problema creado con la inmigración Judía, que más que ninguna otra, por sus características psicológicas y morales, por la clase de actividades a que se dedica y procedimientos que sigue en los negocios de índole comercial que invariablemente emprende, resulta indeseable; y en consecuencia no podrán inmigrar al País [...] individuos de Raza Semítica".17 Esta prohibición, aunque fue rigurosa, se exentaba para aquellos que a consideración de la Secretaría de Gobernación eran provechosos para la política internacional mexicana, no por sus actividades, sino por su ciudadanía. Algunos judíos que pretendían entrar al país eran de nacionalidad estadounidense, por lo que, a pesar de sus prácticas, no podían ser detenidos en las fronteras nacionales, pues hacerlo significaría atentar contra las relaciones de amistad y cooperación que con tanto esfuerzo se habían construido desde el obregonismo.

Por esa razón, se ordenó a los encargados de migración que se hiciera una excepción de esta medida en el caso de judíos norteamericanos, pues "por razones de reciprocidad y vecindad, nuestros cónsules podrán documentarlos como turistas bajo su más estricta responsabilidad y esa Oficina podrá admitirlos, sin previa consulta a este Ministerio y aun sin garantía de repatriación, también bajo su más estricta responsabilidad y cuidado".18

Aunque el caso de los judíos estadounidenses fue excepcional, éstos debían cumplir con ciertos requisitos para entrar al país. En específico, se solicitó que cada judío trajera consigo una carta de parte de algún consulado estadounidense en México en la que se enunciara que éste se responsabilizaba de las actividades que ese extranjero realizara en el país, además de que se garantizaban los costos de su repatriación en caso necesario.19 Fue entonces cuando el interés diplomático nacional se puso por encima de las restricciones sustentadas en la calidad de "indeseable" de sus prácticas, lo cual nos habla de las adaptaciones a las que se vio sujeta la política migratoria internacional mexicana desde los primeros años de la década de 1930.

Pero el cumplimiento de estas restricciones fue todo un reto para los agentes de migración de México. Entre los obstáculos a los que se enfrentó la política restrictiva nacional destaca el proceso de identificación de los extranjeros que podrían o no entrar al país. La política migratoria del Estado mexicano era clara, y como tal debía replicarse en las garitas y puertos de entrada nacionales; no podía ser cuestionada ni adaptada a especificidades; debía cumplirse a cabalidad. Pero en la práctica no fue posible sustraer la subjetividad de los delegados gubernamentales en el proceso de identificación de los extranjeros deseables e indeseables.

El cumplimiento de las medidas restrictivas fue un proceso complejo, pues las barreras idiomáticas y, en algunos casos, la falta de documentación que avalara la nacionalidad de los migrantes dejaban a la subjetividad del agente migratorio el calificar si era conveniente la internación en el país de una buena cantidad de extranjeros.

Es importante señalar que estas medidas restrictivas estuvieron vigentes no sólo durante los últimos meses del gobierno de Abelardo L. Rodríguez, sino que se mantuvieron hasta el final de la Segunda Guerra Mundial, abarcando los dos siguientes periodos presidenciales.

No obstante, pese a la rigurosidad de las medidas restrictivas, se han encontrado registros de ingreso al país de judíos no norteamericanos durante esos años. Analizando las condiciones de su migración y tomando en cuenta las dificultades de identificación a las que he aludido, se ha podido detectar que estos extranjeros aprovecharon ciertos escollos legales que les permitieron entrar al país. De hecho, más que con artificios o argucias complicados, pudieron entrar al país de modo legal omitiendo cierta información al momento de llenar su hoja de registro en las fronteras nacionales.

Se tiene noticia de que algunos judíos provenientes de naciones con las que el gobierno mexicano mantenía relaciones de colaboración y respeto omitieron o negaron su origen judío. Algunos de estos casos se han encontrado en registros estatales de la presencia de extranjeros, como ocurrió en Jalisco, donde de 1932 a 1950 no se tuvo registro de algún judío, israelita o hebreo, que residiera en la entidad, pero en un seguimiento detenido en los censos de extranjeros se identificaron a algunos de ellos.

Un ejemplo claro es el del lituano Marcos Heijt Keili, quien en 1940 entró al país manifestando en su registro migratorio ser protestante. Se autorizó su inserción por pertenecer a una nación con la que no se tenía restricción migratoria o diplomática alguna. Años después, en 1954, al renovar su registro migratorio ante las autoridades del municipio de Guadalajara, manifestó ser practicante del judaísmo desde su nacimiento y ser de nacionalidad alemán.

Para la década de 1950, los judíos ya no fueron calificados como indeseables por el Estado mexicano, y las actividades de los alemanes dejaron de ser vigiladas, por lo que cambiar este dato en la hoja del estatus migratorio, al parecer, no trajo consecuencia alguna, ni puso en peligro su estadía en el país, pues su registro fue renovado.20

Desde un polo completamente distinto, el de los españoles fue un caso de extranjeros europeos que durante ese mismo periodo buscaban internarse en el país con el fin de refugiarse de un régimen totalitario. Esta migración es una de las más aludidas en la historiografía nacional, en particular porque reflejó el compromiso del cardenismo de la defensa de los perseguidos políticos, el rechazo de los regímenes totalitarios europeos y el derecho de las naciones a autodeterminar su política migratoria, más allá de las presiones de las principales potencia internacionales.21

Este exilio republicano fue uno de los movimientos migratorios que más impactaron a corto y mediano plazos en el desarrollo cultural y académico mexicano durante la primera mitad del siglo XX. Fue una llegada masiva de peninsulares que se destacó por no articularse mediante redes de parentesco, sino que resultó de una verdadera planeación y acción concertada entre el gobierno republicano y el Estado mexicano. Quienes llegaron al territorio nacional no buscaban mejorar sus condiciones materiales de vida; se trató de individuos de clase media-alta empujados por la guerra civil a huir de su país. La expatriación ibérica "se desgajó de los sectores más ilustrados, en términos de conocimiento, y más modernos desde la perspectiva económico-social" (Pla Brugat, 1999:367).

El gobierno de Lázaro Cárdenas, contrario al de sus antecesores, sí consideró prioritario plantear una postura clara y no confidencial en cuanto a la inmigración de extranjeros en México. Definió las bases de la diplomacia internacional mexicana al manifestar su oposición al nazismo, porque su radicalismo se oponía al pensamiento de izquierda. En términos numéricos, la llegada de españoles no significó una aportación significativa de capital humano; no obstante, su participación fue sustancial en la creación de nuevos espacios económicos, culturales y académicos.22

Durante su gobierno, el Ejecutivo nacional "apoyó a la República contra Franco y sus aliados, Hitler y Mussolini [llevándolo] a una confrontación directa con los nazis" (Katz, 2006:411-412). Es importante señalar que, pese a que el cardenismo se distanció de los totalitarismos europeos, no se instruyeron políticas económicas o migratorias que limitaran la participación de sus ciudadanos en México, lo cual formó parte de la postura de autodeterminación que encontraba conveniente mantener, hasta cierto punto, relaciones de cooperación con los extranjeros, siempre y cuando fueran útiles para la nación.

Fue en este mismo periodo cuando la política migratoria del Estado mexicano adquirió dos rostros: el primero, como un país que garantizaba el refugio a los españoles perseguidos por el franquismo; el segundo, de vigencia e inamovilidad de las reservas y restricciones hacia la diáspora judía, adoptadas por su antecesor.

Así fue como en el discurso, el régimen de Lázaro Cárdenas se alzó como defensor de los perseguidos políticos internacionales, mientras que en la práctica fue selectivo porque buscaba integrar a la nación a aquellos sujetos que por sus condiciones culturales, religiosas e idiomáticas se adaptaran con rapidez y éxito al contexto nacional. De este modo, la política internacional mexicana cardenista contempló paralelamente una política de puertas abiertas y una política que se reservaba el derecho de admisión de quienes eran considerados indeseables.

El discurso de amistad y solidaridad con los republicanos españoles fue la bandera con la que el Estado mexicano se identificó internacionalmente. Con ello se demostraba al resto del mundo la madurez política nacional, pues procuraba garantizar los derechos políticos y humanos de extranjeros desamparados, aun sobre presiones de otros países. Sin embargo, la imagen internacional de solidaridad y respeto desinteresado se desvanecía frente a los intereses políticos que sustentaban la política internacional mexicana. Durante ese periodo coexistieron en específico dos estructuras discursivas: una orientada hacia fuera, siempre atenta y activa a favor de las causas más nobles: la paz, el respeto a las soberanías nacionales y la lucha contra toda forma de discriminación; y frente a ella se erige una conducta que mira hacia adentro, apuntando en dirección contraria a lo defendido en la arena internacional (Yankelevich, 2002:9).

Este doble discurso se evidenció en la persistencia de medidas selectivas y restrictivas aplicadas en los pasos fronterizos, con el objetivo de inhibir la llegada de extranjeros que pudiesen atentar contra los intereses o la seguridad nacionales.23 Contrario a los republicanos, los judíos no fueron recibidos con las puertas abiertas durante el cardenismo, a pesar de que compartieron el estatus de víctimas de regímenes totalitarios que atentaban contra su libertad y ponían en peligro sus vidas. Es importante anotar que las medidas hacia los judíos se mantuvieron en la confidencialidad, pues su divulgación podría haber significado un duro golpe a la imagen internacional de "país refugio" que se pretendía sustentar.24

UNA MEDIDA FRENTE A LA GUERRA

Con el estruendo de los cañones sobre territorio polaco que anunciaban el inicio de la Segunda Guerra Mundial, el clima político internacional, aunque peligroso, parecía lejano a la realidad nacional. Desde un primer momento, el Estado mexicano se declaró neutral ante el conflicto; sin embargo, en el país se tomaron algunas medidas precautorias que argumentaban la defensa de los intereses y derechos nacionales legítimos. Entre estas medidas, se ordenó la realización de una serie de acciones discrecionales que buscaban regular la admisión de inmigrantes,25 con el objetivo central de evitar una llegada masiva al país de extranjeros procedentes de los países en estado de guerra.

Previendo que los acontecimientos bélicos internacionales impulsarían un movimiento masivo de personas que abarrotara las fronteras mexicanas, el Estado mexicano determinó establecer una serie de tabulados para regular y limitar la llegada de extranjeros al país anualmente: "II- Hasta mil, los nacionales de los países: Alemania, Bélgica, Checoslovaquia, Dinamarca, Francia, Holanda, Inglaterra, Italia, Japón, Noruega, Suecia y Suiza. III- Hasta cien, los nacionales de los países restantes",26 excepto los latinoamericanos.

Fue así como, desde las fronteras nacionales, el Ejecutivo nacional procuraba regular el ingreso de extranjeros de naciones que estuviesen involucradas en el conflicto internacional, haciéndolas extensivas a ambos bandos. Por otro lado, la migración de nacionales latinoamericanos y el antes referido caso español fueron considerados claves para estrechar lazos de cooperación y amistad promoviendo su migración y facilitando su ingreso y adaptación al país.

Sin embargo, a finales de 1940 se rebasó el número total de extranjeros que se había establecido. Podían ingresar por las fronteras mexicanas, por lo que en se mantuvieron "cerradas las fronteras como lugar de entrada, declarándose nulas las solicitudes de internación que se encuentran en trámite".27 Su reanudación debía iniciarse en enero del próximo año, por lo que amablemente se invitó a los viajeros a buscar otro lugar de estancia o refugio en el continente.

Pero no sólo los puntos fronterizos se declararon clausurados para la entrada de extranjeros, también la Secretaría de Gobernación instruyó a la Secretaría de Comunicaciones para que multara con hasta doscientos mil pesos a "los propietarios de aeronaves extranjeras que sin autorización aterricen o acuaticen dentro de las fronteras, o aguas territoriales".28 El cierre de las fronteras se justificó con el hecho de que las condiciones políticas y económicas nacionales no podrían tolerar un ingreso masivo de extranjeros en un periodo tan corto.

LA BUROCRACIA MEXICANA, MIGRACIÓN Y CALIDADES MIGRATORIAS

La política migratoria de una nación no sólo está conformada por aquellas medidas tomadas en torno a quienes pretenden llegar al país por los pasos fronterizos o puertos de embarque, sino que de igual manera contempla la regulación y vigilancia de la presencia y actividades de los extranjeros ya insertos.

En específico, durante el periodo entre la crisis económica de entreguerras y los años de la Segunda Guerra Mundial, el Estado mexicano ordenó una serie de medidas que condicionaron la estadía de extranjeros en el país. Desde 1933, la Secretaría de Gobernación instruyó a todas las oficinas de gobierno municipales para que verificaran que los extranjeros radicados en su jurisdicción se identificaran mediante la forma RNE-3, la cual se les daba cuando ingresaban al país legalmente y debían portar en todo momento porque era la única forma oficial de identificación que avalaba su legitima estancia en el país.29

Como lo marcaba el artículo 24º de la Ley de Inmigración Mexicana, "los extranjeros que entren al país requieren registrarse antes de treinta días después de su fecha de internación" (Domínguez, 1953:71). Cada extranjero estaba obligado a mantenerse en el puerto o zona de internación hasta que se llevara a cabo su debido registro. Además se advertía que a quien se sorprendiera ofreciendo falsa información, según el artículo 94º, "con el propósito de entrar o mantenerse en el país se hacía acreedor a ser sujeto de deportación" (Domínguez, 1953:81).

Para el correcto cumplimiento de las estrictas disposiciones gubernamentales en torno al registro, se hacía vital que las autoridades municipales de todo el país instruyeran a sus funcionarios para que cumplieran lo ordenado por la legislación migratoria vigente. Además, la RNE-3 era obligatoria para cualquier trámite legal o migratorio de los extranjeros en los distintos municipios del país; incluso de su portación dependía el ser empleado o conseguir los permisos para abrir algún negocio. En caso de que alguna autoridad detectara a un extranjero sin esta identificación, éste se hacía acreedor a una fuerte sanción monetaria que en ocasiones desembocaba en su expulsión del país.

Conforme se desarrollaba la Segunda Guerra Mundial, las medidas de registro y vigilancia se hicieron más estrictas; desde 1940 el Ejecutivo nacional, a través de los gobiernos estatales, instruyó a todos los cuerpos policiacos en servicio para que vigilaran, revisaran y amonestaran a los extranjeros que no cumplieran lo estipulado en la Ley de Inmigración Mexicana. Las policías locales estaban autorizadas para detener e investigar de modo aleatorio el estatus migratorio de quien a su consideración fuera extranjero a fin de localizar migrantes sin registro o con permisos vencidos.

Pese a que no se tiene noticia de la ejecución de deportaciones o el cumplimiento de penas de cárcel -contempladas en el artículo 130° de la Ley de Inmigración Mexicana - por no portar la RNE-3, sí se tiene de la existencia de un gran número de quejas de extranjeros por multas que consideraban excesivas por simplemente haber "olvidado su registro en casa", pues éstas iban de 100 a 2 000 pesos.30

Conforme la Segunda Guerra Mundial amenazaba hacerse presente en la realidad mexicana, las medidas restrictivas y de vigilancia de la política migratoria nacional se hacían cada vez más estrictas. En un ambiente casi de paranoia, la Secretaría de Gobernación instruyó a todos los funcionarios administrativos y policiacos del país para que extremaran precauciones respecto a la nacionalización de extranjeros, hasta que no fuese investigado minuciosamente cada expediente. Se argumentó que, en términos de "seguridad nacional", no era conveniente el otorgamiento de la ciudadanía mexicana a extranjeros que podrían aprovechar su nuevo estatus para atentar contra los intereses de México.31

LOS SÚBDITOS DEL EJE EN MÉXICO

A finales de 1940, la supuesta peligrosidad de la presencia en México de ciertos extranjeros formó parte de una discusión sostenida en las esferas de la alta política y en la opinión pública tras la noticia de la detención en el puerto de Manzanillo de tres alemanes que habían escapado del buque mercante "Havelland" mientras éste se abastecía. Días después serían procesados y repatriados. En sus declaraciones destaca la serie de argucias que inventaron para convencer a las autoridades mexicanas de que les permitieran quedarse en el país porque tenían un profundo temor de ser obligados a participar en el frente francoalemán.32 Este hecho no quedó como un incidente menor, sino que las alarmas en las oficinas de migración se encendieron con rapidez, pues si algunos alemanes ya habían pretendido refugiarse en México para huir de la guerra, cuántos más estarían clandestinamente en estas causas o en otras similares.33

Esta noticia fue el detonante de múltiples reacciones entre los gobiernos estatales. En Colima se garantizó el redoblamiento de las medidas de vigilancia en las zonas portuarias; en Jalisco, el gobernador, Silvano Barba, declaró que "se exigiría que todas las casas de hospedaje y los hoteles manden un informe detallado sobre los extranjeros. [Además] Una vez dentro del país se seguirá su vida para saber a las actividades a las que se dedican. Estas medidas complementan el plan [que pretende] substraer a México de toda actividad relacionada con la guerra europea".34

La prensa fue uno de los principales medios que alertaron sobre la posible peligrosidad de los "súbditos del eje" (nacionales de Alemania, Italia y Japón); denominados así por la misma prensa y algunas autoridades estatales. Presuntamente, sus actividades cotidianas pudieron disfrazar algunas acciones que amenazaran la seguridad nacional.

Pese a que el sentimiento de emergencia había disminuido, el 22 de octubre de 1940 se acrecentó porque en todo el país se difundieron notas de prensa que referían "Que Manzanillo es la Base de Espionaje Japonés en México", que causaron alarma entre algunos sectores de la población:

[...] desde círculos allegados a la oficina de migración de la Dirección de Población [...] se informó en la Secretaría de Gobernación que sabe ya que la base espionaje radica en las islas del Pacífico, especialmente en las cercanías de Manzanillo, Col. Se ha dado el caso de que algunos mozos y empleados de poca categoría, de nacionalidad japonesa, han resultado ser espías del Japón, habiéndose descubierto que están practicando humildes ocupaciones los condes y personajes importantes con el fin de disimular su verdadera actividad, informando al imperio japonés de las cosas referentes generalmente a los Estados Unidos.35

No obstante, esta fue una nota más de prensa amarillista que una advertencia real. De hecho, los editores del diario que la publicó aclararon, al siguiente día, que sólo era un rumor, y debía considerársele como tal, pues las autoridades se habían reservado sus declaraciones y no existía confirmación del caso.36

Fue así como, a pocos meses de la invasión nazi de Polonia, en México era latente un ambiente de temor y sospecha en contra de alemanes, italianos y japoneses. De este modo, estos extranjeros fueron calumniados y acusados injustamente, pues no se tiene noticia de alguna detención o procesamiento que haya comprobado un real boicot, espionaje o cualquier otro atentado de japoneses contra la nación.

El ambiente en el país contrastó con el discurso de neutralidad, libertad, igualdad y justicia abanderado por el Estado mexicano. Sin embargo, la cercanía del gobierno de México con Estados Unidos generó la tolerancia de la presencia de ciudadanos franceses o ingleses -involucrados también en la guerra-, exonerándolos de cualquier medida de vigilancia o cumplimiento de regulaciones.

EL ESTALLIDO DE LA GUERRA

Conforme continuaba el conflicto mundial, las reservas hacia los "súbditos del eje" eran cada vez más asfixiantes. El interés de las autoridades por mantener una estricta vigilancia fue cada vez mayor; el 13 de enero de 1942 el oficial mayor de Gobernación, Adolfo Ruiz Cortines, instruyó a los gobernadores que realizaran un censo de todos los "italianos, japoneses y alemanes que se encontraran radicados en esa entidad, por municipios, edad y ocupación".37 Con ello se pretendía tener localizados y bajo vigilancia a todos los posibles o potenciales enemigos de la nación.

Al igual que en los puntos fronterizos, el cumplimiento de las políticas migratorias en el interior del país fue permeado por la subjetividad de los delegados gubernamentales encargados de su aplicación. De hecho, sólo un par de semanas después de la implementación del registro de "súbditos del eje" se manifestaron las primeras quejas acerca del actuar de los delegados gubernamentales.

Hasta la Secretaría de Gobernación, por conducto de las oficinas municipales de registro, llegaron múltiples quejas de asiáticos que sufrieron hostigamiento por parte de las autoridades, en específico de las fuerzas policiacas. Por sus características fenotípicas, los asiáticos de cualquier origen eran catalogados, vigilados y registrados como japoneses, lo que conllevaba molestias innecesarias, pues era su obligación comprobar que no eran japoneses. En palabras del jefe de migración en Guadalajara, Isaías R. M., "todos eran, escribían y hablaban igual".38

Si de por sí la situación era crítica, el clima de vigilancia se agudizó cuando el presidente Ávila Camacho ordenó la incautación de barcos extranjeros que le permitieran seguir abasteciendo al mercado estadounidense.39 Además, se anunció el establecimiento de una comisión mexicoestadounidense de Defensa Conjunta "para definir la forma en que se daría la cooperación militar global [...] reducir cualquier riesgo de sabotaje" (Torres, 1979:56). Todo ello, mientras el país se encontraba en un estado de "neutralidad".

Ambas ordenanzas no hicieron sino causar molestias en el país entre los simpatizantes del fascismo; mientras que para el III Reich fue un acto de abierta hostilidad, pretexto suficiente para proponerse cortar las líneas de abastecimiento petrolero estadounidense que llegaban desde México, lo que desembocó en los ataques alemanes a los buques petroleros "Potrero del Llano" y "Faja de Oro".

Como consecuencia del ataque, el Ejecutivo mexicano declaró el estado de guerra frente al Eje "Berlín-Roma-Tokio" en mayo de 1942.40 Hecho que transformó la relación de los mexicanos con la guerra, que parecía cada vez más cercana: la vigilancia en los puertos fue redoblada y el miedo a una invasión o actos de boicot fue cada vez más palpable. Se temía que los tripulantes de los barcos incautados realizaron acciones que pusieran en peligro las embarcaciones, por lo que en el ex Fuerte del Perote (Veracruz) se estableció la primera estación migratoria en la que fueron alojados (obligatoriamente) los tripulantes de los barcos incautados; ahí permanecieron hasta fin de año, cuando se acordó su repatriación.41

Se instruyó la aplicación de un renovado y agresivo esquema de control, que se centró en específico en las minorías extranjeras consideradas potenciales amenazas. De hecho, el censo de los "súbditos del eje" fue usado por las autoridades gubernamentales para garantizar la localización y el cumplimiento de una de las medidas más restrictivas implementadas por el gobierno contra algún grupo extranjero en el siglo XX. Se ordenó que todos los japoneses radicados en el interior del país fueran conducidos, registrados y vigilados en el interior de las ciudades de Guadalajara, Monterrey y el Distrito Federal.42

Se instruyó a los servidores públicos al servicio del estado para que dieran cumplimiento a esta concentración; las autoridades municipales debían localizar y entregar a los japoneses radicados en su jurisdicción a los militares de la localidad, los cuales, a su vez, los conducirían hasta la ciudad que les habían designado.43

Esta concentración proponía la confinación de la población japonesa en México a la ciudad designada, hasta que las autoridades federales no instruyeran lo contrario. Sin duda, dicha medida causó un fuerte impacto social, no sólo hacia los extranjeros afectados de manera directa, sino además separó familias y afectó a algunos sectores de la sociedad y de la economía que dependían de sus servicios.44 Por otra parte, a su llegada a la ciudad de concentración, no se les proveyó de techo, trabajo o algún servicio humanitario que garantizara su integración a la sociedad, por lo cual tuvieron que sostenerse de lazos de paisanaje que les permitiera insertarse a la vida en la ciudad.

No sólo los japoneses fueron sujetos de la vigilancia estatal. Pese a que no fueron reubicados, el caso de los alemanes e italianos destacó porque fueron sometidos a un constante escrutinio policiaco. Para ello, se estableció un Servicio de Informaciones Políticas y Sociales, en el que se coordinó el traslado de estos extranjeros hacia "donde su presencia se estimó indeseable".45 Además, se clausuraron centros de reunión de estos extranjeros con el fin de "evitar la difusión de propaganda enemiga y las demás actividades contrarias a la seguridad de la nación"46.

Un ejemplo claro de estas medidas es el informe del jefe de la policía de la ciudad de Guadalajara en que refiere haber investigado "con toda meticulosidad a los extranjeros alemanes, japoneses e italianos radicados en la Ciudad, y poniendo a disposición de la Secretaría de Gobernación a quienes se les ha comprobado ilegalidad en su estancia o simplemente sospecha en sus actividades".47 Además, se ordenó a todos los gobiernos estatales que convocaran a los dueños de hoteles y casas de huéspedes para que informaran de la presencia y movimiento de viajeros nacionales y extranjeros, "en la inteligencia de que en los casos que se estimen de urgencia [sean comunicados] por la vía más rápida".48

El estado de emergencia nacional era evidente. Aunque la mayoría de las mediadas "precautorias" fueron de carácter confidencial, se procuró que ninguna violara la legislación nacional. Por tal motivo, los ministros de la Suprema Corte y el Poder Ejecutivo promovieron "la suspensión de garantías que pudieran constituir obstáculo para hacer frente rápida y fácilmente a la situación",49 que fue aprobada por el Congreso de la Unión el 1º de junio de 1942. Hasta este punto, es claro el temor del Estado mexicano por la presencia de algunos grupos extranjeros considerados potencialmente peligrosos.

Además de suspender las garantías individuales, mientras permaneciera el país en estado de guerra, se promovió la prohibición de matrimonio entre "súbditos del eje" y mexicanos, pues al adquirir la ciudadanía mexicana podrían evadir algunas medidas de control y vigilancia de las que eran objeto, situación que potencialmente vulneraba la seguridad nacional.

Fue así como el 30 de junio de 1942, Adolfo Ruiz Cortines instruyó a los gobernadores del país para que tomaran medidas cautelares:

[...] en virtud de que nacionales de Japón, Alemania, e Italia, con los que nuestro país encuéntrase en estado guerra, están contrayendo matrimonios con personas de nacionalidad mexicana para burlar disposiciones dictadas sobre el control extranjeros, por acuerdo del señor Secretario permítome rogarles ordene a encargados del Registro Civil se nieguen a autorizar tales uniones, cooperando así con la política que sigue el gobierno federal en esta materia.50

No obstante, esta medida condujo a una serie de conflictos de interés, pues para algunos sectores de la sociedad pertenecientes a la baja política se trató de un verdadero atropello a los derechos civiles. Cabe señalar que no se demandó el atropello al derecho de contraer nupcias de los extranjeros, sino de los mexicanos. En el caso de que algún alemán, italiano o japonés pretendiera adquirir la nacionalidad mexicana mediante el matrimonio debía quedar sujeto a investigaciones y ofrecer pruebas que demostraran que no era un peligro para la seguridad nacional.

La discrecionalidad y confidencialidad de las medidas restrictivas tomadas en esta época terminaron oficialmente el 1º de septiembre de 1942, fecha en que Manuel Ávila Camacho ofreció su segundo informe de gobierno.51 En este comunicado a la nación anunció abiertamente que, en uso de sus facultades políticas, instruyó la apertura de un Registro Nacional de Extranjeros con el fin de "responder a las exigencias del estado de Guerra".52

Es probable que la abierta divulgación de las medidas restrictivas contra los "súbditos del eje" haya sido resultado de que se comprobara la incidencia de actos de boicot y espionaje en México. De hecho, como elemento que justifica el actuar del Ejecutivo, con base en el artículo 33º de la Constitución, se acordó la expulsión de treinta extranjeros que habían actuado en contra de la ley,53 porque el Estado no podía tolerar la acción de ningún agente que pusiera en peligro la paz nacional.

Al ser las medidas cautelares del dominio público, el Ejecutivo nacional ordenó a los gobernadores que cuidaran el respeto de las garantías a que las que tenían derecho los extranjeros, "cada vez que ha habido causa para suponer la existencia de restricciones indebidas, dentro de las jurisdicciones locales".54 Fue entonces cuando, en el afán de mantener a raya las actividades "perniciosas" de los extranjeros, en algunas localidades se habían tomado medidas excesivas o que fueron denunciadas como atropellos.

Pero no sólo las medidas tomadas en lo local causaron protestas entre la población nacional. La medida de prohibición matrimonial fue objeto de controversia, por lo que al desestimar su importancia para el resguardo de la seguridad nacional, fue derogada pocos meses después de instituida. Esta medida "cautelar" promovida desde la Secretaría de Gobernación causó más conflictos que los que pretendía prevenir. Se evaluó que, al ser pocas las solicitudes de matrimonio entre estos extranjeros y mexicanos era posible dar seguimiento a cada caso y desechar las sospechas sobre actividades ilegales o contrarias al interés nacional. Fue así como a poco más de medio año, el 3 de diciembre, el secretario de Gobernación ordenó que se suspendiera la prohibición matrimonial argumentando que "mientras termine el estudio sobre los derechos que adquieren extranjeros que contraigan matrimonio con personas de nacionalidad mexicana durante el estado de guerra actual [...] permítome comunicar se suspenden los efectos de la circular que prohíbe [...] matrimonios entre súbditos del eje con nuestros nacionales. Ruego hacerlo del conocimiento de los encargados del Registro Civil para su cumplimiento.55

Es evidente que las disposiciones del Estado mexicano ante los extranjeros considerados enemigos se transformaron de acuerdo con la percepción de la peligrosidad de cada grupo extranjero y del contexto bélico internacional. De hecho, a pesar de haberse roto relaciones diplomáticas con las naciones del Eje y expulsar a sus funcionarios diplomáticos, el Estado mexicano se preocupó por no dejar en el desamparo a los extranjeros de estas nacionalidades. Para demostrar la buena voluntad internacional del gobierno mexicano, se acordó que las delegaciones de Portugal y Suecia, así como el Consulado General de Suiza, se encargaran de velar respectivamente por los intereses de los japoneses, alemanes e italianos que se encontraban en el país.56

A pesar de las medidas restrictivas, registros y demás precauciones, la mayoría de los extranjeros del Eje se integraron con éxito en las localidades en que habitaron voluntaria e involuntariamente. De hecho, pese al ambiente de desconfianza, la presencia de estos extranjeros no disminuyó sino que aumentó.57

CONCLUSIONES

Durante los años en que se desenvolvió la Segunda Guerra Mundial, una disyuntiva parecía ser una constante: por un lado, asegurar el respeto de los derechos humanos y, por el otro, resguardar la seguridad nacional. Dos caras de un mismo Estado que procuró defender los intereses nacionales ante un "estado de guerra" que, aunque justificaba legalmente las medidas cautelares, pretendió no causar daño a la imagen de protección y respeto de los intereses extranjeros.

De hecho, en los foros internacionales en que participó la diplomacia mexicana se refrendó "la reprobación de las agresiones y de la adhesión [sic] para todos los pueblos que luchan contra la tiranía, por el mantenimiento o reconquista de su libertad".58 Fue así como el conflicto internacional fue el trasfondo de medidas migratorias que se adaptaron al ambiente de "inseguridad" real y percibido, no sólo por la prensa nacional, sino también por el Estado mexicano. Fue entonces cuando la política internacional de México desde el periodo de entreguerras hasta los primeros años de la Segunda Guerra Mundial, se caracterizó por estructurarse en función a los intereses emanados desde la esfera de la alta política.

Para el gobierno posrevolucionario, la migración y presencia de extranjeros en México fue un tema contemplado en la Constitución de 1917; no obstante, su aplicación se vio relegada por otros temas concernientes a la política internacional mexicana. Entre los que se estimaban más urgentes destacó el reconocimiento internacional y la atención de reclamos extranjeros que resultaron de la violencia revolucionaria.

Bajo esta dinámica, el gobierno nacional se reservó el derecho de cumplir a cabalidad con el discurso internacional de amistad, defensa de la autonomía y protección de los extranjeros. Actitud evidente durante el último año presidencial de Abelardo Rodríguez (1934), cuando se emitieron duras medidas restrictivas contra algunos grupos extranjeros que pretendían ingresar al país, por ser considerados como portadores de prácticas culturales y religiosas exóticas para la nación.

Con el cardenismo, la política internacional mexicana tomó una bocanada de aire fresco; reformar la cuestión migratoria fue objeto de interés central. Como gobierno de izquierda, se pronunció a favor de los derechos políticos y humanos de los exiliados españoles, acción que, ante la mirada internacional se sumaba a la condena hacia los totalitarismos y sus ideas raciales.

El hecho de que México se convirtiera en refugio para los expatriados españoles captó la atención internacional. El gobierno de Cárdenas fue reconocido como defensor de los derechos humanos; sin embargo, en un polo opuesto, la migración judía continuó siendo objeto de rechazo, a pesar de que muchos de ellos -al igual que los republicanos- fueron víctimas de gobiernos totalitarios en Europa.

La diferencia entre ambos casos fue justificada por la adaptabilidad de éstos a la forma de vida mexicana. Para el Estado mexicano fue importante promover la migración de extranjeros que no sólo aportaran económica e intelectualmente, sino que también se adaptaran de manera óptima al contexto cultural del país. Los españoles, por cuestiones de idioma, religión y prácticas sociales, resultaron ser el grupo más deseable entre otros extranjeros que también buscaban un refugio internacional.

A simple vista, las medidas migratorias antes referidas parecen contrapuestas, pero en una lectura más profunda desde el enfoque del análisis realista es posible hacer un corte transversal y señalar que en realidad respondieron a los intereses gubernamentales de cada régimen (Abelardo Rodríguez, Lázaro Cárdenas y Manuel Ávila)

En el periodo que trascurrió de la crisis económica internacional de 1929 al final de la Segunda Guerra Mundial en 1945, el Estado mexicano -de la mano del Ejecutivo nacional- se interesó en aprovechar las coyunturas internacionales. En un primer periodo, en el que se aseguró la entrada de extranjeros que fueran benéficos para la nación, aunque el Estado marcó la pauta de la inmigración extranjera, los funcionarios y agentes migratorios se vieron forzados a adaptar los mandatos oficiales a criterios personales, en particular ante las dificultades por identificar a los distintos grupos extranjeros, y, por ende, permitir o restringir su presencia en el país.

En una segunda etapa, el Estado mexicano mantuvo un control estrecho sobre quienes, una vez en el país (en el contexto de la Guerra Mundial), podrían amenazar la estabilidad y la unidad nacionales. Se instruyó a todas las autoridades gubernamentales, militares y policiacas para que vigilaran, registraran y concentraran a los alemanes, italianos y japoneses en México. Al ser considerados potenciales enemigos de los intereses nacionales, la paranoia oficialista hacia su presencia se magnificó al punto de delimitar su lugar de residencia y restringir sus opciones para adquirir la nacionalidad mexicana.

El respeto de los derechos humanos y el resguardo de la seguridad nacional pueden parecer elementos contrapuestos, en asincronía; pero, puestos en perspectiva, en realidad formaron parte de un mismo discurso oficial, en el que el gobierno mexicano aseguró la manutención del estado de derecho. Las medidas "precautorias" tomadas frente a la presencia de extranjeros posiblemente perniciosos se mantuvieron en la confidencialidad hasta que fue anunciada la declaración de guerra. Una vez hecho oficial el estado de guerra contra los países del Eje, las medidas migratorias fueron anunciadas sin empacho; incluso se pidió la cooperación de la población para el cumplimiento de éstas, pues el objetivo central era asegurar la paz nacional.

En suma, es un error pensar que la crisis económica de 1929 y la Segunda Guerra Mundial fueron en México sólo eventos noticiosos, sin repercusiones. En este trabajo breve se ha evidenciado que aunque en apariencia se contrapuso la política migratoria mexicana al discurso internacional, en realidad se trató de una actitud de adaptación ante los radicales cambios internacionales.

Por ello, más que reflejar contradicciones en la esfera de la alta política, se demuestra el interés por asegurar al mismo tiempo el reconocimiento internacional y la estabilidad nacional; en otras palabras, mantener una imagen (en el exterior) de país refugio, defensor de la democracia, y a la vez combatir (en el interior) las posibles amenazas al sistema de bienestar instaurado después de la lucha revolucionaria.

Cuando la migración de extranjeros potencialmente peligrosos pareció regulada y bajo control, se promovió la vigilancia de las actividades de los ya insertos, verificando que su procedencia, hábitos y cultura fueran beneficiosos para los intereses nacionales ante la cambiante coyuntura internacional. Una vez que el Estado garantizó el control de la presencia y actividades de los "súbditos del eje", se dio pie a que sectores pertenecientes a la baja política opinaran tangencialmente acerca de las medidas tomadas.

FUENTES CONSULTADAS

Archivos

AGN Archivo General de la Nación, Dirección General de Gobierno.

AMG Archivo Municipal de Guadalajara, Registro de Extranjeros 1921-1957.

AHEJ Archivo Histórico del Estado de Jalisco, Pasaportes y Salvoconductos.

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1En el artículo 33º de la Constitución promulgada el 5 de febrero de 1917 se declara que el Ejecutivo tiene la facultad exclusiva de hacer abandonar el territorio nacional, inmediatamente y sin necesidad de juicio previo, a todo extranjero cuya permanencia juzgue inconveniente. Además de que prohibió a los extranjeros inmiscuirse en asuntos políticos del país (Diario Oficial, Órgano del Gobierno Provisional de la República Mexicana, tomo V, núm. 30, 5 de febrero de 1917, p. 152).

2En particular, el artículo 27º de la Constitución mexicana fue objeto de negociaciones, lo que generó la promulgación de su "no retroactividad"; además de que se creó la Comisión General y Especial de Reclamaciones con el fin de atender las demandas de los extranjeros que se consideraron afectados por el vendaval revolucionario (véase Trujillo Herrera, 1966:29-31).

3En la década de 1930, la diplomacia mexicana se caracterizó por impulsar la llamada Doctrina Estrada, en la que se consideró que el condicionamiento al reconocimiento de una nación era una forma de intervencionismo; el reconocimiento era una práctica denigrante, que hería la soberanía de las naciones, por ello se impulsó el derecho a la autodeterminación de las naciones (véase Soler, 2002:41-49).

4Otros enfoques con los que se ha analizado la política exterior de México son la teoría de la dependencia, la causalidad interna, la política burocrática y la interdependencia compleja. Ninguno de ellos será empleado en el caso específico de este trabajo porque no se adecuan al tratamiento de fuentes ni al enfoque analítico propuesto (véanse en Borja [1997:39] los elementos que constituyen cada enfoque).

5Con alta política Borja (1997:26) se refiere a los espacios de decisión gubernamentales: gabinetes gubernamentales, embajadas, consulados, cámaras legislativas, etcétera.

6La baja política es el campo de actuación política formada por actores ajenos a los espacios gubernamentales, tienen un papel social diferenciado pues se conforma por grupos de interés diversos: grupos empresariales, elites locales, asociaciones civiles, religiosas, académicas, etcétera (Borja, 1997:26).

7Las naciones, al ser soberanas interna y externamente, propenden a actuar de manera desorganizada, por ello son necesarios los marcos jurídico-institucionales que regulen su relación. La convivencia entre naciones es una necesidad, en particular entre países vecinos, por lo que la política internacional permite el diálogo y la creación de alianzas que permitan enfrentar la latente anarquía global. Para profundizar en estos referentes, véase Arnoletto, 2007:67-68.

8Los principales regímenes que iniciaron o se consolidaron fueron en Alemania, Adolf Hitler (1933); Italia, Benito Mussolini (1922), y en España, Francisco Franco (1936). Para mayor información véase Ashford, 2001:15-19; Bosworth, 2003:35-36; Heiber, 2005:77.

9Archivo General de la Nación (AGN), Comunicado de la Secretaría de Gobierno a través del Jefe del Departamento Vicente E. Matus al Jefe del Servicio de Migración, en circular confidencial núm. 157, del 27 de abril de 1934. Fondo Dirección General de Gobierno (DGG), caja 11, exp. 15, f. 1.

10Las nacionalidades descritas en este documento están escritas en códigos que le dan un valor numérico cifrado a cada nacionalidad, los cuales aparecen interpretados en Gleizer Salzman, 2000:73-95. De este texto ha sido usada la información para el análisis de la circular referida.

11El concepto de raza fue usado genéricamente en los documentos oficiales consultados; específicamente se refiere a elementos fenotípicos. Sin embargo, el elemento racial fue desplazado tiempo después por "ciertas nacionalidades", dado que las restricciones respondieron a intereses culturales, religiosos y políticos, y no a prejuicios raciales.

12AGN, Comunicado de la Secretaría de Gobierno a través del Jefe del Departamento Vicente E. Matus al Jefe del Servicio de Migración, en circular confidencial núm. 157, del 27 de abril de 1934. Fondo DGG, caja 11, exp. 15., f. 3.

13AGN, Comunicado de la Secretaría de Gobierno a través del Jefe del Departamento Vicente E. Matus al Jefe del Servicio de Migración, en circular confidencial núm. 157, del 27 de abril de 1934. Fondo DGG, caja 11, exp. 15, f. 5.

14AGN, Comunicado de la Secretaría de Gobierno a través del Jefe del Departamento Vicente E. Matus al Jefe del Servicio de Migración, en circular confidencial núm. 157, del 27 de abril de 1934. Fondo DGG, caja 11, exp. 15, f. 6.

15AGN, Comunicado de la Secretaría de Gobierno a través del Jefe del Departamento Vicente E. Matus al Jefe del Servicio de Migración, en circular confidencial núm. 157, del 27 de abril de 1934. Fondo DGG, caja 11, exp. 15, f. 6.

16El partido nazi, que refiere el Nationalsozialist (Partido Nacional Socialista), surgió en Alemania apoyado de bases obreras, con el fin de afrontar la crisis económica de la posguerra y recuperar el orgullo nacional. Una de sus características fue el orgullo de pertenencia a la raza aria y considerar otras razas como "naturalmente" inferiores, ello incluyó a los judíos, a quienes además se les culpó de la crisis económica ocurrida en el periodo de entreguerras. Para mayor detalle sobre el tema véase Nyomarakay, 1967:130-133.

17AGN, Comunicado de la Secretaría de Gobierno a través del Jefe del Departamento Vicente E. Matus al Jefe del Servicio de Migración, en circular confidencial núm. 157, del 27 de abril de 1934. Fondo DGG, caja 11, exp. 15, f. 7.

18AGN, Comunicado de la Secretaría de Gobierno a través del Jefe del Departamento Vicente E. Matus al Jefe del Servicio de Migración, en circular confidencial núm. 157, del 27 de abril de 1934. Fondo DGG, caja 11, exp.15, f. 8.

19AGN, Comunicado de la Secretaría de Gobierno a través del Jefe del Departamento Vicente E. Matus al Jefe del Servicio de Migración, en circular confidencial núm. 157, del 27 de abril de 1934. Fondo DGG, caja 11, exp. 15, f. 9.

20Archivo Municipal de Guadalajara (AMG), Archivos de Registro de Extranjeros, 1950, Hejt Keili Marcos (lituano), f. 1.

21Algunos textos que refieren al caso de los exiliados españoles en México son Esteva Fabregat, 2009; Romero Samper, 2005; Naharro Calderón, 1991.

22Uno de los espacios académicos más importantes creados en esa época (1938-1914) fue La Casa de España en México (antecedente de El Colegio de México), refugio de intelectuales españoles republicanos. Para ahondar en su edificación y aportaciones al campo científico nacional véase Reyes, 2004:989-1009.

23La selectividad se refiere a las medidas restrictivas en la inserción de extranjeros de ciertas nacionalidades en México, en particular por cuestiones políticas, culturales y económicas; mientras que la restricción, tanto al número de extranjeros que podrían entrar al país, como a las características físicas, de edad, género, idioma y religión que se esperaban de los extranjeros que pretendían entrar en el país. Tanto la selectividad como las restricciones en la política migratoria mexicana fueron adaptándose a los intereses del Estado mexicano, en particular ante el escenario político, económico y bélico internacional. Por lo tanto, es importante señalar, a lo largo de este trabajo, la forma en que estas medidas se adaptaron a su contexto, tanto dentro como fuera de las fronteras nacionales.

24La idea de "país refugio" es tomada de la obra de Pablo Yankelevich (2002), en la que se conjunta una serie de ensayos en la que distintos autores se refieren a la historia de los exilios en México durante el siglo XX. Movimientos migratorios que se produjeron en el contexto de la crisis internacional entre 1920 y 1940.

29Dicha identificación contenía datos como la fecha de expedición, el nombre completo y la firma del portador, el puerto de entrada, la fecha de internación, el estado civil, la ocupación, el idioma nativo y otros idiomas que hablara, el lugar y país de nacimiento, la nacionalidad, la religión, la raza, el lugar de residencia, referencias personales, así como la fotografía de frente y de perfil, una descripción de los rasgos físicos, señas particulares, y la firma y sello del funcionario que lo registró (véase AMG, Registro alta del japonés Une Hatsu, febrero de 1954. Registro de Extranjeros 1921-1957, caja 9, f. 1).

30AMG, Registro alta del japonés Une Hatsu, febrero de 1954. Registro de Extranjeros 1921-1957, caja 9, f. 2.

31AGN, Comunicado de la Secretaría de Gobierno a través del Jefe del Departamento al Jefe del Servicio de Migración, en circular confidencial núm. 247, del 8 de noviembre 1939. Fondo DGG, caja 11, exp.15, f. 8.

33Para conocer sobre las discusiones y editoriales publicadas durante estos años acerca de la controversial presencia de extranjeros "potencialmente peligrosos" véase Ortiz, 1992:27-38.

37Archivo Histórico del Estado de Jalisco (AHEJ), oficio enviado por el Oficial Mayor de Gobernación Ruiz Cortines a cada uno de los gobernadores del territorio mexicano, oficios enviados del 31 de enero de 1942 al 17 de febrero del mismo año. Pasaportes y Salvoconductos, G-8, caja 14, Asunto 3, ff. 1-30.

38AHEJ, Oficio enviado por el encargado municipal de migración y registro de extranjeros al Oficial Mayor de Gobernación Ruiz Cortines, 6 agosto de 1942, Pasaportes y Salvoconductos, G-8, caja 14, Asunto 3, f. 133.

39En total fueron doce las embarcaciones extranjeras incautadas por el gobierno mexicano; de éstas, algunas fueron boicoteadas por sus tripulantes y ataques de submarinos extranjeros. Al término de la guerra se hundieron un total de seis embarcaciones y 42 marinos mexicanos perdieron la vida. Para mayor información al respecto, véase Von Metnz, 1998:113-117; respecto a las embarcaciones incautadas, Ley de Propiedades y Negocios, promulgada el 13 de junio de 1942, por la Cámara de Diputados XXXVIII Legislatura.

40Diario de los debates de la Cámara de Diputados, "Informe del Presidente de la República Manuel Ávila Camacho al Congreso de la Unión con motivo de la declaración de Guerra", 28 de mayo de 1942.

42En Estados Unidos se crearon zonas exclusivas de concentración de japoneses, alejados del resto de la población. De manera menos radical, en México la "concentración" sólo contemplaba que los japoneses radicaran en las ciudades señaladas y cumplieran con un registro mensual de su presencia. Sobre el registro de japoneses y las dificultades que trajo su concentración para la economía de algunas poblaciones véase AHEJ, caja XIV, carpeta IX, f. 1, 2, 3. Para consultar algún referente respecto a los lugares de concentración japonesa en Estados Unidos véase Sakurai, 2008.

43Los encargados de las zonas militares se dedicaron a las tareas de detención. Véase el caso de "Enrique Higashi Lyanaga" en AHEJ, caja XIV, carpeta IX, f. 1-3.

44A finales del siglo XIX y principios del siglo XX la migración asiática, en particular la china y la japonesa resultó de un complejo proceso de redes de colaboración y paisanaje que se desarrolló en varias regiones del país de manera simultánea, en particular en las regiones occidente y noreste. A diferencia de otros grupos extranjeros, éstos se dedicaron a actividades rurales -pesca, agricultura y ganadería- establecieron pequeños talleres y se integraron en actividades comerciales de mediana envergadura. Para conocer más sobre el proceso de inserción de la población asiática en México, véase Mishima Ota, 1997.

47AHEJ, Oficio enviado por el jefe de la policía de Guadalajara al encargado de Registro de Extranjeros y Migración, 8 de agosto de 1942, Pasaportes y Salvoconductos, G-8, caja 14, Asunto 3, f. 136.

48AHEJ, Oficio enviado por el Oficial Mayor de Gobernación Ruiz Cortines a las delegaciones de registro de extranjeros estatales, caso Guadalajara, 2 de septiembre de 1942, Pasaportes y Salvoconductos, G-8, caja 14, Asunto 4, f. 3.

50AHEJ, oficio enviado por el Oficial Mayor de Gobernación Ruiz Cortines a cada uno de los gobernadores del territorio mexicano, 30 de junio de 1942, Pasaportes y Salvoconductos, G-8, Asunto 14, caja V, f. 1.

53Cabe señalar que no se aclara la nacionalidad de los extranjeros expulsados ni las acciones que se les imputaron; no obstante, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 33º, éstos debieron de inmiscuirse en asuntos "políticos" o poner en peligro la paz nacional. Diario de los Debates del XXXVIII Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, "Informe del Presidente Manuel Ávila Camacho ante el XXXVIII Congreso de los Estados Unidos Mexicanos", 1º de septiembre de 1942.

55AHEJ, Oficio enviado por el Oficial Mayor de Gobernación Ruiz Cortines a cada uno de los gobernadores del territorio mexicano, 30 de junio de 1942, Pasaportes y Salvoconductos, G-8, Asunto 14, carpeta V, f. 4.

57Los alemanes fueron registrados en 1940 2 398; japoneses 936; italianos 789; mientras que en 1950 alemanes 2, 894; japoneses 1550; e italianos 1 220. Un crecimiento que aunque no fue considerable, refleja una estabilidad en su presencia, por lo que pese a todas las medidas tomadas por el Estado mexicano, es posible considerar que no promovieron su salida del país o frenaron su migración hacia el país. Fuentes del censo: Censo nacional de población 1940 y 1950, en: http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/proyectos/ccpv/, consultados el 8 de noviembre de 2014.

58Diario de debates del XXXVIII Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, "Informe del Presidente Manuel Ávila Camacho ante el XXXVIII Congreso de los Estados Unidos Mexicanos", 1 de septiembre de 1942, en: http://cronica.diputados.gob.mx/DDebates/38/3er/Ord/19420901.html, consultado el 4 de Noviembre de 2014.

Recibido: 21 de Julio de 2014; Revisado: 24 de Septiembre de 2014; Aprobado: 13 de Octubre de 2014

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