SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.10Incorporación de inmigrantes sudamericanos en Santiago de Chile: redes migratorias y movilidad ocupacionalEl “nuevo racismo” desde la lente de la “migración silenciosa”: la adopción interracial en España índice de autoresíndice de assuntospesquisa de artigos
Home Pagelista alfabética de periódicos  

Serviços Personalizados

Journal

Artigo

Indicadores

Links relacionados

  • Não possue artigos similaresSimilares em SciELO

Compartilhar


Migraciones internacionales

versão On-line ISSN 2594-0279versão impressa ISSN 1665-8906

Migr. Inter vol.10  Tijuana  2019  Epub 01-Jan-2019

https://doi.org/10.33679/rmi.v1i1.2148 

Artículos

Incidencia política de las OSC de California para la protección de mujeres inmigrantes víctimas de violencia doméstica

Anel Esmeralda Ortiz Alavez 1  
http://orcid.org/0000-0002-8136-453X

David Rocha Romero 2  
http://orcid.org/0000-0001-7840-955X

Traducción:

Joshua Parker

1Universidad Autónoma de Baja California, México, anel1080@gmail.com

2Universidad Autónoma de Baja California, México, davidro_2000@yahoo.com;


Resumen

El objetivo de este artículo es caracterizar la atención hacia las mujeres inmigrantes mexicanas víctimas de violencia doméstica, a través de identificar las acciones de atención de las OSC en el Condado de Los Ángeles, California, con el fin de analizar si inciden o no en el desarrollo local. Se utilizó una metodología cualitativa a partir de la teoría fundamentada, se realizó un muestreo teórico y recopilación de datos a través de la aplicación de entrevistas semiestructuradas. Se encontró que estas OSC que se gestan como agentes de desarrollo, cumplen un rol vital e inciden pública y políticamente en el empoderamiento de las mujeres maltratadas, logrando la creación de DART, un programa para la ayuda a mujeres violentadas y presionaron para implementar la Ley SB 674, misma que obliga a los policías a otorgar la certificación ante un evento de violencia doméstica.

Palabras clave: indocumentadas; incidencia; visa U; visa VAWA; condado de Los Ángeles

Abstract

The aim of this research was to characterize the assistance given to Mexican immigrant female victims of domestic violence by identifying the actions of CSOs in Los Angeles County, CA, in order to analyze whether they impact local development or not. The study employed a qualitative methodology based on grounded theory and used theoretical sampling, collecting data through semi-structured interviews. It was found that these CSOs have become agents of development, fulfilling a vital role and exerting public and political influence to empower battered women. They also achieved the creation of DART, a program to help battered women, and pushed for the implementation of Law SB 674, which requires that police issue a certification in cases of domestic violence.

Keywords: Undocumented; lobbying; U visa; VAWA visa; Los Angeles County

INTRODUCCIÓN

En tiempos convulsos para los migrantes en Estados Unidos, cuando los sentimientos antiinmigrantes se concretizan en leyes que penalizan la presencia de indocumentados y en el hostigamiento por parte de autoridades y algunos ciudadanos, las mujeres inmigrantes indocumentadas víctimas de violencia ven un panorama obscuro para su situación de vulnerabilidad extendida.

Los perpetuadores de las agresiones consideran que tienen en la amenaza de la deportación y en la posible separación de sus hijos una ventaja sobre las víctimas. Ante un panorama aparentemente desolador, las organizaciones de la sociedad civil (OSC) en el condado de Los Ángeles, California, se convierten en luces de esperanza para algunas, no solamente por aliviar su situación como víctimas de la violencia doméstica (VD), sino para generar certeza de que su situación como migrantes va a mejorar, a través la regularización de su situación legal. La visa U y la visa VAWA son alternativas que motivan a las víctimas a denunciar, por la esperanza de tener una vida mejor. Sin embargo, este proceso de liberalización y ayuda a las víctimas es tortuoso.

Las OSC han logrado que las víctimas relacionen la liberalización de la opresión de la violencia con una mejor estancia en el nuevo país de residencia. En un escenario político y social que parece por todos lados hostigar y criminalizar a las indocumentadas, las visas son un apoyo importante y un gran paso para regularizar su situación migratoria, agilizar los procedimientos para demostrar su situación de víctimas y solicitar ayuda urgente.

En este trabajo se analizan las OSC del condado de Los Ángeles que atienden la violencia doméstica y los procesos de atención que contribuyen a la disminución de la vulnerabilidad de las mujeres inmigrantes víctimas de VD. A partir de un marco teórico y analítico basado en el desarrollo local, se realizó el análisis en una dimensión, la de la incidencia política de las OSC, con el objetivo de explicar cómo se constituyen en agentes de desarrollo. Se utilizó un método descriptivo aplicando el método cualitativo, que consistió en un muestreo teórico y recopilación de datos a través de entrevistas semiestructuradas. El resultado fue que las OSC analizadas han construido mecanismos para atender y empoderar a las mujeres migrantes, cimentando alternativas legales para disminuir la xenofobia, el racismo y la deportación, constituyéndose de esta manera en agentes de desarrollo.

No se abordarán marcos teóricos que intenten definir la violencia, las tipologías de violencia o explicar las variables que detonan el maltrato contra las mujeres. El eje de análisis es en torno a la incidencia pública y política3 en marcos normativos y en la política pública. En la incidencia política intervienen dos elementos básicos: la participación ciudadana y el cabildeo ( París y Müller, 2016, p. 259 ), mismos que desarrollan estas OSC.

Las mujeres inmigrantes forman parte de una comunidad oprimida y excluida, a la que se le margina o se le limitan los servicios, además de justificar la violencia ejercida en ella por los estereotipos sobre las culturas extranjeras. Los estudios han confirmado la perpetuación de la violencia y el incremento de la vulnerabilidad de acuerdo al estatus migratorio ( Dacer, 2013 ); no solamente ser indocumentada es un riesgo para las mujeres que viven en destinos migratorios nuevos, también son escasas las posibilidades de encontrar servicios de apoyo en un idioma que no sea inglés.

Martínez (2012) destaca la importancia de la labor activista para el apoyo a estas mujeres inmigrantes, ya que viven múltiples vulnerabilidades. Exalta la ausencia de espacios de atención y esto estimula la participación de organizaciones para proporcionar alternativas, eliminar la discriminación institucional y proveer servicios competentes. A pesar de la sociedad patriarcal de donde vienen y de los factores estructurales presentes en los destinos de recepción, las mujeres tienen la capacidad de supervivencia, que sobrepasa la subordinación o pasividad. Para Ayala, Moya & Chávez (2012) las asociaciones son un motor de cambio.

Se analizó cómo las OSC contribuyen a cambiar realidad de opresión de las mujeres. Por cuestiones de espacio, se resumen los hallazgos respecto a servicios emergentes y de asistencia, dado que son similares a los resultados encontrados en otros estudios, centrando mayor importancia en la incidencia política que las organizaciones del condado han desarrollado de manera exitosa, convirtiéndose en agentes de desarrollo.

El trabajo se divide en cinco partes. La primera parte aborda la teoría del desarrollo local y sus agentes, así como el marco conceptual de las OSC. En la segunda parte se presentan tanto la metodología, los recursos institucionales para la atención de víctimas de VD en Estados Unidos y The Violence Against Women Act (por sus siglas en inglés VAWA), promulgada en 1994, de donde se desprenden visa VAWA y visa U. En la tercera parte describimos las OSC del condado de Los Ángeles y analizamos su incidencia política para crear un programa de apoyo a las mujeres víctimas de la VD. En la cuarta parte se presentan evidencias de la incidencia política de dos organizaciones que apoya a las mujeres inmigrantes indocumentadas, concretamente, la creación de una ley secundaria que agiliza la obtención de documentación legal, por último las conclusiones.

Boisier (2005, p. 51-52) argumenta que el desarrollo es un “fenómeno local, incrustado en las características económicas, técnicas, sociales y culturales de ese lugar en particular”. Así mismo distingue que este proceso endógeno se registra en pequeñas unidades territoriales en las que se promueve el dinamismo económico y la mejora de la calidad de vida de los asentamientos humanos.

El desarrollo local es complejo debido a los grandes y diversos intereses que se gestan en un territorio determinado. El desarrollo será resultado de la cooperación de los actores, mismos que necesitan un ambiente institucional y organizacional que respalde y oriente sus esfuerzos. El desarrollo local, como se observa, transforma en dos dimensiones: dinamiza la economía y mejora la calidad de vida de una población. En la presente investigación sólo se retoma la segunda dimensión, entendiendo que la mejora de la calidad de vida está dada por la capacidad de atención de las OSC, su capacidad de generar aprendizaje colectivo y de promover un cambio cultural y político que disminuya la vulnerabilidad de las mujeres inmigrantes víctimas de violencia.

Agentes de desarrollo

El término de actor/agente para el desarrollo en ocasiones es utilizado sin diferencia alguna. Los primeros se reconocen por la escena que tienen para actuar, es decir, el escenario social, ya sea empresa, organización, escuela, el sector público, etcétera. Por otro lado, los agentes de desarrollo están ligados al sentido de la acción en función de los objetivos ( Pierdomici & Mochi, 2011 ). En ese sentido, un actor social puede ser cualquier individuo, organización o empresa que se encuentre en un territorio determinado, señalando entonces que solamente quienes realizan acciones específicas para la consecución de objetivos pueden constituirse en agentes de desarrollo. Como se ha mencionado el desarrollo es el resultado de la capacidad de organización de los actores en la sociedad. Arocena (2001) menciona que uno de los condicionantes en el desarrollo local es la capacidad de constitución de actores locales, en este caso la constitución de los agentes de desarrollo. “Ser agente de desarrollo implica tener dos roles, por un lado, como analista, debe tener capacidad de diagnóstico; como activista, la capacidad de acción” ( Pierdomici & Mochi, 2011, p. 54 ).

Estos agentes de desarrollo deben estar dotados de competencias, necesitan ser conscientes de los recursos locales y apoyar iniciativas para el desarrollo. Deben de tener un conocimiento amplio del territorio para detectar áreas con bajo desarrollo local o con problemáticas específicas en los cuales podría establecer proyectos para resolverlos. Los agentes de desarrollo promueven alianzas entre diversos actores y promueven redes que permiten la consecución de sus objetivos, apoyan la constitución de nuevas organizaciones, la creación de observatorios territoriales sobre las problemáticas que atienden y sistematizan experiencias exitosas ( Pierdomici & Mochi, 2011 ).

En el caso de la atención a mujeres víctimas de VD, el agente de desarrollo debe ser más que un mediador o articulador, en palabras de Pierdomici & Mochi: Un agente de desarrollo expresa incidencia y compromiso sobre el proceso de desarrollo en sentido amplio, cuyo objetivo es aumentar el bienestar de los ciudadanos que va más allá de la inserción territorial, prevenir es actuar concretamente, es comprometerse con la acción […] el comportamiento de estos agentes permite una elevada influencia sobre la modalidad y naturaleza del desarrollo (tanto en las personas como en el territorio). Así los agentes desarrollan sus actividades a partir de ciertas actitudes aprendidas profesionalmente y otras recuperadas de sus conocimientos adquiridos tácitamente ( Pierdomici & Mochi, 2011, p. 54 ).

Los agentes de desarrollo tienen la capacidad de construir un poder local, este poder se nutre de la capacidad de decisión, de la capacidad de organizarse y de la capacidad de incidencia. Para Pierdomici & Mochi (2011) , estos agentes están profesionalizados y su intervención debe de ser en un área específica, para el caso de la violencia de género, esta intervención debe de ser respecto al empoderamiento que se producen en la personas o en el territorio.

MARCO CONCEPTUAL DEL SUJETO DE ESTUDIO: LAS OSC

Las OSC trabajan para el bien público, son autónomas y actúan sin fines de lucro. A este grupo pertenecen clubes sociales, cámaras empresariales, colegios de profesionistas, sindicatos, partidos y organizaciones políticas, centros de investigación, organizaciones filantrópicas, de voluntarios, religiosas, fundaciones, etcétera ( Müller, 2014 ).

Las organizaciones civiles deben de entenderse como la organización libre y voluntaria de ciudadanos a partir de la identificación de campos específicos de la vida social. Estas asociaciones pretenden influir en las decisiones públicas y en su normatividad. Son agrupamientos estables, autorganizados, con una estructura de relaciones, con reglas de funcionamiento, con objetivos relativamente estables; en la mayoría de los casos tienden a profesionalizar las acciones que realizan ( Canto, 2004 ). Pueden ser tanto formales como informales. Su diversidad puede abarcar distintos aspectos: económicos, culturales informativos, educativos, de interés, de desarrollo, cívicas o con actividades más específicas, como los que protegen los derechos de las mujeres, en este caso, las mujeres víctimas de violencia de pareja. Cabe mencionar que estas asociaciones pueden ser clasificadas por sus acciones, actividades y valores o en varias categorías ( Müller, 2014 ). Las asociaciones civiles asumen roles a través de los cuales pueden ser clasificadas: algunas representan intereses de grupos específicos, otras buscan relacionarse con el gobierno y con otros actores de la sociedad a fin de conseguir sus objetivos. Algunas otras asociaciones buscan la movilización de actores sociales para incrementar la conciencia e impacto respecto a algún tema en específico, otras se dedican a la regulación y monitoreo del desempeño estatal, el comportamiento de acciones de funcionarios, o la acción de desarrollo social para mejorar el bienestar de sí mismos o de otros grupos minoritarios.

Las organizaciones civiles con antigüedad tienen un enfoque y una realidad social, además de su propio rol de participación e incidencia. Las más nuevas generalmente trabajan en redes y coaliciones. Las redes incluyen actores, otras organizaciones no gubernamentales y organizaciones intergubernamentales, y se suelen beneficiar del apoyo financiero de organismos internacionales y de ciertos gobiernos interesados en el cumplimiento de las normas que ellas intentan impulsar ( Aikin, 2011 ).

Las redes significan también procesos de conformación de proyectos conjuntos, estrechamente relacionados con los procesos económicos, políticos y culturales que permiten generar nuevas formas de acción e intervención social con propuestas y alternativas viables y válidas para sectores específicos de la población del país ( Müller, 2014, p. 94 ). Desde un enfoque local, el desarrollo está dado por la capacidad de acción colectiva de los actores, es el resultado de un esfuerzo organizativo e institucional. Un nivel más alto de colaboración, de cooperación, de socialización de conocimiento y aprendizaje, se relaciona con un mayor grado de participación en asuntos públicos y mayor su incidencia política. La coordinación con otras asociaciones civiles y con grupos de voluntariado sirven en el acompañamiento para elaborar proyectos con centros asociativos, construir grupos de autoayuda y tener una coordinación con los organismos médicos sanitarios de carácter público.

METODOLOGÍA

La metodología, es una manera de pensar la realidad social y estudiarla; el

método es un conjunto de procedimientos para recolectar y analizar datos

Strauss & Corbin (2002, p. 1)

.

La metodología seleccionada para esta investigación es de tipo cualitativo y el análisis está basado en la teoría fundamentada. La metodología cualitativa se ha caracterizado por buscar información sobre la conducta a través de la observación de eventos y actividades. Su énfasis se encuentra en la obtención de datos textuales abiertos, en las propias palabras y frases de la población local, particularmente para obtener información del contexto de conducta y de los sistemas que influyen en el comportamiento ( Strauss & Corbin, 2002 ).

En tanto, la teoría fundamentada que fue propuesta en la década de los 60 por Barney Glaser y Anselm Strauss, sirve de apoyo para la interpretación de fenómenos a través del método cualitativo. Generalmente es utiliza cuando el investigador tiene interés de elaborar teorías sobre el fenómeno que estudia o bien se utiliza cuando se desconocen los conceptos que se relacionan con el fenómeno estudiado o con una población específica ( García & Manzano, 2010 ), como fue el caso de esta investigación.

Esta propuesta metodológica sugiere un procedimiento sistemático y organizado similar a otros métodos con la ventaja de ser flexible. El proceso metodológico no es lineal, es un ir hacia adelante y hacía atrás en la recopilación de datos, el análisis y la construcción teórica, es un proceso dialéctico. Lo relevante de abordar una metodología cualitativa para explicar hechos sociales es que permite ampliar nuestro conocimiento e interpretar la realidad a partir de diferentes métodos de investigación de análisis cualitativo, tales como el de la teoría fundamentada a la que se ha hecho mención y se caracteriza por partir de los datos para luego llegar a formar e interpretar conceptos.

Se realizó un muestreo teórico con la finalidad se seleccionar nuevos casos a estudiar, y de expandir conceptos, teorías, o aportar nuevos datos ( Cuñat, 2007, p. 2 ). El propósito de esta investigación involucraba un grupo de población específica: mujeres inmigrantes mexicanas víctimas de VD en el condado de Los Ángeles, California y a los “sujetos” hasta ese momento desconocidos que podían o no proveerles servicios.

Inicialmente se valoró como sujetos de estudio a las organizaciones de migrantes, ya que se consideró que éstas cubrirían estos espacios de atención con estrategias para contrarrestar la VD, por la consolidación de redes existentes en Los Ángeles, como lo han hecho en otros aspectos como son el cultural, deportivo e incluso político. Sin embargo, las organizaciones contactadas manifestaban tener conocimiento de la problemática, pero no contaban con mecanismos para la atención. Al no encontrar respuesta en las organizaciones de migrantes, se realizó la búsqueda de OCS que atienden la VD.

Se realizó una delimitación geográfica basada en la mayor cantidad de población y OCS establecidas en el estado de California, se encontró que el condado de Los Ángeles cumplía con ambos criterios. Este condado tiene una población de 10 millones 192 374 habitantes4 y 28 de las 126 OCS del estado de California.5 Se estableció contacto con OCS establecidas en las ciudades de Santa Clarita Valley, Long Beach y Los Ángeles.

La información fue recopilada a través de la aplicación de seis entrevistas semiestructuradas a las coordinadoras de los centros de atención de las OSC6 seleccionadas con el objetivo de saber qué servicios ofertaban, y si éstos eran utilizados por mujeres inmigrantes, así como indagar si han construido redes de atención. Las OCS seleccionadas fueron: The Domestic Violence Center of Santa Clarita Valley (DVC of SCV), con sede en Santa Clarita Valley; Women Shelter of Long Beach (WSLB) y Su Casa Ending Domestic Violence (Su casa), de la ciudad de Long Beach; y en la ciudad de Los Ángeles, Casa de la Familia Centro de Recursos Centroamericano (CARECEN) y Los Angeles Center for Law and Justice (LACLJ).

RECURSOS INSTITUCIONALES PARA LA ATENCIÓN DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DOMESTICA EN ESTADOS UNIDOS

En la práctica, Estados Unidos depende de las organizaciones de la sociedad civil para satisfacer las necesidades de la comunidad ( Lester, 1996 ). La ley federal VAWA, por ejemplo, dota de recursos y capacidades a las OSC. Reconoce como provedor de servicios a las víctimas a “una organización, no gubernamental, sin fines de lucro o tribal, que brinda asistencia a víctimas de violencia doméstica, víctimas de agresiones sexuales o acoso, incluidos los centros de crisis por violación, los refugios para mujeres maltratadas y otros programas de agresión sexual o VD” 7 ( 103rd United States Congress, 1994 ).

Las OSC son las que se encargan de otorgar los servicios de atención a mujeres en general. De acuerdo a los informes del Congreso, los programas que surgen de VAWA están dirigidos a resolver problemáticas de población especial, en donde se contempla la etnia y la raza pero hace la exclusión a mujeres inmigrantes: “atender las necesidades de los individuos en un grupo de población especial (por ejemplo, ancianos, discapacitados, niños y jóvenes, individuos de comunidades étnicas y raciales y mujeres no inmigrantes)” 8 ( Seghetti y Bjelopera, 2012, p. 3 ).

De VAWA se desprenden dos recursos primordiales para la protección a mujeres inmigrantes víctimas de VD, visa VAWA y visa U.

La visa VAWA es un recurso que permite a las mujeres hacer una autopetición9 para la residencia permanente si pueden comprobar que: a) están o estuvieron casadas de manera legal con un ciudadano o residente permanente, b) que viven o han vivido con él, y que c) han sido agredidas o víctimas de crueldad extrema, d) además de un buen carácter moral (no tener un record criminal). Este trámite tiene un costo aproximado de 580 dólares. La VAWA se puede obtener mientras la mujer esté casada, o bien dos años después de haber obtenido el divorcio o haya enviudado. VAWA les ofrece la condonación de pago siempre y cuando la persona haga el trámite ella misma, sin ningún intermediario ( U.S. Citizenship and Immigration Services, 2014 ).

La visa U creada para víctimas de crímenes violentos en los cuales se incluye la VD, permite a algunas víctimas permanecer en Estados Unidos por cuatro años. Después del tercer año de tener la visa U, pueden solicitar la residencia permanente (mica o Green Card) y eventualmente solicitar la ciudadanía ( U.S. Citizenship and Immigration Services, 2014 ). Los requisitos para esta visa U se resumen en tres: 1) haber sido víctima de crimen dentro de los Estados Unidos, para el caso que nos compete, haber sufrido VD, 2) haber aportado ayuda a las autoridades en la denuncia del delito de VD, 3) haber sufrido daños físicos o mentales, 4) solicitar perdón para ciertos hechos, incluyen crímenes y violaciones de leyes de migración ( U.S. Citizenship and Immigration Services, 2014 ).

Las OSC pueden gestarse o no como agentes de desarrollo y es justo en las limitantes de VAWA que éstas OSC toman relevancia, porque trabajan sobre la ley e incluso han realizado modificaciones a la misma como se observó durante la investigación.

ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL CONDADO DE LOS ÁNGELES

Las OSC que se han estudiado proveen servicios sociales necesarios para la sobrevivencia de las víctimas de violencia y han impactado el territorio a través de la incidencia pública y política. Estas organizaciones contribuyen a combatir la vulnerabilidad de las mujeres inmigrantes a través de otorgar atención inmediata, desde refugio, servicio de alimentos hasta apoyo legal y psicológico.

Cada una de estas OSC se encuentra regulada por Hacienda,10 las clasifica como tipo sin fines de lucro.11 En específico, esta ley regula no solamente la parte económica, sino también la incidencia pública y política; por ejemplo, las clasificadas 501(c)(3) no tienen acceso legal a cabildeo. Adicionalmente a esta clasificación hemos una propia respecto a las acciones que realizan, dividiéndolas en dos tipos: las OSC que tienen fines directos y las que poseen fines indirectos. Las primeras son aquellas cuyo único objetivo es atender a las mujeres maltratadas en las diversas formas de asistencia, albergue desde un mes hasta seis meses, además de otros servicios integrales como terapias de grupo, guardería y hasta la transición a un nuevo hogar seguro, y las indirectas aquellas cuyo fin específico de la organización no es proveer específicamente servicios de asistencia por VD, pero que sus acciones son indispensables para la protección y el empoderamiento de las víctimas.

Cuadro 1. OSC entrevistadas clasificadas por función y por la tipología IRS 

Nombre de la OSC Función Clasificación
“Non-profit”
The Domestic Violence Center of Santa Clarita Valley (DVC of SCV) Directa 501 (c)(3)
Women Shelter of Long Beach (WSLB) Directa 501 (c)(3)
Su Casa Ending Domestic violence (Su casa) Directa 501 (c)(3)
Casa de la Familia Indirecta 501 (c)(3)
Centro de Recursos Centroamericano (CARECEN) Indirecta Indirecta
Los Angeles Center for Law and Justice (LACLJ) Indirecta 501 (c)(3)

Fuente: Types of Organizations Exempt under Section 501(c) de IRS GOV (2016).

Una de las organizaciones de mayor importancia es CARECEN, cuyos servicios van dirigidos en específico a migrantes, mujeres, niños y hombres ( Gómez Johnson, 2016 ). Su objetivo es “Proveer servicios legales de inmigración de bajo costo, abogacía de políticas en inmigración, reforma educacional y derechos del trabajador y experiencia en organizar padres, jóvenes y trabajadores” (CARECEN, comunicación personal, 5 de marzo 2016).

En relación a la atención de mujeres migrantes víctimas de VD, esta organización es la más representativa en los trámites de visa U y visa VAWA, además de que es la organización con mayor capacidad de incidencia.

Por otro lado, aunque la organización LACLJ tiene mucha experiencia en trabajo con inmigrantes, se ha sumado recientemente a la atención de mujeres inmigrantes víctimas de VD especializándose en los trámites de visa U y VAWA.

Dar apoyo legal a personas con bajos ingresos principalmente inmigrantes y poblaciones latinas en Los Ángeles. Con referencia a los servicios de apoyo a víctimas de violencia podría decir que las cuestiones legales que implica la VD son complejas y que por eso el apoyo de un abogado puede empoderar a sobrevivientes (LACLJ, comunicación personal, 19 de febrero 2016).

Las OSC aun teniendo clasificación 501 (c)(3) trabajan en coordinación con el Gobierno de California y con el Departamento de Justicia de Los Ángeles. Son instituciones que han manifestado buena voluntad para trabajar en conjunto y han establecido mecanismos que benefician a las mujeres en general, protegiéndolas contra la discriminación por sexo, raza, etnia o estatus legal, y a su vez facilitan los procesos para la obtención de requisitos de visa VAWA y visa U.

Dentro de los logros de la incidencia política de las OSC se puede mencionar el programa Domestic Abuse Response Team, DART, iniciado en 2001, que fue una iniciativa que surgió de las reuniones de trabajo de las asociaciones del estado de California y que les permite a las mujeres tener una información más amplia sobre las opciones que tienen cuando se encuentran en situaciones de violencia. DART también es un programa que permite a las organizaciones vigilar que la policía no cometa actos de discriminación por sexo, raza, etnia o por estatus migratorio, y aunque es un proyecto nuevo, se esperan resultados positivos.

DART fundado a través de las mismas asociaciones que consiste en que; cuando hay un reporte de VD alguien de las asociaciones se encuentra en la estación de la policía y acude junto con los policías en diferente auto a atender el llamado, de esta manera se puede hablar con las víctimas y podemos ofrecerles todas las alternativas (DVC of SCV comunicación personal, 22 de febrero 2016).

Nosotros nos reunimos con la policía, el fiscal de distrito, y otras asociaciones con las que trabajamos, de ahí surgió la idea de un programa que permite que un consejero esté presente siempre que hay un reporte de VD, ha sido bueno porque los policías cuando llegan, ellos no pueden involucrarse de ninguna manera emocionalmente con las víctimas y las víctimas tienen miedo de la policía, entonces DART permite que un consejero vaya a atender el reporte y esto les da más confianza (WSLB, comunicación personal, 28 de febrero 2016).

En Estados Unidos cada estado tiene sus propias Leyes, y DART es sólo de California, es un programa muy funcional que es producto del trabajo de policía y organizaciones que trabajamos con víctimas de VD. La policía quiere denuncias y nosotros queremos darle una buena atención, a través de DART nosotros le podemos dar toda la información y por ejemplo a las mujeres migrantes les decimos que no hay peligro si denuncian, las acompañamos (Casa de la Familia, comunicación personal, 24 de febrero 2016).

Las organizaciones que realizan funciones indirectas tienen mayor capacidad e interés en el cabildeo. CARECEN tiene un mayor grado de incidencia que todas las asociaciones, quizás porque desde sus inicios siempre ha pugnado por los derechos de los migrantes.

Somos miembros de varias coaliciones nacionales, estatales y locales de entidades de justicia social que buscan cambios en las políticas sobre las reformas migratoria y educativa y de los derechos de los trabajadores. Cada año los organizadores de CARECEN planean una agenda de campañas para llevar a cabo en cada una de estas áreas. A veces con nuestros compañeros en las coaliciones y a veces solos, CARECEN organiza acciones y actividades de abogacía para apoyar estas campañas, se organizan desde marchas hasta visitas con legisladores y foros informativos (CARECEN, comunicación personal, 5 de marzo 2016).

INCIDENCIA POLÍTICA DE LAS ORGANIZACIONES CARECEN Y LACLJ

En términos de la VD, LACLJ y CARECEN han participado en cabildeo para las decisiones sobre la visa U. El último logro que tuvieron es la Ley Victims of Crime: non immigrant status SB-674(2015-2016). Esta ley es un avance en términos de atención a mujeres migrantes víctimas de violencia porque su objetivo es disminuir la violencia estructural; en ocasiones por cuestiones de racismo y xenofobia, funcionarios toleran el abuso en mujeres inmigrantes y esta ley se contrapone a las leyes que permiten y fomentan la exclusión y discriminación por sexo o estatus legal (VAWA), obligando a los policías a entregar el certificado policiaco, necesario para los dos mecanismos de apoyo directo a inmigrantes, VAWA y visa U.

Este año pasó una ley donde cada policía tiene que considerar por ley dar la certificación si el cliente (mujer violentada) cooperó, entonces esos policías que en el pasado no firmaban para ningún caso, ahora tienen que considerar este pedido. Esta ley fue incentivada por las asociaciones y el proceso fue contactar a representantes del gobierno estatal y explicarles lo que estaba pasado porque había clientes que no tenían la certificación y que eso era impedimento para que nuestros clientes aplicaran a visa U, les dimos ejemplos, casos… y entonces el gobierno estatal fue quien propuso la ley. Hablaron con agentes de la policía, y vieron que esto era bueno para dar todo el apoyo entre gente migrante y agencias de la policía y de esta manera habría más vínculos con la comunidad migrante (CARECEN, comunicación personal, 5 de marzo 2016).

Como se mencionó anteriormente, las OSC clasificación 501 (c)(3), tienen la prohibición legal del cabildeo político, por lo tanto se considera que éste, es uno de los principales logros de las OSC del Condado de Los Angeles. Su experiencia se puede considerar exitosa. Estas organizaciones han participado de manera conjunta al estado de California por el interés de éste en disminuir los crímenes por VD. Las OSC y gobierno han establecido una comunicación de dos vías, las organizaciones comunican sus necesidades al estado y éste responde con las leyes que facilitan su trabajo.

La incidencia de estas organizaciones no sólo es en términos de cabildeo, hay quienes no participan en la toma de decisiones pero tienen incidencia pública. Estas organizaciones ayudan a disminuir la vulnerabilidad en el corto y el largo plazo, a través de buscar el empoderamiento de las mujeres con sus acciones en el centro de recursos o a través de la educación para las nuevas generaciones, enseñándolas a mantener relaciones sanas y a cambiar la forma de relacionarse de quienes ya han sufrido la VD.

En el siguiente apartado se describirán los procesos de dos organizaciones que ofrecen servicios complementarios a la intervención emergente.

Las dos organizaciones siguientes; CARECEN y LACLJ tienen como su principal objetivo dar apoyos de abogacía a la comunidad inmigrante. En términos de VD estas OSC realizan servicios relacionados a VAWA y visa U.

VAWA y la visa U son una posibilidad para las mujeres inmigrantes, antes no la tenían, ellas salían deportadas y muchas veces eran separadas de sus hijos, ahora estos recursos son la oportunidad de convertir algo muy terrible a algo muy bueno (LACLJ, comunicación personal, 19 de febrero de 2016).

VAWA les otorga la posibilidad de arreglar los documentos sin el apoyo del esposo, pero necesitaban estar casadas con un residente o ciudadano. Abre la oportunidad no sólo a las mujeres también a hombres o gays, actualmente están dispuestos a revisar diferentes tipos de violaciones. Visa U por su parte les da una oportunidad de arreglar su situación. Es decir, ahora hay una camino, no es perfecto pero existe, hace diez años no había nada (CARECEN, comunicación personal, 5 de marzo de 2016).

Quienes acuden a esas organizaciones han pasado por los centros de atención, Shelters, casas de transición, razón por la cual sus procedimientos inician mientras residen en ellos. Algunas otras son vinculadas por la policía y por el Consulado Mexicano y han recibido la primera información legal en esos espacios. A las usuarias que llaman a la línea de emergencia o que acuden por primera vez al centro se les otorga una información completa, sin importar cómo lleguen.

Los requisitos que se solicita son en realidad trámites legales, que muchas veces no se cumplen por cuestiones de discriminación:

La orden de restricción, el reporte policiaco, este reporte es muy importante, antes los policías no lo firmaban y es fundamental para el trámite (LACLJ, comunicación personal, 19 de febrero de 2016).

La orden de restricción es fundamental porque para visa U debe haber una investigación de un crimen, es decir, si son personas que vivieron VD pero nunca lo reportaron a la policía, por miedo al agresor o a ser deportadas, no procede, si no hay un reporte de policía entonces no se puede hacer el proceso de visa U (CARECEN, comunicación personal, 5 de marzo de 2016).

Pareciera que los trámites son sencillos y que las víctimas sólo tienen que obtener el reporte policiaco, pero el obtenerlo toma aproximadamente un mes.12 Después de la orden de restricción temporal tienen que acudir a un tribunal de primera instancia, para sacar una cita con la finalidad de obtener una orden de restricción permanente13 ( The Judicial Council Of California, 2019 ). Una vez que ya tienen la cita con la corte, deberán volver a la oficina de policía para tramitar el reporte policíaco. Este reporte es importante, es la prueba de que la víctima está cooperando con el gobierno para la resolución del crimen

La atención de las OSC inicia una vez que tienen la fecha de corte para obtener la orden de restricción definitiva. El abogado designado les ayuda a llenar los documentos que se presentan en la corte, este servicio tiene un costo de cincuenta dólares (primera sesión), ahí mismo le informan a la solicitante si tiene probabilidades de que su caso sea elegible para solicitar VAWA o visa U.

La policía toma este trámite como una buena señal de que está cooperando porque una vez que el juez lo determina, ya no es la víctima contra su agresor, sino el Estado contra el agresor, es una manera de hacer cumplir la ley (LACLJ, comunicación personal, 19 de febrero de 2016).

En la experiencia de las organizaciones, la orden de restricción era uno de los documentos más difíciles de conseguir, porque no todos los policías tenían la disposición de firmarlos, y algunos incluso argumentaban que no disponían de tiempo para hacerlo. En la actualidad existen dos recursos que son un logro importante para la atención a mujeres víctimas de VD: La ley complementaria SB 674 y DART; el segundo es un programa que además de ofrecer una nueva forma de atención a víctimas en el departamento de policías, es una forma de vigilar las conductas de discriminación, para el caso de las inmigrantes.

El requisito más difícil para visa U que hemos visto es obtener la certificación de la policía, sin eso no pueden aplicar y entonces hemos visto casos que la policía dice que la persona no cooperó porque no contestó los teléfonos o el agresor la amenazaba y tuvo miedo de seguir hablando con el policía, en el pasado hemos visto que hay policías que dicen que no van a certificar para ningún caso de visa U porque es más tardado (CARECEN, comunicación personal, 5 de marzo de 2016).

Un beneficio que las organizaciones mencionan es que VAWA establece las bases para la atención a víctimas, pero cada estado en lo particular puede gestionar recursos que favorezcan el buen funcionamiento de la ley. El programa DART es una herramienta, positiva, pero no obligaba a los policías a firmar el reporte policiaco.

Producto de la incidencia y del trabajo en coordinación con el estado de California el pasado octubre del 2015 se creó la ley complementaria SB 674 (SB 674 en el espacio 679.10 del Código Penal) misma que obliga a los miembros de la policía a otorgar la certificación policiaca.

El primero de enero de 2016 entró en vigor una ley que obliga a la policía a dar la certificación para visa U, siempre y cuando la víctima haya ayudado. Antes el policía era libre de firmar o no, por esta situación muchas solicitudes de visa U no podían ser completadas, ahora ya es obligación (LACLJ, comunicación personal, 19 de febrero de 2016).

Este año pasó una ley en donde cada policía tiene la obligación de dar la certificación si el cliente cooperó, entonces esos policías que en el pasado no firmaban en ninguna situación hora tienen que considerar este pedido. Nosotros expusimos casos en los cuales demostramos que muchos clientes no podían hacer sus peticiones porque les faltaba el reporte, había casos con espera de hasta ocho años, ahora la policía tiene que dar respuesta dentro de 90 días y antes era espera de años, ahora por ley tienen 90 días. Sólo es para California, a veces llegan clientes de otro estado y si la policía no firma certificaciones no podemos hacer nada. Si el policía que atendió el primer reporte no realizó el documento, existe la posibilidad de que vuelva con otro policía y amplié su expediente, pero no sé si hay algún castigo para el policía (CARECEN, comunicación personal, 5 de marzo de 2016).

Una vez que se obtiene el reporte policiaco, se revisa si los casos son elegibles para VAWA o visa U, lo que sigue es conseguir el financiamiento de estos servicios. Para VAWA el costo es aproximadamente de 580 dólares, muchas veces estos costos entran a través del Programa de Compensación de Víctimas del Estado de California. Para visa U es muy diferente, aunque no tiene ningún costo solicitarlo, el proceso es llevado por los abogados, de acuerdo a los testimonios esto tiene un costo aproximado de 1 500 a 2 000 dólares. Para el caso de las mujeres mexicanas, es el consulado quien financia este servicio en 1 000, si la víctima reúne los requisitos legales.

Los clientes necesitan comprobar que han sufrido daño físico o mental, por esta razón se le solicita una evaluación psicológica como prueba de que han sido víctimas de violencia. Para obtener dicha evaluación, ambas organizaciones están vinculadas con casa de la familia. Además de esta evaluación, se les solicitan la mayor cantidad de pruebas posibles a las víctimas, desde fotos y reportes médicos para apoyar el caso.

El reporte psicológico es requisito para saber si han sufrido suficiente daño. Si no hay daños físicos, esta carta que detalla los daños psicológicos ayuda. Pueden ser un sólo evento o años, cuando es por años el caso es más fuerte porque hay más pruebas (CARECEN, comunicación personal, 5 de marzo de 2016).

El tiempo de los procesos es tardado, para visa U el tiempo aproximado es de dos a tres años para la revisión y dictaminación del caso. Cada año se aprueban 10 000 visas. Si una madre es aprobada sus hijos también se benefician. De acuerdo a las OSC existe una lista de espera de aproximadamente 40 000 personas o cuatro años. Si la víctima se beneficia de visa U, después de 18 meses de haber obtenido visa U pueden tramitar un permiso de trabajo y esperar mientras les entregan su visa, después de tres años de tener la visa ella podrá realizar trámites para obtener la residencia permanente, antes de esto no pueden salir del país.

El proceso para VAWA es menor, se lleva en aproximadamente cinco meses, porque de acuerdo a las OSC tiene menos demanda.

Si se casó con un residente permanente, “el tiempo de espera para tramitar la residencia dependerá del país de origen de la víctima, porque Estados Unidos da cierta cantidad de visas a cada país, y ellos las administran” (LACLJ, comunicación personal, 19 de febrero de 2016).

Una vez aprobada le otorgan la residencia permanente sin mayor tiempo de espera. En palabras de las asociaciones, 90 por ciento de visas (CARECEN, comunicación personal, 5 marzo de 2016. LACLJ, entrevista, 19 febrero de 2016)14 VAWA que ellos tramitan, son aprobadas.

Requisito de VAWA y Visa U es el perdón en caso de que las víctimas tengan record criminal, en caso de que la víctima hubiera recibido algún apoyo de gobierno como Medicaid, o cupones de alimentos,15 o bien mentido sobre su estatus legal presentando documentos falsos, (para VAWA y visa U) si entró al país sin documentos, si tiene juicios abiertos, si ha ido a corte, orden de deportación, si fue puesto en algún programa especial como libertad condicional por ejemplo.

El tema de la deportación es un tema recurrente. Rocha Romero & Ocegueda (2013) documentan que muchas mujeres son detenidas por el U.S. Inmmigration and Customs Enforcement (ICE)16 al momento de iniciar o durante el proceso de visa, situación que es frecuente en otros estados, por situaciones que tienen que ver con actitudes de discriminación y racismo pero que no es legal. Es decir:

Una vez que se inicia el trámite al someter la aplicación les dan un recibo de que inmigración [sic] 17 lo ha recibido y los protege para no ser deportados hasta que reciben una decisión, después de los 18 meses reciben un permiso de trabajo y una acción diferida, que es protección para no ser deportado en lo que llega la visa U (CARECEN, comunicación personal, 5 de marzo de 2016).

Lo cierto y que se debe de resaltar es que para quienes realizan el proceso de visa U, la situación no es fácil, quienes la solicitan debe mantener un record limpio. El énfasis en esta situación se debe a que hay acciones simples como; negarse a dar mayor información si el juez lo solicita, embriaguez pública, vandalismo, o bien trabajar sin un permiso, estas acciones son delitos menores pero pueden revocar el trámite.

Ahora U.S. Citizenship and Inmmigration Services (USCIS) 18 tarda más para tomar la decisión en las peticiones de la visa U. Es un tiempo largo muy difícil para los que están detenidos y no pueden salir bajo fianza. Claro que es muy difícil para la gente afuera también, especialmente porque mientras esperan la decisión no tienen permiso de trabajo (LACLJ, comunicación personal, 19 de febrero de 2016).

Si al concluir el trámite las visas son negadas, las víctimas deben de ser referidas al ICE para su deportación, sin embargo, mencionan que no siempre es de esa manera. En caso de ser deportadas, estas mujeres pueden solicitar la visa desde afuera.

La ley dice que si no se les otorga la visa serán referidos a migración, pero no hemos visto eso, sólo si el cliente tiene un record criminal o tiene abierto un proceso de deportación, entonces continuará ese proceso. Visa U tiene una excepción si la víctima fue deportada, el perdón, y si el caso es aceptado puede regresar al país o comenzar el proceso de residencia. El proceso es más tardado porque no podrán entrar hasta que les entreguen físicamente la visa U (CARECEN, comunicación personal, 5 de marzo de 2016).

La visa U y VAWA son dos alternativas reales paras las inmigrantes, sin embargo no todas califican, muchas no reúnen los requisitos para poder solicitarla y a otras más simplemente no se autorizan. Con esta situación dice Stephen (2016) que las mujeres tienen dos opciones: quedarse con el agresor, o arriesgarse a la deportación porque si el sistema no las reconoce víctimas, las criminaliza por su estatus migratorio. Ante esta situación, las OSC del condado de Los Ángeles, no solamente realizan los trámites a un costo menor, su aportación ha ido más lejos y han buscado soluciones de la mano del estado.

Las OSC a través de sus redes han impulsado leyes y programas (SB 674 y DART) que permiten vigilar el actuar de la policía, lo cual facilita su desempeño en los trámites para la solicitud de dicha visas. El beneficio que estos mecanismos otorgan a las inmigrantes es importante porque su correcto funcionamiento protege a las mujeres de ser vulneradas por las autoridades públicas a través de actitudes racistas o discriminatorias.

CONCLUSIONES

El presente trabajo contribuye a los estudios en el campo de la investigación sobre atención a las mujeres migrantes víctimas de violencia en Estados Unidos centrándose en los servicios y en los actores que los otorgan. Se analizó la incidencia pública y política de las OSC en la atención a mujeres inmigrantes víctimas de violencia para explicar cómo se constituyen en agentes de desarrollo.

En Estados Unidos la atención a mujeres víctimas de VD está bajo la responsabilidad de las organizaciones de la sociedad civil y es controlada a través del Estado. La Ley VAWA dota de recursos y capacidades a las OSC, y a su vez institucionaliza la discriminación y la desigualdad al prohibir la atención a las mujeres inmigrantes.

De manera contradictoria, aunque VAWA niega la atención a mujeres inmigrantes, establece dos mecanismos para que puedan obtener la residencia permanente: visa VAWA y visa U. Estos mecanismos son incluyentes pero más que apoyar a los inmigrantes buscan incrementar la denuncia y disminuir los incidentes de VD.

Las OSC del Condado de Los Ángeles tienen una red consolidada. De acuerdo a Müller (2014), las organizaciones de reciente creación tienden a trabajar en redes y coaliciones para poder incidir mejor en la obtención de objetivos. Por otro lado, las OSC que tienen una antigüedad de más de treinta años, con el paso del tiempo, han fortalecido redes que les permiten cooperar y coordinarse mejor, para poder proporcionar una atención integral y establecer estrategias para una incidencia política más eficaz.

Casa de la Familia es de las pocas OSC que tiene la concesión para extender un certificado de evaluación psicológica, requisito indispensable y probatorio en los casos de VAWA y visa U. Este servicio no tiene subsidio y debe de ser costeado por la víctima, para apoyarles se les da la opción de hacerlo en pagos.

LACLJ tiene más de 30 años trabajando, sin embargo hace apenas dos que se especializa en casos de VD: VAWA y visa U. Un 90 por ciento de las solicitantes son mexicanas. Por su parte CARECEN tiene más de 33 años en la protección de derechos de los migrantes centroamericanos y diez años con casos de VAWA y visa U, 70 por ciento de sus usuarios son de origen mexicano. Ambas organizaciones tienen una relación muy estrecha con el Consulado, su labor social se encuentra en realizar los trámites a un costo muy bajo.

En orden de importancia el reporte policiaco y la evaluación psicológica son dos documentos sin los cuales no se puede iniciar el proceso. Estos procesos son muy tardados, para VAWA pueden ser de seis meses a un año y medio en lo que les dan la residencia permanente. Para la visa U el proceso de revisión es de aproximadamente dos años, si ésta llegara a ser autorizada no se entregan de inmediato. Estados Unidos solamente otorga 10,000 al año, en la actualidad hay una lista de espera de cuatro años. En el momento en que inician el trámite reciben un permiso para residir legalmente en Estados Unidos, pero no se les permite trabajar, y al no contar con un sustento económico que permita su manutención se incrementa su vulnerabilidad. Una vez que les entregan la visa, pueden tramitar la Green Card, y a partir de que la recibe tiene cuatro años para solicitar la residencia permanente. La visa U pone en espera el proceso de deportación en lo que dan un dictamen, pero para quienes se encuentran en la cárcel, el proceso no es agradable.

Las organizaciones de fines indirectos, LACLJ y CARECEN, manifestaron que el programa DART y la Ley SB 674 son resultado de cabildeo. Estos mecanismos permiten controlar las actitudes racistas y de esta forma los policías están obligados a otorgar los reportes policiacos, documento importante para el proceso de atención en los refugios y para el trámite de visa U y visa VAWA. La prioridad de las estrategias que han planteado en conjunto responde a las necesidades de la población que atienden. El trabajo en redes ha permitido que estas organizaciones puedan ofrecer una mayor protección a las mujeres inmigrantes que cubren los requisitos.

Al analizar los servicios que ofertan las OSC se encontró que las mujeres que tienen mayor vulnerabilidad son aquellas que no tienen documentos y que tienen hijos no nacidos en Estados Unidos. Aun así, cuando ellas tienen hijos nacidos en Estados Unidos esto puede ser un arma de dos filos, porque si ellas intenta huir a un refugio, debe contar con la aprobación de la policía; de lo contrario, pueden ser acusadas de sustracción de menores. Por otra parte, tener hijos ciudadanos les permite tener acceso a algunos recursos proporcionados por el Estado. Los refugios realizan actividades extras para poder obtener recursos económicos y en especie que les permita atender a las mujeres inmigrantes VD, contraponiéndose de esta manera a la Ley VAWA.

En relación a la incidencia pública y política que tienen estas organizaciones, consideramos que han contribuido al reconocimiento de opresión que sufren de las mujeres, entre ellas las inmigrantes indocumentadas. Las organizaciones analizadas han apelado a generar una conciencia más allá del ámbito privado y de las relaciones interpersonales, articulando propuestas que aseguran un trato digno y la no discriminación por sexo o raza en las entidades públicas.

Resultado de esa incidencia política se encuentra el programa DART y la Ley SB 674, promovida en conjunto con el estado de California y las OSC. Ambos representaron un gran avance. DART disminuye la violencia estructural, intentando controlar la discriminación por sexo, raza y etnia. La Ley SB 674 se contrapone a las leyes que permiten y fomentan la exclusión y discriminación por sexo o estatus migratorio obligando a los policías a entregar el certificado policiaco, que es un documento necesario para iniciar el trámite de los dos mecanismos de apoyo directo a inmigrantes, VAWA y visa U.

Las OSC responden a las necesidades del entorno en el cual se encuentran establecidas, la única organización que no atiende inmigrantes es porque mencionaron no tener demanda. Por otro lado, las OSC establecidas en la ciudad de Los Ángeles y Long Beach han buscado los mecanismos para poder atender a la población, aunque no todas son mexicanas, sus usuarias en mayoría son inmigrantes.

Las organizaciones tienen una fuerte cohesión social con los habitantes de su localidad, observable en las estrategias positivas para el autofinanciamiento que han desarrollado. Las redes que han formado son sólidas, éstas permiten la transmisión de conocimiento y la profesionalización de la atención a través de las reuniones mensuales, trimestrales, semestrales y anuales. Estas redes facilitan e impulsan dos tipos de activismo uno relacionado a la intervención de espacios públicos y el activismo político. Ambos contribuyen a dar respuesta a la vulnerabilidad de las mujeres, en su condición de mujer y en su condición de migrante. Las OSC trabajan en conjunto con el gobierno de California, y en menor proporción con el Consulado Mexicano; éste ha encontrado en estas asociaciones una oportunidad para atender a sus connacionales en el Condado de Los Ángeles.

Las OSC han construido estrategias que permiten la atención de mujeres inmigrantes. De la misma manera, sus acciones no se quedan solamente en proveer atención, ya que las OSC del condado de Los Ángeles han impulsado, a través de su incidencia política, mecanismos que controlan actitudes racistas y excluyentes, asegurando de esta manera un mejor trato para las mujeres inmigrantes.

Las OSC en general aportan mucho más de lo esperado a la mejora de la calidad de vida de las mujeres a pesar de las limitaciones económicas y normativas, realizando un esfuerzo extraordinario que permite otorgar una atención bajo el principio de universalidad. Las OSC tienen un mayor impacto en la vida de las inmigrantes, ya que han logrado generar mecanismos de control hacía actitudes racistas y xenófobas. Las OSC de fines directos son vitales para la recuperación de las mujeres maltratadas y su incidencia pública es sin duda la herramienta más fuerte para cambiar las ideologías y roles que reafirman la desigualdad. En lo general y por lo antes expuesto, se considera que estas OSC sí son agentes de desarrollo.

REFERENCIAS

103rd United States Congress. (1994). Violence Against Women Act of 1994. Recuperado el 1 de mayo de 2016, de http://legcounsel.house.gov/Comps/DOMVIOL.PDFLinks ]

Aikin, O. A. (2011). Activismo social transnacional: Un análisis en torno a los feminicidios en Ciudad Juárez. México: El Colef/ITESO/UACJ. [ Links ]

Arocena, J. (2001). El de desarrollo local, un desafío contemporáneo. Uruguay: Universidad Católica de Uruguay-Nueva Sociedad. [ Links ]

Ayala, B. D., Moya, E. M., & Chávez, S. (2012). “Violencia de género y mujeres migrantes en la frontera: el Caso de El Paso, Texas”. Portularia: Revista de Trabajo Social, (12), 13-21. [ Links ]

Bautista, N. (2011). Proceso de la investigación cualitativa. Epistemología, metodología y aplicaciones. Bogotá: El Manual Moderno. [ Links ]

Boisier, S. (2005). ¿Hay espacio para el desarrollo local en la globalización? Revista de la CEPAL, (66), 47-62. [ Links ]

Canto, M. C. (2004). “La disputa teórica sobre las organizaciones civiles: Un asunto político-ideológico”. En Jorge Cadena Roa (coord.), Las organizaciones civiles mexicanas hoy, (pp. 49-72) México: UNAM/CEIICH. [ Links ]

Cuñat, R. J. (2007). “Aplicación de la teoría fundamentada (grounded theory) al estudio del proceso de creación de empresas”. En: Decisiones basadas en el conocimiento y en el papel social de la empresa: XX Congreso anual de AEDEM, (pp. 1-14). Asociación española de Dirección y Economía de la empresa (AEDEM). [ Links ]

Dacer, J. H. (2013). Inclusión social a través del arteterapia con enfoque de género, experiencias con migrantes latinoamericanas. Arteterapia: Papeles de arteterapia y educación, 8, 25-43. [ Links ]

Domestic Violence Member Program. (2015). The California Partnership To End Domestic Violence. Consultado el 19 de mayo de 2016 de http://www.cpedv.org/domestic-violence-organizations-californiaLinks ]

Estimated Population of the 88 Cities in the County of Los Angeles. (2010). California Department of Finance. Consultado el 6 de mayo de 2016 de http://file.lacounty.gov/SDSInter/lac/1043532_PopulationPg_Color.pdfLinks ]

García, G. & Manzano, J. (2010). “Procedimientos metodológicos básicos y habilidades del investigador de la Teoría fundamentada”. Revista de Ciencias Sociales y Humanidades, UAM-Iztapalapa, (69), 17-39. [ Links ]

Gómez Johnson, C. (2016). “El papel de las asociaciones establecidas en Los Ángeles en el tránsito de los centroamericanos por México”. En: Escala, Luis (coordinador), Asociaciones Inmigrantes y fronteras internacionales, (pp. 223-253). Ciudad de México: El Colegio de la Frontera Norte/Colegio de San Luis. [ Links ]

Lester, M. S. (1996). Introducción. En defining the Non-profit Sector: The United States, (pp 3-29). Baltimore, Maryland: Johns Hopkins Institute for Policy Studies. [ Links ]

Martínez, S. E. (2012). “Retos para mujeres inmigrantes sobrevivientes e violencia doméstica en nuevos destinos migratorios en Estados Unidos”, Migraciones Internacionales, 6(22), 109-138. [ Links ]

Müller, P. (2014). “La Contribución de las Organizaciones de la Sociedad Civil a la defensa de los derechos humanos de migrantes en la Región Fronteriza TijuanaMexicali-San Diego, 1994-2014. Tesis Doctoral. Tijuana, B.C., México, El Colegio de la Frontera Norte. [ Links ]

París, D. y Müller, P. (2016). “La incidencia política de las organizaciones promigrantes en México”, en Escala, L. (Coord.), Asociaciones Inmigrantes y fronteras internacionales, (pp. 255-281), México: Colegio de la Frontera Norte/Colegio de San Luis. [ Links ]

Pierdomici, C. G., & Mochi, P. A. (2011). Agentes del desarollo local para la prevención de la violencia de género. En: B. E. Schmukler, M. Morales, & O. Murguía, Agentes de desarollo local para la democratización familiar: experiencias en el oriente del Estado de México, (pp. 44-62). México: Instituto Mora. [ Links ]

Rocha Romero, D. & Ocegueda, M. T. (2013). Después de tantos años me deportaron. Proceso de identificación y deportación de mujeres inmigrantes no delincuentes. Estudios Fronterizos, Nueva época , 14(28), 9-34. [ Links ]

Seghetti, L. M. and Bjelopera, P. (2012). The Violence Against Women Act: Overview, Legislation, and Federal Funding. Congressional Research Service. Recuperado el 1 de mayo de 2016. https://www.everycrsreport.com/files/20120510_R42499_a2b86a165ad66d930ef51711ec847d90c1a0a329.pdfLinks ]

Stephen, L. (2016). Gendered Transborder Violence in the Expanded United StatesMexico Borderlands Human Organization (The Society for Applied Anthropology), 75(2), 159-165. [ Links ]

Strauss, A. & Corbin, J. (2002). Bases de la investigación cualitativa. Técnicas y procedimientos para desarrollar la teoría fundamentada. Medellín: Universidad de Antioquia. [ Links ]

The Judicial Council Of California (2019). Domestic Violence. Recuperado 30 de junio de 2019 de https://www.courts.ca.gov/selfhelp-domesticviolence.htmLinks ]

Types of Organizations Exempt under Section 501(c)(4). (2016). Internal Revenue Service. Recuperado el 16 de mayo 2016, de https://www.irs.gov/charities-non-profits/other-nonprofits/types-of-organizations-exempt-under-section-501c4Links ]

U.S. Citizenship and Immigration Services. (2014). Programas Humanitarios. Recuperado el 5 de mayo de 2016, de https://www.uscis.gov/es/programashumanitarios/conyugehijos-y-padres-abusados/conyuge-hijos-y-padres-abusadosLinks ]

3Se entiende por incidencia pública la intervención directa del espacio, a través de servicios de atención a víctimas, talleres, cursos u otro tipo de eventos que buscan la transformación social o cultural para la erradicación de la violencia doméstica. Así mismo se entiende por incidencia política la participación en espacios gubernamentales, el cabildeo político que dé como resultado la construcción de políticas públicas a nivel local o estatal (Müller, 2014).

4Con base en Estimated Population of the 88 Cities In The County Of Los Angeles.

5Con base en Domestic Violence Member Program (2015) The California Partnership To End Domestic Violence.

6Las entrevistas se realizaron en las oficinas de los centros de atención en total privacidad, no se entrevistó a más personal, debido a que sólo las coordinadoras son conocedoras de los diversos procesos. Por otra parte, para tener acceso a otras áreas y a mujeres usuarias, se debe de tener un entrenamiento especializado de 40 horas, mismo que es ofertado dos veces al año por estas OCS y no coincidía con el trabajo de campo.

7Traducción propia del idioma inglés. Original: The term ‘‘victim service provider’’ means a nonprofit, nongovernmental or tribal organization or rape crisis center, including a State or tribal coalition, that assists or advocates for domestic violence, dating violence, sexual assault, or stalking victims, including domestic violence shelters, faith-based organizations, and other organizations, with a documented history of effective work concerning domestic violence, dating violence, sexual assault, or stalking.

8Traducción propia del idioma inglés. Original: “Addressing the needs of individuals in a special population group (e.g., elderly, disabled, children and youth, individuals of ethnic and racial communities, and nonimmigrant women”.

9El recurso VAWA es solamente para mujeres que estuvieron casadas con un ciudadano o residente permanente, éstos pueden solicitar al gobierno que sus parejas obtengan la ciudadanía o la residencia. La autopetición se realiza si el ciudadano o residente jamás solicitó estos beneficios para su pareja. Este recurso es para hombres y mujeres.

10Se refiere al Internal Revenue Service (IRS).

11Traducción propia del idioma inglés de Non-profit.

12La orden de restricción que las mujeres obtienen al momento de llamar a la policía solamente es válida por treinta días, el objetivo es evitar que haya un incidente violento y en ese lapso se le invita las mujeres a tomar terapia, a separarse, a ir a un refugio a iniciar un trámite legal, etcétera –en la actualidad DART ofrece todas las alternativas–. En este lapso de treinta días las mujeres que desean continuar con el proceso de “poner fin a esa relación de abuso” tienen que acudir a la corte y tramitar el reporte policiaco.

13Se llama orden de restricción permanente, pero en realidad es sólo por cinco años.

14LACLJ no otorgó el total de visas tramitadas, sólo las aceptadas: VAWA 35 Y 50 visas U. Para CARECEN fueron aprobadas 50 visas VAWA y 250 visas U durante 2015.

15No aplica si tiene hijos ciudadanos.

16El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos.

17Se refiere al Departamento de Migración de los Estados Unidos.

18Se refiere al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos.

Recibido: 18 de Mayo de 2017; Aprobado: 28 de Febrero de 2018

Translator: Joshua Parker

Creative Commons License Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons