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Política y gobierno

Print version ISSN 1665-2037

Polít. gob vol.26 n.2 Ciudad de México Jul./Dec. 2019  Epub June 26, 2020

 

Notas de investigación

"Secretarios de estudio y cuenta en la Suprema Corte de México. Un actor esencial pero olvidado"

Mexican Supreme Court’s Clerks: Essential but Forgotten Actors

Josafat Cortez Salinas* 
http://orcid.org/0000-0001-6754-5177

* Profesor-Investigador del Centro de Estudios Políticos, Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM. Circuito Mario de la Cueva sin número, frente a TV UNAM-.Ciudad Universitaria, Codigó Postal 04510. Ciudad de México. Edificio E. Segundo Piso. Centro de Estudios. Telefono 56229470 ext 84430, 84440. josafatcortez@politicas.unam.mx


Resumen:

El impacto de los colaboradores de los jueces constitucionales en la construcción de las sentencias judiciales ha sido comprobado en la literatura en un modelo anglosajón como el de Estados Unidos; sin embargo, se conoce menos sobre el perfil y la influencia de los secretarios de estudio y cuenta o letrados en las cortes de América Latina. Este trabajo construye una propuesta teórica sobre el papel de los colaboradores de los jueces en las cortes supremas: incorporan distintas miradas a los problemas jurídicos, reducen costos de aprendizaje de las rutinas de las cortes y son fuentes de información que permiten difundir nuevas ideas jurídicas. A partir de una base de datos original sobre las características de 116 abogados que trabajan en la Suprema Corte de Justicia en México, se presenta una exploración sobre su perfil profesional, mecanismos de reclutamiento y sus funciones.

Palabras clave: Jueces; cortes; Suprema Corte de Justicia en México; secretarios de estudio y cuenta

Abstract:

The impact of the constitutional judges' clerks in the construction of judicial sentences has been widely studied by the Anglo-Saxon literature. However, less is known about the profile and influence of the clerks in the Latin American Courts. This work builds a theoretical proposal on the role of the judges' collaborators in the Supreme Courts: they incorporate different perspectives on legal problems, reduce the learning costs of court's routines and they are sources of information that allow the dissemination of new legal ideas. From an original database on the features of 117 lawyers working in the Supreme Court of Justice in Mexico, an exploration of the professional profile and recruitment mechanisms is presented.

Keywords: Judges; Courts; Supreme Court of Justice in Mexico; Clerks

Introducción

¿Qué papel juegan los secretarios de estudio y cuenta en la SCJN? ¿Quiénes son y cómo los eligen? La literatura anglosajona ha explorado el papel y el rol que juegan los abogados que trabajan con los jueces de la Corte Suprema de Justicia. Dos temas han marcado la agenda. El primero es la trayectoria y el perfil profesional que se requiere para ingresar a trabajar en la Corte Suprema: egresar de las mejores escuelas de derecho de Estados Unidos, haber sido editor de las revistas de derecho de sus universidades, tener experiencia en cortes inferiores y en firmas de abogados antes de llegar a trabajar en la Corte Suprema y cercanía ideológica con los jueces (Peppers, 2006; Baum y Distlear, 2010; Peppers y Cushman, 2015; Bonica et al., 2016).

El segundo tema que ha marcado la discusión es el grado y el nivel de influencia de los colaboradores en las decisiones de los jueces (Peppers, 2006, Ward y Weiden, 2006; Black y Boyd, 2012; Blake et al., 2015; Kromphard, 2015). Los estudios han podido rastrear su impacto en la selección de casos que escucha la Corte Suprema (Blake et al., 2015, Ward y Weinden, 2006), la construcción de las sentencias judiciales (Black y Boyd, 2012) y el rol que juegan con el juez y en la Corte como fuente de información (Kromphard, 2015). Los colaboradores editan y revisan las opiniones judiciales, aunque hay variación en los deberes que les asignan los jueces (Ward y Weiden, 2006; Peppers, 2006).

En un modelo continental de derecho como el de América Latina se sabe poco sobre las trayectorias profesionales y el papel de los secretarios o letrados de los jueces en las cortes supremas y tribunales constitucionales (Kapiszewski y Taylor, 2008); no se ha puesto suficiente atención en que el juez tiene un equipo de colaboradores en quienes delega la construcción de las sentencias judiciales y que la forma como se organizan sugiere indicios sobre cómo se hacen las sentencias judiciales. Una excepción es el trabajo de Landau (2015) porque subraya el peso de los magistrados auxiliares en Colombia en la construcción de la jurisprudencia en derechos humanos y cómo pese a la renovación de la Corte siguen teniendo importancia en las decisiones. Los secretarios de estudio y cuenta o letrados son parte medular del trabajo de los jueces constitucionales por lo que sus funciones, el proceso de selección, su perfil profesional y su influencia son elementos considerables para explicar la conducta judicial del juez.

El objetivo del trabajo es describir las funciones que cumplen los secretarios de estudio y cuenta en la Suprema Corte de Justicia. En primer lugar, se presenta un argumento teórico del rol y las funciones que juegan los secretarios en las ponencias de los jueces; en segundo lugar, se explora el perfil de los secretarios de estudio y cuenta de 11 jueces constitucionales en el año 2016. Con una base de datos originales del perfil de 116 secretarios de estudio y cuenta y 20 entrevistas realizadas analizo la trayectoria académica y profesional de los secretarios de estudio y cuenta, así como las funciones que cumplen en la Suprema Corte de Justicia por medio de 5 variables: 1) universidad en la que estudiaron los secretarios, 2) procedencia de los secretarios (carrera judicial o externos), 3) sexo, 4) estudios de posgrado y 5) mecanismos de ingreso.

Los modelos de comportamiento judicial (legal, actitudinal, estratégico) asumen que el juez decide de acuerdo con sus ideas jurídicas, con sus valores y preferencias y en su caso puede hacer transacciones de forma individual para obtener determinados propósitos (Baum, 1997; Gillman, 2001; Segal y Spaeth, 2002; Epstein y Knight, 2008, 2013). El presente trabajo resalta la importancia de poner atención en los integrantes de las ponencias de los jueces porque son sus primeros aliados en la Corte tanto para conseguir sus propósitos políticos, como para seguir sus preferencias ideológicas o para impulsar determinadas ideas jurídicas. La literatura sobre comportamiento judicial en América Latina, al no analizar el papel de los secretarios o letrados, está perdiendo de vista a los actores que elaboran las sentencias y que nutren a los jueces de nuevas ideas jurídicas y de información. No se ha considerado que los jueces constitucionales pueden utilizar su equipo de abogados para innovar en las sentencias judiciales y poder plasmar su visión del derecho, para obtener prestigio y reputación en su labor como jueces constitucionales y para lidiar con sus colegas. Asumiendo cualquier modelo de conducta judicial los jueces necesitan aliados para poder realizar su trabajo por lo que es necesario explicar teórica y empíricamente la importancia de los abogados que laboran en la Corte.

Los estudios sobre el comportamiento de la SCJN: Entre el diseño institucional y la cultura jurídica

El estudio de la Suprema Corte de Justica en México es reciente en la tradición politológica (Ríos Figueroa, 2012). El eje de las discusiones ha utilizado como variable dependiente el sentido de la decisión y el actor favorecido (Ríos Figueroa, 2007, 2012; Ansolabehere, 2010; Madrazo y Vela 2011; Sanchez et al., 2011; Cortez, 2014; Castagnola y López, 2016). El punto de partida de los trabajos sobre la SCJN es la reforma de 1994 que modificó el poder y la independencia de la Corte y sus dos grandes respuestas. La primera es la póliza de seguro (Ginsburg, 2003) desarrollada para México por Finkel (2005), (2008), en este enfoque se supone que la incertidumbre electoral propicia la reforma judicial como mecanismo para protegerse por los resultados electorales. Ríos Figueroa y Pozas Loyo (2010) afirman que cuando existen vetos mutuos en la coalición de reforma se construyen cortes independientes como lo fue el proceso de 1994. Incertidumbre electoral y vetos mutuos han sido usados como variables independientes para explicar la reforma judicial de 1994. Posteriormente a 1994, en un periodo de más de 20 años los estudios han construido una imagen sobre la SCJN y han explicado cómo ejerció sus facultades de control constitucional y sus decisiones.

El primer eje de la literatura es precisar que la SCJN en un contexto de estabilidad política y de fragmentación ha sido un árbitro entre poderes tanto a nivel local como federal antes que un garante en temas de derechos humanos (Ansolabehere, 2010; Ríos Figueroa y Helmke, 2011; Sánchez et al., 2011; Ríos Figueroa, 2007, 2012). Como árbitros, los jueces han actuado estratégicamente y han buscado el apoyo de la opinión pública para poder construir su poder e influencia en sus decisiones (Staton, 2010). Y se conducen de manera diferenciada en materia de decisiones entre poderes cuando enfrenta controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad, según el actor involucrado y el partido que nominó al juez (Castagnola y López, 2016).

Las explicaciones a este comportamiento se pueden aglutinar en dos ejes. El primero pone énfasis en la configuración del diseño institucional del control constitucional y por el poder con el que cuenta la Corte para poder tomar decisiones (Magaloni, 2007; Ríos Figueroa, 2016). El segundo eje ha puesto el foco de atención en la cultura jurídica de los jueces y en su visión del derecho (Madrazo y Vela, 2011; Cuéllar, 2014). Para esta perspectiva, la cultura positivista/formalista del derecho es una de las barreras para que los integrantes de la Corte tengan una visión más amplia de los derechos humanos. Las preferencias legales (González-Ocantos, 2016) de los jueces mexicanos ancladas en el legalismo y el formalismo y reforzadas por la educación son factores para entender la conducta judicial en materia de derechos humanos. Los ministros leen la Constitución con los anteojos del formalismo, sin considerar el derecho internacional en temas de derechos humanos, lo que explica el poco desarrollo de jurisprudencia en la materia.

Este cuerpo de literatura no ha prestado atención en la organización interna de la SCJN, en las funciones de los secretarios de estudio y cuenta y en su perfil como uno de los factores que permite entender el comportamiento de los jueces y la forma en la que se construyen las sentencias judiciales. Este trabajo es una primera exploración sobre la importancia de los secretarios en la SCJN, su papel y su perfil profesional.

Por qué importan los secretarios de estudio y cuenta

En años recientes, investigaciones sobre el Poder Judicial en América Latina pusieron atención en dinámicas internas y en la importancia de las ideas como la ideología judicial de los ministros en Chile y de los procesos de contratación (Hilbink, 2014), la cultura judicial en Argentina y Brasil y el reclutamiento de jueces (Kapiszewski, 2012), el perfil y la importancia de los letrados en Colombia para explicar la configuración de las decisiones y la continuidad de determinada jurisprudencia (Landau, 2015). También se ha puesto énfasis en las ideas jurídicas y la necesidad de conocer las normas internacionales y otra cultura jurídica para poder garantizar derechos (González-Ocantos, 2016) y en cómo se difunden las ideas jurídicas entre los jueces (Ingram, 2016).

La propuesta teórica que se presenta también analiza factores internos del Poder Judicial. El argumento central de la teoría es que la organización interna de las ponencias es un recurso que tienen los jueces para conseguir determinados propósitos. Este trabajo explora la “caja negra” de los procesos internos al interior de la Suprema Corte de Justicia. En concreto, se propone que el equipo de trabajo de un juez tiene las siguientes funciones: incorpora distintas miradas a los problemas normativos, reduce costos en la relación con sus pares y en el aprendizaje de las rutinas al interior de la Corte, y permite difundir ideas jurídicas diferentes.

Incorporación de distintas miradas a los problemas normativos

La resolución de los conflictos que enfrentan las cortes constitucionales puede entenderse en los dos grandes ejes que integran la Constitución: la parte orgánica y la parte dogmática (Ríos Figueroa y Helmke, 2011). Los jueces tratan temas de derechos humanos y de división de poderes, árbitros entre poderes o garantes de derechos humanos. Bajo esa distinción esos dos grandes temas implican conocimientos técnicos, especializados y una visión del derecho constitucional. Para enfrentar esta tarea los diseños institucionales permiten que los jueces configuren su equipo de trabajo y puedan diseñar una estrategia para obtener determinados propósitos (Epstein y Knight, 2013; Garoupa y Ginsburg, 2015).

Desde mi propuesta teórica, cuando el juez tiene la posibilidad de integrar un equipo de colaboradores puede tener un conjunto de miradas diversas y plurales sobre el derecho. Se puede sopesar entre formaciones, ideología, procedencia, trayectorias académicas y profesionales entre los abogados. Uno de los incentivos y motivaciones de integrar equipos de trabajo con distintas trayectorias es el de tener pluralidad en las respuestas a los problemas jurídicos.

Un factor fundamental en la valoración para integrar los equipos de trabajo son las tradiciones jurídicas que tienen los abogados. Asumiendo la distinción entre legalismo/formalismo frente a un neoconstitucionalismo/garantismo entre los jueces de las cortes supremas (Landau, 2005; López Medina, 2006; Couso, 2010; Couso y Hilbink, 2011; Pérez Perdomo, 2012), estas mismas divisiones se presentan al interior de los equipos de trabajo y el juez incluso las puede alentar como parte de su estrategia de trabajo.

Pueden existir equipos con abogados con una visión legalista/positivista, combinados con abogados con una mirada neoconstitucionalista/garantista del derecho, trabajando en equipo y lidiando con sus diferencias teóricas sobre el derecho en beneficio de las sentencias y de las metas del juez. El juez constitucional tiene un margen para elegir quién de sus colaboradores según su especialidad puede tener una mejor respuesta al caso en turno y los mecanismos para trabajar en equipo. Una ponencia conformada por abogados con distintas trayectorias profesionales y académicas aporta pluralidad a la resolución de los problemas jurídicos. Los secretarios cumplen un papel de asesores y le permiten al juez incrementar su información y tener opciones para decidir en determinados temas, para reforzar tanto preferencias ideológicas como ideas jurídicas (Kromphardt, 2015).

Reducción de costos en la relación con sus pares y en el aprendizaje de las rutinas al interior de la Corte

Las cortes supremas y tribunales constitucionales como organizaciones están regidas por rutinas y patrones de conducta que persisten a lo largo del tiempo, son estructuras cognitivas que influyen y determinan el comportamiento de los sujetos a partir de lo que es válido y aceptable dentro de la institución (March y Olsen, 1989; DiMaggio y Powell, 1991). En la interacción que se da entre el juez y el Poder Judicial asumo que las instituciones son marcos cognitivos que hacen que los actores internalicen valores, prácticas y rutinas (March y Olsen, 1989; DiMaggio y Powell, 1991; Hall y Taylor, 1996). Desde esta tradición se enfatiza que los sujetos en las instituciones han sido socializados en los marcos cognitivos que establecen las pautas de comportamientos y han internalizado determinadas formas de conducirse (Hall y Taylor, 1996).

Cuando los nuevos jueces ingresan a las cortes supremas o tribunales constitucionales requieren familiarizarse con las rutinas de la institución. Sobre todo aquellos jueces que no provienen de la carrera judicial tienen la necesidad de aprender sobre los procedimientos técnicos y procesales, sobre lo válido y aceptado en la institución. ¿Cómo hace un juez para aprender sobre las rutinas en el Poder Judicial y en la Corte?

El Poder Judicial y en específico las cortes supremas son instituciones en las que se construye carrera entre su personal. Desde mi propuesta teórica, los abogados de carrera judicial se caracterizan por haber iniciado su carrera profesional en el Poder Judicial después de graduarse o incluso antes y de tener una trayectoria por distintas instancias de la institución. Son portadores de conocimientos técnicos y especializados en los problemas jurídicos y se identifican con una visión positivista/formalista del derecho. Su contribución al grupo de trabajo es su conocimiento de los procesos al interior del Poder Judicial y su experiencia en la forma de entender el derecho desde una tradición positivista/formalista. Es decir, la carrera judicial forma y entrena a los abogados.

Elegir gente que pertenece al Poder Judicial le permite al juez reducir costos de aprendizaje sobre la forma de conducirse en la actividad de juzgar porque le aportan saberes técnicos y especializados sobre el derecho al juez. Los abogados internos al reconocer los rituales y lo que es válido y legítimo en la institución, contribuyen con pautas de comportamiento y maneras de resolver los problemas a los nuevos jueces por lo que puede enfrentar rutinas y a sus pares reconociendo las tradiciones de la institución.

Un juez pese a tener nuevas ideas sobre el derecho constitucional no puede ser innovador todo el tiempo, también está anclado en una tradición jurídica por lo que tiene que saber cómo resolver desde el formalismo/positivismo y cómo enfrentarse con sus compañeros en estos temas. La gente de carrera judicial es atractiva para los jueces por sus conocimientos técnicos y especializados del derecho y la institución y su papel es indicar rutinas y procedimientos.

Un factor por considerar es que en la configuración organizacional de las cortes y tribunales los jueces pueden tener en mente audiencias internas; es decir, sus colegas y pares en la Corte (Baum, 2009). La elección de gente de extracción del Poder Judicial le permite sostener una conversación con sus pares, con esa audiencia interna. Un juez cuando tiene una agenda innovadora no puede omitir el valor de la relación con sus colegas en determinadas circunstancias y la forma de relacionarse con ellos sobre todo con los que provienen de carrera judicial es por medio de abogados que han sido entrenados por la misma institución.

Permite difundir ideas jurídicas diferentes

La construcción de un equipo de trabajo al interior de las cortes facilita que el juez plasme sus ideas sobre el derecho constitucional e innove en los criterios jurisprudenciales porque los secretarios son fuentes de información. Los estudios recientes sobre conducta judicial han puesto énfasis en la importancia de las ideas jurídicas (González-Ocantos, 2016) y en la forma en la que se difunden entre los jueces (Ingram, 2016). Este trabajo destaca que los secretarios de estudio y cuenta son fuente de información y de nuevas ideas por lo que importa la diversidad de los perfiles contratados (Kromphardt, 2015), es decir, las nuevas ideas llegan a la Corte por medio de los secretarios de estudio y cuenta (Cortez, 2017).

El juez incorpora abogados que no pertenecen a la carrera judicial, con una trayectoria académica y profesional distinta que aportan nuevos conocimientos y rutas para resolver los casos, sobre todo en materia de derechos humanos. La innovación y renovación de las ideas jurídicas las hace el juez con un nuevo equipo de colaboradores que lo van a ayudar en la construcción de las sentencias.

Elegir abogados que son externos al Poder Judicial y a las cortes es atractivo para los jueces porque le aportan conocimientos y respuestas distintas a los problemas normativos y a los casos que se tienen que resolver. Un juez puede tener ideas innovadoras sobre el derecho, pero no puede desplegarlas solo por las cargas de trabajo, y por lo especializado de muchos de los temas. Necesita respaldo de abogados con especialización en temas de derecho constitucional y derechos humanos.

Desde mi propuesta teórica los abogados externos al Poder Judicial son portadores de una cultura jurídica distinta y entienden el derecho desde otro mirador teórico al predominante en las estructuras del Poder Judicial. Tienen otro proceso de socialización sobre el derecho por sus procesos formativos y sus estudios de posgrado, muchas de las veces fuera del país, aunque no es una condición necesaria para ser portador de nuevas ideas jurídicas, conocen discusiones actuales sobre derechos humanos y derecho constitucional. Muchos de ellos tienen experiencia laboral en litigio, o sectores de la administración pública, o en espacios académicos como docentes o investigadores.

El aporte fundamental que realizan en el equipo es el conocimiento especializado y actualizado sobre derechos humanos, derecho comparado, diálogo jurisprudencial y derecho constitucional. Insumos necesarios para la labor de los jueces constitucionales. Estos abogados desconocen aspectos técnicos en el proceso de juzgar y de las rutinas y prácticas al interior del Poder Judicial porque no han sido entrenados por la institución.

Un modelo de ponencia tradicional en la SCJN: el entrenamiento de los secretarios de estudio y cuenta en los hábitos y rutinas.

La propuesta teórica considera que los secretarios de estudio y cuenta cumplen con tres funciones: incorporación de distintas miradas a los problemas jurídicos, reducen los costos de aprendizaje de las rutinas de las cortes, y son fuentes de información para difundir nuevas ideas jurídicas. En este apartado se precisa que históricamente en las ponencias de la SCJN la función que desempeñaban los secretarios era la de aprender rutinas y procesos en la función judicial. Los secretarios no representaban una pluralidad de visiones sobre los problemas normativos ni eran fuentes de información para renovar las ideas jurídicas.

El puesto de secretario de estudio y cuenta siempre ha sido importante en el trabajo de la SCJN porque era un paso más en la carrera judicial con fines formativos. El proceso de ascenso de los integrantes del Poder Judicial se iniciaba como oficial judicial, actuario, secretario de juzgado, secretario de tribunal, luego secretario de estudio y cuenta de la SCJN. Una vez que el abogado estaba en la SCJN aprendía las prácticas y rutinas de la Corte y la forma de enfrentarse a los problemas jurídicos de la mano de un ministro para después ser nombrado juez de distrito (Cossío, 1996). Era una de las etapas en el entrenamiento de juzgar.

En este modelo tutorial, el secretario pasaba en promedio seis años de entrenamiento en las técnicas y prácticas del Poder Judicial con un ministro (Cossío, 1996). Para llegar a ser juez se requería entrenarse en la SCJN con alguno de los ministros, por eso en el periodo entre 1984-1993 más del 50% de los integrantes de la Corte habían hecho carrera en el Poder Judicial y el puesto que resalta en sus trayectorias es el de secretarios de estudio y cuenta (Fix, 2012).

Después de la reforma judicial de 1994, 9 jueces habían sido secretarios de estudio y cuenta en la SCJN (Fix, 2012); es decir, la mayoría había sido formado al interior del Poder Judicial y conocían las reglas y rutinas sobre lo válido en la institución. Mariano Azuela y Juan Díaz Romero son dos ejemplos de jueces de carrera judicial que fueron secretarios de estudio y cuenta, ambos narran la importancia del cargo y su papel formativo en su trayectoria profesional. Mariano Azuela inició su carrera como secretario de estudio y cuenta de Felipe Tena Ramírez. En 2009 en la semblanza presentada en su despedida de la SCJN, Azuela habla sobre su vida y su padre, y recuerda una anécdota de lo que es un secretario de estudio y cuenta:

Fíjense ustedes que el Secretario de Estudio y Cuenta es tan importante como las esposas, cuando una esposa es buena, uno ya vive tranquilo; su importancia también se ve a la inversa, porque cuando una esposa sale mala, pues entonces vive uno en la inseguridad, en la infelicidad; pues así pasa con los secretarios, un buen secretario lo hace a uno ser feliz, ¿por qué? Pues porque sabe uno que va a ver el expediente con todo cuidado, va a seguir los lineamientos que uno le da, va ir avanzando para que cada vez su trabajo sea mejor y entonces pues es una joya preciadísima.1

En el modelo tradicional de ponencia los secretarios de estudio y cuenta son fundamentales porque están en un proceso de aprendizaje como personal del Poder Judicial, y se espera que actúen de forma disciplinada.

Ahora bien, el ministro Juan Díaz Romero fue secretario de estudio y cuenta en 1967 en la Segunda Sala con el ministro Pedro Gutiérrez Martínez, y casi 20 años después se convirtió en ministro de la Corte. En su discurso de ingreso en la SCJN en 1986 Díaz Romero agradece a ex ministros porque: “Todos ellos han inculcado el espíritu del servicio judicial a varias generaciones de secretarios, jueces y magistrados; nosotros somos en cierto modo sus herederos, pues guardamos como un tesoro inapreciable, para transmitirlo a otras generaciones, disciplina e integridad” (Díaz, 2006: 66).

El entrenamiento judicial fomenta la disciplina como parte del proceso formativo y enseña rutinas sobre el Poder Judicial. Juventino Castro describe la labor tanto de Azuela como de Díaz Romero: “Juan Díaz Romero y Mariano Azuela fueron nuestros padrinos. No nos enseñaron a ser ministros, sino a parecerlo. Y además a funcionar con entereza y eficacia. Decidimos agradecerles su guía e información y desde entonces los bautizamos como los ayatolas” (Castro, 2006: 26).

Es decir, el entrenamiento de los abogados en la SCJN implica disciplina, formas de entender el derecho y procesos de socialización que indican cómo comportarse y parecer juez. Este ambiente de ascenso y trabajo en el Poder Judicial y en los modelos tradicionales lo describe un operador jurídico de la siguiente forma:

Tú entras como el ayudante de un zapatero en la edad media. Tú entras sin saber hacer nada, aquí te vamos a enseñar lo más elemental, primero a recoger basura, después a coser suela, después ensartar agujas, y después a coser zapatos, y después a hacerlos. Después de una larga carrera que te va a llevar toda la vida, un día vas a hacer un zapato, las sentencias eran zapatos […] Era una enseñanza militarizada, vertical. Y el día que hacías un zapato (una sentencia), te habías ganado el derecho a proyectar a hacer algo, después de haber pagado la cuota del gremio, del artesano.2

Consecuencias del entrenamiento y la disciplina

Las consecuencias del modelo de ponencia tradicional eran las siguientes: la falta de renovación de las ideas jurídicas y de los criterios jurisprudenciales tanto en la SCJN como en el Poder Judicial (Cossío, 1996) y no había distintas miradas a los problemas normativos. Las preferencias legales de los jueces y los secretarios de estudio y cuenta eran formalistas y no prestaban atención al derecho internacional y los derechos humanos (González-Ocantos, 2016). Los secretarios no eran fuentes de información que renovaran las ideas jurídicas.

Después de la reforma judicial de 1994 las ponencias y los equipos de trabajo se conformaban de forma tradicional en su mayoría por personal de carrera judicial que habían cumplido un ciclo formativo. Los secretarios de estudio y cuenta que escribían las sentencias judiciales eran técnicos en el ámbito del derecho constitucional mexicano, con una relación vertical con el juez y su entorno. Eran abogados disciplinados en la construcción de las sentencias y con la visión de su jefe para poder ascender.3 El dispositivo organizacional y el modelo entre el juez y sus colaboradores era vertical, como la relación entre un tutor y sus alumnos.

La forma tradicional de la conformación de las ponencias era con secretarios de estudio y cuenta que provenían de la carrera judicial para que aprendieran el oficio de juzgar. Era una etapa más en su proceso formativo. Había un reconocimiento sobre la importancia del entrenamiento profesional y de la disciplina en el trabajo; es decir, existía una sola mirada de los problemas jurídicos y de la forma de resolver los casos y la ponencia tradicional no generaban innovación en las ideas jurídicas. Los equipos de trabajo de los jueces no eran fuentes de información que renovaran las ideas jurídicas y que aportaran distintas miradas a los problemas jurídicos. Además, como la mayor parte de los jueces constitucionales que llegaron a la SCJN en 1995 habían sido secretarios de estudio y cuenta reconocían la importancia de este puesto en la estructura de la Corte para lidiar con las cargas de trabajo.

Un nuevo modelo de ponencia en la SCJN y su difusión

La literatura sobre comportamiento judicial ha comprobado que la cultura legal de las cortes cambia con la llegada de nuevos jueces constitucionales (Couso y Hilbink, 2010; Hilbink, 2014). Sin embargo, no se ha detallado el mecanismo mediante el cual los jueces lidian con la institución y cómo hacen para poder innovar en las cortes. El mecanismo mediante el cual los nuevos jueces con una cultura jurídica diferente influyen en las cortes es la reorganización de su equipo de colaboradores porque son sus primeros aliados en los propósitos del juez (Cortez, 2017).

Con la llegada de José Ramón Cossío a la SCJN en 2003 comenzó un nuevo modelo de ponencia. El juez fue un agente de cambio porque tenía un perfil académico y una formación distinta a la tradicional que predominaba en la Corte. José Ramón Cossío desde los márgenes desplegó una estrategia institucional basada en cambiar el perfil de su equipo de trabajo: combinar abogados de carrera judicial con mucha experiencia en el ámbito jurisdiccional combinada con abogados externos con una trayectoria académica y profesional.

El ministro Cossío afirma sobre la construcción de su ponencia:

Le pedí al ministro Azuela que me diera las estadísticas, todas las que tuviera de la sala y del pleno. Me senté en mi casa y más o menos medí cuáles iban a ser las cargas de trabajo, entonces tantos asuntos civiles, tantos asuntos penales, laborales, tantos fiscales, etc. Y luego me dieron la plantilla personal; básicamente modelé respecto de Secretarios de Estudio y Cuenta, no de oficiales y dije: necesito dos que sepan penal, dos de laboral, civil, administrativo, constitucional […] traté de hacer un equilibrio entre gente con mucha experiencia y gente con poca experiencia. La de poca experiencia venía muy fuerte de la academia, casi todos tenían doctorado, y las gentes que venían de ponencia tenían 30 años de experiencia, más o menos.4

Este nuevo diseño organizacional le permitió al juez innovar en las ideas jurídicas, navegar en los hábitos y rutinas de la institución y tener una visión plural de los problemas normativos (Cortez, 2017). La organización interna del equipo de colaboradores es un recurso que puede aportar un nuevo juez a la Corte y es el mecanismo mediante el cual busca gradualmente influir en la institución (Cortez, 2017).

Los secretarios externos cumplen un papel de ser fuentes de información y renovación de las ideas jurídicas y los secretarios internos aportan el conocimiento técnico y procedimental, así como los hábitos y rutinas de la Corte. Este nuevo modelo de ponencia se va a complementar con estudiantes de derecho y recién graduados que son llamados “chiqui funcionarios” que respaldan a los secretarios en la edificación de las sentencias judiciales.

El modelo de ponencia desarrollado por el ministro Cossío se va a diseminar en la SCJN mediante procesos de socialización. Los jueces de carrera gradualmente se van a desplazar a ese modelo por las interacciones estratégicas entre sí porque tenían que contrarrestar al juez innovador y eso solo lo podían hacer con sus propias herramientas por lo que comienzan a incorporar a abogados externos en sus ponencias para que cumplan el papel de fuentes de información. También se van a desplazar hacia un modelo mixto por la disputa de las audiencias que gradualmente comienzan a poner atención al juez innovador. Ejemplo de estas transformaciones son las ponencias de los ministros Juan Silva Meza y José de Jesús Gudiño Pelayo (Cortez, 2017).

Entre los jueces externos al Poder Judicial el modelo de ponencia de Cossío se replica por imitación porque les reduce costos de aprendizaje de las rutinas de la institución y pueden innovar mediante secretarios externos al Poder Judicial. Las inercias las trastocó el juez innovador por lo que era más fácil incorporar secretarios externos al Poder Judicial. Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena ejemplifican la imitación del modelo de ponencia de Cossío por los jueces externos al Poder Judicial (Cortez, 2017).

Las ponencias de los jueces y los secretarios de estudio y cuenta

La propuesta teórica del texto presenta las funciones que cumplen actualmente los secretarios de estudio y cuenta en la SCJN. Para cumplir con esas funciones, el perfil y la trayectoria profesional importan en la contratación de determinados abogados.

En este apartado describimos cinco variables de análisis de los secretarios de estudio y cuenta en la Suprema Corte de Justicia: 1) universidad en la que estudiaron los secretarios, 2) procedencia de los secretarios (carrera judicial o externos), 3) sexo, 4) estudios de posgrado y 5) mecanismos de ingreso. Estas variables se vinculan con la propuesta teórica presentada y se puede construir un perfil de los colaboradores de los jueces y las funciones que realizan en las ponencias.

Para sistematizar la información de los secretarios de estudio y cuenta se recurrió a una solicitud de información a la SCJN. También se realizaron entrevistas con tres jueces constitucionales y 20 secretarios de estudio y cuenta. Adicionalmente se utilizaron oficios y documentos generados por la SCJN. Con la información recabada se presenta un primer esbozo exploratorio sobre los abogados que trabajan en la Corte y una aproximación a las formas de contratación.

Universidades predominantes en la SCJN

Incorporar distintas miradas a los problemas normativos en los equipos de trabajo de los jueces implica una presencia de diferentes universidades y facultades de derecho. El debate sobre las escuelas de derecho en las que estudiaron los integrantes del Poder Judicial aún no se ha presentado con énfasis en los estudios de sociología jurídica. Se sabe que en las escuelas más prestigiosas la visión del derecho es muy homogénea, de acuerdo con la revisión de los programas de las asignaturas (Magaloni, 2006) predomina un modelo formalista en el estudio del derecho, estrategias pedagógicas centradas en la exposición magistral del profesor, y los programas de las materias tienen aspiraciones enciclopedistas (Magaloni, 2006).

Las universidades en las que estudiaron derecho los secretarios de estudio y cuenta de la SCJN se presentan en el cuadro número 1. La mayor parte de secretarios (29) estudió derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Diez de los once ministros tienen al menos un secretario egresado de la UNAM, la excepción es Jorge Mario Pardo Rebolledo. La ministra Margarita Beatriz Luna Ramos es la que más secretarios tiene formados en la UNAM con 6. En segundo lugar, aparece el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) con 11 secretarios de estudio y cuenta. Los ministros con más abogados formados en el ITAM son José Ramón Cossío y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, ambos con 3. En tercer lugar, está la Escuela Libre de Derecho con 10 egresados, el ministro con más presencia de estos abogados es Arturo Zaldívar con 4.

Cuadro 1 Universidades predominantes en la SCJN 

Ministro Institución Universidad
Nacional
Autónoma
de México
(UNAM)
Instituto
Tecnológico
Autónomo
de México
(ITAM)
Escuela
Libre de
Derecho
Universidades
Estatales
(Públicas)
Otras Total
Luis María Aguilar Morales 1 0 1 1 5 8
Norma Lucía Piña Hernández 3 1 1 2 4 11
José Ramón Cossío Díaz 4 4 0 2 2 12
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena 3 3 1 2 2 11
Jorge Mario Pardo Rebolledo 0 0 1 2 5 8
Arturo Zaldivar Lelo de Larrea 2 0 4 1 2 9
Eduardo Tómas Medina Mora Icaza 3 1 2 1 5 12
José Fernando Franco González Salas 3 1 0 3 6 13
Javier Laynez Potisek 3 2 0 1 3 9
Margarita Beatriz Luna Ramos 6 0 0 1 5 12
Alberto Pérez Dayán 1 0 0 4 7 12
TOTAL 29 12 10 20 46 117

Fuente: Elaboración propia.

Una característica es que los ministros tienen preferencia por secretarios que provienen de la escuela de derecho donde estudiaron o donde trabajaban antes de llegar al cargo. Margarita Luna Ramos estudió derecho en la UNAM y tiene 6 abogados formados por esa institución. Arturo Zaldívar se formó en la Escuela Libre de Derecho y es el que más egresados contrató de esa universidad. José Ramón Cossío, que antes de ser nombrado ministro era profesor en el ITAM, tiene 3 colaboradores de esa institución, Ortiz Mena estudió en la UNAM y contrató 3 abogados provenientes de esa universidad y 3 del ITAM. Podemos observar que hay pluralidad de escuelas de derecho en la SCJN lo que puede ofrecer una mirada diversa a los problemas normativos. Las universidades que predominan son UNAM, el ITAM y la Libre de Derecho, pero una mayoría provienen de las universidades estatales sin que ninguna tenga una presencia hegemónica.

A diferencia de lo que sucede en Estados Unidos (Peppers, 2006) en donde los colaboradores de los jueces provienen de las escuelas de elite de derecho o en Colombia donde mayor parte de los letrados estudiaron en universidades en Bogotá (Landau, 2015), en México no es condición necesaria estudiar en una universidad de la Ciudad de México ni de elite para poder ingresar a la SCJN como secretario de estudio y cuenta.

Secretarios de carrera judicial y externos al Poder Judicial

Actualmente existe en la SCJN un modelo de ponencia que combina abogados de carrera judicial con abogados externos con experiencia en el litigio o con trayectoria académica.5 Desde la construcción teórica que presento los secretarios de carrera judicial aportan a los equipos de trabajo el conocimiento técnico de hábitos y rutinas al interior del Poder Judicial y los secretarios externos son portadores de nuevas ideas jurídicas y fuentes de información. Esta combinación de abogados le permite al juez conseguir sus determinados propósitos. Una ponencia mixta posibilita que el ministro tenga una visión plural de los problemas jurídicos y también le facilita tener abogados que le ayuden en la tarea de difundir nuevas ideas jurídicas y cuando son externos le reducen los costos de aprendizaje de lo valido y lo incorrecto en la SCJN. Cada ministro equilibra de forma distinta su equipo de trabajo de acuerdo con su perfil e intereses.

La ministra con más secretarios que pertenecen a la carrera judicial es Margarita Beatriz Luna Ramos con 12. En su ponencia no hay ningún secretario externo. En la ponencia de Fernando Franco hay 12 secretarios de carrera y uno externo. El ministro Alberto Pérez Dayán contrató 10 abogados que provienen de la carrera judicial. Después la ponencia de José Ramón Cossío tiene 9 integrantes de carrera judicial. Por otro lado, el equipo de Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena solo cuenta con 2 integrantes de carrerea judicial.

Los secretarios con experiencia en el Poder Judicial son valorados en la SCJN por su trayectoria profesional y vínculos con la tarea jurisdiccional, es el perfil que más predomina en la Corte. Abogados técnicos y expertos en procedimientos y en las rutinas de juzgar. Por otro lado, todos los ministros tienen un secretario de estudio y cuenta externo al Poder Judicial salvo Luna Ramos. El ministro Gutiérrez Ortiz Mena es un caso atípico en la SCJN porque contrató 9 abogados externos, en su ponencia predomina el perfil de abogado que no fue entrenado en la SCJN. Arturo Zaldívar y Eduardo Medina Mora tienen 4 secretarios que no pertenecen al Poder Judicial. Javier Laynez tienen 3 colaboradores externos y José Ramón Cossío cuenta con 3.

Cuadro 2 Secretarios externos o internos en la SCJN 

Ministro De carrera Externos Por definir* Secretarios por ministro
Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos 12 0 0 12
Ministra Norma Lucía Piña Hernández 7 2 2 11
Ministro Alberto Pérez Dayán 10 1 1 12
Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena 2 9 0 11
Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea 4 5 0 9
Ministro Eduardo Medina Mora 8 4 0 12
Ministro Javier Laynez Potisek 6 3 0 9
Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo 7 1 0 8
Ministro José Fernando Franco González Salas 12 1 0 13
Ministro José Ramón Cossío Díaz 9 3 0 12
Ministro Luis María Aguilar Morales 7 1 0 8
TOTAL 84 29 3 117

Fuente: Elaboración propia.

En la SCJN cada vez se abren paso más secretarios externos al Poder Judicial lo que denota una mayor pluralidad en las ponencias y la necesidad de contar con perfiles diferentes a la carrera judicial que apoyen en la construcción de las sentencias judiciales. Esto propicia la gradual renovación de las ideas en la estructura de la Corte porque los secretarios son portadores de nuevas miradas sobre los problemas jurídicos.

Las ponencias mixtas también sugieren una valoración de los jueces sobre la necesidad de tener un equipo de trabajo más plural que les permita resolver determinados problemas. No basta con una sola mirada normativa ahora es necesario reconocer más puntos de vista, aunque sea con el fin de contrastar o entender aquellas ideas con las que no se está de acuerdo. El perfil jurisdiccional es que el predomina en la Corte, para los jueces la audiencia interna del Poder Judicial es sumamente importante y la mejor ruta de tener un diálogo es con gente que proviene de carrera judicial. También denota a la SCJN y el Poder Judicial como una institución cerrada en sus hábitos y rutinas y que siempre va a favorecer al gremio de carrera judicial.

Mujeres secretarias en la SCJN

La pluralidad de las ponencias también se puede apreciar por la presencia de mujeres en las ponencias de los jueces. En el año 2017 trabajan en la SCJN como secretarias de estudio y cuenta 57 mujeres. Beatriz Luna Ramos es la que más mujeres tiene (10) después José Ramón Cossío con 9 secretarias, Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena 6. Pese a la presencia de mujeres en la Corte la mayor parte de ponencias no son paritarias. Por ejemplo, los que menos mujeres tienen contratadas en sus ponencias, con 3 mujeres, son Norma Lucía Piña Hernández, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Arturo Zaldívar y Javier Laynez.

Cuadro 3 Presencia de mujeres en la SCJN 

Ministro Hombres Mujeres
Luis María Aguilar Morales 3 5
Norma Lucía Piña Hernández 8 3
José Ramón Cossío Díaz 3 9
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena 5 6
Jorge Mario Pardo Rebolledo 5 3
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea 6 3
Eduardo Tomás Medina Mora Icaza 8 4
José Fernando Franco González Salas 8 5
Javier Laynez Potisek 6 3
Margarita Beatriz Luna Ramos 2 10
Alberto Pérez Dayán 6 6
TOTAL 60 57

Fuente: Elaboración propia.

Estudios de posgrado de los secretarios de estudio y cuenta

Un rasgo fundamental para innovar en las ideas jurídicas es la formación de los secretarios de estudio y cuenta. Los abogados aprenden una forma de entender el derecho en sus procesos formativos y esos marcos cognitivos los plasman en las sentencias que escriben. En la actualidad existe un número significativo secretarios de estudio y cuenta con estudios de doctorado. Uno de los rasgos distintivos de las ponencias mixtas es la presencia de secretarios de estudio y cuenta que ingresan a la Corte con el grado de doctor obtenido. Estos abogados son, sobre todo, externos al Poder Judicial. Ellos cumplen el papel de innovar y aportar nuevas ideas jurídicas, son fuentes de información para el juez en los nuevos temas que se están tratando en el derecho constitucional.

Cuadro 4 Máximo grado de estudios de los secretarios de cada ministro 

Ministro LICENCIATURA ESPECIALIDAD MAESTRÍA DOCTORADO
Luis María Aguilar Morales 2 0 6 0
Norma Lucía Piña Hernández 5 1 4 1
José Ramón Cossío Díaz 4 2 4 2
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena 3 0 7 1
Jorge Mario Pardo Rebolledo 3 0 4 1
Arturo Zaldivar Lelo de Larrea 3 0 4 2
Eduardo Tómas Medina Mora Icaza 2 2 7 1
José Fernando Franco González Salas 7 0 6 0
Javier Laynez Potisek 3 1 4 1
Margarita Beatriz Luna Ramos 8 2 2 0
Alberto Pérez Dayán 7 1 1 3
TOTAL 47 9 49 12

Fuente: Elaboración propia.

También gradualmente la institución ha buscado capacitar a su personal porque hay una valoración positiva de la importancia de los posgrados y del grado académico. Por ejemplo, en octubre de 2003 la SCJN aprobó la propuesta de Eduardo Ferrer Mac Gregor: respaldar estudios de doctorado por investigación de los secretarios de estudio y cuenta en convenio con la Facultad de Derecho de la UNAM. Cada ministro podía anotar a uno de sus secretarios que cumpliera con los requisitos.6 El Convenio se formalizó el 19 de enero de 2006.7 También han existido apoyos económicos para que los secretarios estudien doctorados en escuelas privadas. Un ejemplo, es el apoyo que el ex ministro Ortiz Mayagoitia solicitó en 2005 para que dos de sus secretarios de estudio y cuenta (Georgina Laso de la Vega y Marco Antonio Cepeda Anaya) realizaran estudios de doctorado en derecho tributario en la Universidad Panamericana.8

Los ministros con secretarios con estudios de doctorado son: Arturo Pérez Dayán con 3 y José Ramón Cossío y Arturo Zaldívar, con 2 secretarios cada uno. En las ponencias de Fernando Franco, Margarita Luna Ramos y Luis María Aguilar ningún secretario tiene estudios de doctorado, pero la mayoría tiene estudios de maestría.

Los secretarios de estudio y cuenta de la SCJN tienen preferencia por estudiar en universidades españolas, estadounidenses y del Reino Unido. Todos los secretarios que tienen doctorado lo obtuvieron en España. Una de las posibles líneas de investigación pendientes es analizar los estudios de posgrado y el uso recurrente de determinada literatura jurídica en las sentencias según el secretario que la elabora (Cortez, 2017). En el caso de México, los secretarios estudian sus posgrados en la Universidad Panamericana y en la UNAM probablemente por los convenios que se firmaron entre la SCJN y ambas universidades como mencioné líneas arriba.

Cuadro 5 Número de posgrados e instituciones en las que estudiaron los secretarios de estudio y cuenta 

Universidades de posgrados Especialidades Maestrías Doctorados TOTAL*
Universidades Españolas 10 7 6 23
Universidades de E.U.A 0 7 0 7
Universidad de Reino Unido 0 5 0 5
Otros posgrados en el extranjero 1 2 0 3
Universidad Panamericana 17 13 3 33
Universidad Nacional Autónoma de México 2 10 1 13
Universidades estatales 4 6 0 10
Otras universidades mexicanas 4 18 1 23

* El número que se muestra representa el total de estudios de posgrado, algunos secretarios realizaron más de una especialidad o maestría

Formas de selección y ingreso de los secretarios de estudio y cuenta

El modelo de ponencia que predomina en la Corte combina abogados de carrera judicial con abogados externos con otra experiencia profesional y académica. Con las entrevistas realizadas a los jueces y los secretarios de estudio y cuenta se pueden ubicar tres métodos de selección de secretarios de estudio y cuenta.

Redes y vínculos profesionales

El primer método de selección se sostiene en los lazos personales y relaciones en el mundo del derecho mexicano (Dezalay, y Garth, 2006). El juez indaga y pregunta entre sus conocidos sobre ciertos perfiles (tanto externos como internos) con el fin de tener una pluralidad de visiones sobre los problemas jurídicos porque necesita aliados que lo nutran de información pero que también le ayuden a navegar en los hábitos y rutinas de la institución. Recomendaciones informales de colegas, jueces inferiores, e incluso en algunos casos de la academia. En la mayor parte de los casos, el ministro los entrevista personalmente y toma una decisión según las necesidades de su ponencia. También es importante precisar que un grupo de secretarios se incorporan a la SCJN porque estaban trabajando antes con el juez en su puesto exterior. Una vez que lo nombran ministro éste lleva su gente de confianza a su nuevo empleo.

Ingreso por concurso

El segundo modelo es el impulsado por Fernando Franco quien elige a sus secretarios de estudio y cuenta a través de un concurso. Cada vez que necesita un nuevo secretario o “chiqui” hace una convocatoria mediante el Consejo de la Judicatura para que se realice el concurso de selección. Por ejemplo, en 2013 el examen constó de dos etapas: en la primera se hizo un cuestionario de 50 preguntas con un valor del 70% de la nota. Los temas fueron Nueva de Ley de Amparo, acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales, amparo contra normas generales, derecho constitucional y derechos humanos y cultura general;9 la segunda etapa incluyó tres preguntas abiertas y tuvo un valor del 30%.

Ingreso por procesos formativos

En las ponencias tradicionales, antes de la llegada de José Ramón Cossío a la SCJN, los secretarios de estudio y cuenta se acompañaban de dos secretarias a las cuales se les dictaban las sentencias. Cuando arribó Cossío las modificaciones organizacionales también fueron en ámbitos de la forma en la que trabajaban los secretarios de estudio y cuenta. El ministro decidió que en vez de secretarias fueran estudiantes de derecho los que acompañaran a los secretarios y los apoyaran con las cargas de trabajo, a ellos se les denominó “chiqui funcionarios”.

Los “chiqui funcionarios” son estudiantes de la carrera de derecho que están en proceso formativo, cerca de terminar la carrera. La tarea que tenían era la de respaldar a los secretarios de estudio y cuenta en la elaboración de las sentencias. Este hecho tiene repercusiones porque se deja de tener secretarias y mecanógrafas que toman nota de lo que dice el secretario y en su lugar aparecen estudiantes de derecho que van a apoyar la construcción de las sentencias, con habilidades y conocimientos distintos. Los primeros “chiquis” fueron estudiantes de derecho que en su mayoría el ministro conocía de sus clases en el ITAM.

Actualmente todos los secretarios de estudio y cuenta se acompañan en su trabajo de estudiantes de derecho o recién graduados en derecho que los ayudan en la construcción de las sentencias judiciales. Trabajar con un secretario de estudio y cuenta también abre la puerta para ingresar después como secretario, es un proceso formativo que depende sobre todo de la reputación del juez con el que trabajaron y con el secretario que estuvieron. Es decir, los jueces pueden seleccionar secretarios tomando en cuenta la reputación de su anterior jefe.

Un ejemplo de este proceso es el equipo de trabajo de Gutiérrez Ortiz Mena donde existe un número importante de ex colaboradores del ministro Cossío: Miguel Antonio Núñez Valadez, David García Sarubbi, Patricia del Arenal Urueta. Todos comenzaron como “chiquis”, con Cossío y trabajaron con los secretarios externos Roberto Lara y Francisca Pou. Destaca que el ministro Cossío incluso les dirigió la tesis de licenciatura en el ITAM a dos de ellos.

A la ponencia de Javier Laynez también llegó gente que había estado en la ponencia de José Ramón Cossío. Por ejemplo, José Omar Hernández Salgado quién había sido muchos años colaborador de Raúl Mejía en la ponencia se incorporó como secretario de estudio y cuenta.

Del equipo de trabajo de Javier Mijangos ex colaborador de la ponencia del ministro Zaldívar, dos de sus colaboradores (“chiquis”) después se volvieron secretarios de estudio y cuenta, uno en la ponencia de Arturo Zaldívar (Arturo Guerrero Zazueta).

Conclusiones: Un modelo de ponencia y el perfil de los secretarios

Los primeros aliados de los jueces en la SCJN son sus secretarios de estudio y cuenta porque son los abogados con los cuales se apoyan en la elaboración de las sentencias judiciales. Los secretarios cumplen con tres funciones: incorporación de distintas miradas a los problemas jurídicos, reducen los costos de aprendizaje de las rutinas de las cortes y son fuentes de información para difundir nuevas ideas jurídicas. De acuerdo con la base de datos cada juez decide y equilibra de distinta forma estas tres funciones.

Actualmente las ponencias de los jueces de la SCJN están integradas por secretarios de estudio y cuenta con diferentes trayectorias profesionales y académicas. Existe en la SCJN una variación importante en cada ponencia porque cada juez selecciona a sus colaboradores bajo distintos criterios. Pero la propuesta teórica y la base de datos construida me permite ubicar rasgos en común de los secretarios y de las ponencias.

Hay un modelo de ponencia que incorpora secretarios de carrera judicial y externos al Poder Judicial. El perfil que predomina es el de carrera judicial, pero hay presencia de abogados externos que trabajan en la SCJN. Hay mujeres en todas las ponencias de la SCJN y en algunas ponencias son más que los hombres (Margarita Luna Ramos, José Ramón Cossío) pero aún no hay paridad en todas las ponencias.

Los secretarios de estudio y cuenta de la SCJN son abogados formados en las principales escuelas de derecho de la Ciudad de México (UNAM, ITAM, Escuela Libre de Derecho) y en las universidades públicas estatales. La mayor parte de secretarios externos al Poder Judicial tienen estudios de maestría y/o doctorado fuera del país en universidades de España, Estados Unidos y Reino Unido. Todos los secretarios que tienen doctorado lo estudiaron en España. Ningún secretario tiene estudios de posgrados o especialidad en América Latina.

En los procesos de selección los jueces muestran preferencia por los egresados de la escuela donde estudiaron o trabajaron antes de llegar a la SCJN. El mecanismo que predomina para ingresar como secretario se sostiene en relaciones y recomendaciones en el mundo del derecho. También existe un modelo de concursos de selección cerrado al interior del Poder Judicial que organiza el Consejo de la Judicatura. En el Poder Judicial hay un proceso formativo de estudiantes de derecho que trabajan en la SCJN como asistentes de secretarios de estudio y cuenta con determinado prestigio que después se vuelven secretarios con otros jueces.

El estudio de los secretarios de estudio y cuenta y la organización interna de la SCJN es un pendiente en los estudios sobre conducta judicial. El principal tema que es necesario analizar es el impacto y la influencia que tienen los secretarios en la construcción de las sentencias judiciales, en la visión del juez y señalar la forma y los mecanismos en los que influyen. También es necesario conocer la forma en la que los jueces administran sus ponencias, cómo delegan las tareas entre los secretarios, cuál es la forma de relacionarse, el criterio para asignar la dictaminación y elaboración de las sentencias y votos particulares. La variación que muestra la base de datos sobre los secretarios de estudio y cuenta en cada ponencia es necesario explicarla y poner a prueba distintas hipótesis. Este trabajo sirve para resaltar la heterogeneidad que existe en la SCJN y mostrar una fotografía actual de los abogados que laboran en la SCJN.

También es necesario trazar la historia y el cambio en los deberes del secretario de estudio y cuenta en la SCJN. Conocer quiénes eran, cómo llegaban a la corte, su trayectoria profesional, y los mecanismos de selección.

Bibliografía

Ansolabehere, Karina (2010), “More power, more rights? The Supreme Court and society in Mexico”. In Javier Couso, Alexandra Huneeus Rachel Sieder. Cultures of legality: Judicialization and political activism in Latin America (pp. 78-111). New York: Cambridge University Press. [ Links ]

Baum, Lawrence (2009), Judges and their audiences: A perspective on judicial behavior. Princeton: Princeton University Press. [ Links ]

______. & Corey Ditslear C (2010), “Supreme Court clerkships and "feeder" judges”. The Justice System Journal, 31(1), 26-48. [ Links ]

Black, Ryan & Boyd Christina (2012), “The role of law clerks in the U.S. Supreme Court´s Agenda-Setting Process. American Politics Research. 40(1) 147-173. DOI. https://doi.org/10.1177/1532673X11401814. [ Links ]

Blake William, Hacker Hans, Shon Hopwood (2015), “Seasonal Affective Disorder: Clerk Trainin and the success of Supreme Court Certiorari petitions”. Law and Society Review. 49 (4) 973-997. DOI https://doi.org/10.1111/lasr.12165. [ Links ]

Bonica, Adam, Chilton Adam, Goldin, Jacob, Rozema, Kyle Rozema, Maya Sen, (2016), “Do law clerks influence: Voting on the Supreme Court?” Coase-Sandor Working Paper Series in Law and Economics, 790. 1-68. [ Links ]

Castagnola, Andrea. y López Saúl (2016), “¿Son los ministros verdaderos árbitros entre las elites políticas?” En Andrea Castagnola y Saúl. López. El rol de la Suprema Corte en la Consolidación Democrática de México. (pp107-144): Tirant lo blanch-IIJ UNAM. [ Links ]

Cortez Salinas, Josafat (2014), “Análisis cualitativo comparado. Las decisiones de la Suprema Corte de Justicia contra el Ejecutivo en México” Revista Mexicana de Sociología, 76(3): 413-439. http://dx.doi.org/10.22201/iis.01882503p.2014.3.46445. [ Links ]

______. (2017) Los cambios en las decisiones de la SCJN en materia de derechos humanos: un rastreo de procesos. México: FLACSO-México. Tesis de doctorado. [ Links ]

Cossío, José (1996), Cuadernos para la reforma judicial: Jurisdicción federal y carrera judicial en México. México: UNAM-IIJ. [ Links ]

Couso, Javier (2010), “The transformation of constitutional discourse and the judicialization of politics in Latin America”. In Javier Couso , Alexandra Huneeus Rachel. Sieder, Cultures of legality: Judicialization and political activism in Latin America (pp. 141-160). New York: Cambridge University Press. [ Links ]

______ & Hilbink, Lisa (2010), “Del quietismo al activismo incipiente: las raíces institucionales e ideológicas de la defensa de los derechos en Chile”. En G. Helmke. y J. Ríos Figueroa. Tribunales constitucionales en América Latina (169-208). México: Poder Judicial de la Federación. [ Links ]

Cuéllar Angélica (2014), La SCJN: sus ministros, la política y el agravio social. México, FCPyS/UNAM. [ Links ]

Dezalay, Yves. & Garth Bryant (2006), “De élite divida a profesión cosmopolita: los abogados y las estrategias internacionales en la construcción de la autonomía del derecho en México”. En Héctor Fix-Fierro. Del gobierno de los abogados al imperio de las leyes: estudios sociojurídicos sobre educación en el México contemporáneo (pp. 185-254). México: UNAM-IIJ. [ Links ]

Díaz Romero Juan, (2006). Los días humanos del ministro Juan Díaz Romero, México: Poder Judicial de la Federación. [ Links ]

Epstein, Lee. & Knight Jack (2013), “Reconsidering judicial preferences”. Annual Review of Political Science, 16, 11-31. DOI. https://doi.org/10.1146/annurev-polisci-032211-214229. [ Links ]

______ (1998), The choices justices make, D. C: Congressional Quaterly Press. [ Links ]

Finkel, Jodi (2005), “Judicial reform as insurance policy: Mexico in the 1990s”. Latin American Politics and Society, 47(1), 87-113.DOI https://doi.org/10.1111/j.1548-2456.2005.tb00302.x. [ Links ]

Garoupa Nuno & Ginsburg, Tom (2015), Judicial reputation: A comparative theory. Chicago: University of Chicago Press. [ Links ]

Gillman, H (2001), “What’s law got to do with it? Judicial behavioralists test the “legal model” of judicial decision making”. Law & Social Inquiry, 26(2), 465-504. [ Links ]

González Ocantos, Ezequiel (2016), Shifting legal visions: Judicial change and human rights trials in Latin America. New York: Cambridge University Press . [ Links ]

Helmke, Gretchen. y Ríos Figueroa, Julio (2010), Tribunales constitucionales en América Latina. México: Poder Judicial de la Federación . [ Links ]

Hilbink, Lisa (2014), Jueces y política en democracia y dictadura. Lecciones desde Chile. México: FLACSO. [ Links ]

Ingram, Matthew (2016) Netword Justices, “Judges, the diffusion of Ideas, and legal reform movemens in Mexico”. Journal of Latin American Studies, (48), 739-768.DOI https://doi.org/10.1017/S0022216X16001486. [ Links ]

Kapiszewski, Diana (2012), High Courts and economic governance in Argentina and Brazil. New York: Cambridge University Press . [ Links ]

______. & Taylor, Matthew (2008) “Doing courts justice? Studying judicial politics in Latin America”. Perspectives on Politics, 6(4), 741-767. DOI. https://doi.org/10.1017/S1537592708081899 [ Links ]

Christopher Kromphardt C. (2015), “US Supreme Court Law Clerks as information sources” Journal of law and courts. 3 (2), 277-304. DOI https://doi.org/10.1086/682136. [ Links ]

Landau, David (2015), Beyond Judicial Independence: The Construction of Judicial Power in Colombia. Doctoral dissertation. Harvard University. [ Links ]

López Medina, Diego (2006), El derecho de los jueces. Bogotá, Colombia: Legis. [ Links ]

______ (2004), Teoría impura del derecho: la transformación de la cultura jurídica latinoamerica. Bogotá, Colombia: Legis. [ Links ]

Madrazo, Alejandro. & Vela, Estefanía (2011), “The mexican Supreme Court’s (Sexual) revolution?” Texas Law Review, 89(7), 1863-1893. [ Links ]

Magaloni, Ana (2006), ¿Cómo estudiar derecho desde una perspectiva dinámica? México: CIDE. Documento de trabajo # 19. [ Links ]

______ (2007), ¿Por qué la Suprema Corte no ha sido un instrumento para la defensa de derechos fundamentales? México: CIDE. Documento de Trabajo #25. [ Links ]

Pérez Perdomo, Rogelio (2012), Gente del derecho y cultura jurídica en América Latina. México: UNAM-IIJ. [ Links ]

Peppers, Todd (2006), Courtiers of the Marble Palace: The Rise and Influence of the Supreme Court Law Clerk. Stanford Law and Politics. [ Links ]

______ & Artemus Ward (2013), In Chambers: Stories of Supreme Court Law Clerks and Their Justices. University of Virginia Press. [ Links ]

Ríos Figueroa, Julio (2007), “Fragmentation of power and the emergence of an effective judiciary in Mexico” 1994-2002. Latin American Politics and Society, 49(1), 31-57. DOI https://doi.org/10.1111/j.1548-2456.2007.tb00373. [ Links ]

Ríos Figueroa, Julio & Pozas Loyo, Andrea. (2010), “Enacting constitutionalism. The origins of independent judicial institutions in Latin America”. Comparative Politics, 42(3), 293-311.DOI https://doi.org/10.5129/001041510X12911363509710. [ Links ]

Ríos Figueroa, Julio (2012), “Sociolegal studies on Mexico”. Annual Review of Law and Social Science, 8, 307-321.DOI https://doi.org/10.1146/annurev-lawsocsci-102811-173928. [ Links ]

Ríos Figueroa, Julio (2016), Constitutional Courts as Mediators. Armed conflict, civil military relations, and the rule of law in Latin America. New York: Cambridge University Press. [ Links ]

Segal, Jeffrey, Harold Spaeth (2002), The Supreme Court and the attitudinal model revisited. Cambridge, UK: Cambridge University Press. [ Links ]

Ward, Artemus and David Weiden (2006), Sorcerers’ Apprenticies: 100 Years of Law Clerks at the United States Supreme Court. New York University Press. [ Links ]

Sitios Consultados

Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sentencias y datos de expedientes. https://www.scjn.gob.mx/sistema-de-consulta/#/. [ Links ]

Convocatoria para ocupar una plaza de Secretario de Estudio y Cuenta en la Ponencia del Señor Ministro José Fernando Franco González Salas. http://www.ijf.cjf.gob.mx/concursos/2013/SrioEstCta_FrancoGlez/Convocatoria.pdf. [ Links ]

Documentos y Oficios

Acuerdo del Tribunal del Pleno del 10 de marzo de 1998. SCJN Número 2/2998. [ Links ]

Acuerdo General Número 2/2008 del 10 de marzo del Pleno de la SCJN. [ Links ]

Acuerdo General 10/2007 tres de mayo de 2007 del Pleno de la SCJN. [ Links ]

Comunicado 131/2014. Dirección General de Comunicación y vinculación social. 2 de septiembre. [ Links ]

Versión estenográfica de la Sesión Pública Solemne conjunta de los plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Consejo de la Judicatura Federal y de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Celebrada el jueves 5 de noviembre de 2009. [ Links ]

1 Sesión Pública Solemne conjunta de los plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Consejo de la Judicatura Federal y de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Celebrada el jueves 5 de noviembre de 2009.

2 Entrevista en la Ciudad de México. 18 de agosto de 2016.

3 Este esquema de trabajo disciplinado se complementaba con dos mecanógrafas por cada secretario como parte de su cuerpo de apoyo en sus labores. Los secretarios les dictaban las sentencias a las secretarias.

4 Entrevista en la Ciudad de México. 6 de mayo de 2016.

5 Para considerar a los secretarios internos se tomó en cuenta si su anterior puesto fue en el Poder Judicial los 3 años previos a su contratación en la SCJN. Externos aquellos que su anterior cargo no estuvo en la estructura del Poder Judicial.

6 Acta de la Sesión Celebrada el lunes 13 de octubre de 2003 por el Comité de Publicaciones y Promoción Educativa de la SCJN.

7 Convenio Específico de Colaboración para la realización de estudios de doctorado en derecho para Secretarios de Estudio y Cuenta entre la SCJN y la Facultad de Derecho de la UNAM. 19/02/2006.

8 Acta de la Sesión Celebrada el lunes once de julio de 2005, por el Comité de Publicaciones y Promoción educativa de la SCJN.

Recibido: 11 de Junio de 2018; Aprobado: 11 de Diciembre de 2018

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