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Política y gobierno

versión impresa ISSN 1665-2037

Polít. gob vol.26 no.1 Ciudad de México ene./jun. 2019  Epub 26-Jun-2020

 

Artículos

Crónica de una elección anunciada. Las elecciones judiciales de 2017 en Bolivia

Chronicle of an Election Foretold: The 2017 Bolivian Judicial Elections

Traducción:

Ana Inés Fernández Ayala

* Profesora-adjunta en el departamento de Ciencia Política de la Universidad Estatal de Florida, 531 Bellamy Building, Tallahassee, FL, 32306, EUA. Tel: 850 644 1387. Correo-e: adriscoll@fsu.edu.

† ** Profesor-adjunto en el departmento de Ciencia Política de la Universidad Estatal de Pensilvania, 203 Pond Laboratory, University Park, PA 16802, EUA. Tel: 814 863 8346. Correo-e: mjn15@psu.edu.


Resumen:

El día 3 de diciembre de 2017, los electores bolivianos fueron a las urnas para votar directamente por sus jueces y magistrados nacionales. Bolivia es el único país en la historia del mundo moderno que utiliza elecciones para seleccionar a sus jueces de jurisdicción nacional, las elecciones de 2017 son las segundas de este tipo y han generado mucha polémica. Aquí informamos sobre esta elección y afirmamos que, aunque haya cumplido formalmente con la Constitución Plurinacional, el gobierno del Movimiento al Socialismo (MAS) limitó sistemáticamente la capacidad del pueblo boliviano de expresar su voluntad electoral. Los votantes registraron su descontento anulando más papeletas que en cualquier otra elección en la historia boliviana. Al analizar datos originales de una encuesta de opinión pública y los resultados electorales a nivel municipal, demostramos que la posición en la papeleta electoral explica más que las características o las calificaciones profesionales de los candidatos que ganaron, mientras que votar en blanco o anular el voto fue una expresión de insatisfacción con el proyecto político más amplio del MAS.

Palabras clave: elecciones judiciales; voto nulo; Bolivia; democracia

Abstract:

On December 3, 2017, Bolivian voters went to the polls to vote for their national judges. Bolivia is the only country in modern world history to use direct elections to select its judges, and the adoption and implementation of these elections has been highly contentious. We report on this election and contend that though formally compliant with the Bolivian Constitution, the MAS supermajority used its powers to limit the ability of the public to make its voice heard in an electorally meaningful way. Voters registered their discontent by spoiling more ballots than in any election in Bolivian history. Relying on original survey data as well as municipal-level election returns, we demonstrate that candidates' electoral fates in this election were tied more closely to their position on the ballot than their ascriptive characteristics or professional qualifications, and voters' decisions to cast spoiled votes correlate strongly with their dissatisfaction with the broader MAS political project.

Keywords: judicial elections; null vote; Bolivia; democracy

Introducción

En octubre de 2011, Bolivia tomó su lugar en los anales de la historia moderna cuando los electores bolivianos acudieron a las urnas a elegir directamente a sus jueces de jurisdicción nacional. La temprana experiencia boliviana con esta innovación institucional ofrece un ejemplo profético de las promesas y retos del "nuevo" constitucionalismo latinoamericano (Gargarella, 2011, 2016; Nolte y Schilling Vacaflor, 2016). La adopción de elecciones judiciales directas coincidió con un giro mundial de "democratizar" los procedimientos de selección judiciales al expandir el alcance de los actores políticos involucrados en la selección de autoridades judiciales para incluir a profesionales legales, académicos y a la sociedad civil en general (Garoupa y Ginsburg, 2009; Ríos Figueroa, 2011; Driscoll y Nelson, 2012, 2015). En el caso de Bolivia, fuerzas convergentes vieron la elección directa de jueces como pieza integral de una revolución social más amplia en la cual se refundó el país como Estado Plurinacional de Bolivia, donde se reafirmó con éxito la soberanía de las etnias indígenas bolivianas, y donde la crisis de representación que enfrentaba el gobierno nacional por fin terminó (VanCott, 2000; Anria, 2016; Wolff, 2016). Los reformadores creían que la elección directa de jueces inyectaría nueva vida y legitimidad a un sistema judicial tan criticado, y le otorgaría mayor autonomía, independencia y capacidad institucional.

El 3 de diciembre de 2017, los bolivianos acudieron a las urnas a elegir directamente a sus autoridades judiciales nacionales por segunda vez.1 Al igual que con la elección inaugural, y siguiendo la Constitución de 2009, el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) distribuyó información sobre los candidatos antes de la elección, pues las campañas a favor o en contra de algún candidato estaban prohibidas. Aunque se reportaron algunas irregularidades menores, los observadores internacionales confirmaron que los procesos se habían llevado a cabo competentemente sin incidentes, y calificaron al proceso electoral libre y justo. Como en el año 2011, el partido gobernante felicitó a los electores bolivianos por su participación en la elección de sus jueces nacionales, afirmando que el proceso de elección directa de los jueces nacionales era intrínsecamente más legítimo que el antiguo, cuando era asunto exclusivo de la legislatura nacional.

Visto en el panorama más amplio de la política boliviana, este optimista hecho ocultó un escenario mucho más sombrío. Sólo cinco días antes de las elecciones judiciales de 2017, los magistrados en turno del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) derogaron la prohibición constitucional sobre el límite temporal para los funcionarios de elección popular, lo que dejó el camino libre al presidente en turno, Evo Morales, para competir en las elecciones de 2019. Si resulta elegido, sería su cuarto periodo consecutivo en el cargo y, por lo tanto, extendería la posición hegemónica del Movimiento al Socialismo (MAS) en su segunda década en la presidencia.2 El dominio del TCP no sólo desoyó la Constitución, sino que su decisión fue en contra de los resultados del referéndum constitucional de 2016, donde la mayoría absoluta de bolivianos votó en contra de una reforma constitucional para permitir la reelección presidencial.3 Tras esta relevante decisión, los electores bolivianos volvieron a acudir a las urnas para elegir a los nuevos jueces; una supermayoría de los electores (65.8%) votaron en blanco o anularon su voto deliberadamente (Driscoll y Nelson, 2014).

Muchos consideran, incluidos los funcionarios del OEP, que el voto nulo fue un reflejo de la insatisfacción ciudadana con la decisión del TCP y una objeción abierta a las intenciones declaradas del presidente Morales de volver a contender en 2019. Los observadores también resaltan que, en comparación con las elecciones judiciales de 2011, los resultados de la elección de 2017 llevaron a menos candidatas mujeres e indígenas a los escaños de las cortes nacionales que antes. Por su parte, el partido dominante tiene poco que decir sobre el resultado o sobre la gran proporción de votos nulos, y en cambio se ha enfocado en sus propios prospectos electorales, con el presidente Morales muy cómodo al timón.

Aunque las elecciones judiciales se proclamaron originalmente como una forma de expandir la representación de los juristas indígenas y mujeres, y para llenar las cortes de apoyo público y legitimidad, estas especulaciones ensombrecen tales aspiraciones. Tomamos esos objetivos y observaciones como punto de partida para evaluar sistemáticamente los resultados de las elecciones judiciales bolivianas de 2017 para llenar los puestos vacantes en el Tribunal Constitucional Pluri-nacional. Primero evaluamos los resultados de los votos válidos, identificando los determinantes procedimentales e institucionales del éxito de los candidatos victoriosos, y describimos sus consecuencias para la composición resultante del Tribunal Constitucional. Después pasamos a un análisis sistemático del voto nulo y evaluamos la hipótesis de que los altos niveles de anulación deliberada de votos están fundados en la insatisfacción con el proyecto de la campaña de reelección del presidente Morales. Al analizar tanto los resultados electorales como los datos de encuestas sobre la intención de voto de los ciudadanos en las elecciones judiciales, afirmamos que el voto nulo refleja que los electores bolivianos desaprueban la reelección presidencial. Además, el apoyo al presidente Morales se ha erosionado entre los votantes indígenas, un grupo que ha sido central para sus éxitos electorales (Anria y Cyr, 2017; Driscoll, 2017). Aunque el presidente Morales haya afirmado que volver a contender por la presidencia es su destino, y que, al hacerlo, simplemente está cumpliendo los deseos de la mayoría de los bolivianos (Página Siete, 2017b), argumentamos que los resultados de la elección indican que muchos electores bolivianos no están satisfechos con el statu quo político. A pesar de la promesa de "democratizar" las cortes nacionales, nuestra investigación sugiere que las elecciones de las autoridades judiciales nacionales en Bolivia han consolidado el control del Ejecutivo sobre un Poder Judicial ya débil, y que han puesto a las cortes de lleno en la mira del conflicto político que define al orden constitucional posliberal boliviano (Gargarella, 2011; Wolff, 2016; Whitehead, 2016).

Elecciones judiciales bolivianas: de 2009 a 2017

Empezamos por revisar las motivaciones citadas para implementar esta reforma constitucional histórica y describimos algunos rasgos básicos del procedimiento de las elecciones judiciales en Bolivia. Con la ratificación de la Constitución en 2009, Bolivia se convirtió en el primer país del mundo moderno en constitucionalizar la elección directa de sus jueces nacionales.4 Al igual que con la adopción de las elecciones judiciales directas en la Francia revolucionaria (Haynes, 1944), en las naciones centroamericanas postindependencia y en los estados de Estados Unidos, la decisión de elegir jueces directamente en Bolivia refleja una desconfianza más general del statu quo político, y un giro hacia los mecanismos de democracia directa (Shugerman, 2010; Driscoll y Nelson, 2013).5 Dejar el destino de los candidatos judiciales directamente en manos de los electores -afirman los reformadores populistas- asegura la elección de juristas más cercanos a la sociedad boliviana, lo que les dará incentivos para responder a los electores que los llevaron al poder, independientemente de la influencia partidista o política (Delgado citado en Chivi, 2010).

En octubre de 2011, los electores bolivianos eligieron directamente a sus jueces nacionales para el Tribunal Constitucional Plurinacional, el Consejo de Magistratura y el Tribunal Agroambiental (Driscoll y Nelson, 2012, 2015). La Constitución de 2009 exige que todos los candidatos judiciales sean preseleccionados y aprobados por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para poder contender en la elección. La ALP evalúa públicamente las credenciales meritocráticas de los aspirantes y asegura el cumplimiento de las cuotas legales de género y etnia. El último requerimiento para la preselección del candidato es una aprobación de dos tercios de la ALP bicameral para todos los candidatos. Entonces, todas las facetas de la administración electoral se delegan al Órgano Electoral Plurinacional, encargado del diseño de las boletas y de todos los aspectos de las campañas informativas. Todas las campañas, proselitismo y maquinarias para conseguir votos a favor o en contra de algún candidato en particular están explícitamente prohibidas, con el fin de que el público elector boliviano haga una consideración objetiva y meritocrática de los candidatos. En Bolivia el voto es obligatorio; en las elecciones judiciales, los electores tienen que seleccionar al candidato de su preferencia, votar en blanco o anular el voto (Driscoll y Nelson, 2012). El proceso electoral inaugural se caracterizó por una alta incertidumbre entre los votantes y un boicot abierto del proceso por parte de la oposición política. No obstante, 42.1 por ciento de los electores bolivianos emitieron votos válidos para los candidatos judiciales de su preferencia, y eligieron directamente a una lista de candidatos que constituirían la corte nacional más diversa en la historia del hemisferio occidental (Driscoll y Nelson, 2014, 2015).6

Una comparación cercana del proceso y resultado de las primeras dos contiendas electorales revela dos similitudes entre 2011 y 2017, y una gran diferencia. Primero, y al igual que con el proceso electoral en 2011, el MAS ejerció un duro control sobre el proceso de nominación de candidatos para asegurar que todos los candidatos de la lista fueran aceptables para el partido dominante. En consecuencia, buena cantidad de los juristas y magistrados que asumieron sus cargos en 2018 tienen lazos directos con el partido en el gobierno (Página Siete, 2018). Segundo, las reformas electorales que reestructuraron tanto la asignación de escaños para magistrados como el diseño de las boletas influyeron en la elección de magistradas mujeres e indígenas en la elección de 2017, lo que llevó a una reducción de la proporción de magistradas constitucionales mujeres o de minoría étnica. Tercero, el único indicador del éxito electoral entre los candidatos judiciales de 2017, y uno de los indicadores más fuertes de la elección de 2011, fue su lugar en la boleta, posición determinada por un proceso aleatorio.

Control de procedimiento para la selección de candidatos

En términos procedimentales, el proceso electoral de 2017 fue similar a las elecciones judiciales de 2011.7 En 2011 y en 2017, el proceso de preselección de candidatos se caracterizó por una falta de transparencia y de involucramiento de la oposición, y estuvo regulado sobre todo por líderes del MAS. Aunque el liderazgo del partido descartó en general la recomendación de la oposición de involucrar observadores internacionales en el proceso de selección de candidatos (Página Siete, 2017c; Rojas, 2017), los primeros bocetos del proceso de preselección de candidatos formalizaron el involucramiento de la sociedad civil, y se invitó a representantes del Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana (CEUB) a trabajar en conjunto con la ALP para seleccionar y evaluar a los candidatos judiciales. Formado por académicos y distinguidos profesores de derecho, el CEUB sería responsable de verificar la experiencia educativa y profesional de los candidatos, así como de diseñar y calificar un examen escrito que debían presentar los candidatos.8 El intento por institucionalizar la imparcialidad y la revisión externa se empezó a desgastar cuando el rector de la mayor universidad del país retiró el apoyo de su institución del panel revisor del CEUB, alegando que no tendría la conciencia tranquila si tomara acciones que volvieran a su institución "cómplice de manipulación política" (ANF, 2017b; Los Tiempos, 2017e).

En ambas elecciones, otro reto más fundamental del proceso de preselección de candidatos fue simplemente la falta de candidatos, problema que se volvió incluso más agudo a la luz de los requerimientos estatutarios para la inclusión de mujeres e indígenas en las boletas (La Razón, 2011; Los Tiempos, 2017d). Sólo dos días antes de la fecha límite oficial para el registro de candidatos ante la ALP, únicamente 23 aspirantes a candidatos (de un mínimo requerido de 96) habían completado el papeleo, lo que obligó a los líderes del MAS a extender la fecha límite dos semanas más (Los Tiempos, 2017a). Finalmente, la escasez de candidatas mujeres e indígenas llevó a la ALP a cambiar el calendario electoral oficial, reprogramó las elecciones, previstas para el 22 de octubre, hasta el 3 de diciembre, y relajó la interpretación de los estatutos sobre las cuotas de género y etnia para ajustar los requisitos legales (ANF, 2017a). En lugar de exigir 50 por ciento de mujeres y al menos un candidato indígena para cada una de las nueve boletas departamentales (Ley 960 del 23 de junio de 2017) la ALP interpretó la cuota de género y étnica para el total de los candidatos, sin importar su distribución geográfica. El liderazgo del MAS, por su parte, afirmó que relajar los requisitos permitiría dar prioridad a las consideraciones meritocráticas (Los Tiempos, 2017c).

El proceso de preselección de candidatos concluyó el 31 de agosto. En una sesión que duró casi 30 horas, la ALP aprobó la lista de candidatos judiciales bajo una línea de voto partidista estricta. Como sucedió con el proceso de preselección de candidatos de 2011, la decisión de los candidatos que serían finalmente aprobados estuvo unilateralmente en manos de los líderes del partido, pues los nombres circularon hacia los congresistas de menor rango antes del voto legislativo (Eju!TV, 2011; Página Siete, 2017a; Carvajal, 2017). Los miembros de la oposición de la legislatura se abstuvieron por completo en la votación por los nominados, y usaron la sesión maratónica para lanzar oficialmente la campaña por el voto nulo en las elecciones judiciales generales. Con los candidatos judiciales elegidos por completo por la ALP y finalmente aprobados, las elecciones generales estaban listas para comenzar.

Se pueden sacar varias moralejas del proceso de preselección de candidatos de 2017. Como sucedió en 2011, la oposición condenó el proceso por falta de transparencia y de involucramiento de la oposición. Aunque haya habido intentos por institucionalizar un papel para supervisar el proceso, académicos y expertos cuestionaron la credibilidad y la sinceridad del intento (Layme, 2017e; Los Tiempos, 2017e). No obstante, el control supermayoritario del MAS de la ALP bicameral significa que el partido en turno estaba actuando bajo su derecho constitucional de llevar a cabo el proceso de selección de candidatos sin aportes de la oposición. Segundo, aunque los opositores hayan criticado a los congresistas del MAS por votar por la lista de candidatos tal como fue aprobada por los líderes del partido, los líderes del MAS no se equivocan al afirmar que esto no está fuera de la norma (Carvajal, 2017). La línea partidista estricta (que haya disciplina o cohesión en el partido) es la norma de la política legislativa contemporánea en Bolivia, y es común en muchos países cuyos legisladores electorales tienen incentivos para satisfacer a sus líderes de partido (Morgenstern, 2004; Carey, 2007).

Tercero, los dos hechos previos se unen para informar nuestra evaluación de los candidatos que finalmente fueron seleccionados por los votantes bolivianos en las elecciones de diciembre de 2017. Aunque haya sido totalmente constitucional y entrara bien dentro de la práctica estándar de la política boliviana contemporánea, la nominación unilateral de los candidatos judiciales por parte de los líderes del partido dominante sugiere que todos esos candidatos eran similares desde una perspectiva partidista (Layme, 2017a), todos fueron elegidos únicamente por el partido dominante, de forma unánime y por un voto supermayoritario, sin apoyo de la oposición.

Reformas electorales y diseño de las boletas

En los meses previos a las elecciones judiciales, la ALP, controlada por el MAS, aprobó cambios a las leyes electorales que regían la preselección y la elección de los candidatos judiciales nacionales. Tales reformas constituyen un segundo factor explicativo del resultado de las elecciones, y arrojan resultados fundamentalmente distintos en términos de representación descriptiva de los magistrados indígenas elegidos para la corte.9

El cuadro 1 resume las reglas electorales y la asignación de escaños del Tribunal Constitucional en 2017 y 2011. Hay varias diferencias notorias. Uno de los cambios más significativos fue la expansión del número de escaños del tribunal de siete a nueve. Aunque los candidatos se seleccionaran en un solo distrito nacional en 2011, la contienda de 2017 asignaba un escaño único a cada uno de los nueve departamentos subnacionales. Esta nueva distribución geográfica exigía que la ALP seleccionara a un total de 36 candidatos, así, los electores de cada departamento podían elegir entre cuatro candidatos. Al igual que antes, los candidatos con la mayoría de los votos válidos ganaron la contienda, y los segundos lugares eran designados como jueces suplentes, quienes podían llamarse para servir en caso de una vacante prematura. Un último cambio importante corresponde a la aplicación de la cuota de género y etnia: la primera revisión a la ley electoral (Ley 929) exigía que cada lista de candidatos departamentales tuviera 50 por ciento de mujeres y al menos un candidato indígena por departamento. La siguiente ley transitoria (Ley 960) relajó la estipulación y reinterpretó la cuota de género como 50 por ciento de candidatas mujeres en total, con cierto nivel no especificado de candidatos de procedencia indígena.

CUADRO 1 Selección de candidatos y asignación de escaños para el Tribunal Constitucional Plurinacional, 2017 y 2011 

Corte Distrito Candidaturas Escaños Votos Asignación de
escaños
Cuota de
género y etnia
Tribunal
Constitucional
Plurinacional
2017
Distrito a nivel
departamento
4 candidatos
por distrito,
total 36
9 magistrados
y 9 suplentes
Votantes eligen
a un candidato
de una
disposición de
2x2 en la boleta
departamental,
la posición de
los candidatos
es aleatoria
Los candidatos
con mayor
cantidad
de votos
válidos por
departamento
son nombrados
magistrados, el
segundo lugar
queda como
suplente
50 por ciento
mujeres de
todos los
candidatos
preseleccionados,
y algunos
indígenas

Tribunal
Constitucional
Plurinacional
2011

Distrito nacional

28 candidatos

7 magistrados
y 7 suplentes

Votantes
eligen a un
candidato de la
lista completa,
ordenada
aleatoriamente

Los 7 candidatos
con mayor
cantidad
de votos
válidos por
departamento
son nombrados
magistrados, los
siguientes 7 son
suplentes

50 por ciento
candidatas
mujeres con
al menos un
candidato
indígena por
lista

Fuente: Leyes electorales de 2017 descritas en la Ley núm. 929 del 27 de abril de 2017 y en la Ley núm. 960 del 23 de junio de 2017, de Bolivia. Leyes electorales de 2011 descritas en Driscoll y Nelson (2012).

El cuadro 2 reporta el resultado de las contiendas del Tribunal Constitucional Plurinacional en 2011 y 2017, como reporta el voto total oficial del OEP (18 de diciembre de 2017). Reportamos la proporción de voto que obtuvo cada candidato como función de los votos válidos totales (sin incluir votos nulos o en blanco) y como proporción de la participación total (incluyendo nulos y en blanco). El efecto de la reasignación de escaños del distrito nacional a los departamentos se ve claramente en las proporciones de voto de los candidatos en ambas contiendas: el promedio de la votación para los candidatos ganadores en 2017 fue de 36.43 por ciento, cifra sustancialmente superior a la de los candidatos elegidos a nivel distrital nacional en 2011.10 Mientras que las tan bajas proporciones de votación son críticas frecuentes a los magistrados constitucionales en turno, sobre todo tras su controvertida decisión sobre la reelección de los funcionarios elegidos; esta simple reforma podría evitar las críticas futuras.

CUADRO 2 Resultados de las elecciones de autoridades judiciales de 2017 y 2011, magistrados constitucionales 

Magistrado titular Votos válidos
(porcentaje)
Votos totales
(porcentaje)
Indígenas Género Afiliado al gob.
(reconocido)
2017
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano 48.56 15.59 No H
René Yván Espada Navia 39.34 17.23 No H
Karem Lorena Gallardo Sejas 38.34 15.15 No M
Georgina Amusquívar Moller 38.09 14.23 No M
Carlos Alberto Calderón Medrano 35.84 9.89 No H
Orlando Ceballos Acuña 34.19 11.87 No H
Petronilo Flores Condori 34.01 12.73 H
Julia Elizabeth Cornejo Gallardo 32.38 9.89 No M
Brígida Celia Vargas Barañado 27.19 9.57 No M

2011
Gualberto Cusi Mamani 15.70 6.61 H
Efrén Choque Capuma 10.57 4.45 H
Ligia Mónica Velásquez Castaños 7.26 3.06 No M
Mirtha Camacho Quiroga 5.95 2.50 No M
Ruddy José Flores Monterrey 5.77 2.43 No H
Neldy Virginia Andrade Martínez 5.25 2.21 No M
Soraida Rosaria Chánez Chire 5.08 2.14 M

Fuente: Elaboración propia con base en información de OEP (2017) y Driscoll y Nelson (2012).

Un gran cambio entre las elecciones de 2011 y de 2017 fue el declive en la representación de juristas de trasfondo indígena: los magistrados que se identificaban como indígenas ganaron 42 por ciento (3/7) de los escaños del tribunal en 2011, proporción que cayó a uno de cada nueve en la elección de 2017. Hay dos razones principales del declive. Primero, aunque la cantidad de candidatos autoidentificados como indígenas haya permanecido constante en ambas elecciones (siete en cada caso), el grado en el que esos candidatos anunciaron abiertamente su identidad indígena varió en ambas elecciones. En la contienda de 2011, cinco de siete candidatos indígenas anunciaron abiertamente su identidad mediante el atuendo: con sombreros, ponchos y chamarras que le indicaban inmediatamente al votante boliviano promedio que el candidato se identificaba con una comunidad indígena (Driscoll y Nelson, 2015). En 2017, tal fue el caso de sólo uno de los candidatos, e incluso la señal tomó la forma de un discreto estampado indígena en un chaleco más bien conservador (Layme, 2017f). Así, hubo menos candidatos que habrían parecido ser la elección lógica de los votantes que buscaban magistrados con base en ese criterio.

En segundo lugar, y más importante, el rediseño de la ley electoral que asignó escaños con base en el departamento, significó que para la mayoría de los votantes indígenas no había un candidato indígena en sus boletas departamentales. El texto original de la Ley 929 exigía la inclusión de candidatos indígenas en cada departamento, estipulación que se relajó en los estatutos subsiguientes para ajustarse al hecho de que la ALP carecía de aplicaciones suficientes de candidatos indígenas que también cumplieran con los requisitos meritocráticos tradicionales.11 De los nueve departamentos, sólo tres de las boletas departamentales (Beni, Cochabamba y Potosí) incluían algún candidato que se autoidentificara como indígena, y en cada una había más de uno de estos candidatos, lo que significaba que la fragmentación del voto indígena entre los múltiples candidatos en esos distritos era una posibilidad viable.12 Las poblaciones indígenas de esos departamentos constituyen en conjunto alrededor de 41.3 por ciento de la población indígena boliviana,13 lo que significa que una amplia mayoría (58.7%) de los indígenas bolivianos no tuvo la oportunidad de elegir a un juez que se autoidentificara como indígena.

Posición en las boletas

Un tercer factor decisivo para explicar los resultados de las elecciones judiciales de 2011 y 2017 es la posición de los candidatos en las boletas. En su análisis sobre los resultados de las elecciones judiciales de 2011, Driscoll y Nelson (2015) muestran que más allá de las identidades indígenas de candidatos y electores, el lugar de los candidatos en la boleta jugó un papel esencial para explicar la proporción relativa de voto para los candidatos. El efecto de la posición en la boleta en la contienda de 2011 fue especialmente fuerte debido a la gran cantidad de candidatos y a la boleta única a nivel nacional: un total de 28 candidatos judiciales se ubicaron aleatoriamente en una única columna en la boleta. En la siguiente sección, evaluamos el efecto de la posición en la boleta como indicador de la proporción de votos para cada candidato en la elección de 2017, en oposición a otras características demográficas o partidistas.

El éxito de los candidatos en las elecciones de 2017

Cualquier candidata para un cargo político trae consigo un portafolio de características, tales como sus cualificaciones formales, tendencias ideológicas y experiencias de vida únicas. En cualquier contienda electoral donde los electores eligen entre candidatos, los primeros deben sopesar sus consideraciones, aunque la importancia que cada votante le otorga a cualquier característica particular varía mucho entre votantes. Por ejemplo, algunos electores podrían escrutar cuidadosamente la experiencia y las cualificaciones profesionales, otros podrían valorar más la afiliación partidista del candidato, y otros más podrían elegir a los candidatos que compartan con ellos rasgos identitarios clave, como la etnia o el género.

Al mismo tiempo, uno de los hallazgos empíricos más robustos en el estudio del comportamiento político es que muchos votantes ignoran las facetas incluso más básicas de la política (Grönlund y Milner, 2006; Gallego, 2010). Para superar estas inconveniencias de información incompleta, los votantes se basan en atajos heurísticos o informativos para simplificar el cálculo político de la decisión de voto, como la afiliación partidista, la titularidad o las identidades de los candidatos. En consonancia, las elecciones judiciales bolivianas, con su entorno informativo estrechamente controlado, es un sitio bastante útil para entender cómo los votantes toman decisiones en ausencia de información. Nos basamos en investigaciones previas que documentan el éxito de los candidatos en ambientes con poca información, con atención especial en las investigaciones sobre elecciones judiciales (Baum, 1987; Hall, 2001; Hall y Bonneau, 2006; Bonneau y Hall, 2009; Rock y Baum, 2010). Empíricamente, analizamos la proporción de voto de los candidatos a nivel municipal, la cual explicamos como una función de la etnia, el género y las credenciales profesionales y políticas de los candidatos, así como de las identidades y de la afiliación política inferidas de los votantes en los municipios. Aunque nadie valoraría intrínsecamente la representación descriptiva, el deseo de representación descriptiva probablemente sea un factor decisivo entre la población que ha estado históricamente subrepresentada en el congreso. Por lo tanto, para entender el éxito de los candidatos, necesitamos evaluar las características de la lista de candidatos y del electorado; para esto, además de analizar los efectos directos de las características de los candidatos, también nos interesa el efecto condicional que tienen esas características en los votantes que más o menos "reflejan" al candidato en términos demográficos o de afiliación partidista.

Una motivación declarada para adoptar tales elecciones judiciales era la necesidad de diversificar el poder judicial para que reflejara mejor el carácter plurinacional del pueblo boliviano, prioridad que se reflejó en las cuotas de género y etnia que estipularon la inclusión de un conjunto diverso de candidatos en cada contienda electoral. En el contexto de las elecciones judiciales estadounidenses, los votantes reconocen que el género es un factor importante en sus cálculos para decidir, y las investigaciones han mostrado que el apoyo a candidatos negros decae con fuerza cuanto más blanca sea la concentración geográfica de un distrito (Hojnacki y Baum, 1992; Lovrich et al., 1988). Dada la prioridad declarada de la diversidad en el caso boliviano, junto con investigaciones previas que sugieren que las características de los candidatos demuestran ser determinantes del éxito de los candidatos en otros contextos, anticipamos que los candidatos indígenas podrían beneficiarse de su estatus minoritario en las elecciones bolivianas de 2017, pero sobre todo en municipios con alta concentración de votantes indígenas.

Aunque la Constitución boliviana de 2009 prohíba formalmente todo proselitismo y campaña política en las elecciones judiciales (artículo 181, sección 9), tanto en 2011 como en 2017 los medios de comunicación hicieron publicidad a las conexiones de muchos candidatos con el gobierno en turno y subrayaron sus experiencias como organizadores de partido, apoyo legislativo, asesores legales o funcionarios de bajo nivel (Semana Siete, 2011; Layme, 2017a). Ciertamente, la simple publicidad y el reconocimiento de nombres que dio este tipo de cobertura pueden bastar para aumentar la proporción de voto para los partidistas reconocidos del gobierno, pero particularmente en los distritos donde el MAS había tenido éxito electoral previo (Baum, 1987; Kam y Zechmeister, 2013). Especialmente, en su estudio sobre los estados de Estados Unidos, Rock y Baum (2010) demuestran que el nivel de voto partidista aumenta linealmente si los votantes tienen información sobre los candidatos, incluso en elecciones formalmente no partidistas (Baum, 1987).

Finalmente, la investigación existente demuestra que las cualificaciones formales de un candidato afectan los resultados de su elección; los candidatos con mayor educación y experiencia profesional tienen mejores resultados el día de la elección (Carson et al., 2007; Stone et al., 2004). Como los jueces tienen la función de interpretar la ley, su trabajo se distingue del de ejecutivos y legisladores por el conocimiento legal, la formación profesional y la experiencia técnica requerida. Aunque los críticos de las elecciones judiciales argumentan que los votantes carecen de información sobre las cualificaciones de los candidatos (Geyh, 2003), en el análisis empírico más exhaustivo sobre elecciones judiciales a la fecha Bonneau y Hall (2009; Hall y Bonneau, 2006) encuentran que la proporción de voto de los titulares de las supremas cortes estatales está inversamente relacionado con las cualificaciones profesionales de su contrincante, lo que sugiere que los votantes sí sopesan la experiencia profesional de los candidatos judiciales cuando las contiendas son importantes y hay bastante información.

Realizamos un análisis similar al de Driscoll y Nelson (2015), que reúne la información sobre proporción de voto para los candidatos de cada municipio con la información agregada sobre la composición sociodemográfica de los municipios. Para evaluar el efecto de los atributos políticos y sociodemográficos de los candidatos, codificamos una variedad de indicadores para los candidatos a partir de la información contenida en su currículum disponible en el sitio web de la ALP después del proceso de selección de candidatos. Registramos el género de los candidatos (mujer) y la etnia (autoidentificado indígena) como variables dicotómicas. Además, medimos las cualificaciones del candidato de dos formas. Primero, agregamos información sobre los logros educativos de los candidatos, incluyendo credenciales de licenciatura y posgrado, así como especializaciones, en una variable de conteo que evalúa la educación de cada candidato. Segundo, se codificó a los candidatos por su experiencia previa como juez, ya sea nacional o departamental. Por último, clasificamos a los candidatos por su experiencia previa como afiliado al gobierno si había tenido antes alguna posición en la rama ejecutiva, en la ALP o en la Asamblea Constitucional en cualquier momento desde 2005. Toda esta información se tomó de los currículum de los candidatos publicados por el OEP, que estaban disponibles para los votantes mediante las campañas informativas del Estado.

Más allá de la correlación de los atributos de los candidatos con su proporción de votos resultante, evaluamos el grado en el cual la posible demografía de los votantes se tradujo en el éxito electoral de algunos candidatos y no en el de otros. De acuerdo con esto, combinamos nuestros datos sobre las características de los candidatos y proporción de votos a nivel municipal con la información demográfica agregada sobre los distritos en los que se emitieron los votos. Para medir la concentración probable de los votantes indígenas, nos basamos en una medida de proporción de indígenas, que mide la proporción de ciudadanos mayores de cuatro años cuya primera lengua no sea el español (i.e. quechua, aymara, guaraní u otra lengua nativa) según el censo nacional de 2001.14 El segundo indicador de nivel distrital que incluimos, como medida de apoyo a nivel distrital para el gobierno, es la proporción de voto por el MAS en las elecciones presidenciales de 2014. Si resultara que la afiliación de los candidatos al partido del gobierno fuera un impulso electoral, esperaríamos que fuera así sobre todo en distritos con altas concentraciones de votantes previos del MAS.

El cuadro 3 reporta los estimados de un modelo lineal jerárquico de la proporción de voto de los candidatos a nivel municipal como función de la demografía, de las características políticas y profesionales de los candidatos, así como de cierta información política y demográfica de los votantes en los distritos donde compitieron tales candidatos. Aunque no se reporte aquí, incluimos intersecciones aleatorias para cada candidato (N = 36), para explicar las observaciones repetidas de los candidatos entre municipios del mismo departamento. La variable resultado, proporción de voto del candidato, tiene una distribución bastante normal entre 0 y 0.8, con una media de aproximadamente 0.25 y una mediana ligeramente por debajo de la media; la unidad de análisis es candidato-municipio.

CUADRO 3 Modelo lineal jerárquico de la proporción de votos de los candidatos a nivel municipal 

Variable dependiente: proporción de voto
por candidato
Representación descriptiva
Candidato autoidentificado como indígena 0.013
(0.046)

Proporción de indígenas

-0.009
(0.013)

Autoidentificado indígena x proporción de indígenas

0.030
(0.026)

Candidatas mujeres

-0.028
(0.032)

Representación política

Afiliado al gobierno 0.036
(0.050)

Proporción de voto al gobierno (2014)

0.004
(0.025)

Afiliado al gobierno x proporción de voto al gobierno

-0.018
(0.042)

Cualificaciones

Credenciales educativas del candidato 0.000
(0.008)

Experiencia judicial previa del candidato

0.010
(0.038)

Controles

Posición en la boleta -0.030 **
(0.014)

Constante

0.322 ***
(0.067)

Observaciones

1 303
Probabilidad logarítmica 1484.151
Criterio de información de Akaike -2942.302
Criterio de información bayesiano -2875.060

Fuente: La variable de resultado es la proporción de votos a nivel municipal por candidato tomada del sitio web de la OEP (2017); parte del voto del partido MAS de las elecciones presidenciales de 214 (Atlas Electoral de Bolivia, 2017); proporción indígena tomada del censo de población de 2001 (INE, 2002). Nota: Este modelo incluye intersecciones aleatorias para cada candidato. * p<0.1; ** p<0.05; *** p<0.01.

Al examinar la lista de coeficientes, encontramos poca evidencia sistemática de que las características profesionales o políticas de los candidatos estén sistemáticamente relacionadas con su éxito electoral. Ninguno de los coeficientes iniciales para nuestros indicadores demográficos (género o autoidentificación indígena) o profesionales (afiliado al gobierno, credenciales educativas o juez) son estadísticamente significativos, lo que significa que no podemos rechazar la hipótesis nula de no asociación estadística entre características del candidato y su proporción de votos. Los términos de interacción, que unen las características de los candidatos a la composición distrital, tampoco logran significancia estadística en toda la gama de variables de nivel distrito, hecho que se confirma en la gráfica 1. La falta de asociación para las credenciales profesionales y para la afiliación al gobierno no debe sorprender: como sucedió en 2011, éste era un ambiente electoral con extremadamente poca información, y es probable que muchos electores simplemente no hayan tenido acceso a la información como para diferenciar entre candidatos en este sentido (Driscoll y Nelson, 2014).15 Sin embargo, con los mismos criterios, Driscoll y Nelson (2015) reportan que los votantes indígenas resultaron decisivos en la elección de candidatos indígenas en la contienda de 2011. En 2017, esa misma dinámica no se mantuvo y, para la mayoría, no podía mantenerse.

Fuente:OEP (2017), Atlas Electoral de Bolivia (2017), INE, (2002). Nota: Ninguno de los efectos alcanza significancia estadística para ningún valor de las características asociadas al electorado. La variable resultado es proporción de voto para cada candidato a nivel municipal tomada del sitio web del OEP (2017), Atlas Electoral de Bolivia (2017) e INE (2002).

GRÁFICA 1 Efectos marginales de afiliación al gobierno y de autoidentificación indígena 

Un último punto para rescatar de nuestro modelo de regresión jerárquica se refiere al efecto de posición en la boleta. Driscoll y Nelson (2015), muestra que, más allá de los votos probables de los electores indígenas para candidatos indígenas, el indicador más fuerte de proporción de voto para candidatos en las elecciones judiciales de 2011 fue la posición en la boleta: los candidatos más cerca de la parte superior de la boleta aumentaron su proporción de voto entre 2 y 4 por ciento en todos los distritos, al compararlos con los ubicados en la parte inferior de la boleta. A la luz de que el orden de aparición en la boleta se estableció aleatoriamente, Driscoll y Nelson (2015) concluyen que un proceso aleatorio, junto con identificación indígena de candidatos y electores, fue un factor determinante en la elección de candidatos de 2011.

El rediseño de la boleta que se implementó para las elecciones de 2017 redujo mucho la cantidad de candidatos que los votantes tenían que considerar. Esta nueva boleta pudo haber sido ideada para remediar la abrumadora influencia del orden en la boleta, aunque ese factor no se citó como motivación primaria para el cambio de diseño de la boleta. Como podemos ver en el cuadro 3, la boleta rediseñada puede haber reducido, pero no eliminado por completo, tal efecto. Aunque el OEP no haya asignado o publicado los números de los candidatos en la campaña electoral de 2017, la posición de los candidatos en la boleta también se determinó aleatoriamente (Los Tiempos, 2017b). Cabe resaltar que los candidatos ubicados en el cuadrante inferior derecho de la boleta (posición 4), obtuvieron en promedio 12 por ciento menos votos que los ubicados en la parte superior izquierda de la boleta (posición 1), una diferencia enorme dado que los candidatos ganaban sólo si obtenían la mayoría del voto. De esta forma, como sucedió en 2011, más allá de la influencia que pudo ejercer el MAS en el proceso de selección de candidatos, el proceso de generación de datos que distingue a los candidatos victoriosos de los perdedores fue esencialmente aleatorio.

¿Qué podemos decir de una elección donde el orden de aparición en la boleta importe más que cualquiera de las características del candidato o del electorado? Es importante considerar los resultados de esta elección en concordancia con el proceso mediante el cual los electores pudieron emitir su voto, así como en el contexto de un panorama más amplio de la política boliviana contemporánea. Recuérdese que, a diferencia de muchas otras competencias electorales en el mundo, los candidatos son preseleccionados antes de aparecer en la boleta. El control supermayoritario del MAS de la legislatura bicameral, junto con una delegación legislativa sumamente disciplinada que aprueba a los nominados, les permitió a los líderes del MAS seleccionar candidatos judiciales unilateralmente, sin consultar con los miembros de la oposición. Así, todos los candidatos eran mínimamente aceptables para el partido del gobierno, sin importar qué candidatos se eligieran por la vía popular.

Mientras que el proceso de selección claramente benefició al gobierno en turno, trajo consigo otros costos políticos tangibles. Miembros de la oposición tradicional hicieron una llamativa campaña a favor del voto nulo, apelando a la exclusión y a las ventajas procedimentales del MAS como evidencia de un proceso electoral fundamentalmente ilegítimo y no democrático (Quiroga et al, 2017a, 2017b). Lo que es más, una amplia mayoría de electores bolivianos -mucho más de 35-40 por ciento del electorado boliviano que vota rutinariamente por los partidos de oposición- emitió votos en blanco o los anuló deliberadamente. En la siguiente sección tratamos de interpretar los votos blancos y nulos para evaluar el grado en el que estas formas de voto se fundaron en la insatisfacción con el régimen político actual. Pero como deja claro la discusión en marcha, las realidades procedimentales que favorecieron al MAS, junto con la abrumadora falta de información sobre los candidatos (Layme, 2017b), implica que incluso los electores que emitieron un voto válido por un candidato en especial no estaban -y de hecho no podían estar- muy informados sobre el resultado.

Votos válidos, votos nulos y votos para cambiar el statu quo

Que el éxito de los candidatos no estuviera atado a las características del candidato ni del electorado no implica que los votantes hayan tomado sus decisiones de manera aleatoria. Uno de los resultados más importantes de esta elección fue la cantidad sin precedentes de boletas anuladas deliberadamente: una mayoría absoluta de 50.9 por ciento de los votantes bolivianos anularon su voto en la contienda de 2017 para el Tribunal Constitucional Plurinacional, cifra que aumenta a 65.8 por ciento si se suma con los votos en blanco. Para entender la naturaleza histórica de la anulación en esta elección, la gráfica 2 despliega la distribución de los votos válidos, blancos y nulos en las elecciones bolivianas recientes, incluidas la adopción en 2009 de la Constitución boliviana, la elección presidencial de 2014 y las elecciones judiciales de 2011. Aunque las elecciones judiciales de 2011 también hayan presentado una gran cantidad de votos blancos y nulos, la contienda de 2017 excedió esos niveles. Además, la cantidad de anulación de votos en elecciones judiciales es anómala: ni los referendos constitucionales ni las elecciones presidenciales tuvieron tal cantidad de anulación de votos.

Fuente:Atlas Electoral de Bolivia (2017).

GRÁFICA 2 Distribución de tipos de votos en las elecciones recientes de Bolivia 

¿Por qué sucede esto? La oposición política hizo campaña explícita para el voto nulo, y se cree ampliamente que la decisión de los jueces en turno del TCP que liberaron el camino para que el presidente Morales se volviera a postular para la reelección en 2019 tuvo un efecto polarizador en la opinión pública (Carballo, 2017).16 Para evaluar la posibilidad de que las perspectivas de los votantes bolivianos sobre la reelección presidencial hayan influido en su comportamiento electoral en las elecciones judiciales, nos basamos en los análisis de dos diferentes fuentes de información. La primera es una encuesta de opinión pública original realizada durante las tres semanas previas a la elección judicial, que consultó a los votantes sobre su apoyo al gobierno, ideología e intención de voto.17 Después, consideramos los datos sobre la proporción de votos válidos, en blanco y nulos emitidos a nivel municipal, que volvimos a asociar con las características distritales. Así, tenemos información sobre un subconjunto de intención de voto declarada antes del fallo del TCP y de las elecciones judiciales, así como datos agregados sobre resultados en elecciones previas.18

La variable resultado de nuestro análisis a nivel individual es una variable politómica que pregunta a los encuestados sobre sus intenciones de voto si las elecciones judiciales se llevaran a cabo la misma semana de la encuesta. Se les dan a los encuestados las opciones de votar por un candidato específico, votar en blanco, anular el voto o abstenerse, con dos categorías adicionales para "No sabe" y "No contestó". La distribución de esta variable se muestra en el cuadro 4. Los resultados de nuestra encuesta indican que en las semanas previas a la elección, la mayoría de los encuestados estaban indecisos o eran abiertamente hostiles: 31 por ciento de nuestra muestra reportó intenciones de anular el voto, mientras que casi la misma proporción (29%) indicó no haber decidido todavía cómo iba a votar. Aun así, sólo uno de cada cinco encuestados reportó que emitiría un voto válido por un candidato si las elecciones fueran esa semana. A la luz de que la oposición política estaba haciendo campaña abierta por el voto nulo, y de que otras encuestas de opinión sugerían que muchos sabían muy poco sobre los candidatos judiciales (Layme, 2017b), primero evaluamos las correlaciones de las intenciones de voto declaradas de nuestros encuestados en un modelo multivariado.

CUADRO 4 Intención de voto declarada en las elecciones judiciales de 2017, encuesta preelección 

N Total (porcentaje)
Voto por un candidato 167 20.88
Voto en blanco 107 13.38
Voto nulo 247 30.88
Abstención 32 4.00
No sabe 229 28.62
No contestó 18 2.24

Fuente: Elaboración propia con base en encuesta preelectoral (descrita en el texto principal).

El cuadro 5 muestra los resultados de una regresión logit multinomial sobre la intención de voto declarada de los encuestados en las semanas previas a la elección judicial. A la luz de la gran proporción de votantes que se declaran "indecisos", registramos la variable resultado de tal forma que la respuesta "No sabe" fuera la categoría base, y evaluamos una cantidad de posibles explicaciones para la intención de voto de los encuestados.19 Incluimos como covariables explicativas un indicador dicotómico de partidario del MAS, así como la oposición de los encuestados a la intención del presidente Morales de proponerse para la reelección en 2019 (Oposición a la candidatura de 2019) con una escala de siete puntos.20 Mientras que los electores indígenas han constituido la médula del éxito electoral hegemónico del MAS desde 2005, incluimos una medida de autoidentificado como indígena para todos los encuestados que afirman pertenecer a alguno de los pueblos originarios de Bolivia. Para evaluar la intención de voto de los encuestados como función de la información o conocimiento sobre el proceso, incluimos una escala de cinco puntos de frecuencia de noticias, así como un índice de conocimiento judicial y de educación (una escala de 10 puntos).21 Finalmente, controlamos por ingreso (una escala de 16 puntos) y género (mujer).

CUADRO 5 Regresión logística multinomial de intenciones de voto declaradas en las elecciones judiciales de Bolivia de 2017 

Intención de
voto válido
Intención de
voto en blanco
Intención
de voto nulo
Explicaciones políticas
Oposición a la candidatura de 2019 0.05
(0.05)
0.15 *
(0.06)
0.15 **
(0.05)

Simpatizante del MAS

0.20
(0.27)

-0.25
(0.35)

-0.82 **
(0.29)

Autoidentificado indígena

0.13
(0.23)

0.28
(0.27)

0.52 *
(0.22)

Explicaciones informativas
Frecuencia de noticias 0.23
(0.12)
0.02
(0.13)
0.01
(0.10)

Conocimiento judicial

0.46
(0.41)

1.07 *
(0.46)

0.42
(0.37)

Educación

-0.08
(0.06)

0.02
(0.07)

0.17 **
(0.05)

Controles
Ingreso 0.09 *
(0.04)
0.03
(0.05)
0.02
(0.04)

Mujer

-0.73 **
(0.23)

-0.22
(0.26)

-0.39
(0.21)

Constante

-0.45
(0.74)

-0.81
(0.81)

-0.22
(0.65)

Probabilidad logarítmica

-851.91
N 678

Fuente: Elaboración propia con base en encuesta preelectoral (descrita en el texto principal). Nota: La categoría base en el modelo es "No ha decidido"; * p<0.1; ** p<0.05; *** p<0.01.

Encontramos cierto sustento para la hipótesis de que el apoyo ciudadano al MAS y su oposición a la intención del presidente Morales de contender por la reelección alimentó su intención de votar en blanco o anular deliberadamente el voto. Los simpatizantes del MAS fueron 17 por ciento menos proclives a reportar su intención de anular deliberadamente el voto antes de la elección, aunque no fueron más o menos proclives a declarar su intención de votar por un candidato que a reportar incertidumbre general. Los coeficientes para oposición a la candidatura de 2019, en contraste, son positivos en las tres categorías de resultados y estadísticamente significativos para el caso de las intenciones de voto en blanco y nulo de los encuestados. En relación con los encuestados que reportaron incertidumbre en su intención de voto, por cada unidad de aumento en oposición a la candidatura de 2019, la probabilidad de que los encuestados planearan votar en blanco o nulo aumentó en un factor de 1.16. Al moverse sobre el rango de la oposición, tal efecto corresponde a un aumento de 13 por ciento de la probabilidad de declarar una intención de invalidar deliberadamente el voto. Un tanto sorprendente es que ese mismo patrón aparezca en el caso de los encuestados que se autoidentificaron como indígenas: aunque la identidad indígena haya sido un punto focal durante mucho tiempo en torno al cual el MAS ha reunido una base de apoyo (Zuazo, 2009, 2010), los resultados de este análisis sugieren que los encuestados indígenas en realidad fueron 9 por ciento más proclives a planear invalidar su voto que los encuestados no indígenas. Esto es consistente con los reportes del referéndum constitucional de 2016 (Driscoll, 2017), que mostraron la proporción de voto del "No" sobre el referéndum constitucional en los municipios con altas concentraciones de indígenas bolivianos.

Hay evidencias mezcladas con respecto al efecto de varios indicadores relacionados con el acceso a la información. El coeficiente de conocimiento judicial es un indicador positivo y estadísticamente significativo para votar en blanco, y los encuestados con mayores niveles de educación fueron más proclives a reportar planes de invalidar deliberadamente su voto. Estas últimas correlaciones son consistentes con el trabajo de Driscoll y Nelson (2014), en donde muestran que los votos nulos fueron más prevalentes entre bolivianos más educados en las elecciones judiciales de 2011. Sin embargo, si se considera la falta de relaciones estadísticamente significativas entre los demás resultados autorreportados y en las demás variables explicativas, sólo tenemos pruebas limitadas para indicar que las decisiones de los electores de emitir un voto válido, en blanco o nulo, tuvieron razones informativas.

Antes de pasar al análisis agregado de los resultados de la elección, es importante reconocer algunas de las fuerzas y limitaciones de nuestro análisis a nivel individual. Sobre todo, nuestra encuesta no fue una muestra representativa a nivel nacional y, por lo tanto, no se puede generalizar a la población boliviana sin advertirlo. La encuesta también se realizó antes de la decisión del TCP y de la elección misma, así que es probable que nuestros resultados hubieran sido distintos de haber preguntado a los encuestados sobre su voto después de la decisión de los proyectos de reelección de Morales. No obstante, esto ofrece una ventana crítica hacia un subconjunto de votantes bolivianos que nos permite evaluar las correlaciones entre la participación de los individuos reportada como votos válidos en oposición a los votos nulos en las elecciones judiciales de 2017. Nuestro análisis multivariado nos permite probar múltiples hipótesis simultáneamente, y controlar por correlaciones posiblemente confusas. Dicho todo esto, nuestro análisis sugiere que la decisión de los electores bolivianos de emitir votos nulos o en blanco estuvo en parte arraigada en su oposición al proyecto de la reelección presidencial, aunque ni siquiera los simpatizantes del presidente estaban dispuestos a reportar definitivamente sus planes de emitir un voto válido.

Pasando ahora al análisis de los resultados agregados de las elecciones judiciales, y siguiendo la decisión del TCP, el cuadro 6 muestra tres regresiones de proporción de voto a nivel municipal de votos válidos, en blanco y nulos, según reportes del sitio web del OEP (2017). Incluimos dos indicadores de apoyo previo al presiente Morales y al MAS: la proporción de voto a nivel municipal para el MAS en las elecciones presidenciales de 2014, así como la proporción de voto municipal a favor del "No" en el referéndum constitucional de 2016 sobre la reelección perpetua. Para captar bases de apoyo tradicionales a favor y en contra del MAS, incluimos el porcentaje de indígenas como indicador de la concentración de población indígena, un indicador dicotómico de la presencia de una mina,22 y un indicador para los departamentos del Este sobre la oposición Media Luna. Más allá de esos predictores, incluimos una variedad de indicadores a nivel municipal que podrían indicar el grado en el que los votantes tuvieron acceso a información sobre la elección (porcentajes urbano, educación primaria, hogares con televisión y hogares con internet). Finalmente porcentajes de hogares con instalación sanitaria interna es un indicador del estatus socioeconómico de determinado municipio.

CUADRO 6 Resultados de la regresión lineal para la distribución de votos válidos, en blanco y nulos de la elección del Tribunal Constitucional de 2017 

Intención de
voto válido
Intención de
voto en blanco
Intención de
voto nulo
Explicaciones políticas
Proporción de votos “No”, 2016 -0.63 ***
(0.07)
0.13 **
(0.04)
0.49 ***
(0.05)

Proporción de votos del MAS, 2014

-0.03
(0.07)

0.13 **
(0.04)

-0.10
(0.05)

(%) indígenas

-0.06 **
(0.02)

-0.05 **
(0.01)

0.01
(0.02)

Mina

0.02
(0.02)

0.00
(0.01)

-0.02 *
(0.01)

Media Luna

-0.00
(0.01)

0.03 ***
(0.01)

-0.03 *
(0.01)

Explicaciones informativas
(%) educación 0.08
(0.06)
-0.03
(0.04)
-0.04
(0.05)

(%) hogares con televisión

-0.07 *
(0.03)

-0.01
(0.02)

0.08 **
(0.03)

(%) hogares con internet

0.19
(0.18)

-0.47 ***
(0.11)

0.29 *
(0.14)

Controles
(%) urbano 0.01
(0.02)
-0.02
(0.01)
0.00
(0.02)

(%) servicios sanitarios internos

-0.14 ***
(0.02)

0.02
(0.01)

0.12 ***
(0.02)

Constante

0.78 ***
(0.07)

0.05
(0.05)

0.17 **
(0.06)

AIC

-796.79

-1081.69

-948.34
N 314.00 314.00 314.00

Fuente: Elaboración propia con base en encuesta preelectoral (descrita en el texto principal). Nota: * p<0.1; ** p<0.05; *** p<0.01.

Los resultados de las tres regresiones lineales que se muestran en el cuadro 6 confirman en gran parte los resultados de nuestra encuesta preelectoral, aunque sean distintas en varios aspectos. Sobre todo, la oposición al proyecto de la candidatura del presidente Morales, según la proporción del voto "No" en el referéndum constitucional de 2016, es un indicador estadísticamente significativo de la distribución de los votos válidos, en blanco y nulos en las elecciones judiciales de 2017. Los municipios con mayores concentraciones de votos para el "No" en 2016 reportaron menores proporciones de votos válidos en 2017 y mayores proporciones de votos en blanco y nulos. Además, mientras que los simpatizantes del MAS fueron menos proclives a reportar una intención de anular sus votos en nuestra encuesta, la concentración del voto pro-MAS-Morales en la elección de 2014 muestra una correlación positiva con la proporción de votos en blanco en las elecciones judiciales de 2017. Estas tendencias están acordes con los resultados de los datos de las encuestas que analizamos arriba.

Además, al reflejar los resultados de la encuesta, encontramos pruebas de que el electorado que ha sido durante mucho tiempo simpatizante fiel de Morales y del MAS -los votantes indígenas- no resultaron apoyar al partido ni al presidente como antes. Los análisis demuestran que los municipios con mayores concentraciones de votantes indígenas también tuvieron menores proporciones de votos válidos y mayores proporciones de votos en blanco. También hay que recordar los resultados del análisis a nivel individual: la identidad indígena de los encuestados fue un indicador estadísticamente significativo de su voluntad de reportar un voto nulo. Todos los resultados juntos sugieren que el apoyo anterior y repetido de los votantes indígenas al MAS y al presidente Morales no necesariamente se tradujo en un voto válido en las elecciones judiciales de 2017. Al contrario, parece que dichos votantes pueden haber anulado sus votos en lugar de apoyar al candidato en las urnas.23 En las conclusiones discutimos las implicaciones de la erosión de la base del MAS.

Aunque encontramos algunos efectos mixtos de la posible influencia de información a nivel individual, los resultados son más contundentes en el análisis agregado. Tanto porcentaje de televisión como de internet tuvieron una correlación negativa con la proporción de votos válidos, y positiva con los votos blancos o nulos. En el caso del acceso a internet, parece que un mayor acceso a información ayudó a informar a los electores y tuvo una correlación negativa con la proporción de votos en blanco, aunque una correlación positiva fuerte con la proporción de votos nulos. Además, un mayor acceso a información vía la televisión estuvo asociado con un aumento en la proporción de votos nulos y con una disminución en la proporción de votos válidos. Aunque tanto la televisión como internet hubieran sido fuentes críticas de acceso a la campaña mediática estatal sobre los candidatos judiciales, tenemos pocas pruebas para indicar que esto se tradujo en mayores proporciones de votos válidos.

Una crónica distinta sobre el poder

La ratificación de la Constitución boliviana de 2009 significó una reconstitución del Estado Plurinacional Boliviano, uno que sería más equitativo, más incluyente, que incorporaría más formalmente a la mayoría indígena tanto tiempo desdeñada, más abiertamente progresista en lo económico que antes (Van Cott, 2000; Gargarella, 2011; Wolff, 2016). En su reorganización del sistema político boliviano, los miembros de la Asamblea Constituyente vislumbraron un sistema nacional de cortes que cosechara los beneficios de la elección directa de los magistrados. La conexión electoral, argumentaban los constitucionalistas prominentes, conferiría a las cortes la legitimidad requerida para asegurar la efectividad institucional, y le otorgaría "al pueblo" una participación significativa en el sistema nacional judicial que durante mucho tiempo había sido ajeno a la vasta mayoría de los bolivianos. Con esta legitimidad, las cortes serían más poderosas, menos corruptas, más independientes y más eficaces que las cortes nacionales anteriores.

En realidad, esta reforma se quedó corta, pues hay poca evidencia para sugerir que la legitimidad vía la conexión electoral corresponda a mayor independencia judicial, ya sea en teoría o en la práctica. En Estados Unidos, la introducción de elecciones judiciales estuvo asociada con judicaturas cada vez más empoderadas que estaban dispuestas a vigilar que otras ramas del gobierno no traspasaran los límites constitucionales (Shugerman, 2010, 2012; Nelson, 2014; Crabtree y Nelson, en prensa). En Bolivia, aunque la contienda inaugural sí resultó en la judicatura nacional más diversa de la historia del país, el papel tan grande del gobierno demostró tener un impacto polarizador en la evaluación del público boliviano sobre las cortes nacionales (Driscoll y Nelson, 2015). Los jueces y magistrados nacionales bolivianos que se han empeñado en fallar contra el gobierno, se han enfrentado a impugnaciones y juicios penales que, aunque dentro de los límites de la Constitución, se basan en motivaciones políticas y fundamentos legales dudosos.24 Con esta peligrosa realidad en mente, quizá no sorprenda que varios magistrados y jueces hayan resultado ser sirvientes dóciles del gobierno en turno, lo que liberó el camino para la reelección del presidente Morales tanto en 2013 como en 2017. Hemos afirmado y descrito las formas en las que se desarrollaron las segundas elecciones judiciales de formas muy similares a las de 2011. Se caracterizaron por un proceso de preselección de candidatos dominado por el MAS, y el indicador más fuerte de las elecciones de 2017 fue la ubicación de los candidatos en la boleta. Desafortunadamente, en un fuerte alejamiento de los resultados de las elecciones de 2011, las reformas electorales resultaron en un notorio declive de la representatividad descriptiva de las cortes nacionales bolivianas. Aunque las elecciones de 2011 hayan resultado en un aumento drástico de la representación de juristas indígenas y mujeres, tales avances se han revertido.

Esto no es para condenar el proceso como un flujo fallido en sí mismo, sino más bien para ilustrar un ejemplo de retos y contradicciones endémicas de un experimento de alto perfil en el "nuevo" constitucionalismo latinoamericano (Uprimny, 2011; Gargarella, 2011, 2016). Para ser claros, no hay nada intrínsecamente incorrecto con la elección directa de jueces nacionales, ni nada de esto es culpa de los electores bolivianos que fielmente acudieron a las urnas para participar en la forma que consideraran apropiada. El proceso de selección de candidatos tan centralizado y la disposición del liderazgo del MAS de politizar abiertamente las cortes, en contraste, nos lleva a creer que la situación sería a grandes rasgos la misma, incluso aunque los procedimientos para seleccionar jueces fueran distintos.

En una escala mayor, el ascenso del voto nulo y la anulación deliberada de votos por parte de 50.8 por ciento de los electores bolivianos, representa la tercera vez en el pasado reciente en que los electores bolivianos han rechazado formalmente un proyecto patrocinado por el MAS en las urnas. Las primeras elecciones judiciales presentaron una absoluta mayoría de votos en blanco y nulos (Driscoll y Nelson, 2014), mientras que las segundas elecciones judiciales expandieron ese margen a más de 65 por ciento . Esos resultados, interpretados junto con el resultado del referéndum constitucional de 2016 (Driscoll, 2017), muestran que, a pesar del control total de las instituciones estatales bolivianas, la hegemonía electoral del MAS no es impermeable. Ciertamente, éstos son tres ejemplos separados donde una mayoría de electores bolivianos, incluidos algunos que han sido tradicionalmente simpatizantes del MAS, dejaron clara su insatisfacción con el statu quo político.

Seremos cautelosos sobre nuestra interpretación del voto del "No" de 2016 y de los votos nulos, para no presentarlos como un presagio definitivo. Hacerlo sería exagerar la fuerza y la coherencia de la oposición política, y subestimar el potencial político del presidente Morales y del MAS. Ciertamente, varios hechos pesan mucho a favor del presidente Morales para las futuras contiendas electorales. Primero, a pesar de la mayoría absoluta de electores bolivianos que votaron en contra de la reelección presidencial en 2016 y que anularon el voto en la elección judicial, la oposición boliviana sigue estando fragmentada y débil en términos organizativos. Aunque haya unidad en torno a la oposición al presidente Morales, está dividida en muchos otros frentes, lo que ha evitado que se articule una alternativa política coherente que resuene en una mayoría de electores bolivianos. Además, entre 35 y 40 por ciento del electorado boliviano ha votado por partidos de oposición en el pasado reciente,25 pero este bloque ha dividido consistentemente sus votos entre varios candidatos, cuyas organizaciones muchas veces son maquinarias personalistas más que movimientos políticos vibrantes o partidos de bases. Entre los líderes de la oposición, hay pocos candidatos focales como opositores viables al presidente Morales, algunos tienen bases de apoyo político geográficamente concentradas, mientras que los que tienen reputaciones nacionales cargan un bagaje político en contra que el presidente Morales y el MAS ya explotaron para beneficio electoral.

A esta falta de alternativa coherente y a la falta de coordinación entre los líderes de la oposición, las reglas electorales que rigen la elección presidencial dan la ventaja al presidente Morales. Aunque haya ganado elecciones nacionales recientes con más de 60 por ciento del voto,26 la Constitución boliviana sólo exige que un candidato gane o 40 por ciento de los votos con un margen de 10 puntos, o una mayoría absoluta, para evitar una segunda ronda electoral. Esto implica que la oposición no sólo debe coordinarse en torno a un candidato, sino que los líderes de la oposición deben resistir cualquier tentación de entrar en competencia entre sí, lo que desviaría los votos de una alternativa focal y dividiría el voto de oposición. Si la miríada de líderes de oposición -cada uno con sus propias ambiciones y razones para autopromoverse- puede comprometerse creíblemente a evitar que el candidato Morales gane en la primera ronda, sigue siendo la batalla cuesta arriba de la cual depende su futuro colectivo.

En diez años, una abrumadora proporción de votos en blanco y nulos en las elecciones judiciales de 2017, junto con el voto del "No" al referéndum constitucional serán citados como el inicio de una nueva página de la democracia boliviana, o como un efímero incidente de descontento de los electores dentro del dominio hegemónico del presidente Morales y del MAS. Está por verse si esta apertura y oportunidad política se convierte en coyuntura crítica y no en una página olvidada en los anales de la historia de la democracia boliviana.

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Los autores agradecen al equipo de investigación IPSOS-Bolivia por su excelente implementación de la encuesta aquí descrita. Esta investigación fue apoyada por la Universidad Estatal de Florida y aprobada por la junta FSU Institutional Review Board por cumplir con el protocolo para Objetos de Estudio Humanos (Human Subjects).

Traducción del inglés de Ana Inés Fernández Ayala.

1 La Constitución boliviana de 2009 estipula que los jueces cumplirán periodos de seis años sin oportunidad de reelección para la misma corte.

2 El presidente Morales fue elegido por primera vez en 2005, y reelegido para un segundo mandato en 2009. En 2013, el Tribunal Constitucional le despejó el camino para volver a contender por el cargo, bajo el argumento de que la elección de 2009 había sido su primer mandato bajo la Constitución de 2009, lo que le permitía contender por un segundo (tercer) periodo.

3 En los primeros días de su tercera administración, el presidente Morales y sus copartidarios del MAS llevaron a cabo un plan para cambiar la Constitución vía referéndum, y preguntaron a los votantes si apoyaban la eliminación de la prohibición para la reelección presidencial. El 21 de febrero de 2016, 51.3 por ciento de los electores bolivianos votaron en contra del cambio constitucional. Sin perder el ánimo por el resultado, el presidente y sus simpatizantes desde entonces han sopesado varias otras rutas para asegurar la reelección (Driscoll, 2017).

4 Los estudiosos han dicho durante mucho tiempo que la elección directa de jueces es una innovación institucional "únicamente americana", pues una amplia mayoría de los jueces subnacionales en Estados Unidos se eligen directamente (Hall y Bonneau, 2006; Bonneau y Hall, 2009; Shugerman, 2012). No obstante, la elección directa de jueces se remonta a la Revolución Francesa y al periodo colonial en varios Estados latinoamericanos, pero también se ha visto recientemente en países como Venezuela, Argentina y Ecuador. Los jueces también se eligen directamente para cargos subnacionales en Suiza y Perú.

5 Antes de la Constitución de 2009, el poder de la selección judicial era responsabilidad de la legislatura nacional, las nominaciones requerían una mayoría de dos tercios de la legislatura bicameral. En la práctica, el requisito de supermayoría mezclado con el multipartidismo para asegurar una coalición considerable hacía que se construyera en torno a las nominaciones judiciales un estira y afloja, proceso conocido informalmente en Bolivia como "cuoteo" (Castagnola y Pérez-Liñán, 2010; Driscoll y Nelson, 2013).

6 Una débil mayoría de electores (42.9%) emitió votos nulos y otro 14.9 por ciento votó en blanco.

7 Para discusiones más extensas sobre la contienda de 2011, véase Driscoll y Nelson (2012, 2014, 2015).

8 Sin embargo, durante la fase de entrevistas y selección de candidatos, los académicos no tendrían un peso formal en la votación para el proceso final de selección (Layme, 2017a).

9 La Ley 929 del 27 de abril hizo los cambios más drásticos al código electoral, que después se revisaron en la Ley transitoria 960 del 23 de junio de 2017. Los cambios adicionales adoptados en la Ley 960 respondían a los retos para cumplir los requisitos de género y etnia establecidos en los estatutos electorales previos.

10 El magistrado titular Hurtado Zamorano figura como un dato atípico, pues obtuvo cerca de 50 por ciento del voto en el departamento de Beni. Sin embargo, el OEP declaró que otro de los candidatos no podía contender en la elección, lo que derivó en una contienda de sólo tres opciones en su departamento.

11 En lugar de eso, el texto que regía la inclusión de candidatos indígenas de la Ley 960, adoptado como ley el 23 de junio de 2017, exigió la "inclusión de candidatos indígenas", aunque carecía de las estipulaciones adicionales sobre dónde debían aparecer dichos candidatos.

12 No podemos saber el grado en el cual la presencia de múltiples candidatos indígenas dividió el efecto de una gran concentración de electores indígenas con los datos que tenemos. Como carecemos de información sobre los votos individuales, nos resta hacer inferencias a partir de los datos agregados, proceso plagado de posibilidades de inferencia ecológica incorrecta. No obstante, los resultados son convincentes. En Cochabamba, por ejemplo, el candidato Jesús Víctor Gonzáles Milán (4), que se autoidentifica como indígena, obtuvo el segundo lugar, mientras que la candidata Maria Lourdes Bustamante Ramírez (2), también autoidentificada como indígena, quedó en último. No podemos saber si la identificación indígena de los candidatos fue una de las razones de los electores para votar por cierto candidato, pero si los votantes indígenas se hubieran coordinado en torno a un candidato común, habría sido posible la victoria electoral.

13 Con base en el censo poblacional de 2001 (INE, 2002), registramos la proporción de la población departamental cuya lengua materna es una lengua indígena, y no el español, mediciones que deberían ofrecer una estimación aproximada, aunque conservadora. La población indígena constituye aproximadamente 7, 50 y 66 por ciento de los departamentos de Beni, Cochabamba y Potosí, respectivamente.

14 Aunque ya sea vieja, ésta es la mejor medida a nivel municipal disponible para la población que se autodenomina indígena, pues el censo de 2012 no incluyó preguntas sobre etnia ni lengua. Esta medida es continua en el intervalo entre cero y uno, con una media justo por debajo de 0.5; los datos son bimodales en ambos extremos, lo que significa que hay muchos distritos con alta concentración de gente indígena y muchos distritos con muy poca concentración.

15 Ciertamente, las encuestas de opinión pública en las nueve capitales departamentales antes de la elección sugerían que 80 por ciento de los encuestados reportaba poco conocimiento sobre los candidatos, y la misma proporción sugería que no sabía por quién votar (Layme, 2017b). Sin embargo, señalamos que los estudios sobre elecciones judiciales en Estados Unidos han encontrado una relación positiva entre experiencia judicial previa y éxito del candidato (Bonneau y Hall, 2009; Hall y Bonneau, 2006).

16 Una encuesta representativa a nivel nacional realizada por la cadena de noticias Página Siete encontró que 75 por ciento de los encuestados se oponía a la propuesta de la reelección presidencial ilimitada, y 60 por ciento se oponía a la noción de que sería legal que el TCP autorizara al presidente Morales volver a competir por la reelección en 2019 (Layme, 2017d). Según nuestros propios datos, aproximadamente 60 por ciento de nuestros encuestados se oponía a la propuesta de la reelección presidencial, aunque nuestra pregunta se refería a la decisión del TCP, lo cual pudo haber tenido cierto efecto de contaminación.

17 La encuesta consistió en entrevistas directas basadas en una muestra probabilística con selección aleatoria de hogares y encuestados, con cuotas de género y edad. La encuesta se llevó a cabo en las cuatro zonas urbanas más grandes del país (las ciudades de La Paz, El Alto, Cochabamba y Santa Cruz), en las tres semanas previas a la elección judicial.

18 El trabajo de campo concluyó el 27 de noviembre, por lo que todas las entrevistas se terminaron antes del fallo del TCP.

19 Excluimos del análisis todas las respuestas de "abstención" y "no respondió".

20 Se les preguntó a los encuestados hasta qué punto apoyaban los planes del presidente Morales de postularse para la reelección. Para el propósito del análisis, invertimos la escala de siete puntos para que los valores más altos representaran la oposición más fuerte.

21 Para medir el conocimiento de los encuestados sobre el poder judicial y las cortes que elegirían, incluimos tres preguntas separadas sobre las cortes y las elecciones judiciales, los encuestados obtuvieron un puntaje de uno para cada pregunta que contestaran correctamente. Creamos una escala estandarizada de conocimientos de los encuestados con base en la cantidad de preguntas contestadas correctamente.

22 Los mineros han sido un pilar de la maquinaria política del MAS durante mucho tiempo, aunque en 2016 brotaron conflictos intrapartidistas sobre el estatus protegido de los mineros (Achtenberg, 2016). Ubicamos a los municipios que albergan alguna mina importante según Minerals Yearbook publicado en 2013 por el Estudio Geológico de Estados Unidos.

23 Aunque Driscoll (2017) muestre que el apoyo al MAS cayó considerablemente entre las elecciones de 2014 y 2016 en los municipios mineros, nuestro análisis indica que las comunidades mineras reportaron una proporción ligeramente menor de votos nulos al controlar por otras explicaciones demográficas y políticas relacionadas con otras comunidades.

24 Los magistrados titulares Cusi, Velásquez y Chánez fueron suspendidos por su decisión de suspender la Ley Notarial de 2014 que buscaba transferir cargos notariales de la rama judicial al Ministerio de Justicia (Azcui, 2017; "Hay 84 procesos", 2017). Muchos otros jueces nacionales elegidos en 2011 han sido suspendidos o investigados por fraude, corrupción o malas conductas administrativas.

25 Los candidatos no-MAS en conjunto consiguieron 46.4 por ciento del voto en 2005, 35.8 por ciento en 2009, y 38.7 por ciento en 2014.

26 El presidente Morales fue elegido con 53.7 por ciento del voto en 2005, con 64.2 por ciento en 2009 y con 61.3 por ciento en 2014.

Recibido: 20 de Junio de 2018; Aprobado: 07 de Agosto de 2018

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