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Política y gobierno

versión impresa ISSN 1665-2037

Polít. gob vol.20 no.1 Ciudad de México ene. 2013

 

Reseñas

 

La legitimidad democrática: Imparcialidad, reflexividad, proximidad

 

Por Roberto García Jurado

 

Pierre Rosanvallón, Buenos Aires, Manantial, 2009, 334 pp.

 

Departamento de Política y Cultura, UAM -Xochimilco.

 

Con toda seguridad la democracia es el mejor de los regímenes posibles a los que realmente tienen acceso las sociedades modernas, y tal vez por esa misma razón sus instituciones políticas sean las que de mejor manera aceptan y respetan a los individuos gobernados por ellas; sin embargo, eso no asegura que estos gobiernos estén exentos de protestas, estallidos e incluso rebeliones populares. Si bien la ola de agitaciones y disturbios que sacudió al mundo árabe en 2010 parecía plenamente explicable y justificable debido al tipo de gobiernos autoritarios que rigen en la mayor parte de esos países, en 2011 hemos presenciado manifestaciones populares casi tan violentas como aquellas en ciudades como Madrid o Londres, lo que constituye clara evidencia de que ni las instituciones democráticas más arraigadas están libres de crítica, indignación y protesta.

Independientemente de las razones particulares que existen en cada caso para que se genere un movimiento social contestatario, podría presumirse que las bases de la legitimidad democrática que protegen este tipo de gobiernos los preservan de los más graves desafíos políticos, e incluso de tentativas revolucionarias; sin embargo, como ha quedado recientemente demostrado, ésta sólo les brinda protección limitada, y no es de ninguna manera una vacuna o una muralla infranqueable.

Éste es precisamente el propósito de Rosanvallón: examinar los principios de legitimidad de los gobiernos democráticos. Para alcanzar su objetivo, hace una interesante descripción de lo que, a su juicio, ha sido el desarrollo de estas bases de legitimidad. Aunque él desarrolla detallada y ampliamente este proceso, para esquematizar podríamos decir que para él la clave se encuentra en identificar el punto de quiebre, el parteaguas que se produce en la década de 1990 del siglo XX, cuando se agota el sistema de doble legitimidad que sostenía a los gobiernos democráticos desde el siglo XIX y se genera un nuevo sistema que incorpora nuevos principios.

De acuerdo con la exposición de Rosanvallón, la primera fuente de legitimidad de los gobiernos democráticos fue, y muy probablemente lo siga siendo, la elección popular. En el mundo occidental, y sobre todo en Francia y Estados Unidos, los ejemplos a los que él más recurre, la instalación de los gobiernos democráticos a finales del siglo XIX y principios del XX se basó fundamentalmente en la constitución de los mismos por la vía electoral, con lo cual podía considerárseles plena y claramente como expresión de la soberanía popular. Así, no sólo se aceptó que el procedimiento electoral podía interpretarse como el medio de expresión de la soberanía popular, sino que también era plenamente válido equiparar a la mayoría con ésta, de manera que los gobiernos emanados de estos procesos electorales, si bien eran tan sólo la preferencia manifiesta de una parte del pueblo, se convino en que su carácter mayoritario les confería el derecho a reclamarse representantes del todo. A la larga, esto les confirió una legitimidad democrática indiscutible.

Sin embargo, muy pronto, en el transcurso del siglo XIX, los protagonistas de estos procesos electorales fundadores de la democracia, sobre todo los líderes y los partidos políticos, perdieron una buena parte de la estimación de que disfrutaron en un principio, ganándose en cambio un sentimiento de sospecha y desconfianza por parte de la ciudadanía. De este modo, entre 1890 y 1920 asistimos a lo que Rosanvallón llama una crisis de la democracia, tal vez la primera, en la cual las instituciones políticas de este régimen experimentaron el primer gran alejamiento con respecto al pueblo que decían representar.

Fue entonces cuando la legitimidad democrática comenzó a apoyarse en una nueva base, la de la administración pública. Ya en esa época el Estado había comenzado a asumir la prestación de numerosos servicios públicos, por lo que la sociedad lo veía ya no sólo como una autoridad que imponía un determinado orden, sino también como una agencia que prestaba servicios. Así, en tanto prestador de servicios, los ciudadanos comenzaron a valorar, exigir y esperar racionalidad y eficiencia.

De acuerdo con Rosanvallón, quedó conformado de esta manera el sistema de doble legitimidad que sostendría a las democracias durante la mayor parte del siglo XX. Un sistema que dio origen precisamente a una teoría de la legitimidad dual: la legitimidad de origen y la legitimidad funcional, o bien, los otros términos que Rosanvallón utiliza para designarlas: legitimidad de establecimiento y legitimidad de resultados, o input legitimacy y output legitimacy.

No obstante, como se ha dicho ya, a partir de 1980 este sistema de doble legitimidad entró en crisis. Rosanvallón no da ninguna explicación de por qué eligió esa fecha, pero lo que sí expone con amplitud son las tres fuentes de legitimidad que vinieron a suceder o complementar al sistema binario: la legitimidad de imparcialidad, la legitimidad de reflexividad y la legitimidad de proximidad.

La legitimidad de imparcialidad que se han visto obligadas a buscar las democracias contemporáneas se debe al desprestigio y deterioro progresivo que ha sufrido el gobierno de partido, el gobierno ejercido en nombre de una mayoría, lo cual ha sido cada vez más cuestionado debido tanto a la propia calidad del representante como a la forma misma de constitución e integración de esa mayoría. A raíz de ello y otras causas conexas, los gobiernos democráticos se han visto orillados frecuentemente a crear instituciones independientes y autónomas respecto a ellos mismos con el fin de atender un área específica de regulación socioeconómica u otras actividades igualmente sensibles para el conjunto social. Rosanvallón explica que a pesar de que este tipo de organismos ya existía antes de la década de 1980, a partir de esa época proliferaron en muchos países, tanto desarrollados como subdesarrollados, debido a los signos crecientes de corrupción, parcialidad e incompetencia que mostraban sus administraciones públicas. Desde entonces, y hasta la actualidad, la ciudadanía tiene una percepción y opinión más favorable de muchas de estas instituciones que de las que dependen directamente de los poderes ejecutivos.

La legitimidad de reflexividad se opone a lo que Rosanvallón llama la democracia inmediata, es decir, a los afanes de ver realizada instantáneamente la voluntad popular, sin que medie calma, reflexión o reconsideración alguna. Sin duda la democracia requiere canales expeditos y eficientes para la expresión de la soberanía popular, sin embargo, está mejor servida si además median mecanismos e instituciones que permitan la discusión, deliberación y acuerdo sobre las decisiones a tomar, función que debía ser cumplida por las instituciones de la democracia representativa clásica y que por una u otra razón no han desempeñado satisfactoriamente. De acuerdo con Rosanvallón, en los sistemas democráticos actuales esta función está siendo desempeñada por las cortes constitucionales. En este punto llama la atención su interesante interpretación al respecto, merecedora además de una discusión de mayores proporciones. Tradicionalmente, tanto en la teoría jurídica como en la política, las cortes constitucionales habían sido presentadas como instituciones conservadoras y contramayoritarias, como mecanismos de freno y contención a los impulsos democráticos más intempestivos. No obstante, Rosanvallón llama la atención sobre las temporalidades de las mayorías, es decir, sobre el hecho de que tanto la constitución, como el parlamento y como la misma corte constitucional son creación de la mayoría política, aunque en diversos momentos. De tal suerte que la corte constitucional no puede ser vista sólo como una institución contramayoritaria, sino como una de las instituciones más consistentemente democráticas, en tanto que da una certidumbre a largo plazo y mayor profundidad al imperio de la mayoría que se manifestó en cierto momento.

La legitimidad de proximidad trata de contrarrestar la percepción cada vez más generalizada en el ciudadano común de la lejanía e indiferencia de la administración pública con respecto a sus problemas más personales. Ya sea por el tamaño que han adquirido las sociedades contemporáneas o por el nuevo posicionamiento y significación del individuo dentro de ellas, la sensación de éste es que cada vez la administración pública está más lejos de él. A diferencia de los dos casos anteriores, no hay instituciones públicas que hasta el momento hayan emprendido la tarea de cubrir este hueco, siendo instituciones propias de la sociedad civil, como los movimientos sociales, las redes sociales o los comités ciudadanos las que han permitido alguna aproximación.

De acuerdo con Rosanvallón, estos tres tipos de nueva legitimación democrática han venido a fortalecer y complementar el sistema binario tradicional, aunque habría que señalar que tal vez no se ocupe lo suficiente de indicar de qué modo interactúan o forman un nuevo sistema. No obstante, uno de los señalamientos más interesantes hacia el final del libro es que no puede pasarse por alto que los sistemas democráticos deben contener tanto instituciones que canalicen el conflicto como otras que propicien el consenso; dicho de otro modo, deben permitir que se dé foro y preeminencia a las expresiones de la mayoría en el corto plazo, ya sean éstas expresadas mediante un líder, un partido o un programa político, pero también deben garantizar la viabilidad del gobierno y del Estado a largo plazo, en donde muy probablemente se produzca un cumplimiento más cabal de la voluntad popular, se atienda mejor el interés mayoritario y se logre una mayor aproximación al bien común, una observación que debía ser más atendida a la hora de concretar las transiciones políticas, realizar los diseños institucionales y pactar las reformas constitucionales.

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