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La ventana. Revista de estudios de género

versão impressa ISSN 1405-9436

La ventana vol.5 no.41 Guadalajara Jan./Jun. 2015

 

La teoría

Disputa social y disputa subjetiva. Religión, género y discursos sociales en la legalización del aborto en México1

Ana Amuchástegui* 

Edith Flores* 

Evelyn Aldaz** 

*Profesora-investigadora de la Universidad Autónoma Metropolitana-Xochimilco, pertenece al Cuerpo Académico “Subjetividad, Sexualidad y Política”, México.

**Investigadora en Católicas por el Derecho a Decidir-México.


Resumen:

En 2007 la ALDF despenalizó el aborto antes de la 12a semana de gestación. Esta medida tuvo un impacto inmediato en las posibilidades de las mujeres para ejercer su libertad reproductiva. Sin embargo, dado que el ejercicio de la ciudadanía requiere de un reconocimiento subjetivo del derecho, es relevante conocer qué significados atribuyen las usuarias a la interrupción legal del embarazo (ILE). El presente artículo aborda esta cuestión a través del análisis de dos investigaciones cualitativas, en las cuales se muestra que durante la ILE las mujeres viven una disputa subjetiva reflejo de una disputa política entre diferentes discursos sociales que luchan por la definición de la maternidad, la reproducción y el derecho. Los resultados revelan que el aborto legal constituye una práctica de autonomía en el contexto de una creciente secularización de la sociedad mexicana en torno a los derechos reproductivos de las mujeres.

Palabras clave: aborto; religión; derechos; subjetividad; secularización

Abstract:

In 2007 the Mexico City Legislative Assembly legalized abortion up to 12 weeks into pregnancy. This measure had an immediate impact on women’s possibilities to exercise their reproductive freedom. However, given that effective citizenship requires a subjective appropriation of rights, it is relevant to explore what meanings women attach to legal termination of pregnancy (LTP). This article addresses the issue through analyzing qualitative research which suggests that during the process of LTP, women experience a subjective dispute which is related to a political dispute between different social discourses that struggle for definitions of motherhood, reproduction and rights. These results reveal that LTP constitutes a practice of autonomy for women as a result of the ongoing process of secularization of Mexican society regarding women’s reproductive rights.

Keywords: abortion; religion; rights; subjectivity; secularization

En años recientes la sociedad mexicana ha vivido un gran debate sobre los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Aunque se han implementado políticas de control poblacional desde 19742, las capacidades reproductivas de las mujeres en tanto campo de derechos se han discutido de manera pública apenas desde los años 80.

Más allá de que a partir de las conferencias de Cairo y Beijing el gobierno mexicano adoptó una perspectiva de salud reproductiva en las instituciones de salud3, la anticoncepción de emergencia y el aborto quedaron como el núcleo de una disputa política entre grupos conservadores aliados con la jerarquía católica y organizaciones feministas y de mujeres.

La lucha por el aborto legal comenzó en 1935, cuando el Frente Único ProDerechos de la Mujer demandó por primera vez acceso al aborto “por razones sociales y económicas” en el Código Penal. Durante las décadas siguientes, los grupos de mujeres abogaron por la “maternidad libre y voluntaria,”4 una noción que las activistas del feminismo de la segunda ola transformaron durante los 70’s en la demanda por la despenalización del aborto.

En un contexto nacional e internacional que hacía presión hacia la democratización política de México, las feministas mexicanas hablaron del “derecho al aborto” como asunto de justicia social, política pública y democracia (Lamas, 2009). De manera creciente, los derechos reproductivos de las mujeres se posicionaron y difundieron como parte de los discursos emergentes sobre ciudadanía.

A partir de los 70’s, de manera gradual todos los códigos penales en el país comenzaron a despenalizar el aborto en caso de violación5.

La lucha por la despenalización del aborto en México se inscribe en un proceso más amplio de búsqueda de reconocimiento de los derechos reproductivos de las mujeres en América Latina y el Caribe. Desde finales de los ochenta organizaciones feministas realizaron campañas para demandar el acceso a servicios seguros y legales de aborto, y lograr leyes menos restrictivas. A pesar de que la mayoría de los países de la región tienen leyes que penalizan esta práctica, ha habido avances importantes como la despenalización de causales de aborto en Colombia en 2006, y la despenalización hasta las doce semanas de gestación en Uruguay en 20126.

Los grupos conservadores en Latinoamérica, en su mayoría ligados a la jerarquía católica, también intensificaron su activismo en la región en las últimas décadas, desarrollando nuevas estrategias seculares de incidencia política, que han limitado y en algunos países revertido los avances en los derechos reproductivos. Tal es el caso de Nicaragua, República Dominicana y El Salvador, que en los últimos años prohibieron el aborto totalmente. A partir del ingreso de los derechos sexuales y derechos reproductivos en la agenda pública, se han puesto en evidencia el manejo de discursos y estrategias cada vez más complejas de los grupos conservadores y la Iglesia católica en América Latina para defender una concepción de la sexualidad basada en sus potencialidades reproductivas y evitar cambios legales que permitan definir esta esfera como campo de elección y derechos (Vaggione y Peñas Defago, 2011).

En México, desde los años 80 el tema de la autonomía sexual y reproductiva de las mujeres ha sido abordado igualmente por funcionarios gubernamentales, miembros de partidos políticos, movimientos sociales y jerarcas de la Iglesia católica, constituyéndose así en una intensa disputa política que ha visibilizado distintas estrategias de biopoder7 que pelean por el control de los cuerpos de las mujeres. En una disputa social y política8 sin precedentes, a través de los medios las mujeres mexicanas fueron expuestas a conceptos modernos de derechos y ciudadanía -cuya protección correspondería al estado laico-, en confrontación directa con nociones católicas de la maternidad.

Una coyuntura importante en el proceso sucedió en el año 2000, cuando se conjuntaron tres circunstancias:

  • □La negativa de las autoridades de salud de Baja California de realizar un aborto legal a Paulina, una joven de 13 años cuyo embarazo fue producto de una violación.

  • □El intento fallido del congreso de Guanajuato de eliminar la causal de despenalización en caso de violación.

  • □Las reformas al Código Penal del Distrito Federal (la llamada Ley Robles), que amplió las causales de despenalización al aborto por grave riesgo de salud de la mujer, por malformaciones del producto y por inseminación artificial no consentida (Lamas, 2009).

Sin embargo, durante 2007 y 2008 los debates llegaron a su máxima intensidad cuando la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) legalizó el aborto en la capital9 y modificó la Ley de Salud del DF, con el fin de instruir a la Secretaría de Salud para que proveyera los servicios de aborto en las clínicas públicas.

Casi de inmediato, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Procuraduría General de la República, presentaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acciones de inconstitucionalidad10 contra el decreto aprobado. Sin embargo, el 28 de agosto de 2008 la Corte declaró la constitucionalidad de la ley que despenaliza el aborto hasta la décimo segunda semana de gestación en el DF.

Movidos por la derrota en el DF, los obispos y grupos conservadores buscaron alianzas con gobernadores y legisladores del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido Acción Nacional (PAN), e incluso con algunos del Partido de la Revolución Democrática (PRD) para evitar cambios similares en otras entidades del país. El PRI, decidió apoyar la demanda de los grupos conservadores, con lo cual se modificaron las constituciones de dieciséis estados de la República para incluir la protección del derecho a la vida desde el momento de la concepción, entre 2008 y 201111.

La legalización perfiló una circunstancia inédita en el país para las posibilidades de decisión reproductiva de las mujeres, no sólo de aquellas que viven en la ciudad capital, sino también para las mujeres del resto de los estados de la República que llegan a los hospitales públicos del D.F. a practicarse la ILE. Así, súbitamente el aborto dejó de ser un delito y se convirtió en un derecho. Desde entonces, más de 145,000 interrupciones legales del embarazo (ILE) se han efectuado en clínicas estatales (GIRE, 2015). Así, las mujeres que experimentaron abortos -dentro del periodo permitido por la ley-, pasaron de ser formalmente infractoras o delincuentes, a titulares de un derecho.

¿Qué significados atribuyen las mujeres a este nuevo derecho al aborto? El presente artículo discute esta cuestión a través de analizar los relatos de las mujeres identificando las voces de los diversos discursos sociales12 que participan en la disputa política en torno a la legalización del aborto, en tanto que las “narrativas dominantes funcionan como dispositivos interpretativos que organizan y comunican la experiencia” (Bruner, 1986). La posición que las mujeres asumen frente a los contenidos de la moral católica, los valores democráticos de la libertad y el acceso a derechos, y los mensajes ligados con políticas de planificación familiar se expresan en una serie de polifonías (Bakhtin, 1963; 1984) en las que es posible examinar los grados de autonomía, apropiación o incluso crítica que ellas ejercen ante los efectos subjetivantes de tales lenguajes sociales.

Con este fin recurrimos a investigaciones realizadas entre 2007 y 201113, cuyos datos cualitativos ofrecen material sobre dos niveles de análisis de la mencionada disputa social por la autonomía y los cuerpos de las mujeres:

  1. Los debates sociales y políticos durante el proceso de despenalización del aborto en la Ciudad de México.

  2. Las narrativas de mujeres que experimentaron un aborto legal en los servicios públicos del DF.

Para abordar ambos ejes analíticos se procedió diferencialmente, con métodos apropiados para cada uno de ellos:

  • □En el caso de los debates sociales y políticos, se analizaron declaraciones en prensa y documentos institucionales para rastrear a los distintos actores políticos implicados. Con esta revisión, posteriormente se realizaron 13 entrevistas en profundidad con miembros del clero, partidos políticos, organizaciones civiles y funcionarios gubernamentales14.

  • □Para conocer la experiencia de la ILE desde la perspectiva de las mujeres, se analizaron 24 entrevistas en profundidad con usuarias del servicio en clínicas del sector público, durante 2008 y 2009. El rango de edad de las mujeres fue de 18 a 36 años, sólo una reportó 47 años de edad. La mayoría se encontraba entre los 18 y 25 años. Las entrevistadas vivían en la Ciudad de México (con excepción de dos mujeres que provenían del interior de la República). 17 mujeres eran solteras y 7 unidas. En cuanto al nivel de escolaridad, 8 contaban con un nivel educativo básico, 8 nivel medio y 8 alcanzó un nivel de estudios superior. Acerca de su principal ocupación, 12 mujeres tenían un empleo al momento de la entrevista, 7 trabajaban en el hogar y 5 eran estudiantes; 15 tenían hijos mientras que 9 eran nulíparas. Sólo 5 mujeres reportaron haber tenido un aborto clandestino previo a la ILE.

Condiciones de posibilidad para la despenalización del aborto: democratización y movimientos

La legalización del aborto en la Ciudad de México adquiere sentido en el marco de una serie de procesos sociales y políticos de más larga duración. En primer lugar, la demanda por la democratización política del país después de más de siete décadas de gobiernos priístas -lo que Vargas Llosa llamó la “dictadura perfecta”15- sentó las bases para el avance de discursos y prácticas de “ciudadanía”, compartidos por grupos feministas en la defensa de los derechos de las mujeres.

Como consecuencia de la reforma del 2002, la laicidad del Estado mexicano (consagrada legalmente desde 1865) se vio transformada al reconocerse jurídicamente a las asociaciones religiosas, permitirse la manifestación pública de actos religiosos y restablecerse las relaciones diplomáticas con el Vaticano. A partir de entonces, la jerarquía católica participó de manera más abierta en asuntos públicos y políticos del país, particularmente en aquellos que cuestionaban la moral sexual católica, como los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

Con la fundación del izquierdista Partido de la Revolución Democrática en 1988, el movimiento feminista se encontraba por primera vez en un contexto político favorable a cambios legislativos en materia de aborto, lo cual permitió la ampliación gradual de algunas causales de aborto en la capital16 (Lamas, 2011).

Al finalizar el primer sexenio panista (2000-2006), advino un fuerte conflicto social, dado el cuestionado triunfo del candidato del PAN sobre el de la izquierda -PRD-. Sin embargo, en medio de esta turbulencia, el PRD ganó la elección en la capital por amplio margen. Esta circunstancia profundizó la pugna política entre ambos partidos, y entre los gobiernos federal y capitalino, que favoreció la aprobación de la reforma sobre aborto. Esta reforma, sustentada en valores modernos como la libertad de conciencia y de creencias, la igualdad, la pluralidad y los derechos humanos fue posible además, por la creciente secularización de la sociedad mexicana, que ha implicado la pérdida de la centralidad del catolicismo en la cultura y la relativización de la moral sexual católica en algunos sectores, especialmente entre sectores jóvenes y urbanos de la población. En este proceso ha sido clave también la creciente legitimidad del feminismo y su demanda de igualdad entre mujeres y hombres, así como el cuestionamiento a visiones esencialistas sobre el género y la sexualidad.

La disputa por los conceptos. La disputa por los cuerpos

En estos debates sociales pueden identificarse algunos puntos nodales17 que muestran lo que se disputaba realmente en este proceso: la titularidad por el control de los cuerpos (reproductivos) de las mujeres. Para este análisis elegimos dos de ellos, en la medida en que atañen a las maneras en que las mujeres construyeron discursivamente su experiencia del aborto legal: a) Definición de aborto, embarazo y embrión: ¿del dogma a la ciencia?

  • a) Definición de aborto, embarazo y embrión: ¿del dogma a la ciencia?

  • b) El aborto y el sujeto de la decisión.

a) Definición de aborto, embarazo y embrión: ¿del dogma a la ciencia?

Un punto nodal de los debates gira en torno a los significados acerca del inicio de la vida humana, del proceso embrionario, del propio embarazo y del aborto. En esta ocasión, el lenguaje de la ciencia fue convocado por distintos actores políticos en sus diferentes declaraciones. Anteriormente los grupos feministas habían recurrido al discurso científico para argumentar en favor de la decisión de las mujeres,18 pero la novedad consistió en que la jerarquía recurrió al mismo discurso, aunque para defender sus posturas. En este proceso ya no se enfrentaron solamente el dogma religioso con el lenguaje moderno de los derechos y la libertad, sino distintos usos del lenguaje de la ciencia. Ello planteó una paradoja para los voceros y aliados de la Iglesia, quienes recurrieron a lo que llamaban “evidencia científica” para defender lo que, en su visión, es una ley natural.

Este proceso muestra un cambio de los grupos conservadores en la presentación de sus argumentos, al tiempo que los mantiene incuestionados. Algo similar afirmó Patricia Uribe, funcionaria de la Secretaría de Salud, al referirse a la presencia de la religiosidad en las opiniones de las personas:

En temas tan polémicos como el aborto y la anticoncepción de emergencia es muy difícil debatir con argumentos científicos, porque la gente tiene una opinión formada y ya no escucha [...] la ciencia no hace que cambie la actitud de los legisladores o de los médicos, porque en la mayoría de los casos [sus posturas sobre estos temas] están sustentadas en prejuicios, en opiniones, en creencias y a veces en miedos (Entrevista con Patricia Uribe, ex directora del Centro de Equidad de Género y Salud Reproductiva de la Secretaría de Salud).

Los grupos conservadores afirmaron que el Estado debe defender la vida humana que inicia “desde la fecundación”, pues desde ese momento existiría “una persona con todos los derechos”, incluyendo el derecho a la vida. Consecuentes con esta posición, el aborto -en cualquier momento del embarazo- es considerado un asesinato, independientemente de las razones o circunstancias que lleven a las mujeres a tomar esta decisión. Desde los primeros días del debate, la Arquidiócesis de México ejerció presión contra los legisladores de la ALDF, amenazándolos de excomunión si votaban a favor de la iniciativa de despenalización del aborto. Asimismo, el panista Carlos Abascal Carranza, que en ese entonces era el secretario de Gobernación, señaló que su partido daría la batalla para evitar “una ley de sangre en donde se legalice el asesinato de personas’’, y para hacer conciencia sobre “los enormes daños sicológicos que sufre la mujer con motivo del aborto”19. En respuesta, los grupos feministas y organizaciones de mujeres exigieron a los legisladores de este partido respetar el derecho a decidir de las mujeres y dejar de lado argumentos religiosos para fundamentar sus posiciones en la evidencia científica.

En esta disputa intervinieron también académicos, expertos en genética, medicina, ética médica y filósofos, quienes argumentaron con datos científicos y filosóficos que “la persona humana” aparece en un momento posterior a la fecundación. Por ejemplo, el Colegio de Bioética, publicó un desplegado días antes de la aprobación de la reforma, que afirmaba:

Los conocimientos científicos sobre el genoma, la fertilización, el desarrollo del embrión humano y la fisiología del embarazo indican que el embrión de 12 semanas NO es un individuo biológico ni mucho menos una persona, porque: a) Carece de vida independiente, ya que es totalmente inviable fuera del útero. b) Si bien posee el genoma humano completo, considerar que por esto el embrión de 12 semanas es persona obligaría aceptar como persona a cualquier célula u órgano del organismo adulto, que también tiene el genoma humano. La extirpación de un órgano equivaldría entonces a matar a miles de millones de personas. c) A las 12 semanas el desarrollo del cerebro está apenas en sus etapas iniciales y no se ha desarrollado la corteza cerebral, no se han establecido las conexiones nerviosas hacia esa región que son indispensables para que puedan existir las sensaciones. d) Por lo anterior, el embrión de 12 semanas no es capaz de experimentar dolor ni ninguna otra percepción sensorial, y mucho menos de sufrir o de gozar20.

La versión progresista del lenguaje científico logró imponerse en el proceso de la despenalización. La definición de embarazo en el Código Penal contradijo la idea religiosa de la existencia de una persona “desde el momento de la concepción” al establecer que “el embarazo es la parte de la reproducción humana que inicia con la implantación del embrión en el endometrio” (Artículo 144, nuestro énfasis). El texto final, aprobado el 24 de abril de 2007, incluyó también una nueva definición de aborto: “la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación”, con lo que se estableció que antes de ese periodo no existe delito, y que las mujeres no están obligadas a justificar su decisión ni a recurrir a proceso judicial alguno.

Con esta nueva definición de embarazo y aborto, el Estado protegería el derecho de las mujeres a decidir en la capital del país. Después del fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la jerarquía católica y organizaciones civiles conservadoras comenzaron una agresiva campaña para descalificar la ley y a quienes la aprobaron, señalándolos como promotores de la “cultura de la muerte”. El Arzobispo Norberto Rivera, junto con los ocho obispos auxiliares de la Arquidiócesis de México, publicó lo siguiente:

Ninguna circunstancia, ninguna finalidad, ninguna ley en el mundo podrá jamás hacer lícito un acto que es intrínsecamente ilícito, porque es contrario a la ley de Dios [...] no se puede justificar el aborto pretendiendo negar el estatuto humano del embrión. El ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el instante de su concepción [... ] Recordamos que toda persona que preste alguna ayuda a la realización de este execrable asesinato se hace moralmente responsable del mismo [Y alentaron al personal de salud a] hacer valer su derecho a la objeción de conciencia21, 22.

Pero la ciencia como recurso retórico no fue la estrategia más eficaz de la jerarquía en relación con la población: en la disputa por la protección del embrión, la Iglesia realizó otra serie de actos, simbólicamente más poderosos, al estar sostenidos por siglos de hegemonía de la moral católica, como celebrar misas y erigir templos en honor del “no nacido”, celebrar el “Día del Concebido ser inocente e indefenso”, y declarar los “derechos humanos del no nacido” (Aldaz y Mejía, 2013)23.

b) El aborto y el sujeto de la decisión

Este punto nodal de los debates sugiere una transformación importante en la cultura hegemónica de género en México: el sólo planteamiento de continuar un embarazo como decisión contraviene la enseñanza católica de la reproducción como plan divino. Si bien las políticas de planificación familiar habían logrado difundir la idea de que tener hijos y cuándo tenerlos es una elección, la noción de interrumpir un embarazo como opción reconfiguró la arena de la disputa política.

Después de décadas de lucha, el movimiento feminista de la ciudad de México llevó a cabo un giro discursivo fundamental: forzó al debate público a abandonar la pregunta sobre si se está a favor o en contra del aborto, por la interrogante acerca de a quién corresponde decidir un aborto (Lamas, 2012). La discusión dejó de centrarse en si la práctica era legítima, para gravitar en torno al sujeto titular de esa práctica. Con ello, los grupos feministas introdujeron la noción de las mujeres como sujetos de derechos, en consonancia con los discursos crecientemente legítimos de democracia y ciudadanía. Al recuperar nociones como “libertad de conciencia”, los grupos pro-derechos reivindicaron con cierto éxito la idea de que las mujeres son sujetos con autoridad moral para tomar decisiones sobre su vida. Al respecto, la directora de Católicas por el Derecho a Decidir, María Consuelo Mejía, afirmó:

[Debido a su condición clandestina] el aborto es la tercera causa de muerte en la ciudad, por lo cual es necesario ‘adecuar las leyes a la realidad’. [Mejía] llamó a los diputados a aprobar esta ley y dejar que las mujeres como sujetos autónomos y con libertad de conciencia decidan o no optar por esta práctica24.

En contraste, las mujeres como sujetos de decisión se encuentran borradas en el discurso conservador, pues tal “derecho” estaría limitado por la ley natural que establece que deben perpetuar la especie y cuidar la vida humana desde el momento de la concepción, pues ésta gozaría de derechos fundamentales. En esta perspectiva el sujeto es el embrión y no la mujer, quien quedaría reducida a un vientre gestante. La declaración del obispo auxiliar de Guadalajara, Leopoldo González muestra una mezcla singular de condena moralista, lenguaje científico y proceso judicial:

Es una falacia lo que les hacen creer a las mujeres: “¡Es mi cuerpo y yo con mi cuerpo hago lo que yo quiera! ¡Respéteme!”. No mujer, ya no es tu cuerpo. De tu cuerpo y de tu vida ya no eres dueña: eres administradora. Y la mujer dice: “Yo hago con mi cuerpo lo que quiera”. ¡No, momento! Ahí está el cuerpo de otra persona, desde su concepción ya están todas las características del ADN de una persona humana que se empieza a desarrollar [...] Las mujeres que abortan deben ser tratadas como criminales y deben pagar como lo marca la ley25.

Durante la despenalización, los grupos conservadores no cesaron de mostrar su preocupación por las implicaciones culturales y subjetivas que la reforma podría tener en las mujeres, quienes empezarían a considerar el aborto como una práctica moral por el hecho de ser legal. Al respecto, el padre Hugo Valdemar, comentó:

[... ] lo preocupante es esto, que al ser una ley así, que justifica lo que de suyo es inmoral, pervierte a la sociedad, lo hace ver como que si es legal es moral. Y no es cierto, no todo lo legal es moral (Entrevista con Hugo Valdemar, vocero de la Arquidiócesis de México).

Sorpresivamente, encuestas de opinión revelaron una creciente aprobación de la población capitalina hacia la ley de despenalización del aborto. Mientras que en 2007 el 38% estuvo de acuerdo con la ley, en 2009 la aprobación ascendió al 73% (Population Council, 2009). Estas cifras muestran que la preocupación expresada por el vocero de la Arquidiócesis es fundada, pues la legalización parece haber tenido un poderoso efecto simbólico sobre la legitimidad de la práctica; es decir, sobre su valoración moral. Toda ley establece como éticamente deseables ciertas conductas, las cuales pueden ser exigibles cuando los sujetos valoran que el ejercicio de este derecho tendrá beneficios en su vida. Sin embargo la sola existencia de leyes no garantiza su ejercicio. Mujeres que se enfrentan a embarazos no planeados rechazan la posibilidad de interrumpirlos, aunque la práctica sea legal, por considerarla contraria a sus principios religiosos y por el peso que siguen teniendo las sanciones sociales y morales hacia las mujeres que abortan.

En opinión del citado padre Valdemar y de Armando Martínez, presidente del Colegio de Abogados Católicos, antes de la legalización la Iglesia había tolerado las causales de aborto por violación o por grave peligro de vida, -reconocidas en las leyes de todos los estados-, aunque la institución católica no admitiera el aborto en ninguna circunstancia. Pero fue cuando la ley consagró el derecho de las mujeres a elegir libremente, que los grupos conservadores reaccionaron con más intensidad: es la protección de la autonomía y libertad de las mujeres lo que parece amenazar directamente el poder de la jerarquía.

Este temor se vio justificado cuando algunos dirigentes católicos explicaron su intervención en las reformas que re-penalizaron el aborto en 16 estados, como resultado de su despenalización en la capital, con el argumento de que la Iglesia debe tutelar la conciencia de las mujeres, pues ellas no serían conscientes de las graves consecuencias psicológicas y morales de un aborto. En una negación total de la mujer en tanto sujeto, el obispo de Texcoco, Juan M. Mancilla afirmó:

La Iglesia quiere proteger a la mujer, porque al paso de los años la conciencia le toca lo más sagrado de su mente y le llegan remordimientos que son muy dolorosos y muy difíciles [...] a la mujer se le debe tratar como se trata las cosas santas de Dios26.

La elevación del embrión a la calidad de sujeto, y la consecuente negación de la calidad de sujeto de las mujeres llegaron a extremos inéditos en algunos estados del país. Las reformas punitivas intensificaron la criminalización contra las mujeres y desataron entre algunos grupos ultraconservadores reacciones violentas, ejecutadas inclusive por funcionarios gubernamentales. En el estado de Guanajuato, por ejemplo, las organizaciones de mujeres detectaron que en el 2010 había 160 mujeres pobres detenidas, procesadas y hasta encarceladas después de ser denunciadas penalmente por personal de los servicios públicos de salud ante la sospecha de un aborto, algunas sentenciadas hasta con 29 años de cárcel27.

La consiguiente denuncia periodística de esta persecución generó en todo el país un repudio a las acciones del gobierno estatal, a tal grado que el gobernador tuvo que emitir un indulto liberando a las mujeres encarceladas. Incluso la jerarquía católica intentó matizar su postura, afirmando que no estaban a favor de encarcelar a las mujeres que abortan,28 aunque mantuvo la condena del uso de anticonceptivos modernos.

Esta disputa social y política en torno a la autonomía reproductiva de las mujeres tiene efectos sobre la materialidad de sus vidas y sus cuerpos, en tanto genera condiciones para que realicen abortos legales o clandestinos, seguros o inseguros. Sin embargo, las consecuencias rebasan este ámbito, pues alcanzan también a la esfera simbólica que sirve de campo para la producción de la experiencia subjetiva del aborto.

Secularización y democratización de la sociedad mexicana: coordenadas subjetivas para la construcción de la experiencia del aborto legal

La relación que las mujeres entablan con la disputa aquí descrita está mediada por procesos históricos que han transformado el lugar preeminente de la religión católica en la cultura y la política nacional. Al tiempo que se ha incrementado la pluralidad religiosa en los últimos treinta años,29 los fieles católicos mantienen con la jerarquía una relación cada vez más crítica, en la que se autorizan a graduar la autoridad que le confieren, especialmente en cuestiones relativas a su vida privada.

De acuerdo con Blancarte (2008), “México es un país muy religioso, al mismo tiempo que muy secular. Los procesos de democratización y de secularización están íntimamente relacionados: en el corazón de ambos está una libertad de conciencia en evolución” (p. 13). Es en este ámbito de la libertad de conciencia que muchos católicos sitúan las decisiones ligadas con la sexualidad y la reproducción.30 Por ejemplo, según la Encuesta de Opinión Católica 2009 (Martínez-Salgado, Lerner y Aldaz, 2013), y a contrapelo de la normativa de la Iglesia católica, 75% de la feligresía mexicana está a favor de que los servicios de salud ofrezcan anticoncepción de emergencia a mujeres que tuvieron relaciones sexuales por su propia voluntad y 87% a quienes fueron víctimas de violación. Más aún, el 73% apoya la posibilidad de que las mujeres decidan un aborto en caso de una violación, cuando la vida de la mujer está en peligro, o cuando el feto presenta defectos congénitos, entre otras.

Esto muestra una individualización del sistema de creencias que ha debilitado el poder normativo de la Iglesia por la gradual apropiación de la evaluación moral por parte de los individuos: estamos así ante una “revolución silenciosa mediante la cual las y los católicos se han independizado, sigilosa y paulatinamente, del dominio jerárquico en su comportamiento cotidiano” (Blancarte, 2004: 5).

Sin embargo, es preciso diferenciar entre el discurso político de la jerarquía y la moral sexual católica que permea la construcción histórica de la sexualidad en México, y rebasa los ámbitos propiamente institucionales. Si bien los procesos de democratización política han favorecido el ejercicio de la autonomía frente a la iglesia, las mujeres en México lidian con el cariz católico -inclusive mariano- de los procesos de subjetivación de género dominantes en el país, en los que la maternidad es definitoria de un sujeto mujer homogéneo y totalizante. Son ellas, en el diálogo interno que mantienen durante todo el proceso de la interrupción, quienes sopesan y ponderan estas distintas posiciones. Por ello que en este análisis hablamos de una disputa subjetiva que se verifica en la intimidad de sus conciencias.

El nivel microsocial: la disputa subjetiva en la experiencia de ILE

El análisis de las entrevistas muestra que la disputa social desplegada en el ámbito político tiene como correlato una disputa subjetiva en la experiencia de las mujeres que accedieron a los servicios de la ILE, misma que se expresa en una serie de polifonías, en las que ellas no solamente citan las voces de los lenguajes sociales en debate por la hegemonía en torno al aborto, la reproducción o la maternidad, sino que señalan su posición frente a ellos, otorgándoles mayor o menor autoridad para definir su experiencia.

ILE: ¿Pecado o delito? La separación entre moral y ley

En las narrativas de las mujeres la posibilidad de interrumpir el embarazo obliga a cada mujer -y a algunas de sus parejas- a confrontar sus deseos, proyectos de vida y circunstancias personales, con los discursos de la moral católica y la cultura hegemónica de género. Esta confrontación subjetiva emerge como resultado y parte del entramado de valoraciones y significados dominantes sobre el aborto, cuya concepción moralizante y estigmatizada, se ha visto cuestionada de facto por el reciente carácter legal del procedimiento.

La sola existencia de la ILE fractura la equivalencia entre moral y ley que antes de la despenalización daba cuenta de la práctica del aborto, en tanto era considerada un pecado al tiempo que era, de hecho, un delito. Con la prestación estatal del procedimiento en las instituciones públicas de salud, la ILE inaugura un espacio simbólico en el que las mujeres separan sus razones personales de las consideraciones legales. Esto significa que reservan sus cavilaciones de orden moral para el escrutinio de su conciencia, al tiempo que la interrupción del embarazo se ve cobijada por la ley.

La ILE permite desagregar así las narrativas dominantes sobre el aborto: si bien para algunas mujeres éste es entendido como un problema moral de fundamento religioso, para todas ha dejado de ser un delito y se ha convertido en la posibilidad de ejercer un derecho, lo cual las configura como titulares de decisión sobre su propio cuerpo. En ese sentido, el carácter legal de la práctica sirve como plataforma de legitimidad tanto de la interrupción como del sujeto que decide sobre la misma.

Nadie puede decidir por ti, obviamente si ya involucras tus valores, tus ideas, moralidades, pues eso ya es muy personal, porque al fin de cuentas, quien lleva, digamos de alguna forma... es que no lo quiero llamar como una carga, sino la responsabilidad de un hijo eres tú, tú lo tienes dentro de ti, tú lo tienes, tú lo cuidas, entonces siempre va a estar contigo, yo soy de esa idea. Entonces tú tienes derecho a decidir si quieres ahora una familia o hijos o no. Entonces sí, yo creo que es un derecho, estoy segura más bien que es un derecho de las mujeres a decidir (Frida, 25 años, soltera, sin hijos, empleada).

En este proceso, la ILE en tanto servicio de salud sexual y reproductiva que presta el sector público, es una especie de voz silente - pero poderosa- que interviene en el campo de la experiencia del aborto, pues se opone en igualdad de poder a la moral católica, únicamente que en calidad de acto. La accesibilidad al servicio perfila un escenario donde las mujeres ponderan no solamente los aspectos morales del proceso, sino el significado mismo del aborto. La ILE como servicio público genera la posibilidad de que las mujeres incluyan nuevos significados y por tanto vivan una disputa subjetiva entre distintos discursos que pretenden definir al aborto como pecado o como derecho. Así, se generan las condiciones en el ámbito público para una decisión en el ámbito privado, y una intervención del campo del derecho sobre el terreno estrictamente moral.

Ahora bien, en esta investigación el posicionamiento de las mujeres en esta disputa varía según sus condiciones sociales y de vida: en las narraciones de aquéllas que ya son madres, unidas o separadas, y que se encuentran en relaciones de mayor subordinación -menor nivel educativo, dependencia económica de la pareja, división sexual del trabajo y agotamiento por la crianza-, encontramos una mayor adscripción a discursos hegemónicos del género y/o de la moral católica, levemente tocados por ecos del lenguaje científico, de la planificación familiar y de los argumentos feministas.

A veces sí te sientes mal... más por la religión porque yo soy católica ‘Es que Dios me va a castigar’, pero yo creo que sería más mala trayéndolo al mundo y darle una vida de perro, que mejor ahorita interrumpirlo (Alicia, 26 años, 1 hijo, madre soltera, empleo eventual).

En contraste, las mujeres solteras -más jóvenes en general-, mostraron cierto grado de autonomía vinculada con un mayor nivel educativo, la valoración de proyectos personales y alguna independencia económica, que se refleja en la decisión de postergar la maternidad hasta que las condiciones deseadas se logren. Ellas enfatizan las posturas feministas en torno al cuerpo y el “derecho a decidir”, y describen su experiencia más con el uso de un lenguaje científico que con nociones religiosas.

Es la libertad de decidir, es mi decisión, y es mi decisión si yo le cuento o no le cuento a quien se me dé la gana para empezar por eso, y que yo sé a dónde ir, yo sé a dónde acudir, sé cómo va a ser [la ILE] (Sabina, 21 años, 1 hijo, unión libre, hogar y empleo).

El grado de dependencia económica, social y subjetiva en que se encuentran las mujeres es también un aspecto central para comprender su posicionamiento ante estos lenguajes sociales en pugna, el cual explica parcialmente la existencia de tres momentos en que la disputa subjetiva se agudiza: a) la decisión de la interrupción b) la presencia de activistas de grupos conservadores en las clínicas públicas y c) la reflexión sobre la ILE.

  • a) La decisión frente al embarazo y el aborto: deseo, mandato y condiciones

El primer momento en que se activa la disputa subjetiva es cuando las mujeres enfrentan un embarazo no planeado o no deseado. Aunque tal disputa algunas veces se presenta de forma intensa y contradictoria, la maternidad parece no ser objeto de controversia; es decir, sólo se reivindica el derecho a decidir sobre el momento oportuno. De hecho, la finalidad del aborto es con frecuencia cumplir con el maternaje de los hijos que ya se tienen o incluso de los que se desea tener en el futuro.

Es que no sé, lo quisiera tener y a veces lo pienso mucho y luego de repente me hace llorar porque me pongo a pensar ¿lo tengo o no lo tengo? pero luego pienso en mi niña y el niño que los voy a descuidar mucho a diario, y aparte el gasto de los dos, es mucho gasto, por eso me estaba preocupando mucho... (Margarita, 18 años, casada, secundaria inconclusa, dos hijos, hogar).

Así, el mandato cultural de la maternidad no se cuestiona, sólo se concede su postergación, dado que aquélla ha ocupado históricamente una parte medular de la subjetivación de género y de la identidad de las mujeres en México. “La equivalencia mujer/madre, construida históricamente, se vuelve aquí tanto naturaleza como identidad, o mejor, identidad natural. Para serlo, una mujer tiene que ser madre” (Amuchástegui, 2013).

Sin embargo, la exaltación histórica de la maternidad en la cultura mexicana ha sido trastocada por la penetración de las políticas públicas de planificación familiar, que discursivamente han impulsado la noción de elección en términos reproductivos, no sólo del número de hijos, sino del momento y las circunstancias en las que se desea tenerlos o evitarlos a través de métodos anticonceptivos31. Así, es posible comprender que aún cuando la maternidad es una constante en los proyectos identitarios de las mujeres, la lucha y los argumentos feministas han generado “nuevas señas de identidad” (Lamas, 2001: 177) que posibilitan un espacio para la apropiación subjetiva del “derecho a decidir” sobre el propio cuerpo y la reproducción.

Ahora que ya pasó todo ya me siento más tranquila y ahora sé que puedo terminar mis proyectos, que puedo hacer lo que siempre he querido hacer y ya después que cumpla mis metas, realmente sí me gustaría tener un hijo pero ya teniendo algo que ofrecerle (Liz, 21 años, sin hijos, estudiante y empleada).

  • b) La presencia de activistas de grupos “pro-vida” en las clínicas públicas: intimidación y violencia

El segundo momento donde se acentúa la disputa subjetiva ocurre bajo la presión que ejercen los grupos pro-embrión32 en las afueras de las clínicas. En nombre de la moral sexual católica y de su supuesto carácter universal y natural, activistas conservadores embisten a las mujeres y a sus acompañantes para que desistan de la interrupción. Mediante argumentos moralistas, imágenes de la Virgen de Guadalupe33, plegarias y objetos que simulan fetos con rostro de recién nacidos, los grupos conservadores las abordan con falsas promesas de facilitarles el procedimiento. Ante tales estrategias, algunas mujeres acceden a retirarse de la clínica para ser trasladas a otros lugares donde les proyectan videos que muestran abortos sangrientos y peligrosos para ellas y para el “ser humano”, como llaman al no nacido.

Primero decían ‘primero se hace pedazos al bebé, después de hacerlo pedazos, van sacando lo que puedas agarrar con las pinzas, [... ] después al último, la cabeza del bebé’. Y muestran así como sale el bebé así hecho pedazos. Entonces viendo ese video, no sé si me quisieron asustar, yo digo que sí porque el video era muy explícito, la chava estaba así acostada desangrándose toda, ¡horrible! dije ¿por qué me pasan esto? Fue que cuando vinimos aquí, había una señora afuera dando información según sobre el aborto... Y sí entré en miedo, y terminé de ver el documental y me dio ganas de llorar pero me aguanté, y ya entró la señorita que me estaba atendiendo y ya me dice ‘después de ver el documental ¿cómo te sentiste?’ le digo pues sí un poco asustada, pero es una decisión que yo ya tomé y no me pienso echar para atrás (Sonia, 20 años, soltera, sin hijos, estudiante).

A pesar del acoso, las mujeres -sobre todo las más jóvenes y con mayor nivel educativo- desautorizan y cuestionan estas acciones al tiempo que distinguen su propia religiosidad del fanatismo y la manipulación con las que son interpeladas por los grupos conservadores y la moral católica.

¿Un pecado? creo que la Iglesia está en contra del aborto y es que tampoco lo veo como pecado, la Iglesia lo ve así pero digo, que se pusieran en el lugar de las mujeres, de las jóvenes, niñas... deberían de ponerse en el lugar de ellas y ver esa situación porque es muy fácil juzgar así a las personas pero no sabes por qué las estás juzgando (Sonia, 20 años, soltera, sin hijos, estudiante).

Si bien la presión ejercida por estos grupos acentúa la disputa subjetiva en las mujeres que están a punto de efectuar la ILE, no logra por completo sus objetivos, pues ellas se resisten a la intromisión.

Inclusive, a pesar de que nociones tales como el estatus del embrión como ser humano tienen peso en algunas de sus narrativas, aparece frente a otros discursos que las relativizan: por ejemplo la idea del derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo. De este modo, el contraste y la tensión entre significados en disputa, así como la existencia misma de la ILE que los cuestiona, atenúa el juicio moralizante cuyos ecos se escuchan en algunos relatos. Esto es de suma importancia pues la prestación estatal del servicio per se sacude la supuesta inmoralidad del aborto, al tiempo que introduce los argumentos feministas a decidir sobre el propio cuerpo, en su dimensión material y desestabilizando la fuerza monolítica del catolicismo en la subjetividad de las mujeres.

[La ILE] me hizo sentir apoyada, respaldada por la sociedad, porque imagínese sin economía, ahora moralmente sí me he sentido muy mal porque dentro de mí yo no lo quería hacer, ahora sí que ni modo, ya está hecho y pues ahorita nada más cuidarme y seguir adelante, eso es lo que me queda, y pues es algo que siempre voy a cargar, porque sí lo tienes, pero yo digo que fue bueno que por medio del gobierno apoyan a las mujeres (Isabel, 47 años, madre y abuela, divorciada, comercio informal).

  • c) El epílogo de la experiencia: La ILE como derecho restringido

El tercer y último momento de la disputa subjetiva surge de la reflexión a posteriori de la práctica, específicamente, cuando en las entrevistas34 se preguntó a las mujeres su opinión sobre la ILE como un derecho. Si bien se posicionan como titulares de la decisión, en sus cavilaciones tienden a restringir tanto la titularidad como el derecho, ya sea porque sólo habría ciertas razones legítimas, o bien, siempre y cuando el aborto se realice sólo una vez.

En un apartado anterior hemos hablado de la posibilidad que proporciona la ILE para separar moral y ley. Ante la pregunta sobre el aborto legal como derecho, sin embargo, las mujeres las fusionan de nuevo cuando formulan la idea de que debe ser restringido. Aunque esta supuesta restricción aparece dividida en dos vertientes, finalmente la ley aquí se sujeta a la moral. Son los discursos institucionales de la Iglesia católica, los grupos conservadores y los mandatos de la planificación familiar los que enlistan una serie de razones argumentadas como legítimas para acceder a ILE, de modo que no aparece como lo que es: un derecho universal irrestricto sólo limitado por la voluntad de la mujer:

En las jovencitas que tienen 16 años, yo digo que no estaría apto para ellas el aborto ¿Por qué? porque hoy en día en las secundarias ya no se tapan la boca ni los ojos, ya les enseñan los métodos de protección, cómo usar el condón, cómo usar las pastillas y todo lo demás que se usa hoy en día, pero por ejemplo, yo diría que el aborto legal se hubiera sometido nada más a las madres solteras, golpeadas, que no quieren tener al progenitor, a las mujeres que son violadas, a la gente que es un poco mayor de edad. Ellas que están empezando a conocer la vida sexual, a conocer muchas cosas nuevas y que por una interrupción se le venga una enfermedad o quede estéril para ellas sería un trauma (Sofía: 20 años, desempleada, violencia de pareja, divorcio en proceso, madre dos hijos, dos abortos previos).

Observamos que las razones válidas para la interrupción se construyen en función de la relación directa entre la sexualidad y el sufrimiento: la violencia, la coerción, la adversidad y la sujeción constituyen méritos para acceder al servicio. Lo que no aparece con suficiente validez en ninguno de los discursos sociales en disputa, ni en las narrativas de las mujeres, es la libertad sexual de las mujeres y la legitimidad de la experiencia del placer sin consecuencias reproductivas ni condiciones de coerción o violencia.

En cuanto a las expresiones sobre la restricción que limitaría el acceso a la ILE a una sola ocasión, las mujeres advierten la posibilidad de un supuesto “mal uso” del servicio si se le utiliza como método de anticoncepción. En el centro de esta preocupación se hallan los ecos de discursos sociales que expresan el temor a la libertad sexual de las mujeres.

Así las clínicas ya van a ser una epidemia [...] desgraciadamente a veces uno se confía, la gente se confía y dice bueno ya existe la posibilidad de... si al rato quedo embarazada pues... muchas veces lo toman como un juego y desgraciadamente no es un juego, se le brinda el apoyo, sí, pero digo ya no es un juego cuatro o cinco veces (Yolanda, 26 años, casada, una hija).

En esta lógica, la repetición de embarazos delataría la actividad sexual femenina sin fines reproductivos, lo que contraviene la moral sexual católica e incluso podría ser considerado como una conducta irresponsable ante el “apoyo” que brinda el gobierno a las mujeres que “realmente” lo necesitarían. El aborto condensa de manera contradictoria y fragmentada, los preceptos, valores y prácticas de los diferentes discursos que han justificado históricamente la regulación del cuerpo de las mujeres, sobre todo ante la posibilidad de su repetición.

Lo que resalta de la disputa subjetiva es que las mujeres, a pesar de significar su experiencia a través de los lenguajes sociales del debate sociopolítico con el fin de repudiar, restringir, enjuiciar o defender el derecho al aborto legal sólo en ciertas circunstancias, en la práctica lo llevan a cabo, y al hacerlo toman una posición práctica -no siempre verbalizada- ante su capacidad de decidir sobre sí y su cuerpo. Al mismo tiempo, construyen un sentido legítimo del acceso al servicio desplazando -más no eliminando- el poder de los discursos sociales dominantes en la conformación de la subjetividad, construyendo su reconocimiento como sujetos de decisión.

Reflexiones finales: El libre acceso a la ILE en los servicios de salud y la relativización del discurso católico

En términos de la lucha política sobre el aborto legal hemos argumentado que la inestable democratización del país, y la lucha en torno del Estado laico se convirtieron en el escenario donde la Iglesia católica y sus aliados, grupos de mujeres y feministas, y funcionarios gubernamentales de distintos lados del espectro político, se enfrentaron en su intento por posicionar como hegemónicas sus nociones sobre la sexualidad y la reproducción de las mujeres.

El proceso aquí examinado demuestra que el espacio social abierto por la sola idea de debatir la reproducción como materia de decisión, y por la discusión acerca de quién debe decidir sobre las capacidades reproductivas de las mujeres, les ha permitido a éstas últimas abrir una disputa subjetiva en la cual relativizan y cuestionan conceptos católicos de la femineidad -dominantes históricamente en la cultura mexicana- y someterlos a diálogo con otros marcos éticos y políticos como los discursos modernos de ciudadanía, derechos, libertad y responsabilidad, puestos en la mesa por actores sociales progresistas como los grupos feministas y de mujeres. La legalización del aborto es así un corolario de la paulatina desestabilización de la autoridad del discurso católico de la maternidad sobre las vidas y decisiones reproductivas de las mujeres.

En otros términos, los relatos de las mujeres muestran la coexistencia y la lucha de distintos lenguajes sociales al interior de la conciencia, lo cual ha permitido convertir a las afirmaciones monológicas de ciertos discursos dominantes -particularmente el de la moral católica- en discursos relativos. La pretensión absoluta del lenguaje moral religioso es impugnado así por el proceso dialógico de la heteroglosia (Amuchástegui, 2001) no sólo expresado en la disputa social en torno al aborto, sino en las cavilaciones que las mujeres llevan a cabo en el proceso de ILE.

Las narraciones aquí analizadas muestran cómo, gracias a la existencia e intensidad de los debates sociales acerca de la autonomía reproductiva de las mujeres, aquellas que acuden por una ILE ejercen una práctica de autonomía al posicionarse de manera diferencial frente a ellos. Gracias a las pugnas políticas en torno al aborto, las mujeres logran abrir un espacio en su experiencia para ponderar la importancia que los diferentes discursos tienen para su propia conciencia: el discurso católico no se erige ya como la verdad de sus vidas reproductivas sino como una posibilidad discursiva y ética más, en el agitado espacio de la lucha por la hegemonía. En este sentido, ellas muestran cabalmente y en su propia acción la importancia que en el país ha ganado la libertad de conciencia: las formas en que las mujeres se posicionan frente al aborto son sin duda un indicador de la creciente secularización de la sociedad mexicana contemporánea.

Cuadro 1 Nivel macrosocial. Actores políticos entrevistados 

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1Algunas ideas presentadas en este texto se discutieron previamente en Amuchástegui, Cruz, Aldaz y Mejía (2010).

2La primera Ley General de Población fue aprobada por el Congreso en 1974, cuando el Estado se hizo cargo de los servicios de salud bajo el concepto de “planificación familiar”. Antes de esta reforma el uso, distribución y venta de anticonceptivos era ilegal.

3Para una descripción de este enfoque ver Secretaría de Salud (2001).

4Las condiciones para una maternidad libre y voluntaria dependían, según esta formulación, de cuatro aspectos que el Estado tendría que promover y asegurar: educación sexual, acceso a métodos anticonceptivos, aborto y rechazo a la esterilización forzada (Lamas, 2009).

5Para un cuadro detallado de las diferentes legislaciones estatales ver GIRE, http://www.gire.org.mx/

6Uruguay tiene una ley con restricciones que establece que la mujer que desea abortar debe reunirse con un equipo interdisciplinario para expresar cuáles son los motivos, a partir de los cual tiene 5 días “de reflexión”, para posteriormente poder acceder al servicio (Ley 18967, República Oriental de Uruguay).

7 Foucault (1981) describe el biopoder como “... la explosión de técnicas diversas y numerosas para obtener la sujeción de los cuerpos y el control de las poblaciones” (p.169).Aunque para los 70’s la cuestión del biopoder en México ya se había desplegado ampliamente, fue durante los debates aquí analizados que la naturaleza política de la reproducción de las mujeres se evidenció claramente.

8Para Mouffe, “...el debate democrático se concibe como una confrontación real. Los adversarios luchan -inclusive de manera feroz- pero de acuerdo con un conjunto de reglas, y sus posiciones, aunque en última instancia irreconciliables, se aceptan como perspectivas legítimas” (Mouffe, 2005: 52).

9Más allá de procesos históricos de larga data (Amuchástegui, Cruz, Aldaz y Mejía, 2010), en términos de coyuntura política inmediata este evento fue posible parcialmente gracias al hecho de que el PRD gobernaba entonces el D.F. y estaba interesado en diferenciarse de la política conservadora del gobierno federal del PAN, el cual se encontraba en su segundo mandato después de que en 2000 venciera al PRI, cuyo régimen autoritario había durado ya 71 años.

10La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé la figura de la acción de inconstitucionalidad, que tiene por objeto determinar si una legislación es contraria a alguna disposición constitucional. La acción de inconstitucionalidad únicamente puede ser promovida ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por órganos del Estado.

11Mientras no se modifiquen los Códigos Penales estatales las casuales que permiten el aborto siguen siendo vigentes. Las legislaciones locales de todo el país permiten el aborto cuando el embarazo es producto de la violación y en 31 estados cuando está en peligro la vida de la mujer.

12Cuando nos referimos a los discursos o lenguajes sociales en este análisis, partimos de la teoría sobre subjetividad y lenguaje desarrollada por Voloshinov/ Bakhtin (1929/1986 y 1935/1981) , que considera que toda lengua está constituida por lo que llama “heteroglosia”: Heteroglossia is a perception of language as ideologically saturated and stratified. The many social languages participating in heteroglossia at any specific moment of its historical existence are all “specific points of view on the world, forms of conceptualization in words”. Heteroglossia creates the conditions for the possibility of a free consciousness (Morris, 1994: 16)

13“Procesos subjetivos de ciudadanía: sexualidad y derechos humanos” y “Cuerpo, subjetividad y ciudadanía: metodologías para la construcción de sujetos de derecho en el campo de la sexualidad”, coordinados por Ana Amuchástegui y Rodrigo Parrini, Universidad Autónoma Metropolitana Xochimilco/ Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE). Apoyadas por la Fundación Ford. “Politics, Religion and Gender Equality”, Católicas por el Derecho a Decidir y UNRISD, financiada por la Fundación Heinrich Böll.

14Para detalles de las personas entrevistadas, ver Cuadro 1.

16En el 2000, con Rosario Robles como Jefa de Gobierno interina, se reconocieron en el Código Penal las causales de despenalización por malformación del feto, el riesgo para la salud de la mujer y la inseminación no consentida, que se sumaron a las ya existentes: el aborto producto de una violación, el que resulta de una imprudencia y cuando la vida de la mujer corre peligro de muerte. En 2003, la ALDF eliminó el carácter de delito de las causales de aborto reconocidas hasta el momento.

17Consideramos que los debates aquí analizados constituyen propiamente un proceso de lucha por la hegemonía, en tanto se trata de una disputa política por la fijación del significado. “Cualquier discurso -afirman Laclau y Mouffe-, se constituye como un intento de dominar el campo de la discursividad, de detener el flujo de diferencias, de construir un centro. Llamaremos puntos nodales a los puntos discursivos privilegiados de esta fijación parcial” (1985: 112, traducción nuestra).

18María Luisa Sánchez, directora de GIRE, comentó en entrevista que durante el intenso debate público originado por la inclusión de la anticoncepción de emergencia en la Norma Oficial Mexicana de los Servicios de Planificación Familiar, en 2004, las organizaciones de mujeres dejaron la argumentación científica sobre la naturaleza no abortiva de este método en manos de investigadores y miembros de la comunidad médica, lo que resultó una estrategia muy efectiva para contrarrestar los argumentos religiosos de los grupos conservadores opositores a la reforma.

22La Ley de Salud del D.F. reconoce, en el artículo 59, que un médico puede ser objetor de conciencia si le corresponde practicar un aborto legal y esta práctica es contraria a sus creencias. religiosas o convicciones personales, aunque tiene la obligación de referir a la mujer con un médico no objeto.

23El genetista francés Jerome Lejeune impulsó en 1974 la Declaración de los Médicos de Francia contra el aborto legal, que defendía el respeto a la vida humana desde el momento de la concepción, cuyos argumentos fueron retomados por el Vaticano en su Declaración de 1974 sobre el aborto provocado, en donde condena esta práctica y defiende el “derecho natural a la vida”. Desde entonces sus planteamientos han sido retomados por los grupos conservadores opositores al aborto en su intento de argumentar sus creencias religiosas con “evidencias científicas” (Cfr. Cruz-Coke, Ricardo, 2002).

29Según el Censo de Población de 2010, los mexicanos que se declararon católicos pasaron de 88% en 2000 a 83.9% en 2010.

30Una encuesta realizada en el 2003 (CDD/Population Council, 2003) muestra la importancia de la separación entre las cuestiones del Estado y las iglesias para la población encuestada, así como la expectativa de que funcionarios y legisladores diseñen políticas públicas sin inspiración religiosa y realicen sus tareas con independencia de sus creencias personales.

31Artículo 4o constitucional establece: “... Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos”.

32Un mes después de la aprobación de la reforma, el Comité Nacional Provida inició una campaña por los hospitales de la capital “para evitar que se realicen abortos y para invitar a los profesionales de la salud a sumarse a la defensa de la vida”, así como para “pedir a los directores que en el caso de realizarse algún aborto, se les entregue el feto para darle sepultura”. Estas acciones continúan hasta la fecha, como atestiguan las mujeres entrevistadas (Aciprensa, 2007).

33Ícono de la femineidad en la cultura católica mexicana.

34Las entrevistas se hicieron una vez que se dio por concluida la interrupción del embarazo en la clínica.

Recibido: 24 de Febrero de 2014; Aprobado: 26 de Noviembre de 2014

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