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La ventana. Revista de estudios de género

Print version ISSN 1405-9436

La ventana vol.3 n.27 Guadalajara Jul. 2008

 

En la mira

 

Celebración del día internacional de la mujer

 

Teresita Solórzano Castellanos*

 

* Coordinación UAB gobernanza y sociedad. SOJ. ITESO. Correo electrónico: msolorza@iteso.mx.

 

En la celebración del Día Internacional de la Mujer, el 8 de marzo de 2007, el presidente Felipe Calderón promulgó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Un buen grupo de mujeres, la mayoría representantes de muchas más, nos regocijamos por el hecho de que se había elegido esta acción como una de las primeras cien del Presidente recientemente electo.

En el acto resaltó la presencia de los tres poderes federales: el presidente de la República, Felipe Calderón Hinojosa; el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia; lamentablemente el presidente del Senado: Manlio Flavio Beltrones, mandó una representante.

Lamentable no porque haya sido una mujer, recalco, sino por el hecho de no haberse presentado él, la investidura, al acto. Estaba también en el presidium el presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, José Luis Soberanes Fernández, y las secretarias de Estado en esa fecha: Secretaría de Energía: Georgina Kessel Martínez; Relaciones Exteriores: Patricia Espinoza Castellano; Educación Pública: Josefina Vázquez Mota; Desarrollo Social: María Beatriz Zavala Peniche (4 de 19 secretarías).

La ceremonia en principio fue emocionante, tenor que disminuyó cuando el Presidente "aprovechó" para dar a conocer, en ese momento histórico para nosotras, el incremento de la pena para aquéllos que secuestraran a mujeres y/o niños. Loable la decisión, pero desenfocó la ley que para protección de las mujeres había promulgado y los medios de comunicación al siguiente día cubrieron mayoritariamente la cuestión del incremento de pena por secuestro.

La LGAMVSV fue promulgada por el presidente de la República, por lo que se hizo únicamente una recomendación para que fuera adoptada y adaptada en el resto de los estados de la federación. Es decir, cada Estado decidiría si aprobaba una ley en este sentido y qué modificaciones llevaba a cabo en sus códigos para que pudiera ser aplicada, amén de la elaboración del reglamento que la regiría y del presupuesto que le sería asignado por los diferentes congresos estatales. El resultado es que hasta ahora sólo 14 estados han aprobado una ley en esta línea; no todas uniformes en el nombre ni contenidos y ninguno ha corregido sus códigos correspondientes: civil y penal, al menos. Parece ser que la ley emitida por el Distrito Federal ha resultado la más consistente.

En Jalisco la mencionada ley no ha corrido con suerte. En el Congreso la Comisión de Género está trabajando sobre el diseño de la misma, pero al cumplirse un año de la memorable promulgación no se ha llegado a un acuerdo definitivo. Se han dado cuestionamientos y propuestas desde diferentes espacios y perspectivas. La primera cuestión que resalta es la siguiente: ¿por qué una ley específica para las mujeres al acceso a una vida sin violencia? Porque históricamente las mujeres han aparecido más como objetos que como sujetos de derechos, y en el caso de comparar la violencia de unos y otras, la de ellos es mayor en número e intensidad que la que ellas ejercen, sin negarla. En el título de la ley se reconoce la no existencia de una vida libre de violencia para las mujeres, ya que se enuncia como "acceso a" una vida libre de violencia. En el caso de Jalisco desgraciadamente los niveles de violencia (física, emocional, sexual, económica, etc.) son de los más altos del país (INMUJERES e IJM).

La propuesta del Gobernador del Estado fue realizar las correcciones a los códigos correspondientes para sancionar la violencia en caso de que se presente en cualquier género, solución que no fue bien recibida por las interesadas. La Comisión de Género del Congreso del Estado elaboró una propuesta que ha pasado por varias correcciones dada la intervención del Instituto Jalisciense de las Mujeres (IJM), la Comisión Latinoamericana de Defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM) y otros grupos organizados de mujeres pertenecientes a la sociedad civil.

Esta última versión de propuesta todavía muestra inconsistencias importantes, como las que tienen que ver con la definición de violencia, tipos de violencia, diferenciar cuándo se trata de prevenir, atender, sancionar o detectar la violencia, incluir el término poder, ya que la violencia no es otra cosa que el uso y abuso del poder. Así mismo, recomienda estudio e investigación, siendo preciso subrayar la necesidad de diagnósticos y propuestas de solución realistas para lo que se requiere de la profesionalización y capacitación del personal que atiende a las víctimas; priorizar la responsabilidad de los funcionarios públicos para no sobre–victimar a las quejosas, entre otras cuestiones que no están claramente especificadas.

Resulta evidente, ya que no ha sido nunca agendada, que el asunto de la legislación de esta ley definitivamente no es prioritario para el Congreso actual del estado de Jalisco. Sin embargo, hemos de reconocer que se ha avanzado en el proceso. Incluso, aunque esta ley significaría una patente, más de que el cuidado y seguridad de las mujeres, entra en las prioridades en el marco de los valores y principios de la sociedad; estimamos que sería un avance recuperar el marco jurídico internacional en el que México está comprometido en pro de la equidad de género, cuando no hemos alcanzado ni siquiera la igualdad entre hombre y mujer que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece. La legislación estatal diluye muchos de estos derechos; un ejemplo de esto es que no puede haber una Ley Estatal Laboral porque hay una Ley Federal del Trabajo; por tanto, en el ámbito estatal, lo posible es acudir a la Procuraduría de Defensa del Trabajo de la Secretaría del Trabajo. La Comisión Estatal de Derechos Humanos no tiene la facultad de realizar ni siquiera una recomendación en casos de injusticias laborales, entre las que encontramos el acoso y la violencia en el espacio laboral. Basta revisar las estadísticas y los periódicos y veremos la frecuencia con que éstas se presentan. La garantía por parte del Estado de una vida sin violencia para las mujeres es todavía un asunto pendiente...

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