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Papeles de población

versão On-line ISSN 2448-7147versão impressa ISSN 1405-7425

Pap. poblac vol.22 no.87 Toluca Jan./Mar. 2016

 

Articles

La indigencia de adultos mayores como consecuencia del abandono en el Estado de México

Elderly people homelessness like consequence of abandonment in the state of Mexico

Gabriela Fuentes Reyes1 

Fernando Daniel Flores Castillo1 

1Universidad Autónoma del Estado de México


Resumen

Este artículo tiene como propósito el presentar un panorama general, a partir de un análisis teórico sobre el maltrato de adultos mayores desde una de sus formas representativas que es el abandono social, con la finalidad de aportar datos sustantivos y cualitativos. Se realiza una interpretación exegética al marco normativo en el Estado de México, encaminada a desentrañar los mecanismos jurídicos tanto de protección, como aquellos instrumentos que sancionan este tipo de conductas. Se aborda a nivel conceptual y explicativo el fenómeno de la indigencia. En este sentido define qué se entiende por indigencia, y las características de las personas que viven en esta situación. Además trata las condicionantes sociales que conllevan a que las personas lleguen a esta situación tales como la creación de estereotipos, la exclusión social y la estigmatización.

Palabras clave: Adultos mayores; abandono social; indigencia; maltrato; exclusión social

Abstract

This article haim to present a general overview since a theoretical analysis about the abuse of elderly people from one of his representative ways which is the social abandonment, to provide substantives and qualitative data. It´s a performed law exegesis interpretation to fathom the legal mechanism of protection in the state of Mexico, and that tools which punish this actions. It´s defined the meaning and way to understand the homeless problem, also which are the characteristics of the people who live in this condition. Furthermore, explains the social conditions that push the people to live in a homeless situation. Some of these are creation of stereotypes, social exclusion, and stigma.

Key words: Elderly people; social abandonment; homelessness; abuse; social exclusion

Introducción

En las últimas décadas, los países de América Latina y el Caribe han experimentado profundos cambios demográficos, entre los cuales destacan la reducción de la fecundidad y la mortalidad, así como el aumento de la esperanza de vida. Como resultado de estas transformaciones, la estructura poblacional se ha modificado de una forma radical y en menos de 20 años se duplicará la cantidad de personas mayores (Huenchuan, 2012). Ante tal crecimiento de la población adulta mayor, es necesario reflexionar sobre los problemas que se están suscitando dentro de este sector, con la finalidad de analizar los avances en materia de políticas públicas que protejan a este grupo de individuos.

El presente artículo tiene como objetivo presentar un panorama general de la situación de maltrato y abandono que enfrenta hoy día el colectivo de los adultos mayores en el Estado de México. No se pretende hacer un análisis exhaustivo del asunto, sino plantear en un primer plano la problemática a que se enfrentan estas personas. Así como mostrar los elementos jurídicos existentes en la entidad, con la finalidad de conocer los mecanismos que se pueden aplicar en situación de abandono.

Se comienza analizando la problemática del abandono de los adultos mayores, así como el maltrato que sufren estas personas. Asimismo, se analizan las normas jurídicas en la entidad mexiquense con el propósito de conocer la legislación aplicable en estas situaciones de riesgo y desamparo que produce el abandono. En otro de sus apartados se aborda el tema de la indigencia como una consecuencia del desamparo del anciano y las características y atribuciones de este sector olvidado de la población.

La salida a la calle y el consecuente rompimiento con el entorno familiar obedecen a un conjunto de factores: violencia, maltrato y abuso sexual, pobreza e insuficiencia de recursos materiales, abandono, aburrimiento, sobrecarga de tareas en el hogar. Lejos de las explicaciones absolutistas que enfatizan un solo factor (económico, psicológico, etc.), esta salida representa un fenómeno multicausal (Makowski, 2010). Estas personas son una parte importante de la sociedad, la cual a veces se estigmatiza y se le pone etiquetas, violando sus derechos individuales.

El abandono de adultos mayores

Cada día envejecemos un poco, se trata de un proceso natural, es el resultado de una serie de cambios físicos, psicológicos, biológicos, procesos psicomotores, y funcionales que se presentan de manera única y diferente en cada individuo. Este proceso es irreversible y tendiente a mermar las capacidades de todos los seres vivos, que además se caracteriza por la pérdida progresiva de la capacidad de adaptación y reserva del organismo ante los cambios.

En otra época, el respeto y cuidado a los ancianos era un acto recíproco "reconozco y agradezco los cuidados que tuviste conmigo, y ahora yo te procuro". En esta concepción, hoy, los adultos mayores (considerados de 60 años o más de edad en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores), son seres marginados y vulnerables en su condición humana, situaciones sociales que derivan de la inseguridad social y económica a la que se enfrentan, por lo que muchos de ellos viven en una constante lucha por integrarse a la sociedad, y muchas veces a sus propias familias (Arzate et al., 2007); asimismo, han sido considerados a su vez como personas menos productivas y poco autosuficientes, por lo cual a menudo son víctimas de discriminación y maltrato al interior de su entorno familiar.

Al respecto, los resultados de la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México (ENADIS) 2010 muestran que en México las personas adultas mayores son consideradas el cuarto grupo de población vulnerable a la discriminación, entendida como toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en la edad adulta mayor que tenga por objeto o por resultado la anulación o la disminución de la igualdad ante la ley o del reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales (Conapred, 2010). Algunas formas de discriminación son las cometidas por las y los integrantes de sus familias que se reflejan en abuso, explotación, aislamiento, violencia y actos jurídicos que ponen en riesgo su persona, bienes y derechos (Conapred, 2010).

Por otra parte los actos de discriminación también colocan en situación de riesgo al discriminado, al aislarlo tanto física como psicológicamente de su propio entorno, no considerarlo en la toma de decisiones como en situaciones extremas, proceder al despojo de sus propios bienes por parte de aquellos que tienen la obligación moral y jurídica de procurarlos.

Esta situación de desamparo de la persona mayor por alguien que había asumido la responsabilidad de cuidarla o por la persona a cargo de su custodia, es lo que conceptualizamos como abandono. Los lugares más recurrentes donde se abandonan a los adultos mayores, de acuerdo con la Secretaría de Salud del Distrito Federal (2006) son: instituciones (asilos y hospitales), centros comerciales u otros lugares públicos.

La violencia es otra de las manifestaciones del abandono, que se materializa a través de la negligencia, abuso o abandono, el cual se define como el acto injustificado de desamparo hacia uno o varios miembros de la familia con los que se tienen obligaciones que derivan de la disposición legal y que ponen en peligro la salud o la vida (NOM, 1999).1

Al respecto la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se ha pronunciado en el sentido de que el Abandono de Personas se da en el momento en que el obligado o quien tiene el deber, deje de proporcionar los medios de subsistencia sin causa justificada (Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2010). En este sentido se interpreta al abandono, desde el principio de reciprocidad en el cual los cuidados y la atención hacia los mayores se asumen como un deber moral.

El abandono se presenta en todos los sectores sociales, oficialmente no se cuenta con cifras que permitan hacer un análisis más profundo respecto al tema, sin embargo,

cuando nos referimos al abandono, no solo hablamos del que suele darse sobre todo en clase media-baja o de bajos recursos, donde prácticamente la persona adulta mayor es sacada de su casa y no se vuelve a saber nada de ella, sino que también nos referimos también a aquél que se realiza por parte de las familias que llevan a las personas adultas mayores a estancias o instituciones y luego ya no se hacen cargo de su manutención (Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, 2013).

El abandono social como forma de maltrato

El abandono social es una realidad y su consecuencia es la ausencia del reconocimiento que todos los seres humanos necesitan para desarrollarse satisfactoriamente. El reconocimiento social de todos sus miembros es el pilar del crecimiento de una colectividad. La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece por maltrato de adultos mayores, lo siguiente:

Un acto único o repetido que causa daño o sufrimiento a una persona de edad, o la falta de medidas apropiadas para evitarlo, que se produce en una relación basada en la confianza. Puede adoptar diversas formas, como el maltrato físico, psíquico, emocional o sexual, y el abuso de confianza en cuestiones económicas. También puede ser el resultado de la negligencia, sea esta intencional o no (Organización Mundial de la Salud, 2014).

En lo anterior podemos observar que el abandono o descuido se encuentra dentro de una forma de maltrato del adulto mayor, y sin importar la modalidad del maltrato el anciano sufrirá un detrimento en su persona y como consecuencia sus derechos humanos serán violentados.

El aislamiento y la soledad en el anciano sigue siendo cada vez más patente en una sociedad inmersa en una creciente competitividad y deshumanización. Se ha observado que aproximadamente 20 por ciento de la población experimenta la soledad y el abandono social, en un entorno de estrés y violencia, lo que ha ocasionado importantes cambios sociales y culturales que han venido a neutralizar los valores tradicionales que protegían a la familia y en especial a los adultos mayores (Flores Lozano, 2000). Basado en las características anteriores, el llegar a la tercera edad puede ser sinónimo de soledad. La razón está en que de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), 36 millones de adultos mayores en el planeta sufren maltrato (OMS, 2013).

La Norma Oficial Mexicana para la prestación de servicios de asistencia social para menores y adultos mayores creada en el año 1997 nos dice respecto a los adultos mayores en estado de abandono lo siguiente:

Adulto mayor en estado de abandono, aquel que presenta cualquiera de las características siguientes: carencia de familia, rechazo familiar, maltrato físico o mental, carencia de recursos económicos (NOM, 1997).

De lo anterior podemos entender por abandono, la falta de acción para atender las necesidades de un adulto mayor. La International Network for the Prevention of Elder Abuse (INPEA, 1997), nos dice que dentro de las principales necesidades se encuentran las siguientes:

  1. No proveer alimentos, ropa limpia, un lugar seguro, atención médica e higiene personal.

  2. Privar a la persona de contacto social.

  3. No impedir los daños físicos.

  4. No prestar la supervisión adecuada.

Con base en las características anteriores se advierte que el tipo principal de abandono que sufre el adulto mayor es la falta de atención y cuidado por parte de los familiares, el cual afecta directamente los aspectos psicológicos y emocionales. Los adultos mayores suelen deprimirse, presentan falta de apetito, y en casos más graves, el deseo de no vivir.

Por las exigencias que impone la sociedad, la familia, en último término el individuo también lleva a que el adulto mayor se margine, se le abandone. El abandono puede ocurrir en varios lugares o situaciones, a saber: hogar de ancianos, hospitales, en el propio hogar, en la calle.

Se abandona a la persona cuando se le deja sin medios para subsistir o sin los auxilios o cuidados indispensables para mantenerse en las condiciones de salud y de vida que poseía al momento del abandono, cuando aquella por sí misma no puede suministrárselos o en condiciones de imposibilidad de que se la otorguen terceros (Díaz de León, 2001).

En su obra González de la Vega (2002), nos menciona que la obligación de asistencia puede provenir de diversas maneras, como son:

  • Mandato legal.

  • Acto voluntario unilateral (familia) o contractual (médico, encargado de asilo, hospital).

Asimismo, el abandono se manifiesta, ya sea trasladando a la persona a un lugar distinto al de su hábitat normal dejándola sin la protección adecuada para subsistir, o bien retirándose quién tenga el deber del lugar donde se halla la víctima en su ambiente habitual, abandonándola en desamparo (Díaz de León, 2001).

La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), determina que todo individuo tiene derecho a la vida, la libertad y la seguridad de su persona (art. 3); a la seguridad social, a la realización de todos los derechos económicos, sociales y culturales, esenciales para el desarrollo de su personalidad (art. 22); tiene la oportunidad de participar en actividades culturales en su comunidad y compartir los beneficios de las artes y las ciencias, así como a contar, en relación al tema con un seguro para la vejez (art. 27). Destaca que todas las personas tienen derecho a un nivel de vida adecuado a su salud y bienestar, lo que incluye alimentación, vestido, vivienda, y atención médica, así como cualquier tipo de servicios sociales proporcionados por el Estado estipulado en su artículo 25 (Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948).

Los estudios han demostrado que la gran mayoría de los adultos mayores no conocen cuáles son sus derechos, lo que limita su exigibilidad y propicia actos de discriminación, abandono y maltrato hacia ellos. Por otra parte las personas mayores que están siendo víctimas de un maltrato, se encuentran en una situación de aislamiento y soledad, muchas veces sólo están en contacto con las personas que ejercen sobre ellos el maltrato y tienen miedo o están imposibilitados para denunciar a sus propios familiares.

La protección normativa sobre el abandono del adulto mayor en el Estado de México

Ley del adulto mayor del Estado de México

En 2008 fue promulgada en el Estado de México la Ley del Adulto Mayor, con la finalidad de otorgarles derechos a los adultos mayores que se encuentren domiciliados o de paso por el Estado de México. El artículo 4 nos habla de la dignificación del adulto mayor, quien tiene el derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral, así como la protección a su imagen, autonomía, pensamiento, dignidad y valores, los cuales deberán ser considerados en los planes y programas gubernamentales y en las acciones que emprendan las organizaciones privadas y sociales (Ley del Adulto Mayor del Estado de México, 2008).

El artículo 5 nos dice que los adultos mayores deben ser sujetos de programas de asistencia social en caso de desempleo, discapacidad y pérdida de sus medios de subsistencia así como de programas para tener acceso a una casa hogar o albergue u otras alternativas de atención integral, si se encuentra en situación de riesgo o desamparo (Ley del Adulto Mayor del Estado de México, 2008). En el artículo 33, se hace mención que los adultos mayores tienen el derecho a percibir alimentos, el cual se ve garantizado en los términos previstos por el Código Civil del Estado de México, además de prestaciones extraordinarias de los mismos, que comprenderán el pago de: gastos médicos extraordinarios, de necesidad notoria y urgente; suministro de los medicamentos que requiera para su salud; gastos por terapia o atención especializada en gerontología, geriatría y psicogerontología; y sepelio.

Por otra parte, el artículo 40 da la facultad a cualquier persona que tenga conocimiento de que un adulto mayor se encuentre en situación de vulnerabilidad o riesgo, quien podrá pedir la intervención de las autoridades competentes para que se apliquen de inmediato las medidas necesarias para su protección y atención (Ley del Adulto Mayor del Estado de México, 2008).

Código civil del Estado de México

Haciendo referencia a lo establecido en el artículo 33 de la Ley del Adulto Mayor del Estado de México, que analizamos en el apartado anterior, donde menciona la obligación de la familia hacia los adultos mayores de otorgarles alimentos extraordinarios a los establecidos en dicho Código Civil (Art. 4.135), entre los cuales se encuentran los siguientes: todo lo que sea necesario para el sustento, habitación, vestido; atención médica y hospitalaria. En su artículo 4.131 hace mención que los hijos están obligados a dar alimentos a los padres. A falta o por imposibilidad de ellos, lo están los descendientes más próximos (Código Civil del Estado de México, 2002).

Código penal del Estado de México

En el ámbito penal del Estado de México, si bien dicha ley no establece derechos y obligaciones que tendrán los adultos mayores, les otorgará protección a los mismos cuando alguno de los derechos asegurados por otras leyes, les sean quebrantados o violados por actos u omisiones de sus familiares u otras personas. Dentro de esta protección, se encuentra primero el cumplimiento de obligaciones alimenticias y en segundo plano la protección del abandono.

Como se mencionó, los adultos mayores tienen derecho a recibir alimentos como lo establece la Ley del Adulto Mayor y el Código Civil del Estado de México, pero en el caso de que dejaran de percibirlos se aplicará el artículo 217 del Código Penal del Estado de México que al texto dice:

Comete el delito de incumplimiento de obligaciones, quien incurra en las siguientes conductas:

I. El que estando obligado por la ley, sin motivo justificado abandone a sus descendientes, ascendientes, cónyuge, concubina, concubinario o acreedor alimentario, sin recursos para atender sus necesidades de subsistencia, aun cuando éstos, con motivo del abandono, se vean obligados a allegarse por cualquier medio de recursos para satisfacer sus requerimientos indispensables, independientemente de que se inicie o no la instancia civil. El delito se sancionará con prisión de dos a cinco años y de treinta a quinientos días multa (Código Penal del Estado de México, 1999).

Asimismo en el caso de abandono de adultos mayores, si bien la ley no especifica el abandono de adulto mayor, dicho ordenamiento establece una definición genérica de abandono -en este caso de incapaz- se aplicará el artículo 254, del Código Penal en la entidad, que al texto dice lo siguiente:

Al que abandone a una persona incapaz de valerse por sí misma teniendo la obligación de cuidarla, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y treinta a trescientos días multa, o trabajo a favor de la comunidad (Código Penal del Estado de México, 1999).

La conducta que se despliega en este tipo es la de omitir el auxilio en virtud de que la persona es incapaz de cuidarse. Por otra parte el bien jurídico tutelado, del abandono de incapaz es la seguridad de la vida y la integridad física de las personas, esto quiere decir que viene a proteger a aquellas personas que requieren los cuidados de terceros por encontrarse en la imposibilidad de suministrárselos por sí mismos.

En este apartado se han analizado algunos de los derechos de los adultos mayores en el Estado de México, otorgados por la ley, así como los mecanismos jurídicos existentes de protección a este sector en la entidad. Por otra parte es necesario mencionar que a pesar de la existencia de dichos ordenamientos, en la realidad se ven transgredidos sus derechos por quienes tienen la obligación o el resguardo y que el anciano se niega a denunciar o demandar, toda vez que existe una relación sentimental con la persona quien tiene el deber (Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, 2014). En muchas ocasiones temen las consecuencias que podría tener esa denuncia tanto para ellas como incluso para los posibles agresores. Tienen miedo a posibles represalias, a ser abandonadas o ingresadas en un asilo, entre otras (EIMA, 2013).

Situación del adulto mayor en el Estado de México

El Estado de México es la entidad federativa más poblada del país y cuenta con el mayor número de población con 60 años o más en términos proporcionales y absolutos, según los datos de la Encuesta Sobre Envejecimiento Demográfico en el Estado de México, ESEDEM, 2008 (Montoya y Montes de Oca, 2010).

Por otra parte, el Censo Poblacional 2010 del INEGI, advierte sobre la concentración de la población adulta mayor en la entidad mexiquense: en 10 municipios es donde se concentra 54.8 por ciento del total de adultos mayores, y otro 45.2 por ciento se encuentra repartido entre los 115 municipios restantes. Los cuales se enlistan en el Cuadro 1.

Fuente: COESPO, 2010 con base en INEGI, 2010.

Cuadro 1 Población adulta mayor en el Estado de México, 2010 

Como podemos observar en las cifras anteriores, se trata de una población que debe considerarse, puesto que cada día es notorio observar en casas del Estado de México, la presencia de algún adulto mayor al interior de ellas junto a sus familias. Por lo cual habrá de voltear la mirada a este sector y analizar a detalle su situación actual, así como todos aquellos factores que lo rodean y que pueden llegar a influir en el trayecto de su vida.

Pero, además, este sector de la población sigue posicionado entre los más vulnerables. Las leyes que les permitan tener una vida plena siguen siendo escasas, o de indefinida exigibilidad. En cuanto al problema de abandono y maltrato hacia el adulto mayor en el Estado de México, los datos estadísticos que existen, son los arrojados por la ESEDEM (2008), que se muestran en el Cuadro 2.

Fuente: Encuesta Sobre Envejecimiento Demográfico en el Estado de México, (ESEDEM 2008).

Cuadro 2 Distribución absoluta y relativa de la situación de malos tratos hacia los adultos mayores, según sexo 

Podemos entonces apreciar que el fenómeno del maltrato y el abandono se encuentra presente en la población adulta mayor en el Estado de México, de parte de quien tiene su resguardo o tiene la responsabilidad de cuidarlo. Por lo cual surge la necesidad de colocar el tema en la agenda pública, el maltrato y el abandono de este sector es un fenómeno silencioso, pero lamentablemente recurrente.

La indigencia: "un rostro del abandono social"

En la primera parte del trabajo se ha analizado el maltrato de adultos mayores, así como el abandono de los mismos manifestándose de igual manera como maltrato. Por otra parte se expusieron y analizaron los mecanismos de protección jurídica con que cuentan los ancianos en el Estado de México. Ahora bien, en este apartado se expondrá una de las variadas consecuencias que puede traer consigo el abandono social de estas personas, que es la indigencia, así como los factores sociales a los que son expuestos este sector de la población o quienes se encuentra en situación de calle.

Indigencia y exclusión social de adultos mayores

A lo largo del tiempo se han construido distintas percepciones y representaciones de una persona en situación de indigencia; a lo largo y ancho de las fronteras, estas construcciones sobre los indigentes se realizan con base en el conocimiento del propio entorno, aunque las causas son comunes en dicha situación: adicción a sustancias, alcohol; despojo de bienes por parte de terceros, renuncia total al cuidado de las personas abandonadas, violencia y maltrato al interior del hogar; son las principales coincidencias que presenta la indigencia en el mundo.

Las calles y los espacios públicos de las ciudades, principalmente son los escenarios por donde transitan los cuerpos de la exclusión. Hoy en día el stock de excluidos ha aumentado y se ha diversificado: homeless, inmigrantes, indígenas, nuevos pobres, desplazados, refugiados, los sin techo, desanclados, itinerantes, son algunos de los rostros de la exclusión en las ciudades. Los excluidos se han vuelto parte del paisaje urbano, se tornan fantasmas que deambulan sin ser vistos (Makowski, 2010).

La indigencia es una manifestación social que se caracteriza por el desarraigo y la estigmatización de hombres y mujeres adultos, que viven y satisfacen sus necesidades en las calles de las zonas urbanas, en las que desarrollan su cotidianidad, realizando actividades relacionadas con la precariedad crónica (Rojas, 2006). Para Guillermo Zermeño desde el siglo XVI, la pobreza e indigencia eran manejadas como análogas y consideradas producto de la pereza y la ociosidad (Zermeño, en Gendreau, 2005).

De lo anterior se desprende que las personas indigentes, son aquellas cuyo modo de vida es de origen callejero y que carecen de un alojamiento fijo, regular y adecuado para pasar el día y la noche, por lo cual se ven obligados a ocupar plazas, parques, puentes de las ciudades, con el fin de lograr su subsistencia.

La indigencia es un fenómeno que existe y se encuentra presente en las calles, es una realidad a la vista de todos, y que al parecer no es responsabilidad de nadie, más que del propio individuo que por circunstancias de la propia forma de vivir están en esa condición. El principio para reconocer esta situación como un problema social, es, creemos, comenzar por observarlos, en principio hacerlos visibles, conocer quiénes y cuántos son, representaría un buen inicio.

Los adultos mayores en situación de indigencia se ven obligados a crear una nueva forma de vida, adecuándose a la calle y extrayendo los beneficios que ésta les puede otorgar para su sobrevivencia. Construyen una nueva forma de vivir y socializar y se desenvuelven en un entorno mediático y discriminante el cual no es una opción, sino una obligación. La ausencia de vínculos sociales hace más vulnerable a este sector, lo que trae como consecuencia enfermedades físicas o mentales, incluso la muerte.

Causas que originan la indigencia de adultos mayores

Las causas por las que un individuo vive en situación de calle, son muchas y muy variadas, sin embargo, de manera oficial se reconocen las siguientes: adicciones, violencia intrafamiliar (maltrato, abandono social), problemas mentales, discriminación.

En su obra, Makowski (2010) nos dice que el abandono es otro de los signos que marcan la experiencia de la exclusión; las vivencias originarias se reactualizan en la intemperie. El descuido familiar se resemantiza, posteriormente, en el abandono de las instituciones que no logran retenerlos y son tan expulsivas como sus propios hogares. Finalmente, se experimenta el abandono social: ser una persona de la calle es no tener casi ningún lugar porque las instituciones de asistencia social y privada sólo se hacen cargo de los menores de 16 años. No tener documentos de identificación personal, carecer de atención medica y hospitalaria, no conseguir trabajo por no poder reportar una dirección, son modos a través de los cuales el desamparo se hace presente.

Causas que observamos en el grupo de adultos mayores, desde la discriminación en torno a su edad, hasta la violencia y el maltrato en sus propios hogares. Es necesario ampliar el espectro de protección jurídica en torno a ellos; porque si bien es cierto, como ya se analizó, que el reconocimiento de sus derechos se sitúa desde el ámbito internacional hasta el estatal, la correcta efectividad de los mismos frente a una situación de abandono, dista mucho de convertir ese reconocimiento jurídico a una verdadera transformación social en cuanto a la disminución de la violencia y casos de desatención para esta población.

Las personas que viven en la calle son portadoras de historias personales de abandono familiar, de maltrato y abuso sexual, de privación afectiva. No han tenido un lugar en la familia o en los afectos. Están a la deriva, deambulan por la intemperie social y biográfica (Makowski, 2010).

Al analizar el concepto de indigencia de adultos mayores y visto lo anterior podemos decir que el Estado no cumple con lo estipulado en la Ley, debido a que los indigentes crean condiciones de vida en las calles, viviendo en ellas, sin ninguna protección y programas de índole alimenticio, salud, económico, ya que es un grupo vulnerable que no tiene el apoyo y resguardo por parte del Estado. Se persiste en atender las consecuencias, no las causas.

El abandono hace visible el déficit de funcionamiento de las instancias sociales y familiares, pero también alude a la deriva individual, al dejarse ganar por el sufrimiento, no poder trascender la intemperie. El abandono refiere a esa nebulosa afectiva y experencial del sinsentido que envuelve a las personas de la calle.

La exclusión social

La exclusión tiene múltiples facetas, y alude a diversas formas de relación o no relación con las instituciones, con las estructuras políticas, familiares, profesionales y económicas. Siempre se está excluido de algo y de alguien (Karsz, en Makowski, 2010).

Cuando se hace referencia a la exclusión social, se enuncia un hecho estructural, que posee bases culturales, económicas y sociales, el cual es parte de un proceso histórico que data de la civilización y que señala y aparta a quienes son diferentes por el hecho de serlo (Fleury, 1998; Quinti, 1997).

Asimismo, de lo anterior podemos decir que existen diversas formas de excluir socialmente a los indigentes:

Dimensión tecno-económica: las personas excluidas son quienes se ubican en sectores económicamente débiles o al margen de la transformación tecnológica. Se caracterizan por tener una productividad muy baja, por la escasa o pobre tierra que poseen, por las herramientas obsoletas con las que trabajan, por la falta de calificación tecnológica, así como por los bajos sueldos que reciben (Thai-Hop, 1995).

De lo anterior, podemos apreciar que los adultos mayores se enfrentan a los nuevos retos que el uso de la tecnología conlleva con el progreso de las sociedades, situación que merma las posibilidades de adaptarse a esta situación, o bien, de obtener un empleo formal, y se ven obligados a realizar actividades desde la informalidad o la mendicidad, tales como pedir limosnas, ser cargadores, así como el "pepenar" en la basura para poder venderlas.

Dimensión sociopolítica: las personas que se encuentran en la categoría de las personas sin protección social, tampoco tienen acceso a una vivienda digna, ni a un trabajo estable. Son personas cuyo derecho a la justicia y a la dignidad humana no es reconocido (Thai-Hop, 1995).

El problema de la falta de una pensión que garantice una efectiva seguridad social para los adultos mayores, no concierne solo a nuestro país, sino es una situación que enfrentan la mayoría de las naciones, hoy en día. Las recomendaciones de los organismos internacionales resultan de una prominente dificultad para que los gobiernos locales las atiendan, y se traducen en la generación de programas sociales, que buscan paliar esta situación de cobertura universal y de amplia efectividad a la seguridad social. Insistimos, se atienden las consecuencias, no las causas.

Dimensión cultural: la exclusión tiene formas diversas como las personas que son excluidas del saber (analfabetismo); excluidos y excluidas de la información (fuera de canales o medios de información); excluidos y excluidas del derecho a la palabra y del derecho de vivir según su cultura (Thai-Hop, 1995).

Al encontrarse desarraigados de la sociedad, las personas en indigencia no se encuentran informados de lo que sucede a su alrededor, en el mundo que los envuelve, y por ende no son tomados en cuenta para la toma de decisiones, ya que su estilo de vida se excluye totalmente de lo que es socialmente aceptado.

Al ser excluidos de la sociedad los indigentes no cuentan con ningún amigo, apoyo moral que les cuide, y empiezan a crear relaciones con las personas que se encuentran dentro de su situación, a veces creando lazos afectivos, o simplemente de cuidado mutuo.

Además, existen casos en que los indigentes que no llegan a crear relaciones humanas, crean otro tipo de lazos con seres en igual condición, llamados animales en su mayoría perros, los cuales también han sido abandonados y se encuentran en la calle, creando así una relación de cuidado y fidelidad el uno del otro.

La estigmatización y prejuicio hacia el adulto mayor indigente

Las personas en situación de calle, así, deben sumar a sus precarias condiciones de vida una estigmatización que los señala como culpables de su destino e individuos peligrosos. Y su consecuencia inmediata: la separación paulatina y cada vez más amplia del resto de la comunidad.

Los griegos, crearon el término "estigma", para referirse a signos corporales con los cuales se intentaba exhibir algo malo y poco habitual en el estatus moral de quien los presentaba. Los signos consistían en cortes o quemaduras en el cuerpo y advertían que el portador era un esclavo, un criminal o un traidor (persona corrupta, ritualmente deshonrada, a quien debía evitarse, especialmente en lugares públicos) (Goffman, 1963).

Un estigma social es una desaprobación social severa de características o creencias personales que son percibidas como contrarias a las normas culturales establecidas. Erving Goffman, define estigma como el proceso en el cual la reacción de los demás estropea la "identidad normal" (Goffman, 1963). Trabaja a partir de las interacciones en un grupo en el que se encuentra un sujeto "estigmatizado" (social o históricamente). El peligro de ruptura de la interacción es mitigado, o incluso eliminado, mediante una serie de recursos e informaciones.

El término "estigma" será utilizado para hacer referencia a un atributo profundamente desacreditador; pero lo que en realidad se necesita es un lenguaje de relaciones, no de atributos. Un atributo que estigmatiza a un tipo de poseedor puede confirmar la normalidad de otro y por consiguiente, no es ni honroso ni ignominioso en sí mismo (Goffman, 1963).

Se puede enfatizar que la exclusión de las personas en indigencia se alimenta de la estigmatización social, debido a que sus condiciones de vida, su apariencia, sus actividades productivas y su ubicación geográfica conlleva a que se les califique como "peligrosos", "delincuentes", "improductivos" o "vagabundos", entre otros que enuncian claramente la estigmatización y justifican acciones de represión y por ende de exclusión social. Este proceso de exclusión sostenido en la estigmatización, se conjuga con el desarraigo que han experimentado en sus historias de vida particulares, debido a que por factores diversos, estas personas sufren una constante pérdida de vínculos y redes sociales, tales como su familia, su círculo de amigos, el trabajo, etc. Esto facilita que se desliguen de la identidad y pertenencia que tenían antes de vivir en las calles y conlleva paulatinamente al anonimato (Rojas, 2006).

En las calles estas personas no están aisladas por completo, y construyen algunos vínculos con otras personas en indigencia o con el personal de las organizaciones no gubernamentales. Sin embargo estos vínculos se caracterizan por ser ocasionales y por no tener la posibilidad de brindar un espacio sostenido de contención y apoyo, y por tanto, de configurar una red social.

Al ser aislados los indigentes empiezan a crear nuevas conductas diferentes a las que solían realizar. Su personalidad se va moldeando de acuerdo con las situaciones a que se enfrentan día a día en la calle. Si bien siempre el cambio proviene del interior de la persona, siempre influyen los factores externos a esta que determinan, su forma de actuar, pensar, sentir, hablar, entre otros.

Prejuicios

Los prejuicios significan los juicios o ideas formadas antes del debido examen y consideración de los hechos: es un juicio prematuro o apresurado, elaborado bajo un estado de ánimo (favorable o desfavorable) exaltado (Gómezjara, 2007).

La sociedad se ha encargado de elaborar prejuicios falsos, en contra de los indigentes, juzgándolos a partir de su imagen o apariencia, o por las acciones que estos realizan en las calles, como actuar raro, hablar solos o el simple hecho de tener mal olor. Esto ha generado que la sociedad se aparte de estas personas, por una mala creencia o un mal conocimiento. Al no tener conocimiento del entorno de las personas en situación de indigencia, ya sea por ignorancia, falta de interés o simplemente estar mal informados, se llegan a emitir pensamientos o razonamientos inadecuados o incorrectos acerca de los indigentes, o simplemente la sociedad se deja guiar por lo que escucha, sin comprobar nada y realizando sus propios prejuicios (Flores, 2013).

Podemos aseverar que, siempre se ha hablado mal de los indigentes, por considerarlos improductivos o un peligro para la sociedad, por lo cual al momento en que nos topamos con alguien así en las calles, tendemos a apartarnos, evadirlo, evitarlo o hasta cruzar la calle por el temor a que pueda reaccionar de manera violenta y nos pueda causar algún daño (Flores, 2013). Situación que denota por demás una clara aversión hacia lo distinto, hacia lo no-normal, optando por la indiferencia, el rechazo y una situación de convertirlos en sujetos invisibles para la sociedad, con ello, eludiendo cualquier tipo de responsabilidad para los individuos y para el Estado. La experiencia empírica nos facilitó comprobar tanto la exclusión como el estigma que se presentan los individuos en situación de calle, lo cual demostró una evidente falta de atención hacia este grupo de la sociedad: "si no los vemos, no existen". "Si no sabemos cuántos son, no tenemos la mínima responsabilidad de atenderlos". "Hacemos lo que se puede, con los que ubicamos."

A manera de conclusión

Los adultos mayores constituyen un grupo vulnerable en la ley y en la sociedad; ven afectados sus derechos constantemente, son víctimas de discriminación, violencia, abandono, exclusión y estigmatización, soledad; situaciones que tienen por consecuencia un evidente deterioro en su calidad de vida. El respeto a los ancianos es una cuestión moral, el cual es necesario promover en todos los sectores educacionales en el país, para así lograr una cultura integral sobre el fenómeno del envejecimiento.

Es necesario que se continúen desarrollando proyectos integrales e incluyentes para este sector de la población; crear conciencia que tarde o temprano todos formaremos parte de este grupo poblacional y tenemos la oportunidad de contrarrestar este panorama desolador, en el que exista una eficiente atención a las víctimas de violencia, maltrato y abandono. Existe una falta de claridad para afrontar situaciones emergentes tanto de abandono, maltrato o extravío de adultos mayores. Aunada a la incierta cifra de adultos mayores en situación de calle, situación que deriva en la falta de políticas de atención y prevención.

Un adulto mayor que es abandonado en la calle, en alguna institución o espacio público hace frente a un futuro incierto. Si el adulto mayor posee capacidad plena, no suele recurrir a la denuncia, sino a la asistencia. Si el adulto mayor presenta algún tipo de discapacidad física o mental, se ve impedido, por obviedad, a denunciar, y su única alternativa es la asistencia social, pública o privada.

Cada anciano que termina por vivir en las calles, representa la violación acumulada de varios de sus derechos fundamentales que no han sido garantizados por el Estado, como se establecen constitucionalmente (derecho a una familia, derecho a una vivienda, a un entorno libre de violencia, derecho a la salud, por mencionar algunos) cuya falta de aplicación provocó su vida en las calles. Se debe lograr como objetivo el que se respeten, protejan, promuevan y garanticen bajo el principio de igualdad y no discriminación todos los derechos políticos, civiles, económicos, sociales, culturales y ambientales de los adultos mayores.

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1Existe una diferencia fundamental entre abandono y negligencia, en la primera, se deja de atender al anciano y en la segunda, se le atiende pero con rechazo o incumplimiento.

Recibido: 17 de Julio de 2014; Aprobado: 16 de Marzo de 2015

Gabriela Fuentes Reyes. Profesora investigadora de tiempo completo en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México. Doctora en Ciencias Sociales y Políticas por la Universidad Iberoamericana. Integrante del Sistema Nacional de Investigadores (candidata). Perfil PROMEP. Líder del Cuerpo Académico "Derecho, Sociedad y Cultura" de la Facultad de Derecho de la UAEM (con registro Promep). Sus líneas de investigación son: Sociología del Envejecimiento y Política Social; Bienestar y Derechos Sociales; y Sociología Política. Cuenta con diversas publicaciones en revistas científicas, y capítulos en libros colectivos. Sus publicaciones más recientes son: "Los mecanismos de protección jurídica para las mujeres en el Estado de México: una revisión desde la efectividad (capítulo publicado en coautoría en el libro La investigación social en México, 2013), "El abandono: un acercamiento a la situación de los adultos mayores del municipio de Toluca (capítulo publicado en el libro La Investigación Social en México 2012) y "La vida de doña Concepción: una aproximación a la sociedad de Valle de Bravo en las primeras décadas del siglo XX" publicado en la Revista HISTORELO de la Universidad de Medellín, Colombia. Dirección electrónica: gafure@hotmail.com

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Fernando Daniel Flores Castillo. Licenciado en derecho. Universidad Autónoma del Estado de México. Obtención de título por exámen recepcional de tesis titulado: "La indigencia de adultos mayores como una forma de abandono social en el Estado de México". Participó en el proyecto de investigación "Revisión teórica del concepto de abandono: una mirada multidisciplinaria" del cuerpo académico "Derecho, Sociedad y Cultura" de la Universidad Autónoma del Estado de México. Dirección electrónica: fernando1613@hotmail.com

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