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Isonomía

versión impresa ISSN 1405-0218

Isonomía  no.23 México oct. 2005

 

Notas

 

Sobre Antropología jurídica: perspectivas socioculturales en el estudio del Derecho de Esteban Krotz (ed.)

 

Andrea Meraz*

 

* Instituto Tecnológico Autónomo de México

 

Recepción: 22/06/2005
Aceptación: 1/07/2005

 

La antropología jurídica es una subdisciplina de la antropología sociocultural que, como señala Esteban Krotz, editor del libro Antropología jurídica: perspectivas socioculturales en el estudio del derecho1, puede entenderse de dos maneras. Una es la privilegiada por los textos clásicos, esto es, como una rama de la antropología que aborda un campo o una esfera social distinguible —la esfera de lo jurídico— de otros campos o esferas sociales. La segunda, más adecuada a juicio del editor, es que la antropología jurídica al igual que cualquier subdisciplina, es una perspectiva específica elaborada para la captación de la realidad social que da cuenta, desde un ángulo particular y limitado, de la vida y las características de una determinada sociedad. Es decir, el estudio de los fenómenos jurídicos sirve como un acercamiento específico al todo social.

El mismo Esteban Krotz plantea que existen tres campos de estudio específicos de la antropología jurídica: el campo del derecho comparado como campo de conflictos y de luchas; el derecho como mecanismo de control social; y el campo del derecho y la ideología. Esta división corresponde a la manera en que trabaja la antropología en general, es decir, se comienza con el estudio de los conflictos y se termina con el estudio de la ideología. F. Silva Santiesteban en su libro Introducción a la antropología jurídica señala que otros de los temas que preocupan a esta disciplina son el estudio del derecho primitivo, el pluralismo jurídico, las diferencias del derecho entre las sociedades modernas y las tradicionales, el derecho consuetudinario, la relación entre el derecho oficial y los sistemas jurídicos indígenas, por mencionar algunos.

Los temas de estudio de la antropología jurídica con mayor relevancia en el contexto mexicano son los relacionados con el derecho indígena debido a las contradicciones entre el sistema jurídico nacional y la manera de ejercer el derecho en las comunidades indígenas del país. Sin embargo, los estudios de antropología jurídica mexicana eran prácticamente inexistentes hasta 1989, año en el que Rodolfo Stavenhagen reunió a un grupo de investigadores para analizar cuestiones en torno a los sistemas jurídicos indígenas en México y su relación con el sistema jurídico nacional. Varios de los investigadores que participaron en el grupo formado por Rodolfo Stavenhagen son colaboradores en el libro editado por Esteban Krotz, entre ellos Victoria Chenaut, Magdalena Gómez, María Teresa Sierra y el mismo Rodolfo Stavenhagen.

Maria Teresa Sierra y Victoria Chenaut señalan en su contribución a este libro que la antropología jurídica se ha convertido en un importante campo de especialización en la antropología latinoamericana debido a la actualidad de los temas que estudia y la importancia política que éstos han cobrado. Sin embargo, aún es necesario aclarar y enriquecer conceptualmente los enfoques y métodos de investigación. Los artículos compilados por Esteban Krotz son una importante contribución para conseguir dicho objetivo.

El libro Antropología jurídica: perspectivas socioculturales en el estudio del derecho, como en su presentación lo indica el editor, es un aporte al debate científico sobre la compleja problemática que presenta el estudio de lo jurídico en su contexto social y, al mismo tiempo, es una invitación a intensificar la investigación antropológica de lo jurídico en sus diversos aspectos. Se podría afirmar que es un libro de antropología jurídica mexicana en el sentido de que todos sus colaboradores son investigadores en México. No obstante, no es un libro exclusivamente de antropología jurídica mexicana en el sentido de que los artículos presentados no se refieren únicamente a la situación nacional, de manera que hacen de este libro una importante contribución a nivel internacional con relevancia espacial para Latinoamérica.

El libro está dividido en dos apartados generales. El primero se titula "El estudio antropológico de lo jurídico" y está constituido por las contribuciones de Esteban Krotz, Guillermo de la Peña, Roberto Varela, María Teresa Sierra, Victoria Chenaut y Rodolfo Stavenhagen. Este apartado ofrece un panorama general de la manera en que los antropólogos sociales han estudiado el fenómeno jurídico desde distintas etapas y perspectivas de la teoría antropológica, es decir, es un acercamiento al desarrollo de la antropología jurídica desde sus cimientos hasta algunos de los debates actuales más relevantes para la disciplina en cuestión. En esta primera parte del libro, el derecho es analizado por la antropología como fenómeno sociocultural.

La primera contribución es de Esteban Krotz quien realiza un recorrido histórico de los puntos de encuentro de la antropología y el derecho a partir de la segunda mitad del siglo XIX sin pretensiones de recapitular toda la historia de la antropología jurídica sino únicamente con el objetivo de presentar los momentos clave para la consolidación de dicha disciplina. El autor analiza la dificultad en la tarea de definir los conceptos de antropología, derecho y antropología jurídica, así como la problemática referente a los aspectos teórico-metodológicos del análisis sociocientífico. Por último, Krotz aborda el tema de los derechos humanos por encontrar en éste una estrecha relación entre las historias disciplinarias y los enfoques de la antropología y el derecho.

La segunda colaboración es de Guillermo de la Peña quien expone brevemente la obra de tres pares de autores de la antropología jurídica clásica inglesa y francesa: Maine y Durkheim, Malinowski y Radcliffe-Brown, Bohannan y Gluckman. De la Peña encuentra en cada par de autores posturas opuestas pero a la vez complementarias. Maine y Durkheim representan el nacimiento de las ciencias sociales en Europa, Malinowski y Radcliffe-Brown inician la corriente de la antropología empírica, mientras que Bohannan y Gluckman analizan los procesos de resolución de conflictos en diversas sociedades. Guillermo de la Peña considera que estos autores son la base de la antropología jurídica a la que define como la búsqueda de los fundamentos históricos y epistemológicos del dominio de la ley.

Roberto Varela es el autor de la tercera contribución en la que señala que para introducir la antropología al ámbito del derecho es necesario adentrarse, al mismo tiempo, en el ámbito del poder y la política y, a la vez, en el ámbito de la cultura. Por tal motivo, el autor estudia la distinción entre naturaleza y cultura, desarrolla el concepto de cultura, aborda la relación entre poder y política e incursiona en el contenido de los conceptos de autoridad, legalidad y legitimidad.

El artículo de María Teresa Sierra y Victoria Chenaut presenta y discute el desarrollo de la antropología jurídica anglosajona contemporánea, principalmente norteamericana e inglesa, con el fin de destacar cuestiones de especial interés para la antropología jurídica latinoamericana. El objetivo explícito de este texto es seleccionar temas y autores representativos de los principales paradigmas de la disciplina para enriquecer y alimentar el debate sobre temáticas similares que tiene lugar en América Latina. Las autoras de este artículo buscan propiciar nuevos temas de investigación y con ello nuevos debates teóricos para comprender el papel de la ley en la cultura y en los escenarios locales y globales.

La última contribución del primer apartado es la de Rodolfo Stavenhagen quien aborda el tema de los derechos indígenas dentro del marco del derecho internacional. El autor señala que una característica actual en los países latinoamericanos es la búsqueda de una nueva relación entre los pueblos indígenas y los estados nacionales y que un nuevo derecho internacional de los derechos indígenas se está construyendo a partir de organizaciones multilaterales. El autor examina los principales instrumentos para la protección de los derechos humanos a nivel internacional y analiza los cambios constitucionales y legislativos sobre la situación de los derechos indígenas en México, así como el tema de la autonomía de los pueblos indígenas mexicanos.

La segunda parte del libro se titula "Enfoques desde la filosofía, el derecho y la sociología". En este apartado se presentan las colaboraciones de Luis Villoro, Magdalena Gómez, Francisco Piñón, Javier Torres Nafarrate y Marcela Suárez Escobar. Aquí se plantean algunos de los fundamentos filosóficos y sociológicos del estudio del derecho como fenómeno sociocultural ya que el derecho no puede entenderse de modo aislado con respecto a los procesos sociales de los que forma parte.

La primera colaboración de este apartado es la de Luis Villoro quien analiza el tema de la relación entre multiculturalismo y derecho. El autor analiza el derecho de los pueblos a la autodeterminación establecido por el derecho internacional, el cual, sin embargo, no aclara el concepto de pueblo. Villoro propone una definición de dicho término a partir de concepciones comunes en antropología. El autor examina las relaciones entre derechos humanos individuales y colectivos; derechos de los Estados y derechos de los pueblos; y la relación entre dos sujetos de derecho que son el ciudadano de un Estado y el miembro de un pueblo.

El artículo de Magdalena Gómez trata el tema del derecho indígena y la constitucionalidad. La autora establece que existe un derecho indígena al margen de que éste no se incluya históricamente en el orden constitucional de los países latinoamericanos y utiliza herramientas teóricas del constitucionalismo para analizar el proceso de juridicidad del derecho indígena. Al contrario que Luis Villoro, Magdalena Gómez afirma que la naturaleza de los derechos que reclaman los pueblos indígenas es colectiva como lo es su titularidad. La autora recuerda a grandes rasgos la trayectoria histórica de la exclusión jurídica de los pueblos indígenas y aborda algunos problemas de definición conceptual de derecho indígena. Por último, la autora toca el tema del derecho indígena reflejado en el derecho internacional, en específico el convenio 169 de la OIT.

Para finalizar, agruparé las últimas tres contribuciones del libro debido a la gran similitud entre ellas. La primera de estas tres colaboraciones es de Francisco Piñón quien habla sobre el análisis del derecho que realizó Antonio Gramsci. La siguiente es de Javier Torres Nafarrate que hace lo mismo respecto a la obra de Niklas Luhmann y por último, la contribución de Marcela Suárez Escobar que reflexiona sobre las cuestiones relacionadas con el derecho en la obra de Michael Foucault.

Como se puede observar, algunas contribuciones del libro en cuestión realizan repasos históricos que pueden ser de gran utilidad para abogados que quieran acercarse a la ciencia antropológica, así como para antropólogos que quieran conocer temas relacionados con el derecho como fenómeno social. Asimismo, se plantean debates actuales para especialistas en antropología jurídica que a la vez son comprensibles para estudiantes incipientes de la materia.

Se observa también que los temas de los ensayos están estrechamente vinculados entre sí excepto por los últimos tres que corresponderían más a un libro de filosofía del derecho que a este de antropología jurídica. Por los demás, considero que se podrían reagrupar bajo el mismo título de la primera parte únicamente los primeros cuatro artículos ya que se abordan desde una perspectiva meramente antropológica, con excepción quizás del de Roberto Varela. Mientras que las siguientes tres colaboraciones abordan temas relacionados con el derecho indígena por lo que sería más adecuado que se colocaran en un apartado distinto bajo un título más apropiado.

No obstante, la elaboración del índice tiene únicamente efectos prácticos pero no le resta valor alguno a la importante aportación que el libro Antropología jurídica: perspectivas socioculturales en el estudio del derecho constituye para dicha disciplina que comienza a consolidarse y a tomar fuerza en el marco de la antropología latinoamericana. Este libro contribuye a clarificar la definición de lo que es la antropología jurídica, así como otros conceptos y métodos de investigación de la misma. Es un libro que ve hacia atrás pues muestra el desarrollo de la antropología jurídica desde sus inicios, ve el presente al señalar los debates más actuales de dicha disciplina y también ve hacia delante al plantear más interrogantes y abrir nuevos campos de estudio para la antropología jurídica.

 

Nota

1 Esteban Krotz (ed.), Antropología jurídica: perspectivas socioculturales en el estudio del derecho, Barcelona, Anthropos / Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa, 2002.

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