SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.39 número1Tratamiento laparoscópico de la hernia paraesofágica y la utilización de mallas índice de autoresíndice de assuntospesquisa de artigos
Home Pagelista alfabética de periódicos  

Serviços Personalizados

Journal

Artigo

Indicadores

Links relacionados

  • Não possue artigos similaresSimilares em SciELO

Compartilhar


Cirujano general

versão impressa ISSN 1405-0099

Cir. gen vol.39 no.1 Ciudad de México Jan./Mar. 2017  Epub 26-Mar-2020

 

Salud y Derecho

Conveniencia de la ilustración pericial

Convenience of legal expert education

Arturo Rafael Vázquez Guerrero1  * 

Jorge Alfredo Zendejas Vázquez2 

Jorge Arturo Vázquez Reta3 

Francisco Javier Ochoa Carrillo4 

1 Abogado, Master en Derecho Procesal Penal Acusatorio. Especialista en Salud Pública, Cirugía General y Cirugía Oncológica. Candidato a Doctor en Ciencias Médicas. Chihuahua, México. Profesor del Diplomado de Desarrollo del Cirujano en el Ámbito Pericial (Asociación Mexicana de Cirugía General - Academia Mexicana de Cirugía - Universidad Nacional Autónoma de México). México

2 Especialista en Cirugía General. Especialista en Medicina Forense. Profesor del Diplomado de Desarrollo del Cirujano General en el Ámbito Pericial (Asociación Mexicana de Cirugía General - Academia Mexicana de Cirugía - Universidad Nacional Autónoma de México). México

3 Especialista en Cirugía General, Cirugía del Aparato Digestivo y Endoscopia del Aparato Digestivo. Expresidente (AMCG-CPCG-FNCAECG). Academia Mexicana de Cirugía. México

4 Especialista en Cirugía General y Oncológica. Expresidente de la Academia Mexicana de Cirugía. Presidente del Consejo Mexicano de Oncología. México


Resumen:

Se estima que las instituciones del sector salud atienden 325 millones de consultas externas y tres millones 770 mil intervenciones quirúrgicas por año, casos suficientes para exponer al médico al error y a demandas o quejas por mala práctica, aun en ausencia de yerros. La Asociación Mexicana de Cirugía General, en alianza estratégica con la Academia Mexicana de Cirugía y con el aval académico de la Universidad Nacional Autónoma de México, reconoce la necesidad de contar con peritos médicos y cirujanos con alto grado de especialización y conocimiento de la ley, la ética y la cirugía; por ello, en 2012 desarrollaron el Diplomado de Desarrollo del Cirujano General en el Ámbito Pericial, con base en una necesidad y la firme convicción de lo conveniente que resulta la ilustración o formación pericial del médico y cirujano; ésta también favorece, desde luego, a la totalidad de técnicos, auxiliares, profesionales y especialistas de la salud que pretendan desempeñarse como peritos, y aun a aquéllos que sin desear lo anterior, quieren ser promotores de la verdad, la justicia y la salud. El objetivo del presente texto es reportar una serie de motivos y justificaciones de la conveniencia para el médico, el cirujano, el Sistema Nacional de Salud y la sociedad en general de contar con médicos y cirujanos especializados en la formación pericial.

Palabras clave: Perito; mala práctica médica

Abstract:

It is estimated that health sector institutions serve 325 million outpatient visits and three million 770 thousand surgeries per year, enough cases to expose the doctor to medical error, lawsuits or complaints for malpractice even in the absence of mistakes. The Mexican Association of General Surgery, in strategic alliance with the Mexican Academy of Surgery and academic endorsement of the National Autonomous University of Mexico, recognized the need for medical and surgical experts with a high level of expertise and thorough knowledge of the law, ethics and surgery. That is why, in 2012, they developed the Diploma of Development of the General Surgeon in the Expert Field, based on a necessity and the firm conviction of how convenient the illustration or expert training of the doctor and surgeon is; it also favors, of course, the totality of technicians, auxiliaries, professionals and health specialists who intend to perform as experts, and even those who, without wanting the above, wish to be promoters of truth, justice and health. The purpose of this writing is to report a series of reasons and justifications of the convenience for the physician, the surgeon, the National Health System and the society in general to have doctors and surgeons specialized in expert training.

Key words: Legal expert; medical malpractice

Antecedentes

Se estima que las instituciones del sector salud atienden 325 millones de consultas externas y tres millones 770 mil intervenciones quirúrgicas por año,1 casos suficientes para exponer al médico al error y a demandas o quejas por mala práctica aun en ausencia de yerros, situaciones que requerirán, sin duda, de intervención pericial.

La legislación mexicana establece que siempre que para el examen de personas, hechos, objetos o circunstancias relevantes para el proceso fuere necesario o conveniente poseer conocimientos especiales en alguna ciencia, arte, técnica u oficio, se solicitará la intervención de peritos. Estos practicarán las operaciones y experimentos que su ciencia y arte indiquen para motivar y fundamentar los hechos y circunstancias que ilustren a la autoridad que investigue el asunto o dirima una controversia médica, sea penal, civil, administrativa o dentro del contexto de los métodos alternos de solución de controversias.2-4

El cirujano integral debe demostrar aptitud, competencia y responsabilidad en las diferentes funciones que desempeña como profesionista. En la actividad clínica (institucional o privada), quirúrgica, científica, docente, administrativa, como perito o cualquiera de sus combinaciones. La norma, ley y ética se lo exigen.

La Asociación Mexicana de Cirugía General (AMCG), Colegio de Postgraduados en Cirugía General (CPCG), en alianza estratégica con la Academia Mexicana de Cirugía (AMC) y con el aval académico de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), crearon en 2012 el Diplomado de Desarrollo del Cirujano General en el Ámbito Pericial.

Este programa con nivel de diplomado constó de 160 horas distribuidas en exposiciones teóricas, así como actividades prácticas de interpretación de normas jurídicas, argumentación, crítica de documentos periciales, redacción de dictámenes periciales, elaboración de ensayos de investigación y reflexión profunda sobre los aspectos deontológicos y bioéticos de la práctica de la cirugía. Este diplomado de formación pericial fue realizado con la firme convicción de lo conveniente que resulta la ilustración o formación pericial del cirujano general, que también favorece, desde luego, a la totalidad de técnicos, auxiliares, profesionales y especialistas de la salud que pretendan desempeñarse como peritos y a aquellos interesados en complementar sus conocimientos sobre la ley y la ética.

Los motivos, justificaciones y consideraciones que a continuación sintetizamos constituyen argumentos a favor de la conveniencia de la formación pericial del cirujano (Cuadro I).

Cuadro I: Conveniencia de la ilustración pericial del cirujano. 

• Contar con un panorama general de la legislación en salud.
• Conocer el perfil y concepto de perito.
• Analizar y criticar casos clínicos reales con metodología pericial.
• Examinar y conocer la responsabilidad profesional del médico y cirujano.
• Identificar y discernir entre los diferentes tipos de responsabilidad profesional del médico.
• Entender el concepto de “mala práctica”.
• Instruirse en el método científico empleado en la peritación médico legal.
• Conocer la responsabilidad de la función pericial.

Contar con un panorama general de la legislación en salud

En todo Estado de derecho, la existencia de normas jurídicas hace posible la armonía de sus ciudadanos, el ejercicio de los derechos humanos de libertad, igualdad, protección social y seguridad jurídica. El sector salud se basa en determinantes y regulaciones encaminadas a favorecer el nivel de salud del individuo y de colectividad. Conocer el origen, historia y finalidades del Derecho a la Protección de la Salud, la Ley General de Salud y sus reglamentos, saber la jerarquía normativa en salud (Constitución, Ley General de Salud, reglamentos, normas oficiales mexicanas, acuerdos), con un énfasis especial en las disposiciones en materia de prestación de servicios de salud, constituye un acervo y herramienta de incalculable valor para el cirujano que se inicia en la formación pericial y para todo aquel profesional de la salud que busque ubicarse dentro del Sistema Nacional de Salud.

Conocer el perfil y concepto de perito

El cumplimiento de los requisitos actuales para la práctica de la medicina, la cirugía y sus especialidades -título universitario, diploma institucional, cédula profesional y el certificado del consejo (cada vez en mayor número)-, no garantiza que el médico satisfaga el perfil idóneo para emitir dictámenes periciales y participar armónicamente en procedimientos legales en calidad de perito. El que desee iniciarse en la educación pericial y quiera aproximarse al “perito profesional” desarrollará habilidades metodológicas y racionales, conocimientos éticos, jurídicos, argumentativos, lingüísticos, comprensión del criterio médico-legal y la experiencia de tomar parte en procedimientos que contemplen la participación de peritos ante autoridades de justicia, lo que ampliará su ámbito profesional como cirujano.

Se entiende como perito al entendido, experimentado, hábil, práctico en una ciencia o arte, así como a la persona que, poseyendo determinados conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos, informa bajo juramento de conducirse con veracidad a la autoridad competente que se lo requiera sobre los puntos litigiosos relacionados con su especial saber o experiencia. En el caso médico, además de los médicos forenses, peritos por excelencia en asuntos médico-legales, la formación e ilustración de peritos en cirugía enriquece la opinión pericial en puntos específicos y concretos donde solamente el especialista es perito idóneo.

Conocer lo anterior resulta, sin duda, conveniente, pues con mayor frecuencia nos enfrentamos a nuevas normas, obligaciones y responsabilidades en materia de salud y a la necesidad de intervención pericial en casos especializados y subespecializados debido al fenómeno de “súper especialización” de la medicina.

Analizar y criticar casos clínicos reales con metodología pericial

Independientemente de que nuestra práctica profesional comprenda la actividad pericial, de manera cotidiana nos enfrentamos al análisis y crítica de casos clínicos reales. El perito se especializa en ejercitar, desarrollar y mejorar la capacidad de reconocer una serie de elementos y variables clave como los factores de riesgo y datos de gravedad, evaluar la concordancia entre un cuadro clínico y un diagnóstico determinado examinando diagnósticos diferenciales, evaluar acuciosamente la presencia de datos a favor o en contra para el diagnóstico de una entidad nosológica, evaluar la indicación adecuada de los recursos de laboratorio y gabinete, valorar el uso apropiado de recursos terapéuticos y la serie de variables consideradas en la toma de decisiones. El perito se entrena en realizar todo lo anterior basado en la realidad documental plasmada en el expediente clínico y judicial. Todas estas habilidades son convenientes y deseables en el médico y cirujano, sea o no perito.

Examinar y conocer la responsabilidad profesional del médico y el cirujano

La responsabilidad es el deber que la ley impone de reparar los daños y perjuicios causados a otro y el deber correspondiente de hacerlo. De este modo, el interesado en formarse como perito logrará visión perspicaz para observar los actos médicos ajenos y propios con el fin de prevenir errores, proponer soluciones y construir argumentos y razonamientos científicos. La conveniencia de su formación pericial consiste en que perfeccionará el arte de identificar los elementos de la responsabilidad y comunicarlos de manera objetiva, imparcial y razonada.

Identificar y discernir entre los diferentes tipos de responsabilidad profesional del médico

Responsabilidad penal. La medicina y el derecho son guardianes de los bienes jurídicos de mayor trascendencia (la vida, la salud, la integridad física y mental). El derecho penal tipifica las conductas antijurídicas que los ponen en riesgo o vulneran y les impone penas. Así, la responsabilidad penal surge únicamente por actos u omisiones que las leyes consideren como delitos.

Responsabilidad civil. En derecho civil, la responsabilidad es el deber impuesto por la norma de reparar los daños y perjuicios causados a otro. La formación pericial es conveniente, pues le permite distinguir claramente la faceta contractual de la relación médico-paciente y los derechos y obligaciones de carácter civil que produce.

Responsabilidad administrativa. Los médicos que laboran en instituciones la entienden muy bien: ésta es la responsabilidad de los funcionarios por presuntas faltas o conductas ilícitas realizadas en instituciones o ante autoridades administrativas.

La conveniencia de perseguir una formación pericial es que fomenta en el perito el entendimiento y discernimiento de las profundas diferencias entre los anteriores tipos de responsabilidad. Del mismo modo, promueve su actuación pertinente e informada ante las diferentes autoridades reguladoras de la práctica médica en los diferentes procedimientos y etapas procesales.

Entender el concepto de “mala práctica”

La evaluación de los actos constitutivos de presunta mala práctica médica constituye el quid de la función pericial del médico o cirujano.

Dentro de los actos requeridos para examinar casos de presunta mala práctica médica se encuentran: i. Recabar toda la evidencia documental de expediente disponible. ii. Establecer el estado de salud previo a la(s) intervención(es) médica(s) o quirúrgica(s) en estudio. iii. Investigar y recrear, mediante el estudio del expediente médico, las circunstancias al momento de la acción u omisión motivo del asunto. iv. Definir el grado de cumplimiento o incumplimiento de las diferentes obligaciones, como la obligación de medios, de seguridad y de resultados. v. Evaluar si el resultado en la salud del paciente es atribuible a la intervención o a las acciones u omisiones de cuidado del paciente.

Además de lo anterior, el perito examinará elementos como los siguientes: i. La conducta (acción u omisión). ii. Los resultados. iii. Los sujetos (activo y pasivo). iv. El nexo de causalidad entre la conducta y el resultado.

Asimismo, el perito deberá identificar y discernir la especie de mala práctica médica. Todo lo anterior, con una metodología pericial razonada y objetiva.

Instruirse en el método científico empleado en la peritación médico legal

Para llegar al conocimiento de la verdad, es preciso aplicar la regla de la lógica; ésta es la ciencia que expone las leyes, modos y formas del conocimiento científico. La ciencia inicia con la observación sin sesgos de los hechos y con la claridad a priori de responder preguntas como ¿cuáles hechos vamos a observar? y ¿cómo vamos a hacerlo?

Conocer el método científico es fundamental pues permite al perito alejarse de conductas enemigas de la pericia médico legal, como la precipitación, el prejuicio, el error, el sesgo, la imparcialidad y la subjetividad, así como mejorar en atributos como objetividad, imparcialidad, orden, método, sistematización, manejo del lenguaje verbal y escrito con asertividad, claridad y concisión. Asimismo, reconocerá y respetará el valor del expediente clínico, ministerial o judicial como fuente de información y materia de sus opiniones periciales.

Todos estos atributos y virtudes le son convenientes desde el ángulo pericial, interpersonal y clínico.

Conocer la responsabilidad de la función pericial

Buscar formación o ilustración pericial le permite al médico y cirujano saber lo que le ocurre al perito cuando se aleja de sus deberes, se aparta de la neutralidad y se aleja de la verdad. Lo anterior, principalmente, en el tipo de falsedad en declaraciones judiciales, delito que lesiona la administración de justicia, cuyo objetivo es tutelar la certeza y seguridad en el proceso judicial, pues procura evitar la construcción errónea de los juicios que formulen los jueces por los datos incorrectos que le suministren. Conocer la responsabilidad y ética de la función pericial le permite dilucidar la relevancia de su cargo, que consiste en servir a la verdad y justicia.

Conclusiones

La formación o ilustración pericial amplía en el médico o cirujano el campo de percepción y análisis sobre las acciones u omisiones que en el ejercicio de su profesión realiza cotidianamente. Esto le deja identificar factores de riesgo, prevenir errores en su práctica personal y en la de su entorno. Asimismo le permite un digno y respetuoso cargo como coadyuvante en la búsqueda de la justicia y la verdad ante diferentes autoridades, organismos e instancias.

La ilustración o formación pericial del cirujano ha sido una constante en la vida reciente de la Asociación Mexicana de Cirugía General, Colegio de Postgraduados en Cirugía General y la Academia Mexicana de Cirugía a través del Diplomado sobre Desarrollo del Cirujano en el Ámbito Pericial y los múltiples cursos y seminarios impartidos sobre el tema, objetivo que revive su vocación de legalidad y ética como organismos.

Estos objetivos deben reforzar el Programa Único de Especialidades Médicas y las políticas públicas en materia de formación de recursos humanos para la salud a fin de vincularlas con las correspondientes en materia de administración de justicia y métodos alternos de solución de controversias.

Con base en todo lo anterior, contamos con la plena seguridad y convicción de que el bagaje intelectual y metodológico que ofrece la ilustración y formación pericial es igualmente conveniente y útil en su desempeño como médico, cirujano, asociado, colegiado, e inclusive, ciudadano promotor de la verdad, la justicia y la salud.

Referencias bibliográficas

1. Juan-López M. Programa de acción específico - Consolidación de la atención y la investigación de las quejas médicas 2013-2018 [Internet]. México, DF: Talleres Gráficos de México; 2015. Disponible en: http://www.conamed.gob.mx/conocenos/PAE.php?seccion=78Links ]

2. Presidente-de-la-República. Código Federal de Procedimientos Penales. Diario Oficial de la Federación http://www.dof.gob.mx 30-08-1934 [Última reforma 29-12-2014]. [ Links ]

3. Presidente-de-la-República. Código Federal de Procedimientos Civiles. Diario Oficial de la Federación http://www.dof.gob.mx 24-02-1943 [Última reforma 09-04-2012]. [ Links ]

4. Presidente-de-la-República. Código Nacional de Procedimientos Penales. Diario Oficial de la Federación http://www.dof.gob.mx 05-03-2014 [Última reforma 29-12-2014] [ Links ]

Recibido: 06 de Abril de 2016; Aprobado: 12 de Julio de 2017

*Autor para correspondencia: Dr. Arturo Rafael Vázquez Guerrero. Calle Ojinaga 808. Int. 410. Col. Centro, CP 31000. Chihuahua, Chih. México. E-mail: doctorarturovazquez@gmail.com

Creative Commons License Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons