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Perfiles latinoamericanos

versión impresa ISSN 0188-7653

Perf. latinoam. vol.27 no.53 México ene./jun. 2019

https://doi.org/10.18504/pl2753-009-2019 

Artículos

Representación sindical y redistribución: el caso de los jornaleros del valle de San Quintín

Union representation and redistribution: The case of the valley of San Quintín’s farmworkers

Graciela Bensusán Areous* 

Elena Jaloma Cruz** 

* Doctora en Ciencia Política por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM. Profesora-investigadora, Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Xochimilco (México); Profesora de tiempo parcial, Flacso México. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores, Nivel III | gbensusan@gmail.com

** Maestra en Ciencias Sociales por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Sede México. Asistente del Equipo para México de la Oficina Regional de las Américas de Amnistía Internacional | elejaloma@gmail.com


Resumen:

Este artículo analiza la relación entre el rezago en las condiciones laborales de los jornaleros mexicanos, la ausencia de una representación efectiva de sus intereses, la existencia de autoridades que toleran las medidas represivas de sus empleadores y su debilidad estructural en el mercado laboral. Se sostiene que esta situación obstruye cualquier demanda de cumplimiento de derechos, salvo en circunstancias extraordinarias como las que dieron lugar a la movilización y organización de los jornaleros del valle de San Quintín entre 2015 y 2017. En este caso, la lucha por la obtención de una auténtica representación de intereses, se traslapa con la demanda de mejores términos de intercambio entre trabajo y capital.

Palabras clave: jornaleros agrícolas; representación sindical; negociación colectiva; conflictos laborales; movimiento social; TLCAN

Abstract:

This article analyzes the relationship between the lag in the working conditions of Mexican farmworkers, the absence of an effective representation of their interests, the existence of authorities tolerant of the repressive measures of their employers, and their structural weakness in the labor market. It is argued that this situation obstructs any demand of rights compliance, except in extraordinary circumstances such as those that led to the mobilization and organization of the valley of San Quintín’s farmworkers between 2015 and 2017. In this case, the struggle to obtain an authentic representation of interests overlaps with the demand of better terms of exchange between labor and capital.

Keywords: Farmworkers; union representation; collective bargaining; labor disputes; social movement; NAFTA

Introducción

La sorpresiva movilización de los jornaleros agrícolas del valle de San Quintín en marzo de 2015, expuso ante la opinión pública las pésimas condiciones laborales en uno de los subsectores nacionales de mayor éxito del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN): la hortofruticultura de exportación. El cierre de una carretera fundamental y el paro masivo de labores1 mostraron las consecuencias del histórico bloqueo del circuito de representación de los trabajadores mexicanos, situación aún más grave en el caso de los jornaleros dada su mayor vulnerabilidad frente a los empleadores. Como en otros conflictos recientes en que los trabajadores buscaron mejores términos de intercambio con el capital, los jornaleros de San Quintín se enfrentaron al sistema sindical corporativo, autoritario y corrupto que quedó blindado durante la transición política a la democracia para convertirse en un poderoso resorte del modelo exportador, basado en bajos salarios y cero huelgas.

Vistos a finales de 2017, en el contexto de la renegociación del TLCAN, los resultados de esta movilización confirman que para que los trabajadores mexicanos puedan beneficiarse de este acuerdo, sería necesario contar con un nuevo modelo laboral que haga posible que su voz sea escuchada a diferentes niveles: desde la Comisión Nacional de Salarios Mínimos hasta sus sindicatos, así como en las empresas donde prestan sus servicios. Aunque las presiones que vienen del norte buscan evitar el dumping2 social debido a los bajos salarios mexicanos, lo cierto es que la agenda laboral de la renegociación tiene en la mira a este modelo como obstáculo de una auténtica representación de los trabajadores frente al gobierno y los empleadores.

En más de dos décadas, un sector como el agropecuario, que entre 1994 y 2016 multiplicó por seis el valor de sus exportaciones a Estados Unidos, incorporó valor agregado a su producción con importantes incrementos de la productividad y obtuvo una balanza comercial superavitaria, no se interesó en asegurar a sus trabajadores un mayor acceso al bienestar. Tampoco desde el gobierno se les exigió a los productores la mejora de las condiciones laborales y de vida de los jornaleros y sus familias. De esta forma, el arreglo en este sector -empresas exitosas, gobiernos tolerantes (cuando no, socios de las empresas) y trabajadores pobres sin auténtica representación- resta toda credibilidad a las promesas acerca de que la liberación comercial traería mejoras para todos; mientras que los cuestionamientos en torno al dumping que México realiza a través de su política de restricción salarial, encuentran evidencias en la situación de los jornaleros de San Quintín.

En este artículo se argumenta que la ausencia de una representación efectiva de los intereses de los jornaleros no es el único factor que explica el enorme rezago en sus condiciones laborales y de vida. Sin embargo, dicha ausencia ha sido determinante al impedir que se contrarreste a través de la acción colectiva el débil poder estructural de aquellos en el mercado laboral, agravado por el predominio de un modelo exportador basado en bajos salarios. Los miles de campesinos y excampesinos dispuestos a migrar para reemplazarlos, así como la presencia de autoridades cómplices que toleran las medidas represivas tomadas por sus empleadores, han sido poderosos disuasivos de cualquier demanda de cumplimiento de sus derechos. En este contexto, el propósito de este artículo es mostrar la manera en que en el caso de los jornaleros de San Quintín se superponen dos tipos de conflictos a la hora de luchar por sus derechos. Por una parte, el que emerge para desbloquear el circuito de representación de sus intereses -ocupado por sindicatos de protección al empleador-3 y, por otra, el que busca mejores términos de intercambio entre trabajo y capital. La manera específica en que estos conflictos emergen, interactúan y se resuelven, al menos temporalmente, es lo que el análisis de este caso busca desentrañar.

El material empírico en que se basa este artículo fue obtenido mediante la realización de trabajo de campo en Ensenada, Baja California, México, en los meses de agosto y noviembre de 2015, y consta de 25 entrevistas realizadas a una muestra de hombres y mujeres de entre 22 y 68 años, compuesta de líderes, militantes, participantes y no participantes en el movimiento, que son o fueron jornaleros, así como simpatizantes, aliados y adversarios del movimiento, algunos de los cuales fueron jornaleros, y otros que son funcionarios gubernamentales, empresarios y activistas. El análisis de las evidencias se basa en el método de rastreo de proceso (process-tracing methods) que busca explicar un resultado en un caso específico (Beach & Pedersen, 2010: p. 4).4

El artículo se organiza en cuatro secciones, comenzando por el análisis de la relación entre el modelo de crecimiento basado en las exportaciones y la persistencia de un arreglo corporativo que primero excluyó a los jornaleros agrícolas y después operó como barrera de contención frente a posibles conflictos redistributivos,5 lo que condujo a la precariedad en sus condiciones de vida y trabajo. En la segunda sección se analizan las relaciones de poder en el subsector de la hortofruticultura de exportación a la luz de los conceptos de poder estructural y de asociación; en la siguiente se presentan los antecedentes organizativos del movimiento y, en la cuarta, su emergencia junto a las etapas por las que ha atravesado entre 2015 y 2017.

La persistencia del corporativismo y el modelo exportador

Durante el periodo desarrollista, como legado del régimen autoritario posrevolucionario, se mantuvo en México una estructura sindical corporativa apoyada en una regulación laboral -contenida en la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo- que concedió amplios derechos colectivos a los trabajadores y vastos poderes a las directivas, a cambio de la intervención del Estado en el surgimiento y la vida de las organizaciones sindicales (Bensusán, 2007). Este diseño dio lugar a un sindicalismo políticamente poderoso por su extendida presencia en las empresas públicas y en las grandes del sector privado y su capacidad para controlar a los trabajadores, pero estructuralmente débil por la escasa presencia de trabajo asalariado en el mercado de trabajo y, por ende, subordinado al control del Estado. En el marco del modelo de industrialización por sustitución de importaciones orientado al mercado interno, este arreglo favoreció la negociación política de mejoras salariales y condiciones laborales favorables para sus representados, incluyendo a los trabajadores urbanos formales no agremiados que se beneficiaron de salarios mínimos al alza, a cambio de una férrea disciplina frente a las políticas gubernamentales. Por el contrario, el corporativismo en el campo se sostuvo principalmente en el reparto agrario y no en la mejora de las condiciones de trabajo de los que carecían de tierra, como es el caso de los jornaleros (Lara, 1996: p. 10).

Después, a la caída del crecimiento de la economía derivada de las crisis de los años ochenta se sumaron las reformas orientadas al mercado, así como la restructuración productiva hacia cuatro sectores principales: el petrolero, el maquilador, el automotriz y el agroalimentario. La estructura productiva se volcó a la exportación, convirtiendo el bajo costo de la mano de obra en la principal ventaja comparativa en el mercado mundial, excluyendo sustantivamente del consumo a los trabajadores mexicanos. A cambio de conservar su poder, los sindicatos corporativos apoyaron las reformas económicas y aceptaron la flexibilización y precarización del trabajo, a la par que siguieron obstaculizando la expansión de un nuevo sindicalismo que, por diversas razones, no logró desarrollarse como alternativa (Bensusán, 2016: pp. 140-146).

Bajo esta lógica, en la que el mercado interno dejó de ser el motor del crecimiento y se produjeron importantes cambios en la estructura social, como ocurrió en el campo, el nuevo modelo exigió no solamente la subordinación política de los trabajadores, sino la completa inversión del sentido de la representación sindical. La estructura corporativa se mantuvo y los viejos sindicatos continuaron conteniendo las demandas de las bases, dejando de representar a los trabajadores para convertirse en un negocio de los supuestos líderes, lo que llevó a la expansión y consolidación de los llamados sindicatos de protección patronal en los sectores vinculados a las exportaciones, como lo muestra el caso de los jornaleros de San Quintín.

Este arreglo resultó viable en un entorno institucional persistentemente débil como el mexicano, y derivó en pérdida salarial sistemática con una pronunciada tendencia a la disminución del ejercicio del derecho de huelga. De esta forma, la “paz laboral” se convirtió en el eje de la política de las cuatro últimas administraciones -a cargo del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y del Partido Acción Nacional (PAN)-, las cuales orientaron sus expectativas de crecimiento a las oportunidades abiertas por el TLCAN favoreciendo un reparto desequilibrado de los costos y los beneficios del libre comercio, tal como sucedió en el exitoso subsector de la hortifruticultura de exportación, marcado por la precariedad laboral.

Diversas investigaciones que enmarcan este estudio, sugieren que la calidad de los empleos en contextos de globalización está fuertemente asociada con el entorno económico y con la efectividad de los derechos laborales (Compa & Diamond, 1996; Weller & Roethlisberger, 2011).6 Por ejemplo, de acuerdo con el estudio de Mosley (2011), el impacto puede ser tanto positivo como negativo dependiendo de diversos factores, uno de los cuales es la manera en que los países se insertan en la economía mundial. Los países que están involucrados en procesos de subcontratación internacional -es decir, que importan insumos para producir y después exportar-, tienden a experimentar un deterioro en el ejercicio de los derechos laborales, especialmente en la forma en que los trabajadores se organizan, contratan colectivamente o ejercen el derecho de huelga, lo que afecta al resto de sus derechos. También influyen los factores domésticos, como la calidad de la democracia, el Estado de derecho y la presencia de organizaciones sindicales fuertes (Mosley, 2011: pp. 238-240).7

En aquellos sectores en los que la producción sigue siendo intensiva en mano de obra, como ocurre en la agroexportación mexicana, los efectos de la liberalización comercial tienden a ser negativos para los trabajadores (Mosley, 2011: pp. 205-206). Al estar los productores ubicados muchas veces de manera dispersa en el territorio nacional y alejados de la vigilancia de las empresas contratantes o compradoras en el exterior y verse orillados a reducir los costos laborales salariales y no salariales para compensar el alto costo de los insumos -como sucede en el valle de San Quintín-, su margen para cumplir con los derechos laborales se estrecha. Al menos así parecen asumirlo los productores y los gobiernos. Como consecuencia, se deteriora o se obstaculiza el ejercicio de los derechos laborales y, por esa vía, se reducen los costos de producción, ya que no suele existir vigilancia gubernamental fuerte ni sindicatos proactivos para evitarlo. Frente a esta situación, las alianzas laborales transnacionales y las cláusulas del ACLAN negociadas en 1993 tuvieron escasa eficacia en la defensa de los derechos de los trabajadores y casi nula capacidad de presión para reducir las asimetrías. En cambio, se generó un contexto de convergencia negativa en el respeto de los derechos laborales en América del Norte.8

Año y medio después de que el gobierno de Estados Unidos encabezado por Trump planteara formalmente la necesidad de renegociación del TLCAN a favor de “los intereses estadounidenses” -o su anulación en caso contrario-, México se encuentra inmerso en un proceso accidentado de renegociación con una agenda laboral incierta, en la que los bajos salarios en el sector agroexportador, entre otros, han sido objeto de fuertes cuestionamientos y desencuentros entre los representantes de los tres países.9

Por una parte, el mercado subregional de productos agrícolas se benefició a nivel macro de ciertas ventajas comparativas nacionales a partir de la liberalización comercial, fomentando la caída de los precios de los alimentos y la especialización productiva. Así, los productores estadounidenses de granos y los hortofruticultores mexicanos multiplicaron su producción y ganancias con el TLCAN, siendo México el segundo comprador de maíz y soya de Estados Unidos, y Estados Unidos el principal comprador de frutas y hortalizas de México (Vélez, 2017; AFP, Reuters & Notimex, 2017). En el extremo opuesto se encuentran los hortofruticultores del sureste de Estados Unidos, quienes denuncian que su producción ha tendido a ser desplazada por productos mexicanos -que son más baratos debido a sus menores costos laborales-, cuya importación se ha multiplicado desde la entrada en vigor del tratado. Por tal motivo, demandan que la renegociación contemple “la imposición de cuotas a las importaciones mexicanas, la alineación de las normas mexicanas de seguridad alimentaria y medioambiental con las de Estados Unidos, el aumento de los salarios de los trabajadores mexicanos y un freno a subsidios agrícolas” (Bjerga, 2017).

Respecto de los salarios de los trabajadores agrícolas mexicanos, a tono con la postura gubernamental, el presidente del Consejo Nacional Agropecuario (CNA), Bosco de la Vega, afirmó en septiembre que “los trabajadores mejor pagados del campo son los que exportan”, argumentando que el trabajador de la agroexportación peor pagado “gana tres salarios mínimos […], por lo que en la medida de que mejore el comercio […] vamos a tener mejores empleos y condiciones para los trabajadores” (Patiño, 2017).

En cualquier caso, las presiones estadounidenses ya no se limitaron al fortalecimiento de las cláusulas laborales, sino que también exigieron cambios en la legislación mexicana. En este contexto cobra importancia, sobre todo para el futuro de los jornaleros, la inesperada iniciativa del presidente Peña de abril de 2016 para reformar el artículo 123 constitucional, resultante de las presiones del gobierno de Obama en la negociación del Tratado Transpacífico. A pesar de tratarse de un cambio sustancial en las reglas del juego fue aprobada sin discusión por el Poder Constituyente en febrero de 2017 (aunque todavía está pendiente su reglamentación). La aprobación de esta iniciativa, que abre la puerta a la democracia en el mundo sindical, puede ser considerada como un paso ineludible (aunque insuficiente) para dejar atrás el bloqueo del circuito de la representación de los trabajadores por mayorías sindicales ficticias, transitando hacia nuevas formas de gobernabilidad democrática en el mundo del trabajo.10 Podría generarse incluso un nuevo escenario en el que los conflictos redistributivos, como el de San Quintín, encontraran canales para resolverse en lugar de impedirse, como sucede actualmente.11

Relaciones de poder asimétricas en el valle de San Quintín: el bloqueo de la representación y el conflicto redistributivo

Los jornaleros de San Quintín han enfrentado una situación de doble desventaja frente a sus empleadores. Primero, por la dificultad para organizarse libremente en defensa de sus intereses y, en segundo lugar, por su escasa capacidad para lograr una negociación seria con su contraparte, ante un mercado de trabajo caracterizado por la extendida informalidad laboral y la existencia de decenas de miles de excampesinos y campesinos dispuestos a migrar y emplearse sin protección y a cambio de bajos ingresos. Por ello su organización sorprendió a autoridades laborales y políticas, a empleadores y a la opinión pública en general, y posiblemente esa sorpresa haya sido el factor que abrió una ventana de oportunidad para visibilizar un conflicto cuyas raíces tenían larga data, pero no había encontrado canales para salir a la luz.

Esta situación puede ser analizada con los conceptos de poder, poder estructural y poder de asociación. En primera instancia entendemos por poder “la capacidad de los individuos y las organizaciones de realizar sus intereses de clase” (Wright, 2000: p. 962), el cual, a su vez, puede ser de dos tipos: asociativo y estructural. El poder de asociación hace referencia a “las varias formas de poder que resultan de la formación de organizaciones colectivas de trabajadores”, como “sindicatos y partidos pero también […] comités sindicales o formas institucionales de representación de trabajadores […] en esquemas de coparticipación obrera, o incluso […] organizaciones comunitarias”. Por su parte, el poder estructural “resulta de la simple situación de los trabajadores en el sistema económico”; es decir, “directamente de los mercados de trabajo o de la situación […] de un grupo particular de trabajadores” en la estructura productiva (Wright, 2000: p. 962).

En el ámbito laboral, la configuración organizativa clásica del poder de asociación son los sindicatos, que son las únicas asociaciones con personalidad legal reconocida para representar y negociar en nombre de los trabajadores organizados. La representación ejercida por estos es de naturaleza funcional, caracterizándose principalmente por la defensa de los intereses de un grupo que ocupa una posición particular de acuerdo con la inserción de sus miembros en las relaciones de producción. Así, los sindicatos representan a los trabajadores ante los empleadores y las autoridades y su acción tiene consecuencias en las condiciones materiales de los primeros (Figura 1).12

Fuente: Elaboración propia.

Figura 1 Factores y dinámica de la situación de los trabajadores 

El caso de los jornaleros muestra que esto no es lo que ocurre en México, salvo excepciones (Figura 2). En realidad, el modelo corporativo-estatista, al operar como instrumento de las políticas neoliberales, se convirtió en un poderoso obstáculo para el ejercicio de la representación por parte de los sindicatos, construir nuevas alianzas y frenar las tendencias adversas sobre las condiciones de vida de sus agremiados y los trabajadores en general. La ausencia de democracia, transparencia y rendición de cuentas en las organizaciones fue el factor que posibilitó la inversión del sentido de la representación, sin liberar a los trabajadores de los candados sindicales ni permitirles optar por nuevas vías de acción colectiva. Con tal propósito, se ha propiciado la expansión de sindicatos de protección patronal, dentro y fuera de las centrales oficiales tradicionales, que actúan como representantes formales de los trabajadores al estar legalmente reconocidos por las autoridades laborales y los empleadores, con quienes estos últimos acuerdan contratos colectivos simulados. Los empleadores otorgan unilateralmente la titularidad del contrato colectivo de trabajo al sindicato que responda de hecho a sus intereses, sin consultar previamente a los trabajadores. Sobre esa base, se anula el conflicto redistributivo -ya que no existe un actor que represente de hecho los intereses sustantivos de los trabajadores-. A su vez, en los pocos casos en los que el conflicto por la redistribución consigue emerger, su desarrollo y desenlace están en gran medida constreñidos por la situación de desventaja de los trabajadores mexicanos en el sistema económico internacional, derivada de su papel como mano de obra barata y su exclusión del consumo. De esta forma, el bajo poder estructural en el mercado de trabajo -en el que seis de cada diez trabajadores son informales-, se combina con un bajísimo poder asociativo en los hechos, lo que contrasta con un orden institucional que, como se dijo, desde su origen ofreció a los asalariados un reconocimiento generoso de sus derechos colectivos (Bensusán & Subiñas, 2017: p. 9).

Fuente: Elaboración propia.

Figura 2 Situación de los jornaleros asalariados en México 

En suma, como lo muestra la Figura 2, la representación de los intereses de los trabajadores en México se encuentra bloqueada en los hechos. Este bloqueo significa que existen sindicatos que ostentan el monopolio de la representación formal de los trabajadores, pero representan de facto los intereses de sus líderes, los gobiernos o los empleadores, lo que cierra el paso a cualquier intento de organización independiente. De esta forma, se inhibe la expresión y resolución de los conflictos redistributivos entre empleadores y trabajadores, entendidos como la lucha por mejores salarios y condiciones de vida y de trabajo, a la vez que no existe un árbitro estatal neutral capaz de generar un terreno de juego más nivelado. Al contrario, lo que tiende a ocurrir es que la mediación de ese árbitro asume “un sesgo pro-empresarial, acorde con el modelo económico neoliberal”, base de la política económica impulsada del gobierno, cuya meta en este ámbito es lograr a cualquier precio una conveniente combinación de bajos salarios y “paz laboral” (IBID, 2017: pp. 1, 6).

En el nuevo contexto del neoliberalismo globalizado en el que se inscribe el caso de los jornaleros del sector agroexportador, una organización que responda tanto a la movilización de sus miembros como a niveles amplios de sindicalización entre los más vulnerables del resto de los trabajadores, sería la base de la creación de una nueva comunidad de intereses, mediante la construcción de una estructura de redes y vínculos fuertes entre sus miembros, así como con otras organizaciones del entorno (IBID, 2017: pp. 1, 4). Paradójicamente, a pesar de las barreras institucionales formales e informales que impone el modelo laboral mexicano, condiciones excepcionales hicieron posible la emergencia de una nueva comunidad de intereses en San Quintín, y a la vez de un conflicto obrero-patronal e intersindical. En el primero se ha puesto en juego la vieja representación y se ha desarrollado entre líderes sindicales y trabajadores de base, aunque los empleadores han podido inclinar el resultado a favor de su preferencia. El segundo se ha desarrollado entre empleadores y jornaleros a través de sus nuevos representantes.

Los antecedentes organizativos y comunitarios del movimiento

Durante la década de 1980, los jornaleros del valle de San Quintín fueron trabajadores temporales migrantes y habitaron en campamentos dentro de los campos durante los meses que duraba el trabajo. En correspondencia, de acuerdo con Velasco, Zlolniski & Coubès (2014), la mayor parte de las acciones colectivas realizadas y las organizaciones que se formaron y actuaron en San Quintín con la participación de los jornaleros, se orientaron hacia la satisfacción de las demandas de mejoramiento de las condiciones de trabajo y de habitación en los campamentos.

La protagonista en ese periodo fue la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos (CIOAC), organización de movimiento social formal, gremial y progresista, afiliada al Partido Comunista Mexicano (PCM) y después al Partido Socialista Unificado de México (PSUM), activa en la región del noroeste por lo menos desde los años setenta (Lara, 1996: p. 16). La misma llegó al valle de San Quintín a principios de los ochenta y fundó en 1984 la CIOAC de esa población, la cual empezó a operar en el marco de una estructura de oportunidades restringida, en la que el margen para la organización formal y funcional de los trabajadores era muy estrecho (McAdam, 1996).

De acuerdo a Lara (1996), desde su fundación los empresarios del valle de San Quintín vieron a la CIOAC como una amenaza y reaccionaron intentando cooptar y amedrentar a sus líderes y miembros, creando sindicatos corporativos que les ofrecían protección. En ese sentido, en el mismo año de 1984 la Unión Agrícola Regional de Productores de Legumbres de la Costa -principal agrupación patronal de los empresarios de San Quintín- firmó los primeros contratos colectivos con la CTM, que obtuvo la representación de la mayoría de los trabajadores de la zona, además de que con anterioridad se habían firmado varios contratos con la CROM (Velasco, Zlolniski & Coubès, 2014: pp. 238-239). En contraste con aquellos, a la CIOAC se le negó el registro legal como sindicato, por lo que fue orillada a actuar a través de acciones colectivas, mientras que los trabajadores que protestaban por sus malas condiciones de trabajo fueron amenazados con el despido y el boletinado, lo que les impedía volver a laborar en las empresas de San Quintín (Velasco, Zlolniski & Coubès, 2014: pp. 246-247).

Desde finales de los ochenta y durante los noventa, el cambio en la estructura productiva hacia el aumento de la demanda de mano de obra en tiempo y cantidad y la consideración sobre las ventajas de asentarse en el lugar por parte de las familias jornaleras, generaron nuevas expectativas y demandas sociales. En consonancia, la orientación de las acciones colectivas y las organizaciones -la CIOAC, el Singoa y líderes jornaleros de base-13 viraron hacia la demanda de lotes, vivienda y servicios públicos.

La obtención de terrenos implicó, además de movilizaciones e invasiones de lotes, la negociación con el gobierno, los patrones y los ejidatarios, lo cual derivó, a lo largo de los noventa, en la independencia residencial de la mayor parte de los jornaleros de San Quintín respecto de sus empleadores (Velasco, Zlolniski & Coubès, 2014: pp. 246-251). En cuanto a las acciones colectivas laborales14 de este periodo, algunos ejemplos fueron la huelga de 1988 en el rancho El Papalote por aumento salarial y acceso al seguro social impulsada por la CIOAC, de la que resultó el pago de salarios caídos, el aumento de 25% al salario y varias mejoras en los campamentos.15 Asimismo, en 1999 tuvieron lugar tres acciones colectivas laborales contra distintas empresas detonadas por una privación relativa coyuntural: la retención de salarios (Gurr, 1970).

Según Garduño (1989), la CIOAC de los años ochenta constituyó la forma organizativa independiente de los jornaleros y su alternativa ante los sindicatos de protección. Sin embargo, la caracteriza como burocratizada por su funcionamiento de tipo partidario y su escaso contacto con las bases; clientelar, porque afiliaba a los jornaleros a cambio de conseguirles un lote para vivienda, y corporativa, por su relación de dependencia con el PSU. Señala que carecía de información suficiente sobre las necesidades y las demandas de los jornaleros y tendía a dirigir las demandas solo al Estado y no a los patrones (Garduño, 1989: pp. 203, 217-218). Asimismo, también la califica como dogmática porque emprendía formas de organización interna y movilización extrañas para los jornaleros indígenas -repertorios ajenos a la tradición de protesta de estos (Morris, 2000)-, quienes tienen una racionalidad política distinta correspondiente más bien con la de los indígenas mixtecos (Garduño, 1989: p. 206).

A finales de los años noventa y durante los dos mil, la CIOAC perdió fuerza e iniciativa. Paralelamente surgieron varios líderes comunitarios en el marco del asentamiento en colonias y se conformó una serie de organizaciones más acordes con aquella racionalidad, las cuales rescataron las formas tradicionales de participación y se asociaron con las dimensiones indígena y exmigrante de los jornaleros. Fue el caso de las asociaciones civiles de carácter étnico, articuladas en torno a la pertenencia a una etnia específica o al paisanaje de un pueblo determinado, orientadas principalmente a satisfacer las demandas de vivienda y servicios públicos de los grupos que las integraban y que al mismo tiempo dejaban en un segundo plano las demandas laborales (Lara & Ortiz, 2004: p. 19). En el mismo contexto surgieron los comités comunitarios, que en conjunto con las asociaciones civiles lideraron varias acciones colectivas por demandas de servicios públicos.16

La comunidad o colonia surge a partir del asentamiento definitivo de los jornaleros en el valle de San Quintín. La mayoría de los que actualmente trabajan en en ese valle se asentó ahí permanentemente, lo que implicó abandonar los campamentos, cuarterías o carpas situadas al interior de los campos que habitaban como trabajadores migrantes, para convertirse en trabajadores libres -en tanto libre fuerza de trabajo- y en residentes independientes y permanentes de San Quintín durante los años noventa y los dos mil (Velasco, Zlolniski & Coubès, 2014: pp. 43, 119).

La mayoría de las colonias de San Quintín fueron fundadas por jornaleros migrantes y una parte importante de la gente que habita en ellas son jornaleros o familias jornaleras17 (Velasco, Zlolniski & Coubès, 2014: pp. 81-87).18 El asentamiento de los jornaleros implicó el despliegue de acciones colectivas, como la movilización y la invasión de lotes, además de la obtención de su dotación por parte del gobierno o su compra (Velasco, Zlolniski & Coubès, 2014: pp. 246-251). Correspondientemente, en las entrevistas se afirma que los primeros asentamientos implicaron la socialización, la organización y la acción colectiva de los jornaleros para la adquisición de lotes donde construir sus viviendas.19

En los casos de asentamientos posteriores, los lotes se consiguieron mediante la intervención del gobierno, que los compraba a los propietarios y los vendía subsidiados, fraccionados, y, en ocasiones, con pies de casa a los jornaleros solicitantes, quienes a su vez nombraban un comité para demandar la provisión de servicios y consumar su asentamiento.20 De esta forma, la mayor parte de las colonias tienen un comité desde el momento de su fundación.21

El principal papel del comité es encargarse de las labores de gestión e incluso de movilización para exigir a las instancias públicas la satisfacción de necesidades de la comunidad de distintos tipos (principalmente servicios públicos). Cuando recién se fundaba una colonia, el comité solía encargarse de pedir la instalación de la red eléctrica y de agua potable, y en segunda instancia de demandar la pavimentación de las calles principales.22 Posteriormente a la provisión de electricidad y agua, el comité tiene el papel de solicitar a las diferentes instancias de gobierno el cumplimiento de las demandas que vayan surgiendo al interior de la comunidad. Estas pueden involucrar a la comunidad en su conjunto, como pedir el restablecimiento del suministro de un servicio cuando se interrumpe, la provisión de servicios de salud, el establecimiento de escuelas, la realización de pequeñas obras de infraestructura que mejoren el aspecto de la colonia, a veces la resolución de conflictos leves entre vecinos e incluso la invitación a organizaciones civiles o instituciones para que impartan talleres de capacitación; o, en otras ocasiones, pueden solo involucrar a sus miembros individuales.23

Por su parte, la otra tarea del comité es la de encargarse de organizar el trabajo comunitario o tequio, que consiste en la limpieza de las calles y demás espacios comunes.24

Surgimiento y evolución de un movimiento laboral-comunitario

Al estallar el conflicto existían 1.8 millones de jornaleros agrícolas, equivalentes al 4.1% de la población ocupada en el país en 2015 (Valdivia & Sánchez, 2017: p. 2). La mayoría de ellos provenía de comunidades campesinas e indígenas empobrecidas de los estados del sureste del país -Guerrero, Oaxaca y Chiapas- las cuales albergaban el creciente ejército de reserva de la agroindustria nacional. Así, la agudización de la pobreza orilló a oleadas de miles de campesinos y excampesinos a migrar y proletarizarse desde los años noventa, quienes han estado dispuestos a trabajar en grandes campos agroindustriales a cambio de ingresos muy bajos de hasta dos salarios mínimos o menos (INEGI, 2016: p. 14), insuficientes para satisfacer las necesidades elementales de más de una persona, de acuerdo con el propio Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval, 2016).

Los jornaleros del valle de San Quintín son trabajadores de más de 130 empresas, en su mayor parte dedicadas a la hortofruticultura de exportación, que obtienen excelentes resultados. Como una creciente cantidad de jornaleros hortofrutícolas, la mayoría son colonos de San Quintín, donde se asentaron definitivamente durante los años noventa y los dos mil, sumando hoy aproximadamente 45 mil jornaleros residentes (Camargo, 2015).

A pesar de los candados institucionales que durante décadas impidieron que los jornaleros expresaran su voz colectiva en defensa de sus derechos, los antecedentes organizativos y comunitarios de los jornaleros del valle de San Quintín antes referidos hicieron finalmente posible la emergencia de un conflicto en el que interactuaron sus esfuerzos por reemplazar a los líderes aliados al gobierno y los empresarios, y con los que propugnaron por mejores salarios y condiciones de trabajo, como se muestra a continuación.

La emergencia del conflicto y las condiciones que lo posibilitaron

A inicios del año 2015 los jornaleros de San Quintín protagonizaron un movimiento que ensayó la construcción de un nuevo actor colectivo sindical-comunitario sobre la base de una comunidad sui generis, en la que se articularon sus intereses en tanto trabajadores y miembros de una misma comunidad. Este significó un importante intento por superar el bloqueo del conflicto representativo -y redistributivo- a través del camino extrainstitucional de la acción colectiva.

El primer evento visible del movimiento ocurrió el 17 de marzo, cuando miles de jornaleros de las empresas del valle de San Quintín, liderados por una organización de base llamada Alianza de Organizaciones Nacional, Estatal y Municipal por la Justicia Social (en adelante, la Alianza), bloquearon la principal carretera de la región. El paro laboral demandaba aumentos salariales, el cumplimiento de sus derechos laborales contenidos en la Ley Federal del Trabajo, la cancelación de los contratos colectivos firmados entre las empresas y los sindicatos corporativos de protección patronal y el establecimiento de un diálogo con los patrones y el gobierno estatal.25 El paro, extraordinario en la historia contemporánea de los jornaleros agrícolas, los trabajadores mexicanos y el sector agroexportador nacional, fue el primero de una serie de hechos igualmente inéditos cuyos antecedentes y desarrollo se explican enseguida.26

El surgimiento del movimiento derivó de dos tipos de condiciones. Por una parte, las históricas, que comprenden la existencia de un nosotros jornalero y de vínculos interpersonales, de expectativas de mejoramiento de las condiciones familiares de vida y de comités comunitarios, como se explicó en el apartado anterior. Por otra parte, las condiciones emergentes, que incluyen la persistente falta de acceso a las instituciones estatales que afecta a los jornaleros, el éxito de diversas acciones colectivas que emprendieron en demanda de servicios públicos, y la identificación de la caída de la capacidad adquisitiva de su salario y la debilidad de su poder de asociación como trabajadores (Figura 3).

Fuente: Elaboración propia.

Figura 3 Condiciones del surgimiento del movimiento 

En cuanto a las condiciones históricas, como se explicó arriba, se observa que a lo largo de su vida los jornaleros del valle de San Quintín no solo comparten la actividad y el lugar de trabajo, sino también el origen, la historia de vida y el lugar de residencia e interactúan cotidianamente entre sí y con personas no jornaleras. En esas interacciones, los jornaleros se ven a sí mismos como iguales y se construyen como un nosotros basándose en sus características comunes, en contraste con los no jornaleros. Estos últimos -mayordomos, patrones, autoridades, comerciantes y profesionistas-, además de tener empleos no agrícolas o agrícolas con mayores calificaciones y mejores condiciones laborales, suelen no tener un pasado campesino, no ser indígenas, ser originarios de los estados del norte del país y, a veces, maltratar a los que son jornaleros, razones por las cuales son considerados en conjunto como otros por los propios jornaleros. Además, al interior de aquel nosotros, los jornaleros construyen vínculos interpersonales y establecen relaciones que van desde la competencia a la cooperación y la amistad.27

A su vez, en el seno de sus vínculos, los jornaleros evalúan sus condiciones de vida familiares, suelen identificar que estas han mejorado progresivamente a lo largo de su trayectoria laboral y de vida y tienen la expectativa de que ese mejoramiento continúe en el futuro. Eso quiere decir que esperan ascender socioeconómicamente como familia de una generación a otra por medio de la escolarización de los hijos y de que estos obtengan un empleo calificado fuera de los campos agrícolas en el que ganen un salario mayor. Una de las condiciones para que esto sea posible es que el salario ganado en el campo por los padres alcance para mantener a los hijos en la escuela.

Por su parte, durante el proceso de asentamiento definitivo y la formación de las colonias durante los años noventa y dos mil, los jornaleros del valle de San Quintín han creado instituciones y organizaciones de base que reproducen aquella expectativa de mejoramiento, concentran sus habilidades y fuerza organizativas y los proveen de líderes. Las principales son los comités comunitarios que, como vimos, son instituciones herederas de la tradición de organización indígena comunitaria, reconocidas por el gobierno local, existentes en casi todas las colonias y dirigidas por un presidente, quien es un miembro electo de la comunidad que suele ser reconocido como autoridad. Su objetivo general es mejorar las condiciones materiales de vida de la colonia mediante acciones de gestión, negociación y movilización dirigidas a instancias públicas.

En esa trayectoria histórica, los jornaleros de San Quintín construyeron una identidad colectiva como trabajadores con la misma suerte y miembros de una comunidad -o de varias comunidades vecinas y muy parecidas entre sí- a partir de las similitudes de sus características culturales, sus encuentros cotidianos y el sostenimiento de sus interacciones, la coincidencia de sus expectativas y experiencias organizativas comunes. Es decir, se veían a sí mismos como parte de un grupo social frente a los no jornaleros.28

En ese marco, entre 2013 y 2014, algunos representantes comunitarios -dirigentes y exdirigentes de comités- identificaron que los problemas y demandas de sus colonias eran similares, pero sus gestiones estaban siendo una y otra vez evadidas por los funcionarios, con lo que resultaban inefectivas. Después de discutir, concluyeron que era necesario el cambio de esa acción individual por la acción colectiva, convenciendo a otros representantes de constituirse como actor colectivo. Como resultado, formaron la Alianza, un frente representativo de los intereses de los jornaleros como miembros de un mismo conjunto de comunidades.

La Alianza realizó primero acciones colectivas conjuntas por la provisión de servicios públicos, tras las cuales las demandas fueron satisfechas, lo que fue interpretado por parte de los líderes y las bases como resultado de las acciones colectivas. Después reinterpretaron ese resultado a la luz de otros agravios comunitarios pendientes, considerando ese éxito como una evidencia de que su acción colectiva estaba generando cambios en la estructura gubernamental que les beneficiaban, de lo cual había que sacar provecho organizando más acciones colectivas conjuntas por la solución de viejas demandas.

El siguiente agravio identificado por los aliancistas fue el estancamiento de los salarios de los jornaleros y la tendencia a la caída de su capacidad de compra durante los últimos diez o quince años, afectando sus condiciones materiales de vida.29 Al mismo tiempo identificaron la continuada debilidad del poder de asociación de los jornaleros en tanto trabajadores, al considerar que los canales institucionales y los sindicatos no estaban funcionando en los hechos para defender sus derechos. Entre mediados de 2014 y principios de 2015 los aliancistas decidieron que la acción colectiva contenciosa era el único medio disponible capaz de orientar el comportamiento de autoridades y empresarios hacia el cumplimiento de sus demandas, por lo que difundieron entre las bases el estancamiento y caída del poder adquisitivo de su salario como un factor que atentaba contra las expectativas históricas de mejoramiento de las condiciones de vida familiares. Además, las bases reconocieron la urgencia de aliviar su creciente pobreza salarial y se dejaron liderar por los aliancistas, debido a que estos también eran jornaleros y habitaban en las mismas colonias, eran representantes comunitarios o tenían vínculos con ellos, a la vez que poseían conocimientos en materia laboral.

Sin embargo, los jornaleros enfrentaban diversos obstáculos para expresar sus demandas porque el circuito de representación de sus intereses estaba bloqueado por los sindicatos afines a las empresas, que actuaban como sindicatos de protección patronal. Cabe señalar que en el valle de San Quintín casi todas las empresas tenían contratos colectivos por planta o por empresa con dos sindicatos: el Sindicato Nacional de Trabajadores, Obreros de Industria y Asalariados del Campo, Similares y Conexos, afiliado a la CTM, y el Sindicato de Obreros, Campesinos, Cargadores, Operadores de Maquinaria en General, Similares y Conexos, afiliado a la CROM (Pérez, 2012: p. 111), y algunas con el sindicato equivalente incorporado a la CROC. Por lo tanto, en esas empresas, los trabajadores contratados formalmente eran automáticamente afiliados a esos sindicatos. Tanto los contratos colectivos que las empresas firmaban con esos sindicatos como los representantes de estos solían ser desconocidos por los trabajadores, a quienes se les descontaba automáticamente una fracción de su salario “por concepto de cuota sindical”, mientras que esos contratos aplicaban para todos los trabajadores de la planta o la empresa, independientemente de su situación jurídica.30

Por lo anterior, los aliancistas planearon el paro de labores o huelga de hecho del 17 de marzo como una acción colectiva laboral estratégica -y extraordinaria- que no se tramitó por las vías institucionales debido a que la legislación exige, entre otros requisitos, que los pliegos petitorios sean presentados a la autoridad por parte de los sindicatos titulares de los contratos colectivos, lo que era imposible en este caso. La suspensión de labores buscó sacar provecho de la coyuntura y de las condiciones espaciales del valle de San Quintín para captar la atención de autoridades y empresarios. Esto significó iniciar la medida de fuerza a la mitad de marzo, en plena temporada de cosecha de frutos rojos, que son el producto de mayor valor producido en San Quintín; acompañarla del bloqueo de la carretera por donde circulan constantemente tanto los insumos y productos agrícolas, como los trabajadores, y conformar su pliego petitorio básicamente con contenidos garantizados por la Ley Federal del Trabajo.

Es así que la Alianza, originalmente un frente comunitario, llegó a asumir y ejercer simultáneamente y de hecho la representación funcional de los jornaleros como colonos y como trabajadores, mientras que desplazó con su acción colectiva a los representantes formales -los sindicatos con registro- para representar a los jornaleros enarbolando demandas redistributivas: aumento de salarios y pago de prestaciones.

Auge, declinación e institucionalización del conflicto

Después de aquel paro de labores, el desarrollo del movimiento se dividió en tres etapas entre marzo de 2015 y enero de 2016.31 Estas etapas se diferencian considerando el nivel de movilización y los pasos que se fueron dando hacia la institucionalización de una nueva representación de los jornaleros con miras a lograr una negociación seria con los empleadores. La primera es de auge y corresponde a la visibilización del movimiento, la atracción de la atención de los gobiernos estatal y federal y de algunos empresarios de San Quintín y la celebración de mesas tripartitas de negociación. La segunda es de declinación de la movilización, en la cual se formalizó una serie de acuerdos con las empresas que resultaron ser restringidos, con cambios limitados e incluso algunos negativos en las condiciones laborales, lo que determinó la escisión de la Alianza en dos partes. La tercera condujo a la institucionalización de una nueva representación, cuando cada una de esas dos partes formó y registró un sindicato nacional independiente de jornaleros (Figura 4).

Fuente: Elaboración propia.

Figura 4 Etapas de desarrollo del movimiento 

Respecto a la primera etapa, la medida de fuerza del 17 de marzo y otras acciones posteriores generaron pérdidas económicas millonarias en el valle de San Quintín y atrajeron la atención de los medios de comunicación. Estos dieron gran visibilidad al movimiento y a las violaciones a los derechos humanos y laborales que padecían los jornaleros, despertando la indignación y la solidaridad nacional e internacional, evidenciando el bloqueo de la representación de sus intereses por parte de la autoridad laboral y los sindicatos titulares de los contratos colectivos, así como su debilidad en la estructura del subsector hortofruticultor exportador. La presión económica y social fomentó que algunos empresarios de San Quintín y autoridades gubernamentales atendieran a los manifestantes, estableciéndose mesas tripartitas de negociación. A su vez, esta intensa movilización, supuso el desconocimiento fáctico de los sindicatos existentes como representantes de los jornaleros y el reconocimiento por parte de autoridades y empleadores de la existencia de un conflicto redistributivo por mejores salarios y condiciones laborales, hasta entonces contenido como efecto del bloqueo representativo, como se explicó en el segundo apartado de este artículo.

En cuanto a la etapa de declinación, cuando decae la movilización, tres condiciones existentes desde décadas atrás operaron en perjuicio del movimiento: 1) la existencia de numerosas zonas rurales con miles de campesinos y excampesinos que conforman el mencionado ejército de reserva de la agroindustria nacional; 2) el carácter precario del salario mínimo oficial, que propicia que el costo de la mano de obra mexicana en general se mantenga bajo, y 3) el funcionamiento deficiente de la institucionalidad laboral y el papel invertido de los sindicatos titulares de los contratos colectivos, los cuales protegen a los empleadores y permiten impunemente el incumplimiento de los derechos laborales de los jornaleros.

La combinación de estas condiciones fomentó que las mesas tripartitas de negociación dieran lugar a acuerdos positivos pero restringidos: aumentos salariales y afiliación al IMSS de los trabajadores en unas cuantas empresas, y a numerosos cambios negativos: incrementos salariales con mayores cargas de trabajo, despidos de hecho, boletinados, sobornos y difamaciones; estrategias históricamente usadas para debilitar y dividir a los movimientos laborales independientes, por lo general con éxito, gracias a la complicidad de autoridades, empleadores y dirigencias sindicales.

Los limitados resultados de las acciones colectivas generaron la reaparición de diferencias políticas entre los líderes de la Alianza que al inicio del movimiento habían sido hechas a un lado, la formación de dos grupos, el distanciamiento y el crecimiento de la desconfianza entre ambos y finalmente el retiro de uno de ellos de ese frente, con lo que se consumó la escisión.

Finalmente, en la tercera etapa, conducente a la institucionalización del conflicto en el contexto del proceso de negociación y firma del Acuerdo TransPacífico entre 2010 y el otoño de 2015, aumentó la posibilidad de que cambiara el funcionamiento de las instituciones laborales y se abriera el espacio para un mayor respeto a los derechos colectivos de los jornaleros. En ese marco, como ya se dijo, el gobierno de Estados Unidos influido por empresarios y sindicatos de aquel país -entonces presidido por Barack Obama- presionó al de México a que tomara medidas para garantizar la libertad sindical de los trabajadores mexicanos. El argumento fue que las instituciones y las prácticas laborales prevalecientes en el marco del TLCAN habían posibilitado la extorsión de inversionistas extranjeros por parte de representantes sindicales corruptos y la depresión de los salarios de los trabajadores mexicanos. Sobre todo, esta última perjudicaba los intereses de ciertos sectores de Estado Unidos, al fomentar el desplazamiento de una parte de su mano de obra por parte de la mexicana -igual de calificada que la estadounidense en sectores como el manufacturero, pero mucho más barata-, así como de una parte de las empresas establecidas en Estados Unidos, debido a que sus costos laborales eran más altos que los de sus pares situadas en México (argumento que retomó con mayor insistencia el gobierno estadounidense actual en la renegociación del TLCAN).

A la par, los aliancistas establecieron vínculos con miembros de partidos políticos, gobiernos y organizaciones sociales durante el desarrollo del movimiento y las negociaciones, los cuales se comprometieron con el cumplimiento de las demandas de los jornaleros en la coyuntura que los favorecía y, tras la escisión de la Alianza, contribuyeron política y administrativamente a que los dos grupos obtuvieran el registro oficial de sus sindicatos: el Sindicato Nacional Independiente de Jornaleros Agrícolas y Similares (SINIJAS) y el Sindicato Independiente Nacional Democrático de Jornaleros Agrícolas (SINDJA).

Fue en ese sentido que la escisión de la Alianza, combinada con la perspectiva de cambio de las instituciones laborales y los vínculos de algunos aliancistas con miembros del ámbito político, favorecieron el nacimiento de los primeros sindicatos nacionales independientes de jornaleros agrícolas con registro en México, abriendo la posibilidad de la consolidación formal de la representación funcional de sus intereses como trabajadores.

Sin embargo, a dos años y medio del paro, la situación de los jornaleros de San Quintín es ambivalente.32 Por una parte, los servicios de salud han mejorado de forma significativa: la atención es más rápida y, a partir de la presión ejercida por el SINDJA en el marco de la caravana realizada en marzo de 2017, los trabajadores pueden recibir atención inmediata en las clínicas públicas sin tener que solicitar la mediación escrita de la empresa. Por otra parte, aunque se percibe que el número de trabajadores cotizando en el IMSS ha aumentado levemente desde marzo de 2015, lo cierto es que no se conocen datos exactos sobre la cantidad de afiliados, por lo que el futuro de muchos trabajadores sigue siendo incierto. Respecto a los salarios, estos han aumentado de entre 100 y 160 pesos diarios a mediados de 2015, a un rango de entre 140 y 226 en agosto de 2017, dependiendo de la empresa. No obstante, los salarios siguen siendo insuficientes para cubrir las necesidades de una familia, máxime que son salarios integrados -que ya contemplan las prestaciones- por lo que los jornaleros del valle de San Quintín perciben un máximo de 226 pesos como ingreso salarial diario en total.

En cuanto a los nuevos sindicatos, el SINIJAS naufragó como alternativa de representación al corporativizarse y solo sobrevive como tal el SINDJA. Este ya cuenta con cuatro secciones -Baja California, Ciudad de México, Aguascalientes y Morelos- y alrededor de setecientos agremiados en total. Ha establecido alianzas con sindicatos de izquierda de trabajadores de otros sectores y liderado acciones colectivas significativas. Sin embargo, no ha conseguido firmar un contrato colectivo de trabajo debido a la complicidad entre las autoridades laborales locales y los patrones, que da lugar al mantenimiento del funcionamiento sesgado de las instituciones laborales antes mencionado, y a la persistencia de la debilidad estructural de los propios jornaleros.33

Actualmente, los dirigentes del SINDJA acuden a las colonias donde habitan los jornaleros a informarles sobre sus derechos laborales, explicándoles que “para hacerlos valer” deben trabajar colectivamente a través de un sindicato, presentándoles al SINDJA y afiliando a los que así lo decidan. En cuanto a la firma de contratos colectivos, en agosto de 2017 se encontraban concentrados en la afiliación de la mayoría de los trabajadores de tres empresas en particular, con miras a preparar los respectivos emplazamientos a huelga, informándoles a los trabajadores las represalias de las que pueden ser blanco por su acción colectiva.

En síntesis, como resultado provisional de un proceso de activación de este contingente que hoy sigue en curso, el conflicto por la representación de los jornaleros del valle de San Quintín ha sido parcialmente superado, debido al reconocimiento de la Alianza como representante funcional de los jornaleros y al posterior registro oficial del SINDJA. No obstante, el conflicto redistributivo continúa bloqueado, lo que se manifiesta en que las principales mejoras derivan de acciones gubernamentales, en que los aumentos salariales son unilaterales y no sustantivos, y en la resistencia de los empresarios a firmar un contrato colectivo con el SINDJA. Esto se debe a su vez a que los jornaleros siguen situándose en una posición desventajosa en la estructura económica, la institucionalidad laboral sigue operando formal e informalmente con un sesgo pro patronal y continúa vigente el modelo económico neoliberal, basado en el bajo costo de la mano de obra y en la exclusión de los trabajadores del consumo.

Conclusiones

Este conflicto muestra que en contextos de fuertes presiones competitivas y bajo poder estructural de los trabajadores en el mercado laboral, se requiere la formación de sindicatos auténticos y su alianza con organizaciones de la sociedad civil para que los jornaleros sean capaces de presionar con éxito al gobierno y puedan ejercer contrapesos a los intereses empresariales, exigiendo de este modo el respeto de los derechos humanos laborales fundamentales, como lo es el derecho al trabajo digno tanto en su dimensión individual como colectiva.

Paradójicamente, las demandas insatisfechas de los jornaleros de San Quintín están hoy en la mesa de negociación del TLCAN y podrían verse parcialmente satisfechas si se incrementan los salarios mínimos y avanza en el sentido esperado la reglamentación de la reforma constitucional del artículo 123 constitucional. La creación de un nuevo órgano descentralizado a nivel nacional a cargo del registro de sindicatos y contratos colectivos, con base en la reforma constitucional de febrero de 2017 y la exigencia de que los trabajadores voten en forma previa a la celebración de los contratos colectivos, pueden ofrecer un contexto favorable para tener una auténtica representación de los intereses de los jornaleros y fortalecer su poder de asociación y negociación a nivel del sector. Este es un requisito necesario para poner fin a la unilateralidad patronal y abrir el paso al conflicto redistributivo por mejoras salariales y de condiciones de trabajo. El nuevo sindicato emergente de este movimiento podría encontrar así un terreno institucional más propicio para su expansión y conseguir, finalmente, una votación libre y secreta para decidir quién debe ser el titular de los contratos colectivos que han estado tratando de negociar infructuosamente con los empleadores, disputando a los sindicatos de protección los contratos vigentes que actualmente solo sirven para imponer la voluntad patronal en la determinación de las condiciones de trabajo.

Sin embargo, como hemos advertido desde un comienzo, el bajo poder de asociación no es el único factor que frena la mejora de los salarios, sino que también opera en ese sentido el bajo poder estructural de los jornaleros. Por ello habrá que ver si el gobierno resultante de las elecciones del 1 de julio de 2018 contribuye a mejorar el entorno institucional y el económico de los jornaleros. En cuanto al primero, se requiere jugar un nuevo papel para contrarrestar la asimetría de poder de los jornaleros frente a sus empleadores -agravada por las condiciones adversas del mercado de trabajo- aumentando el salario mínimo y promoviendo una reglamentación de la reforma constitucional de 2017 que garantice plenamente la libertad sindical y de negociación colectiva. Tendrá para ello el control de la decisión de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos y la mayoría necesaria en el Poder Legislativo.

A su vez, el entorno económico mejoraría si se cumplen las promesas de campaña del candidato ganador a la Presidencia de la República, orientadas a impulsar un nuevo modelo de desarrollo con salarios dignos, en el que la capacidad de consumo de los trabajadores opere como un factor fundamental de la estructura económica nacional, beneficiando a los campesinos que aún habitan y producen una parte considerable de nuestros alimentos en las zonas rurales del país.34

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1Aun cuando legalmente se usa el término “paro” para referirse a la suspensión de labores realizada por los empleadores (artículo 123 Constitucional, Fracción XVIII), se utiliza también como equivalente de una “huelga de hecho”, esto es, para nombrar a la suspensión de labores decidida por los trabajadores sin seguir previamente el procedimiento establecido en la Ley Federal del Trabajo. Véase, por ejemplo, Semanario Judicial de la Federación, Apéndice 1917-1985, Séptima Parte, Sala Auxiliar, tesis 15, página 69.

2Se le llama dumping (competencia desleal, en español) a la práctica de vender productos u ofrecer mano de obra a un costo considerablemente más bajo que el de los competidores, lo cual tiene el efecto, buscado o no, de eliminar a los competidores y monopolizar el mercado.

3Un sindicato de protección patronal (también conocido como sindicato de protección al empleador) es un sindicato sin vida real, con registro ante la autoridad, que en colusión con la parte patronal —respaldada por las autoridades laborales—, establece contratos de protección para el empleador. Estos instrumentos son formal y legalmente contratos colectivos de trabajo, que reproducen los derechos mínimos de la Ley Federal del Trabajo, cuya función es evitar la negociación del empleador con un sindicato verdaderamente representativo de los intereses de los trabajadores. De esta forma se elude la bilateralidad en la determinación de las condiciones de trabajo y se impide su mejora (Bensusán, 2007: pp. 13, 17; Bouzas, 2009: p. 47).

4La investigación y el análisis del caso se basan en la tesis El movimiento laboral-comunitario de los jornaleros del Valle de San Quintín. Acción colectiva en el sector agroexportador mexicano de Elena Jaloma Cruz (2016), que presentó para obtener el grado de maestra en Ciencias Sociales por la Flacso México. El recurso puede consultarse en http://bit.do/movjornalvsq. Esta tesis ofrece una explicación causal del surgimiento del movimiento por el cumplimiento de derechos laborales de los jornaleros del valle de San Quintín, además de que identifica el mecanismo que le da lugar.

5Se entiende por conflictos redistributivos aquellos que se proponen mejorar los términos de intercambio entre capital y trabajo, a través de demandas de incrementos salariales y en las condiciones de trabajo.

6El concepto calidad de empleo incluye múltiples dimensiones y variables. La calidad del empleo depende del contexto económico productivo y la institucionalidad laboral (Weller & Roethlisberger, 2011: p. 13).

7La subcontratación (o outsourcing) resulta de una decisión de las empresas de trasladar parte de sus operaciones al mercado, en lugar de realizarlas internamente, lo que favorece la relocalización hacia el exterior para aprovechar la ventaja de los costos laborales más bajos en países en desarrollo, en especial en sectores intensivos en mano de obra (Mosley, 2011: p. 29).

8En relación a los factores que generaron una convergencia regional negativa en los derechos laborales en América del Norte véase Martin (2010).

9El gobierno estadounidense señaló desde su toma de posesión que uno de los problemas del TLCAN se derivaba del bajo monto del salario mínimo en México, que en enero de 2017 equivalía al 7.6% del mínimo estadounidense, ya que esa condición estaría atrayendo a los inversionistas a México y alejándolos de los otros dos países, además de que estaría imposibilitando que los trabajadores mexicanos adquirieran bienes importados de aquellos (Isidore, 2017). El Summary of Objectives for the NAFTA. Renegotiation establece como objetivos de la renegociación poner en el centro del tratado los asuntos laborales, requerir a las partes que sus leyes y prácticas sean acordes con los estándares de la Declaración de la OIT, como los de libertad sindical y negociación colectiva, y con condiciones de trabajo adecuadas y salarios mínimos aceptables (USTR, 2017: p. 12). En el mismo sentido se pronunció el propio Justin Trudeau, primer ministro canadiense (Redacción Animal Político, 2017). Mientras tanto, en sentido contrario, el secretario mexicano de Economía, Ildefonso Guajardo, afirmó antes y después de la tercera ronda de negociaciones “que el tema de subir o no salarios es un tema interno y que no será parte” de la renegociación del tratado (Patiño, 2017).

10La reforma constitucional augura un verdadero parteaguas en el mundo del trabajo. Traslada la justicia laboral del Poder Ejecutivo al Poder Judicial federal o local según corresponda, fortalece la libertad sindical y de negociación colectiva creando un órgano descentralizado de la Administración Pública Federal que quedará a cargo del registro de los sindicatos y el depósito de los contratos colectivos y de todos los procesos administrativos vinculados a ello a nivel nacional. Reconoce constitucionalmente la libertad de negociación colectiva, garantizándose el principio de “certeza” en el depósito de los contratos colectivos y de “representatividad” de las organizaciones sindicales, así como el voto personal, libre y secreto de los trabajadores para elegir a sus dirigentes, en la resolución de los conflictos intersindicales y como condición para la celebración del contrato colectivo. Diario oficial de la Federación. Recuperado el 24 de febrero de 2017, de http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5472965&fecha=24/02/2017

11En Bensusán & Covarrubias (2016) se incluyen las evidencias respecto a las reclamaciones ante la OIT (Queja 2694) y de Estados Unidos por la existencia de contratos de protección. También se revisan las negociaciones entre representantes demócratas provenientes de los Estados Unidos y la Presidencia de la República en torno al cambio de modelo laboral mexicano.

12De acuerdo con Pitkin, el concepto representación significa “hacer presente en algún sentido algo que, sin embargo, no está presente literalmente o de hecho” (Pitkin, 1985: p. 10).

13El Singoa (Sindicato Gremial de Obreros Agrícolas) es una organización surgida a finales de los ochenta, derivada de una escisión de la CIOAC y orientada primero a la obtención de lotes y después de materiales para la construcción de viviendas (Velasco, Zlolniski & Coubès, 2014: pp. 240-251). Con “líderes jornaleros de base” nos referimos a trabajadores jornaleros que son reconocidos por sus compañeros pares como líderes y obedecidos mayoritariamente en sus propuestas.

14En adelante debe entenderse como acciones colectivas laborales todas las que resultan de “la propuesta y negociación organizada de las distintas intenciones, recursos y límites” que los jornaleros “actuando juntos identifican y definen como tales en relación con el campo de su acción”, y que tienen como metas el cumplimiento de demandas de carácter laboral o que están mediatamente relacionadas con la actividad laboral de los jornaleros (Melucci, 1991: pp. 357-359).

15Entrevista con jornalero y líder del movimiento, noviembre de 2015.

16Por ejemplo, entre 1994 y 1997, llevaron a cabo movilizaciones por la construcción de uno de los dos hospitales de San Quintín —la clínica IMSS-Solidaridad en la delegación Vicente Guerrero, que empezó a funcionar en 1999—, así como por la construcción de cinco escuelas para seis comunidades en la primera década de los dos mil (Entrevistas con exjornalero líder del movimiento y con jornalero militante del movimiento, agosto de 2015).

17Entrevistas con jornalero militante del movimiento y con jornalera participante del movimiento, agosto de 2015.

18Las colonias del valle de San Quintín suman más de trescientas (Riemann, 2015: pp. 16, 23).

19Poco a poco se juntaban varios jornaleros, compañeros de trabajo, paisanos, parientes o amigos que habían decidido asentarse y, bajo la dirección y con la asesoría de militantes de la CIOAC o de un líder jornalero de base, cuando se juntaban alrededor de cuarenta jornaleros, se nombraba un “comité de solicitantes” que negociaba la venta del terreno con el dueño de este, la regularización de la propiedad con el gobierno local y se fundaba una nueva comunidad a la que se le ponía nombre (Entrevistas con simpatizante del movimiento, exjornalero líder del movimiento y jornaleros líderes del movimiento, agosto y noviembre de 2015).

20Entrevista con exjornalero militante del movimiento, agosto de 2015.

21El origen de la forma organizativa del comité es aparentemente doble. Una primera versión identifica que fue la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT) la que estableció como requisito la existencia de comités para la regularización de los lotes, a su vez condición necesaria para que las instancias correspondientes pudieran dotarlos de servicios públicos. Otra versión los identifica como una forma de organización heredera de la tradición indígena comunitaria, “traída” por los jornaleros de origen oaxaqueño, y reproducida en el valle de San Quintín tanto por ellos como por jornaleros de otros orígenes (Entrevistas con jornalero líder del movimiento y con exjornalero líder del movimiento, agosto y noviembre de 2015).

22Entrevista con exjornalero líder del movimiento, agosto de 2015.

23Como pedir recursos para la construcción de una vivienda y despensas, solicitar la emisión de actas de nacimiento para las personas no registradas, o apoyo económico para servicios funerarios (Entrevistas con jornalera militante del movimiento y exjornalera militante del movimiento, agosto y noviembre de 2015).

24Entrevista con exjornalero líder del movimiento, noviembre de 2015.

25También demandaban el término del acoso y abuso sexual cometido contra las jornaleras en los campos de cultivo (La Jornada, 2015).

26Con base en Jaloma (2016).

27Entrevistas con jornalero líder del movimiento y exjornalero simpatizante del movimiento, agosto y noviembre de 2015.

28Entrevistas con jornalero participante del movimiento, exjornalero líder del movimiento, jornalero líder del movimiento, jornalera militante del movimiento y con jornaleros no participantes en el movimiento, agosto y noviembre de 2015.

29Entrevistas con jornalero militante del movimiento y con exjornalero militante del movimiento, agosto de 2015.

30Entrevista con jornalero líder del movimiento, noviembre de 2015.

31Con base en Jaloma (2016).

32Entrevista con Lorenzo Rodríguez, 29 de agosto de 2017, Secretario General del SINDJA.

33Aproximadamente en agosto de 2016, el SINDJA intentó firmar un contrato colectivo con una pequeña empresa del valle de San Quintín. Empezó acercándose los trabajadores, afiliando a la mayoría, y a la empresa, la cual mostró disposición a cooperar al presentarle el SINDJA su propuesta de contrato. Sin embargo, poco tiempo después esta dejó de cooperar y el SINDJA decidió emprender la vía contenciosa para firmar el contrato colectivo. Antes de que el SINDJA depositara el contrato ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para emplazar a huelga a la empresa, esta empezó a despedir a los trabajadores que sabía afiliados al sindicato. Así, el SINDJA no pudo solicitar la firma del contrato por ninguna de las dos vías disponibles —la vía pacífica ni la contenciosa— y los trabajadores despedidos, boletinados y desmotivados, decidieron no emprender un proceso legal contra la empresa. Desde entonces y hasta el cierre de este artículo, el SINDJA no ha vuelto a intentar firmar un contrato colectivo debido a que no ha podido afiliar a una cantidad suficiente de trabajadores de una misma empresa, porque sus espacios de oportunidad de afiliación están en las colonias y en estas habitan trabajadores de numerosas empresas diferentes, además de que los trabajadores en general temen represalias si las empresas se enteran de que son del SINDJA (Entrevista con Lorenzo Rodríguez, 29 de agosto de 2017).

34Al respecto, véanse las promesas de campaña del candidato ganador en las elecciones presidenciales de 2018 (López Obrador, 2018).

Recibido: 13 de Diciembre de 2017; Aprobado: 23 de Julio de 2018

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