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Alteridades

versión On-line ISSN 2448-850Xversión impresa ISSN 0188-7017

Alteridades vol.27 no.53 Ciudad de México ene./jun. 2017

 

Investigación antropológica

La construcción cotidiana de la legitimidad del sujeto inmigrante en el contexto español actual

Álvaro Pazos* 

Marie José Devillard** 

* Facultad de Filosofía y Letras, Universidad Autónoma de Madrid, Ciudad Universitaria de Cantoblanco. C/ Francisco Tomás y Valiente, 1, 28049 Madrid, España<alvaro.pazos@uam.es>.

**Facultad de Ciencias Políticas y Sociología, Universidad Complutense de Madrid, Campus de Somosaguas. 28223 Pozuelo de Alarcón, Madrid, España<mj.devillard@cps.ucm.es>.


Resumen:

Dada la marginalidad de los inmigrantes no comunitarios en España, se plantean las limitaciones de un enfoque jurídico-político. El análisis de los ámbitos cotidianos inmediatos revela distintos modos de legitimación social e institucional de los sujetos, que responden a lógicas de reproducción social diferenciadas. Se comparan tres modalidades de prestaciones recurrentes en el contexto vulnerable actual: organizaciones formales, redes or ganizadas y ayudas interpersonales. El conjunto evidencia la intersección compleja entre lo legal y las lógicas alegales, el espacio privado y los públicos, las prácticas de adhesión y los riesgos de desafiliación, y entre diversas formas y grados de reconocimiento.

Palabras clave: inmigración; derechos humanos; legalidad; ilegalismo; reproducción social; antropología social

Abstract:

Daily Construction of The Immigrant’s Legitimacy Within the Current Spanish Context. Given the marginality of the non-communitarian immigrants in Spain, the limitations of a legal-political approach are considered. The analysis of the immediate daily environments reveals the subjects’ different ways of social and institutional legitimation, which respond to differentiated logics of social reproduction. Three modalities of recurrent benefits in the present vulnerable context are compared: formal organizations, organized networks and interpersonal aids. The ensemble demonstrates the complex intersection between legal and paralegal logics, private and public spaces, the practices of adhesion and the risks of dissafiliation, and between diverse forms and degrees of recognition.

Keywords: immigration; human rights; legality; illegality; social reproduction; social anthropology

La legitimación (se entiende

que de lo ilegítimo) es la

licitación de lo que no es lícito

ni legítimo en sí mismo.

Sayad, L’immigration

ou les paradoxes de l’identité

Hay una representación muy generalizada del inmigrante, que es expresión de un problema real y central en la vida de los sujetos. Dicha representación resalta su carácter de foráneo, extraño, alguien situado en un determinado margen de la sociedad: bien sea fuera de la misma o dentro, pero en los límites del espacio social. Esto remite a una definición jurídico-política de la ciudadanía ligada a la pertenencia al Estado-nación, que reconoce los derechos según el criterio de inclusión/exclusión en el mismo o del mismo (Mezzadra, 2005; Castel, 2007). Como señala Robert Castel: “la alteridad no es solo un fenómeno situado en los márgenes de una sociedad, está también construida a partir de su centro y expresa una problemática que la atraviesa de parte a parte” (2009: 379). La consecuencia más directa, evidente y reconocida (en todos los sentidos) de este principio de diferenciación radica en la asimilación de toda la problemática y situación (objetiva y subjetiva) del inmigrante y de la inmigración a un estatus jurídico en el país receptor, y el surgimiento de una nueva categoría que se ha hecho habitual, “sin papeles”, para referirse a inmigrantes en situación administrativa irregular.

Aquí se planteará en qué medida esta visión legalista permite entender o no la complejidad de los lugares que ocupan y los modos de implicación real de las diferentes poblaciones inmigrantes. Como se expondrá, no se busca minimizar la importancia y el alcance de la representación y de la problemática en sí de la situación jurídica, sino de explorar las formas en las que esta cuestión se decanta en las prácticas de la vida cotidiana, en relación con los diversos problemas que surgen en ésta, y atendiendo tanto a su procedencia y a su estatus jurídico, como al contexto sociopolítico. Se trata, en definitiva, de poner en evidencia los modos de ser, estar y hacer, y las funciones sociales objetivas desempeñadas por los inmigrantes, amén de los diversos ámbitos relacionales (dentro de los propios grupos y con determinados sectores de la población local), que configuran la participación efectiva de los agentes sociales en el país de inmigración.

En lo que sigue nos detendremos en el alcance de la situación jurídico-política de los inmigrantes en di ferentes dominios de la realidad, en las lógicas de re producción social, prestando especial atención a las modalidades de ayuda en las que ésta se apoya, y, por último, en la conexión de ambos niveles en lo cotidiano, subrayando la complejidad de esta relación. A través de este recorrido, pretendemos poner de relieve los contextos (sociales, económicos, institucionales…) en los que entran en juego la legitimidad social del sujeto y las diversas respuestas individuales y colectivas a las que da lugar.

Para ello, nos basaremos en resultados del trabajo de campo llevado a cabo entre 2011 y 2014 en España con distintas poblaciones inmigrantes (en particular latinoamericanas, magrebíes y subsaharianas), y en espacios tanto urbanos (Madrid, Barcelona y Guadalajara) como rurales (Comunidad de Madrid y Andalucía), con una intención claramente comparativa.1 Este trabajo de campo ha consistido en observación participante y entrevistas abiertas e informales, en ámbitos institucionales (con usuarios y trabajadores y responsables de servicios sociales, centros de salud, escuelas de formación de adultos, en asociaciones y organizaciones no-gubernamentales inmigrantes y pro inmigrantes) y con poblaciones locales.

La legitimidad del sujeto desde un punto de vista jurídico-político

El reconocimiento legal de los inmigrantes en España hoy en día está definido por la Ley de Extranjería.2 De un lado, una primera frontera separa a los “comunitarios” (igualados por su pertenencia a la Unión Europea) de los “no comunitarios”, y distingue, entre estos últimos, a “los nacionales iberoamericanos, portugueses, filipinos, andorranos, ecuatoguineanos, sefardíes y de la ciudad de Gibraltar” (que pueden beneficiarse de acuerdos bilaterales derivados de relaciones históricas específicas entre sus países y España), de los procedentes de los demás países. De otro lado, los requisi tos administrativos se han ido haciendo más complejos y endureciendo gradualmente en los últimos años. Además de algunas medidas como las relativas a la reagrupación familiar, que dificultan cada vez más la instalación y la estabilidad de los inmigrantes, otras están destinadas a ejercer un creciente control sobre la contratación: sólo se acepta ésta si con anterioridad se demuestra la necesidad de recurrir a un trabaja dor no nacional; el empleador debe acreditar mediante documentos que está en regla con respecto a la seguridad social y a sus obligaciones fiscales; además, se controla que en efecto la actividad de la empresa requiera una ampliación de la plantilla.

En definitiva, aquella ley incrementó las líneas de exclusión, utilizando criterios de admisión y permanencia que las han supeditado a la condición laboral y, a la postre, ha introducido distintos tipos de inmigrantes en función básicamente de la continuidad de esta última (Gil Araujo, 2008; Devillard, 2015).

A consecuencia de lo anterior, lo que se produce es una división y distinción de trayectorias y posiciones muy diversas entre la propia población inmigrante, que a fin de cuentas repercute finalmente en el grado y en los modos de inserción en la sociedad española.

En este marco, la legalización de la residencia (para la cual es indispensable el estatus legal de los inmigrantes) depende, en primer lugar, de la existencia, y luego de la continuidad, de un contrato de trabajo. Así, en un contexto sociopolítico como el presente -marcado por la crisis y el incremento de la precariedad económica en la propia población española-, pueden observarse distintas situaciones laborales. Éstas incluyen desde el contrato legal (más o menos duradero y continuo) hasta el trabajo sumergido (sin contrato) pasando por los contratos falsos (préstamos de contrato con la complicidad del empleador) u oficiales sujetos a condiciones ilegales (el trabajador paga al empleador por el contrato o cubre la seguridad so cial devolviendo el importe al empleador; el trabajador labora más horas de las estipuladas contractualmente; y combinaciones de estas formas). En consecuencia, la relación per versa entre legalizar la residencia y obtener un contrato laboral se manifiesta en dos tipos de hechos.

En primer lugar, los inmigrantes están sujetos a una doble discriminación, proveniente de agentes sociales distintos. Una jurídica, asociada a la política del Estado, a la que acabamos de aludir. La otra -socioeconómica- derivada, por un lado, de los usos que de esta política hacen los empresarios cuando se acogen a lo legal o cuando utilizan de manera ilegal la legislación, y, por el otro, a causa de las intervenciones más conminatorias de la administración en la validación o denegación de los contratos de trabajo.

En segundo lugar, la legalidad, sea jurídica o la bo ral, aparece finalmente como una realidad precaria y reversible. En virtud del carácter inicialmente temporal de la residencia y el vínculo entre ésta y el trabajo, son frecuentes los desajustes entre los plazos de solicitud o renovación de una y otro, de tal modo que la pérdida de un contrato preludia una posible recaída en la ilegalidad, con los riesgos de tener que iniciar de nuevo todo el recorrido de trámites, o incluso de expulsión, que puede acarrear.

En ambos casos, el agente social y sus allega dos están expuestos a la incertidumbre y a la falta de ga rantías respecto a su estatuto legal y sus condiciones de existencia. A pesar de que en España -y a diferencia de otros países europeos-, los agentes sociales -incluso “sin papeles”- puedan ver reconocidos algunos derechos sociales -en particular la educación- mediante el empadronamiento en los municipios,3 el incremento de la vulnerabilidad derivada de aquella incertidumbre se manifiesta -de forma variable, según las legislaciones de cada comunidad autónoma del Estado español- en la intermitencia y eventua lidad del disfrute de otros derechos económicos y so ciales, en concreto en el ámbito de la salud.

Las repercusiones de este entramado jurídico-económico son notorias y se aprecian en distintos niveles de realidad. Entre la población autóctona prevalece una imagen y un trato del inmigrante como fuerza de trabajo, que agrupa y opone dos perspectivas: la que, del lado de los trabajadores, lo ve como competencia ilegítima, y la que, del lado de los empresarios, establece con él una relación fundamentalmente instrumental que, en su versión más extrema, incluye la discriminación y, aun, la explotación (bajos salarios, horarios excesivos, impago de horas extraordinarias…). A su vez, este tipo de relación repercute en los inmigrantes (variando según su trayectoria y experiencias), que se ven colocados en una prolongada dependencia y sometimiento objetivos y subjetivos (cuyas consecuencias son materiales y sociales) tanto con respecto a los empleadores como a la sociedad en general. Lo anterior puede traducirse en una relativa asunción de aquella representación y del papel que se les asigna, dependiendo de la posición del inmigrante en el espacio social español (de las características del trabajo, del capital social, de la trayectoria personal…).4

De forma directa o indirecta, y en relación con factores como el contexto social y político, además de circunstancias personales y sociales en el país de origen, todo ello incide en la duración de la estancia, la movilidad geográfica dentro de España, las posibilidades de salir un tiempo del país, las modalidades de integración e implicación y, en última instancia, en las decisiones en cuanto a la solicitud o no de la nacionalidad, y al retorno o al desplazamiento a otro país.

En suma, lo que estamos describiendo revela el modo en que en España, a semejanza de otras sociedades europeas, el inmigrante (sobre todo no comunitario) se está constituyendo como un “objeto en juego político fundamental”, y está planteando un desafío del “orden moral”, en la medida en que el reconocimiento universal de derechos se ve limitado por un entramado cada vez más complejo, y velado, de “asimetrías internas” entre sujetos que, en la realidad práctica, no son equivalentes ni tienen la misma legitimidad (Fassin, 2005).

Las lógicas de la reproducción social

Frente a lo anterior, que resalta la identificación del sujeto sólo con su situación en términos administrativos (tener papeles o no tenerlos, tener contrato o no), es necesario restituir otras formas de estar y de ser reconocidos socialmente y las diferentes lógicas a las que responden. El ámbito en el que se llevan a cabo dichas formas es el de la vida cotidiana, que tiene que ver con la reproducción social inmediata (obtención de medios de subsistencia básica) y con la reproducción social ampliada (participación en redes y grupos sociales).

La reproducción social inmediata se desarrolla a través de un entramado de relaciones y vínculos sociales muy diversos, y que involucran de igual modo a personas de origen extranjero o autóctonas: inmigrantes con inmigrantes, inmigrantes legalmente establecidos e ilegales, inmigrantes con/sin papeles e inmigrantes-naturalizados con españoles, en distintas circunstancias laborales y posiciones económicas… En términos cualitativos, aquellas relaciones y vínculos se diferencian según su dimensión temporal (esporádicas o más continuadas), su nivel de relación (interpersonal o plural, en red), su grado de formalización institucional (formal o informal), las posiciones relativas de los sujetos (entre iguales o jerárquicas), las formas de intercambio (recíproco o desigual), y por el tipo de ayuda (puntuales o regulares). Todos proveen distintos tipos de bienes y servicios, que incluyen una extensa gama de actividades y espacios sociales. Destacan los hechos asociados con las necesidades básicas que no son (o no pueden ser) cubiertas de ma nera satisfactoria por el trabajo (debido a las situaciones de paro, precariedad laboral, sobreexplotación…), y que dependen, en consecuencia, en mayor o menor medida de “apoyos” y “soportes” sociales (Castel y Haroche, 2001; Castel, 2009; Martuccelli, 2006): alimentación, vestimenta, vivienda y habitabilidad, transporte, salud, ayudas pecuniarias…

Distinguiremos tres niveles en los que se manifiestan estas ayudas y apoyos, y en los cuales se vehiculan las relaciones de intercambio: las organizaciones formales, las redes organizadas y las ayudas interpersonales. Esta distinción es meramente analítica, pues, en realidad, unas y otras configuraciones se mezclan y los niveles se encabalgan en la vida y las prácticas de los agentes sociales. Aunque se trate de actividades distintas, hay criterios de diferenciación de los vínculos sociales que se aplican a todas ellas y que se aso cian con la naturaleza formal o informal de las ayudas y de las propias relaciones.

Organizaciones formales de ayuda

Las organizaciones de ayuda con un funcionamiento formal más conocidas, y establecidas en todo el país, serían instituciones como Cáritas o el Banco de Alimentos.5

En primer lugar, lo relevante en estos casos no es si son confesionales o no, pero sí que en ambos podemos identificar, en los discursos, comportamientos y actitudes de los voluntarios y encargados, un “régimen de compasión”, entendido como: “el hecho de estar ‘atrapado’, en la práctica y de modo no necesariamente reflexivo, por un sentimiento de responsabi lidad con respecto al sufrimiento del otro, en el cara a cara y en la proximidad de los cuerpos” (Corcuff, 2012: 71). Este régimen da lugar, como señala este autor, a cierta forma de “desproporción” (dé-mesure) en las actitudes y la implicación personal de los agentes sociales que, según la lógica de la propia organización, necesita ser contenida con medidas limitadoras: reglamentación de la entrada y control individual de las entregas, o personal específicamente encargado de este control.

Por otra parte, este régimen de la compasión suscita en las personas que acuden a dichas organizaciones reacciones ambivalentes: demanda de la ayuda, pero también un relativo rechazo de las connotaciones de “beneficencia” de la misma. Esto se manifiesta, por ejemplo, en que no se mencione de manera espontánea, en las conversaciones tanto ordinarias como con el investigador, el hecho de acudir a la ayuda; o que, cuando sí se habla de ello, se presente la necesidad de solicitarla como expresión del carácter extremo de la situación de precariedad, y de la degradación, incluso, de la persona.

En segundo lugar, tanto en Cáritas como en el Banco de Alimentos, y en una coyuntura como la actual, de creciente demanda, la ayuda está sujeta a requisitos cada vez más estrictos, relativos a quienes la reciben, a las condiciones que es necesario cumplir (ingresos mínimos según número de personas en el hogar, entre otros) y a la documentación exigida (documento nacional de identidad/número de identidad de extranjero, certificado de empadronamiento, nó mi nas o paro, copia del libro de familia…), y a un control más rígido de aquellos requisitos.6 No obs tante, mientras que en algunos casos, como en el Banco de Alimentos, se limita la concesión de la ayuda a quienes pueden aportar las pruebas de su situación legal, en otros, como Cáritas, no se diferencia según el estatus legal o ilegal de las personas en el país de inmigración.

El contexto económico donde se produce este incremento de medidas es el de una precariedad más extensa y la aparición de nuevas figuras y tipos de vulnerabilidad; en consecuencia, el refuerzo creciente de dichos controles redunda en una diferenciación más nítida y contundente entre los sujetos o las poblaciones que están, puntualmente, legitimados, y los que no lo están para recibir la ayuda. Consideramos que, en conjunto, el proceso se orienta en el mismo sentido que el incremento de requisitos en esta estructura por “esclusas” (Ávila y Malo, 2008; Ávila Cantos, 2012), que parece regir las políticas públicas en relación con los inmigrantes, que hemos advertido igualmente al hablar antes del control de la administración sobre los empleadores.

También, y de acuerdo con la delimitación de la población que se define como necesitada, se redistribuyen los alimentos de un modo equitativo en función de las edades, la composición de la familia e ingresos, y, en el caso del Banco de Alimentos, según un listado definido con anterioridad por la organización central (no por los propios voluntarios). De una forma más o menos explícita, funciona una definición homogénea de las necesidades por cubrir y de su satisfacción, sin atender a las particularidades sociales y culturales: por ejemplo, la demanda de arroz en personas latinoamericanas es mayor que la cantidad otorgada, o el no consumo de caldo de pollo o de carne por parte de los musulmanes. De hecho, con frecuencia, a posteriori se dan intercambios de bienes entre los usuarios.

Sin embargo, pese al carácter reglado y equitativo de la distribución, estas instituciones más formales (incluyendo los servicios sociales) juegan (a la postre o, también, paralelamente) con un margen de discrecionalidad en la concesión de las ayudas, de un modo muy semejante a lo que ocurre en organizaciones más informales y con respecto a esos u otros ámbitos de necesidades.

Esta discrecionalidad se revela, por ejemplo, en la entrega de los sobrantes después de haber llevado a cabo el reparto de alimentos, o en la asignación de ayudas pecuniarias (préstamos o donaciones puntuales para fines específicos como transporte, compra de libros escolares…). Puede que para estas ayudas no haya requisitos tan exclusivos, pero, desde luego, tampoco hay criterios explícitos que orienten la prestación. En este sentido, ésta es menos organizada, más individual, esporádica e imprevisible que en lo señalado antes. Aunque pueda estar respaldada implícitamente por una especie de consenso grupal, en múltiples ocasiones parece depender de la decisión de una sola persona, bien por la posición de autoridad que ocu pa en la organización o por las tareas que realiza. No hay medida común ni reclamación posible a este tipo de ayuda; empero, como constatamos muchas veces, en entrevistas o durante el trabajo de campo, genera agravios comparativos expresados en quejas y críticas.

Redes de ayuda organizadas

Frente a estas modalidades de apoyo encontramos otras, también organizadas, que responden -idealmen te al menos- a planteamientos sociales regidos por otro tipo de principios, ideas y valores. Son iniciativas insertadas en lo local o lo barrial, que se imbrican con redes y espacios sociales preexistentes o que pretenden crear nuevos (en sus términos: “hacer comunidad”, “(re)hacer tejido social”). Ponen el énfasis en unos principios o valores orientadores de la actividad (“solidaridad”, “ayuda mutua”, “empoderamiento”, “derechos”) en contraste, subrayado de modo explícito, con lo que “esto no es” (“beneficencia”, “asistencia”, “caridad”, identificadas a su vez con Cáritas y el Banco de Alimentos).

Estos conceptos definirían en principio tanto el tipo de organización y las actividades como las relaciones y los propios sujetos. En este sentido, en la composición de estas redes se integran en todas las actividades los inmigrantes (de diferentes orígenes) y los autóctonos. La lógica de admisión y pertenencia a la que se as pira es que los miembros se involucren directamente participando por igual en cada actividad y en todos los niveles, tanto al recoger como al distribuir alimen tos (que son las tareas centrales, aunque no únicas, de estas redes); por regla general no hay donantes fijos ni la donación depende de forma directa de empresas, sino que, en lo fundamental, cada miembro recolecta en la puerta de los supermercados y comercios, o en lugares indicados, las aportaciones de los vecinos del barrio; asimismo, el reparto pretendería ser equitativo atendiendo a las necesidades y circunstancias de cada unidad doméstica; las decisiones son colectivas y el fun cionamiento es asambleario. En todos los casos se trataría, por un lado, de actividades y relaciones simétricas en las que no habría, de ninguna manera, una asimetría entre uno que “recibe” y otro que “da”; por otro lado, se buscaría no considerar los problemas y la atención desde un punto de vista individual (caso a caso), sino de enmarcarlos en una perspectiva de intervención social de conjunto, y en relación con problemáticas sociales colectivas.

No obstante, la composición heterogénea (colaboradores y “usuarios” en distintas situaciones y con sus propias problemáticas, y con más o menos implicación social, política o ninguna) de las redes y, por ende, la diversidad de intereses, hace que la aplicación y el desarrollo de aquellos principios constituyan un conflicto permanente que en ocasiones se manifiesta en el funcionamiento de las redes y al que se trata de dar respuestas concretas, más o menos satisfactorias: discusiones sobre la composición de las “bolsas” del reparto, gente que no acude con regularidad a los supermercados, falta de asistencia a las asambleas, recurso a trampas en cuanto a los datos de composición familiar, situación laboral, etcétera, cuestionamiento de la legitimidad de algunos miembros debido a su origen étnico, así como la consiguiente necesidad de formas de control y el modo en que se dan éstas, sanciones... La potencialidad de creación y recreación de vínculos sociales y ciudadanos en estas organizaciones contrasta con las dificultades que surgen en su funcionamiento ordinario, y que se derivan de la diversidad de lógicas personales y sociales en juego, como aparece también en la noción de civismo ordinario (Pharo, 1985), utilizada en los trabajos sobre organizaciones e iniciativas ciudadanas compilados en Schnapper (2001).

En suma, comparar ambos tipos de organización (formales y redes de ayuda organizadas) revela cuatro rasgos contrapuestos que nos parecen relevantes para poner en evidencia modos diferentes de reconocimiento del sujeto que pueden darse en su interior: el carácter más o menos formal de la atención (distintos grados de oficialización de la estructura, solicitud rígida o flexible de requisitos); la naturaleza simétrica/asimétrica (separación y distinción entre quienes dan y quienes reciben, frente a participación igualitaria en el proceso; carácter pasivo o activo de los agentes sociales), y esporádica/constante (entregas puntuales frente a la diversificación y continuidad de las actividades) de las relaciones establecidas; el objetivo más individual y específico o más social y global de las ayudas (tratamiento de casos personales frente a la existencia de proyectos colectivos); y la mayor o menor explicitación de una lógica de derechos (lenguaje de derechos humanos o ciudadanos junto a discursos morales de tipo asistencial o centrados en el sufrimiento de las personas).

Ayudas interpersonales

Dentro o fuera de los marcos organizativos hasta aquí descritos ocurren además otro tipo de vínculos más personales, que se han constituido en distintos momentos de la trayectoria de los agentes sociales en dominios diversos (familiar, vecinal, religioso, de amistad y, a menudo, laboral…). De ahí que sean relaciones más individualizadas, casi siempre informales, más o menos prolongadas en el tiempo, y que van cambiando su morfología. Abarcan un conjunto de ayudas cualitativamente muy diferentes, formando circuitos (más o menos amplios e interconectados) de intercambios de información, bienes y servicios, que llegan a cubrir gran parte de la reproducción social cotidiana: trabajo (dar trabajo, recomendar a alguien, reclutar para la cuadrilla, ofrecer información sobre ofertas de trabajo…), vivienda (proporcionar una vivienda, alquilar más barato que el precio del mercado, subalquilar, compartir piso…), bienes (alimentos frescos y comidas preparadas, ropa, muebles y enseres, material escolar, juguetes…), servicios (ceder coche o compartir gastos de transporte, traducciones, acompañamiento en gestiones, cuidado de niños, ayuda mutua en traslados, reparaciones o tareas domésticas, información sobre normativas, gestiones, lugares, plazos…), ayudas pecuniarias (pagar el abono de transporte o la cuota del móvil, dar o prestar dinero…). Estos intercambios se caracterizan por ser flexibles y basarse en una reciprocidad tácita: no son inmediatos, ni los elementos involucrados en ellos son por fuerza equivalentes. Se dan en el marco de relaciones que pueden ser simétricas (entre individuos que ocupan posiciones semejantes en el espacio social) o asimétricas (entre individuos que ocupan posiciones distintas en el espacio social; autóctonos e inmigrantes, o entre inmigrantes), y que funcionan como soporte de todo aquello en que consiste el “buscarse la vida”.

En definitiva, tales ayudas generan y se retroalimentan en reconocimiento y legitimidad social (capital simbólico). Desde este punto de vista, en dicho campo de relaciones interpersonales, el lenguaje de derechos tiende a desaparecer detrás de la expresión de sentimientos y obligaciones morales (“fidelidad”, “lealtad”, “reconocimiento”, “solidaridad”) hacia los otros que, a su vez, articulan prácticas de reciprocidad in formal y laxa (Fassin, 2012). En este ámbito, y en el caso de las relaciones asimétricas, pueden darse si tua ciones en las cuales se activen componentes de lo que hemos denominado régimen de compasión: entre otras la reproducción de formas de padrinazgo, mantenidas en el tiempo, en el medio vecinal entre españo les e inmigrantes o entre inmigrantes llegados en momentos diferentes.

La legitimidad del sujeto en la vida cotidiana: la intersección de lo legal y lo alegal

La vida cotidiana es un dominio en el que se yuxtaponen e imbrican actitudes y disposiciones, formas de relaciones con diferentes agentes sociales, modos de actuación, maneras de reconocimiento legales y sociales; es decir, formas de ser y de estar cambiantes e híbridas. En este dominio, la distinción legal/ilegal -por fundamental que sea en el caso de los inmigrantes- no opera exclusivamente y no agota en consecuencia todos los modos en que se plantea la legitimidad del sujeto. Las lógicas (principios, intereses, valores…) alegales, es decir sociales y subjetivas (a las que nos hemos referido), que rigen de manera preponderante dichos ámbitos de reproducción social (trabajo, educación, salud, alimentación, vivienda, ocio y vida relacional…) integran, aunque no siempre en armonía, tanto lo legal como lo ilegal en el día a día.

Se visibiliza así una complementariedad y, aun, una intersección compleja entre lo legal y lo alegal. Tener en cuenta esta intersección permite comprender algunas dinámicas de la práctica social. Son las mismas relaciones establecidas dentro del marco alegal las que, por ejemplo, posibilitan en determinados casos la legalización (como la obtención de un contrato de trabajo o de la residencia…); a veces, favorecen la permanencia transitoria en o el recurso puntual al trabajo ilegal incluso estando la persona legalmente establecida; constituyen también un mundo en el que se puede ir conociendo y asumiendo un lenguaje de derechos humanos, y, por consiguiente, adoptando en las reivindicaciones y reclamaciones una posición de sujeto de derecho (de acuerdo con las po sibilidades que ofrece la legislación nacional, autonómica e internacional). Asimismo, en la situación de ilegalidad y con el riesgo permanente que acompaña al inmigrante ilegal a lo largo de toda su trayectoria en la sociedad de inmigración, los “ilegalismos” (Foucault, 1975) acaban en ocasiones atravesando la totalidad de los ámbitos de su mundo social, y siendo subsumidos también en aquellas lógicas alegales que marcan su existencia en el lugar.

En virtud de lo anterior, en el contexto actual de extensión de la precariedad y de creciente situación de vulnerabilidad, esta imbricación adquiere una par ticular importancia y se manifiesta en estrategias de reproducción social muy generalizadas que, aunque sean respuestas individuales, no conllevan necesariamente desafiliación (Castel, 1991; Paugam, 1991). Se despliegan en realidad marcos sociales (relaciones interpersonales, vecinales, barriales, asociativas, gru pos y organizaciones) en donde son eventual y tempo ralmente reconocidos los sujetos. Por otra parte, estas estrategias combinan por momentos actividades legales e ilegales (trabajo sin contrato, economía informal, situaciones de pluriempleo, ocultación de datos, solicitudes de ayuda en distintos sitios o instituciones, subarriendos…). En dicho contexto también es donde los propios agentes sociales consideran justificadas (y por ende legítimas), de manera implícita o explícita, las actividades ilegales, tal y como se manifiesta en discursos habituales sobre la situación económica.

Un aspecto relevante es que estos discursos remiten a una necesidad de legitimación que se materializa en diversas situaciones cotidianas, en las cuales los sujetos se ven obligados a responder a interpelacio nes directas o tácitas (Sayad, 1999 y 2014). Algunos de estos argumentos aluden, con un cierto fatalismo, a la falta de opciones (aceptación de trabajo ilegal, de salarios bajos o de contratos oficiales-sujetos a condiciones ilegales…) en determinadas circunstancias (“¡qué quieres que haga!”); otros más, elaborando el tema, denuncian la invisibilización de la economía su mergida por parte de los españoles e, incluso, la hipocresía de éstos al respecto; también hay los que subrayan la aportación del trabajo -incluso ilegal- de los inmigrantes a la economía nacional, y quienes recuerdan la situación comparativa de los países de origen y, eventualmente, la falta de ayuda internacional al desarrollo local. Se puede constatar que estos últimos discursos no son meras retóricas ad hoc, sino que reflejan elementos objetivos, más o menos reconocidos por organizaciones e investigadores (Izquierdo, 2001; Mezzadra, 2005; Sassen, 2001).

En suma, en la vida cotidiana, el inmigrante, legalmente establecido o indocumentado, ha de atender a las urgencias de la reproducción social, aunque en cada caso no se plantee con igual gravedad: mientras que el legalmente establecido tiene asegurada la pre sen cia y puede, en esta medida, apelar a ello, la situación de quien carece de “papeles” está constantemente amenazada y repercute en todos los dominios (privado/público, laborales/ domésticos…). En todos los casos, aquellas urgencias le empujan a depender de su inserción, con distintos niveles de implicación, en diversos marcos sociales e institucionales que funcionan como soportes o recursos para la existencia. Además de las actividades y organizaciones que consideramos, habría que tener en cuenta otras como las asociacio nes de inmigrantes o pro inmigrantes, escue las para el aprendizaje de idiomas, cursos de formación y es cuelas populares, centros religiosos, agrupaciones políticas o vecinales, que cubren también necesida des varias y complementarias. En todos estos marcos se ponen en juego, de diferentes maneras, de forma continuada y en distintos grados, el reconocimiento, la legitimidad y la identidad del sujeto.

En este sentido, frente a una visión simplista y unívoca, que reduce todas las dimensiones de las problemáticas a la situación legal y que tiende a destacar la integración del inmigrante en la sociedad de inmigración (entendida como un conjunto), se tiene que, en el transcurso de la vida cotidiana, simultáneamente se dan múltiples adhesiones e inserciones más o menos formales, en distintos niveles y espacios sociales, que presentan dificultades particulares y con alcances diferentes.

Fuentes

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Este artículo es una versión revisada de una comunicación presentada en el VIII Congreso sobre Migraciones Internacionales (Granada, España, 2015). La investigación en la que se basan estas reflexiones es parte del Proyecto I+D, titulado “Aproximación antropológico-social de la vulnerabilidad y de los derechos humanos: inmigración, contextos sociales e institucionales” (CSO2011-25322) centrada en poblaciones en situación de vulnerabilidad social, en particular, inmigrantes. Su hilo conductor ha sido una consideración de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC), la cual persigue restituir los usos de los derechos en contextos sociales (redes sociales, asociaciones, ámbitos vecinales) e institucionales (públicos y privados) y, más específicamente, de los mecanismos mediante los cuales se gestiona el acceso a los DESC en la cotidianidad.

1Entre los primeros resultados de la investigación pueden señalarse: Franzé y Parajuá (2015), Devillard (2014 y 2015), Gómez Ciriano (2013a y 2013b), Parajuá et al. (2014), Peláez-Paz y Sanz Abad (2014).

2La Ley de Extranjería vigente es el producto de sucesivas modificaciones de la Ley Orgánica 4/2000 sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros y su Integración Social, que introducen cada vez más dificultades para la entrada y estancia en el país.

3En virtud del artículo 15 de la Ley 7/1985 del 2 de abril reguladora de las bases del régimen local: “Todo español o extranjero que viva en territorio español deberá estar empadronado en el Municipio en el que resida habitualmente”, para lo cual son requisitos fundamentales la presentación del pasaporte y un documento que acredite el domicilio (contrato de alquiler, recibo de agua, etcétera). Ya empadronado, el individuo puede, en principio y con arreglo a la Ley de Extranjería (artículo14.3), acceder a las prestaciones básicas cuya competencia tiene la comunidad autónoma o el municipio donde reside.

4Esta asunción también es relativa, porque no por fuerza afecta a las imágenes de la persona en general (que se construyen a partir de diversas experiencias, y en relación con diferentes ámbitos, que remiten incluso a la sociedad de procedencia).

5El Banco de Alimentos es una organización europea, ramificada en grupos locales, que recoge y distribuye alimentos creada en los años ochenta del siglo XX.

6En paralelo, en muchos municipios y en distintos niveles se están creando comisiones entre administraciones municipales y estas organizaciones encargadas del cruce y la verificación de datos para garantizar un mayor control.

Recibido: 26 de Abril de 2016; Aprobado: 10 de Julio de 2016

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