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Tópicos (México)

versión impresa ISSN 0188-6649

Tópicos (México)  no.51 México jul./dic. 2016

https://doi.org/10.21555/top.v0i0.781.g747 

Reseña

Paulette Dieterlen. Justicia distributiva y salud

Valeria López Vela1 

1 Centro Anáhuac en Derechos Humanos, México

Dieterlen, Paulette. Justicia distributiva y salud. México: FCE, 2015. 201p.


Las paradojas políticas que se viven en nuestros tiempos son difíciles de responder; reclaman proyecciones, cifras, pero sobre todo fundamentos que hagan frente a los problemas que no resuelven ni las estadísticas ni los análisis sociológicos. Por ejemplo, parecería sensato afirmar que la violencia es directamente proporcional a la pobreza; sin embargo, esto no explica por qué ciudades como Washington y Nueva York son considerablemente más peligrosas que Calcuta o Nueva Delhi.

Este tipo de obviedades aparentes, tan frecuentes en México, son en realidad paradojas que demandan un sólido planteamiento analítico.. Por ejemplo, los mexicanos vivimos en la miseria pero morimos de sobrepeso: la política social oscila entre el defecto y el exceso. Dicho de otra manera, en México hay un problema importante de pobreza y, al mismo tiempo, uno de obesidad que parecen girar en una espiral sin solución posible. A ratos no sabemos cuál es la causa y cuál el efecto de estos problemas; ni a cuál atacar primero; mucho menos, por qué. Resolverlos es imposible sin un enfoque analítico y sin una adecuada fundamentación desde la filosofía política.

Para desarticular paradojas como la recién presentada, donde miseria y obesidad van de la mano, tendríamos que enfrentar simultáneamente un problema relativo a la pobreza y otro referente a la distribución de la salud. Paulette Dieterlen ha ofrecido respuestas filosóficas a esta paradoja en dos importantes textos: La pobreza: un estudio filosófico (FCE, 2003) y Justicia distributiva y salud (FCE, 2015). En ellos, ha mostrado que la reflexión filosófica tiene mucho que decir sobre lo que Andrés Molina Enríquez llamó "los grandes problemas nacionales", dado que las paradojas políticas exigen planteamientos filosóficos claros antes de desarrollar las políticas públicas que las resuelvan. Además, ha insistido en la urgente necesidad de que los filósofos salgamos a la vida pública para ofrecer nuestros mejores razonamientos y responder a las necesidades prácticas de la sociedad y del Estado.

Paulette Dieterlen es una de las filósofas más importantes que ha dado nuestro país. Su trabajo y su voz son reconocidos nacional e internacionalmente; ha sido profesora del ITAM, de la UAM y de la UNAM; coordinadora del Posgrado en Filosofía y directora del Instituto de Investigaciones Filosóficas de la UNAM; consejera de la CNDH; presidenta de la Asociación Filosófica de México y consejera de la Comisión Nacional de Bioética. Su trabajo ha sido faro para las discusiones de la comunidad filosófica nacional y ha servido a la vida política del país.

Justicia distributiva y salud analiza las teorías de la distribución de la salud que siguen, retan o reinterpretan la Teoría de la Justicia (1971) de John Rawls con el fin de repensar las condiciones, limitantes y posibilidades del sistema de salud mexicano.

El análisis es impecable y hace, en mi oponión, tres aportaciones importantes para la discusión filosófica mexicana: 1) pone en la mesa de discusión en español la necesidad de encontrar el marco filosófico adecuado para articular una política de salud; 2) provee una argumentación finamente tejida con las voces de los principales teóricos de la justicia -Rawls, Sen, Daniels, Cohen-, es decir, un estilo argumentativo agudo en el que la voz de la autora dialoga con dichos autores y complementa un cuerpo teórico pocas veces puesto a hablar así: tan a coro para aportar respuestas al problema urgente del acceso a la salud; 3) finalmente, el libro supera la trillada y obtusa idea de algunas escuelas de filosofía que, equivocadamente, han insistido en que "en filosofía no importan las respuestas, sino solamente las preguntas". Esta última es una visión que apunta más hacia una postura derrotista y no sólo es falsa sino que ha dañado la formación filosófica en México -en tal axioma encontró refugio el anti-pragmatismo que explica el vacío de la presencia filosófica en la esfera pública mexicana.

Justicia distributiva y salud invita a la reflexión filosófica para encontrar respuestas que influyan en la vida de las personas. No es un libro fácil pero es, sin duda, indispensable para la investigación y la enseñanza. Se trata del séptimo título de la "Biblioteca de Ética y Bioética" que dirige Juliana González bajo el sello del Fondo de Cultura Económica. El libro es prologado por el ex rector de la UNAM y actual Secretario de Salud, José Narro Robles.

El primer capítulo, "La igualdad y los criterios de distribución", plantea la discusión actual sobre el tema y señala las particularidades del caso mexicano. El capítulo segundo, "La teoría de la justicia como equitativa", presenta la propuesta de Norman Daniels que corre paralela a la de John Rawls sobre la protección de la salud. El tercer capítulo, "El igualitarismo de la suerte", presenta las críticas al trabajo tanto de Rawls como de Daniels hechas por otros teóricos de la justicia, especialmente las de Shlomi Segall. El cuarto capítulo, "La salud como un elemento constitutivo del bienestar", presenta la discusión sobre la definición de salud pues, sostiene la autora, "ya no es posible conformarse con la vieja idea de que estar sano es equivalente a no estar enfermo sino que salud incluye muchos otros aspectos ligados al funcionamiento normal de la especie"(Dieterlen, 2015, 173, ss). El último capítulo, "La protección de la salud como un mínimo decente y como un derecho básico", analiza la propuesta de Buchanan y Hessler, autores que han repensado la inclusión de la salud como un Derecho Humano. Finalmente, el epílogo, "Nuevos temas, nuevas investigaciones", abre la puerta a los nuevos retos para la concepción de la salud: las enfermedades mentales, la genética y las patentes.

Me detendré en el capítulo segundo y en el capítulo quint, pues en ellos están los fundamentos éticos que articulan el libro. En el capítulo segundo se abre una interrogante: ¿Qué nos debemos unos a otros? Esta es la pregunta de la que parte el filósofo Norman Daniels para encontrar la justificación ética para el acceso a la salud entendida como un bien primario que abre la puerta al resto de los bienes primarios cuya obra, como señala Dieterlen, ha sido tan influyente como la de Rawls para la teoría de la justicia (Dieterlen, 2015, 63).

La propuesta de Daniels intenta responder a las siguientes preguntas: (1) ¿Tienen la salud y, por consiguiente, el cuidado de la salud y otros factores que repercuten en ella, una importancia moral mayor a cualquier otro bien?; (2) ¿Cuándo son injustas las desigualdades en materia de salud?; y (3) ¿Cómo podemos satisfacer las necesidades de salud equitativamente si los recursos para hacerlo son limitados?

Daniels, junto con Rawls, entiende a la salud como un bien primario. Pero su distribución está socialmente determinada. Además, Daniels considera indispensable proteger la capacidad de elección para ser miembros plenamente cooperativos de una sociedad. Pero la enfermedad limita severamente la capacidad de elección y la capacidad para realizar un plan de vida normal. Por ello, la protección de la salud juega un papel preponderante en el diseño estructural de una sociedad bien ordenada.

En el capítulo quinto se responde a la siguiente pregunta: ¿debemos incluir a la salud en la lista de los Derechos Humanos? La pregunta no es ociosa pues, como lo plantea Dieterlen, la respuesta depende de lo que aceptemos como justificación final de los Derechos Humanos. La autora presenta cuatro posibilidades teóricas para encontrar dicha justificación. La primera y más socorrida es la que alude a la noción de dignidad humana que ha sido defendida desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos por autores de corrientes tan diversas como Jacques Maritain, Ronald Dworkin y, más recientemente, Jeremy Waldron.

La segunda, utiliza el concepto de necesidades humanas para, desde ellas, derivar la lista de los Derechos Humanos; Henry Shue es uno de los principales teóricos que defienden esta visión. La tercera sostiene que los Derechos Humanos son demandas morales que se sustentan en los intereses humanos básicos; la idea ha sido desarrolla por Allen Buchanan y Kristen Hessler. La cuarta es la propuesta minimalista que ha defendido principalmente Thomas Pogge.

En este mismo capítulo la autora analiza con detenimiento la propuesta de Buchanan y de Hessler pues le parece que es compatible con el trabajo que ha desarrollado Norman Daniels a la luz de la Teoría de la Justicia de John Rawls.

Sostiene Dieterlen: "según Buchanan y Hessler, cuando se afirma la existencia de un derecho humano a la salud se está planteando una afirmación moral muy fuerte: que todas las personas del mundo, independientemente de su nacionalidad, cultura, país de ciudadanía o alguna otra característica distintiva, pueden demandar la titularidad moral a tener ciertos servicios médicos y a recibir servicios de salud pública" (Dieterlen, 2015, 171). Por ello, señalar el derecho a la salud como un derecho humano es una afirmación jurídica con implicaciones que no siempre pueden cumplirse. De esta manera, los autores piensan que lo que legitima los Derechos Humanos es "la consideración por igual que merecen todas las personas" (Dieterlen, 2015, 175).

¿Qué nos debemos unos a otros? Dicho de otra manera: ¿cuáles son las obligaciones que tenemos -si es que las tenemos- con los otros ciudadanos? La pregunta es provocadora y llama a reflexionar sobre cuáles son nuestros compromisos éticos y nuestra idea de la justicia. Es la pregunta con la que la autora inicia la argumentación para concluir, junto con Buchanan y Hessler, que todas las personas merecemos igual consideración. En ése sentido es en el que deben plantearse y entenderse los Derechos Humanos, especialmente el derecho a la salud. No podría estar más de acuerdo.

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