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Tópicos (México)

versión impresa ISSN 0188-6649

Tópicos (México)  no.42 México jul. 2012

 

Reseñas

 

Lilian Bermejo-Luque: Giving Reasons. A Linguistic-Pragmatic Approach to Argumentation Theory

 

Mario Gensollen

 

Dordrecht: Springer 2011, 209 pp.

 

Universidad Autónoma de Aguascalientes.

 

La teoría de la argumentación es de cuño reciente. No fue sino hasta mediados del siglo pasado, con la aparición en 1958 de The Uses of Argument de Stephen Toulmin y el Traité de l'Argumentation de Perelman y Olbrechts-Tyteca, que los estudios sobre nuestros intercambios argumentales ordinarios recibieron una atención independiente.

La principal pregunta que buscan responder los teóricos de la argumentación es de índole normativa: ¿qué hace que un argumento sea un buen argumento? Para ello, se han tratado de desarrollar teorías lo más completas posibles que permitan capturar la normatividad de nuestros intercambios argumentales. Sin embargo, el problema es añejo. Aristóteles mismo ya se había percatado que en nuestro natural y ordinario ejercicio de dar y recibir razones se traslapan distintas dimensiones del argumento (logos, ethos y pathos). Para ello diseñó distintas herramientas que dieran cuenta de dichas dimensiones: la lógica, la dialéctica y la retórica.

En la actualidad, dicho problema persiste: se trata de brindar una teoría sistemática que responda por la pregunta normativa que nos hace considerar algunos argumentos como buenos y otros como malos, pero el enfoque ha sido reductivo. Los teóricos de la argumentación se han concentrado en uno u otro de los enfoques, tratando de responder a la pregunta normativa desde uno solo, creyendo que es posible reducir la normatividad de todas las dimensiones del argumento a una sola.

Por ejemplo, el clásico Introduction to Logic de Copi se concentró en la dimensión lógica del argumento. Algunas de las críticas más habituales a las que ha sido sometido el enfoque de Copi tratan de hacer ver la necesidad de concebir a nuestros argumentos como situados; i.e., la buena o mala argumentación, para poderla considerar de uno u otro modo, tiene una alta dependencia contextual. Por lo mismo, aunque Copi avanza en el análisis de la dimensión lógica de nuestras argumentaciones, muchas de las herramientas que nos brinda son limitadas para el análisis de nuestros intercambios argumentales. Algunas de las falacias tipificadas por Copi no es fácil considerarlas como tales en determinados contextos: e.g. , una falacia bien puede tener un alto poder retórico, una falacia de relevancia bien puede no ser tal considerada en el contexto dialógico, o bien muchos de los esquemas argumentales que nos permiten clasificar falacias son los mismos que funcionan para argumentos no falaces.

Algo similar sucede cuando nos concentramos ya sea en la dimensión dialéctica (van Eemeren y Grootendorst) o en la retórica (Perelman y, más recientemente, Gilbert). Por ello, quizá una de las tareas necesarias de la teoría de la argumentación hoy consista en brindar una teoría no reductiva que permita responder a la pregunta normativa.

Es en este contexto en el que hay que considerar Giving Reasons de Lilian Bermejo-Luque. En esta aproximación reciente, la autora busca desarrollar una teoría de la argumentación que permita responder a las cuestiones normativas sin caer en una posición reductiva. Para ello, Bermejo-Luque sugiere considerar a la argumentación como un acto de habla complejo, lo cual nos permitiría responder, desde un punto de vista pragma-lingüístico, a la pregunta normativa.

Para Bermejo-Luque, el primer paso consiste en considerar a la argumentación principalmente como una práctica lingüística. Con ello, la autora busca distinguir su postura de aquellas que consideran la argumentación como un producto lógico, un procedimiento dialéctico, un proceso retórico o como una herramienta epistemológica. En un segundo momento, y siguiendo a van Eemeren y Grootendorst, habría que considerar a la argumentación como un complejo acto de habla, lo que nos permitiría —piensa Bermejo-Luque— integrar las distintas dimensiones de la argumentación en una teoría sistemática y unitaria.

La autora sugiere que la teoría de la argumentación ha carecido de un tratamiento unitario de los dos aspectos centrales de nuestras prácticas argumentales: su poder de justificación y su poder persuasivo. Las teorías más recientes, incluso, tienden a considerar a la argumentación ya sea como un dispositivo útil para la justificación, que eventualmente puede ser usado para persuadir; o bien como un dispositivo persuasivo, cuyas condiciones de legitimidad puedan dar cuenta de la justificación. Para Bermejo-Luque, considerar a la argumentación como un acto de habla complejo nos proporcionaría dicho tratamiento unitario de la justificación y la persuasión razonable de nuestras argumentaciones: así, la argumentación sería un dispositivo útil para la justificación en su nivel ilocucionario, mientras que su poder persuasivo resultaría de su capacidad para producir ciertos efectos perlocucionarios.

En el primer capítulo, Bermejo-Luque aborda de manera muy general a la argumentación como una actividad humana, incluso como el paradigma de nuestros intercambios lingüísticos (siguiendo la teoría inferencialista de Brandom, y la teoría de la acción comunicativa de Haber-mas). Realiza también un rastreo histórico de la negligencia que durante siglos sufrió el estudio de nuestras argumentaciones cotidianas, y atribuye dicha negligencia a la recepción histórica y sesgada de Aristóteles. Por último, reconstruye los debates recientes en teoría de la argumentación, y repasa algunos de los problemas principales que surgen cuando adoptamos una teoría reductiva.

En el segundo capítulo, la autora aborda algunos problemas meta-teóricos para defender la aproximación pragma-lingüística a la argumentación. En particular, defiende que una teoría de la argumentación desde un enfoque pragma-lingüístico evita el instrumentalismo en el que caen las teorías reductivas rivales. Si no evitamos el instrumentalismo —nos dice Bermejo-Luque— una teoría normativa de la argumentación es incapaz de superar el problema de la justificación al que se enfrenta.

En el tercer capítulo, Bermejo-Luque caracteriza a la argumentación como un acto de habla complejo. Desde esta perspectiva, el acto de habla de argumentar cuenta como un intento de mostrar una afirmación como correcta. De este modo, la autora define un buen argumento como el que de hecho muestra que la afirmación que defiende es correcta, lo cual también nos da cuenta de la justificación. Siguiendo el esquema de los actos de habla de Bach y Harnish, la autora nos propone una extensión al mismo que nos permite tanto caracterizar el acto de habla de argumentar, como también nos sirve como herramienta para interpretar y analizar el discurso argumentativo. Hacia el final del capítulo, Bermejo-Luque explica como el acto de habla de argumentar se relaciona con otros objetos que tradicionalmente se han asociado con la argumentación: los procesos de razonamiento (o actos de juzgar indirecto), y los argumentos. Así, la autora define a los argumentos como objetos abstractos que representan propiedades semánticas tanto de los actos de argumentar como de los actos de juzgar indirecto.

En los capítulos cuarto, quinto y sexto, la autora se detiene en las tres dimensiones de la argumentación, y explica cómo cada una de ellas provee las condiciones semánticas y pragmáticas del acto de habla de argumentar. En el cuarto repasa la dimensión lógica, y se une a las críticas que diversos teóricos de la argumentación han realizado a las pretensiones de la lógica formal como una herramienta adecuada para capturar la totalidad de aspectos de nuestros intercambios argumentales cotidianos en lenguaje natural. Para ello, Bermejo-Luque se detiene en las herramientas que Toulmin proporcionó para analizar lógicamente la argumentación que se realiza en el lenguaje natural, y suscribe la teoría normativa no formal de la inferencia que Toulmin defendió. A pesar de ello, Bermejo-Luque defiende que incluso dicha teoría no formal no es suficiente para capturar la normatividad del acto de habla de argumentar. En el capítulo quinto, siguiendo la dialéctica de Rescher, Bermejo-Luque afirma que la dimensión dialéctica de la argumentación permite una «intersubjetividad de segundo orden», la cual entiende en términos de la naturaleza recursiva de la actividad de dar y pedir razones. En el sexto, la autora defiende que existe una dimensión retórica no sólo en el acto de habla de argumentar, sino en toda actividad comunicativa. Así, para Bermejo-Luque, la retórica debería ser una disciplina que nos brindara herramientas para interpretar y evaluar la argumentación, y no sólo desde un punto de vista instrumental. Para la autora, incluso si consideramos la argumentación como un dispositivo para la justificación, debemos tomar en cuenta sus propiedades retóricas para determinar su valor pragmático qua argumentación; i.e., para determinar qué tan buena es una argumentación al mostrar una afirmación como correcta.

Por último, en el capítulo séptimo, a partir de la consideración de las propiedades lógicas, dialécticas y retóricas de la argumentación, así como de las condiciones normativas del acto de habla de argumentar, Bermejo-Luque propone una forma de considerar tanto semántica como pragmáticamente la argumentación. Su propuesta general busca brindar alguna guía para tratar con cualquier fallo argumental, incluida la falsa (no sólo mala) argumentación. Para ello, ejemplifica finalmente a partir de la falacia ad baculum.

Quizá la principal virtud de Giving Reasons sea poner en la agenda de la disciplina una de sus tareas más inmediatas: brindar una teoría no reductiva de la argumentación que permita integrar las distintas dimensiones normativas de nuestras prácticas argumentales. Sin embargo, Bermejo-Luque, al considerar a la argumentación como un acto de habla, subordina muchos de sus puntos de vista a una teoría pragmática del lenguaje mucho más general. Así, Giving Reasons enfrenta muchos de los problemas a los que debe atenerse una teoría de los actos de habla.

Lo que ahora nos dicen lingüísticas y los filósofos del lenguaje es que formular una teoría de los actos de habla es mucho más difícil de lo que parecía inicialmente. Cuando se estudia la fuerza ilocucionaria y perlocucionaria de los actos de habla, la mayoría de las veces se llega a la conclusión de que el agente lingüístico carece de control epistémico sobre el significado de sus palabras; i.e., el interlocutor puede tomarlas en última instancia como él quiera, sin que el hablante pueda lograr que sus palabras se tomen como él hubiese deseado. Esta posición, que cada día gana más adeptos, suele ser llamada «externismo ilocucionario». El problema es el siguiente: si el externismo ilocucionario es verdadero, entonces una teoría de la argumentación sistemática es imposible. El agente argumental, como el agente lingüístico, carecería de control epistémico sobre sus argumentos, lo cual terminaría por diluir cualquier esperanza de control sobre la normatividad de nuestros intercambios argumentales. Así, la caracterización descriptiva de la argumentación como acto de habla que nos brinda Bermejo-Luque parece muy sugerente, sin embargo, como teoría normativa puede fracasar si el externismo ilocucionario es verdadero. O bien, no lograría capturar la normatividad de la argumentación, o terminaría en un escepticismo o relativismo sobre nuestros intercambios argumentales.

Por lo anterior, quizá no debería sorprendernos que los grandes avances que se han logrado en ética y en epistemología a partir de la teoría de las virtudes —Anscombe, Foot, Sosa, Williams, McDowell, etc., son ejemplos claros de ello— pudiera trasladarse a la teoría de la argumentación, resolviendo los problemas normativos, al igual que pretende hacerlo con cuestiones morales y epistémicas.

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