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Revista mexicana de sociología

versión On-line ISSN 2594-0651versión impresa ISSN 0188-2503

Rev. Mex. Sociol vol.68 no.2 Ciudad de México abr./jun. 2006

 

Artículos

 

Democracia deliberativa y teoría democrática: una revisión del valor de la deliberación pública

 

Deliberative Democracy and Theory on Democracy: the Value of Public Deliberation. A Review

 

Alejandro Monsiváis Carrillo*

 

* Doctor en Ciencias Sociales por El Colegio de la Frontera Norte. Profesor-investigador del Instituto de Investigaciones "Dr. José María Luis Mora". Dirección: Madrid núm. 82, Col. del Carmen, Coyoacán. México, D. F. Código Postal: 04100. Teléfono: (55) 55-54-89-46, extensión 3111. Fax: (55) 55-54-89-25, extensión 3115. Correo electrónico: <amonsivais@mora.edu.mx>.

 

Recibido: 30 de junio, 2005.
Aceptado: 5 de enero, 2006.

Resumen

La democracia deliberativa es un modelo normativo de la política que aspira a profundizar la democracia con base en un principio de razonamiento público entre ciudadanos. El propósito de este trabajo es identificar las condiciones en las que la política deliberativa puede cumplir con dicha expectativa. Antes que un valor intrínseco, se propone un valor instrumental de la deliberación y se enuncian tres principios normativos que cumplen una función regulativa de los procesos deliberativos. Se analizan las contribuciones que hace la deliberación ante dos desafíos a los que hace frente la democracia: a) la coherencia de las decisiones colectivas basadas en la agregación de preferencias individuales; y b) los límites de la rendición de cuentas electoral.

Palabras clave: democracia deliberativa; justificación política; elección social; rendición de cuentas;teoría política normativa.

Abstract

Deliberative democracy is a guideline model of politics that aspires to deepen into democracy on the basis of a public reasoning principle among citizens. The aim of this paper is to identify the conditions in which deliberative politics can meet such expectation. Rather than an intrinsic value, an instrumental value of deliberation is proposed, as well as three normative principles which fulfill a regulation function of deliberative processes. The contributions made by deliberation are analyzed vis-à-vis two challenges faced by democracy: a) the coherence of collective decisions based on individual preferences aggregation; and b) the limits set to electoral accountability.

Key words: deliberative democracy; political justification; social election; accountability; normative political theory.

 

I. INTRODUCCIÓN

LA TEORÍA POLÍTICA DE ORIENTACIÓN deliberativa ha colocado en la agenda del debate contemporáneo la importancia que tiene el diálogo público como elemento que contribuye a fortalecer y profundizar la democracia. Una característica común entre los partidarios de la deliberación pública es que se oponen a concebir la democracia como un sistema cuya exclusiva función es seleccionar representantes o promover determinadas políticas públicas a partir de la agregación de las preferencias de los individuos. A saber: la democracia deliberativa se avanza como una opción a los modelos elitistas y económicos de la democracia (Schumpeter, 1971; Downs, 1957). Los partidarios de la democracia deliberativa encuentran en la argumentación y el diálogo públicos en torno al bien común, un ideal que vincula la consideración igualitaria de los intereses de los individuos con los ideales del razonamiento práctico y la autonomía política (Benhabib, 1996: 69; Bohman y Rehg, 1997). Quienes se apegan a esta visión consideran que la deliberación pública no queda restringida a ser un proceso de transformación dialógica de las preferencias políticas de los individuos. La deliberación pública sería, al mismo tiempo, elemento decisivo para que una mayor cantidad de áreas de la vida política de una sociedad queden bajo el control efectivo de ciudadanos competentes y razonables (Dryzek, 2000: 29). En otras palabras, la deliberación pública sería al menos un elemento central para mejorar la calidad de la democracia, si no es que la esencia del proceso democrático mismo.

Los postulados de la democracia deliberativa, empero, lejos están de haber sido aceptados de manera unánime. Los adversarios de la perspectiva deliberativa suelen mostrarse escépticos respecto de la idea de que el diálogo público puede tener algún tipo de importancia política. Por ejemplo, las perspectivas minimalistas de la democracia simplemente optan por dejar fuera cualquier aspiración deliberativa. A fin de cuentas, lo que hace que "quienes tienen pistolas obedezcan a quienes no las tienen" (Przeworski, 1999: 49) no es el diálogo entre ciudadanos, sino una competencia imparcial y equitativa en la selección de representantes políticos. Otra objeción común señala que los teóricos deliberativos parecen descuidar que lo que se pone en juego en la política no son aspiraciones a dejarse convencer por la fuerza del mejor argumento (Shapiro, 1999). En la política, las acciones suelen ser impulsadas por los intereses que tienen la capacidad de imponerse a otros intereses en situaciones de competencia y conflicto. Para complicar un poco más las cosas, si lo que la democracia deliberativa pretende es llegar a un consenso acerca del bien común, no sólo resulta un ideal inapropiado para la eficacia en la toma de decisiones políticas: también puede constituir una amenaza para la democracia misma, en la medida en que alcanzar el consenso traiga consigo suprimir el conflicto y la divergencia que caracteriza a las sociedades moral y culturalmente plurales (Mouffe, 2000: 91-98; Sanders, 1997).

Las críticas al modelo deliberativo de la democracia han contribuido a identificar las debilidades y flaquezas de esta perspectiva. Al mismo tiempo, han sido de utilidad para reconocer sus contribuciones y resaltar sus potencialidades. El propósito del presente trabajo radica en destacar que la democracia deliberativa contribuye, efectivamente, a pensar bajo una nueva luz la importancia que tiene el razonamiento práctico entre ciudadanos para hacer frente a diversos desafíos democráticos. La primera sección aborda las contribuciones de la democracia deliberativa en el plano de la teoría política normativa. El objetivo consiste en mostrar que los planteamientos de la democracia deliberativa se hallan atravesados por una tensión fundamental: el principio deliberativo constituye un recurso de carácter ideal, el cual hace las veces de una categoría que sirve a los fines reconstructivos de la teoría política. Es decir: cuando se habla de deliberación pública, ello ocurre en un plano regulativo, sin la intención de referirse a ningún proceso empírico en particular. La tensión se hace evidente cuando se traslada esta concepción de la política deliberativa al plano de la teorización empírica. En tal plano, la concepción reconstructiva de la deliberación pública resulta inadecuada para dar cuenta de los procesos de deliberación empíricos. Por tal motivo, la democracia deliberativa aparece como una teoría idealista de la política. . . en el mejor de los casos.

Ante la disyuntiva que presenta una concepción idealizada de la deliberación y una teoría de la democracia que simplemente deja de lado la deliberación pública, algunos teóricos identifican la deliberación con la discusión entre ciudadanos (Fearon, 2001). La deliberación pública aparece entonces despojada de cualquier aspiración normativa que no sea la transformación de las preferencias de los individuos. En contraste, la segunda sección se propone indagar si es posible sostener una concepción normativa de la deliberación pública que pueda ser, a la vez, importante para la gobernación democrática. En esta sección se avanza una concepción cooperativa y dialógica de la deliberación política; se discute el valor que tiene la deliberación para la democracia, y se analiza la viabilidad de orientar los procesos deliberativos con base en los principios de publicidad, razonabilidad e igualdad política.

La tercera sección analiza las contribuciones que hace la democracia deliberativa para hacer frente a dos dilemas políticos específicos. En un primer momento se indaga en las contribuciones que los procesos deliberativos pueden aportar para hacer frente a un problema estructural de la democracia: la coherencia de las elecciones colectivas. Este apartado nos refiere al debate concerniente a los posibles acomodos entre ciertos postulados de la teoría de la elección social (social choice theory) y la democracia deliberativa. En un segundo momento se analiza otro de los problemas internos de la democracia: las limitaciones de las elecciones para servir como mecanismos de rendición de cuentas. Aquí se hace hincapié en que la deliberación contribuye a hacer frente a dicha problemática mediante diversos tipos de espacios públicos de comunicación y participación. Por último, discutiré las repercusiones que tiene para la democracia deliberativa tratar de acomodar sus postulados normativos a las exigencias de la realidad política. Argumentaré que la democracia deliberativa se sitúa en un campo de tensión entre una orientación crítica y una orientación realista de la democracia.

 

II. DEMOCRACIA, DELIBERACIÓN PÚBLICA Y JUSTIFICACIÓN POLÍTICA

De acuerdo con la democracia deliberativa, el núcleo del proceso democrático es un proceso de discusión pública y argumentación racional entre individuos libres e iguales cuya finalidad es tomar las decisiones correctas y justas en bien de la comunidad política. El principio deliberativo establece que la legitimidad democrática depende de que cada ciudadano acepte las razones que motivan una decisión política. Esta sección se propone revisar la función que desempeña tal modelo político en la reconstrucción normativa de la democracia. La discusión destaca las contribuciones que hace la democracia deliberativa a la teoría política normativa; al mismo tiempo, señala las limitaciones relacionadas con una concepción ideal de la justificación política.

A. Una reconstrucción normativa de la democracia:

la deliberación como procedimiento ideal de justificación

Para los representantes de una interpretación filosófica de la deliberación, los fundamentos normativos de la democracia se desprenden de un ideal de justificación de las normas políticas. Desde tal punto de vista, el uso legítimo de la autoridad del Estado viene dado por un procedimiento que asienta la producción de normas y decisiones políticas en un diálogo entre individuos racionales, libres e iguales. Las variantes más influyentes de dicha interpretación se producen a partir de la convergencia de dos tradiciones de la teoría política y social contemporánea: la teoría crítica y el liberalismo político. Del lado de la teoría crítica, la democracia deliberativa aparece como un modelo normativo de la política que pretende contrarrestar la expansión de una racionalidad instrumental en el mundo moderno. La racionalidad instrumental no sólo sería responsable de producir maneras de organización burocráticas y mercantiles que absorben la libertad y la solidaridad entre los individuos (Habermas, 1999: 261-280): también sería partícipe de la fragmentación de la integración social propiciada por el desmantelamiento de los Estados de bienestar. En lo que hace al liberalismo político —con base en una concepción política de la justicia y de la cooperación social equitativa—, el uso público de la razón se convierte en un principio regulativo de la justificación política en sociedades pluriculturales (Rawls, 1996). Cuando los ciudadanos se hallan divididos por doctrinas comprensivas del bien y la justicia que son irreconciliables, la razón pública establece los parámetros de justificación para asegurar un consenso traslapado alrededor de los principios de la democracia constitucional. La concepción de la democracia que se desprende del cruce de estas tradiciones se caracteriza por dar una posición central a los procedimientos que institucionalizan el uso público de la razón. Como representante de la teoría crítica, Jürgen Habermas desarrolla una concepción de la democracia en la que la legitimidad de las normas jurídicas depende de la institucionalización de un procedimiento discursivo. Joshua Cohen, del lado del liberalismo político, formula un "procedimiento ideal de deliberación" como modelo de justificación política.

Las interpretaciones ideales de la deliberación consideran que la democracia es un sistema que institucionaliza un procedimiento de justificación y razonamiento públicos. Es decir, antes que un mero sistema de competencia electoral para la selección de representantes, la democracia es un sistema que formaliza las condiciones ideales de argumentación y razonamiento que dan lugar a la producción de normas legítimas. Para Habermas, la articulación entre deliberación y democracia se da bajo la forma de un procedimiento que encarna al ideal del principio del discurso, el cual establece que son normas válidas aquellas "[...] a las que todos los que puedan verse afectados por ellas pudiesen prestar su asentimiento como participantes en discursos racionales" (Habermas, 1998: 172). La democracia se convierte así en el procedimiento que transforma el poder comunicativo en normas jurídicas y decisiones políticas. Con este giro, Habermas asienta la producción de normas jurídicas en un conjunto de reglas que aseguran el trato igualitario e imparcial de todos los participantes en los procesos de justificación racional de dichas normas.

El procedimiento ideal de justificación política que formula Joshua Cohen (1997) apunta en una dirección semejante. Cohen identifica el núcleo de su modelo de esta manera: "La concepción deliberativa de la democracia se organiza alrededor de un ideal de justificación política. De acuerdo con este ideal, justificar el ejercicio del poder político colectivo es proceder sobre la base de un razonamiento público libre entablado entre iguales" (Cohen, 1997: 412). En dicho modelo, deliberación no significa simplemente discutir, en lugar de negociar o de votar; tampoco se distingue por asumir que la finalidad de la deliberación es transformar las preferencias políticas de los ciudadanos; ni se caracteriza por suscribir una concepción epistémica de la votación, en la que se asume que las decisiones de la mayoría son probabilísticamente más acertadas que las de la minoría. Para Cohen, la deliberación coloca el razonamiento público como centro de un ideal de justificación política. Este ideal describe las condiciones que deberían cumplirse si se aspira a que una decisión política sea legítima. Entre esas condiciones se encuentran la igualdad formal y sustantiva de los participantes en el proceso deliberativo, así como el hecho de que la obligación impuesta por la decisión proviene exclusivamente del proceso de razonamiento público y —entre otros factores— que el resultado de la deliberación se halla respaldado por el consenso.

La concepción ideal-procedimental de la deliberación resuelve una tensión central para la teoría democrática: la que opone las decisiones mayoritarias a la protección de los derechos individuales. Los teóricos de la deliberación argumentan que las libertades civiles y las libertades políticas se implican mutuamente. En Habermas (1998), la concepción procedimental de la democracia deliberativa tiene fundamentalmente un propósito reconstructivo: establecer sistemáticamente la cooriginalidad entre los derechos subjetivos y la autonomía política de los ciudadanos. En otras palabras, su objetivo es reconciliar los principios liberales y republicanos del Estado moderno. Habermas destaca que tanto Kant como Rousseau intentaron una tarea semejante. Sin embargo, después de dar prioridad a la autonomía moral de los individuos, Kant culmina con una reformulación de corte liberal del dilema. Rousseau —que parte desde una noción colectiva del sujeto político— llega a una conclusión de tipo republicano, en la que la autonomía política se alcanza mediante la participación en la determinación de la "voluntad general". Para Habermas, la tensión prevaleciente entre la autonomía política y la autonomía privada de los ciudadanos encuentra una vía de solución mediante la especificación del principio del discurso en la forma del procedimiento democrático. Este procedimiento requiere la configuración jurídica de las condiciones que dan a los ciudadanos garantías de libertad y un estatus de igualdad entre sí. De tal modo, los derechos subjetivos se incorporan en el proceso de formación colectiva de la voluntad política. Por otra parte, en el mismo conjunto de libertades iguales para todos se incluyen los derechos a la participación en las decisiones colectivas. La forma jurídica de los derechos ciudadanos supone, entonces, una codeterminación entre los derechos a la participación en la determinación de la voluntad política, y los derechos a un mismo conjunto de libertades para todos los ciudadanos.

El modelo de democracia deliberativa de Joshua Cohen conduce a una interpretación semejante a la de Habermas. Cohen formula un modelo de justificación política con el que reconcilia las "libertades de los modernos" con las "libertades de los antiguos" mediante un procedimiento ideal de deliberación (Cohen, 1997: 413). Para Cohen, el ejercicio legítimo de la autoridad estatal depende de que tal autoridad se base en razones que puedan ser aceptadas por individuos libres e iguales. La legitimidad política no depende sólo de la consideración igualitaria de los intereses individuales sino, fundamentalmente, de la forma y contenido de las razones políticas de la autoridad. Dicha condición entraña un principio de inclusión deliberativa que asegura la protección de las libertades religiosas: de credo y de expresión. En una concepción procedimental-agregativa de la democracia, es suficiente con el respeto a la libertad de expresión política. El modelo deliberativo de Cohen extiende el imperativo de protección de los derechos individuales hasta las libertades de credo y religión. El motivo es el siguiente: ningún individuo razonable puede considerar que recibe un trato igual a los otros en un proceso de decisión política si —además de la libertad de expresar sus opiniones políticas— carece del derecho a que se protejan sus creencias morales y religiosas. De manera simétrica, el supuesto de que los individuos deben ser tratados como iguales conduce a una justificación de los derechos políticos. Cada individuo debe contar con iguales derechos de participación, voto, asociación, influencia, ejercicio de cargos públicos y competencia equitativa. Ello asegura que —mediante la participación política— pueden proteger sus libertades y promover los valores políticos que acompañan a sus respectivas concepciones del bien común.

La concepción ideal de la democracia deliberativa hace hincapié en el imperativo de que los individuos sean tratados como agentes libres e iguales durante el proceso de deliberación política; pero también exige que ese mismo principio se refleje en los resultados de las decisiones políticas. Consideraciones de este tipo han sido propuestas para ofrecer una salida deliberativa a la tensión prevaleciente entre los aspectos pro-cedimentales y los sustantivos de la democracia. Por ejemplo Gutmann y Thompson (1996) (Gutmann y Thompson, 2003) argumentan que si la legitimidad democrática depende de apegarse a una norma de reciprocidad en la justificación de la autoridad política, la democracia no puede dejar de incluir principios sustantivos que aseguren la participación efectiva de cada ciudadano. En tal caso se trata de principios como los de iguales libertades y oportunidades equivalentes para cada individuo. Por su parte, Joshua Cohen (1997: 419-422) también atribuye una dimensión sustantiva a la democracia, a partir del principio ideal de justificación política. El aspecto sustantivo destacado por Cohen es el bien común de una comunidad política caracterizada por un pluralismo razonable, por una comunidad donde convergen distintas cosmovisiones morales y religiosas con diferencias irreductibles. El bien común de una comunidad democrática se obtiene cuando el resultado de la deliberación pública es un producto que todos los participantes consideran justo. Cohen afirma que el sentido de justicia de dichos resultados puede modelarse de acuerdo con un principio que —además de garantizar libertades iguales para todos— asegura que la mejoría de las condiciones de unos contribuye a mejorar las condiciones de otros; es decir, algo semejante al principio de diferencia de John Rawls (1999).

B. Los límites de la deliberación como ideal de justificación política

El modelo normativo de la democracia que apela a una concepción ideal del procedimiento de la deliberación política tiene deficiencias que lo hacen inadecuado para responder a los desafíos de las democracias contemporáneas. Las dificultades con este modelo del procedimiento de deliberación son de distinta índole. Para Shapiro (2003: 21-32), la deliberación pública supone una concepción sustantiva del bien común que es inapropiada para afrontar los conflictos de interés, la diversidad de opiniones y las relaciones de dominación en las sociedades actuales. Dryzek (2000: 17-30), por una parte, y Mouffe (2000: 91-98), por otra, objetan la deliberación como procedimiento ideal que flaco favor hace a las necesidades de profundizar la democracia. Para tales autores, la reconciliación de los principios del Estado liberal de Derecho con la democracia, se hace a costa del potencial transformador de las prácticas democráticas. Iris M. Young (1996) ha señalado —de igual modo— que el modelo argumentativo del ideal de la deliberación pública privilegia las maneras de discusión de los grupos más aventajados en una sociedad y contribuye a silenciar las reivindicaciones de justicia de diversos grupos sociales.

Para identificar los límites del modelo de la democracia deliberativa apegado a un procedimiento-ideal de justificación, haré referencia a tres aspectos principales: el modelo de discusión racional, el ideal del consenso y el principio de justificación política. En primer lugar, el modelo de discusión racional que está en el centro de la concepción deliberativa puede resultar apropiado para los fines de la teoría reconstructiva de la democracia. Por ejemplo, la "posición original" de Rawls o la "situación ideal de discurso" de Habermas son dos dispositivos formales que requieren de un modelo ideal de justificación racional. Sin embargo, dicho modelo resulta demasiado rígido para adoptarse como principio de justificación pública en las realidades de las sociedades contemporáneas. El modelo de discusión racional supone que los participantes en un proceso de deliberación pública deben proporcionar argumentos para encontrar el bien común. A fin de que impere la fuerza del mejor argumento, los participantes deberán adoptar un punto de vista general, que los aleje de sus intereses y determinaciones particulares. Sus argumentos deben orientarse a aplicar correctamente las reglas de la inferencia lógica, con el objetivo de exponer razones que resulten convincentes para otros individuos. Por lo demás, la comunicación debe conducirse apegada a los principios de neutralidad e imparcialidad, para que nadie pueda verse influido por elementos expresivos o irracionales, ni se sienta inclinado a favorecer un punto de vista por el solo hecho de que coincide con sus propios intereses.

Tal modelo argumentativo pretende ser semejante al discurso que se emplea en los ámbitos de saber especializado: la ciencia, el Derecho, y otros. La argumentación que se desarrolla en las cortes supremas —cuando se discuten cuestiones constitucionales básicas—, asimismo, puede apegarse a los lineamientos mencionados. Sin embargo, esperar que los procesos legislativos, la puesta en vigor de las políticas públicas y las discusiones ciudadanas se conduzcan de acuerdo con este prototipo resulta poco realista. De hecho, la exposición de razones en un proceso político —si aspira a ser inclusivo y capaz de incorporar en el debate todas las perspectivas conducentes— debe modificar su comprensión de la deliberación racional.

La aspiración al consenso como ideal regulativo es una segunda implicación fuerte de una concepción de la deliberación modelada como un procedimiento de justificación política. Cohen lo establece del modo siguiente: "La deliberación ideal aspira a alcanzar el consenso racionalmente motivado: a hallar razones que resulten persuasivas para todos los que se encuentren comprometidos para proceder a la acción sobre la base de una afirmación libre y razonada de opciones planteadas entre pares" (Cohen, 2001: 93). De manera semejante, para Habermas (2002: 112), el acuerdo al que se llega mediante la comunicación orientada al entendimiento, se caracteriza por que todos los participantes pueden aceptar la validez de los argumentos por las mismas razones. Desde este punto de vista, la finalidad de la política consiste en un acuerdo unánime entre los participantes.

Ante el ideal del consenso, la objeción más inmediata es simple: las condiciones ideales de deliberación resultan muy difíciles de cumplir en la realidad política. Sin embargo, hay cuestiones de fondo más problemáticas. Si se pretende definir un modelo de justificación política que se conduzca por medio del uso público de la razón, entonces la deliberación pública no puede apelar al consenso, a riesgo de resultar incoherente (Gaus, 1997). Gerald Gaus ha mostrado que el uso público de la razón se encuentra con diferencias en los argumentos epistémicos, morales y políticos de los individuos que son irreductibles. La única manera de resolver un dilema donde hay desacuerdos fundamentales es mediante un principio de adjudicación externo, como la regla de mayoría o el arbitrio aplicado por un juez. El punto no es que haya escasez de tiempo para llegar a un consenso, sino que —siguiendo las reglas lógicas de la inferencia—, dado un principio de justificación pública razonada, el consenso no puede ser el criterio fundamental de la legitimidad política.

La democracia deliberativa, al parecer, no puede sostenerse como un ideal viable si aspira a que el diálogo público se apegue a normas de imparcialidad, neutralidad y estricta lógica argumentativa. Tampoco puede hacerlo si establece como criterio de legitimidad el acuerdo unánime. La dificultad que plantea el ideal del consenso no sólo es empírica, sino también lógica: no se acomoda plenamente con los principios de justificación y razonamiento público. Por último—como ha señalado Thomas Christiano—, la idea de la deliberación como procedimiento de justificación política resulta igualmente problemática. Para Christiano (1997), la legitimidad de las decisiones políticas no puede derivarse coherentemente de un ideal de justificación racional. El problema no reside en que la deliberación pública suponga un proceso de razonamiento y justificación. El problema surge cuando se espera que la legitimidad política provenga exclusivamente del apego a un principio de justificación racional. En este procedimiento, la legitimidad se genera cuando todos los participantes en un proceso de deliberación toman una decisión con base en las razones expuestas en el foro público. Si la discusión conduce a una propuesta que recibe apoyo unánime, la legitimidad se encuentra garantizada. Si no ocurre de ese modo, los individuos racionales que no fueron convencidos durante el proceso deliberativo no pueden considerar legítima tal decisión. En circunstancias donde privan las diferencias de opiniones, la regla democrática indica que debe llamarse a votación para tomar una decisión mediante el principio de mayoría. No obstante, lo que complica la situación es que si ningún ciudadano puede considerar legítima una decisión que no ha sido justificada de manera suficiente, una decisión por mayoría no constituye un argumento legítimo para quienes sostienen una visión diferente; entonces la decisión adoptada termina siendo una imposición arbitraria. La regla de mayoría es legítima en sí misma, pero no se acomoda bien en el marco de la deliberación como ideal de justificación política.

 

III. POLÍTICA DELIBERATIVA: UN IDEAL RENOVADO

El ideal de la deliberación pública puede resultar útil como estrategia conceptual que permite reconstruir los principios de legitimidad de los sistemas democrático-liberales contemporáneos. La cuestión radica en saber si se trata de un ideal conducente para los propósitos cotidianos de la política democrática. Con el propósito de avanzar en esa dirección —antes que como un procedimiento ideal de justificación política—, la deliberación pública puede concebirse como una práctica política que fortalece a la gobernación democrática. En esta sección discutiré —en primer lugar— el valor que tiene la deliberación para la política democrática, a partir de una concepción dialógica e instrumental del proceso deliberativo. De la misma manera, argumentaré que la deliberación democrática no puede sustraerse de hacer explícitos los principios regulativos que constituyen su dimensión normativa. En este sentido, analizaré tres principios reguladores que pueden hacer de la deliberación política un medio efectivo de democratización.

A. El valor de la deliberación

La democracia permite tomar decisiones colectivas de modo que cada individuo pueda participar en la definición de un resultado que tendrá efectos sobre todos los participantes. ¿Qué lugar ocupa en este contexto la deliberación pública? Hay varias opciones: la deliberación puede tener un valor constitutivo, intrínseco o instrumental respecto de los fines democráticos. El hecho de que la deliberación tenga un valor constitutivo para la democracia, significa que las reglas y procedimientos democráticos carecen de sentido sin una fase deliberativa. Si ello fuera cierto, ningún proceso político que no produjera resultados a partir de la deliberación pública podría calificar como democrático. Sin embargo, los procesos y resultados políticos pueden ser democráticos aunque no haya ningún tipo de deliberación. Por lo tanto, el valor no puede ser constitutivo.

Del mismo modo, la deliberación puede tener un valor intrínseco. Esto entraña que su significado no depende de los resultados que produzca, sino del solo hecho de que los ciudadanos deliberen acerca de los asuntos públicos. En otras palabras: si el valor de la deliberación fuera intrínseco, los resultados de la deliberación serían inconducentes; lo único significativo sería el hecho de que todos los ciudadanos participaran activamente en la deliberación política. En contra de esta idea, Elster (1997) ha mostrado que un modelo de política que no se preocupa por los resultados —sino sólo por los efectos que tiene la participación en la cultura cívica de los ciudadanos— resulta inconsecuente.

Ahora bien, si el valor de la deliberación respecto de la democracia no puede ser constitutivo y tampoco intrínseco, queda una tercera opción. La deliberación pública, entonces, puede ser conducente en la medida en la que contribuye a alcanzar los fines de la política democrática. El valor instrumental de la deliberación pública ha sido destacado por Christiano (1996: 83-93). Para dicho autor, el valor de la deliberación tiene su origen en su capacidad de producir decisiones legítimas y justas, así como de fortalecer las virtudes cívicas de los ciudadanos. El punto radica en que cada uno de estos efectos puede presentarse sin que haya un proceso de deliberación pública. De hecho, aunque tenga lugar un proceso deliberativo, la legitimidad, justicia y virtuosidad cívica pueden ser efecto de factores distintos de la deliberación. Por tal razón, si la deliberación resulta valiosa para la democracia ello se debe, sencillamente, a que contribuye a mejorar la calidad del proceso así como los resultados que se originan en un procedimiento democrático.

Queda pendiente la cuestión de cómo concebir la deliberación política, de manera que sea congruente con su valor democrático. En primera instancia —antes que como un proceso de argumentación racional—, la deliberación política debe concebirse como un proceso de cooperación dialógica, cuya finalidad es resolver situaciones problemáticas (Bohman, 1996: 53-57). La deliberación sirve para argumentar, discutir o negociar. El hecho es que los participantes en el proceso deliberativo —independientemente de los motivos que tengan para participar en dicho proceso— entablan un diálogo que sostiene y promueve la cooperación política. La deliberación es un modo de razonamiento práctico que busca establecer "intenciones conjuntas" y "fines compartidos" (Richardson, 2002). En segundo lugar, una concepción dialógica de la deliberación pública introduce un nuevo criterio para valorar la legitimidad de las decisiones políticas. Bohman (1996: 33) establece que un producto de la deliberación política resulta aceptable cuando las razones que lo respaldan son suficientes para motivar la cooperación continuada de cada uno de los participantes. El éxito de un proceso deliberativo no está medido por la obtención de un consenso racional, sino por el hecho de que todos y cada uno de los participantes tienen razones para continuar cooperando en la toma de decisiones o en la solución a situaciones problemáticas.

Al atribuir un sentido dialógico e instrumental a la deliberación política, se avanza hacia una concepción que puede responder mejor a los desafíos de la democracia. Sin embargo, al trasladar la deliberación del plano de la teoría política normativa al de los procesos políticos empíricos, se abre un flanco de vulnerabilidad. Sin el resguardo de las condiciones aseguradas por un procedimiento ideal de justificación, la deliberación política puede llegar a ser manipulada por actores estratégicos. En una situación dada, donde diversos individuos se reúnen para acordar una solución a un problema colectivo, se presentan condiciones para que al menos uno de los participantes actúe motivado por su propio interés, no por el bien común. El participante estratégico puede buscar modificar los temas de la agenda, u orientar las preferencias de la mayoría hacia una opción que resulte conveniente para sus propios intereses.

Las posibilidades de manipulación y tergiversación no pueden eliminarse de la política. La democracia deliberativa puede apelar a principios normativos para asegurar que los procesos deliberativos tengan lugar en escenarios donde la desvirtuación informativa, el poder económico, las amenazas y otras fuentes de influencia o de dominación tengan la menor trascendencia posible. El problema consiste en que —en este punto— la democracia deliberativa parecería haber dado una vuelta en círculo: de nuevo se ve obligada a modelar normativamente las condiciones ideales de deliberación. Una salida a este aparente camino circular se discute en el siguiente apartado. Consiste, por un lado, en identificar las condiciones normativas mínimas que se desprenden del principio de deliberación; y, por otra parte, en darles un sentido regulativo débil, por oposición a una función regulativa fuerte.

B. Ideales reguladores de la deliberación democrática

Como modelo orientado a fortalecer la democracia, la democracia deliberativa no puede sustraerse a hacer explícitas las dimensiones normativas que aseguran una deliberación efectiva. Con el propósito de evitar las repercusiones que acarrea un modelo ideal de justificación política, una perspectiva normativa minimalista (por así decir) es conveniente en la medida en que no convierte la deliberación política en una práctica que exige demasiadas condiciones ideales. Tal perspectiva se basa en las propiedades intrínsecas de los procesos sociales de comunicación. La acción comunicativa tiene propiedades que permiten identificar dos de los ideales regulativos de la política deliberativa: razonabilidad y publicidad. Si se asume que el entendimiento generado por la comunicación supone el intercambio de pretensiones de validez y exigencias de justificación, el principio de razonabilidad se deriva directamente de las prácticas comunicativas. Lo mismo puede decirse del principio de publicidad: la comprensión obtenida de la información que se intercambia en una situación comunicativa depende de que los participantes hagan disponibles sus argumentos para otros.

El principio de razonabilidad estipula que cada participante en el proceso político valora críticamente los argumentos y la evidencia que los otros participantes introducen en el diálogo. Una posición opuesta a la de razonabilidad no es el tener errores en la valoración de los datos o en las inferencias argumentales; tampoco equivale a mostrar expresiones emocionales intensas. Una actitud no razonable es una actitud dogmática e intransigente. Razonar públicamente significa argumentar y justificar las propuestas propias de manera que sean reconocidas como válidas por otros interlocutores; también quiere decir ser susceptible de modificar las creencias propias a partir de los argumentos de otros.

El principio de publicidad es importante para la deliberación democrática porque establece una condición de accesibilidad general de las razones que se producen en un proceso de decisión política. Tal principio es un ideal que se aplica lo mismo al proceso que al resultado de la deliberación política. Aplicado al proceso político, el principio de publicidad tiene un sentido débil y uno fuerte (Bohman, 1996: 37). La publicidad en sentido débil exige que toda intención de influir en el resultado sea conocida por todos los participantes; en un sentido fuerte, entraña que todos los participantes pueden comunicar sus argumentos a otros. Por otra parte, el resultado de un proceso político cumple con un criterio débil o mínimo de publicidad si se lleva a cabo conforme a ciertos procedimientos que hicieron accesible la información conducente a todos los participantes. En un sentido fuerte, se cumple con el principio de publicidad si las razones que motivaron una decisión son conocidas por cada uno de los afectados por dicha decisión.

Un tercer principio normativo de la deliberación es la igualdad política: valor constitutivo de la democracia. El principio de igualdad política señala que cada ciudadano debe tener igualdad de recursos para participar en los procesos de decisión colectiva (Christiano, 1996: 87-93). Tal ideal se deriva de un principio de justicia que establece que los intereses de cada individuo deben ser objeto de consideración igual a los de cualquier otro. En la medida en que los individuos tienen intereses interdependientes y que aspiran a participar en los procesos donde se toman las decisiones que afectan sus intereses, cada uno tiene derecho a un conjunto equivalente de derechos iguales para todos. El principio de igualdad política se traduce entonces en un conjunto de atribuciones formales a los individuos: voto libre y secreto para cada persona, derechos de asociación, toma de decisiones con base en la regla de mayoría, capacidad de ejercer control sobre la agenda política, entre otros. El conjunto de procedimientos que formaliza la igualdad política de los ciudadanos constituye el entramado institucional de la dimensión electoral de la democracia.

De igual modo (como señala Christiano, 1996), del principio de igualdad política se desprende un argumento en favor de la deliberación. La consideración igualitaria de los intereses de los individuos requiere que cada ciudadano se encuentre bien informado acerca de sus intereses y de los medios que tiene a su alcance para lograrlos. La deliberación pública contribuye a que los individuos estén conscientes de sus propios intereses, a que se hallen enterados de cómo sus intereses convergen con los de otros ciudadanos, y a que haya la posibilidad de generar modos de cooperación entre individuos que comparten intereses comunes. Desde una perspectiva deliberativa, el principio de igualdad política entraña adicionalmente una dimensión sustantiva: cada ciudadano debe tener capacidades que lo habiliten para participar en un diálogo público e iniciar un proceso de deliberación en la esfera pública cuando así convenga a sus intereses (Bohman, 1996: 131).

Tales principios desempeñan una función regulativa: definen el conjunto de condiciones que deben cumplirse para que cada participante en el proceso deliberativo pueda tener influencia en la agenda, el método de decisión y el resultado. Al respecto, dos precisiones son pertinentes. En primer lugar, la función regulativa de estos principios puede calificarse como débil, en contraposición a una función regulativa fuerte, la cual estipula que cada ideal debe cumplirse de facto (como condición previa a la deliberación); de lo contrario, aunque haya diálogo y discusión entre los ciudadanos, no puede afirmarse que tales actividades representen un caso de deliberación pública. La versión débil de la función regulativa no establece tal condición. Los ideales cumplen, esencialmente, una tarea heurística: permiten, por una parte, calificar las condiciones que predominan durante las fases de un proceso deliberativo (Young, 2003: 118-119); por otra, tratan de identificar las condiciones sociales e institucionales que fortalecen las capacidades de los individuos para participar en condiciones equitativas en un proceso de deliberación política.

En segundo lugar, resulta indispensable subrayar que los ideales de publicidad, razonabilidad e igualdad política no establecen las condiciones de legitimidad de la deliberación política. El proceso y el resultado de una deliberación pueden ser legítimos aunque no se cumplan uno o cada uno de estos principios. La legitimidad depende de que cada participante tenga razones para continuar cooperando, ya sea en el proceso deliberativo, o bien acatando la resolución grupal-mente adoptada. En el modelo justificativo-ideal de la deliberación, la legitimidad depende de un criterio sustantivo: el consenso racional. La toma de decisiones mediante el voto es una segunda mejor opción; la negociación entre intereses, una tercera. En la perspectiva de la deliberación concebida como cooperación dialógica, la legitimidad depende de un criterio procesual: los participantes tienen razones para continuar cooperando, independientemente del método de decisión que se adopte.

A manera de ilustración: un actor puede disponer de información privilegiada acerca de uno de los objetos o tópicos de la deliberación; pero se trata de una información costosa, de la que puede sacar mejor provecho si la usa para sus propios fines. Suponiendo que dicho actor se comporta estratégicamente e influye en los resultados de la deliberación al disponer de información que otros no tienen, la situación resultante es una donde se ha violentado el principio de publicidad. Una circunstancia de este tipo ejerce influencia arbitraria en el proceso deliberativo. Desde la perspectiva de análisis, resulta importante identificar de manera empírica las condiciones institucionales, así como las variables relacionadas con la posibilidad de que sea vulnerado el principio de publicidad, o cualquier otro ideal regulativo.

De manera paralela, también es posible que varios individuos se percaten de la influencia indebida que tuvo uno de sus interlocutores, en virtud de información privilegiada a la que tuvo acceso y que reservó para sí. En tal situación, los individuos que conforman dicho grupo pueden optar por aceptar el resultado obtenido; pero también pueden impugnar la legitimidad de dicho resultado. Quienes cuestionan la legitimidad de un proceso deliberativo pueden recurrir a diversos medios de contestación: desde la impugnación jurídica hasta la política contenciosa y la desobediencia civil (Smith, 2004). La cuestión radica en que una fractura en la legitimidad deliberativa puede interrumpir la cooperación política. Ante la ausencia de condiciones que favorezcan la cooperación, la coordinación legítima de la acción colectiva se convierte en un problema.

C. La deliberación pública y sus ideales: tensiones productivas

La articulación entre la deliberación y sus ideales no se halla exenta de tensiones. En lo que resta de la presente sección voy a discutir acerca de dos tensiones entre los ideales regulativos de la democracia deliberativa: las que privan entre los principios de razonabilidad y publicidad, y las que predominan entre los de razonabilidad e igualdad política. El punto es mostrar qué puede hacerse creativamente frente a tales tensiones —antes que formular argumentos en contra de la política deliberativa—, lo mismo en el plano conceptual que en el del diseño institucional.

Una primera tensión tiene lugar entre los principios de razonamiento político y publicidad. Desde una perspectiva deliberativa, la legitimidad de las decisiones y acciones políticas que se producen en los espacios estatales de justificación depende de un adecuado balance entre los procesos de justificación y publicidad. Sin embargo (como ha destacado Chambers, 2004), la tensión entre publicidad y razonabilidad se desprende del hecho de que un diálogo consistente y razonado puede llevarse a cabo en mejores circunstancias si quienes deliberan lo hacen en un escenario libre de interferencias y están constituidos por una cantidad reducida de individuos. La dificultad con las deliberaciones a puerta cerrada es que incrementan las probabilidades de que las decisiones políticas sean motivadas por intereses no públicos. La solución parece encontrarse en abrir los procesos de discusión a la vista del público masivo. Sin embargo, en tal caso, los riesgos para la legitimidad democrática no provienen de que los intereses no públicos determinen el curso de las acciones políticas. El riesgo consiste en que la calidad de la comunicación pública se reduzca al mínimo. La política mediática ilustra este fenómeno: la comunicación dirigida hacia un público masivo es rápidamente capturada por la simplificación, la manipulación expresiva, y la complacencia adulatoria del público.1

Una teoría de la deliberación democrática tiene que buscar la manera como los procesos que se llevan a cabo a puerta cerrada puedan ser llamados a rendir cuentas en términos de la publicidad de sus argumentos y decisiones. Sin embargo, dicha teoría no debe soslayar que la comunicación política que se produce a escala general —principalmente mediante los medios de comunicación— también debe quedar sujeta a las mismas exigencias de responsividad. Para evitar los riesgos de la secrecía en los procesos políticos, la institucionalización de la transparencia y el acceso a la información pública resultan herramientas fundamentales. En casos de mayor singularidad y trascendencia (como los procesos de diseño constitucional), la ratificación a posteriori del producto de las deliberaciones puede constituir otro mecanismo que favorezca la justificación pública de las decisiones. Para cuidar la razonabilidad de la comunicación política de masas, Chambers indica la necesidad de proponer modelos que sirvan para valorar la calidad de la argumentación de los emisores. otras propuestas ambiciosas conciernen directamente a promover reformas institucionales que favorezcan el razonamiento público en las sociedades complejas. Por ejemplo, Pettit (2004) recomienda despolitizar diversas áreas de la administración estatal, con el propósito de asegurar que la orientación de las políticas públicas no sea manipulada por los intereses de partidos en competencia electoral; y, en cambio, promover que tales políticas se beneficien de la deliberación pública. De la misma manera, Ackerman y Fishkin (2004) han argumentado en favor de la viabilidad del "día de la deliberación". Se trata de una propuesta cuyo propósito es promover que cada votante potencial en las elecciones nacionales —antes de emitir su sufragio— haya participado en distintos foros (semanas antes de los comicios), en un intenso proceso de deliberación acerca de los temas de la agenda pública.

Una segunda tensión entre los principios regulativos de la deliberación pública se da entre el razonamiento público y la igualdad política. En una concepción ideal, desde un inicio los ciudadanos son formal y sustantivamente iguales; entonces, los procesos de razonamiento público pueden desligarse de las circunstancias contingentes que desvirtúan la deliberación política. En el mundo empírico, es difícil que estas condiciones ideales se cumplan. Como regla general, los ciudadanos difieren en opiniones, bienestar social y económico, habilidades políticas, destrezas deliberativas, y otros. Además, los contextos de deliberación se hallan influidos —en mayor o menor medida— por cierto tipo de valores culturales y políticos, que colocan en una posición más aventajada a unos individuos que a otros. Cuando se asume que la deliberación es una práctica política orientada por normas de racionalidad, imparcialidad y neutralidad (como indica Young, 1996), tiende a beneficiar a las personas que —por sus circunstancias personales— pueden cumplir satisfactoriamente con tales normas. La deliberación pública, entonces —si aspira a ser razonada y objetiva—, puede ir en detrimento de la participación igualitaria de los ciudadanos que participan en el proceso político.

Para contrarrestar los efectos de la desigualdad en los procesos deliberativos, es posible poner en práctica dos tipos de medidas con el propósito de promover el ideal de igualdad política. Por un lado, orientar diversas reformas institucionales que equilibren las condiciones de influencia y debate público entre diversos tipos de agentes e intereses. Por ejemplo, pueden impulsarse reformas que mejoren la equidad en la competencia electoral y en la representación política. Por otra parte —para contrarrestar los efectos de las "exclusiones internas" en los foros deliberativos—, debe darse entrada a modos de comunicación que son más accesibles a los distintos grupos sociales: las expresiones retóricas, la exposición narrativa, los testimonios, y otros. La deliberación pública es compatible con una comunicación inclusiva que sea capaz de incorporar en el debate político las distintas perspectivas de los grupos sociales (Young, 2000: 53-80).

 

IV. DESAFÍOS DEMOCRÁTICOS, CONTRIBUCIONES DELIBERATIVAS

La sección anterior introdujo la idea de que la deliberación pública puede contribuir a fortalecer los procesos democráticos. Esta sección tiene el propósito de discutir las aportaciones que la democracia deliberativa puede hacer para resolver dos problemas estructurales de la democracia. Tales problemas se refieren a dificultades intrínsecas a los mecanismos democráticos. No se trata de problemas vinculados con las circunstancias concretas en las que se insertan las instituciones democráticas, sino de los riesgos que se presentan incluso cuando los procedimientos funcionan de manera óptima. Por un lado se encuentra el riesgo de la incoherencia en la toma de decisiones colectivas. Los teóricos de la elección social han argumentado que la democracia padece de un problema fundamental. En una sociedad donde priva una divergencia mínima de opiniones acerca del interés público, donde la toma de decisiones colectivas exige la agregación de preferencias individuales, no hay un procedimiento que pueda —al mismo tiempo— tanto satisfacer ciertas condiciones normativas mínimas como producir resultados estables y coherentes.

Por otra parte se encuentra el problema de la relación principal-agente. Este problema se deriva del hecho de que la ciudadanía (los principales) delega su autoridad en sus representantes políticos con la finalidad de que conduzcan el gobierno, en principio, de acuerdo con el interés común. No obstante, hay varias dificultades. En primera instancia (como sucede en toda relación principal-agente), los representantes políticos tienen acceso a información y recursos que pueden usar para su propio beneficio. Uno podría decir entonces que los representantes deberían apegarse estrictamente al mandato popular. Sin embargo —como lo muestra la teoría de la elección social—, no hay ninguna voluntad popular que sea independiente del procedimiento de agregación de preferencias individuales. Entonces, incluso los representantes éticos y políticamente responsables carecen de certidumbre acerca de qué intereses públicos deben perseguir. Por otra parte, los ciudadanos cuentan fundamentalmente con las elecciones para premiar o sancionar a sus representantes y sus partidos políticos. No obstante, las elecciones constituyen un mecanismo muy poco fino para informar a los representantes cuáles son las acciones premiadas y cuáles las castigadas (Manin, Przeworski, y Stokes, 1999). El punto radica en que el mecanismo de accountability interno a los procedimientos electorales resulta insuficiente para evitar que la mayoría (o una minoría gobernante) imponga costos arbitrarios a los ciudadanos.

La deliberación pública puede servir tanto para disminuir o evitar los riesgos de incoherencia en las decisiones colectivas como para promover una articulación entre participación, publicidad y rendición de cuentas; nos ocuparemos de ello más adelante.

A. Elección social y democracia deliberativa

De la democracia se espera que sea capaz de garantizar la correspondencia entre los resultados de las decisiones políticas y las preferencias de quienes tienen a su cargo tomar esas decisiones (Goodin, 2003: 1). Para alcanzar dicho ideal se requiere al menos que cada individuo pueda transmitir sus preferencias durante el proceso de decisión, con el propósito de que el resultado refleje el ordenamiento colectivo de tales preferencias. Ello puede lograrse mediante diversos métodos de agregación. La evidencia proporcionada por la teoría de la elección social (social choice theory), empero, ha demostrado que no se puede ser del todo optimistas respecto de que el agregado de preferencias individuales sea coherente con la decisión adoptada de manera colectiva.

Desde un punto de vista normativo, se esperaría que pudiera haber un procedimiento que permitiera, al mismo tiempo: a) considerar cualquier tipo de ordenamiento de preferencias; b) reflejar, en la decisión social, el orden de preferencias que prevalece en la escala individual; c) que el ordenamiento de preferencias en la elección social fuera insensible a la introducción de cualquier otra opción; y d) que el resultado no fuera establecido por ningún individuo en particular. Tales condiciones corresponden, respectivamente, a los supuestos de universalidad de dominio, optimalidad paretiana, independencia y no dictadura, del Teorema de Imposibilidad de Arrow (1951). El problema radica en que no es posible cumplir con estas condiciones y, simultáneamente, evitar el riesgo de que la decisión colectiva resulte inestable o cíclica.2

Cuando las decisiones políticas se ven afectadas por la inestabilidad de los procedimientos de decisión, surgen varios problemas. En primera instancia, se corre el riesgo de que diversas políticas sean adoptadas, eliminadas, ratificadas y transformadas de nueva cuenta, a consecuencia sólo del procedimiento de decisión. Un segundo problema se deriva de que diversos procedimientos pueden arrojar resultados distintos, aunque las opciones sean las mismas. Ello entraña que el proceso de decisión puede ser manipulado. Basta con que el agente que tiene el poder de establecer la agenda se comporte estratégicamente para que el proceso de decisión se oriente hacia la obtención de ciertos resultados y no de otros. En tercer lugar, la legitimidad democrática también puede quedar en entredicho. ¿Por qué obedecer un resultado que pudo ser producto del azar o de la intervención estratégica de un agente en particular? Por decir lo menos —como ha sido subrayado por William Riker (1982)—, una concepción populista de la democracia resulta insostenible. Si la voluntad popular depende del procedimiento de agregación de preferencias, resulta difícil sostener la idea de que las decisiones políticas reflejan la voluntad del pueblo.

La inestabilidad de los procedimientos de agregación de preferencias constituye un argumento sólido para establecer restricciones a los procesos de elección social. Por ejemplo, dicha inestabilidad justifica normativamente la necesidad de que las decisiones no engloben a la población en su conjunto. También supone la existencia de diversos ámbitos institucionales que puedan controlar —mediante un sistema de pesos y contrapesos— las decisiones colectivas. En otras palabras —para fortalecer la legitimidad y la coherencia democrática—: las decisiones sociales deben tomarse en el marco de las instituciones de la democracia representativa. Desde la perspectiva de la democracia deliberativa, los procesos de deliberación pública constituyen (por sí mismos) un mecanismo que permite mejorar las decisiones colectivas. Esto se debe (como ha señalado Miller, 2003) a que la deliberación no simplemente promueve que los individuos expresen sus preferencias, sino que conduce a que den forma a sus preferencias en un proceso de interacción social.

Los procesos deliberativos dan lugar a dinámicas específicas que contribuyen a producir elecciones sociales significativas sin violentar las condiciones mínimas establecidas por la teoría de la elección social (Dryzek, 2000: 36-47; Dryzek y List, 2003). La deliberación pública, en primera instancia, puede favorecer la estructuración de los perfiles individuales de preferencias. De tal modo se reducen los riesgos de tener ordenamientos sociales intransitivos o cíclicos. La estructuración que favorece la deliberación tiene lugar cuando se cumple con la condición de un solo pico. Bajo esta condición —identificada por Duncan Black en 1958—, un ordenamiento de preferencias tiene un solo pico si (en una dimensión con dos polos, por ejemplo la dimensión izquierda-derecha) cada individuo tiene una opción que prefiere a todas las otras opciones disponibles, de manera que la preferencia por cada una de esas otras opciones disminuye conforme se aleja de la posición ideal, o más preferida. Tal circunstancia relaja la condición de universalidad del Teorema de Arrow. Si todos los perfiles individuales de preferencias (o una mayoría sustantiva de ellos) tienen un solo pico, las probabilidades son menores de que otros ordenamientos intransitivos produzcan un resultado incoherente. El punto radica en que la deliberación pública favorece la transformación de las preferencias y la formación de ordenamientos de un solo pico en los perfiles de preferencias individuales (McLean, List, Fishkin, y Luskin, 2000; Farrar, Fishkin et al., 2003).

Ahora bien, la deliberación pública no sólo favorece la estructuración de las preferencias individuales. También puede tener efectos significativos al identificar, desglosar o disminuir la cantidad de dimensiones que concurren en un proceso de decisión política. En ocasiones, las dificultades con las decisiones colectivas se originan en que engloban simultáneamente dos o más dimensiones distintas. Por ejemplo, supongamos que priva una situación donde se trata de decidir si un plan de desarrollo en una zona rica en recursos naturales debe llevarse a cabo a partir de inversión pública o de inversión privada. En tal situación hay al menos dos dimensiones entrelazadas. Por un lado, la dimensión que corresponde al grado de intervención gubernamental, donde típicamente a la izquierda se localizan quienes favorecen esta opción; y, a la derecha, donde se hallan quienes prefieren la actividad económica privada. Por el otro, está presente la dimensión conservacionismo-usufructo de los recursos naturales. El entrecruzamiento de ambas dimensiones puede ser problemático, si se considera que quienes apoyan el conservacionismo pueden rechazar cualquier tipo de inversión, pública o privada. Al identificar las dimensiones presentes en una decisión política, la deliberación facilita la estructuración de preferencias en cada una de ellas y —de tal manera— promueve la toma de decisiones coherentes. Es importante subrayar que no se trata de que —una vez que las dimensiones de un problema hayan sido identificadas, subdivididas o reconstruidas— la deliberación produzca una decisión por consenso. El acuerdo logrado en torno a las dimensiones que están en juego no es equivalente a la unanimidad en los ordenamientos de preferencias dentro de cada dimensión.

Por medio de la identificación de las dimensiones que se hallan presentes en una decisión, y mediante la estructuración de los ordenamientos de preferencias individuales con un solo pico, la deliberación pública promueve un relajamiento de la condición de universalidad de Arrow. La deliberación no restringe arbitrariamente los insumos individuales al proceso de agregación, pero contribuye a establecer filtros que reducen las posibilidades de los ciclos. La condición de independencia también puede relajarse en un sentido semejante. Esta condición establece que si hay unanimidad en que la opción x es preferida a la opción y, en el ordenamiento social de preferencias ninguna opción adicional puede modificar la relación de x con y. Para Dryzek y List (2003), la deliberación pública influye en que los participantes en un proceso de decisión puedan distinguir cuáles son las opciones notables de las inconducentes. Es decir, los participantes pueden establecer deliberativamente las opciones importantes de la agenda. En el ejemplo mencionado antes, al identificar las dos dimensiones presentes en la decisión (inversión pública-privada, conservacionismo-usufructo), la deliberación puede sugerir opciones que transformen los ordenamientos de preferencias originales. Si se introduce un plan de sustentabilidad como vía alterna, la decisión social aplicada en al menos una de las dimensiones ha de modificarse de manera sustantiva.

Un tercer elemento que la deliberación contribuye a controlar en las decisiones colectivas es la influencia de la acción estratégica. Un actor estratégico puede tener interés en dar prioridad a ciertos temas por encima de otros en la agenda pública; o en transmitir información manipulada acerca de sus preferencias con el fin de que la decisión social favorezca su opción preferida. Sin embargo, los procesos deliberativos generan incentivos para reducir las posibilidades de que los individuos adopten actitudes estratégicas en los procesos de decisión. Por una parte, la deliberación conduce a la expresión sincera de las preferencias. Como ha señalado Mackie (2001) —en situaciones iterativas de juego—, la posibilidad de ser expuesto como mentiroso favorece el hecho de que los individuos expresen sinceramente sus preferencias. Lo mismo acontece si —en juegos de una sola interacción y con varios participantes— los individuos tienen la posibilidad de corroborar la información que otros están proporcionando. Por otra parte, incluso si un actor evita expresar de manera sincera sus preferencias, enunciar públicamente su postura creará incentivos para que sostenga sus promesas. Como ha destacado Elster (2001), el "[...] potencial civilizatorio de la hipocresía" al que da origen la deliberación puede obligar a los actores estratégicos a cumplir con sus compromisos.

Al destacar la importancia que tiene la deliberación pública para producir decisiones colectivas significativas, puede también entenderse de manera distinta la oposición entre procedimientos deliberativos y agregativos de decisión política. Los teóricos deliberativos tienden a definir su modelo de política democrática por oposición a un modelo agregativo (Cohen, 1997). Esta oposición originó que el acomodo entre deliberación y votación en los procesos políticos empíricos fuera un tema poco discutido. A fin de cuentas, si la deliberación se lleva a cabo en condiciones ideales, la deliberación racional debería conducir a decisiones por unanimidad. Con buenas razones, Przeworski (2001) observó que los partidarios de la democracia deliberativa parecían no tomar en cuenta que los procesos de deliberación regularmente deben terminar con una votación. Atendiendo estas críticas, Fishkin (2005: 72) ha argumentado que —al igual que hay modelos de decisión basados en la agregación de preferencias puramente privadas, o modelos que establecen el consenso que se deriva de un proceso deliberativo como criterio de decisión política— hay un modelo que puede combinar la deliberación pública con la agregación de preferencias. Por lo discutido en esta sección, puede verse no solamente que deliberar y votar son dos elementos importantes en una decisión política; también es posible afirmar que la deliberación puede mejorar las condiciones y los resultados de las votaciones.

B. Deliberación, accountability y democracia

La deliberación pública puede generar condiciones apropiadas para que la toma de decisiones mediante la agregación de preferencias tenga resultados de mejor calidad. Ahora bien, la deliberación pública también puede contribuir a hacer frente a los dilemas de la accountability democrática. Como se sabe, para asegurar que los gobernantes sean responsivos y que no antepongan sus propios intereses a los de la ciudadanía, los mecanismos electorales resultan insuficientes (Manin, Przeworski, y Stokes, 1999). Los teóricos de la democracia deliberativa han identificado la importancia del discurso público como un mecanismo adicional a los procesos electorales para promover que los gobernantes tomen decisiones razonadas, que sus políticas sean eficaces, y que puedan rendir cuentas de sus propios actos.

En política, la necesidad de accountability surge desde el momento en que un agente delega poder y responsabilidad en otro. El concepto de accountability —traducido como rendición de cuentas— se compone de dos dimensiones (Schedler, 1999). La primera: enforcement, designa la capacidad de someter al poder a la amenaza de sanciones y castigos; la segunda: responsividad (answerability), supone un ejercicio transparente del poder, e incluye la exigencia de justificar las acciones políticas. La accountability se convierte en un elemento de la política democrática en la medida en que haya mecanismos que permitan a los principales verificar que sus agentes están tomando las medidas necesarias para llevar a cabo los propósitos alcanzados colectivamente; o que mediante la aplicación de acciones específicas están cumpliendo sus compromisos adquiridos con anterioridad; o que son capaces de justificar las medidas que han adoptado en circunstancias concretas. La accountability democrática supone, además, que hay diversos tipos de sanciones que los principales (ciudadanos, representantes políticos o funcionarios de gobierno) pueden imponer a quienes son depositarios de una responsabilidad pública.

Los procesos deliberativos permiten reforzar los mecanismos de supervisión y sanción de la accountability democrática mediante la generación de espacios de participación, opinión y discusión pública. Con la finalidad de discutir el potencial de los espacios públicos para servir como instancias de deliberación y accountability, emplearé una clasificación tripartita.3 Con este fin consideraré que los propósitos de los procesos deliberativos pueden ubicarse en un continuo que va desde una mayor apertura temática hasta una mayor clausura. La apertura temática en la deliberación significa que no hay restricciones de tiempo ni de contenidos para los tópicos que pueden ser abordados por los participantes en el espacio público. La restricción temática, por otro lado, entraña que la deliberación sirve a propósitos específicos, como sucede en los casos en los que se trata de resolver un problema social mediante la participación de los distintos implicados.

En primer lugar, la opinión en la esfera pública representa el caso donde la deliberación no tiene restricciones temáticas. Esto permite una enorme flexibilidad en la cantidad y tipo de discusiones que pueden sostenerse. Las barreras para entrar y salir del proceso deliberativo prácticamente son inexistentes. Basta participar de manera informal en la elaboración de los juicios que constituyen la opinión pública. A la opinión que se genera en el espacio público se atribuye la capacidad de producir una influencia indirecta sobre las acciones y el ejercicio del gobierno.

Para Habermas (1998), los procesos de comunicación pública tienen la función de generar un juicio colectivo, que hace las veces de termómetro de lo que acontece en el sistema político. La opinión pública es el terreno donde las acciones y decisiones del gobierno son sometidas al veredicto de la ciudadanía (Manin, 1997: 167-175). En el mismo sentido, Dryzek (2000: 47-55) hace hincapié en que el aspecto propiamente discursivo de la democracia viene dado por las contiendas entre discursos, el cual tiene lugar en la esfera pública. Según esta perspectiva, lo que se pone en juego en los debates en la esfera pública no son sólo opiniones, intereses o información. La "contienda de discursos en la esfera pública" entraña, por lo demás, que se encuentran en juego los parámetros de interpretación de lo que se considera hechos, opiniones e intereses.

Los costos que la opinión pública puede imponer al ejercicio de la política son, fundamentalmente, de tipo simbólico. No obstante, las repercusiones que este tipo de espacio social tiene para la accountability democrática no deben subestimarse. Por un lado, los individuos que tienen interés en continuar con su carrera política tienen incentivos para cuidar su prestigio. Por otro, la influencia generada por la opinión de la ciudadanía puede ser muy general para servir como instrumento de sanción de acciones específicas; empero, sus efectos en la legitimidad del gobierno o en la confianza en las instituciones públicas reviste importancia central para el funcionamiento de las reglas de la democracia. De la misma manera, en ciertas circunstancias, las corrientes de opinión conformadas en la opinión pública pueden ser decisivas para desencadenar los mecanismos estatales de accountability (Smulovitz, 2003; Smulovitz y Peruzzoti, 2003).

En segundo lugar, con agendas de discusión más específicas y focalizadas, se encuentra el caso de los públicos y contrapúblicos. En el sentido empleado aquí, un público no designa un conjunto dado de individuos —que se desempeñan como espectadores de algún tipo de proceso social—, sino un espacio constituido por discursos, proyectos y dinámicas asociativas convergentes. Sus límites son fluctuantes; asimismo, su permanencia depende de la combinación de propósitos y tareas de los agentes que participan en ellos. En otras palabras, un público no es un agente u organización social, sino un espacio de comunicación constituido por asociaciones e individuos, los cuales se reconocen en los propósitos y proyectos que circulan en tal espacio. A la par, la idea de contrapúblico (Fraser, 1992; Warner, 2002) entraña que los proyectos y discursos desarrollados en un espacio social dado tienen como finalidad contestar las interpretaciones prevalecientes de diversos aspectos de la realidad. Los contrapúblicos, por así decir, son los espacios donde se constituyen las reivindicaciones de los grupos subalternos. Las interacciones entre públicos y contrapúblicos constituyen el motor de las contiendas discursivas en la esfera pública.

Las redes asociativas que sostienen a públicos y contrapúblicos pueden constituir elementos importantes en el desarrollo de políticas públicas. Sea colocando temas en la agenda, sea formando parte de redes de colaboración o monitoreo (o ambos), los grupos sociales promueven sus proyectos y demandas específicas. El principal recurso con el que cuentan los públicos para promover la accountability y la legitimidad democrática es la cooperación social. En la medida en que el diseño o instrumentación de determinadas políticas públicas abarca a agentes sociales específicos, los públicos pueden constituirse como espacios de comunicación de los que en mucho depende la legitimidad de la acción gubernamental. Por una parte, los agentes que participan en una decisión o acción política en particular pueden iniciar acciones de diversa índole (protestas, movilizaciones) para exigir cuentas a funcionarios del gobierno y otros agentes sociales que se desenvuelven en la gestión pública. Por otro lado, cuando la justificación de ciertas decisiones o de acciones concretas resulta insuficiente (o cuando los mecanismos administrativos y jurídicos de rendición de cuentas no están disponibles o han sido obstruidos), la ruptura de la cooperación social constituye una manera de cuestionar severamente la legitimidad de la autoridad política.

En tercer lugar se encuentran los espacios públicos caracterizados por una mayor restricción temática. Se distinguen por ser espacios de participación y deliberación cuya finalidad consiste en ofrecer soluciones a problemas colectivos específicos. La emergencia de tales espacios de publicidad es lo que ha reavivado el interés por las concepciones participativas de la democracia. La distinción formulada por Nancy Fraser (1992) entre los públicos débiles y los públicos fuertes es apropiada para capturar el tipo de influencia que puede ejercer este tipo de espacios públicos. Los públicos débiles se hallan conformados como contextos de deliberación que carecen del poder de tomar decisiones vinculantes. Los públicos fuertes, en el sentido opuesto —además de ser espacios para la formación de la opinión pública—, están dotados del poder de dar un sentido vinculante a sus decisiones.

El tipo de espacios participativos mencionado opera a la manera de foros con estructuras, funciones y tiempos definidos formalmente.

En principio están abiertos a la participación de cualquier interesado, pero privan mecanismos que establecen filtros para definir quiénes, en qué medida y en qué tiempos pueden participar de la deliberación. Según el formato del que se trate, los participantes tienen un relativo control sobre las decisiones que se toman y de la puesta en vigor de las políticas públicas.

La clasificación de los minipúblicos propuesta por Archon Fung (2003) resulta útil para identificar los formatos institucionales que dan mayor o menor capacidad vinculante a este tipo de espacios deliberativos. De acuerdo con Fung, un primer tipo de minipúblico es el que se ha promovido mediante diversos foros de educación cívica. Dichos foros tienen el propósito de crear condiciones ideales para que los ciudadanos se reúnan, discutan y refinan sus opiniones acerca de temas específicos de la política pública. Tal tipo de minipúblicos son financiados por fundaciones y organizaciones comunitarias; los deliberative polls de James Fishkin (1995) ejemplifican este tipo de públicos. Una segunda modalidad es representada por los "páneles participativos de asesoría", que pretenden alinear las políticas públicas con las preferencias consideradas de grupos específicos de ciudadanos; especialmente por medio de la promoción de colaboración con organizaciones no lucrativas. Estos minipúblicos también promueven el hecho de que los tomadores de decisiones en materia política o económica tengan conocimiento de las preferencias ciudadanas agregadas tras una fase deliberativa. Un tercer tipo de minipúblicos son las "colaboraciones para la solución participativa de problemas". Su propósito es fomentar la colaboración entre autoridades, organizaciones sociales y ciudadanos para resolver problemas específicos como la degradación ambiental, problemas locales de las escuelas públicas o la inseguridad urbana.

Por último se encuentran los foros que promueven una "gobernación democrática participativa". Los defensores de este tipo de instancias consideran con frecuencia que las estructuras de la representación legislativa y la administración aislada son fácilmente capturadas por los intereses poderosos, o sesgadas en favor de ellos. De ahí que su propósito sea demostrar la viabilidad de los espacios de participación y deliberación que sirven para mejorar el diseño y la puesta en vigor de las políticas públicas. Fung y Wright (2003), por ejemplo —apoyándose en la evidencia proporcionada por diversos estudios de caso—, afirman que hay diseños institucionales participativos que promueven la profundización democrática. Tales diseños se caracterizan por estar orientados hacia resolver problemas prácticos, por establecer canales de participación inclusiva, y por generar soluciones mediante la deliberación. En el mismo sentido, el concepto de públicos participativos, de Leonardo Avritzer (2002), da cuenta de la creación de formatos institucionales que responden al desafío de institucionalizar las innovaciones culturales y las exigencias de democratización generadas en el espacio público. Desde la perspectiva de la accountability democrática, la importancia de estos foros reside en que pueden crear interfaces entre la administración pública y la sociedad civil para desarrollar actividades de cogobierno (Ackerman, 2004; Olvera e Isunza, 2004), donde se articula de manera dinámica el desarrollo de las políticas públicas con una deliberación pública inclusiva.

 

V. CONSIDERACIONES FINALES: ¿HACIA UNA COMPRENSIÓN MINIMALISTA DE LA DEMOCRACIA DELIBERATIVA?

Para sus críticos, la democracia deliberativa es poco más que una teoría política idealista. En el presente trabajo he analizado los supuestos que atribuyen tal aspecto a esta teoría. Al mismo tiempo, he explorado las posibilidades democráticas de una visión renovada de la deliberación pública. La propuesta ha consistido en identificar la deliberación con una actividad de cooperación dialógica. La interpretación dialógica del proceso deliberativo no requiere de una noción sustantiva del bien común ni necesita apelar al consenso como criterio de legitimidad política. Para que un proceso deliberativo se considere legítimo, basta con que los participantes tengan razones públicamente accesibles —aunque sean divergentes— para apoyar el proceso y los resultados de la deliberación política.

Con esta propuesta, empero, la democracia deliberativa parece dejar de lado sus aspiraciones normativas para acomodarse a los imperativos de la política cotidiana. En particular, si el valor de la deliberación para la democracia es meramente instrumental y si los ideales de publicidad, igualdad política y razonabilidad cumplen una función regulativa mínima —como se argumentó en la sección dos—, cabe preguntarse si la democracia deliberativa puede presentarse (a fin de cuentas) como un modelo alterno de democracia; o por el contrario, si lo que queda del modelo deliberativo de la democracia es simplemente una concepción minimalista.4

En principio parecería que la balanza se ha inclinado desde una perspectiva crítica —que trata de transformar la realidad en función de ciertos ideales— hacia una teoría realista; a saber: una teoría que busca acomodar los ideales políticos a las circunstancias empíricas. En lo que resta del presente trabajo, argumentaré que la democracia deliberativa (antes que sostenerse como un modelo puramente crítico-normativo) hace frente al desafío de revisar constantemente sus aspiraciones normativas a la luz de los hallazgos empíricos. En tal sentido, no es ajena a la necesidad que tiene la teoría democrática contemporánea de tender puentes entre los debates normativos y las explicaciones empíricas (Shapiro, 2003: 2). Al mismo tiempo, si pretende servir como un parámetro crítico de las democracias actuales, no puede renunciar a mantener abierta la tensión entre los ideales y la realidad (Young, 2003: 118-119).

Diversos teóricos identifican los propósitos de la democracia deliberativa con las aspiraciones de una democracia radical (Bohman, 1996; Bohman, 1999; Dryzek, 1990; Dryzek, 2000; Young, 2000; Young, 2003). Una democracia radical sería una forma de gobierno caracterizada por la toma de decisiones colectivas con base en la participación y el razonamiento práctico de todos los ciudadanos.5 Este ideal se aplicaría en dos dimensiones: tanto en lo que hace a la extensión de los temas que se resuelven con base en procedimientos democráticos, como a la autenticidad del control democrático. Respecto de la extensión de los principios democráticos, se esperaría que cada vez una mayor cantidad de temas y áreas de la vida social quedaran bajo el control de ciudadanos competentes y autónomos (con las instancias y mediaciones correspondientes). De la autenticidad del control democrático se esperaría que estuviera basada en una comunicación que promueve de manera no coercitiva la formación de las preferencias políticas (Dryzek, 2000: 8), de modo que las decisiones colectivas tengan su origen en el juicio de individuos razonables.

A partir de las dos dimensiones de una democracia radical, pueden percibirse con mayor nitidez los desafíos de la teoría de la democracia deliberativa. En primer lugar, en lo que hace a la teoría normativa, se trata de proponer formulaciones congruentes entre los ideales de la democracia, las contribuciones de la deliberación, y las condiciones de diferenciación funcional, desigualdad y diversidad cultural (entre otros), que caracterizan a las sociedades contemporáneas. En este trabajo, el argumento que he desarrollado es que concebir la deliberación como actividad de cooperación dialógica sirve mejor a los propósitos del fortalecimiento de la democracia que concebirla como principio de justificación pública. La apuesta reside —en principio— en desarrollar una concepción maximin de los procesos deliberativos. Es decir, una concepción normativa que prefiere asegurar el mayor beneficio del conjunto de los menores beneficios, a una opción que apuesta al todo o nada. A saber: dada la necesidad de tomar decisiones políticas y de llevar a cabo acciones coherentes con esa decisión, el carácter democrático de las decisiones colectivas puede verse fortalecido por la deliberación, aunque los efectos deliberativos solamente se manifiesten en la continuidad de la cooperación política. Tal concepción puede parecer minimalista, pero es congruente con los propósitos de promover la autenticidad del control democrático.

De la misma manera, dicha concepción también resulta útil analíticamente, lo cual constituye la segunda tarea pendiente de la democracia deliberativa. Se trata de probar en qué circunstancias y bajo qué condiciones la deliberación contribuye, efectivamente, a profundizar la democracia. En este sentido, he argumentado que la deliberación puede promover elecciones sociales significativas, en la medida en que incentiva la formulación reflexiva de las preferencias, la expresión sincera de las mismas y el sostenimiento de compromisos expresados de manera pública. Del mismo modo, he señalado que hay diversos tipos de espacios públicos en los que la deliberación puede fomentar la cooperación política y la rendición de cuentas. Tales consideraciones se enmarcan dentro de diversas propuestas analíticas que buscan identificar la importancia empírica que entraña la deliberación. Los efectos que tiene ésta en la opinión pública —véanse, por ejemplo, los trabajos desarrollados en el Center for Deliberative Polling de la Universidad de Texas—, la introducción de una perspectiva deliberativa en el análisis de la gobernación y las políticas públicas (Hajer y Wagenaar, 2003), o el desarrollo de un índice de la calidad de la deliberación parlamentaria (Steenbergen et al., 2003), son algunas de las propuestas más destacadas del análisis sistemático de la deliberación democrática.

En suma, los postulados de la democracia deliberativa no sólo resultan útiles para ofrecer soluciones normativas a las cuestiones referentes a la legitimidad política. Al mismo tiempo, cumplen la función de servir como parámetros críticos para identificar avances y retrocesos, fortalezas y debilidades, en los procesos de democratización. Sin embargo, una teoría de la deliberación que pretenda explicar de qué manera el diálogo público contribuye a profundizar la democracia, tiene que hacer frente al reto de poner a prueba sus dimensiones normativas en la realidad política. Promover un diálogo fructífero entre teoría normativa y análisis empírico es el desafío al que ha de hacer frente la democracia deliberativa.

 

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NOTAS

1 Sin embargo, véase la evidencia que proporcionan Drukman y Nelson (2003) acerca de la importancia que tienen las conversaciones entre ciudadanos para contrarrestar la influencia que ejercen las elites en la opinión pública.

2 La Paradoja de Condorcet se emplea comúnmente para ilustrar el caso de ciclos en las decisiones colectivas. La paradoja se produce de la siguiente manera: hay tres individuos: A, B y C, que deben elegir entre tres opciones: x, y, y z. Cada individuo tiene un ordenamiento de preferencias distinto del de los otros dos. Las preferencias de A son x > y > z; las de B, y > z > x; y las de C, z > x > y. Dado que las primeras preferencias de A, B y C son distintas (x, y y, z, respectivamente), ninguna opción tiene de entrada una mayoría. Para elegir una ganadora se pueden hacer comparaciones pareadas entre las opciones: la que gane, sucesivamente, a las otras dos es el ganador de Condorcet. Sin embargo, en tal caso no es posible encontrar una opción triunfadora. Cuando x y y compiten, A y C prefieren x por encima de y; el ganador es x. Cuando se compara y con z, y resulta ganadora, pues A y B la prefieren en vez de z. En este punto, x sería la opción ganadora, pues x vence a y, y y vence a z. El problema surge cuando se compara x con z: tanto B como C prefieren z sobre x. El resultado es el siguiente: x > y > z > x. Se trata de un ordenamiento social cíclico e intransitivo.

3 Para una revisión del rol que desempeñan las concepciones normativas de la esfera pública en la teoría democrática, véase Myra Ferree Marx et al. (2002).

4 Agradezco a quien revisó anónimamente el presente artículo el haber destacado este punto.

5 Nótese que el ideal mencionado se refiere exclusivamente a las características del proceso de decisión, no al tipo de resultados que serían deseables: justicia social, igualdad de recursos, y demás. En otras palabras, dicho ideal no exige introducir una concepción sustantiva de los resultados de la decisión democrática.

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