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Frontera norte

versión On-line ISSN 2594-0260versión impresa ISSN 0187-7372

Frontera norte vol.34  México ene./dic. 2022  Epub 10-Feb-2023

https://doi.org/10.33679/rfn.v1i1.2277 

Artículos

El asilo en disputa: estrategias violentas de sujeción durante el gobierno de Donald Trump

Nohora Constanza Niño Vega 1  
http://orcid.org/0000-0002-6654-9536

Traducción:

Luis Cejudo-Espinosa

1Investigadoras e investigadores por México-El Colegio de Sonora, México, nohoranio@gmail.com


Resumen

Este artículo identifica las prácticas violentas del gobierno de Trump frente a las familias centroamericanas y mexicanas solicitantes de asilo como una respuesta defensiva al marco de legalidad que les otorga esta herramienta de protección en su relación con el Estado. A través de entrevistas a profundidad y la observación participante con familias migrantes en Tijuana durante los años 2017-2020, se concluye que las distintas medidas implementadas buscaron limitar el asilo como derecho y configurar un sujeto ilegalizado a partir de la sospecha, la criminalización y el trauma. De esta manera, se intentó revertir el carácter de legalidad que ampara a los solicitantes y reconstruir una relación vertical dominante y de sujeción racializada. El análisis propone abonar a los estudios de las migraciones a través de la comprensión de la tensión entre el carácter de legalidad que otorga el asilo y las acciones del gobierno de Trump por alterar este marco.

Palabras clave: asilo; ilegalidad; disputa; Centroamérica; México

Abstract

This paper identifies the Trump administration’s violent practices toward Central American and Mexican asylum-seeking families as a defensive response to the legal framework that grants them this protection tool in their relationship with the State. Through in-depth interviews and participant observation with migrant families in Tijuana during 2017-2020, it is concluded that the various measures implemented sought to limit asylum as a right and to configure an illegal subject based on suspicion, criminalization, and trauma. In this way, it was sought to reverse the character of legality that protects asylum seekers and rebuild a dominant vertical relationship of racialized subjection. The analysis seeks to contribute to migration studies by understanding the tension between the legality of asylum and the Trump administration’s actions to disrupt this framework.

Keywords: asylum; illegality; issue; Central America; Mexico

INTRODUCCIÓN2

Los recientes informes de los organismos internacionales observan que la migración forzada ha venido creciendo debido a las situaciones desfavorecedoras de la política mundial. Tales situaciones se traducen en regiones cada vez más violentas, los conflictos internos armados, la profundización de la persecución política, los efectos del cambio climático y, en general, problemas relacionados con la imposibilidad de los Estados de ofrecer seguridad a sus ciudadanos. Esta falta de seguridad tiene como consecuencia el aumento de la migración forzada que busca protección internacional a través de figuras como el asilo para el caso de las personas mexicanas y centroamericanas que llegan a la frontera con Estados Unidos.

De acuerdo con el Portal de Datos sobre Migración (2021),3 se estima que, hacia finales del año 2020, Estados Unidos contaba con 1.27 millones de refugiados y solicitantes de asilo y, según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), 432 700 personas, es decir, 79 por ciento de la población desplazada forzadamente de Guatemala, Honduras y El Salvador, se ubicaba en Estados Unidos. Como lo señala esta misma fuente, para el año 2020, de las 250 800 nuevas solicitudes individuales de asilo en este país, 60 por ciento provenía de países latinoamericanos: 16 por ciento eran de Guatemala, 13.43 por ciento de Honduras, 13.23 por ciento de Venezuela, 10.32 por ciento de El Salvador y 6.93 por ciento de México (ACNUR, 2021).

Se puede decir que desde el año 2018, la movilidad de personas y familias migrantes centroamericanas hacia Estados Unidos –a través de las caravanas migrantes– se convirtió en la evidencia de las situaciones de extrema violencia que viven los países centroamericanos como El Salvador, Honduras y Guatemala. Esto obligó a miles de individuos a huir de sus lugares de origen y encontrar en las caravanas una forma de acompañarse colectivamente para hacerle frente a la inseguridad y el riesgo, tanto en sus países de origen como durante su travesía por México (Varela y McLean, 2019; Paris y Montes, 2020). Por otro lado, desde 2016, ciudades fronterizas como Tijuana contaban con la presencia de cientos de personas que debido a las situaciones de violencia en territorios como Michoacán, Guerrero, Oaxaca y Chiapas, se vieron forzadas a migrar hacia Estados Unidos buscando asilo (Pérez y Castillo, 2016).

Para los migrantes forzados centroamericanos y mexicanos que padecen distintas violencias expulsoras, el asilo se convierte en una herramienta de protección que los ubica en un lugar distinto frente al Estado en comparación con el migrante histórico por causas económicas.4 La construcción gubernamental de este sujeto migrante histórico como ilegal riñe con el estatus de legalidad que la figura del asilo otorga a los solicitantes. En tanto solicitantes, esta figura los posiciona como sujetos amparados y protegidos en el marco del derecho internacional humanitario y de los refugiados.

No obstante, durante el gobierno de Trump se respondió de manera agresiva contra ellas, diseñando e implementando una gobernanza del terror a través de diversas medidas como la espera, las separaciones de niños y niñas de sus familias, el encarcelamiento en centros de detención, los llamados eufemísticamente retornos voluntarios de quienes ingresan a solicitar asilo, así como la amenaza de una posible deportación para los que fungían como patrocinadores5 de los solicitantes. Todas ellas, formas que afectaron material y anímicamente a las personas y familias migrantes con el objetivo de que desistieran de su intención de solicitar asilo; que una vez bajo detención pidieran su deportación u obligarlos a medidas desesperadas para cruzar y entregarse a la Patrulla Fronteriza y, de este modo, ilegalizarlos. A través de estas medidas, el gobierno de Trump pretendió revertir simbólicamente el estatus de legalidad del solicitante y con ello irregularizar, criminalizar e impugnar la búsqueda de protección. En este sentido, el asilo se convirtió en un campo de disputa emocional y material en la frontera.

El contexto de la migración centroamericana hacia Estados Unidos

Los distintos cambios en las condiciones económicas, sociales, políticas y ambientales en Guatemala, Honduras y El Salvador han marcado su historia migratoria hacia Estados Unidos. Las guerras internas y su intensificación en las décadas de 1970 y 1980 produjeron la expulsión de aproximadamente 129 000 individuos buscando refugio y asilo (Castillo, 1999; Castillo, 2000; Puerta, 2004; Morales, 2008; Carrasco, 2013; Rodríguez, Barrón, Fernández de Castro y Rivera, 2014; Cortés, 2018). Durante 1980, los que huían solían llegar a la frontera con México en Chiapas y desde allí tomar autobuses que los llevaran hasta la frontera norte, calculándose un tránsito de más de dos millones de centroamericanos hacia Estados Unidos durante este período (Carrasco, 2013).

Así mismo, el flujo de personas por razones de refugio posibilitó la construcción de redes migratorias. Estas, posteriormente, en la década de 1990,6 permitieron la integración de mercados laborales transnacionalizados y el movimiento de personas hacia Estados Unidos como parte de “la redefinición de estrategias familiares y comunitarias de sobrevivencia” (Castillo, 2000, p. 138; Morales, 2008).

Como lo hemos mencionado, existen diversos factores que incitan a la migración. En las últimas décadas, las crisis económicas, los desastres naturales, la inseguridad y los megaproyectos, se han convertido en razones de peso para empujar a los centroamericanos a moverse de sus lugares de origen y buscar en Estados Unidos una vida segura, dada su alta victimización atravesada por la clase, etnia, género, criminalidad e impunidad (Paris, 2016; Cortés, 2018; Selee, 2020). Estas situaciones han influido en el aumento de la búsqueda de asilo, razón por la cual se entiende que para el año 2015, 29 por ciento de las solicitudes de refugio en Estados Unidos provenían de estos países centroamericanos (ACNUR, 2016) y para 2020 creció a 39.75 por ciento (ACNUR, 2021).

En 2014, como lo señala Paris (2016), el número de centroamericanos detenidos en la frontera sur de EE. UU. fue más alto que el de mexicanos, con 53 por ciento, así como la participación de mujeres y niños, niñas y adolescentes (en adelante, NNA) aprehendidos, pasando de 13 por ciento en 2013 a 29 por ciento en 2014. En el período 2009-2016, fueron detenidos en la frontera sur de Estados Unidos 225 351 NNA migrantes no acompañados, con una participación de 54.41 por ciento de centroamericanos y 44.14 por ciento de mexicanos (Rivera, 2018). Dentro de los motivos que incitaron este movimiento de NNA, se encontraban la inseguridad y criminalidad en sus países de origen, la precariedad y desigualdad social, así como los procesos de reunificación familiar (Varela, 2015; Rivera, 2018).

Es la historia de Francisca, una mujer salvadoreña que esperaba en la fila de El Chaparral en Tijuana para pedir asilo en 2017; para quien la petición de asilo se convirtió en su defensa ante la inseguridad que estaba viviendo en su país. Ella tenía su negocio en El Salvador y allí era asediada por integrantes de las Maras, a quienes debía darles gratuitamente algunos productos que solía vender. Cuando ellos o sus parejas entraban a su negocio, ella sabía que tendría que entregar todo aquello que desearan. Esta situación devino en cansancio, y por esta razón surgió el pensamiento de la huida como posibilidad. El evento que detonó su partida ocurrió cuando estos actores armados empezaron a merodear a su hija de 11 años para que fuera pareja de uno de ellos. Salvaguardar la vida e integridad de su hija la obligó a buscar asilarse en Estados Unidos. Para ella, su país no le garantizaba su seguridad, pero cuando atravesó México y escuchó las noticias de los niveles de violencia que se estaban viviendo en este país, afianzó más la idea de que su única posibilidad de supervivencia sería EE. UU.

En Tijuana completaba cinco días en los que muy temprano por la mañana, luego de ir al programa de desayunos de un albergue para población migrante, caminaría unas calles para llegar a la entrada de El Chaparral y esperar hasta que le tocara su turno. Durante estas fechas, las autoridades estadounidenses dejaban cruzar entre 20 y 50 personas al día. Por esta razón, pese a encontrarse en la lista donde familias y personas mexicanas y centroamericanas estaban inscritas, también era importante tomar los primeros puestos de la larga fila que se hacía en este lugar de cruce peatonal, debido a que en ocasiones las autoridades de Estados Unidos no prestaban atención a la lista y hacían pasar a los ya formados. Así como Francisca, también se encontraban madres guatemaltecas y hondureñas con sus pequeños hijos e hijas jugando en El Chaparral mientras esperaban para ser seleccionados en la entrada.

Selee (2020) menciona que durante el año fiscal 2019 se realizaron 607 000 detenciones en Estados Unidos, evidenciando este éxodo persistente a raíz de la violencia de las Maras, efectos del cambio climático y la desigualdad económica y social en estos países. El informe de Médicos sin Fronteras (2020) reporta que 45.8 por ciento de los migrantes entrevistados durante el año 2018, contaba con al menos un evento relacionado con situaciones de violencia como parte de las razones para migrar, y 36.4 por ciento de ellos habían sido víctimas previas de desplazamiento forzado interno en sus países de origen. También, 57.3 por ciento manifestó haber sido expuesto a situaciones de violencia por parte de autoridades mexicanas como actores criminales durante su tránsito hacia Estados Unidos.

Así mismo, de acuerdo con los datos oficiales, 60 por ciento de las aprehensiones en la frontera sur de los EE. UU. durante el año fiscal 2019, correspondió a unidades familiares o niños, niñas y adolescentes no acompañados, con un aumento de 300 por ciento frente al año inmediatamente anterior (U. S. Customs and Border Protection, 2019). Este dato revela una nueva composición más familiar con fuerte presencia de mujeres, niños y niñas en esta migración forzada que busca protección internacional.

La migración histórica entre México y Estados Unidos y la reciente búsqueda de protección

Por otro lado, la migración mexicana hacia Estados Unidos tiene una historia amplia que plantea una compleja relación bilateral entre ambos países. De acuerdo con Durand (2016), han sido varias las perspectivas que buscan comprender esta relación. Algunas se centran en la pobreza, el desempleo, la falta de ingresos y de oportunidades para el caso mexicano y las ofertas de empleo y salarios competitivos que ofrece EE. UU.

Este autor (2016) realizó una caracterización de la migración de México hacia Estados Unidos en las que definió cinco etapas de este proceso migratorio. La primera, planteada desde finales del siglo XIX hasta 1920, caracterizada por modelos de contratación que provocaban mano de obra semiforzada a través de procesos de endeudamiento del trabajador. Una segunda etapa que se encuentra marcada por deportaciones masivas relacionadas con las crisis económicas de 1921 y la recesión de 1929. El tercer período comprende el Programa Bracero de 1942-1964, que corresponde a la vigencia de un acuerdo bilateral para satisfacer la demanda de trabajadores mexicanos en tiempo de guerra, caracterizado por su ingreso legal y temporal. Posteriormente, el cuarto período se plantea entre 1965 y 1985, con un incremento del ingreso de personas sin documentos, la introducción de las mujeres y migrantes urbanos dentro de la dinámica migratoria. Para Verduzco (1995), los cambios en la política migratoria favorecieron el aumento de la migración hacia Estados Unidos. Mientras que en el período de 1940 a 1960, la migración regular e irregular de mexicanos llegó a 10 por ciento del total de los migrantes hacia EE. UU.; entre 1960 y 1980 el peso de su participación rondaba 14 por ciento.

La quinta etapa se define a través de la ley de Reforma y Control de Inmigración (IRCA, por sus siglas en inglés). Esta etapa se caracterizó porque al mismo tiempo que se posibilitaba la amnistía y legalización de 2.3 millones de trabajadores sin documentación, también le sigue la persecución legal de migrantes a partir de la propuesta 187/94 en California, la Ley federal de 1996 contra la migración ilegal (IIRAIRA), la ley Patriota luego del 9-11 y la reforma migratoria de 2005. Por último, señala la fase a partir de 2007 donde se observa el declive del movimiento de personas mexicanas hacia Estados Unidos para devenir en las dinámicas de migración forzada que se ha observado recientemente.

La historia de la migración mexicana enfatizaba el funcionamiento de la demanda laboral, pobreza, competitividad de salarios, reunificación familiar, estrategias culturales de los lugares de origen y vínculos transnacionales como parte de los factores que incidían en la movilidad. Sin embargo, es necesario mencionar que, a partir de 2006, la llamada lucha contra el narcotráfico impulsada por el gobierno de Felipe Calderón ha tenido como consecuencia el aumento de asesinatos, desapariciones, violaciones, amenazas y extorsiones en gran parte del territorio nacional. Estas violencias han victimizado a la población civil y expulsado a mexicanos que se mueven hacia Estados Unidos para buscar protección.

Durante este tiempo, se presentaron desplazamientos forzados en varios estados mexicanos que se han relacionado, por un lado, con la injerencia directa del crimen organizado en su lucha por el control territorial del mercado de drogas y tráfico de personas. Por otro lado, su participación en la resolución de conflictos de tierra, asuntos políticos, enclaves mineros y megaproyectos que, en el marco de la acumulación por desposesión, utilizan la masacre y la amenaza para el despojo de tierra (Pérez y Castillo, 2016; Durin, 2019; Ernst, 2020; Harvey, 2005).

La cifra de homicidios en México durante el año 2020 no ha tenido precedentes, llegando a los 36 579 asesinatos con incidencia particularmente profunda en los estados de Guanajuato, Estado de México, Michoacán, Jalisco, Baja California, Chihuahua y Guerrero (Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 2021). De acuerdo con el Centro de Monitoreo del Desplazamiento Forzado (IDMC, por sus siglas en inglés), la violencia en México ha propiciado el desplazamiento forzado durante 2020 de 9 700 nuevos casos para un total en el registro histórico de 357 mil personas (Internal Displacement Monitoring Centre, 2020).

Particularmente, 2016 es referido por actores claves de atención a la población migrante en la frontera como el año en que se percibe la afluencia de individuos y familias mexicanas para buscar protección internacional en Estados Unidos a través de la figura del asilo –dado el número de personas que arribaban–. Desde entonces, se han establecido en los puentes y cruces fronterizos, procurando que las autoridades migratorias estadounidenses les permitan entregarse (como suelen decir los que llegan a la frontera) para iniciar su proceso de solicitud.

Saliendo del comedor del Padre Chava, ubicado a unos pocos metros del cruce peatonal de El Chaparral en Tijuana, se tuvo uno de los primeros encuentros con una familia desplazada interna proveniente de Michoacán en diciembre de 2017 y que había llegado a la frontera:

‘Venimos de Michoacán’ —dicen los hombres de esta familia numerosa—, ‘venimos para el asilo’ —dice el niño. Eran cuatro hombres adultos y dos jóvenes, cuatro mujeres y seis niños y niñas. Nos señalaron que los actores criminales habían entrado y quemado sus casas y amenazado a la familia. Nos dicen: ‘los del ejército, la policía ministerial y la policía, todos están con ellos. Cuando alguien del ejército quiso actuar, entonces lo removieron’. Los hombres de esta familia nos contaron que hacen parte de las autodefensas de Michoacán y señalan: ‘nosotros no somos criminales, no somos como ellos y por eso pasamos por acá, para intentar pedir asilo. Ya pasó una parte de la familia porque somos muchos’. Los amenazaron en agosto, y desde entonces andan lejos del pueblo huyendo de un lugar a otro. Allí, ‘Los Viagras’7 trabajan de la mano con las autoridades: ‘le jalan al negocio de la droga, pero los secuestros son lo más [frecuente]. Todo lo que se ve allá son levantones; el que tiene algo de feria [dinero] es víctima de secuestro’.

Estos hombres participantes de las autodefensas se enteraron que se puede pedir asilo en Estados Unidos, porque uno de los jefes de las autodefensas ya estaba en ese país en dicho proceso y, gracias a su contacto a través de Facebook, pudieron saber que ellos podían solicitarlo también. Nos dicen muy apurados: ‘tenemos que irnos ya; hoy nos dijeron que pasaríamos 50 personas, ayer pasaron 60, así que, con el favor de Dios, nos toque hoy cruzar para pedir el asilo’ (Diario de campo, 15 diciembre de 2017).

En el caso de la población desplazada que se ha acercado a la frontera con Estados Unidos, informantes claves nos mencionaron que, antes de 2016, solían llegar generalmente adultos mexicanos y sin acompañantes, huyendo y buscando el asilo, pero después de ese año, la dinámica ha cambiado. Cientos de familias llegan a la frontera, en su mayoría mujeres con niños, niñas y adolescentes que vienen huyendo de Michoacán y Guerrero, particularmente:

Sentada en El Chaparral, junto a la larga fila que espera su turno para pasar a pedir asilo, tuve la oportunidad de compartir con una señora. Con ella, su hijo de 16 años, una hija de 15 años y los niños de 11, 10 y 8 años. Vienen desplazados de un pueblo cerca de Acapulco. A su esposo lo asesinaron porque no quiso trabajar para los grupos que dominan esa zona, ya que generalmente les piden que trabajen cultivando o vendiendo droga para ellos. Desde entonces, ha estado sola con sus hijos. Ella los llevaba caminando a la escuela, pero sus hijos se empezaron a dar cuenta que los estaban observando. Al parecer, estaban avizorando a su hijo mayor de 16 años para reclutarlo, señala la madre, y por eso tomaron la decisión de irse. Ella se enteró a través de su hermana que reside en Estados Unidos y de la televisión de que pueden pedir asilo, y con el dinero que su hermana le envió pudieron pagar los boletos de avión. Dice la madre: ‘la gente cree que estamos aquí por gusto, como si nos gustara venir a pasar frío. Nos venimos porque allá está peligroso, al que medio tiene lo extorsionan, y si no paga, lo matan’. Mientras conversábamos, en varias ocasiones el dolor se hizo presente en su mirada, recordando las situaciones que habían tenido que vivir: la pérdida de su esposo, la huida, el desarraigo y ahora la espera (Paola, diario de campo, 14 de diciembre de 2017).

Las historias que hay detrás de cada familia y de las personas que se encuentran en la fila y en las listas de espera8 son desgarradoras: asesinatos, amenazas, desapariciones, intentos de reclutamiento forzado de adolescentes, entre otros. Son parte de los dolores que cargan junto con su mochila y son esas mismas historias con las que cuentan como esperanza para poder ser elegibles en la solicitud de asilo en Estados Unidos. Esta es la nueva dinámica de la migración forzada en México que, gracias a la migración histórica de familiares que han cruzado en su mayoría de manera irregular,9 les han ayudado a tomar la decisión de buscar protección internacional. En marzo de 2018, en medio de la primera caravana, tuvimos la oportunidad de ver la lista y allí se alcanzó a contabilizar la presencia de aproximadamente 300 personas de origen mexicano provenientes del estado de Michoacán que se habían enlistado durante el último mes.

La migración forzada de los últimos años se ha pretendido ocultar configurándola como parte de la migración histórica hacia Estados Unidos referida a temas económicos. En este sentido, la búsqueda de asilo se criminaliza por parte del gobierno de este país negando su condición de víctimas de violencia. Al mismo tiempo, este marco de traslape ha servido para que el gobierno mexicano se desentienda del desplazamiento forzado al interior de su territorio.

El asilo: entre la protección y la contención

El asilo es una herramienta de protección internacional que brinda auxilio a quienes huyen de sus países por distintas circunstancias que ponen en riesgo su vida e integridad. Hamlin (2014) señala que el concepto moderno de refugio que emana de la Convención de Ginebra, tiene como contexto la Segunda Guerra Mundial, que buscó el reconocimiento de las obligaciones de los Estados de proteger a las víctimas de persecución que abundaban en Europa en ese momento. Bajo esta Convención, los países firmantes se obligaron a no devolver a ningún solicitante a territorios donde su vida o libertad son amenazadas (principio de no devolución).

Dicho principio, en el derecho internacional, puede ser interpretado como una suspensión voluntaria de la soberanía de cada Estado en la protección y vigilancia de sus fronteras para el ofrecimiento de protección a las personas solicitantes. Además, se espera que no se impongan sanciones a causa de la entrada irregular, siempre y cuando se presente sin demora a las autoridades y se muestre una buena causa de esta entrada. Sin embargo, no es así como se observa en la práctica (Dauvergne, 2008).

En Estados Unidos han persistido dinámicas racializadas de restricción migratoria desde 1882 con la Ley de Exclusión China y las leyes de inmigración promulgadas entre 1921 y 1924, que buscaron categorizar a las personas elegibles para inmigrar, el establecimiento de cuotas de origen nacional y admisiones restringidas anuales. Y si bien, los intentos por una reforma integral en materia de refugio dentro del debate sobre la codificación de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1952 introdujeron la retención de la deportación de un extranjero sujeto a persecución física, éstos no incluyeron a los refugiados bajo un pleno de protección. Tampoco hubo muchos logros en materia de protección en las siguientes décadas, sólo la promulgación de una ley fragmentaria como la Ley de Ayuda a los refugiados de 1953 y la Ley de Refugiados-Escape de 1957, “de tal manera que la libertad condicional fue el recurso ejecutivo con el cual se respondió a las crisis de refugio y asilo” (Wasem, 2020, p. 249). Wasem señala que de 1940 a 1980, el refugio y el asilo en Estados Unidos fue garantizado por una serie de leyes parciales que se orientaban de acuerdo a los lugares de expulsión de los solicitantes. Es así como en este país, el interés principal de brindar protección fue ideológicamente marcado por la Guerra Fría que favorecía la protección de manera selectiva y determinado por un ejercicio administrativo de órdenes ejecutivas (Rottman, Fariss & Poe, 2009;Salehyan & Rosenblum, 2008).

Es hasta finales de la década de 1970 cuando se encuentra el consenso para la promulgación de una ley integral en materia de refugio. Los desarrollos de la ley buscaron disminuir este poder en el ejecutivo alineándose con el proceso planteado por el sistema internacional y así evitar este marco ideológico de determinación del refugio. A partir de esta ley, el país se adhirió al Protocolo facultativo y se sujetó a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, incluyendo disposiciones sobre el asilo y procedimientos uniformes para su tratamiento. Los asilados fueron definidos como ciudadanos extranjeros en Estados Unidos o en los puertos de entrada que cumplían con la definición de refugiado (Wasem, 2020; Hamlin, 2014).

Wasem señala que se le prestó poca atención al asilo10 en tanto existían escasas solicitudes anuales. Sin embargo, en las décadas de 1980 y 1990, aumentaron las solicitudes de asilo provenientes de Centroamérica y el Caribe. La atención mostraba el tratamiento diferenciado otorgado a cubanos y nicaragüenses frente a los solicitantes provenientes de Haití, El Salvador y Guatemala, manteniendo una lógica de beneficio político por encima del humanitario. A partir de la década de 1990, las solicitudes de asilo en la frontera estadounidense superaron a las de refugio y, por tanto, la política de refugio tuvo las condiciones para ser combinada con la de seguridad fronteriza, dado la sospecha de que en realidad se trataba de migrantes económicos que hacían trampa con el uso de esta herramienta (Hamlin, 2014; Wasem, 2020).

Para 1994, la Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante (IIRIRA, por sus siglas en inglés) subsumió el programa de asilo dentro de una revisión del control de la migración ilegal. Con ello, el enfoque del asilo se orientó hacia una política de mayor control y restricción fronteriza produciendo variaciones dentro del proceso, tales como: reducción a un año en el plazo para la solicitud del asilo; cambios en los motivos por los cuales se puede obtener; eliminación de los derechos laborales y la detención de las personas solicitantes mientras se investigaban las reclamaciones; y que el procesamiento de las solicitudes en la frontera se realizaría frente al oficial de inmigración, cuyo comportamiento y decisiones podían ser informadas por sus estereotipos (Estévez, 2018; Hamlin, 2014; Jubany, 2017).

Se puede entender que el asilo quedó entonces sujeto a un marco de política restrictiva asumida como respuesta al proceso de globalización que puso en jaque la soberanía del Estado-nación. La ley de migración se convirtió en el lugar de resistencia a la normativa internacional de los Derechos Humanos y la convergencia global cuando esta capacidad de incidencia de los Estados-nación se vio reducida en otras áreas (Dauvergne, 2008).

En los últimos años, bajo el endurecimiento de la política migratoria a nivel del norte global, los solicitantes de asilo son asumidos como migrantes no autorizados y se adoptan estrategias que promueven la restricción del acceso al territorio. El tratamiento a los solicitantes es la puesta bajo sospecha, viéndose obligado a demostrar que no se trata de un migrante económico o un terrorista que intenta aprovecharse de la herramienta de protección. Por ello, los procedimientos enfatizan en su real cumplimiento de las condiciones para aplicar al asilo: cuando se tiene el temor de ser perseguido, falta de voluntad o incapacidad del gobierno del país de origen para brindar protección de quienes le persiguen, y que esta persecución sea motivada por la raza, la nacionalidad, la religión, la opinión política o la pertenencia a un grupo social determinado (Estévez, 2018).

Halim (2014) señala que cuando los solicitantes invocan la protección, y una vez se ingresa en el proceso de revisión, se produce un cambio que va “de lo global a lo particular, de los ideales del derecho internacional hacia la cotidianidad en la toma de decisiones burocráticas de funcionarios que tienen sus propias prácticas y formas de concepción de la justicia procesal” (p. 15). En este sentido, el asilo puede convertirse en una herramienta utilizada a conveniencia de acuerdo al clima geopolítico del momento, alejándose de los tratados firmados y subsumiéndose a la lógica de la política nacional, que puede obedecer a decisiones de carácter ideológico.

La política de asilo se supeditó a las preocupaciones por la seguridad y la prevención de la migración irregular desde la década de 1970, cuando comenzó a llegar un número importante de solicitantes a Estados Unidos. En este sentido, desde hace tiempo, el asilo se ha encontrado en tensión entre la soberanía del Estado –que se materializa en su control de las fronteras y las acciones de carácter punitivo que se desprenden de éste– y la obligación moral de brindar refugio a quienes huyen de violencias ejercidas contra ellos bajo una perspectiva humanitaria (Hamlin, 2014; Wasem, 2020).

Es así como en Estados Unidos, la figura del asilo, pese a encontrarse promulgada en distintos tratados internacionales, es una herramienta supeditada al interior de su propia normativa y procedimientos, prevaleciendo la política interna por sobre lo pactado a través de la Convención y el Protocolo Facultativo, definiendo selectivamente quiénes pueden acceder a ellas. La aplicación del asilo defensivo11 a las personas solicitantes que esperan en las ciudades fronterizas del norte de México es una muestra de los modos diferenciados de atender el marco de protección internacional. Se sujeta a quienes ingresan como solicitantes a un proceso de expulsión, para lo cual deben hacer uso del asilo como herramienta que frene dicho proceso, mostrando con ello el poder soberano por encima de la obligación moral de la atención y la protección. De esta manera, los solicitantes de asilo no únicamente cruzan fronteras geográficas, sino también fronteras políticas y del derecho.

Los procedimientos al interior del sistema para otorgar el asilo también han significado problemas importantes, dado que no se parte del ideal de protección humanitaria, sino de la sospecha. El sistema pone un enorme peso en las motivaciones del perseguidor y no en la gravedad y efectos de la persecución, dejando además la carga de la prueba de estas motivaciones sobre el solicitante. Adicionalmente, la exigencia del testimonio creíble, persuasivo y sobre hechos demostrables, también se han convertido en un elemento significativo que puede negar las condiciones culturales, de miedo y trauma, las cuales afectan el relato testimonial del solicitante, así como las condiciones de huida que pueden obstaculizar la recolección de evidencia.

Como se ha visto en el presente texto, el asilo se ha sujetado al marco de control migratorio restrictivo que pone al solicitante en sospecha permanente. Sin embargo, incluso bajo estas condiciones, en tanto figura de protección incorporada dentro del derecho internacional, les permite un estatus legal a las personas migrantes forzadas que arriban a la frontera para solicitarlo. Y es esta posición de legalidad la que puso en disputa el gobierno de Trump, violentando la figura a través de todas las medidas adoptadas durante su mandato, tales como la configuración de listas de espera (metering),12 los Protocolos de protección al migrante (MPP, por sus siglas en inglés),13 las detenciones y las separaciones de los miembros de las familias y la amenaza de la deportación a los patrocinadores. Todas ellas se convirtieron en estrategias no sólo de una política de disuasión, sino, sobre todo, en una forma de castigar al solicitante, sujetarlo al poder soberano con la capacidad de decidir quién, cómo, cuándo y dónde le es permitido solicitar asilo. De esta manera, también estas medidas se encargaron de forzar los cruces irregulares con el ánimo de ilegalizar a las personas y familias solicitantes, quienes tendrían el derecho de ingresar por las puertas de entrada para solicitar dicha medida de protección, como lo veremos en seguida.

Disputando el asilo: la tensión entre solicitantes y el gobierno de Trump

Se ha mencionado que existe una historia de movilidad de individuos y familias centroamericanas y mexicanas hacia Estados Unidos, cada una con sus particularidades y con altibajos en sus magnitudes e intensidades a lo largo del tiempo. Algunos autores han señalado que las formas en que el gobierno estadounidense responde a estos movimientos se encuentran enmarcadas en las crisis económicas y las relaciones entre estas mismas con las dinámicas políticas –presiones de campañas electorales–, a partir de las cuales la persona migrante se convierte en el chivo expiatorio al ser perseguida y deportada (Fernández, 1984; Gabriel, 1998; Schiavon, 2010; Villafuerte y García, 2017).

Además de las condiciones políticas electorales y de las dinámicas ideológicas a propósito del otorgamiento del refugio, y, más recientemente, los efectos de los atentados del 11 de septiembre de 2001, el panorama migratorio quedó supeditado a las políticas de seguridad nacional. Esto conllevó a que las fronteras fueron vistas como espacios de amenaza incluso por los ciudadanos estadounidenses, que vieron en los migrantes la presencia de lo extraño y del extranjero configurado como criminal. Así también, para las personas migrantes, la frontera se convirtió en el último obstáculo que les permitiría acceder a la seguridad que les había sido arrebatada. En septiembre de 2006, el presidente Bush firmó la ley que promulgó la construcción del muro fronterizo, abonando a la dinámica securitista dentro del ámbito de la migración; y durante la campaña de Trump y su gobierno se presentó de manera abierta y central la cuestión antiinmigrante. Esta fue la razón por la cual, a través de una orden ejecutiva, el 25 de enero de 2017, planteó el aseguramiento de la frontera a través de la construcción del muro (Wasem, 2020).

Como lo señala Sayad (2010), la migración como problema social es construido en el Estado en un trabajo de creación a partir del cual el migrante pasa a existir socialmente. Por tanto, la forma como es construida discursivamente la persona migrante produce representaciones concretas en las que ésta es observada y gobernada, incidiendo también en el modo de cómo lo define la sociedad que le recibe, así como en el proceso mismo de autodefinición. La ilegalidad que ha sido la manera oficial en la que se ha construido al sujeto migrante “nos habla de un estatus jurídico y su relación con el Estado pero también señala una condición sociopolítica espacializada” (De Genova, 2002, p. 422). Esto quiere decir que la representación que se construye sobre la cuestión de la ilegalidad de ciertas nacionalidades es independiente de su situación administrativa y se relaciona con procesos históricos de producción de estos migrantes ilegales en regímenes de migración de Estados-nación específicos.

A lo largo de esta historia de la migración centroamericana y mexicana hacia Estados Unidos, la noción de ilegalidad anudada con la idea de delito ha sido establecida por el gobierno estadounidense. Bajo esta relación, las personas migrantes son consideradas sujetos amenazantes, invasores, enemigos del contribuyente de impuestos,14 y el gobierno ejerce las acciones civiles que se estipulan en la ley para castigarles. El gobierno de la migración plantea la ilegalidad como un estado jurídico en relación con el Estado y, a su vez, les otorga una identidad política predominante (De Genova, 2002). Este autor señala que la ilegalidad se configura a partir de prácticas reales de negación, exclusión y subyugación que atraviesan la cotidianidad de la vida del migrante, y su evasión de la ley necesita del “espectáculo de imposición” (2002, p. 437) que opera el gobierno en la frontera con sus dispositivos –el muro, la patrulla, los censores, las listas, las deportaciones–.

Ante esta configuración del sujeto migrante como ilegal, el solicitante de asilo impone una relación distinta ante el Estado. Su cruce de frontera hacia Estados Unidos se desarrolla en el marco del asilo como recurso para salvaguardar su vida en un acto de supervivencia ante las condiciones de inseguridad que vive. Amparados en el derecho internacional humanitario y de refugiados, el solicitante de asilo empuja al gobierno de Estados Unidos a una respuesta dentro de una lógica discursiva y práctica de lo legal, allí donde permanentemente ha sido criminalizado. Se produce, entonces, una demanda que plantea no sólo la entrada legal, sino también el tratamiento de protección al que tiene derecho como solicitante.

Además, en este cambio reciente de la movilidad centroamericana y mexicana, donde las personas y familias llegan a la frontera buscando los mecanismos legales para entregarse y solicitar asilo, no sólo opera una transformación de la relación con respecto al gobierno estadounidense, sino también una nueva forma de nombrarse, una transformación identitaria con relación a sus connacionales que históricamente han migrado. Para las mujeres entrevistadas, el estar allí en la espera de su turno es una señal que se le envía al gobierno de Estados Unidos de que su intención no es contravenir la ley ni su soberanía estatal, sino, por el contrario, acogerse a lo que el derecho humanitario les favorece. Ellas no son ilegales. Dicen:

Nosotras estamos acá porque queremos que el gobierno de Estados Unidos nos brinde una protección, seguridad y tranquilidad que no podemos tener en nuestro pueblo, en el que las autoridades, que también son corruptas y se coluden con los criminales, no nos pueden garantizar nada, al contrario, nos hacen más daño (Mariana, comunicación personal, 20 de enero de 2018).

Se esperaría que el proceso de asilo como herramienta de protección ayudaría a romper las formas de racialización, marginación y expulsión con las cuales han sido tratados. Sin embargo, como hemos visto con anterioridad, el asilo ha sido sujetado a las políticas internas de Estados Unidos que se definen por intereses políticos, ideológicos, raciales y clasistas que no corresponden con el espíritu humanitario del que emana. Esta lógica fue profundizada durante el gobierno de Trump, en lo que aquí llamamos una contraofensiva que buscó deslegitimar estos reclamos de asilo e ilegalizar la relación del solicitante frente al Estado. Las distintas órdenes ejecutivas implementadas durante su gobierno se desarrollaron para visibilizar su acción contundente en contra de los solicitantes, en una disputa que intentaba hacerlos desistir y obligarlos a buscar caminos irregulares para convertirlos en un sujeto ilegal.

Las acciones desarrolladas por Trump, desde la criminalización de las caravanas migrantes centroamericanas, así como el aumento en los tiempos de espera en la frontera mexicana, han sido formas de control restrictivo hacia los solicitantes. Para ello se valió de retóricas que, por un lado, hablan de crisis, desbordamientos y colapsos del sistema migratorio debido a la magnitud de las solicitudes y, por otro, aquellas que enfatizan en el presunto abuso de la figura del asilo y la incredulidad ante las realidades de violencia que exponen los solicitantes. Es decir, el solicitante de asilo es puesto bajo sospecha y condenado por apegarse al marco que el derecho internacional le otorga.

Siguiendo a Wasem (2020), podemos señalar que estas acciones del ex presidente Trump se agrupan en tres líneas: a) las políticas que abandonaron los principios legales, particularmente el de no devolución encarnada en la puesta en marcha del Protocolo de Protección al Migrante (MPP), b) las que bloquearon la entrada de los asilados, tales como las listas de espera y la latente amenaza de persecución sobre las personas patrocinadoras, c) las que criminalizaron a los solicitantes, a partir de las separaciones de familia, las detenciones y los aumentos de tiempo en los centros de detención. Todas ellas fueron estrategias de recomposición de fuerzas para ejercer el poder y dominio material y anímico sobre ellos.

Una vez ingresados a Estados Unidos para su entrevista de miedo creíble, se han puesto en marcha otras estrategias de control y violencia en contra de los solicitantes. Entre ellas, están la separación de las familias y el control sobre sus cuerpos –espacial y temporalmente– en los centros de detención, mismas que se diseñaron con el propósito de agotarlos y minarlos emocionalmente, buscando que el encierro y la imposibilidad de controlar sus propios ritmos terminaran por obligarles a solicitar su deportación.

La historia de María Teresa, una joven madre mexicana que llegó desplazada de Michoacán a Tijuana con sus dos hijos de 6 y 7 años y su esposo, nos habla de estas situaciones. Durante su entrevista ella relata que le insistió mucho a su familia –desesperada por la espera a la que estaban siendo sometidos y que duró tres meses– que la intención era pasar legalmente a través de la entrega por la garita.15 Esto debido a que durante este tiempo de espera cada vez más largo, otras familias solicitantes estaban cruzando la frontera a través del uso de guías con el fin de “entregarse” a la patrulla fronteriza y con ello agilizar su proceso. En ella, como en otras mujeres, esta referencia sobre hacer el proceso de solicitud de asilo se convierte en un punto de inflexión respecto de su historia particular de cruce en comparación con las de otros familiares, que se vieron obligados a hacerlo en años previos con el apoyo de guías.

Por su parte, Marcela, una madre guatemalteca con su hija de 11 años, también se plantea la idea de entrar legalmente. Ellas cruzaron el desierto por San Luis Río Colorado en Sonora, haciendo uso de un guía, esperando que al ser detenidas en la frontera pudieran solicitar asilo para evitar las listas de espera:

Ya cuando nos agarró migración nos subimos a ese cerrito donde ya estaban las patrullas americanas. Nosotras nos entregamos para que nos agarraran y nos dejaran entrar, o sea, tuviéramos la oportunidad de entrar legalmente y no estar en el país ilegalmente (Marcela, comunicación personal, 17 de octubre de 2019).

Marcela y su hija Blanca fueron devueltas a México por Mexicali, Baja California, y se trasladaron a Tijuana a un albergue mientras buscaban qué hacer, dado que llevaban ya varios meses en la frontera. La espera se convirtió para ella en una fuente de incertidumbre, por lo que al enterarse de que una amiga se había movido hacia otra ciudad fronteriza en Coahuila y saber que ella ya estaba del otro lado con su patrocinador, tomó la decisión de hacer lo mismo; en menos de una semana ya estaba en Coahuila con su hija para intentar un cruce no autorizado y entregarse esperando que se pudiera agilizar así su proceso, ya que se encontraba dentro del programa de MPP. Ella y su hija cruzaron, pero no corrieron con la misma suerte y fueron devueltas a México para esperar su proceso. Para Marcela, permanecer en este país esperando su cita para la Corte de inmigración le producía miedo, dado los hechos de violencia que se conocían de la ciudad de Tijuana y la incertidumbre de tener que encontrar un trabajo sin contar con redes familiares o de amistades que la ayudaran con el cuidado de su hija.

Por su parte, las organizaciones que acompañaban a estas solicitantes mantenían el temor de que la movilidad y cruce con guías para entregarse ante las autoridades fronterizas y pedir asilo – como una forma de acortar los tiempos de espera– fueran utilizados en su contra dentro del proceso de solicitud de asilo, señalando que habían actuado fuera de la ley. Seis meses después, resignada a tener que esperar en Tijuana para su tercera comparecencia ante la Corte, finalmente pudo ir con su patrocinadora y empezar el proceso de asilo. Este ejercicio de intentar acortar los tiempos cruzando y entregándose a la Patrulla Fronteriza fue implementado por otras solicitantes, pero el resultado fue la deportación.

Mientras Marcela esperaba en Tijuana con su hija Blanca, quién había hecho amigas en el albergue, tuvieron que ver dolorosamente la partida de una de ellas y de su familia a Guatemala, debido a que los tiempos de espera para ellos eran tan largos que no tenían posibilidad de permanecer allí. Se trata de una historia similar a otras que nos contaron trabajadoras del albergue, quienes han tenido que ver la tristeza y el desasosiego de las familias al tener que desistir y emprender el regreso.

La lista de espera y los tiempos demorados en el procesamiento de su solicitud se convirtieron en una estrategia que produjo efectos subjetivos en las personas tanto de desesperación como de sometimiento silencioso ante el Estado, transformando la espera en una experiencia de poder. En este sentido, como lo señala Auyero (2013), es una tempografía de la dominación en tanto forma impregnada de incertidumbre y arbitrariedad. Aunque Marcela actúa frente a la espera y se mueve a través de las ciudades fronterizas buscando cruzar y acortar los tiempos, es cierto que al final se sujeta a las dinámicas del gobierno que la obligan a cruzar de manera irregular con el ánimo de acentuar la identidad política preponderante del mojado/indocumentado/ilegal, la imposición de la ley en la frontera y, además, sumar el temor permanente de que esta entrada le impida acceder a su proceso de solicitud de asilo.

Adicionalmente, ella, al igual que otras mujeres centroamericanas y mexicanas, resultaron cuestionadas y afectadas por las declaraciones de Trump al mencionar que había una clara intención de las personas adultas migrantes de utilizar a sus hijos e hijas como escudos humanos, no sólo para el enfrentamiento ante las autoridades migratorias, sino también para la facilitación del proceso. Estas declaraciones producían sospecha por parte de las autoridades como de la ciudadanía frente al aumento de mujeres con niños y niñas esperando para solicitar asilo. Pero lo cierto es que ante la posibilidad que se abría de realizar un proceso seguro en el marco de la ley –como hemos visto que enfatizan tanto María Teresa como Marcela sobre el carácter legal de su entrada a Estados Unidos a través del asilo–, lo mejor para ellas era traer consigo a sus hijos y no tener que dejarlos bajo el cuidado de familiares. Y en algunos casos, son sus hijos e hijas el motivo principal por el cual se han movilizado para protegerlos frente a la amenaza real que se cierne directamente de ser reclutados y abusados por actores criminales.

Además, en el marco de estas estrategias punitivas, también se encuentra la del temor fundado hacia los solicitantes de asilo por parte de sus patrocinadores o de las comunidades que los acogen. En muchos casos, se trata de familiares que ingresaron al país con el uso de guías y se encuentran irregularizados y, por tanto, en el marco del régimen de deportabilidad que imperó bajo Trump, aumentaron los temores de ser aprehendidos. En el caso de María Teresa, su patrocinador era un cuñado, y aunque al inicio les aseguró que se haría cargo de ellos, los meses siguientes fueron difíciles, porque ya no se encontraba seguro de cumplir su oferta debido al temor de que a través de sus parientes solicitantes él fuese identificado y deportado. Esto fue una preocupación más para ellos en Tijuana, puesto que su proceso y su esfuerzo de permanecer en espera dependían del miedo real expresado por su familiar.

Una vez superado temporalmente este temor, luego de hacer todo el procedimiento para la entrevista de miedo creíble y autorizados a continuar el trámite, María Teresa y los suyos se vieron sujetos a la prohibición de trabajar en Estados Unidos. En tal sentido, bajo este marco, las personas y familias son obligadas a generar una carga a sus patrocinadores y un endeudamiento a causa de este sostenimiento, o bien, abrir el camino para que el solicitante tenga que incurrir en esta falta, con lo cual corre el riesgo de que opere en contra del proceso de solicitud. Aunque existen programas sociales de apoyo a su condición, también implícitamente los solicitantes asumen que hacer uso de estos apoyos puede minar sus posibilidades de asilo, en tanto son vistos como una carga para el sistema social estadounidense. Adicionalmente, su familia no era bien vista por la comunidad de migrantes a donde había llegado a vivir, puesto que, para ellos, esta familia atraía la presencia de agentes de migración que antes no merodeaban por allí, así que se convertían en un problema para quienes se encontraban irregularizados.

En este sentido, el gobierno de la migración que circula soterradamente en estos procesos de asilo se sustenta en el sufrimiento, la tortura emocional y material como formas de dominación y sujeción para enfatizar que el Estado no está dispuesto a abandonar esta posición ante el marco legal que le plantea el solicitante. Todas estas acciones buscaron una substracción al solicitante de carácter legal que le otorga esta figura, intentando despojarlo de la protección para poseerlo violentamente, es decir, el desarrollo de un esfuerzo sistemático de sujetarlo a la dominación del Estado.

A MODO DE CIERRE

Las estrategias del gobierno de Donald Trump ante los solicitantes de asilo, tales como el aumento en los tiempos de espera y la creación de la lista, las largas detenciones, las separaciones de familias, la criminalización a las madres por el cruce de niños, niñas y adolescentes no acompañados, el Protocolo de Protección al Migrante, son señaladas como un alejamiento del derecho internacional humanitario. Estas buscaron la negación, el bloqueo y la criminalización de las posibilidades de solicitar asilo, convirtiéndose en una muestra de la forma, ya no soterrada, sino directa de disputar el dominio de fuerzas en la relación que el Estado sostiene frente a los solicitantes.

La incertidumbre permanente se convirtió en una lógica y práctica de disuasión y castigo hacia las personas solicitantes que, en su búsqueda de protección a través de la figura del asilo, revierten la histórica relación de sujeción racializada y excluyente que opera en la política migratoria y de refugio en Estados Unidos. De esta manera, el asilo se convirtió abiertamente en un campo de disputa en la frontera, deteniendo y alargando su proceso, produciendo tensiones, desesperación y miedo, con el ánimo de hacerles desistir del uso de esta figura de protección. Y, una vez ingresado al proceso en Estados Unidos, los procedimientos y disposiciones de los cuerpos y los tiempos de los solicitantes dentro de los centros de detención, las separaciones de familias y la generación de miedo con sus patrocinadores, siguieron apuntando hacia la imposición del castigo para forzarlos a desistir.

A partir de estas estrategias se buscó despojarlos de la posición en tanto sujeto de protección frente al Estado, minando su carácter político y poniendo bajo sospecha el uso de esta figura legal que les ampara. Así que, además de huir de las violencias propias de sus lugares de residencia, los solicitantes de asilo se ven obligados a soportar la violencia institucional de la gobernanza migratoria que transcurre en las disposiciones prácticas cotidianas de la ley de Asilo y las medidas administrativas específicas desarrolladas durante el gobierno de Trump, con el fin de sujetarlos violentamente de nueva cuenta a través de la figura del sujeto ilegalizado.

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2Este artículo se ha beneficiado del apoyo del proyecto “Co-construyendo seguridad humana en México: una metodología y plan de acción de las comunidades hacia el Estado”, financiado por el Fondo de Cooperación Internacional en Ciencia y Tecnología (Foncicyt) y por el Consejo de investigación del Reino Unido a través del Newton Fund. También del National Science Foundation (NSF), Human-Environment and Geographical Science Program Award #1951772.

3El Portal de Datos sobre Migración es una iniciativa en marcha en 2017 por el Centro de Análisis de Datos Mundiales sobre la Migración de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).

4Si bien, Guatemala y El Salvador ya han tenido una historia de refugio y asilo debido a los conflictos de los años ochenta que desplazó a miles de personas, es cierto que su devenir ha construido una historia reciente de migración que los asimila a la noción de migración por pobreza y causas económicas.

5Una de las exigencias en la solicitud del asilo es contar con un patrocinador en Estados Unidos que pueda hacerse cargo de ellos mientras se encuentran en su proceso.

6A razón de los cambios producidos por la introducción de las políticas neoliberales que propiciaron la crisis agrícola, el aumento del mercado y el empleo informal, el desempleo y la expulsión de la población campesina hacia las ciudades y hacia el exterior.

7Nombre del grupo criminal que referenciaron como los autores de la quema y las amenazas.

8Listas informales llevadas en un cuaderno de actas donde se anota el número de turno, el nombre de cada uno de los miembros de la familia y el estado de donde proviene. En 2017 estas listas se mostraban como informales e implementadas por la misma población. Posteriormente en 2020, en conversaciones con informantes clave, se manifestó que estos cuadernos eran suministrados por el Instituto Nacional de Migración de México y controlados por ellos.

9En 2008 se contabilizaba que 56 por ciento de los mexicanos tenían un familiar viviendo en el exterior, de los cuales 97 por ciento estaban radicados en Estados Unidos.

10El refugio es entendido dentro del sistema de Estados Unidos como una forma de protección que se otorga a quienes sufren persecución en razón de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular y por su opinión política, y sean una inquietud humanitaria especial para este país. Para solicitar el estatus de refugiado debe hacerse fuera de EE. UU. Por su parte, el asilo es una forma de protección que se otorga a quienes satisfacen la definición de refugiado, ya sea que se encuentran en Estados Unidos o solicitándolo en una puerta de entrada en la frontera.

11El asilo afirmativo consiste en el proceso que adelantan los extranjeros que ingresaron regularizados que ya se encuentran dentro del país y no tienen un proceso de deportación. Esta solicitud se realiza ante los servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS). Mientras que el asilo defensivo se solicita en procedimientos de deportación y se hace valer como defensa a la deportación frente a un juez de migración.

12Desarrollada durante la administración de Obama para atender a los haitianos y acentuada con Trump, consistió en la conformación de listas de espera en los puertos de entrada que dejaban a las familias por semanas o meses a la espera, limitando el procesamiento de solicitudes de asilo.

13El Protocolo de Protección al Migrante, como se le conoce formalmente a esta política migratoria del gobierno de Trump, también llamado programa “Quédate en México”, obliga a los solicitantes de asilo extranjeros de las Américas, no mexicanos, a esperar en México para las audiencias ante el tribunal de inmigración de Estados Unidos.

14Un eufemismo que reemplaza la idea del ciudadano blanco obediente de las leyes y que evita hacer visible la dominación blanca de quien juzga.

15Una de las cuestiones interesantes en el marco de producción de la ilegalidad es el proceso subjetivo por el cual la persona se asume como tal. Esto se ve reflejado en las conversaciones que permanentemente plantean la entrega por la garita.

Recibido: 21 de Octubre de 2021; Aprobado: 17 de Febrero de 2022

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