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Estudios fronterizos

versión On-line ISSN 2395-9134versión impresa ISSN 0187-6961

Estud. front vol.11 no.21 Mexicali ene./jun. 2010

 

Artículos

 

Cuerpo y biopanoptismo en México a principios del siglo XXI: el Programa de Trabajadores Agrícolas Temporales a Canadá1

 

Bruno Lutz*, Ivonne Vizcarra Bordi** y Verónica Flores Castro***

 

* Sociólogo–antropólogo; profesor–investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana– Xochimilco. Correo electrónico: brunolutz01@yahoo.com.mx

** Antropóloga feminista; profesora–investigadora de la Universidad Autónoma del Estado de México. Correo eléctronico: ivbordi@yahoo.com.mx

*** Becaria del proyecto Cuerpo, pobreza y migración: biopanoptismo y resistencias en el caso de los inmigrantes mazahuas a EU y Canadá.

 

Artículo recibido en mayo de 2009
Segunda versión recibida en diciembre de 2009
Artículo aprobado en enero de 2010

 

Resumen

Desde la firma de un convenio bilateral en 1974, México envía jornaleros agrícolas temporales para trabajar en granjas canadienses. El paulatino endurecimiento de los criterios para seleccionar a las y los trabajadores rurales a petición del gobierno canadiense, aunado a la aplicación de los mismos por la Secretaría del Trabajo en México y su interpretación discrecional en cada oficina de reclutamiento en los estados de la República, convergen hacia la constitución de un biopanoptismo de los candidatos a la emigración. Esta red institucional de vigilancia, control y sometimiento del cuerpo de los trabajadores se extiende durante toda su estancia laboral fuera del país y sigue hasta su regreso en México.

Palabras claves: Canadá, contrato, cuerpo, migración, programa, salud.

 

Abstract

From the signature of a bilateral agreement in 1974, Mexico sends temporary agricultural workers in Canadian farms. The gradual hardening of the rules to select rural workers at the request of the Canadian government, combined to the application of the same by the Secretary of Work in Mexico and its discretionary interpretation in each office of recruitment in the states of the Republic, converge towards the constitution of a biopanoptism of the candidates to the emigration. This institutional network of monitoring, control and submission of the body of the workers extends during all their labor stay abroad and follows until its return in Mexico.

Keywords: Canada, contract, body migration, program, health.

 

Introducción

Las estrategias gubernamentales para mejorar las condiciones de vida de las familias rurales de bajos recursos contemplan, desde hace ya varias décadas, ofrecer diferentes tipos de ayuda a los sectores prioritarios de la población, siendo los jornaleros agrícolas uno de ellos. En la Ley de Desarrollo Rural Sustentable entrada en vigor en el año 2001, se puede leer lo siguiente: "Para la atención de grupos vulnerables vinculados con el sector agropecuario [...] se formularán y pondrán en práctica [...] programas de empleo temporal que atiendan la estacionalidad de los ingresos de las familias campesinas" (Art.164). Un tipo de apoyo que el Estado dice brindar a los trabajadores del campo es precisamente empleos temporales, con el argumento de que este tipo de actividad precaria con una duración limitada, se adapta mejor al modo de vida de este sector de la población. El Acuerdo Nacional para el Campo firmado en 2003 estipula que: "...se fortalecerá el Programa de Empleo Temporal a cargo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), de forma que los jornaleros cuenten con una opción adicional de ingreso.", y en otro artículo del mismo documento se afirma que se fortalecerá y ampliará la cobertura del Programa de Atención a Jornaleros (Art. 29 y 174). El Estado –con la anuencia de los dirigentes campesinos firmantes de los acuerdos derivados de esta ley– pretende renovar el programa de empleo temporal para los campesinos con el propósito de atender a más "clientes".2 De manera general, las instituciones gubernamentales fungen como gabinetes de reclutamiento y agencias de colocación al servicio de los empresarios contratantes con el objetivo oficial de combatir a la pobreza.

En la actualidad, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) es la agencia gubernamental que establece las reglas por las cuales los pobres rurales pasarán a ser visibilizados como subempleados temporales. Dentro de los Programas de Servicio Nacional de Empleo de la STPS se destaca el Programa de Trabajadores Agrícolas Temporales a Canadá (PTAT),3 el único programa de empleo temporal en el extranjero que conduce directamente el gobierno mexicano (Mueller, 2005), ya que el programa de trabajadores huéspedes a Estados Unidos con la visa H2A y H2B está a cargo de las autoridades del país receptor. Si bien el gobierno mexicano ha manifestado reiteradamente su voluntad para abrir el mercado laboral de sus dos socios del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN),4 en los hechos siguen operando solamente los dos programas mencionados.

Desde la Presidencia de la República hasta funcionarios subordinados de la STPS, considerando al personal diplomático en Canadá, legisladores mexicanos y algunos académicos, el PTAT es un programa ejemplar, que debiera servir de modelo a un posible acuerdo migratorio con Estados Unidos (cf. Verduzco, 1999; Caso, 2002; Fernández, 2005).5 Según ellos, son varias las razones de su éxito: en primer lugar, su evidencia en cifras sobre la satisfacción de la demanda de trabajadores agrícolas temporales por parte de los patrones canadienses que se observa en el incremento anual de trabajadores al programa; en segundo lugar, por la existencia de un marco jurídico–legal que permite un estricto control del flujo migratorio y una total vigilancia de los migrantes mexicanos; y en tercero, porque el regreso año tras año a las misma granjas canadienses de más de la mitad de los jornaleros agrícolas contratados (los nominales) resulta ser la prueba social del éxito. En contraparte a este entusiasmo, sostenemos que los argumentos de los defensores de las virtudes del PTAT buscan ocultar las tragedias laborales y negar los sufrimientos de los trabajadores provocados por esas mismas estrategias de disciplinamiento, control y sanción institucionales. Para fundamentar esta postura, proponemos examinar en el presente artículo los mecanismos de control de corte administrativo diseñados para seleccionar la mano de obra.6

Se parte de la idea de que el proceso de selección despliega dos tipos de discursos sobre el cuerpo. Uno que exige la sumisión de los jornaleros a las reglas impuestas por el gobierno debido a que se les presenta la oportunidad laboral en Canadá como un favor que se les está concediendo. El agradecimiento tiene a la vez su parte de obligatoriedad y obediencia a las reglas del mercado laboral suscritas, mercado cuyos puestos ofertados por los empresarios canadienses son precarios al someterse a un sistema de explotación ilegal en el mismo país. El otro discurso proviene de las autoridades mexicanas en torno a la construcción de un modelo de jornalero integrante del PTAT, estereotipo que remite a una histórica estigmatización de los campesinos por parte de la población urbana, cuya persistente discriminación de clase alimenta una concepción neoliberal del pobre y su (sub)desarrollo.

Ahora bien, nuestra perspectiva de análisis retoma elementos teóricos del materialismo simbólico de Bourdieu (2002), principalmente en lo que concierne a los mecanismos de dominación de clase:

La dominación no es mero efecto de la acción ejercida por un conjunto de agentes ("la clase dominante") investidos de poderes de coacción sino el efecto indirecto de un conjunto complejo de acciones que se engendran en la red de las coacciones cruzadas a las que cada uno de los dominantes, dominado de este modo por la estructura del campo a través del cual se ejerce la dominación, está sometido por parte de todos los demás (Bourdieu, 2002:51).

En el presente estudio consideraremos, junto con Bourdieu, que las formas de dominación social y económica alcanzan un mismo objetivo pero tomando vías diversas. Foucault y Bourdieu comparten la idea de que las representaciones y los discursos (en un sentido amplio) son instrumentos privilegiados para determinar socialmente y codificar simbólicamente las distinciones entre los individuos. La existencia de principios no–dichos de diferenciación social legitima la jerarquización de las conductas y el control de los cuerpos. Al respecto, Foucault ha mostrado en sus obras sobre el encierro, la locura y la sexualidad que el cuerpo de los sujetos está atravesado por una serie compleja y heterogénea de discursos que, en su conjunto, logran transformarlo y disciplinarlo (Turner, 1989:196–216; Le Breton, 2004). Para el filósofo francés el cuerpo y sus extensiones (gestos, modales, etc.) es el espacio vivo donde se teje la red de condicionantes y coerciones (Foucault, 1994a, 1994b). En nuestro trabajo sobre el control de los emigrantes a Canadá, rescatamos los conceptos foucaultianos de biopolítica y biopoder: el primero concierne más específicamente a los dispositivos de sometimiento de los cuerpos de los individuos mientras el segundo se refiere a las técnicas empleadas para vigilar y ordenar a los cuerpos. En otras palabras, la biopolítica remite a la batería de medidas institucionales que buscan vigilar y castigar el cuerpo humano–especie, mientras el biopoder se refiere a los discursos y prácticas que apuntan hacia el disciplinamiento y sometimiento del cuerpo físico, persona/cuerpo (Foucault, 2000:219–220). Es menester precisar que esta concomitancia, de la cual no están exentas divergencias ni iniciativas marginales, es el resultado de la orientación general de múltiples códigos institucionales de conducta que obedecen a un orden social dominante y preestablecido. En el presente trabajo se empleará la noción de biopanoptismo para designar los dispositivos de biopolítica y biopoder que, desde un ámbito determinado (institucional, cotidiano, jurídico, etc.), convergen hacia el control total de los sujetos. Aunque pueda ser considerado como un "fenómeno institucional total", el biopanoptismo implica tensiones, resistencias y conflictos entre sus promotores y quienes los sujetos sobre los cuales los dispositivos de control se ejercen.

En cuanto a la metodología, hicimos uso de una doble etnografía: institucional y clásica. La primera nos permitió ver y comprender la lógica administrativa a la luz del actuar de los funcionarios encargados de los programas de atención a migrantes. Asimismo, se llevaron a cabo varias entrevistas con funcionarios y funcionarias del gobierno del Estado de México vinculados con la problemática de la inmigración y en particular de la emigración temporal en Canadá. Nuestra presencia en las oficinas estatales de la Secretaría del Trabajo nos permitió observar cómo eran atendidos los candidatos para el PTAC. La etnografía institucional nos permitió contextualizar y analizar los discursos dentro de los cuales se establecen las relaciones entre al menos dos y habitualmente más sujetos (instituciones), conscientes y políticamente significantes en las intervenciones y entre los arreglos institucionales, para resolver los problemas socialmente construidos (cf. Vizcarra, 2007). Para la etnografía clásica y el trabajo de campo, se realizaron entre 2005 y 2006 más de una decena de entrevistas con pobladores de ambos sexos en el pueblo mexiquense de San Francisco Tepeolulco del municipio de Temascalcingo, Estado de México. Esta comunidad de origen indígena mazahua se ha caracterizado por ser expulsora de mano de obra al norte del país, Estados Unidos y Canadá por más de cinco décadas (Arizpe, 1975; Lutz et al., 2007). Es importante señalar que en este estudio no se buscó diferenciar el trato institucional (y patronal) dado a los campesinos mestizos y los campesinos indígenas debido a que: 1) no existen estadísticas sobre el origen étnico de los trabajadores mexicanos del ptac; 2) los trabajadores son enviados de manera aleatoria a las granjas canadienses con el propósito de conformar equipos mixtos e impedir todo tipo de reagrupamiento comunitario o étnico potencialmente subversivo; y 3) existen a priori pocas diferencias entre el perfil de un campesino mestizo y un campesino indígena oriundos de la misma región, diferencias que los criterios de ingreso al PTAC tienden a reducir aún más. Asimismo, por las razones anteriormente mencionadas, no se investigó el posible fomento y uso administrativo de las diferencias étnicas de los trabajadores mexicanos enviados a Canadá.

Finalmente, además de completar nuestra información sobre el PTAT , con fuentes biblio y hemerográficas, artículos periodísticos y sitios de Internet, recurrimos a elementos informativos y de contenidos en películas documentales, porque consideramos que algunos testimonios y escenas allí presentadas podían reforzar útilmente nuestra línea argumentativa.

 

Selección de los aspirantes

El Programa de Trabajadores Agrícolas Temporales en Canadá es un acuerdo entre los gobiernos de México y Canadá, renovado periódicamente, para proporcionar mano de obra estacional a agroempresarios canadienses o propietarios de granjas llamadas por los mismos trabajadores "farmas". El mismo programa opera con países anglófonos expulsores de migrantes como Jamaica y los países del Caribe, pero también y más recientemente con Guatemala. Fue en 1974 cuando se enviaron los primeros 203 jornaleros agrícolas mexicanos a "farmas" canadienses. El número de trabajadores temporales fue incrementándose progresivamente hasta alcanzar 14 288 en 2007. Los jornaleros mexicanos son solicitados para laborar en granjas agrícolas en las provincias de Ontario, Québec y Manitoba principalmente, para trabajar allí entre seis semanas y ocho meses.7 Del total de trabajadores solicitados anualmente, apenas entre 3 y 4% son mujeres, ya que se las requiere casi exclusivamente para realizar labores especializadas como la cosecha de fresas (Becerril, 2003). El requerimiento de los trabajadores extranjeros por parte de los patrones canadienses para el año siguiente es transmitido a los gobiernos de los países del sur concernidos para que éstos a su vez se encarguen de la selección y tener los jornaleros listos para el inicio de la siguiente temporada (entrada la primavera). En México, los responsables de la Secretaría del Trabajo toman la decisión de seleccionar 10% más del número de trabajadores agrícolas formalmente solicitados con el objetivo de poder "responder a cualquier contratiempo" o nueva exigencia por parte de los empleadores canadienses.

En suma, la STPS subdivide la categoría de integrantes del PTAT en las siguientes sub–categorías: 1) los aspirantes o candidatos, 2) los seleccionados, y 3) los que son efectivamente enviados a Canadá: distinguiendo quienes son mandados por primera vez, quienes van a laborar con un nuevo patrón, y finalmente quienes son solicitados por el patrón para volver a trabajar en la misma granja en la siguiente temporada (los nominales).8

Cabe señalar que existe una triple competencia entre diferentes agentes colectivos interesados en enviar más jornaleros a laborar fuera de su lugar de origen. Un primer nivel se sitúa entre los países del "Sur" que han firmado un convenio con el gobierno canadiense y la poderosa organización patronal FARMERS , quienes han perfeccionado tácticas de negociación para disminuir los costos y prestaciones para contratar a trabajadores del "Sur", agudizando la competencia entre los países participantes en el programa (Binford, 2006; Vanegas, 2003). Un segundo nivel de competencia es entre las diferentes entidades federativas de un mismo país. Según la responsable del PTAT en el Estado de México, el número de obreros agrícolas que se atribuye cada año a los estados es una decisión unilateral que se toma en las oficinas centrales de la STPS.9 Empero, las estadísticas tienden a mostrar que hasta el momento se ha privilegiado el reclutamiento de jornaleros agrícolas en las regiones circunvecinas al Distrito Federal (Morelos, Tlaxcala, Puebla, Hidalgo, Querétaro y el Estado de México), aunque desde algunos años se han incorporado paulatinamente campesinos provenientes de otras entidades federativas como Oaxaca y Veracruz. Un tercer nivel donde se ejerce una competencia para enviar trabajadores a Canadá se da entre los municipios de una misma entidad federativa. En el caso del Estado de México, por ejemplo, entre 2002 y 2006 únicamente 93 de los 125 municipios han tenido algún obrero agrícola efectivamente enviado a Canadá mediante el PTAT, y de estos 93 municipios 20 concentran 71.15% del total de salidas (figura 1).

En suma, estas tres formas de competencia indican que la colocación de los trabajadores agrícolas es un asunto económico pero también un asunto político de negociación y gestión entre los diferentes agentes institucionales interesados. El hecho de que alrededor del 40% del total de los jornaleros enviad os a Canadá no sea nominal –es decir, no sea solicitado por su nombre por un patrón canadiense para volver a laborar en la misma "farma"– alimenta esta competencia entre los países, las regiones y los municipios. Incluso es posible agregar que existe una cuarta forma de competencia: una competencia entre los mismos trabajadores agrícolas para cumplir cabalmente las órdenes de su patrón con el propósito de ser bien vistos por él y tener la posibilidad de convertirse en trabajadores nominal para la siguiente temporada. Al respecto, una mujer mazahua cuyos cuñados fueron a trabajar a Canadá nos dijo:

Ahí [en Canadá], según lo que me comentan, es que sí regresan con el mismo patrón. Pero el patrón se fija en que le echan ganas, los vuelven a solicitar para el siguiente año. Y si no le echan ganas o no quieren trabajar o se ponen flojos ya no los solicita. Solicitan a otras personas. Creo que los patrones van viendo quiénes están trabajando y los van pidiendo. Eso es lo que quieren.10

Esta cuarta forma de competencia es ciertamente la que mejores resultados da al empleador ya que se eleva la productividad sin recurrir a métodos coercitivos o ilegales. En cuanto arriban los trabajadores a las "farmas", los patrones aclaran las reglas de comportamiento dentro del área de trabajo, puntualizándoles que al final de la temporada únicamente quienes tuvieron el mejor desempeño serán solicitados de nuevo.11

Desde la creación del PTAT, el número y la precisión de los requisitos generales para poder postularse como candidato se han modificado debido a tres factores: 1) las exigencias renovadas de los patrones canadienses; 2) la voluntad del gobierno mexicano de disminuir el número de repatriaciones anuales; y 3) las denuncias de académicos y organizaciones de la sociedad civil canadiense respecto a la violación a los derechos de los trabajadores agrícolas extranjeros en las "farmas" canadienses. La renegociación trianual del PTAT entre los gobiernos de Canadá y México permite a ambas partes intentar redefinir ciertas cláusulas del acuerdo con el fin de buscar obtener condiciones más ventajosas (cf. infra) y también mejorar la imagen del PTAT hacia el exterior.

Aunado a la evolución histórica de las reglas contractuales, existen diferentes versiones oficiales de los requisitos básicos que deben cubrir los candidatos. El examen pormenorizado de estas diferencias es susceptible de darnos valiosas indicaciones en cuanto a las formas de control de los cuerpos y de las conductas.

En este tenor, el Consulado General de México en Ontario (Canadá) da a conocer los siguientes requerimientos: a) ser campesino, jornalero o que su ocupación actual se relacione con la agricultura; b) vivir en zona rural; c) tener entre 22 y 45 años de edad; d) ser hombres y mujeres casados o que vivan en unión libre, y preferentemente con hijos (podrán ser candidatos también los solteros que demuestren tener dependientes económicos); y e) contar con una escolaridad mínima de tercero de primaria y máxima de tercero de secundaria.12 Pero por su parte la STPS divulga otros requisitos que los aspirantes deben cumplir:

Tener una escolaridad máxima de primero de preparatoria; acreditar que su cónyuge no pertenece al programa, presentar los siguientes documentos en original y copia: credencial de elector del candidato y del beneficiario, acta de matrimonio o constancia de concubinato (si vive en unión libre), y actas de nacimiento del candidato, de sus dependientes económicos y beneficiario.

Diferenciando las categorías de aspirantes y seleccionados, la STPS indica que los segundos deben además poseer

[...] una constancia de no antecedentes penales reciente, con fotografía cancelada y sello de la institución; pasaporte vigente, por lo menos al 15 de diciembre del año en que solicitó su incorporación al Programa; cuatro fotografías tamaño pasaporte; presentar diagnóstico médico de los Centros de Salud autorizados por el Gobierno de Canadá, con el dictamen "apto para trabajar en Canadá".

Promoviendo el PTAT como programa de calidad, la STPS enuncia además de lo anterior una larga lista de responsabilidades del ciudadano quien, en este caso, es el trabajador agrícola enviado a Canadá (cf. supra). Por otro lado, en un documento de análisis del PTAT de la Cámara de Diputados del año 2007, además de los requisitos anteriormente señalados se hace referencia a "gozar de buena salud física" así como "ser campesino, jornalero o que su ocupación se relacione con la agricultura. En el caso de los apicultores, se debe contar con conocimientos técnicos y experiencia mínima de cinco años. En el Programa también participan mujeres, preferentemente con experiencia en la cosecha de fresa". Respecto a la escolaridad, se agrega que se aceptan candidatos que tengan "hasta carrera técnica agropecuaria y/o especialidad en apicultura" (Trejo et al., 2007). Finalmente, los requisitos solicitados por la Secretaría del Trabajo del Estado de México son los mismos que los del Consulado Mexicano, a excepción de que se debe de presentar la precartilla o cartilla del servicio militar y haber cursado como máximo el primer año de preparatoria.13

Estas distintas versiones oficiales muestran que el número y la naturaleza de los requisitos básicos para ser aspirante al PTAT varían de manera significativa. La ausencia de uniformidad en cuanto a los requisitos formales se debe a priori a las divergencias en cuanto a la interpretación del espíritu del acuerdo binacional vigente, los intereses específicos de cada institución y también al grado de incorporación formal de requisitos adicionales –con el propósito de endurecer el primer filtro de aspirantes–. Siendo un programa interinstitucional (cinco secretarías están involucradas) con ramificaciones en las dependencias federativas a través de los 148 Módulos del Servicio Estatal de Empleo de la STPS,14 el Programa de Trabajadores Agrícolas Temporales a Canadá es presentado como un programa virtuoso que ofrece oportunidades laborales a los desempleados del campo, permite a los campesinos recibir una capacitación y también contribuye en aliviar la pobreza, todo dentro de un marco legal debidamente establecido. Pero al margen de estas pretendidas bondades a las cuales debe agregarse el hecho real de satisfacer la demanda de mano de obra especializada, disciplinada y barata por parte de los patrones canadienses, se despliega y opera una serie de técnicas de vigilancia, control y disciplinamiento de los cuerpos tanto de los aspirantes como de quienes son efectivamente enviados a Canadá. De hecho, la complejidad de los mecanismos burocráticos de selección y envío de los trabajadores refleja este grado de control. En un diagrama explicativo del modus operandi del SAEMLE (Sistema de Apoyos Económicos a la Movilidad Laboral al Exterior) para otorgar un apoyo a los trabajadores de primer ingreso en el PTAT , se detallan 17 operaciones repartidas en 10 niveles (Sedesol, 2004:9).

Una vez llenos los requisitos formales, el aspirante debe someterse a un interrogatorio, generalmente severo, en las oficinas regionales de la STPS.15 Su propósito es certificar la veracidad de la situación del candidato para conservar únicamente los mejores elementos. En las oficinas de la STPS de la ciudad de Toluca, se les aplica de manera sistemática un exhaustivo cuestionario cuyas respuestas son archivadas electrónicamente. Se rechazan las solicitudes de quienes hayan sido policía, militar o guardia de seguridad, con el argumento de que tienen una experiencia en el manejo de armas de fuego. Además, la licenciada en psicología encargada de entrevistar a los aspirantes los examina visualmente, revisa sus dientes ("para ver si no están picados") y escrudiña sus manos ("con grietas: son albañiles; con callos: son campesinos").16 De esta forma se busca obtener las mejores garantías sobre la idoneidad del postulante al margen de consideraciones éticas y profesionales. Estos procedimientos no codificados operan como un filtro intermedio entre los requisitos básicos exigidos y la certificación médica. El filtro del interrogatorio es el resultado de una sobredemanda frente a la limitada oferta de plazas, pero es también la consecuencia de una racionalización de los procedimientos administrativos para conseguir una disminución de los costos de operación. Más precisamente, las autoridades federales buscan reducir el número anual de repatriados el cual, además de tener un costo económico y administrativo, tiende a dañar la imagen del gobierno mexicano frente a los patrones canadienses.17 Sin embargo, es posible detectar en las técnicas del interrogatorio a los aspirantes en la oficina central de la STPS del Estado de México, la libre aplicación de principios de discriminación raciales (una parte de los aspirantes es de origen indígena) y de clase (todos son campesinos de muy bajos recursos). Asimismo, la invención de estos micro–dispositivos de poder –hacerles muchas preguntas para ver si no se contradicen y si no infringen reglas no dichas arbitrariamente impuestas–, archivar electrónicamente su expediente y examinar visualmente la palma de sus manos, se encuentra en la confluencia de intereses administrativos, consideraciones económicas y prejuicios culturales. En este sentido, el aspirante al PTAT es primeramente sospechoso de fraude (con su documentación) y luego sospechoso de mentir (en sus aseveraciones); es decir, es sospechoso de no ser quien pretende ser. Si pasa la prueba de este proceso, podrá entonces someterse a una nueva prueba: los exámenes médicos.

Precisamente, los exámenes médicos de los aspirantes fueron cobrando más importancia en el transcurso de los años. Así, la parte canadiense del PTAT inició en 1995 el Proyecto Piloto "Ultramar" para la reducción de sus costos administrativos el cual descansaba esencialmente en aumentar las obligaciones de sus contrapartes en torno a la certificación médica de los trabajadores, así como centralizar en Puerto España, Isla de Trinidad, los expedientes clínicos de todos los países participantes, de los cuales se revisa una muestra control del 10%. En el documento final de la Auditoría Superior de la Federación del año 2000, se puede leer:

Con los trabajos de auditoría se precisó que los trabajadores mexicanos enviados a Canadá en el periodo 1998–2000 cumplieron con los requisitos de salud canadienses, ya que los exámenes médicos practicados en los centros de salud de la Jurisdicción Sanitaria Cuauhtémoc en el Distrito Federal mostraron que los trabajadores se encontraban aptos para laborar en las granjas canadienses. Los exámenes médicos se orientaron principalmente a detectar que los trabajadores no presentaran indicios de tuberculosis, hernias o enfermedades venéreas; problemas de la columna vertebral, odontológicos o de la vista; y, en el caso de las mujeres, que no estuvieran embarazadas.18

Si bien en este documento oficial pueden encontrarse detalles de algunas patologías rastreadas –aunque no se menciona ni al VIH–Sida ni a la diabetes ni a la epilepsia, por ejemplo–, es sumamente difícil obtener una información más detallada. Así, la asesora especial de la Oficina Regional de Empleo de la STPS en el Estado de México, por ejemplo, se limitó a decirnos que "son análisis generales: sangre, orina, excretas y radiografías cefálicas y torácicas y de miembros (brazos y piernas)".19 El costo del traslado y de los exámenes médicos (alrededor de 500 pesos) debe ser pagado por el aspirante, sin que se tenga la garantía plena de ser enviado a trabajar en una "farma" canadiense.

No obstante el extremo cuidado de la selección de los trabajadores, en 2001 se detectó una persona con problema de tuberculosis activa en Québec, por lo que el gobierno canadiense endureció su política de revisión médica para la autorización de una visa de trabajo temporal. Como consecuencia directa de esta decisión, en México la Secretaría de Salubridad y Asistencia (SSA) aumentó el número de análisis y exámenes médicos de los aspirantes al PTAT, al mismo tiempo que descentralizó los exámenes médicos. Dentro de las ventajas que presenta este incremento de los centros hospitalarios acreditados en provincia, la SSA avanza en un "mayor control y seguimiento médico de los trabajadores, a fin de lograr una reducción en los casos de repatriación por enfermedad" y la "posibilidad de llevar un seguimiento médico del estado de salud del trabajador a su regreso".20

El primer argumento de tipo económico responde a la misma lógica que legitima un interrogatorio exhaustivo de los aspirantes en las oficinas de la STPS , ya que en el acuerdo del PTAT el gobierno mexicano es el que debe asumir el costo de las repatriaciones de los trabajadores enfermos. El segundo argumento se refiere directamente a otro programa interinstitucional, "Vete sano, regresa sano", el cual contempla la vigilancia de la salud de los migrantes antes de su salida del país y a su regreso.21 Quienes vuelven a laborar en una "farma" canadiense el año siguiente deben someterse a nuevos exámenes médicos y pagar su costo.

A partir de septiembre de 2003, cuando por primera vez un trabajador agrícola entra en el PTAT, éste puede beneficiarse de un apoyo económico único otorgado a través del SAEMLE de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), el cual reembolsa una parte de sus gastos, incluyendo los gastos médicos. Pero ninguno de los aspirantes al PTAT que fracasa en una de las etapas del reclutamiento ni tampoco los que son reclutados pero no enviados a Canadá22 pueden pretender recibir este apoyo, aunque hayan gastado una cantidad significativa de dinero y de tiempo. Además, la propia STPS , en una evaluación del impacto del SAEMLE, señala que no todos los trabajadores reclutados cumplían con los requisitos (sic) y que "por diversas circunstancias, no siempre se otorga el monto completo" de los tres mil pesos (STPS, 2004). En lo que concierne a los trabajadores nominales, ellos deben pagar, cada año, sus llamadas telefónicas, sus traslados a las oficinas de la STPS y de la SSA , su pasaporte, visa de trabajo y el costo de los exámenes médicos.23 La aleatoriedad y la tardanza de los trámites para poder participar en el PTAT desaniman a muchos jornaleros interesados. La STPS reconoce que en 2004 únicamente 56% del total de jornaleros que habían sido seleccionados fue efectivamente enviado a Canadá. De hecho, en el mismo documento se recomienda que se debe "insistir ante el gobierno de Canadá sobre la importancia de agilizar el otorgamiento del certificado de salud y la visa, para disminuir la deserción en el proceso de selección y asignación, incrementar el porcentaje de jornaleros colocados y satisfacer oportunamente la demanda de los granjeros canadienses" (STPS, 2004).

En suma, puede afirmarse que los criterios de selección de los jornaleros para ingresar en el PTAT son libremente determinados por el gobierno mexicano y formalmente establecidos. Empero existe un amplio margen de interpretación de éstos por parte de los funcionarios públicos encargados del reclutamiento. Lo mencionado anteriormente permite que en las oficinas centrales de la STPS del Estado de México se llegue a revisar hasta las palmas de las manos y dientes de los candidatos. La recepción (o no) de la documentación, la aplicación arbitraria de un interrogatorio y la realización de exámenes médicos completos son micro–dispositivos de poder que funcionan dentro del marco burocrático biopanóptico de un control óptimo de los cuerpos de los trabajadores. Este proceso creciente de racionalización de la vigilancia, control y castigo de los administrados puede apreciarse con el frecuente empleo, en los documentos oficiales, de expresiones como "tasa de colocación" y "tasa de regreso anticipado", lo cual da cuenta del proceso de matematización de los solicitantes, de sus expedientes, experiencias, respuestas, aptitudes y destino laboral. En cuanto a las estadísticas, abrigan la fórmula de la eficacia simbólica y económica de la discriminación de los aspirantes.

 

Disciplina y autocuidado en las "farmas" canadienses

La política de control de los emigrantes a Canadá no se reduce a los criterios de selección y elección de las y los trabajadores temporales, sino que cubre también el periodo durante el cual laboran así como su regreso a México. Desde una perspectiva paternalista pero con innegables prejuicios clasistas, la STPS informa a los jornaleros que "la buena imagen es importante para su empleador y el viaje es largo; un buen baño antes de salir de casa, un corte de pelo, ropa limpia y cómoda hacen el trayecto más confortable". Lo que desean las autoridades mexicanas es que sus connacionales tengan una buena presentación ante las autoridades canadienses y los patrones. En ese mismo tenor, se pide al trabajador no presentarse con aliento alcohólico en el aeropuerto, pero al mismo tiempo "si lo desea, puede llevar un presente tal y como artesanías o botellas de licor totalmente cerradas". Es decir, por una parte se les recomienda abstenerse de tomar alcohol antes y durante el vuelo, pero al mismo tiempo se les indica que sería grato si pudieran regalar una botella de alcohol a su patrón. Esta situación aparentemente contradictoria puede explicarse con cierta facilidad a partir del manejo de un doble estereotipo: el campesino mexicano toma alcohol de manera inmoderada sin consideración ni de hora ni de lugar, mientras que los extranjeros, empresarios supuestamente cultos y siempre con buenos modales, son capaces de apreciar un licor proveniente de otra región del mundo. En otras palabras, los primeros se emborrachan, los segundos saborean.

Dentro del mismo tríptico titulado Recomendaciones básicas, la STPS insta a cada trabajador a llevar en su maleta un par de botas de trabajo y una faja para protegerse, así como medicamentos de uso general y latas de comida por si al llegar "el empleador no alcance a llevarlo a comprar su despensa". Nuevamente puede apreciarse la posición de subordinado servil y autosuficiente que se da a las y los jornaleros agrícolas porque, según el convenio firmado entre Canadá y México, el patrón tiene la obligación de proporcionar el equipo de trabajo y permitir a los enfermos ser atendidos por médicos, y durante el trayecto entre el aeropuerto (Ontario o Montreal) y la "farma" el patrón o chofer del autobús pasar obligatoriamente por zonas urbanas donde haya tiendas de abarrotes y supermercados. Todavía con esa paternal magnanimidad que hace del consejo un aviso, y del aviso una obligación, la STPS recomienda al trabajador que una vez en la granja, debe tomar agua regularmente para "evitar el agotamiento", y en los días de descanso no debe abusar de las bebidas alcohólicas y debe hacer ejercicio para mantenerse en forma (sic). En realidad, las entrevistas a los jornaleros indican que los frecuentes problemas de infección de las vías urinarias provienen del hecho de que la mayoría de los patrones canadienses no permiten a sus trabajadores ir al baño ni descansar más de 10 minutos seguidos aun cuando éstos laboran en aisladas y grandes extensiones de terreno donde no hay sanitarios (Basok, 2003b). Ciertamente, el agua no impide el agotamiento físico de quienes tienen que trabajar entre 10 y 15 horas diarias con una sola tarde, la del domingo, como descanso semanal.24 El realizar ejercicios físicos para mantenerse en forma entre dos extenuantes semanas de trabajo y el abstenerse de tomar alcohol son consejos que buscan fomentar en el jornalero una nueva cultura del cuerpo, de su respeto y cuidado. Esta visión institucional que puede denominarse "hedonismo para los pobres" retoma prejuicios clasistas que se manifestaban ya en los discursos oficiales desde finales del siglo XIX, pero sobre todo en las décadas de los veinte a los cuarenta del siglo XX, periodo durante el cual se buscaba luchar en contra del ocio –que era sinónimo de vicio– de las clases trabajadoras, vigilando y organizando sus actividades recreativas.

Además de arrastrar estereotipos del pasado, esta perspectiva gubernamental se esfuerza por dibujar la imagen de un trabajador experimentado, honesto, informado, disciplinado, precavido, obediente, aguantador, pulcro, abstinente y casto (la STPS le brinda también información y consejos sobre la prevención de enfermedades sexuales). Es esta imagen de jornalero modelo, mano de obra ejemplar y con "calidad de exportación", que se esculpe en los trípticos y recomendaciones oficiales. Sus derechos son obligaciones, y sus obligaciones son escalones de méritos para trabajar. Al respecto, puede leerse esta lista de "responsabilidades del ciudadano" (sic) que publica la STPS en su página de Internet:

Acudir personal y puntualmente a cada una de sus citas; Presentar en forma completa y veraz los requisitos y documentos solicitados; Cuidar y proteger los documentos que le son entregados para el traslado, estancia laboral y regreso de Canadá; Atender las indicaciones que le sean dadas por el personal que lo atiende; Pasaporte vigente por lo menos al 15 de diciembre del año en que saldrá a trabajar a Canadá; Deducciones exigidas al EMPLEADOR por la Ley Canadiense; Notificar al empleador y al AGENTE GUBERNAMENTAL, dentro de las 48 horas siguientes, las lesiones sufridas que requieran atención médica; Cumplir el contrato asignado en el lugar que el EMPLEADOR, con la aprobación del AGENTE GUBERNAMENTAL, asigne; Trabajar bajo la supervisión y dirección del EMPLEADOR, realizando las tareas agrícolas que le soliciten; Cumplir las reglas establecidas por el EMPLEADOR, relacionadas con la seguridad, disciplina, cuidado y mantenimiento de la propiedad; Regresar a México una vez terminado su acuerdo de trabajo autorizado; Presentar oportunamente su Reporte de Retorno al regreso de Canadá.25

Cabe resaltar que en el documento antes citado se sustituye la categoría de "trabajador agrícola a Canadá" por la de "ciudadano", lo cual permite inferir que lo que se describe es una conducta modelo, es decir, las acciones idóneas que debe realizar cualquier persona cuando es beneficiaria de un programa gubernamental. El participar en el PTAT es enseñado como una rara oportunidad, como una distinción simbólica que implica obligaciones. La serie anteriormente citada de obligaciones cubre desde la fase de selección hasta el regreso del trabajador a México.

Cuando el jornalero termina su estancia laboral en Canadá, debe entregar en las oficinas de la STPS en México una carta sellada en la cual su patrón juzga bien o mal sus modales y su desempeño personal y profesional.26 El secreto (de los resultados de los exámenes médicos y, en ese caso, de la opinión del patrón sobre cada uno de sus trabajadores) refuerza los dispositivos de vigilancia y control de la población laboral migrante: no solamente el jornalero del PTAT es mantenido desinformado respecto a su salud física y su desempeño laboral, sino que es administrado, clasificado, archivado y conocido a través de su número de expediente.27

Además del hecho de que se incrementa año con año el número de jornaleros mexicanos enviados a las "farmas" canadienses, las críticas contra los representantes del gobierno mexicano por su desatención de los trabajadores del PTAT han obligado a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) a aumentar el personal dedicado al seguimiento de las peticiones por parte de la población laboral. Con el afán de mejorar sensiblemente la situación de los más de 14 mil jornaleros agrícolas que laboran anualmente en las "farmas" canadienses, el gobierno mexicano cuenta con agentes consulares de la Embajada y los Consulados Generales de Toronto, Montreal y Vancouver. En el 2003 se abrió una agencia consular en Calgary que también auxilia en la operación del PTAT , y en febrero de 2005 el gobierno de México abrió otra agencia en Leamington, Ontario, donde se concentra la gran mayoría de los trabajadores del programa.28 La asignación de un agente en cada uno de los consulados mexicanos en Canadá para hacerse cargo de la operación del PTAT es ampliamente insuficiente y no permite más que una supervisión general y distante de las diferentes situaciones que se presentan (Preibisch, 2003). Suelen surgir conflictos con el patrón por maltrato y violación de las reglas del convenio, enfermedades, accidentes de trabajo e incluso decesos de jornaleros mexicanos en "fariñas" canadienses. Los problemas relacionados con la salud aparecen como un factor central en las quejas expresadas, por lo que es menester examinar detalladamente qué tipo de seguro médico beneficia a los trabajadores, su costo, cobertura y sus modalidades de operación.

El 27 de abril de 1995, México y Canadá firmaron un convenio sobre Seguridad Social que reglamenta la Ley de Seguro de Vejez y el Régimen de Pensiones de Canadá –"El presente convenio se aplicará a cualquier persona que esté o haya estado sujeta a la legislación de México o Canadá..." (Art. 3)–. Sin embargo, los jornaleros mexicanos del PTAT que cotizan en el Seguro Social son excluidos del convenio binacional sobre Seguro Social aunque éste se extiende a "cualquier persona".29 Los trabajadores enviados a Canadá están asegurados exclusivamente a través del contrato que firman con su patrón, pero la inmensa mayoría carece de información sobre sus derechos, por lo que la STPS edita trípticos en los cuales se les informa cómo deben usar los pesticidas, y se les da una serie de recomendaciones generales sobre cómo prevenir los accidentes. En este caso, la prevención de accidentes de trabajo mediante la distribución de trípticos es una táctica gubernamental que apunta a disminuir el número de repatriados y reforzar la creencia, en los patrones canadienses, del trabajador mexicano aguantador e invulnerable.

Pero un punto del contrato sobre el cual los estudiosos del PTAT no han hecho hincapié es que a partir del momento en que el trabajador firma su expediente médico se vuelve la propiedad compartida de varias instituciones públicas y privadas. En el artículo XI.2 se específica que:

El TRABAJADOR accede a que cualquier información personal suya (relacionada con sus registros médico y de salud, así como indemnizaciones en materia de salud, servicios sociales o accidentes) pueda ser comunicada a:

— Ministerio de recursos humanos de Canadá

— Servicio Administrativo de Recursos Agrícolas Extranjeros

— Fondation des Entreprises en Recrutement de Main d'OEuvre Etrangère (Québec)

— Agente gubernamental

— Compañía de Seguros.

Merced a la inclusión de esta cláusula en el contrato, el expediente personal y médico de los jornaleros se convierte legalmente en un bien administrativo que puede intercambiarse entre agentes más o menos definidos. Permitir que un "agente gubernamental" pueda tener libre y legalmente acceso a los expedientes de todos los trabajadores mexicanos en Canadá deja la posibilidad no solamente de una explotación de los mismos por cualquier funcionario federal y cualquiera de las diferentes provincias, sino que autoriza también un intercambio y uso transnacional de esta información tanto en Canadá como en México y en otros países. Esta "liberación" del intercambio de la información personal vulnera doblemente a los obreros agrícolas del PTAT abriendo la puerta a una explotación comercial de sus expedientes, convirtiéndolos en co–partícipes de su propia vigilancia administrativa y médica. Ciertamente, se trata de otro de los dispositivos de poder que alimentan lo que denominamos el "biopanoptismo" de las y los trabajadores temporales a Canadá.

El seguro de accidentes y servicio médico de primer nivel está a cargo del empleador, pero en el artículo V. 1 del convenio bilateral actualizado en 2006 se menciona que "la suma total de la prima de seguro será recuperada por el empleador mediante el descuento hecho al salario del trabajador". Se descuentan 0.50 $ Can./día a cada trabajador, aunque debe mencionarse que el seguro provincial en Ontario y Québec es gratuito, por lo que, en principio, los jornaleros agrícolas contratados en estas provincias no deberían tener descuentos para pagar el seguro médico.

Pero este derecho del jornalero extranjero no siempre se respeta debido a que, imposibilitado en afiliarse a un sindicato de trabajadores, carece de la posibilidad de ser informado y defendido jurídicamente. De esta forma, haciendo un descuento en el salario de los jornaleros, ya de por si bajo,30 el patrón ve reembolsado su pago del seguro de sus empleados extranjeros; en otros términos, cada obrero agrícola paga su seguro médico para accidentes, enfermedades, hospitalización y prestaciones en caso de fallecimiento, aunque contados son los que lo pueden utilizar. En efecto, la estrategia general de los patrones canadienses aglutinados en la organización FARMERS consiste en mandar de regreso a México a las y los trabajadores enfermos o que hayan sufrido algún accidente. Está el caso de Inocencio, un jornalero tlaxcalteca que trabajó en un invernadero en Ontario y se envenenó gravemente a causa de un pesticida muy peligroso, por lo que decidió interrumpir su contrato y regresar a México al no ser atendido ni por el patrón de la "farma" ni por el cónsul que, en pos de ayudarlo, lo amenazó de que iba a ser expulsado del programa. Inocencio tenía fuertes dolores de cabeza y estaba perdiendo la vista, por lo que compró su boleto de regreso a México y allí fue atendido por un médico. Funcionarios de la Secretaría del Trabajo lo visitaron en su domicilio y a pesar de haberles explicado el caso y enseñado las medicinas que se le habían recetado, fue expulsado del PTAT (Binford et al., 2004:155).

Otro caso es el de Juan Galindo Martínez, de 45 años de edad, oriundo de la comunidad mazahua de San Francisco Tepeolulco en el Estado de México, quien durante el año de 2004 fue enviado a trabajar en la "farma" Centre Maricher Guinois, cerca del pueblo de Sainte Clotilde, para cosechar lechugas. Pero allí se presentaron dos problemas graves: la excesiva velocidad de la máquina transportadora de las cajas que caminaba justo detrás de los trabajadores –cuando pedía a la operadora canadiense bajar la velocidad, ésta la aumentaba amenazando con provocarles un accidente–. El segundo problema era que la espalda de los jornaleros se quemaba como reacción del sudor con los agroquímicos con los cuales se rociaban las lechugas antes de que fueran cosechadas. Juan Galindo y otros trabajadores pidieron la intervención del cónsul de la Embajada de México en Montreal quien fue a la "farma" al día siguiente para entrevistarse únicamente con la patrona. (El informante explica la extraña actitud del cónsul que, según sus propias palabras, "probablemente los patrones le dieron un billete".) No habían sido escuchados por el cónsul y todavía no podían recibir atención médica alguna, pero la situación laboral empeoró debido a los malos tratos de los cuales eran objeto a lo largo del día. Dos semanas después de haber solicitado la intervención del cónsul, Juan Galindo y otros tres jornaleros lo llamaron nuevamente para pedirle cambiar de "farma". Frente a la respuesta negativa del representante mexicano y la amenaza concomitante de que si decidían regresarse nunca más volverían a Canadá, Juan Galindo y otros 23 jornaleros volvieron anticipadamente a México. A su regreso, el campesino mexiquense, padre de tres hijos, fue a las oficinas de la STPS en México para entregar su reporte, es decir, una hoja en la cual debe de especificar cuáles fueron sus ingresos, cuánto dinero mandó a su familia y en qué gastó lo que ganó. Fue el 13 de octubre de 2004. Víctima de malos tratos e intoxicado por químicos, Juan Galindo finalmente fue expulsado del programa y tuvo que buscar por sus propios medios un médico para ser atendido.31

También puede mencionarse que en el documental El contrato, filmado durante 2002 en Ontario, una cuadrilla de jornaleros mexicanos de una granja de Leamington explica al cónsul general que había habido varios accidentes en la granja y que el patrón los mandaba sistemáticamente de regreso a México sin darles la posibilidad de que fueran atendidos por un médico.

Estos ejemplos concretos de impune violación de los derechos laborales ejemplifican también el no respeto de la siguiente cláusula del contrato por la parte laboral:

Si el TRABAJADOR debe ser repatriado por razones de salud, verificadas por un médico canadiense, el EMPLEADOR pagará el costo de un transporte razonable y gastos de subsistencia, excepto en los casos en que la repatriación sea necesaria debida a un problema físico o médico que existía antes de que el TRABAJADOR saliera de México, en cuyo caso el Gobierno de México pagará el costo total de la repatriación (Art. X.3).

Ni el empleador canadiense ni las autoridades mexicanas quieren hacerse cargo de los gastos de repatriación de los jornaleros enfermos o maltratados, por lo cual, generalmente, se desentienden de su suerte. En El contrato, la situación videodocumentada de una cuadrilla de trabajadores en una "farma" tomatera de Leamington evidencia la violación patronal de sus derechos laborales negándoles atención médica, como fue el caso de Marcos Gasca Navarro, obrero agrícola que perdió 80% de su visión en el ojo izquierdo por haberle caído pesticida y no haber sido atendido por un médico. En el documental, el cónsul de México en Toronto les dio por única respuesta que si no estaban contentos podían regresarse a México.

De hecho, los principales motivos por los cuales los jornaleros interrumpen su contrato son: depresión (añoranza de su familia), problemas de salud y malos tratos. En una evaluación oficial del funcionamiento del PTAT puede leerse:

La percepción del jornalero sobre el trato recibido del patrón es clave para entender la interrupción del contrato pactado. La tasa de retorno prematuro ha sido de 2 dígitos para quienes creen que tuvieron un mal trato. En 2004, es de más de 30% entre los jornaleros de múltiple participación y de 12% entre los de primera vez con SAEMLE (STPS , 2004).

El control de la salud es el arma de la burguesía rural y el objetivo de los gobiernos. Si bien hemos escuchado, en nuestro trabajo de campo, algunos testimonios de obreros agrícolas mexiquenses complacidos con la actitud comprensiva de su patrón o patrona, mucho más numerosas son las quejas de incumplimiento del contrato por falta de atención médica entre otras causas. Las explotaciones agrícolas están generalmente situadas lejos de los centros urbanos; este relativo aislamiento refuerza la percepción de los patrones que, en su mayoría, consideran a los trabajadores extranjeros como una mano de obra cautiva –además de que el contrato especifica que los jornaleros serán asignados a una "farma" y no podrán irse sin la debida autorización de su patrón–. Las grandes distancias que recorren entre su dormitorio y las parcelas, y entre la "farma" y el pueblo más cercano, hacen más dependientes a los trabajadores de los medios de transporte que el patrón pone o no a su disposición: bicicletas, camioneta o autobús. A este aislamiento físico se suma la segregación lingüística: raros son los patrones que dominan el castellano, y muy pocos son los campesinos mexicanos que se expresan en inglés (de allí el papel crucial que tienen los caporales de origen hispano o hispanohablantes, así como los trabajadores nominales que han aprendido un léxico técnico básico suficiente para comprender y acatar las órdenes recibidas). Pero esta dificultad de comunicarse por parte de los trabajadores se manifiesta con más agudeza cuando están enfermos o heridos y solicitan atención médica. Como hemos visto, la mayoría de los jornaleros extranjeros en esta situación no es tomada en cuenta por quienes los emplean, y los afortunados que son llevados al hospital, generalmente no pueden describir su padecimiento al médico por no hablar inglés o francés. En el convenio firmado entre los gobiernos de Canadá y México no aparece la posibilidad de beneficiarse de un intérprete en caso de requerirse atención médica.

La salud como instrumento de control y vigilancia no concierne únicamente a los trabajadores que padecen alguna enfermedad o herida, sino que abarca también a la población extranjera sana. Excepcionalmente puede encontrarse un jornalero agrícola que se esfuerza por aprender rudimentos de inglés, estudiando en sus muy escasos momentos libres de manera autodidacta o bien con voluntarios canadienses de organizaciones no gubernamentales y de la Iglesia. Algunas veces, los trabajadores temporales son invitados a aprender palabras técnicas básicas del idioma de su empleador: está el testimonio de Julián Gómez, jornalero agrícola originario de Yauhquemecan, Tlaxcala, quien trabajó en la granja de Riendeau et Fils, Québec, donde la patrona ha enseñado rudimentos de francés a los 40 trabajadores temporales mexicanos para poder comunicarse con ellos (Santiago y Benoit, 2005:65–70). En las granjas más importantes donde laboran jornaleros hispanohablantes, la presencia de caporales que hablan español e inglés permite mantener una distancia lingüística y simbólica entre el patrón y los trabajadores, la cual tiende a acentuar la dominación del primero sobre los segundos. En la provincia de Ontario, los temerarios trabajadores agrícolas que anhelan tomar clases de inglés deben no solamente vencer las resistencias de sus patrones y vencer su agotamiento físico, sino y sobre todo pagar el examen médico de la tuberculosis y presentar resultados negativos. Pero como bien lo menciona Basok (2003b:13), obtener este certificado es casi imposible porque los empleadores están obligados a llevarlos al médico exclusivamente cuando están enfermos, además de que los trabajadores difícilmente pueden comunicarse con los médicos sin la presencia de un intérprete.

 

Decesos

La Embajada de Canadá en México menciona al PTAT en su página de Internet ofreciendo una información general sobre los objetivos de dicho programa, añadiendo sin embargo que "es un trabajo muy arduo que los trabajadores realizan de manera voluntaria y bajo su propia responsabilidad", dejando entender que los riesgos, y en particular los riesgos para su salud, son aceptados y asumidos en su totalidad por quienes emigran temporalmente a Canadá. En otras palabras, si les pasa algo es culpa suya. Hemos visto en el capítulo anterior los accidentes de trabajo –una parte de éstos provocados por intoxicación con agroquímicos– que suelen ocurrir a los trabajadores extranjeros laborando en las "farmas" canadienses, pero en ciertos casos estos accidentes de trabajo tienen un desenlace fatal.

Hace como quince días trajeron a un muchacho de Estados Unidos, creo que vive por aquí abajo, lo trajeron muerto. No se supo de qué murió. El que falleció en Canadá hace como cinco años, él tampoco quisieron decir nada. Fue el primer migrante que se fue a Canadá [de la comunidad] y que fallece.32

Al asociar el deceso de un migrante ilegal a Estados Unidos con el fallecimiento en Canadá de otro hombre del pueblo mazahua de San Francisco Tepeolulco, en el Estado de México, nuestra informante indica los grandes riesgos que corren quienes emigran para buscar un mejor empleo en los países vecinos del norte. Aunque emigrante legal, el joven que fue a laborar a Canadá regresó muerto. El PTAT es un programa oficial, pero ni las autoridades de las secretarías implicadas (SRE, STPS y SSA) ni las autoridades canadienses informaron a la familia de las causas de defunción. Es tan amplia la responsabilidad del trabajador, enfatizada por la Embajada de Canadá en México en su página de Internet (recuérdese también la lista de responsabilidades del ciudadano elaborada por la STPS ), que llega hasta exonerar a las autoridades gubernamentales y a los patrones de cualquier responsabilidad en caso de fallecimiento. De hecho, en el contrato que firman los jornaleros agrícolas se menciona solamente que:

En caso de deceso del trabajador durante el periodo de empleo, el empleador notificará al agente gubernamental y, después de recibir instrucciones de éste:

i) asumirá los gastos de entierro, o

ii) remitirá al agente gubernamental una suma de dinero equivalente a los costos en que el empleador hubiera incurrido en virtud de la cláusula 4 (i) anterior, a fin de que ese monto se aplique a los gastos asumidos por el Gobierno de México para llevar el cuerpo de dicho trabajador a sus familiares en México (Cap.V–4).

No existe en el contrato nada al respecto de las causas de defunción ni tampoco nada sobre eventuales responsabilidades legales del patrón respecto al deceso accidental de un trabajador: para las instituciones involucradas en el PTAT, la muerte de los jornaleros es un asunto menor. Al respecto, es menester citar la nota informativa del Instituto de los Mexicanos en el Exterior (IME) fechada el 4 de marzo de 2005:

Esta Comisión pide que todos los Consulados emprendan una amplia campaña de difusión de los programas de repatriación de cuerpos, y que de igual manera el gobierno de México informe de estos programas a las comunidades de origen de los migrantes. Entre la información difundida, deben encontrarse los servicios de transporte de restos en México, que ofrecen instituciones como el IMSS y el DIF.

Nota informativa a la cual la Embajada de México en Canadá contestó: "Los incidentes de decesos en Canadá son aislados".33 Responder en términos lacónicos a la justificada solicitud del IME y referirse a los decesos como "incidentes" muestra la nula importancia que los representantes diplomáticos mexicanos dan a las tragedias humanas que tienen como marco contextual las "farmas" canadienses y como causantes las condiciones extremas de trabajo. Este eufemismo que reduce los accidentes de trabajo a situaciones marginales provocadas o inducidas por los propios jornaleros es desafortunadamente compartido por los más altos responsables de la STPS . En entrevista, el director de Movilidad Laboral de la STPS respondió:

¿Reporte de trabajadores fallecidos?

— Sí, sí han fallecido. El año pasado se registraron dos o tres fallecimientos. Más o menos son los fallecimientos que se reportan allá. Muchas veces son del tipo accidental...

¿Causas?

— Algunas son de enfermedades, de ataques al corazón. Otros son de tipo accidental. Ha habido algunos que se han metido en un río, no es en el trabajo. Cuando se da ese tipo de situación están fuera del trabajo...34

Es importante remarcar la vaguedad de las respuestas por parte de alguien que conoce de memoria el número exacto (de cinco dígitos) de trabajadores que habían sido enviados a Canadá el año anterior. Esta sorprendente falta de precisión numérica del responsable del PTAT cuando menciona "dos o tres" decesos refuerza la idea de una soberanía absoluta de los jornaleros sobre su salud y sobre su vida, la cual descarta anticipadamente toda responsabilidad de las instituciones gubernamentales. Los datos que pudieron obtenerse a raíz de una petición de información al ifai son los siguientes: en 2004 se reportaron dos decesos, 11 en 2005, ocho en 2006, 11 en 2007, y en septiembre de 2008 habían fallecido ya 10 trabajadores desde el principio del año.35 Estas cifras, elaboradas únicamente a partir de las solicitudes de pensión de los beneficiarios36 –por lo que se puede pensar que no todas las familias tienen la información y los recursos para realizar el trámite administrativo después de la defunción de su pariente–, muestran que el número de jornaleros que perdieron la vida en Canadá o de regreso a México está subestimado por el director de la STPS . Pero en la misma respuesta del IFAI, se puede apreciar que los decesos reportados ocurren en su gran mayoría en México; por ejemplo, de los 11 fallecimientos reconocidos en 2007, sólo uno ocurrió en Canadá, lo cual confirma nuevamente la práctica generalizada de los patrones, con la anuencia de las autoridades consulares, de repatriar a los trabajadores extranjeros heridos y enfermos.

En suma, el cuerpo vivo y sano de los jornaleros mexicanos enviados a trabajar en las granjas canadienses es lo que ocupa a la SSA y preocupa a la STPS , pero si el trabajador llega a padecer problemas de salud, se encuentra en las manos de su empleador, quien decide si lo manda a revisión médica, lo obliga a seguir laborando o bien lo envía de regreso a México. En casos muy graves el jornalero es repatriado, lo que explica el mayor número de decesos de trabajadores fuera de Canadá. Esta situación general que impera en el PTAT muestra aspectos de una economía transnacional de los cuerpos de los trabajadores basada en su explotación y reducción a una sencilla fuerza de trabajo.

 

Conclusiones

En el presente trabajo hemos demostrado el papel que desempeñan los requisitos para seleccionar una mano de obra conforme a las exigencias de los patrones canadienses y que responde al mismo tiempo a los anhelos del gobierno mexicano. Hemos encontrado un gran margen de interpretación de esos requisitos por parte de las agencias estatales de la STPS y los funcionarios públicos encargados del proceso de selección; interpretación que va, en las oficinas de la STPS de Toluca, hasta imponer criterios de admisión mucho más restrictivos obligando a los y las aspirantes a ver sus manos y dientes revisados por la psicóloga encargada del PTAT . El cuerpo de los campesinos es objeto de todas las atenciones. El examen médico exhaustivo de los aspirantes –cuyo costo es asumido por ellos pero cuyos resultados no les son dados a conocer– participa directamente en esta política de Jano de la STPS y del personal diplomático en Canadá, mostrando el rostro obediente hacia el gobierno y patrones canadienses, y el rostro despótico hacia los trabajadores agrícolas mexicanos (Binford et al., 2004:90–91).

La STPS selecciona prioritariamente a campesinos físicamente robustos para que puedan soportar las duras condiciones de trabajo en las "farmas", con experiencia en las actividades agropecuarias (aunque en el convenio bilateral son denominados "no calificados"), y con un nivel de educación escolar que les pueda permitir aprender a acatar órdenes en otro idioma pero sin ser capaces de exigir el cumplimiento de sus derechos ni mucho menos desafiar a su patrón canadiense. Los aspirantes deben tener dependientes económicos, fungiendo éstos como garantes para que los jornaleros del PTAT cumplan cabalmente con su contrato laboral al mismo tiempo que regresen a México una vez terminado éste. Los funcionarios de la Secretaría del Trabajo, tanto a nivel federal como a nivel estatal, buscan celosamente separar a los miembros de una misma familia y evitar, en la medida de lo posible, mandar dos trabajadores de una misma comunidad a la misma granja. Al imponerles una ruptura radical con su entorno comunitario y familiar, se busca fragilizarlos con el fin de prevenir toda indisciplina colectiva. Los quieren fuertes físicamente y vulnerables socialmente.

Las y los trabajadores del PTAT deben pagar su pasaporte, visa de trabajo, exámenes médicos, transportes terrestres y llamadas telefónicas así como la mitad del precio de su boleto de avión. Si bien existe el SAEMLE, que en principio reembolsa tres mil pesos a quienes van a trabajar a Canadá por primera vez, en los hechos, cuando la totalidad de esta suma es entregada a los jornaleros, les permite rembolsar solamente una parte de sus gastos. Calificados por los funcionarios de la STPS como "afortunados", se les pide una nueva muestra de agradecimiento al solicitarles que acaten una larga lista de recomendaciones que van desde el llevar su equipo de trabajo en sus maletas hasta regalarle una botella de licor a su patrón, pasando por el practicar deporte durante su medio día de descanso semanal para mantenerse "en forma". Bajo el pretexto de quererlos prevenidos y bien educados, los quieren serviles y siempre disponibles.

Desde hace algunos años, la STPS busca reducir el número de repatriaciones prematuras de trabajadores menos por cuestiones económicas que por mejorar la imagen del gobierno mexicano frente a los agroindustriales canadienses. Los controles de los trabajadores se han hecho más finos y rigurosos. Ahora las quejas son mala fe, los malos tratos son exageraciones, los accidentes de trabajo tienen como responsables a las víctimas, y las defunciones tienen causas naturales. Una vez en la granja, nada que concierna al cuerpo del trabajador y su integridad física tiene importancia. Si falla es reemplazado. Si se enferma, o bien aguanta o bien se regresa a México. Tienen un seguro médico pero raros son los jornaleros enfermos que son llevados a un hospital. Los problemas de salud son problemas de los trabajadores únicamente. Sus derechos sociales y laborales son muy a menudo escamoteados impunemente gracias a la complicidad de las diferentes instituciones mexicanas y canadienses implicadas en el PTAT (Basok, 2003a). Los quieren invulnerables pero los agotan por el trabajo.

La política de control de esta mano de obra transnacional incluye también el periodo de su regreso a México, donde los jornaleros tienen cinco días para entregar el oficio sellado de buena conducta en el cual su patrón califica su conducta y desempeño, ayudando de esa forma a la STPS a elaborar una "lista negra" tal como existe para los trabajadores agrícolas en Estados Unidos con la visa H2A. Además, el trabajador debe reportar el detalle de sus ingresos y egresos durante el periodo en el cual estuvo laborando en Canadá. Verdaderos dispositivos de tecnocontrol, la carta de buena conducta y el reporte financiero permiten a la administración pública ejercer una vigilancia total sobre la estancia laboral del jornalero. Los resultados de esta vigilancia se manifiestan en la premiación del trabajador (teniendo el derecho de volver a solicitar ir a Canadá para la siguiente temporada), en la aplicación de medidas correctivas (se le dan recomendaciones para aumentar sus ingresos y reducir sus gastos), o bien castigándolo al impedirle volver a ingresar al PTAT . En este último caso, el jornalero jamás es informado de su situación: a sus preguntas y solicitudes recibe sólo desaires.

Ahora bien, es importante señalar que existe cierto número de similitudes entre el PTAT y el programa de trabajadores huéspedes H2A para permitir el trabajo de jornaleros agrícolas mexicanos en Canadá y Estados Unidos, respectivamente. Ambos "pertenecen" a su empleador, es decir, que no pueden cambiar de granja sin su autorización y además ven frecuentemente confiscados sus documentos migratorios; además, los derechos laborales en ambos casos son reducidos y los trabajadores mal informados al respecto. Tanto en el PTAT como con la visa H2A se hacen descuentos en el salario de los jornaleros para pagar diferentes seguros a los cuales, a menudo, no tienen acceso. En ambos programas los trabajadores temporales no pueden afiliarse a un sindicato, a lo más, pueden recurrir al Consulado mexicano; numerosos son los abusos y las violaciones a los derechos de las y los trabajadores en el PTAT y con el H2A. No obstante esas similitudes en el abuso, hay algunas diferencias. Existe un cupo limitado de jornaleros agrícolas para ir a trabajar anualmente a las "farmas" canadienses; el PTAT es un programa bilateral y no hay otro intermediario laboral que la STPS (Durand, 2007; Smith, 2002). Lo anteriormente señalado permite ver que las formas generales de operación del PTAT canadiense no son originales ni constituyen una excepción, sino más bien que se imponen a los trabajadores mexicanos pobres las reglas prácticas de una economía transnacional de los cuerpos.

En este estudio hemos abordado solamente de manera marginal el tema de las resistencias de los campesinos mexicanos del PTAT frente a los dispositivos institucionales de control de su cuerpo y de su trabajo. No se trata de una omisión de nuestra parte sino que la batería de estrategias de resistencias manifiestas y ocultas, individuales y colectivas, prácticas, discursivas y simbólicas de los trabajadores mexicanos en las granjas canadienses es muy amplia, por lo que requiere ser examinada en otro estudio. Empero, es posible mencionar que a pesar de la intensidad de la presión que se ejerce sobre el trabajador, éste tiene a su alcance cierto margen de maniobra para contornear las exigencias administrativas y subvertir los requisitos institucionales para construir microespacios de libertad.

Finalmente, es posible afirmar que el Programa de Trabajadores Agrícolas Temporales a Canadá es la manifestación de lo que hemos denominado "biopanoptismo", es decir, el conjunto de estrategias institucionales que se despliegan alrededor del campesino pobre para asegurar la vigilancia total de sus acciones y cuerpo. En nombre del bienestar público y de una eficacia empresarial, esta filosofía práctica llevada a cabo por el Estado tiende a reducir a los ciudadanos a sospechosos, y a los trabajadores a neoesclavos. Verdadero "fenómeno institucional total" para retomar, transformándola, una idea de Mauss (1991:147): el biopanoptismo responde idóneamente a los preceptos generales de la economía capitalista contemporánea donde los trabajadores de los países del Sur, como lo son los jornaleros agrícolas del PTAT, son convertidos en una mano de obra transnacional barata que se selecciona, ofrece, vigila, premia y castiga. En suma, la migración laboral transnacional se ha vuelto un fabuloso campo de experimentación para las nuevas políticas de control de los trabajadores pobres.

 

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Notas

1 Este trabajo es el resultado parcial del proyecto de investigación "Cuerpo, pobreza y migración: biopanoptismo y resistencias en el caso de los inmigrantes mazahuas a EU y Canadá", Conacyt, núm. 53105.

2 La idea de incorporar a los campesinos como "clientes" del desarrollo es tomada de la aportaciones de Escobar (1995) quien señala que esta clientela o sujetos llamados "de cambio" en el discurso dominante del desarrollo ha tenido un carácter totalizador del poder, pues son objetos de los programas y sujetos cuando se piensan como participantes.

3 El PTAT funciona desde 1974 bajo el marco de un convenio bilateral firmado y actualizado periódicamente entre los gobiernos de Canadá y de México.

4 En el Art. 81 del Acuerdo Nacional para el Campo, firmado en abril de 2003, puede leerse: "Los firmantes del presente Acuerdo Nacional para el Campo respaldan la iniciativa del Presidente de la República de impulsar un Acuerdo Migratorio con EE.UU y Canadá que contemple la libre movilidad transfronteriza de la fuerza de trabajo y el goce pleno de sus derechos laborales y ciudadanos".

5 En respuesta a dos artículos criticando al PTAT publicados el 3 y 4 de enero de 2007 en el periódico La Jornada, el jefe de la Unidad de Asuntos Internacionales de la STPS, Lic. Jorge Rodríguez Castañeda, declara: "El PTAT es sumamente exitoso. Permite un flujo migratorio ordenado y ofrece certeza legal sobre las condiciones de trabajo y los derechos laborales. Se ha expandido en número de trabajadores participantes (de 203 en 1974, a más de 14 mil en 2007) y provincias canadienses. Entre 2006 y 2007, el PTAT creció 9.8%. Casi 80% de los trabajadores participantes regresa cada año a las mismas granjas canadienses, por solicitud del empleador y por interés de los propios trabajadores" (La Jornada, El correo ilustrado, 07/01/2007).

6 Es menester señalar que en el convenio bilateral del PTAT se menciona a trabajadores "no calificados" cuando en realidad son seleccionados en función de su experiencia en el campo y una minoría a partir de su experiencia en la cosecha de fresas y en la apicultura (cf. cap. 1).

7 Sitio Internet de la Embajada de Canadá en México: http://www.canadainternational.gc.ca/mexico–mexique/index.aspx?lang=spa (fecha de consulta: 26/09/2008).

8 Respecto a las condiciones de creación de una categoría (con sus subdivisiones) de personas, y de trabajadores en el caso del PTAT , debe tomarse en cuenta que "la labor simbólica de constitución o de consagración que es necesaria para crear un grupo unido (imposición de nombres, siglas, de signos de adhesión, manifestaciones públicas, etc.) tiene tantas más posibilidades de alcanzar el éxito cuanto que los agentes sociales sobre los que se ejercen estén más propensos, debido a su proximidad en el espacio de las posiciones sociales y también de las disposiciones y de los intereses asociados a estas posiciones, a reconocerse mutuamente y a reconocerse en un mismo proyecto" (Bourdieu, 2002:49).

9 Entrevista de Roque Ramírez Hernández a la Lic. Cindy Aglay Vilchis Pérez, secretaria particular de la Dirección General de la STPS del Estado de México, Toluca (27/07/2006).

10 Entrevista directa con Judith Huitrón Galindo, San Francisco Tepeolulco (29/06/2006).

11 Es interesante notar que este sistema unilateral de calificación y premiación del desempeño laboral de los trabajadores funciona también en las granjas estadounidenses que reciben trabajadores temporales con visa de trabajo H2A, hoja que los jornaleros llaman la "lista negra" (cf. The Guestworkers, documental de Cynthia Hill Charles Thompson, 2006, US, 52 min.).

12 http://portal.sre.gob.mx/montreal/index.php?option=displaypage&Itemid=74&op=page&SubMenu= (fecha de consulta: 05/06/2008).

13 http://www.edomex.gob.mx/portal/page/portal/trabajo/tramites–y–servicios (fecha de consulta: 02/07/2008).

14 En el Estado de México, las oficinas regionales donde se puede realizar el trámite son: Toluca, Atlacomulco, Ecatepec, Ixtapaluca, Nezahualcóyotl y Tlalnepantla.

15 En el documental de Min Sook Lee (2003, Can., 52 min), El contrato, se puede apreciar el trato despectivo que una secretaria de la STPS da al emigrante Teodoro Bello Martínez.

16 Entrevista directa con la Lic. Rosa Carmona Zarco, asesora especial de la Oficina Regional de Empleo de la Dirección de Previsión Social en el Estado de México (07/07/2006).

17 En el documental El contrato, frente a un grupo de trabajadores descontentos por las malas condiciones de trabajo en una "farma" de Leamington (Ontario), el cónsul de México en Montreal les dijo que cada quien era el embajador de su país por lo cual no debían crear conflictos y además, si no estaban contentos, podían regresarse a México.

18 Auditoría Superior de la Federación: http://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2000i/ir2000/Tomos/Tomo4/STPSTB.htm (fecha de consulta: 30/09/2008).

19 Entrevista a la Lic. Rosa Carmona Zarco, asesora especial de la Oficina Regional de la STPS del Estado de México, realizada por Roque Ramírez Hernández (Toluca, 07/07/2006).

20 http://www.saludmigrante.salud.gob.mx/acciones/ptat1.htm (fecha de consulta: 26/06/2007).

21 Más precisamente, el programa federal "Vete sano, regresa sano" no tiene recursos propios para funcionar por lo que las autoridades de la Secretaría de Salud han buscado mecanismos para que pueda operar, acercándose a programas como Oportunidades, Seguro del Migrante y el PTAT (Fernández, 2005).

22 En el Memorando de Entendimiento firmado por los gobiernos de México y Canadá se precisa que la reserva de mano de obra del PTAT debe ser de 300 campesinos.

23 En 2009, los costos fijos eran los siguientes: 1,665 pesos para el permiso de trabajo en Canadá, 850 pesos para obtener el pasaporte mexicano por tres años, y 550 pesos para el examen médico. Deben agregarse, para los campesinos del norte del Estado de México, alrededor de 600 pesos en gastos de transporte y 100 pesos en gastos de comunicación telefónica, lo cual suma un total de 3,765 pesos que corresponden a un mes y medio de salario mínimo mensual de un oficial de albañilería en el Estado de México.

24 Al mismo tiempo, el jornalero del PTAT –para quien era su objetivo ir a Canadá y trabajar mucho para poder ahorrar un poco– suele justificar su explotación laboral diciendo: "Para eso vine, ¿o no?" (Barrón et al., 2006).

25 http://www.serviciosdecalidad.gob.mx/index.php?option=com_content & task=view & id=112 & Itemid=195 & CCC=1 & CIS=0 (fecha de consulta: 18/11/2009).

26 En el Primer informe periódico de México al Comité de protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, el Poder Ejecutivo, muy complaciente con el PTAT y sin esbozar ninguna posibilidad de mejoramiento de la situación de los trabajadores, menciona: "Al final de la temporada, los empleadores llenan un cuestionario por cada trabajador, quien debe llevar dicha evaluación, en un sobre sellado, de regreso a México y entregarlo a un oficial de la STPS . Una evaluación positiva es, virtualmente, una garantía de regreso el próximo año. Los trabajadores que reciben una evaluación negativa generalmente no son aceptados el año siguiente" (núm. 463, p. 90).

27 El sociólogo Georg Simmel (1992:347–372) tuvo mucho acierto cuando asoció el secreto como conocimiento fragmentario que posibilita la dominación de unos sobre otros.

28 http://www.canadainternational.gc.ca/mexico–mexique/work–travail/sawp–ptag.aspx?lang=spa (fecha de consulta: 18/11/2009).

29 Respuesta del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) con clave SISI 0064100071503.

30 El salario de los trabajadores varía según la provincia de Canadá en la cual laboren. En 2009, el salario mínimo era de 9.50 dólares canadienses por hora en Ontario, y de 9 dólares canadienses por hora en Quebec.

31 Entrevista directa con Juan Galindo, San Francisco Tepeolulco, Estado de México (31/01/2005).

32 Entrevista con Judith Huitrón Galindo, San Francisco Tepeolulco, Estado de México (29/06/06).

33 http://www.ime.gob.mx/ccime/IVrecomendaciones/cc_ime_iv_26_fro.htm (fecha de consulta: 18/11/2009).

34 Entrevista con Hernán Alderete Valencia realizada por el periodista del periódico Milenio Gilberto Molina en las oficinas centrales de la STPS (México, D.F., 17/01/2007). (La entrevista no fue publicada).

35 SISI 00014000533308, Oficio No. STPS/UE/Part/533/08.

36 En la respuesta del IFAI, la Unidad de Enlace de la STPS reconoce que "esta Secretaría al no tener un registro sobre los decesos de los trabajadores del PTAT de manera particular, carece de la información sobre las causas de defunción y provincia de Canadá en donde laboraba, por lo que la STPS se encuentra impedida en proporcionar dicha información" (Oficio No. STPS/UE/Part/533/08).

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