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Secuencia

versión On-line ISSN 2395-8464versión impresa ISSN 0186-0348

Secuencia  no.91 México ene./abr. 2015

 

Artículos

 

¿Existe la nación argentina? Estudio de un caso: el conflicto armado de Corrientes, Paraguay, Buenos Aires (1839-1847)

 

Does the Argentinian Nation Exist? Case Study of the Armed Conflict at Corrientes, Paraguay, Buenos Aires (1839-1847)

 

Alejandro Herrero

Fecha de recepción: mayo de 2012.
Fecha de aceptación: mayo de 2013.

 

Resumen

Desde hace varias décadas se ha empezado a debatir sobre los orígenes nacionales desde una perspectiva que plantea la construcción tanto de los Estados como de las naciones, poniendo en duda los relatos historiográficos que suponían que las naciones eran un hecho dado. Para los casos sudamericanos, para dar un ejemplo, algunos historiadores señalaban su nacimiento en la colonia y otros tras el proceso de revolución e independencias. En la historiografía argentina fueron los trabajos pioneros de Oscar Oszlak y José Carlos Chiaramonte los que comenzaron a revisar estas imágenes historiográficas. Mi artículo, en plena sintonía con estos pioneros y sobre todo con los de Chiaramonte, intenta avanzar un poco más en esta nueva perspectiva, examinando un estudio de caso: la guerra de los gobiernos de Corrientes y de Paraguay contra el gobierno de Buenos Aires (1839-1847). En dicha guerra se desarrolla un debate donde se discute, de manera expresa, la existencia de una nación argentina. Mi objetivo principal, al analizar este caso y este debate puntual, es revisar una vez más la idea de una nación argentina percibida como un hecho ya dado, y no como una construcción asociada a decisiones políticas; y percibida como la única opción posible y no como una opción más para las distintas provincias del ex virreinato del Río de la Plata.

Palabras clave: Política; nación; Argentina; Corrientes; Buenos Aires; Paraguay.

 

Abstract

Recent decades have seen a debate regarding national origins, from a perspective that addresses the construction of both States and nations, questioning historiographical accounts that assumed that nations were a given. For South American cases, for example, some historians chart their emergence in the colony and others after the revolution and independence. In the historiography of Argentina, the pioneering work of Oscar Oszlak and José Carlos Chiaramonte began to review those historiographical images. This article, fully in line with those pioneers and in particular with those of Chiaramonte, makes further advances in this perspective, by examining a case study: the war of the governments of Corrientes and Paraguay against the Buenos Aires government (1839-1847).The war was the backdrop to a deliberate discussion on the existence of an Argentinian nation. The main purpose of analyzing this case and specific debate is to review the idea of an Argentinian nation perceived as a given fact rather than a construction associated with political decisions; and perceived as the only possibility rather than as just another option for the various provinces of the former viceroyalty of Río de la Plata.

Key words: Politics; nation; Argentina; Corrientes; Buenos Aires; Paraguay.

 

A José Carlos Chiaramonte
en señal de agradecimiento.

 

Introducción

Es un hecho conocido que las primeras historias de la nación argentina, escritas en la segunda mitad del siglo XIX, fechan su origen, según los casos, en la Revolución de Mayo, o en la creación del virreinato del Río de la Plata. Las interpretaciones se multiplican y estas dos lecturas sólo son las más sostenidas. Más allá de sus diferencias, pueden verse estas imágenes en una serie de estudios históricos de la tradición política liberal del siglo XIX, escritos por conocidos dirigentes políticos que ocuparon cargos relevantes a nivel provincial y nacional. Citemos algunos nombres: Bartolomé Mitre, Vicente Fidel López, Adolfo Saldias, Domingo Faustino Sarmiento, Juan Bautista Alberdi, entre otros. La lista de autores, sin duda, puede seguir. En el siglo XX historiadores de distinto signo ideológico evocan una narración histórica parecida. Basta nombrar algunos títulos: Carlos A. Floria y César A. García Belsunce, Historia de los argentinos (1971); Tulio Halperin Donghi, Revolución y guerra. Formación de la elite dirigente en la Argentina criolla (1979); o José Carlos Chiaramonte, La crítica ilustrada de la realidad. Economía y sociedad en el pensamiento argentino e iberoamericano del siglo XVIII (1982).

Los ejemplos se multiplican, y los dos últimos casos citados fueron expresamente seleccionados, ya que tanto Halperin Donghi como Chiaramonte, a mi juicio dos maestros de la historia, son los investigadores que más avanzaron, en mi opinión, sobre la reinterpretación de la cuestión nacional en las últimas décadas, desde miradas a veces diferentes. Los dos libros señalados en último lugar sólo se indican para mostrar en sus títulos cómo en los años setenta y comienzos de los años ochenta, aún en estos historiadores, puede encontrarse la idea de argentina en el siglo XVIII o en la primera etapa revolucionaria, pero son, desde otro punto de vista, dos investigaciones excelentes y dos libros clásicos de la historiografía argentina.

Formo parte de una porción de historiadores que desde hace más de 20 años han empezado a reinterpretar los llamados orígenes de la nación argentina.1 Estas nuevas interpretaciones conciben que la nación argentina no era un hecho dado, ni en el virreinato del Río de la Plata, ni durante la Revolución de Mayo o la declaración de la independencia. Los componentes de la nación argentina que se visualizan a fines del siglo XIX se fueron creando lentamente a lo largo de ese siglo, no en un movimiento siempre ascendente sino con imposiciones y resistencias, y que las opciones para los distintos estados (llamados provinciales) eran varias y una de ellas, en un momento dado, fue crear lo que finalmente se constituyó como nación argentina.2

 

El estudio de un caso emblemático: la guerra de las autoridades correntinas y paraguayas al gobierno de Buenos Aires (1839-1847)

Para evidenciar mejor mi clave de lectura ofreceré el estudio de un caso: el conflicto armado de Corrientes, Paraguay, Buenos Aires (1839-1847) (Gelman, 2005 y 2009; Lynch, 1984, y Myers, 1995). Me acotaré sobre todo a la discusión llevada a cabo en publicaciones periódicas donde se visualiza claramente el problema que me interesa examinar condensado en debates sobre la soberanía y la nación argentina.

Hay que tener presente que tras la revolución y el proceso de independencia en Río de la Plata, las llamadas Provincias Unidas intentan darse un orden en el Congreso de 1819, pero al no ponerse de acuerdo, cada una de ellas, durante la década de 1820, se recluyen en sí mismas, crean sus instituciones, dictan Constituciones, crean símbolos propios. Buenos Aires, que había querido hegemonizar al resto de las provincias en 1819, intenta hacerlo nuevamente en el Congreso de 1824-1826, pero tampoco lo logra, entre otras razones por la guerra con Brasil que se produce en esos años, y por la férrea defensa de cada provincia de sus derechos soberanos. A fines de la década, Buenos Aires deja de estar liderada por una dirigencia unitaria tras el fusilamiento del gobernador Dorrego, y se inicia lo que se llama la guerra entre federales y unitarios: los unitarios liderados desde Córdoba por el general José María Paz, y los federales por el gobernador de Buenos Aires, Juan Manuel de Rosas y el gobernador de Santa Fe, Estanislao López. Los federales derrotan por las armas a los unitarios, y consolidan su posición en todas las provincias. En enero de 1831 las provincias de Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires firman el pacto federal; las demás provincias también adhirieron al pacto entre 1831 y 1832 conformando la Confederación Argentina. Se estipulaba que cada provincia conservaría su independencia, delegando en el gobernador de la provincia de Buenos Aires el cargo de las Relaciones Exteriores. Si bien el pacto establecía igualdad entre las provincias, a partir de 1835, durante el segundo mandato de Juan Manuel de Rosas, la provincia de Buenos impone su hegemonía sobre el resto. Es en esta coyuntura que debemos analizar la resistencia de las autoridades correntinas a la hegemonía del gobierno de Buenos Aires.

 

Corrientes y Buenos Aires

Las autoridades de Corrientes, presididas por Berón de Astrada (1839), Pedro Ferré (1839-1842) y Joaquín Madariaga (1843-1847), calificaron a Rosas como un tirano, un caudillo,3 que violaba tanto el pacto federal (1831) firmado por las provincias como los ideales republicanos proclamados desde la Revolución de Mayo, hecho que justificaba la resistencia armada.4 Estos conceptos son renovados nuevamente en la coyuntura que trata este estudio: 1843-1847. En las páginas de El Republicano, publicación periódica oficial de Corrientes, se afirma que esta provincia "fue la primera en declararse por la federación desde 1831, y en 1839 fue la primera en declararse contra Rosas, tirano abominable al mismo voto federal" (16 de julio de 1843). El gobernador de Buenos Aires, por el contrario, continua el argumento, no respetaba los principios establecidos en el pacto federal: "¿Es acaso federación verdadera someterse vilmente al tirano más feroz, al enemigo más declarado de la independencia de cada estado o provincia, sin la cual no puede existir ese decantado federal?"(16 de julio de 1843). Pero tampoco respetaba, se agrega, las leyes republicanas de su provincia ya que gobernaba con la suma del poder público y sometía a su arbitrio a la Sala de Representantes (1 de agosto de 1843). El eje que articula el discurso contra el gobierno de Buenos Aires y su gobernador, representante de la Confederación Argentina en el exterior, y que se repite incansablemente, es libertad versus tiranía. No se les escapa que esa dicotomía fue lanzada por los revolucionarios en 1810.

Tratan de inscribir, de este modo, la lucha de Corrientes con un pasado glorioso y caro al sentimiento de todas las provincias. La Revolución de Mayo fue definida por sus actores como una rebelión, contenida en la consigna libertad americana versus tiranía española (Goldman, 1989, pp. 109-183; Herrero, 2004, y Morán, 2012). La lucha, en este discurso correntino, seguía siendo la misma aunque los actores habían cambiado: Buenos Aires ocupaba el lugar de las autoridades españolas y Corrientes reemplazaba a Buenos Aires encabezando la resistencia en defensa de las libertades de las provincias.5 A este argumento se le añade otro: se definía a esta rebelión como una contienda de carácter universal. La guerra que se lleva a cabo, se expresa en La Revolución (16 de febrero, 1845), publicación periódica oficial de las autoridades de Corrientes, "es la causa de los pueblos y de la civilización y humanidad, destruyendo por siempre el imperio de la tiranía y esclavitud en que estos gimen". El gobierno correntino, al calificar la resistencia armada como un enfrentamiento entre "la humanidad frente al despotismo", asociaba su lucha con los valores y los principios de las naciones civilizadas.

¿Quiénes se enfrentaban?: el bien y el mal, la razón y la fuerza, la civilización y la barbarie. Jean Starobinski (1999), en un estudio sobre el concepto civilización, señala que dicha palabra "constituye una norma político moral: es el criterio que permite juzgar y condenar la no civilización, la barbarie." En estos discursos correntinos se habla en nombre de la civilización juzgando y condenando al gobierno de Buenos Aires que, al emplear la fuerza contra las provincias, se convierte en un bárbaro. Siguiendo este razonamiento, el gobierno correntino llama a las naciones civilizadas a sumarse a su lucha contra la amenaza de la barbarie de Rosas. En la opinión del gobierno correntino no se trata sólo de un argumento político sino también de un derecho de la "humanidad" establecido en los diferentes tratados de derecho de gentes. En las páginas de La Revolución (23 de febrero de 1845) se apela a un párrafo del libro de Emer de Vattel, El Derecho de gentes o Principios de la ley natural, aplicados a la conducta y a los negocios de la naciones y de los soberanos:

Si el príncipe, dice Vattel, ataca las leyes fundamentales da a su pueblo un motivo legítimo de resistirle: si la tiranía insoportable subleva a la nación, cualquiera potencia extranjera tiene el derecho para socorrer al pueblo-oprimido que le pide auxilio [...] Cuando un pueblo toma con razón las armas contra su opresor, es justicia y generosidad auxiliar a los valientes que defienden la libertad.

El objetivo de este párrafo es doble: por un lado se propone legitimar la lucha armada contra el gobierno de Buenos Aires y, por otra parte, justificar la intervención de naciones como Francia o la Banda Oriental en la contienda.

La guerra, que significa para Corrientes romper con el pacto federal y salir de la Confederación Argentina, abre una nueva situación política:6 Corrientes recupera el atributo que había delegado al gobernador de Buenos Aires, la representación exterior, y como Estado soberano e independiente decide terminar con un conflicto mercantil con la República de Paraguay, firmando un acuerdo en diciembre de 1844. Esto deriva en una dura polémica sobre el único atributo nacional que posee la Confederación Argentina en la primera mitad del siglo XIX: la representación nacional en manos del encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación Argentina.

 

¿Existe la nación argentina?

Este conflicto político y bélico tuvo una densa discusión que se puede leer en documentos oficiales de los diferentes Estados que intervienen y en sus publicaciones periódicas. Dicha discusión derivó en la polémica sobre la existencia misma de la nación argentina. Para unos y otros el resultado de esta contienda verbal era decisivo para legitimar su posición política.

 

Los argumentos del gobierno de Buenos Aires: La Gaceta Mercantil

Tanto la República de Paraguay como la República Oriental del Uruguay eran dos Estados que Buenos Aires quería dominar, en principio para asegurarse el control de la navegación de los ríos, y en segundo lugar porque los saladeros de Buenos Aires competían con los saladeros de Río Grande del Sur y la Banda Oriental del Uruguay.

Hay que recordar que la República Oriental del Uruguay estaba divida y en guerra constante entre dos grupos políticos, uno liderado por Oribe y otro por Rivera. El primero apoyado por el gobierno de Buenos Aires y el segundo por lo opositores a este. Rivera protegía a los enemigos de Rosas en Montevideo y Oribe defendía a los rosistas desde la campaña. Oribe y Rivera se proclamaban presidentes, y de hecho la República Oriental del Uruguay contaba con dos presidentes que dominaban el territorio uruguayo.

El apoyo de Rosas a Oribe contra Rivera tiene, entre una de sus finalidades, dominar el territorio uruguayo, y arrinconar a los exiliados argentinos antirrosistas. Así como también la férrea postura rosista de calificar a Paraguay como provincia de la Confederación Argentina y no aceptar su independencia como república está vinculada claramente a una tradición política de los gobiernos de Buenos Aires que desde la colonia y después de la revolución se creyeron con derecho a controlar ese territorio y sus vías fluviales (Brezzo, 2005). Es en este contexto de intereses que se debe insertar esta coyuntura precisa: la República de Paraguay y el Estado de Corrientes firman un acuerdo comercial en diciembre de 1844, y el gobierno de Buenos Aires lo rechaza inmediatamente. Las publicaciones periódicas oficiales al gobierno de Buenos Aires califican de ilegal dicho acuerdo y llaman "unitarios, a los dirigentes correntinos antirrosistas, con toda la implicación negativa que ello supone(Myers 1995; Newland, 1992, y Salvatore, 1996).7

La Gaceta Mercantil, en varios artículos, invoca principios de diferentes obras de derecho de gentes (se trata de normas aceptadas universalmente que regulan las relaciones entre los distintos Estados) con el objetivo preciso de mostrar la ilegalidad de este tratado. Aquí aparece un punto importante: sólo pueden apelar a estas normas internacionales los Estados soberanos e independientes. Todo el argumento de Buenos Aires trata de mostrar que de hecho y de derecho ni Corrientes ni Paraguay poseen esos atributos de Estados, sino que son provincias que pertenecen a la Confederación Argentina, que tiene un encargado en las Relaciones Exteriores, el gobernador de Buenos Aires Juan Manuel de Rosas, para llevar a cabo las tratativas con otros Estados.

Primera cuestión: el gobierno correntino no es reconocido por el gobierno de Buenos Aires como una autoridad legítima; por el contrario, se lo define como "rebelde" y "pirata". En La Gaceta Mercantil se advierte, citando a Emer de Vatell, "que el que toma las armas sin motivo legítimo no tiene absolutamente ningún derecho. Son injustas todas las hostilidades que comete. Es responsable de todos los males y horrores de la guerra" (Vattel, lib. 3, cap. 11, p. 183). El calificativo "pirata" también tiene una definición precisa en los tratados internacionales, y es subrayada por dicha publicación rosista cuando agrega lo siguiente: "Piratas son los que sin ser autorizados por ningún gobierno ejercen en la mar el oficio de ladrones y son por consecuencia culpables" (Kluber, Droit des gens, 2ª. parte, título 2, p. 30).8 El objetivo es claro: se invocan estos principios de derecho de gentes para ubicar a las autoridades correntinas fuera de las leyes que rigen a las naciones civilizadas.

Segunda cuestión encadenada a la primera: en La Gaceta Mercantil se le recrimina al gobierno paraguayo que no respeta las reglas de los países civilizados porque no puede tratar con rebeldes:

no puede haber alianza con rebeldes, porque no forman nación y por consiguiente no existe entre ellos género alguno de independencia. Este principio es fundamental, porque sea cual fuere la forma de gobierno, siempre se encuentra en ella un punto o centro en que reside la soberanía, la cual se ejerce a nombre de la nación que es esencialmente su origen y su objeto, y atendidos todos los principios, todas las autoridades son delegadas por ellas, verdad que es de la esencia de todos los gobiernos.9

La tercera cuestión, ligada a las dos anteriores, consiste en mostrar que tampoco Paraguay es un Estado soberano e independiente y, por consiguiente, no puede, según el derecho de gentes, celebrar tratados con otros Estados. Para ello se mencionan las distintas posibilidades para obtener la soberanía: por elección o por su fundación o posesión (uti possidetis). La primer idea indica que un Estado decide sobre su futuro por voluntad y elección, si es independiente o si entra en alianza con otros Estados. La segunda idea por fundación o posesión supone que un Estado existe desde un momento determinado, y los Estados o provincias pertenecen a ella desde su fundación o posesión. El gobierno de Buenos Aires plantea que la soberanía por su fundación (uti possidettis) es la que rige a los argentinos, y Paraguay pertenece, sin duda, a la República Argentina desde el mismo momento que se da la ruptura con España. El argumento combina una breve narración de la gesta de Mayo con la apelación a normas del derecho de gentes.10 Se afirma, categóricamente, que Paraguay es, desde que se inicia la guerra por la independencia con España, una provincia argentina y, por consiguiente, no puede realizar acuerdos con otros Estados.11

La argumentación toma un giro cuando los publicistas de Buenos Aires quieren indicarle al gobierno paraguayo que si desean acordar sobre la navegación del río Paraná deben hacerlo con Rosas, el encargado de las Relaciones Internacionales de la Confederación Argentina. ¿Qué principio, qué pacto, fundamenta que el gobernador de la provincia de Buenos Aires es el único encargado en la Confederación Argentina de acordar con otros Estados? Esto está expresado en el pacto federal. En el discurso del propio Rosas y de sus publicistas se abandona la noción de uti possidetis, y se sostiene, únicamente, la de elección12 cuando se justifica por qué Paraguay debe tratar con el gobernador de Buenos Aires que es el encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación Argentina.13 Estos usos de dos nociones de soberanías distintas y opuestas, no sólo muestra la tensión en los argumentos del gobierno de Buenos Aires, sino que indica, además, que necesita utilizar una y otra noción para defender los intereses de la provincia de Buenos Aires y de su gobernador.

Si el pacto federal justifica que el gobernador de Buenos Aires es el encargado legítimo de las relaciones exteriores de la Confederación Argentina, también puede justificar, tal como lo subrayan correntinos y paraguayos, que Corrientes puede separarse legítimamente de esa alianza (bajo el argumento que no se cumplen los acuerdos establecidos) y recobrar sus atributos de Estado soberano e independiente. Tales argumentos serán esgrimidos desde el gobierno de Paraguay y su publicación oficial, El Paraguayo Independiente.

 

La respuesta de El Paraguayo Independiente

El gobierno de Paraguay tiene una coyuntura favorable que le permite enfrentarse al gobierno de Buenos Aires (Buschbinder, 2004, y Chiaramonte, Marichal y Granados, 2008, pp. 113-128). En primer lugar, el imperio de Brasil le reconoce la independencia y alienta a otros Estados, como Gran Bretaña a seguir el mismo ejemplo,14 y en segundo término, el imperio y la Confederación Argentina rompen sus relaciones. Es esta coyuntura positiva (para el gobierno paraguayo) la que impulsa al presidente Carlos Antonio López a concretar un acuerdo comercial con Corrientes y enfrentar al encargado de las relaciones exteriores de la Confederación Argentina que se opuso tenazmente al mismo. El debate público quedó registrado en las páginas de La Gaceta Mercantil y El Paraguayo Independiente, vocero del presidente de la República de Paraguay. El Paraguayo Independiente no sólo defiende la soberanía e independencia de la República de Paraguay sino que sostiene, además, que no existe la nación argentina invocando la noción de la retroversión del poder del monarca español a los pueblos de la América española para legitimar sus argumentos.

Primera tesis: el Estado de Paraguay es soberano e independiente:

Disuelta la sociedad política, que existió, era libre a los socios fundar otra o otras. Ellos, y no la división territorial, o la personalidad extinta del virreinato, eran los únicos que tenían derecho de determinar la naturaleza del nuevo poder político, y entidad que lo ejercería. Extinguido el único poder que existía con todos sus atributos, no quedaba otro alguno. Era menester nueva creación, y solamente el pueblo soberano podía darle existencia.15

Pero no se trata del pueblo soberano, advierte la publicación paraguaya, sino de los pueblos o provincias que recuperan, desde entonces, su soberanía e independencia y deciden, según su voluntad, su destino político.16 Y agrega, utilizando el concepto de soberanía por elección, lo siguiente:

en tales términos el pueblo paraguayo, y sólo él, libre, soberana y espontáneamente quien tenía derecho de calcular su suerte, consultar sus pensamientos, seguir sus inspiraciones, y auxiliado por la Divina Providencia, asentar las bases del edificio social en que debía pasar sus días, y trabajar para obtener su propia felicidad. Nadie tenía, ni tiene facultad de interrumpir su paz, inspiraciones y deseos o de oprimir la voluntad libre y los derechos soberanos que Dios le dio, la mano osada, que temeraria se atreviese a tocar en la Arca Santa de su libertad, derecho o nacionalidad, ha de ser cortada como sacrílega, brutal e impía.17

El Paraguayo Independiente (2 de octubre de 1845) reproduce los diferentes tratados concertados entre las provincias rioplatenses y en ninguno de ellos se verifica que el pueblo paraguayo haya decidido incorporarse a la Confederación Argentina, hecho que no puede ser desmentido por las publicaciones de Buenos Aires. Hay que indicar, a su vez, que el presidente López reitera en carta oficial a Juan Manuel de Rosas que el pueblo paraguayo ha decidido mantener su voluntad de ser una república independiente. De este razonamiento, dicha publicación desprende la segunda tesis: la Nación Argentina no existe18 y, en todo caso, es sólo una promesa. En la publicación paraguaya se expresa:

Las provincias litorales del Río de la Plata, después de continuas guerras y millares de vicisitudes, convinieron por fin celebrar el tratado de 4 de enero de 1831. Él por sí sólo demuestra que el hecho de la incorporación nació de la única fuente legítima, cual es la libre voluntad de los pueblos. Ese tratado es el único título de nacionalidad, fuera de él no hay sino repúblicas independientes [...] Después de los actos preparatorios, se reunieron los plenipotenciarios de las provincias litorales en Santa Fe, para ajustar su alianza ofensiva y defensiva, primera y fundamental condición de una futura confederación, que no existía, que aun no existe, y que sólo existirá, cuando un Congreso general de la provincias estableciere las bases, y determinare las condiciones de ese pacto nacional, que hasta el presente no pasa de un simple deseo, o mera posibilidad, la especie de confederación que será adoptada, la naturaleza, la extensión de las relaciones políticas entre las provincias, la cantidad y cualidad de poder, que será concedida al ejecutivo general, en fin, el contrato social entre las repúblicas independientes del Río de la Plata, aun es un problema que el tiempo resolverá. Quien tuviese la osadía de contrariarnos, que presente, no diremos la Constitución federal, pero cualquier otro vínculo de unión que no sea el tratado que vamos a publicar (habla del pacto federal del 4 de enero de 1831), el cual en sí mismo no es más que un acto preparatorio de la futura existencia nacional.19

Si no existe una nación argentina, ¿qué existe en su lugar? El Paraguayo Independiente sólo observa provincias que son Estados soberanos independientes.20 Dicho esto enuncia su tercera tesis: el Estado soberano e independiente de Corrientes ingresó voluntariamente a la Confederación y puede del mismo modo, si no se cumplen los pactos establecidos, salir de dicha alianza. El presidente paraguayo Carlos Antonio López le escribe a Juan Manuel de Rosas:

Este fue el primer tratado celebrado por el general Rosas con el gobierno de Corrientes: es un acto importantísimo que servirá para interpretar el posterior tratado de 4 de enero de 1831. Por él, así como por el posterior, se ve que el nombre Confederación Argentina es pura y completamente arbitrario, y que en la realidad no es, ni significa más que, alianza ofensiva y defensiva entre las repúblicas independientes del Río de la Plata, fundada solamente por los dichos tratados, y que sólo permanecen en cuanto ellos tienen existencia y vigor, y no cuando ellos se hallan suspensos o rotos.21

El futuro de Corrientes queda, siguiendo este razonamiento, a merced de la voluntad del pueblo correntino. A los ojos de López, las autoridades correntinas (contrariamente a lo que señala el gobierno de Buenos Aires) son legítimas y no pueden ser calificadas de rebeldes o de piratas. López, en la misma carta, le dice a Rosas:

es también cierto que la honra de usted, no podrá desconocer que el único poder de hecho, que existe en Corrientes, es el gobierno con quien el Paraguay trató. Él y sólo él dispone del territorio, fuerza y recursos públicos. Buenos Aires no posee en toda la extensión de la provincia un solo palmo de terreno, un solo soldado, ni el más pequeño símbolo de jurisdicción. Si hay desorden, no ha podido restablecer el orden, cualquiera que sea el derecho, el hecho real e innegable es el que queda expuesto.22

Dicha afirmación puede ser comprobada en los hechos ya que los seguidores de Rosas se encuentran fuera de esa provincia. A estos hechos agrega otros del pasado reciente: no es nuevo que Corrientes y Paraguay celebren tratados.23

Cuarta tesis: Rosas invoca, sólo cuando conviene a sus intereses, la defensa de la soberanía de la nación argentina. El Paraguayo Independiente trata de mostrar, con hechos recientes o del pasado inmediato, que su vocación nacionalista lució por su ausencia cuando Corrientes (enfrentada a comienzos de los años treinta a Buenos Aires) estuvo en peligro primero ante la invasión del imperio de Brasil;24 y luego ante la intervención de la Banda Oriental del Uruguay de la mano de Oribe, uno de los líderes de la política uruguaya, apoyado abiertamente por el gobierno de Buenos Aires.25

Ahora bien, ¿por qué se insiste, en una cantidad enorme de números de El Paraguayo Independiente, en estas cuatro tesis? Hasta aquí pueden visualizarse dos razones de peso: para deslegitimar, por un lado, al gobernador de la provincia de Buenos Aires, Juan Manuel de Rosas, como encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación Argentina y, en segundo lugar, legitimar al gobierno correntino como el auténtico representante de un Estado soberano que puede firmar tratados con otras repúblicas soberanas e independientes, en este caso Paraguay. Estas razones, sin duda, son fundamentales para Carlos Antonio López, sin embargo, hay otra cuestión que sale a la luz en 1845: la necesidad de impulsar la independencia definitiva de Corrientes con el fin de internacionalizar el comercio por el río Paraná. Esta estrategia no es sólo paraguaya sino también de otros Estados, como el imperio de Brasil y Gran Bretaña, involucrados en este problema comercial y de algunos emigrados antirrosistas en Montevideo.

 

El problema de la libre navegación de los ríos y el proyecto de transformar al Estado de Corrientes en una república independiente

Al revisar las diferentes publicaciones correntinas, montevideanas, paraguayas y de Buenos Aires, que participan del debate durante el enfrentamiento armado desde 1839, se advierte que siempre se apoyan, de manera coincidente, en los tratados de derecho de gentes escritos por Kluber y por Emer Vattel. Ambos autores, de enorme prestigio internacional, acuerdan en este punto: la libre navegación de un curso de agua que atraviesa un Estado depende exclusivamente de la voluntad de este. Estos tratados le daban la razón al gobierno de Buenos Aires, y este no dejó pasar esto.26

Primera cuestión: el gobierno de Buenos Aires se apoya en tratados de derecho internacional que justamente respaldan plenamente su posición. Segunda cuestión: la tradición política rioplatense también respalda esta postura. Ni en los tiempos del virreinato, ni durante la gestión de los unitarios en la década de los veinte o de los federales rosistas en los años treinta y cuarenta se permite la libre navegación de los ríos a barcos extranjeros porque perjudica los intereses de la aduana de Buenos Aires. Los actores perjudicados (imperio del Brasil, Gran Bretaña, Paraguay) no desconocen estas normas ni esta tradición política rioplatense. Sólo existe, entonces, una salida legal: que algún Estado del litoral se declare república independiente internacionalizando los cursos de agua, Paraná y Uruguay.

 

Gran Bretaña

Ouseley, agente diplomático de Gran Bretaña, escribe en octubre de 1843 a su gobierno en Londres:

El reconocimiento de Corrientes y Entre Ríos y su erección en Estado independiente, aseguraría la navegación del Paraná y del Paraguay. Podría así evitarse la dificultad de insistir sobre la libre navegación que nosotros hemos rechazado en el caso del río San Lorenzo (Canadá) (Busaniche, 1984).27

Esta estrategia fue seguida también por Florencio Varela, político unitario exiliado en la Banda Oriental, y su argumentación se dividía en dos planos: primero afirmaba la inexistencia de la nación argentina y, posteriormente, desprendía de esta premisa la legitimidad de los Estados del litoral para declararse repúblicas independientes (argumentos similares, como se ha visto, son usados por la publicación oficial del gobierno paraguayo).28 Este argumento de Varela se complementa con sus intentos por concretar la independencia de provincias del litoral, bajo el amparo e impulso de Gran Bretaña. El general José María Paz, que formó parte de ejércitos correntinos contra Buenos Aires, explica cuáles fueron los movimientos de Varela en este sentido:

Cuando el señor Varela (don Florencio) partió de Montevideo a desempeñar una misión confidencial cerca del gobierno inglés, el año 43, tuvo conmigo una conferencia, en que me preguntó si aprobaba el pensamiento de separación de las provincias de Entre Ríos y Corrientes, para que formasen un Estado independiente; mi contestación fue terminante y negativa. El señor Varela no expresó opinión alguna, lo que me hizo sospechar que fuese algo más que una idea pasajera, y que su misión tuviese relación con el pensamiento que acababa de insinuarme [...] El señor Varela desempeñó su misión, a la que se le ha dado gran valor, y por lo que después hemos visto, y de que hablaré a su tiempo, me persuado de que hizo uso de la idea de establecer un Estado independiente entre los ríos Paraná y Uruguay, la que se creía halagaría mucho a los gobiernos europeos, particularmente al inglés (Paz, 2000, p. 565).

Efectivamente, Varela adhirió públicamente a la propuesta de Ouseley cuando expresó lo siguiente:

el problema que a Entre Ríos y Corrientes importa ventilar [...] es cómo aumentarán su población, sus consumos, sus productos, y por consiguiente su comercio y su riqueza. Para eso nada importa que sean provincias argentinas o un Estado independiente (Paz, 2000).

 

Corrientes y Paraguay

El plan tuvo dominio público y tanto los paraguayos como las autoridades correntinas saben sobre ello, como lo ha expuesto el general José María Paz (2000) en sus Memorias (por entonces jefe del Ejército Libertador de Corrientes):

El Paraguay, mejor diré, su gobierno, por una política equivocada y errónea, participa de los deseos de ver fraccionada la República Argentina, bien sea esto por un espíritu de antipatía a Buenos Aires, bien porque crea consultar su propia seguridad. Pero, ¿cómo es que no ve aquel gobierno que debilitando a un vecino que cree peligroso robustece a otro más fuerte aún? Las vistas de la política deben extenderse más allá de la vida de los hombres, y si el presidente del Paraguay no ha alargado la suya lo bastante, no ha comprendido la misión que le ha encomendado su país [...] El señor Pimenta Bueno apoyó sin duda el proyecto de la alianza con Corrientes, y quizá fue el alma de esta negociación, porque rehusando su gobierno tomar parte activa en la guerra, le convenía buscar enemigos al dictador argentino, que a la vez garanticen al imperio contra su poder y afiance la independencia de la nueva república. Pero, aún entonces, no abandonó enteramente el pensamiento de desligar a Corrientes de la República Argentina, como se verá en lo que más abajo diré (p. 567).29

Carlos Antonio López, el presidente de la República de Paraguay, que participaba plenamente de este plan, envía una carta a Joaquín Madariaga, gobernador de la provincia de Corrientes:

Mi horizonte se abriría al saber que Corrientes y Entre Ríos estarán en disposición de pronunciarse Estados soberanos e independientes. El tiempo dirá si hay otro expediente que conjure las guerras fratricidas de una banda contra otra y las ponga en igual posición de las aguas del Paraná. No importaría que se diga que tendremos, como ya se ha dicho que tenemos, más repúblicas que provincias tenía el virreinato (Mantilla, 1929, p. 45).

Al parecer no hubo respuesta pública del gobernador correntino Madariaga al presidente de Paraguay. Pero cómo dejar escapar que existe el testimonio del general Paz (2000), quien años después señalaba en sus Memorias cómo estas ideas del presidente López coincidían con las de las autoridades de Corrientes.30 Efectivamente el plan tuvo dominio público, y el propio Madariaga sabía de ello, pudo leerlo, por ejemplo, en los escritos montevideanos de Florencio Varela, quien recibió una carta del presidente de Paraguay exhortándolo a declarar a Corriente como una república independiente y lograr destrabar la cuestión de la libre navegación de los ríos; y, a su vez, un testigo clave del entorno de la elite política correntina, el general Paz (2000), lo confirma en sus Memorias, y agrega, además, que los hermanos Madariaga albergan esta posibilidad pero no la llevan a cabo porque era una idea mal recibida por el pueblo correntino.31 Sin embargo, lo público y explicito fue que los gobiernos de Corrientes, conducido por diferentes gobernadores (Berón de Astrada, 1839, Pedro Ferré, 1839-1842, y Joaquín Madariaga, 1843-1847), siempre plantearon el retorno a la Confederación Argentina, pero respetando el pacto federal violentado, a sus ojos, por el gobierno de Buenos Aires conducido por su gobernador Juan Manuel de Rosas.

 

Consideraciones finales

Tal como se ha indicado en un comienzo, el objetivo principal, al analizar el debate que se desarrolla en el conflicto armado de Corrientes, Paraguay y Buenos Aires, fue revisar, una vez más en la primera mitad del siglo XIX, la idea de una nación argentina percibida como un hecho dado, y no como una construcción asociada a decisiones políticas, percibida como la única opción posible y no como una opción más para las distintas provincias del ex virreinato del Río de la Plata. El aporte de este trabajo residió en ampliar esta perspectiva de análisis desde un caso puntual.

Se ha advertido, en primer lugar, que Corrientes es de hecho un Estado soberano e independiente en varios tramos de todo este periodo. En 1839, las autoridades correntinas deciden separarse de la Confederación Argentina, y recobrar todos sus atributos de Estado soberano. Inmediatamente, el gobierno correntino firma un acuerdo con el gobierno de la Banda Oriental del Uruguay, liderado por el presidente Rivera (uno de sus objetivos era derrocar a Rosas del gobierno de Buenos Aires); más tarde, en 1842, el gobernador Pedro Ferré, como representante del Estado correntino, forma parte de la reunión de Paysandú donde participan los Estados de Río Grande del Sur, la Banda Oriental del Uruguay y Corrientes, y se esboza la promesa de crear una futura "Federación Uruguay" formada por estos tres Estados. Y por último, debe señalarse también que, en diciembre de 1844, los gobiernos de Corrientes y de Paraguay firman un acuerdo que tuvo enorme repercusión pública, y que provocó, tal como se ha indicado, la reacción del encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación Argentina.

Corrientes era un Estado soberano e independiente, pero nunca terminó de definirse, tal como lo hace Paraguay en 1811, 1813, 1814 y 1844 por la separación definitiva de la Confederación Argentina. Quisiera mencionar algunos de los motivos negativos que podía visualizar la dirigencia política correntina para no tomar la opción de una ruptura definitiva.

Ante la indecisión del gobierno de Corrientes Gran Bretaña, rápidamente deja el planteo de la separación de la Confederación Argentina, y toma, en 1845, el otro camino que le quedaba: el de las armas. Al final de ese camino, que es conocido que lo emprende junto con Francia, encuentra, tras remontar los cursos de agua del litoral, que sus barcos tienen escasísimas ganancias. Cambian su postura y las dos potencias, Gran Bretaña y Francia, inician los acuerdos de paz con el encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación Argentina.

Por otro lado, la ubicación geográfica de Corrientes ofrecía ciertas amenazas. Si bien Corrientes pudo beneficiarse con la independencia de Río Grande del Sur, ya que no sólo podía tener relaciones económicas sino que también recibe respaldo político, ya sea durante la gestión de Pedro Ferré o de Joaquín Madariaga, esto cambia en 1845, cuando Río Grande del Sur retorna a la familia del imperio de Brasil. Como se sabe, el imperio es un Estado muy poderoso, y con una larga tradición expansionista, que puede rastrearse desde la colonia, y que tiene, entre otros, a Corrientes y sobre todo a Uruguay como sus principales víctimas. Para Corrientes, convivir y enfrentar sola al imperio en cuestiones limítrofes significaba ingresar en un escenario de mucha debilidad. La Banda Oriental del Uruguay era un ejemplo muy ilustrativo: vecina de la Confederación Argentina y del imperio de Brasil era permanente amenazada y conquistada por uno y por otro, y de hecho existían dos presidentes que se reclamaban la república: Oribe y Rivera.

Entre Ríos se convierte, a lo largo de los años cuarenta, en una de las provincias más poderosas de la Confederación Argentina. Consigue construir un orden político, logra un rápido y sostenido crecimiento económico, y posee un ejército que le permite triunfar en las batallas defendiendo la autoridad de Rosas.32 Era bastante improbable que Corrientes, luego de tantas luchas y tantas derrotas, alcanzara un acuerdo en términos igualitario con el gobernador entrerriano, el general Justo José de Urquiza.

Contrariamente al caso paraguayo (que posee un extenso territorio y mayor potencial económico), las opciones de las autoridades correntinas eran muy escasas, rodeado de Estados guerreros y más poderosos que el Estado de Corrientes, y con una economía desvastada por la guerra que precisamente se desarrolló en su suelo.

Integrar la Confederación Argentina era una de las opciones que la dirigencia correntina tenía en su agenda, pero, de hecho, tampoco tuvieron en 1847 espacio de decisión para adoptar una postura, puesto que el general Urquiza (gobernador de Entre Ríos y jefe del ejército de la Confederación Argentina) los vence en el campo de batalla y devasta buena parte del territorio correntino.

En el caso paraguayo se advierte que su gobierno niega la existencia de una nación argentina con el objetivo preciso de deslegitimar la autoridad del gobernador de la provincia de Buenos Aires, hecho que le permite plantear dos cuestiones fundamentales. En primer lugar, proponer a las autoridades correntinas la idea de su independencia y creación de una república de Corrientes para favorecer los intereses mercantiles de los Estados lindantes con los ríos Paraguay y Uruguay (imperio de Brasil y Paraguay, y naciones que comercian con dichos mercados, como Reino Unido). Y en segundo lugar, le permite deslegitimar toda posibilidad que se la nombre como provincia argentina, dado que el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Juan Manuel de Rosas, cada año que inaugura la sala de representante siempre la nombra como parte de la Confederación Argentina. De hecho, la Confederación Argentina le niega el estatus de república a Paraguay. Pero no sólo esto, si la Confederación Argentina se destruye significa debilitar un vecino poderoso, una amenaza siempre latente. Para decirlo de una vez: negar la existencia de la nación argentina era vital para su propia subsistencia como República de Paraguay.

Para el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Juan Manuel de Rosas, la defensa de la nación argentina le permite legitimar su cargo de encargado de negocios en el exterior de la Confederación, y liderar de hecho, con sus ejércitos a todas las provincias que deben responder a sus políticas (entre las más relevantes y decisivas, defender la aduana de Buenos Aires y su monopolio mercantil).

La misma existencia de la Confederación Argentina evoca una idea de Argentina, aunque no es la idea que tiene actualmente puesto que Paraguay es percibida como una provincia argentina y no como una república independiente (reconocida como tal en los años cuarenta por el imperio de Brasil, Gran Bretaña, Francia y Bolivia). Pero el mismo principio constitutivo de la confederación, que nace a partir de un pacto entre Estados soberanos e independientes que firman, de manera voluntaria, el pacto de creación de la confederación y al mismo tiempo tienen también la capacidad para separarse de ella (tal como hace el estado de Corrientes en 1839), torna débil la idea de Argentina, o más precisamente de Argentina asociada a la confederación. Basta recordar que en 1854 se produce la separación de la provincia de Buenos Aires de la Confederación Argentina, y existieron tratativas hasta de constituir un Estado que una Buenos Aires y Uruguay. Esta digresión es pertinente para subrayar una cuestión: en la década de 1830 y 1840 la idea de Argentina asociada a provincias también llamadas argentinas estaba instalada en la escena pública, pero esto no quiere decir que se trataba de la única opción nacional o estatal que tenían estas provincias, y los casos de Corrientes (en las décadas de los treinta y cuarenta) y de Buenos Aires (en la década de los cincuenta) son un ejemplo de ello.

 

Lista de referencias

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Notas

1 José Carlos Chiaramonte formó un grupo de trabajo (en el Instituto de Historia Argentina y Americana Dr. Emilio Ravignani de la Facultad de Filosofía y Letras, UBA) para estudiar los orígenes de la nación argentina a fines de 1980 y comienzos de 1990. Sobre los resultados de su larga investigación pueden consultarse Chiaramonte (1997 y 2004), y Chiaramonte, Marichal y Granados (2008).

2 Quisiera recomendar dos estudios recientes: Ternavasio (2009), y Fradkin y Garavaglia (2011, pp. 13-28).

3 Sobre la expresión caudillo, véase Goldman y Salvatore (1988).

4 Estos argumentos se repiten en las publicaciones periódicas: El Libertador de Corrientes (1840), El Nacional Correntino (1841-1842),El Republicano (1843-1844), La Revolución (1845) y El Pacificador (1846). Así como también en el Registro Oficial de la Provincias de Corrientes, Imprenta del Estado de Corrientes: (1826-1830), t. III (1831-1837) y t. IV (1838-1841), edición de 1929 y t. V (1842-1846), t. VI (1847-1852), edición de 1936. Sobre el discurso republicano en la etapa estudiada, véase Myers (1995).

5 (16 de febrero, 1845). La Revolución, Corrientes. Véase un estudio reciente en torno a las diferentes interpretaciones que los intelectuales y políticos del siglo XIX hicieron sobre la gesta de 1810: Wasserman (2001)

6 En La Revolución se escribe: "Por su parte, la revolución argentina representada por Corrientes debe considerarse como una potencia distinta de la parte de la república que domina el tirano Rosas. Vattel dice: Pero cuando los vínculos de la sociedad política se destruyen, o a lo menos, se suspenden entre el soberano y su pueblo, se le puede considerar como dos potencias distintas..." (23 de febrero de 1845). La Revolución, Corrientes.

7 Todos los actores que se oponen al gobierno de Juan Manuel de Rosas, desde los federales doctrinarios porteños hasta los correntinos como Ferré que siempre optan por la federación, son etiquetados como unitarios cargando con el contenido negativo elaborado por los federales rosistas. El relato rosista que justifica la guerra a muerte contra el enemigo unitario, se difunde a toda la población, de diversas formas, en las escuelas, en fiestas, en las consignas que debían encabezar todo documento oficial y en la propia vestimenta de los ciudadanos.

8 Bello, Principios de derecho de gentes, cap. 10, p. 240, citado por Rivera Indarte, reproducido en La Revolución, 25 de febrero de 1845, Corrientes.

9 El gobierno de Paraguay argumentaba que el conflicto atenta contra sus intereses comerciales y que dicho acuerdo con Corrientes trata de corregir este daño. La publicación rosista dice, en relación a este asunto, que el gobierno del Paraguay no puede desconocer que "mientras un pueblo neutral quiere gozar seguramente de este estado debe mostrar en todas cosas una imparcialidad entre los que se hacen la guerra, porque si favorece a uno en perjuicio del otro, no podrá quejarse cuando este le trate como parcial o asociado de su enemigo. La neutralidad sería una neutralidad fraudulenta de la cual ninguno quiere ser víctima" (Vattel, lib. 3, cap. 7, p. 104). Para después apuntar: "una nación que sin otro motivo que el cebo de la ganancia trabaja en fortificar a nuestro enemigo, y no teme causarnos un daño irreparable, no es ciertamente amiga nuestra, y nos da derecho para considerarla y tratarla como asociada a nuestro enemigo" (Vattel, t. 3, lib. 3, cap. 7, p. 113). La Gaceta Mercantil, 24 de marzo de 1845, Buenos Aires. Véase además Archivo Americano y Espíritu de la prensa en el mundo, 30 de abril, 21 de junio y 31 de julio de 1845, Buenos Aires.

10 La Gaceta Mercantil, 28 de marzo de 1845, Buenos Aires.

11 La Gaceta Mercantil, 28 de marzo de 1845, Buenos Aires.

12 Apuntemos otro dato relevante: el rosismo ya había utilizado esa idea de soberanía por elección para defender la aduana de Buenos Aires. En los años treinta, Pedro de Angelis afirma, defendiendo la aduana de Buenos Aires sólo para los porteños, que la soberanía de las provincias es absoluta. En consonancia con esto, desde las páginas de La Gaceta Mercantil, se plantea que cada provincia es soberana e independiente y que por su propia elección y voluntad, en un acuerdo firmado en 1831, formaron la Confederación Argentina y delegaron, desde entonces, en el gobernador de la provincia de Buenos Aires el cargo de la representación exterior de dicha alianza. Es decir, sólo invocando esta idea de nación por elección donde los Estados provinciales son soberanos e independientes, puede legitimar que la aduana no es nacional sino, exclusivamente, de Buenos Aires. Si invocaría, por el contrario, el concepto de uti possidetis, la aduana no es de Buenos Aires, sino de la nación argentina. Por eso, el rosismo invoca, cuando le conviene una u otra idea de nación. Al respecto véase el excelente estudio de Chiaramonte (1997).

13 El articulista de la publicación de Buenos Aires afirma: Por otra parte, estando obligada anteriormente la Provincia de Corrientes por el pacto nacional del 4 de enero de 1831, el gobierno del Paraguay, aun queriendo interpretar la rebelión de los salvajes unitarios como el orden legal de esa provincia, no ha podido creerse autorizado para tratar con quien no puede hacerlo sino el modo y forma que voluntariamente ha convenido en un tratado precedente. Para que sea moral un tratado es necesario que no haya impedimento moral para su ejecución [...] La condición esencial para la validez de un tratado público es la facultad en los estipulantes. Reconociéndose formalmente el gobierno del Paraguay en los rebeldes salvajes unitarios de Corrientes, ataca la soberanía de la Confederación Argentina, pues que no trata, como requiere el derecho de gentes, con el representante del Estado argentino ante el extranjero, inmediatamente, o por interpósito agente, sino con sus enemigos en rebelión, estableciendo así injusta y hostilmente una representación pública y derecho bélico de que estos carecen La Gaceta Mercantil, 28 de marzo de 1845, Buenos Aires.

14 Paraguay formaba parte del virreinato del Río de la Plata en el momento que se produce la Revolución de Mayo en 1810, y Buenos Aires siempre ocupó el lugar de la ciudad que centralizaba y dominaba al resto de las provincias. Poco tiempo después los criollos dominan el gobierno de Paraguay promoviendo una confederación, con la idea de que cada provincia se relacione de manera igual una con la otra sin ser sometida por ninguna. Buenos Aires no acepta esta propuesta. Fracasada la estrategia de la confederación, la dirigencia política de Paraguay se decide por la independencia. En 1813 se declara la República de Paraguay, y desde 1814 hasta 1840 se consolida la dictadura del doctor Francia. Su política fue de consolidación interna, y de aislamiento, prácticamente rompe todos los lazos con los vecinos, con algunas excepciones que permitía un mínimo comercio. Recién tras la muerte de Francia en 1840, se produce un viraje y el gobierno paraguayo inicia tratados con sus vecinos, por ejemplo con el Estado de Corrientes o el imperio de Brasil. En 1844 se dicta la Constitución de Paraguay y se proclama presidente a Carlos Antonio López por diez años. En esta nueva coyuntura política, social y económica, el gobierno de Paraguay logra que el imperio de Brasil reconozca su independencia, igual que Gran Bretaña. El imperio de Brasil buscaba entre otras cosas quebrar la idea de que Paraguay se incorpore a la Confederación Argentina, siempre planteada desde Buenos Aires (Scavone y Brezzo, 2010, pp. 22-50, y Moniz, 2006, pp. 93-147)

15 El Paraguayo Independiente, 4 de octubre de 1845, Asunción.

16 Pero El Paraguayo Independiente también invoca una idea organicista y cultural de la nación, asociada a los 30 años de vida independiente del pueblo paraguayo. Esta idea cultural de nación, diferente a la idea de soberanía por elección, es usada para legitimar la unidad de la república: un hombre nacido en Paraguay es paraguayo y no puede optar por otra república sin ser calificado de traidor. La idea de nación asentada en la voluntad de sujetos racionales que hacen un pacto para crear una nación ofrece algunos problemas para lograr unidad interna, sobre todo en épocas donde la guerra era un asunto permanente. El Estado paraguayo necesita enunciar la idea cultural de nación para poder justificar más lógicamente que los ciudadanos deben servir a la república si esta se encuentra en peligro. Un ciudadano paraguayo ya no piensa racionalmente si quiere ir a la guerra, sino que al ser parte culturalmente de la nación debe defenderla o ser un traidor no sólo al Estado, a la república, sino también a la familia paraguaya, a su historia, a sus tradiciones, a sus riquezas naturales. El peligro que encierra la idea que habla de la voluntad libre del sujeto de la república es que queda librado al ciudadano su decisión de pertenecer a la república y de defenderla ante cualquier circunstancia. Como vemos, son dos ideas de nación distintas, contradictorias y, al mismo tiempo, necesarias: la idea por elección es necesaria para legitimar la independencia de la República de Paraguay sostenida una y otra vez por el voto de sus ciudadanos, mientras que la idea cultural de nación es necesaria para conseguir la unidad y defensa de la república.

17 El Paraguayo Independiente, 4 de octubre de 1845, Asunción.

18 El Paraguayo Independiente, 8 de agosto de 1845, Asunción.

19 El Paraguayo Independiente, 20 de septiembre de 1845, Asunción.

20 "Vemos siempre la misma independencia de las provincias, la misma libertad de confederarse o no [...] Tenemos, pues, confirmación repetida de que las provincias del Río de la Plata son verdaderos Estados soberanos, y que solamente, cuando vinculadas por sus voluntarias estipulaciones, es que limitan o modifican su poder independiente. Como hay, pues, quién quiera forjar una Confederación hija de la fuerza, y por la fuerza?" El Paraguayo Independiente, 13 de setiembre de 1845, Asunción.

21 El Paraguayo Independiente, 13 de setiembre de 1845, Asunción.

22 El Paraguayo Independiente, 13 de setiembre de 1845, Asunción.

23 López escribe que "Paraguay celebró anteriormente convenciones con el gobierno de Corrientes, los disidentes del Río Grande del Sur en guerra con el gobierno del Brasil. Buenos Aires supo y no significó su desaprobación, ni evitó o neutralizó los males, que de ahí se siguiesen al gobierno de aquel imperio. Es pues notable la novedad de la actual política. El derecho de conservación, defensa y existencia personal autoriza al propio súbdito de un gobierno a salvar su vida, puesta en peligro por otro, cuanto más un pueblo a tratar con otro, que vive sobre si para evitar la destrucción y la guerra." Documento del presidente de la República del Paraguay dirigido al encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación Argentina. Reproducido en El Paraguayo Independiente, 26 de abril de 1845, Asunción.

24 La publicación paraguaya evoca un hecho muy conocido por entonces y siempre actualizado por las autoridades correntinas: "Una fuerza imperial entró en el territorio correntino, hubo reclamaciones del gobierno de esa provincia, y el de Buenos Aires ninguna señal de vida presentó en todos esos conflictos. Cómo es, pues, que fue ahora a desenterrar el tratado de 4 de enero, que ha tantos años murió en relación a Corrientes y que solo al fin de la guerra actual es que podría resucitar?" El Paraguayo Independiente, 9 de agosto de 1845, Asunción.

25 "Si el pensamiento que llevamos expresado, no fuese exacto, como dejaría Buenos Aires de ofenderse de que Oribe se pusiese en hostilidades con la provincia de Corrientes? No representaría Oribe un poder extranjero a la Confederación?" El Paraguayo Independiente, 19 de julio de 1845, Asunción.

26 En la prensa de Buenos Aires se reproduce este pasaje, apoyándose en argumentos de Kluber: En virtud de la propiedad del Estado, el gobierno puede, con exclusión de los extranjeros, no solo hacer uso de él, sino también disponer de él según su voluntad, y aumentarlo por el derecho de accesión. Puede hacer en su territorio los arreglos que exija la utilidad del Estado. Siendo independiente de toda influencia extranjera del derecho de propiedad de Estado, se sigue que el Estado puede excluir a todo extranjero no solo de la ocupación de las cosas que no tienen dueño, y del uso de su territorio caso de necesidad, sino aun de todo uso que pudiera hacerse sin que se le perjudicase de ninguna manera. (Kluber, Droit, t. 1, 1er parte, cap, 1, p. 23.) [...] la independencia de los Estados se hace observar particularmente en el uso libre y exclusivo del derecho de aguas, en toda su extensión, así en el territorio marítimo del Estado, como sus ríos, grandes y chicos, canales o lagos y estanques. Ese uso no se restringe sino cuando el Estado renuncia a él por convenciones, en todo, o en parte, o que se ha obligado a dejar que concurra algún otro Estado. No se le podría acusar de injusticia si prohibiese todo paso de buques extranjeros sobre los ríos grandes y chicos, canales o lagos de su territorio, el paso de buques sobre la mar a tiro de cañón de sus costas, sin entrada, o permanencia en los puertos o en la rada. (Kluber, t. 1, 2da parte, título 2, cap. 1, pp. 134-135). La Gaceta Mercantil, 24 de febrero de 1845, Buenos Aires.

27 "¿A qué se refiere Ouseley cuando alude al caso del río San Lorenzo? La respuesta nos permite ver las distintas estrategias de Inglaterra. El río San Lorenzo conectaba los grandes lagos con el océano Atlántico. Los norteamericanos sostenían, porque le convenía a sus intereses mercantiles, la tesis de la libertad de todo curso navegable, Inglaterra, por el contrario, la del exclusivismo y de la soberanía absoluta. Pasar por un territorio ajeno, afirmaba la diplomacia inglesa, es excepción al derecho de propiedad, y si Europa había proclamado el principio de la libertad de los ríos en sus declaraciones del 24 de marzo de 1815, esto fue por una convención de mutuo interés de los ribereños, y no podía asentar jurisprudencia para la afirmación de una doctrina de derecho natural. Ouseley no podía, en el pasaje citado, dejar de indicar la paradoja de la diplomacia inglesa, sostenedora de la libre navegación de los ríos en el sur de América y acérrima defensora de la soberanía absoluta en la polémica sobre el río San Lorenzo." Kroeber (1945).

28 Florencio Varela escribe: "Las provincias argentinas, son catorce, de ellas solo cinco tienen tratados entre sí: Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos y Corrientes, litorales; y Córdoba, interior. Los tratados entre las cuatro primeras las ligan a todas recíprocamente; los de Córdoba son únicamente con Buenos Aires. Ninguno de estos tratados contienen un sólo artículo, una sola palabra, que ligue a las provincias que lo firmaron en cuerpo de nación. Es precisamente todo lo contrario: son tratados que tienen por base absoluta independencia de cada provincia hasta que se reúnan en cuerpo de nación, estipulándose que en una oportunidad, se invitará a todas las demás provincias a reunirse en federación: prueba patente de que hoy no están reunidas [...] lo que Rosas llama Confederación Argentina no es otra cosa que una palabra sin significado real [...] el tratado (pacto federal) dispone que se invitará a las provincias a reunirse en federación. Esta invitación no se ha hecho hasta ahora; las provincias permanecen en el mismo estado de aislamiento y de perfecta independencia, que estipularon en esos propios tratados." Florencio Varela expuso estas ideas en varios artículos: El Comercio del Plata, 16, 17 y 22 de octubre de 1846, Montevideo.

29 El Paraguay, mejor diré, su gobierno, por una política equivocada y errónea, participa de los deseos de ver fraccionada la república argentina, bien sea esto por un espíritu de antipatía a Buenos Aires, bien porque crea consultar su propia seguridad. Pero, ¿cómo es que no ve aquel gobierno que debilitando a un vecino que cree peligroso robustece a otro más fuerte aún? Las vistas de la política deben extenderse más allá de la vida de los hombres, y si el presidente del Paraguay no ha alargado la suya lo bastante, no ha comprendido la misión que le ha encomendado su país. Cuando la misión del doctor Derqui, a consecuencia de aquella invitación, en que ofrecía prestarse a la alianza, si se hacía ver la posibilidad de la separación, cuales eran los verdaderos intereses del Paraguay, sin que nada se consiguiese por entonces. Es de creer que más tarde produjeron algún efecto, pues vimos a dicho gobierno entrar francamente en una alianza ofensiva y defensiva, sin que se aclarase su horizonte, o, al menos, sin que yo no llegase a percibir. Sin embargo, es de creer que hubo otro motivo para esta mudanza. [...] El señor Pimenta Bueno apoyó sin duda el proyecto de la alianza con Corrientes, y quizá fue el alma de esta negociación, porque rehusando su gobierno tomar parte activa en la guerra, le convenía buscar enemigos al dictador argentino, que a la vez garanticen al imperio contra su poder y afianzas en la independencia de la nueva república. Pero, aún entonces, no abandonó enteramente el pensamiento de desligar a Corrientes de la república argentina, como se verá en lo que más abajo diré.

30 Paz (2000) anotaba: "estas ideas de separación [...] no han tenido acogida entre las masas (correntinas), aunque los caudillos las hayan hecho algunas veces vislumbrar, y aunque hayan hecho cuanto les ha sido posible por desacreditar a los que no eran correntinos [...]. El hecho es que los Madariaga, a quien ninguna consideración ha detenido cuando ha estado por medio su interés personal, nunca se atrevieron a pronunciar la palabra separación, porque conocían muy bien que esa palabra los privaba de muchos auxiliares y los despopularizaba en su propio país. Cuando más, se permitieron una u otra expresión vaga, incierta o mentirosa; al menos yo no he sabido que avanzasen a más (p. 45).

31 Madariaga no se expide públicamente sobre esta posibilidad separatista, pero se advierte un dato revelador: tiene a uno de sus promotores, Florencio Varela, como el representante por Corrientes en Montevideo.

32 Véase la excelente investigación de Schmit (2004).

 

INFORMACIÓN SOBRE EL AUTOR:

Alejandro Herrero. Doctor en Historia. Investigador adjunto del CONICET. Docente asociado ordinario de la Universidad Nacional de Lanús. Ha escrito varios libros: La política en tiempo de guerra. Las ideas políticas francesas en el pensamiento de J. B. Alberdi (1835-1852), Universidad Nacional de Lanús, Buenos Aires, 2004 (2a. ed., 2006); Ideas para una república. Una mirada sobre la Nueva Generación Argentina y las doctrinas políticas francesas, Universidad Nacional de Lanús, Buenos Aires, 2009; y en colaboración con Fabián Herrero, La ideas y sus historiadores. Un fragmento del campo intelectual en los años noventa. (Estudio preliminar escrito por Roger Chartier), Universidad Nacional del Litoral, Santa Fe, 1996; y La cocina del historiador. Reflexiones sobre la historia de la cultura europea. Entrevistas a Roger Chartier, Robert Darnton, Peter Burke y Daniel Roche, Universidad Nacional de Lanús, Buenos Aires, 2002 (2a. ed., 2006).

 

ABOUT THE AUTHOR:

Alejandro Herrero. Ph. D. in History. Associate researcher at CONICET (National Council of Scientific and Technical Research). He is an ordinary associate teacher at the Universidad Nacional de Lanús. Herrero has written several books: La política en tiempo de guerra. Las ideas políticas francesas en el pensamiento de J. B. Alberdi (1835-1852), Universidad Nacional de Lanús, Buenos Aires, 2004 (Second edition, 2006); Ideas para una república. Una mirada sobre la Nueva Generación Argentina y las doctrinas políticas francesas, Universidad Nacional de Lanús, Buenos Aires, 2009; La ideas y sus historiadores. Un fragmento del campo intelectual en los años noventa (preliminary study written by Roger Chartier), Universidad Nacional del Litoral, Santa Fe, 1996, in collaboration with Fabián Herrero; and La cocina del historiador. Reflexiones sobre la historia de la cultura europea. Entrevistas a Roger Chartier, Robert Darnton, Peter Burke y Daniel Roche, Universidad Nacional de Lanús, Buenos Aires, 2002 (Second edition, 2006).

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