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Secuencia

versão On-line ISSN 2395-8464versão impressa ISSN 0186-0348

Secuencia  no.76 México Jan./Abr. 2010

 

Reseñas

 

María del Refugio Magallanes Delgado, Bandolerismo, poder y justicia en Zacatecas, 1867-1872

 

Imilcy Balboa Navarro*

 

Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas, Zacatecas, 2007, 74 pp. (Serie Medios Preparatorios, 1).

 

* Universitat Jaume I.

 

Comienzo resaltando la importancia del estudio de María del Refugio Magallanes Delgado y su inserción en la "historia de la gente sin historia", al decir del cubano Pedro Deschamps Chapeux, o como define la propia autora, la historia de "los de abajo".

Para algunos seguramente no es un tema nuevo. El boom de los estudios sobre la rebeldía campesina se remonta a la aparición de Rebeldes primitivos, escrito por Eric Hobsbawm en 1958. La aparición de esta obra pionera marcó un hito en los estudios sobre el bandolerismo y la rebeldía campesina. El método propuesto —como planteara el propio Hobsbawm— situó en primer plano a los bandoleros -en adelante bandidos sociales— a partir del análisis de tres factores inherentes a este tipo de manifestación. Primero, su carácter de fenómeno social. En segundo lugar, la coexistencia del bandolerismo con movimientos más ambiciosos o generales de insurrección social y, por último, las situaciones atrasadas o primitivas en las que el bandolerismo se convertía en un movimiento de protesta y rebelión sociales.

El modelo se completaba con otras cuestiones que singularizaban las actividades de los bandidos, enmarcaban su relación con el Estado y su entorno, y definían su papel social. De esta forma el bandolerismo social además se nos representaba constituido por grupos relativamente pequeños de hombres —generalmente jóvenes y solteros— que vivían al margen de la sociedad tras cometer alguna infracción de la ley oficial, por tanto sus actividades eran consideradas delictivas por el Estado pero no por los campesinos, con quienes compartían determinados "juicios morales". La falta de conciencia de estos grupos —que buscaban la emancipación personal— les invalidaba como fuerza de combate y limitaba su capacidad en otros pronunciamientos de carácter social, aunque algunos bandidos podían integrarse en movimientos revolucionarios modernos.

Sus tesis representaron un gran avance metodológico. La idea de tipificar los movimientos campesinos dentro del llamado bandolerismo social atrajo a numerosos especialistas de varios países, que examinaron el fenómeno en diferentes escenarios y épocas.

Investigaciones posteriores, de factura más o menos reciente, han puesto en duda la validez universal del paradigma de bandolero social y algunos de los postulados establecidos por Hobsbawm han sido sometidos a crítica, sobre todo en lo referido a la falta de conciencia y de objetivos, así como su encasillamiento como protesta "arcaica" o "primitiva" anterior al capitalismo.

El libro Bandolerismo, poder y justicia en Zacatecas (1867-1872) es deudor de estas ideas, pero al propio tiempo muestra un camino novedoso en la interpretación del bandolerismo, adaptando dichos postulados a la particularidad americana y en especial al caso de Zacatecas.

Y este es uno de los principales aportes del estudio de Magallanes Delgado que busca una vía propia para explicar la peculiaridad local. Su discurso se articula alrededor de los procesos judiciales para adentrarnos en las características distintivas del bandolerismo en la zona, entretejiendo los móviles de los sublevados, con el papel desempeñado por los caudillos locales y los recodos de la justicia.

La autora ha escogido un periodo convulso, la llamada República Restaurada, con el regreso del presidente Benito Juárez en 1867, la adhesión de Zacatecas al levantamiento de San Luis Potosí (8 de enero de 1870) y el movimiento antijuarista modulado a través del Plan Restaurado del Orden Constitucional elaborado por el gobernador Trinidad García a fines de diciembre de 1869. Magallanes no sólo examina tales hechos, sino que trata de explicarlos desde una nueva perspectiva a partir de la imbricación de dos elementos en su análisis: a) la actuación de los militares devenidos bandidos y acusados del delito de sublevación y b) la administración de justicia por los tribunales militares. Lo anterior, con el fin de demostrar —en contra de las teorías que le niegan "vida política" al campesinado- cómo la movilización popular también se convirtió en una forma de hacer política.

Los casos analizados a lo largo de la obra, como los de Edmundo Cozal, Refugio Medina, Gumersindo Muñiz o Merced Esparza, por sólo citar algunos, rebasan el plano anecdótico, para sumergirnos en el mundo de los caudillos y las relaciones clientelares, del que emerge entonces un bandido sui generis —si se nos permite la frase— atrapado en la obediencia a su jefe inmediato, en lo que Magallanes define —acertadamente— como una especie de "contrato laboral".

Los móviles políticos se confunden con las acciones delictivas. La línea divisoria es muy endeble y por momentos se desdibuja. ¿Estamos frente a delincuentes o patriotas? La base social de las gavillas —nos aclara la autora— "eran los labradores dependientes de las haciendas, cuyos propietarios eran hombres prominentes en la política local y nacional".

¿Cómo se veían a sí mismo estos hombres y cómo los califican las autoridades? La mayoría se ampara en la obediencia al caudillo, y no se consideran delincuentes. Mientras que desde el poder se tiende a englobar cualquier oposición al régimen establecido en la categoría de bandidos, en la que caben desde "el criminal común, hasta el revolucionario serio". Todo lo cual resulta conveniente para desprestigiar el movimiento, restarle credibilidad y justificar la represión.

Una represión que en Zacatecas se mueve entre dos polos distantes, que definen a su vez la estrategia jurídica: entre el castigo y el perdón. Así aparecen, por un lado, la pena de muerte, y en el extremo opuesto, la amnistía, que se convierte en vehículo para asegurar el orden y la paz pública, al tiempo que es utilizada como vehículo renovado de lealtad a la autoridad y, por lo tanto, un reconocimiento a su legitimidad, aquella que precisamente cuestionaban los sublevados.

El examen de la organización de la represión está basado en fuentes documentales. Y este —a mi juicio— es otro de los aciertos del libro: acercarnos al funcionamiento de los tribunales militares. Y aquí el aspecto judicial gana protagonismo en la obra de Magallanes para insertarse finalmente en los entresijos de la transición al nuevo orden político mexicano, orientado —entre otras cuestiones— a la búsqueda de una mayor eficacia del poder central.

El bandolerismo, entonces, se convierte en la antítesis de la paz, al tiempo que sirve para mostrar las limitaciones de ese poder central frente al dominio a escala local de los caudillos.

Más allá de los deseos del gobierno o de los propios caciques, las condiciones prevalecientes en los campos de Zacatecas en 1868 hacían posible la extensión del descontento en la población rural. Una agricultura poco productiva y atrasada, la falta de infraestructuras y un sistema de propiedad donde se ponderaba la concentración de la tierra en pocas manos, constituían un caldo de cultivo propicio para la explosión del bandolerismo.

Un mal de fondo que no se elimina con la muerte del presidente Benito Juárez en julio de 1872, como concluye la propia María del Refugio Magallanes en esta obra: "ni las leyes particulares, ni la fiscalía militar resolvieron algunos de los problemas de fondo: el caudillismo, la miseria y el desempleo, considerados como factores que fomentaban el gavillerismo".

Damos la bienvenida, entonces, a esta primera obra de la serie Medios Preparatorios, un libro que nos adentra en el complejo mundo rural de la Zacatecas de fines del siglo XIX.

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