SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.31 número5Aproximación de las redes sociales: una vía alterna para el estudio de la conducta de uso de drogas y su tratamientoTabaquismo y depresión índice de autoresíndice de materiabúsqueda de artículos
Home Pagelista alfabética de revistas  

Servicios Personalizados

Revista

Articulo

Indicadores

Links relacionados

  • No hay artículos similaresSimilares en SciELO

Compartir


Salud mental

versión impresa ISSN 0185-3325

Salud Ment vol.31 no.5 México sep./oct. 2008

 

Artículo original

 

Problemas y dilemas éticos en la investigación de la explotación sexual comercial de niñas y niños

 

Ethical problems and dilemmas in research on the commercial sexual explotation of children

 

Rafael Gutiérrez,1 Leticia Vega,1 Eva María Rodríguez1*

 

1 Dirección de Investigaciones Epidemiológicas y Psicosociales. Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente.

 

*Correspondencia:
Lic. Eva Ma. Rodríguez.
Dirección de Investigaciones Epidemiológicas y Psicosociales.
Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente.
Calz. México–Xochimilco 101,
San Lorenzo Huipulco, Tlalpan,
14370, México, D F,
E–mail:
rodrigre@imp.edu.mx

 

Recibido: 15 de mayo de 2007
Aceptado: 12 de julio de 2007

 

Abstract

The article begins by defining commercial sexual explotation of children (CSEC) as an exercise of power that commercializes the sexual abuse of children and adolescents so that the exploiters, nearly always adult men, will obtain financial profit or some type of social, psychological or other satisfaction.

Victims of CSEC are girls and, to a lesser extent, boys. In any case, they are persons under the age of 18, who have been stripped of their right to be respected and protected from slavery and sexual abuse, discrimination, sickness and crime. This usurpation of rights occurs in certain businesses in the sexual industry (such as prostitution in bars, saloon bars, eateries, brothels, hotels and in the journals, videos and websites on the Internet run by pornographers and child molesters) and the street sex market (including prostitution in streets, squares, beaches, and parks).

The main thrust of this article is to analyze some of the problems derived from the failure to comply with the principles of research ethics when studying commercial sexual exploitation (CSEC) in the sex industry and street sex market in Mexico.

Research about CSEC started during the 90's focusing on the sex industry and street market in Mexico City and Guadalajara, Jalisco. By the end of that decade the National System for the Integral Development of Families (NSIDF) created a program against CSEC, with social research being one of its core objectives.

A brief analysis is conducted of the problems derived from the failure to comply with ethical standards in the early covert research on CSEC in Mexico. It reports that this type of research encourages protection of the researcher without obtaining informed consent, respecting the dignity, confidentiality or anonymity of victims or providing any type of protection for the victims from any type of damage caused by their participation in the research.

Most of the research projects focus on detecting victims in the sex industry and the stress sex market in various cities throughout the country. To this end, various methods and techniques have been used that require compliance with basic ethical standards in the relationship between researchers and key informants and in the reports by responsible researchers. Although it might be said that projects review and approval by an ethics committees implicitly assume compliance, there is still a considerable amount of studies without manifest ethic support.

This article also discusses the fact that the de–contextualized application of the principles of research ethics to CSEC studies does not suffice to solve the previous problems, and may create ethical dilemmas in CSEC research. It also specifically describes one of the dilemmas faced in the authors' own research.

Although a certain percentage of the research related to the issue is obviously reviewed and approved by an ethics committee that implicitly acknowledges this compliance, there continues to be a considerable number of studies with no manifest ethical support.

Researchers responsible for the detection of and interviews with victims of CSEC also seek to defend themselves without protecting any of the latter. For example, many researchers act as clients in order to go unnoticed by exploiters and record the presence of teenagers in bars, saloon bars and diners without offering them any form of protection. These researchers never report that the victims interviewed have been informed of their right to refuse to answer or to leave whenever they wish.

Ten years ago one researcher decided to penetrate a network that exploited adolescents. He managed to know the procedures followed to contact, enroll and coerce victims, as well as the commercial sex activities.

Some authors consider that the violation of informant's rights in social research can be avoided by applying the universal principles of ethics in scientific research. However, the application of such principles seems to be insufficient to solve the wide range of ethical problems that raise in frequent and deep social relationships to informants.

Applying the universal principles out of context would also obstruct the development of ethical validated social sciences such as participant observation, and generate other problems. For instance, the application of the principle of anonymity to protect the informant's identity when the participants wish to have their real names used on research reports, can make participants feel disappointed and stolen when reading their own experiences being reported under somebody else's name. This might persuade them to participate in other research projects.

The article ends by describing the lessons learned during this work. Recommendations include protecting the physical, social and psychological welfare of the persons studied and those with whom one works, finding out about the social context where one's fieldwork is conducted; adopting a rights and gender approach; avoiding research solely designed to detect victims without offering them protection; detecting victims within the context of inter–institutional coordination (State Prosecutor's offices, Municipal and State DIF Systems and welfare organizations run by civilians), and rescue and protection programs that will guarantee the restoration of their rights and ensure the research team's welfare. At the very least, they should be quite clear that their own safety should always take precedence over their research.

Key words: Social research ethics, commercial sexual exploitation of children, ethical dilemmas, children's rights, informed consent.

 

Resumen

En este artículo se define primero la explotación sexual comercial infantil (ESCI) como un ejercicio de poder que mercantiliza el abuso sexual de niñas, niños y adolescentes, con el fin de que los explotadores, casi siempre hombres adultos, obtengan alguna ganancia financiera o alguna satisfacción social, psicológica o de cualquiera otra especie.

Las víctimas de la ESCI son niñas y, en menor medida, niños. En cualquier caso se trata de personas menores de 18 años de edad, usurpadas de su derecho a ser respetadas y protegidas contra la esclavitud y el abuso sexual, la discriminación, las enfermedades, la delincuencia, entre otros. Esta usurpación de derechos ocurre en algunos negocios de la industria sexual (la prostitución en bares, cantinas, fondas, casas de cita, hoteles y en las revistas/videos/sitios de la WEB de pornografía, pederastas, etc.) y del mercado callejero del sexo (la prostitución en las calles, plazas, playas, jardines, etc.).

El propósito del artículo es analizar algunos problemas derivados del incumplimiento de los principios de la ética de la investigación al estudiar la explotación sexual comercial infantil (ESCI) en la industria sexual y el mercado callejero del sexo en México.

De esta manera se hace un rápido análisis de los problemas derivados del incumplimiento de los estándares éticos en las primeras investigaciones encubiertas sobre la ESCI en México. Se reporta que este tipo de investigaciones privilegia la protección del investigador sin obtener el consentimiento informado, sin respetar la dignidad, la confidencialidad ni el anonimato de las víctimas y sin brindarles algún tipo de protección contra cualquier tipo de daño producido por su participación en la investigación.

La mayoría de las investigaciones se centra en la detección de víctimas en la industria sexual y en el mercado callejero del sexo de diferentes ciudades del país. Para tal efecto se han ocupado métodos y técnicas que exigen el cumplimiento de estándares éticos básicos en la relación de los investigadores con los informantes clave y en el reporte de los investigadores responsables.

Asimismo se discute que la aplicación descontextualizada de los principios de la ética de la investigación a los estudios de la ESCI no es suficiente para resolver los problemas anteriores y que puede generar dilemas éticos en la investigación de la ESCI. De manera específica se expone uno de los dilemas enfrentados en el propio trabajo de investigación de los autores.

Es innegable que se podría asumir que cierto porcentaje de investigaciones relacionadas con el tema pasa por la revisión y aprobación de un comité de ética que da cuenta implícitamente de ese cumplimiento. Sin embargo, aun así persiste un número considerable de estudios que no tiene ningún respaldo ético manifiesto.

Los investigadores responsables de la detección y las entrevistas a las víctimas de la ESCI también buscan salvaguardarse sin proteger a ninguna de ellas. Por ejemplo, muchos investigadores actúan como clientes para pasar desapercibidos ante los explotadores y registrar la presencia de adolescentes en bares, cantinas y figones sin ofrecer a ellas algún tipo de protección. Los investigadores nunca reportan que las víctimas entrevistadas hayan sido enteradas de que tenían derecho a negarse a contestar o a retirarse cuando lo decidieran.

Finalmente se exponen las lecciones aprendidas en dicho trabajo, las cuales recomiendan proteger el bienestar físico, social y psicológico de las personas a las que se estudia y con las que se trabaja; conocer el contexto social donde uno hace su trabajo de campo; adoptar un enfoque de derechos y de género; evitar las investigaciones que persigan como único fin detectar a víctimas sin ofrecerles protección; realizar la detección de victimas en el contexto de programas de coordinación interinstitucional (ministerios públicos, sistemas estatales y municipales DIF; organismos asistenciales de la sociedad civil), de rescate y de protección que garanticen la restitución de sus derechos, y proteger el bienestar del equipo de investigación. Por lo menos debe quedar claro al investigador que su propia seguridad debe estar en todo momento por encima de la realización de las tareas de investigación.

Palabras clave: Ética de la investigación social, explotación sexual comercial infantil, dilemas éticos, derechos de los niños, consentimiento informado.

 

INTRODUCCIÓN

La explotación sexual comercial infantil (ESCI) es un ejercicio de poder que mercantiliza el abuso sexual de niñas, niños y adolescentes, con el fin de que los explotadores, casi siempre hombres adultos, obtengan alguna ganancia financiera o alguna satisfacción social, psicológica o de cualquiera otra especie.1–3

Las víctimas de la ESCI son niñas y, en menor medida, niños. En cualquier caso, se trata de personas menores de 18 años de edad, usurpadas de su derecho a ser respetadas y protegidas contra la esclavitud y el abuso sexual, la discriminación, las enfermedades y la delincuencia, entre otros. Esta usurpación de derechos ocurre en algunos negocios de la industria sexual (la prostitución en bares, cantinas, fondas, casas de cita, hoteles y en las revistas/videos/sitios de la WEB de pornografía, pederastas, etc.) y del mercado callejero del sexo (la prostitución en las calles, plazas, playas, jardines, etc.).4–7 Sin embargo, la explotación se reproduce también de manera oculta en otros contextos sociales (relaciones amistosas, de noviazgo y matrimoniales, laborales, académicas, asistenciales, etc.), jerarquizados por la edad, el género, la etnia y la clase social.8,9

Los estudios sobre la ESCI se inician en México en la década de 1990, y el fenómeno se investiga en la industria sexual y el mercado callejero del sexo de la capital del país y de Guadalajara, Jalisco.4,5,10 Al final de esa década, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) crea un programa contra la ESCI que incluyó entre sus objetivos la investigación social del fenómeno. Dicho programa logró incrementar las investigaciones de una a 15, realizadas en casi cincuenta ciudades en los últimos seis años.9,11

La mayoría de las investigaciones de este último periodo se centra en la detección de víctimas en la industria sexual y en el mercado callejero del sexo de diferentes ciudades del país.* Para tal efecto han ocupado métodos y técnicas que exigen el cumplimiento de estándares éticos básicos en la relación de los investigadores con los informantes clave y en el reporte de los investigadores responsables.10,12,13 Sin embargo, una investigación reciente sobre la aplicación del enfoque de derechos en 15 investigaciones con niñas y niños víctimas de la ESCI en México9 señala que en la mayoría de las investigaciones reportadas no se explicita el cumplimiento de dichos estándares en la relación con los informantes y en el reporte de la investigación.

El exiguo desarrollo de la ética en el campo de la investigación de la ESCI parece ser un reflejo de la escasa investigación con seres humanos en general, que esté orientada por los principios de la ética de la investigación en América Latina y el Caribe. Por ejemplo, una reciente evaluación bioética11 concluye que existe gran cantidad de publicaciones científicas en las revistas más difundidas de los países que efectúan el mayor número de investigaciones en seres humanos en la región de América Latina y el Caribe que no explicitan el cumplimiento de requisitos éticos básicos en dichas investigaciones. Aunque en cierto porcentaje podría asumirse que la revisión y aprobación por un comité de ética da cuenta implícitamente de ese cumplimiento, persiste un número considerable de estudios que carecen de un respaldo ético manifiesto.

En la primera parte de este texto hacemos un rápido análisis de los problemas derivados del incumplimiento de los estándares éticos en una de las primeras investigaciones encubiertas sobre la ESCI en México. Discutimos enseguida que la aplicación descontextualizada de los principios de la ética de la investigación a los estudios de la ESCI no es suficiente para resolver los problemas éticos y que puede generar dilemas en la investigación de la ESCI. De manera específica se expone uno de los dilemas enfrentados en nuestro propio trabajo de investigación. Finalmente, se exponen las lecciones aprendidas de dicho trabajo, las cuales pueden ser útiles para otros investigadores que trabajan temáticas similares.

 

ALGUNOS PROBLEMAS ÉTICOS DE LA INVESTIGACIÓN ENCUBIERTA DE LA ESCI EN MÉXICO

Durante la década de 1990 se desarrollaron las primeras investigaciones encubiertas para localizar y entrevistar a las víctimas de la ESCI en el país. Desde entonces, los investigadores saben que estudiar la ESCI en la industria sexual y el comercio callejero del sexo puede resultar peligroso para su persona, sobre todo si los explotadores deciden silenciar al investigador. Este riesgo ha llevado a los investigadores a protegerse actuando de manera encubierta en el curso de sus investigaciones. Así, durante el trabajo de campo, muchos investigadores actúan como clientes de la prostitución callejera y de hoteles, bares, cantinas y fondas. Pero al hacerlo, se olvidan de respetar y de proteger los derechos de las víctimas.

Por ejemplo, hace diez años un investigador decidió infiltrarse como cliente en una red de explotadores de adolescentes.14 De este modo pudo conocer cómo se organiza el contacto, el reclutamiento y el forzamiento de las víctimas, así como la compra–venta de actividades sexuales con éstas. Además, el investigador señala que él mismo pagó dinero para tener actividades sexuales (nunca consumadas) con personas menores de edad para entrevistarlas en la privacidad de un cuarto de hotel. Ésta es una cita textual del reporte del investigador:

En el cuarto la niña se alegra cuando se entera que no hay que copular, solamente platicar, aunque pregunta y advierte: <<¿Eres tira?** No le vayas a decir nada al Chino>> (explotador). Cuenta que no es de aquí, que se vino de un pueblo de Nayarit. Que roló en la calle… y que después, a instancias de un cuate que asegura no saber cómo se llama, comenzó a prostituirse. Que a veces duerme en un cuarto de hotel que le paga ese <<cuate>> y que es a él a quien hay que entregarle el dinero, por lo menos una parte.

Cuando pasan los 30 minutos, la niña se viste. Antes de salir del cuarto insiste: <<No digas nada, si no me madrean>>.

Este testimonio revela distintas violaciones de los derechos de las víctimas informantes.12 Dos de los derechos usurpados son la confidencialidad y el anonimato. Por ejemplo, el investigador hizo público lo que las víctimas le pidieron no reportar y divulgó datos que facilitan su identificación, como las características de la zona donde se les encuentra, los nombres de los hoteles que frecuentan y, en algunos casos, la descripción física de las adolescentes y el apodo de sus explotadores. Estas violaciones ponen en riesgo de daño a las víctimas. Además, durante las entrevistas, el investigador no protegió a las víctimas de tratos degradantes, ya que entrevistó a las víctimas desnudas.

En la actualidad, la mayoría de los diagnósticos de la ESCI continúan con la práctica de la investigación encubierta para localizar y con el tiempo entrevistar a las víctimas.9,10 Por ejemplo, después de analizar los objetivos de 15 investigaciones sobre la ESCI impulsadas por el SNDIF en el periodo 2001–2006,9 es posible concluir que ocho de las 15 investigaciones tuvieron como uno de sus objetivos detectar a las víctimas de la ESCI en la industria sexual y el mercado callejero del sexo y, que éste fue el único objetivo de la tercera parte de los 15 estudios de la ESCI en México.

En conjunto, todas estas investigaciones identificaron a un total de 488 niñas y niños en la industria sexual y el mercado callejero del sexo de 48 ciudades y municipios. Además, esas investigaciones incluyeron entrevistas a 127 víctimas de la ESCI y a 57 niñas y niños en riesgo.9

Hoy como antes, los investigadores responsables de la detección y la entrevista a las víctimas de la ESCI buscaron también salvaguardarse sin proteger a ninguna de ellas. Por ejemplo, muchos investigadores actuaron como clientes para pasar desapercibidos ante los explotadores y registrar la presencia de adolescentes en bares, cantinas y figones sin ofrecerles a ellas algún tipo de protección. Los investigadores nunca reportan que las víctimas entrevistadas hubieran sido enteradas de que tenían derecho a negarse a contestar o a retirarse cuando lo decidieran. Además, los investigadores no declaran haber dicho a las víctimas que los resultados de la investigación podían dar lugar a operativos policiales destinados a <<rescatarles>> y que tal vez serían aisladas temporalmente en albergues, de su familia y comunidad hasta resolver qué era lo mejor para ellas.

En breve, este tipo de investigaciones encubiertas privilegian la protección del investigador sin obtener el consentimiento informado, sin respetar la confidencialidad ni el anonimato de las víctimas y sin brindarles algún tipo de protección contra cualquier tipo de daño producido por su participación en la investigación.

 

ALGUNOS DILEMAS ÉTICOS ENFRENTADOS EN LA INVESTIGACIÓN DE LA ESCI

Algunos autores consideran que la violación de los derechos de los informantes en las investigaciones sociales puede evitarse aplicando los principios universales de la ética de la investigación científica.10 Sin embargo, tal aplicación es insuficiente para agotar la diversidad de problemas éticos que se generan en las relaciones sociales frecuentes y profundas con los informantes. Aún más, la aplicación descontextualizada de esos principios puede impedir el desarrollo de las investigaciones sociales éticamente válidas, como la observación participante, y ocasionar otros problemas. Por ejemplo, la implantación del principio del anonimato para resguardar la identidad de las personas que sí desean que sus nombres aparezcan tal cual en los reportes de investigación hace que los informantes se sientan defraudados por los investigadores, plagiados al ver publicadas sus propias experiencias como si fueran de otras personas y desanimados para participar en otra investigación.

Además, la imposición de principios éticos puede generar dilemas; es decir, problemas que tienen varias soluciones válidas pero todas incompatibles entre sí y legítimamente impugnables. Por ejemplo, en nuestra más reciente investigación sobre la ESCI en cinco municipios del Estado de México8,10 tratamos de orientar el trabajo de campo de acuerdo con los principios universales de la ética de la investigación y el enfoque de derechos. Para reforzar la ética de nuestro quehacer, elaboramos un protocolo para normar nuestro comportamiento durante el trabajo de observación y capacitamos a nuestros colaboradores sobre la construcción del consentimiento informado.

Todo este trabajo ha sido insuficiente para prevenir y controlar distintos dilemas éticos surgidos al interactuar cara a cara con nuestros informantes, quizá porque en este caso la ética es relacional y está sujeta a contingencias locales. Por ejemplo, en el curso de una entrevista con una adolescente, que había autorizado la grabación de lo que ella nos decía sobre su experiencia en la explotación, llegó de manera imprevista un joven conocido de la víctima, pero no de nosotros. A la muchacha no pareció importarle la presencia de su conocido, ya que dijo que podíamos continuar con la entrevista. El conocido de la víctima notó que la conversación se grababa y después comenzó a participar. Él habló de lo que hacía y entre otras cosas dijo que era <<padrote>> y que no tenía problemas con las autoridades, porque los policías eran corruptos. Después se marchó sin que lo volviéramos a ver.

En ese momento, la situación referida nos planteó por lo menos el siguiente dilema: denunciar la explotación sexual cometida por un presunto proxeneta o salvaguardar su derecho al anonimato y confidencialidad.

Consideramos que ambas acciones eran éticamente válidas pero incompatibles entre sí. Denunciar la supuesta explotación sexual cometida por nuestro informante ocasional terminaría con la violación de uno de los derechos de las víctimas, pero al mismo tiempo esta acción violaría el derecho al anonimato y confidencialidad. Por otro lado, si salvaguardábamos estos derechos, no sería posible denunciar a nuestro informante y por lo tanto continuaría explotando a las adolescentes.

Este tipo de dilemas no se resuelven con la aplicación mecánica de un catálogo de principios de la ética de la investigación científica. Para resolverlo se requiere conocer profundamente el contexto social de la explotación. Por ejemplo, hay que saber cuáles son y cómo operan las relaciones de poder y de corrupción entre delincuentes, explotados, empresarios y autoridades policiales, y cuáles son y cómo funcionan las instituciones y programas comunitarios para las víctimas.

Además, hay que analizar el contexto social desde un enfoque de derechos con el fin de determinar una solución del dilema que asegure la máxima satisfacción posible de los derechos de las víctimas y la menor restricción de ellos, considerando no sólo el número de derechos afectados, sino también su importancia relativa.

En nuestro caso decidimos no denunciar al informante con las autoridades policiales, no revelar lo que sabíamos sobre el caso y proteger a las víctimas. Estas decisiones se tomaron porque en ese momento sabíamos que:

• No teníamos información suficiente para respaldar la denuncia del presunto proxeneta. Sólo conocíamos lo dicho por un informante ocasional, sin haberlo corroborado con el dicho de otros informantes ni triangulado con los resultados de otras entrevistas y técnicas de investigación.

• También sabíamos que, de hacer inmediatamente la denuncia, ésta ocurriría en un contexto de corrupción y que era probable obtener resultados paradójicos. En situaciones parecidas hemos observado que los delincuentes quedan en libertad, que los denunciantes reciben amenazas y que las víctimas son aisladas de su familia y comunidad e internadas en un albergue de puertas cerradas.

• Además, en nuestro trabajo de campo encontramos que las adolescentes rescatadas de la industria sexual no eran canalizadas a los organismos que oficialmente deberían ayudarles, como el Ministerio Público, las procuradurías de defensa del menor y los centros de asistencia social. Tampoco existían comités que pudieran coordinar las acciones interinstitucionales a favor de las adolescentes ni había programas específicos o personal capacitado para atenderlas.

• Aunque la confidencialidad es un valor importante, en ese momento pensamos que no invalidaba el derecho a hablar del caso para proteger el bienestar de las víctimas. Desde una perspectiva de derechos, se sabe que, en todas las decisiones que afectan a los niños, éstos deben primar por sobre los intereses mercantiles de terceros, como la explotación sexual comercial infantil.

• También pensamos que revelar el caso a educadores de calle, psicólogos y trabajadores sociales que trabajaban en el vecindario permitiría alertarles y ayudarles a pensar en instrumentar un plan de prevención y de protección.

• Además, consideramos que revelar información del caso ayudaría a las instituciones de asistencia social a desarrollar y articular programas de alerta y de protección.

Antes de impulsar cualquier acción colectiva a favor de las víctimas, primero hablamos con ellas porque deben saber y opinar sobre todo aquello que les afecte o pueda perjudicarles o beneficiarles. Buscamos proporcionarles información y hacerles reflexionar acerca de su situación y de contar con el apoyo de organismos de asistencia social para hablar de lo que les sucedía.

Además, les proporcionamos información para su protección y les facilitamos las consultas y exámenes ginecológicos y les ofrecimos la canalización a organizaciones de asistencia social para que recibieran atención ambulatoria y fueran protegidas y asistidas en hogares de puertas abiertas.

También hicimos un reporte de investigación para los DIF nacional y estatal, en que destacamos la necesidad de estimular la constitución de comités interinstitucionales que coordinen acciones de detección de víctimas, de protección y de restitución de sus derechos.

 

LECCIONES APRENDIDAS

Aún no sabemos el resultado final de todo este trabajo, pero ya obtuvimos algunas lecciones de nuestra práctica de investigación sobre la ESCI. Éstas proponen:

• Proteger el bienestar físico, social y psicológico de las personas a las que se estudia y con las que se trabaja.

• Conocer el contexto social donde uno hace su trabajo de campo.

• Es fundamental adoptar un enfoque de derechos y de género.

• La investigación encubierta que sólo protege a los investigadores es inaceptable. Es mejor realizar la detección de victimas en el contexto de programas de coordinación interinstitucional (ministerios públicos, sistemas estatales y municipales DIF; organismos asistenciales de la sociedad civil), de rescate y de protección que garanticen la restitución de los derechos de las víctimas.

• Conviene evitar el uso de los grupos focales para obtener descripciones de experiencias personales que pongan en riesgo la seguridad y el anonimato de los informantes. En su lugar es mejor utilizar la entrevista en profundidad.

• Finalmente consideramos que se debe proteger el bienestar del equipo de investigación. A éste debe quedarle por lo menos claro que su propia seguridad debe estar en todo momento por encima de la realización de las tareas de investigación. No hay que olvidar que nuestro objetivo es estudiar procesos y estructuras sociales para aportar información que ayude a prevenir y proteger a las víctimas de la ESCI y no a investigar individuos para denunciarlos y meterlos en la cárcel.

Tales lecciones son válidas para nuestro equipo de investigación, pero quizás puedan ser útiles a otros investigadores que trabajan con metodologías similares y en campos afines. Sin duda es mejor que los investigadores normen su quehacer conforme a las lecciones extraídas de su propia práctica de investigación.

 

REFERENCIAS

1. Azaola E. Infancia robada. México: Siglo XXI; 2000; 191 págs.        [ Links ]

2. Gutiérrez R. La explotación sexual comercial infantil (ESCI). Guía para la elaboración de planes y acciones interinstitucionales en contra de la ESCI. México: DIF Nacional, UNICEF; 2006; p. 39–70.        [ Links ]

3. Vega L, Gutiérrez R, Rodríguez E. La explotación sexual comercial infantil. Propuesta de intervención comunitaria a favor de la niñez vulnerable. México: DIF/UNICEF/INP; 2000.        [ Links ]

4. Gutiérrez R. La ESCI, el mercado del sexo y sus participantes. Guía para la elaboración de planes y acciones interinstitucionales en contra de la ESCI. México: DIF Nacional, UNICEF; 2006; p. 71–88.        [ Links ]

5. Gutiérrez R. Factores de riesgo, de protección y las consecuencias de la ESCI. Guía para la elaboración de planes y acciones interinstitucionales en contra de la ESCI. México: DIF Nacional, UNICEF; 2006; p. 89–106.        [ Links ]

6. Negrete N. Explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes en América Latina y el Caribe. Capítulo México. Montevideo, Uruguay: Instituto Interamericano del Niño, Organización de Estados Americanos; 1999.        [ Links ]

7. Vega L, Gutiérrez R. Factores psicosociales de riesgo para la salud y el desarrollo social de las niñas, niños y adolescentes explotados en el comercio sexual. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF). México: ISBN:968–826–031–2; 2005.        [ Links ]

8. Gutiérrez R, Vega L, Villatoro J. La explotación sexual comercial infantil en cinco municipios del Estado de México. DIFEM. En prensa 2005.        [ Links ]

9. Gutiérrez R, Vega L, Loya A. Las investigaciones de la ESCI en México durante el periodo 2000–2006. México: DIF Nacional. En prensa 2005.        [ Links ]

10. Gutiérrez R, Vega L. Problemas en la ética de la investigación de la explotación sexual comercial Iinfantil en México. México: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF); 2005.        [ Links ]

11. Gutiérrez R. Lecciones aprendidas. Guía para la elaboración de planes y acciones interinstitucionales en contra de la ESCI. México: DIF Nacional UNICEF; 2006; p. 107–142.        [ Links ]

12. Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS). Pautas éticas de investigación en sujetos humanos: nuevas perspectivas. Santiago de Chile: Programa Regional de Bioética OPS/ OMS; Serie Publicaciones; 2003.        [ Links ]

13. Mancini R, Lolas SF. Evaluación bioética de trabajos de investigación en seres humanos publicados en América Latina y el Caribe. Acta Bioeth 2001;7(1):159–169.        [ Links ]

14. Dorantes D, Guzmán I, Taborda D. En la Plaza de los Mariachis existe la prostitución de niños: chavos se prostituyen en pleno centro de la Ciudad. Investigación periodística. La red de periodistas de investigación SIGLO 21, 15 de abril/28 de mayo, 1996.        [ Links ]

 

NOTAS

* Escasean las investigaciones que alcanzan a reportar un conocimiento profundo y detallado de algunos tipos de la ESCI y de los factores sociales que los propician (Azaola, 2000). Más extrañas resultan las investigaciones que buscan otorgar visibilidad a la presencia de la ESCI en las relaciones de noviazgo, amistosas, laborales, etc., y examinar sus conexiones con diferentes ejes de inequidad (de clase, género, étnica, entre otras). Paralelamente, aunque todavía falta mucho por hacer en este sentido, se ha logrado generar información estadística que permite ahondar en el estudio sistemático de las persistentes consecuencias psicosociales de la ESCI.

**Policía.

Creative Commons License Todo el contenido de esta revista, excepto dónde está identificado, está bajo una Licencia Creative Commons