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Perfiles educativos

versión impresa ISSN 0185-2698

Perfiles educativos vol.30 no.119 Ciudad de México ene. 2008

 

Reseñas

 

La autonomía universitaria en la Constitución y en la ley

 

Por Miguel Ángel Gutiérrez López*

 

Sergio García Ramírez. México, Instituto de Investigaciones Jurídicas– UNAM, 2005

 

ISUE–UNAM; becario del Programa Posdoctoral, Coordinación de Humanidades. Correo electrónico lagazeta99@gmail.com

 

Hacer referencia a la autonomía universitaria es entrar en el terreno de las relaciones entre las instituciones universitarias y el poder, así como en la forma en la que éstas y sus integrantes han pugnado por asumir la autoridad sobre sí mismas. Este tema, de gran importancia e interés para la comunidad universitaria, es el componente principal de la obra de Sergio García Ramírez, La autonomía universitaria en la Constitución y en la ley.

El libro que ahora se reseña fue escrito como una forma de celebrar los 75 años de la concesión de la autonomía a la Universidad Nacional. A la vez, la obra anticipó el vigésimo quinto aniversario de la reforma legislativa que en 1980 introdujo en la Constitución Política del país el concepto de autonomía universitaria.

La obra está escrita a partir de la historia y la experiencia de la UNAM, pero el autor expresa que las consideraciones jurídicas, sociales y políticas pueden ser aplicables a todas las instituciones que integran el sistema de educación superior pública. Este planteamiento se cumple en el texto, lo que nos permite la comprensión del tema abordado en términos generales y más allá de la experiencia de casos aislados.

La autonomía universitaria en la Constitución y en la ley consta de una presentación, seis capítulos y un apéndice. El primer capítulo, "Una expresión polisémica", constituye un ensayo mínimo sobre los diversos significados de la autonomía universitaria en diferentes tiempos y lugares. Éstos van desde la universidad medieval hasta el siglo XX. Este recorrido por la historia de la autonomía universitaria es utilizado por el autor para exponer la naturaleza cambiante del término y para establecer que en el curso del trabajo se referirá al "desarrollo mexicano" del mismo; en particular dentro de la UNAM. El capítulo segundo, "La primera historia", es en realidad un brevísimo comentario sobre la universidad novohispana y puede ser entendido como un preámbulo a la temática central de la obra.

El capítulo tercero, "Las leyes de la Universidad de México", constituye una de las secciones más interesantes de la obra. En este capítulo se hace un análisis histórico y jurídico de la autonomía universitaria a partir de la legislación de la institución que da título al apartado; iniciando con la actuación e ideas de Justo Sierra que desembocaron en la Ley Constitutiva universitaria de mayo de 1910, para continuar con las de 1929, 1933, y 1945. Un aspecto digno de mención lo integran las referencias que hace el autor al contexto político en el que se promulgaron las diferentes leyes orgánicas universitarias.

La parte medular del trabajo está conformada por los capítulos cuarto y quinto. El primero de éstos, "Hacia la autonomía constitucional", se refiere a lo que el autor denomina el proceso de constitucionalización de la autonomía universitaria, el cual involucra los debates legislativos que entre 1979 y 1980 llevaron a que en la fracción VIII (actualmente VII) del artículo tercero constitucional, según la reforma del 9 de junio de 1980, quedaran establecidas las atribuciones y obligaciones de las instituciones de educación superior a las que por ley les sea otorgada la autonomía. El análisis jurídico que presenta el autor en este capítulo permite entender el curso de los debates de la reforma en cuestión a partir de las diferentes posturas jurídicas e ideológicas expuestas por los legisladores.

En el capítulo quinto se exponen las garantías o atribuciones autonómicas que el autor considera se desprenden de la fracción vn del artículo tercero constitucional. Las atribuciones se refieren a la asignación de ciertos deberes y facultades que entrañan prerrogativas dirigidas a construir un estatuto determinado. Las garantías, por su parte, implican medios o instrumentos para el efectivo ejercicio de las facultades asignadas. De esta manera, y siguiendo al autor, se puede establecer que estas atribuciones y garantías autonómicas se refieren:

a) a la capacidad de autorregulación y autogobierno de las instituciones universitarias; b) a la realización de los fines propios de las universidades (docencia, investigación y difusión de la cultura); c) a la libertad de cátedra e investigación y el libre examen y discusión de las ideas dentro de las universidades como medios para realizar sus fines; d) a la facultad de las universidades de determinar sus planes y programas; e) a la potestad de las universidades para fijar las condiciones de ingreso, promoción y permanencia del personal académico; f) a la capacidad de las universidades autónomas para administrar su patrimonio.

En el último capítulo, el sexto, "La defensa de la autonomía", García Ramírez expone sus ideas sobre el papel que desempeña la universidad pública autónoma dentro del sistema educativo nacional y sobre la necesidad de sostener y defender su posición ante la injerencia de factores externos que pudieran poner en riesgo el cumplimiento de sus fines. El autor destaca la importancia de revisar el pasado y anticipar el futuro para poner al día nuestro concepto de autonomía, como una forma de garantizar su permanencia y adecuarla a las exigencias del momento.

En su parte final, la obra incluye un apéndice, que ocupa casi el 40 por ciento de su extensión, titulado "Proceso de reforma del artículo tercero constitucional (1979–1980)". En este apartado se muestra el curso de los debates legislativos que entre octubre y diciembre de 1979 dieron origen a la reforma que introdujo en la Constitución Política del país el concepto de autonomía universitaria, con el conjunto de derechos, garantías, deberes y responsabilidades que la integran y le dan sentido y fisonomía.

Los documentos consignados en el apéndice se refieren al proceso de reforma constitucional iniciado en 1979 y concluido el 9 de junio de 1980, con la publicación en el Diario Oficial de la Federación de un decreto que agregó una nueva fracción al artículo tercero de la carta magna. Para ilustrar este proceso, en esta sección se incluye la trascripción de la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 16 de octubre de 1979, en la que se dio lectura a la iniciativa del Ejecutivo federal para adicionar, con una fracción VIII, el artículo tercero constitucional. En la misma sesión se dio lectura al dictamen respectivo y se discutieron ambos documentos. El apéndice también incluye el texto de la sesión ordinaria de la Cámara de Senadores, del 13 de diciembre de 1979, en la que se dio lectura y discutió el dictamen de la minuta de la Cámara de Diputados elaborada en la sesión referida.

En conjunto, la obra representa un esfuerzo destaca ble por presentar un itinerario de la autonomía universitaria en México desde el establecimiento de la Universidad Nacional en 1910 hasta la reforma legislativa que otorgó rango constitucional a la autonomía en 1980.

El libro de Serio García Ramírez tiene entre sus principales virtudes la de destacar el carácter cambiante que ha tenido la noción de autonomía a lo largo de la historia de la universidad mexicana. Esta mutación de significados y sentidos ilustra la idea, presente en el libro, de la autonomía como una atribución de las universidades, construida a través del tiempo con el esfuerzo de éstas y sus miembros, como parte de sus relaciones con el Estado y otros poderes presentes en la sociedad que intervienen o han pretendido intervenir en su organización y conducción.

Una carencia visible en la obra es la falta de un listado de las fuentes consultadas. Esta falta obliga al lector a remitirse a las notas al pie de página para conocer la base documental y bibliográfica del trabajo. Sin duda, ésta es una omisión que deberá corregirse en el caso de que se prepare una nueva edición.

En cierto modo, el libro de Sergio García Ramírez presenta una visión institucional del problema estudiado, que reivindica el papel de las autoridades universitarias en la defensa de los principios autonomistas. En este sentido, debe tomarse en cuenta que en el momento en que se escribió y fue publicada la obra, su autor fungía como miembro de la Junta de Gobierno de la UNAM. Esta circunstancia le da un carácter particular al texto, especialmente si se toma en cuenta el hecho de que la junta es considerada por un importante sector de universitarios como un órgano autoritario que atenta contra los principios democráticos que se piensa deben regir en la conducción de la universidad. Ante estas críticas, García Ramírez confiesa que un motivo personal para la elaboración y publicación del libro es el de ofrecer su testimonio como integrante de ese órgano universitario (del que formó parte entre 1993 y 2005). Por esta razón, uno de los móviles visibles de la obra es el de defender y reivindicar el papel de la Junta de Gobierno en la construcción y defensa de la autonomía universitaria.

La autonomía universitaria en la Constitución y en la ley obra escrita por el doctor en derecho e investigador del Instituto de Investigadores Jurídicas de la UNAM, Sergio García Ramírez, constituye un aporte sustancial al campo de estudio de la educación superior pública en México y como tal esperamos sea recibido por la comunidad académica universitaria.

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