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Estudios de historia moderna y contemporánea de México

Print version ISSN 0185-2620

Estud. hist. mod. contemp. Mex  n.55 Ciudad de México Jan./Jun. 2018

https://doi.org/10.22201/iih.24485004e.2018.55.63300 

Reseñas

Ricardo Pérez Montfort, Tolerancia y prohibición. Aproximaciones a la historia social y cultural de las drogas en México, 1840-1940, México, Debate, 2016

Odette María Rojas Sosa1 

1Investigadora independiente

Pérez Montfort, Ricardo. Tolerancia y prohibición. Aproximaciones a la historia social y cultural de las drogas en México, 1840-1940. México: Debate, 2016.


Tolerancia y prohibición son las dos palabras que Ricardo Pérez Montfort ha elegido para dar título a su libro y sirven también para describir los dos extremos que han marcado la actitud de las autoridades mexicanas hacia las sustancias “alteradoras de la conciencia”.

En las primeras páginas de la obra, el autor hace un análisis sucinto de aquellos trabajos que, desde diferentes disciplinas como el derecho, la antropología y la etnología, han abordado la cuestión de las drogas en México. A pesar de la creciente producción, apenas unas cuantas obras se detienen en el aspecto histórico, casi siempre de manera breve o tangencial, centrándose en el siglo XX. En el ámbito historiográfico destacan algunas tesis de diferentes grados académicos que han examinado diversas aristas del tema: una sustancia específica, una región del país en particular o un lapso temporal corto.

Ante este panorama, Pérez Montfort se propuso un objetivo ambicioso: abarcar todas las sustancias calificadas como drogas a lo largo de un periodo de largo aliento, un siglo entero (el que corre de 1840 a 1940), para dar cuenta del tránsito de una actitud tolerante hacia una prohibicionista. Su interés no es reciente; puede decirse, con justicia, que el autor es uno de los pioneros en el estudio de la historia de las drogas en México. En obras previas ha hablado de las suspicacias que generó durante el Porfiriato y la Revolución el “olor a tortilla tostada” del “veneno faradisíaco” y también de otras sustancias, como “yerba, goma y polvo”.1Tolerancia y prohibición... es resultado de varios años de investigación en acervos y fuentes heterogéneas (e incluso de travesías que lo han llevado de México a Alemania y de vuelta).

Una primera cuestión que plantea el libro es el de la definición del término “droga”, pues es una muestra de los cambios que se han operado en la concepción misma de las sustancias. En el siglo XVIII la palabra estaba restringida estrictamente al ámbito farmacológico, es decir, se refería a un elemento empleado en la fabricación de medicamentos. Con el paso del tiempo, llegó a tener una acepción que remitía a prácticas viciosas y prohibidas, acorde con la creación de políticas públicas de salud que, hasta la fecha, persiguen y prohíben su uso.2 El caso del alcohol resulta limítrofe, pues si bien existió consenso respecto a los perjuicios que podía causar su consumo inmoderado (riñas, lesiones, homicidios, enfermedades), nunca se le catalogó como una droga.3 Por tal motivo, el autor sólo se ocupa brevemente de las bebidas alcohólicas.

Durante la época virreinal, la condena a la ingesta de hongos, plantas o polvos tenía un sustento religioso, pues el estado alterado que provocaba era asociado con la hechicería. En el siglo XIX, sobre todo en la segunda mitad, la inquietud se afianzó, pero fundamentada en el discurso médico que enfatizaba sus efectos negativos en el organismo. A partir de entonces, el catálogo de drogas se fue haciendo cada vez más extenso y las disposiciones gubernamentales cada vez más restrictivas. En ese sentido, el Código Penal de 1871 fue el primer ordenamiento que contempló un rubro de “delitos contra la salud” y dentro de él, un artículo que sancionaba la producción y venta de “sustancias nocivas a la salud” cuando no se contaba con el permiso de las autoridades sanitarias. No obstante, en el Porfiriato los boticarios solían emplearlas a discreción para la elaboración de tónicos, de remedios y “preparados”, sin rendir información detallada de las cantidades que poseían en sus establecimientos.

Un aspecto que destaca en Tolerancia y prohibición... es la manera en que se aborda el contexto internacional en materia de regulación de todas las actividades relacionadas con drogas. Las convenciones que se realizaron en diferentes momentos y latitudes influyeron para que las autoridades mexicanas posrevolucionarias -interesadas de por sí en combatir problemas sociales que mermaban la salud del individuo, afectaban a la sociedad e impedían el progreso nacional- implantaran leyes y disposiciones tendientes a restringir la circulación de las llamadas “sustancias que degeneran a la raza” y a reprimir su uso recreativo.

A pesar de este paulatino proceso de endurecimiento de la normatividad contra las llamadas “toxicomanías”, en 1940 ocurrió un episodio inédito en las políticas de salud pública, cuando un nuevo Reglamento Federal de Toxicomanías dispuso la creación de dispensarios en donde se proporcionarían dosis controladas de drogas a los “viciosos”, a quienes consideraba enfermos y no criminales. La medida se puso en práctica, pero las presiones provenientes de Estados Unidos terminaron por coartar esta “opción alternativa” a los pocos meses de su inicio; en palabras de Pérez Montfort -quien no se exime de expresar un juicio de valor- “se impusieron la irracionalidad y el prohibicionismo” (p. 307).4

Sin duda, los acontecimientos ocurridos en 1940 marcaron un punto de quiebre en la postura del Estado mexicano contra las drogas, caracterizada en lo sucesivo (sobre todo en las décadas más recientes) por un combate frontal al narcotráfico. El autor, por lo tanto, establece dicho año como cierre del periodo de estudio de su obra, pues considera que la historia de las drogas a partir de entonces y hasta la actualidad requiere otra investigación.

Un mérito notable de Tolerancia y prohibición... es el enfoque sociocultural del tema -como se indica en el subtítulo-, pues en la mayoría de los trabajos existentes se soslaya esta perspectiva o se trata de manera indirecta. Así, el lector puede conocer las reacciones sociales ante el consumo de las drogas o cómo se les representó en la literatura, la música, el teatro y el cine. Para ello, Pérez Montfort examinó de manera minuciosa numerosas fuentes (películas, novelas, canciones, piezas teatrales, carteles, fotografías) que le permitieron registrar menciones de las sustancias enervantes, incluso aquellas que eran apenas sugeridas o cuidadosamente veladas.

Esta revisión muestra que no todas las drogas se percibieron de la misma manera, ni se calificó a todos los consumidores con el mismo rasero, pues mientras algunas sustancias tenían el encanto del exotismo asociado a lo oriental (por ejemplo, el opio), otras parecían exclusivas de las clases populares (como la marihuana). Si bien no es sencillo acceder a la esfera de los consumidores, algunos literatos y músicos dejaron constancia de sus motivos para recurrir a las drogas, ya sea buscando el auxilio de las musas, el alivio de los dolores del cuerpo o la evasión de las penas del espíritu.

También resulta de gran interés el rescate que hace en varios capítulos de la configuración de un saber etnobotánico y antropológico -auspiciado, en buena medida, por estudiosos extranjeros- que se interesó por registrar las plantas y los hongos existentes en diferentes regiones del país. Este nuevo discurso, al tener fines científicos, mostró una actitud menos prejuiciosa y más comprehensiva respecto a las prácticas de consumo alrededor de las drogas.

En el sexto capítulo, el autor recurre a expedientes judiciales para describir el perfil de los “viciosos” y de los vendedores de drogas, así como los ambientes capitalinos en los cuales se movían estos personajes. La lectura atenta de las fuentes documentales le permite reconstruir las relaciones -que podían ser de animadversión o bien de complicidad- entre traficantes, consumidores y agentes de la policía de narcóticos.

Sin embargo, cuando incursiona en cuestiones relativas a derecho penal, Pérez Montfort incurre en algunas imprecisiones, especialmente al hablar del Código Penal de 1929. Afirma que este ordenamiento “debió entrar en vigor a principios de diciembre de aquel año” y que los artículos 89 a 166 “se referían específicamente a las drogas enervantes” (p. 198). El Código entró en vigor el 15 de diciembre de 1929 y los artículos 89 a 166 abordan un tema completamente distinto al de las drogas enervantes. El autor también señala que la toxicomanía no se consideró en ese Código como “un delito o una ofensa criminal” (p. 197), pero los artículos 507 y 525 del ordenamiento sí incluyeron sanciones para quien usara sustancias o acostumbrara estar bajo el efecto de las mismas sin prescripción médica, lo que dio lugar a que se abrieran procesos contra sujetos calificados como “toxicómanos”.

El libro de Pérez Montfort resulta, sin duda, pertinente y necesario en el contexto actual. La lucha contra las drogas, que en años recientes adquirió un cariz incluso bélico en México,5 le ha otorgado al tema de la despenalización un lugar preponderante en la agenda pública. Ante tal situación se impone la necesidad de un debate profundo, que contemple perspectivas diversas (social, histórica, médica, económica, jurídica), para tratar de responder -haciendo eco de lo que dijera José Ignacio Alzate en el siglo XVIII- si las drogas son prohibidas por malas o malas por prohibidas.

Bibliografía

Carreón Perea, M. J. (2015). El uso político de los Derechos Humanos: Discurso y realidad confrontada. México: Ubijus. [ Links ]

Pérez Montfort, R. (1993-1994). El veneno ‘faradisíaco’ o el olor a tortilla tostada: fragmentos de historia de las drogas en México, 1870-1930. En Las adicciones: hacia un enfoque multidisciplinario. México: Secretaría de Salud/Consejo Nacional contra las Adicciones. [ Links ]

Pérez Montfort, R. (1999). Yerba, goma y polvo: drogas, ambientes y policías en México 1900-1940. México: Era/Conaculta, INAH. [ Links ]

1 Por citar dos de sus trabajos más importantes al respecto. Pérez Montfort (1993-1994) y Pérez Montfort (1999).

2 Pérez Montfort señala también que en el habla coloquial “droga” suele emplearse como sinónimo de “deuda, trampa o fullería”, de acuerdo con el Diccionario de mejicanismos. El autor no refiere, en cambio, los diferentes conceptos con que designó el discurso jurídico a las drogas a lo largo del periodo de estudio: “sustancias nocivas a la salud”, “sustancias que dañan al individuo y degeneran a la raza”, “drogas enervantes”. Al emplear de manera genérica “drogas” comprende una gran cantidad de sustancias y evita la dispersión en la terminología.

3 Cabe mencionar que actualmente las políticas de salud pública mexicanas consideran al alcohol una “droga lícita”.

4 En otras partes de la obra, sobre todo en la introducción, en varias ocasiones califica la postura prohibicionista de “intolerante”.

5Un análisis del “discurso de la guerra” contra el narcotráfico durante el sexenio de Felipe Calderón se encuentra en Carreón Perea (2015, especialmente pp. 103-111).

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