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Estudios de historia moderna y contemporánea de México

versión impresa ISSN 0185-2620

Estud. hist. mod. contemp. Mex  no.44 Ciudad de México jul./dic. 2012

 

Artículos

La Escuela Correccional de Artes y Oficios de Oaxaca, 1889-19011

 

The Arts And Trades Correctional School of Oaxaca, 1889-1901

 

Fabiola Bailón Vásquez*

 

*Profesora en la Escuela Nacional de Antropología e Historia, es doctora en Historia por El Colegio de México. Sus principales líneas de investigación son historia social, de las mujeres y el género en México, prostitución, lenocinio y trata de personas (siglos XIX y XX). Entre sus publicaciones más recientes destaca "Prostitución, lenocinio y crimen: diferentes miradas en torno al caso de 'las Poquianchis' ", en Elisa Speckman y Salvador Cárdenas (coords.), Crimen y justicia en la historia de México. Nuevas miradas, México, Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2011, p. 409-454. Su correo electrónico es: fbailon@colmex.mx.

 

Recibido/Received 1 de marzo, 2012
Aprobado/Approved 14 de junio, 2012

 

Resumen

En este artículo se analiza la conformación de la Escuela Correccional de Artes y Oficios de la ciudad de Oaxaca de 1889, año en que se inaugura por decreto gubernamental, hasta 1901, que cambia de nombre a Escuela Industrial Militar. Aborda las ideas y las medidas que fueron esgrimidas para erigirla como una institución de control social, así como diversos aspectos de su funcionamiento, el tipo de alumnos que recibió y la forma en la que fue utilizada por los padres y familiares de los jóvenes que en ella residían.

Palabras clave: Escuela, correccional, artes y oficios, Oaxaca, Porfiriato, menores, delincuentes, control.

 

Abstract

This article analyzes the creation of the Arts and Trades Correctional School of Oaxaca City during the period between 1889, when it was inaugurated by a government decree, and 1901, when it was renamed as the Industrial Military School. It studies the ideas and measures used to establish it as an institution of social control, as well as various aspects of its modus operandi, the type of students it received and the way it was used by the parents and relatives of the young persons who lived there.

Keywords: School, correctional, arts and trades, Oaxaca, presidency of Porfirio Díaz, juvenile delinquents, control.

 

Durante el Porfiriato, la infancia se presentó ante los ojos de las elites y fue definida por éstas como el grupo más trascendente para el proyecto de consolidación de una nación civilizada y moderna. Los niños estaban llamados a sustentar este modelo cuando se convirtieran en ciudadanos responsables y en trabajadores, por lo cual se puso gran atención a su educación y se les trató de encauzar hacia dichos roles. En ese mismo sentido, se les diferenció de los menores que, según señala Carolina Zapiola, representaban lo opuesto de lo que las elites esperaban: niños y jóvenes pobres, abandonados, delincuentes, huérfanos y/o viciosos, que llamaron la atención por su "peligrosidad" pero sobre todo por el afán de "corregirlos".2

La "incorregibilidad", apunta Susana Sosenski, fue una etiqueta que sirvió para denotar la impotencia en la educación de ciertos menores o "el miedo hacia una adolescencia rebelde, desobediente, que rompía los símbolos de autoridad y respeto y se oponía a la dominación paterna al grado de que era imposible controlarlos".3 Este hecho los convirtió en un peligro social, y en una materia sobre la cual el Estado comenzó a intervenir para lograr su "regeneración", brindarles atención especial e impedir que se convirtieran en menores "infractores" o "delincuentes", esfuerzo que finalmente derivó en México, en la creación de los tribunales para menores.

Como ya han señalado varios autores, hacia finales del siglo XIX no existía una legislación especial dirigida a los menores que cometían algún delito, por lo que se tomaba como referencia lo aplicado a los adultos, pero "atenuado".4 Al respecto, el Código penal de 1871 plantearía que los niños no tenían capacidad de discernimiento o la tenían reducida, por lo cual recibirían sanciones menores y serían recluidos en establecimientos especiales. Uno de estos establecimientos fueron las escuelas de corrección que surgieron, en buena medida, para dar solución al problema que derivaba de juntar a los adultos con los menores en las cárceles convencionales.5

Las correccionales, como los hospicios o las casas de beneficencia, entre otros establecimientos que eran atendidos por la Iglesia o por particulares, pasaron a lo largo del siglo XIX a formar parte de los aparatos del Estado encaminados a atender a una población especial que podía ser "regenerada". Así, antes de que existieran los tribunales para menores, éstas empezaron a dictar medidas preventivas y educativas, sustentadas en la confianza de la "capacidad de enmienda" o corrección.6

La Escuela Correccional de Artes y Oficios de Oaxaca se inserta en este panorama de secularización, transición hacia la fundación de tribunales para menores y búsqueda de un campo especial e instancias propias para ellos. Como una institución encaminada a la educación y disciplinamiento basado en el trabajo, no se diferenció de otras que se instalaron en diversas partes del país;7 sin embargo, permitió la entrada de alumnos pensionados y siguió un régimen militar, lo cual le dio un carácter particular.

Desde 1889 la Escuela Correccional de Artes y Oficios de Oaxaca empezaría a funcionar, bajo una disciplina militar, recibiendo tanto a menores infractores o delincuentes que eran enviados por las autoridades judiciales como a "asilados de gracia", pensionados y otros del Hospicio de la Vega. Sin embargo, unos años más tarde el director empezaría a cuestionar la pertinencia de seguir recibiendo a los más "incorregibles", hecho que derivó en un debate y en su cambio de nombre hacia 1901 por el de Escuela Industrial Militar.

¿Cómo funcionó la escuela correccional de 1889 a 1901?, ¿qué se esperaba de ella y que resultados obtuvo?, ¿de qué manera fue vista por los padres o familiares que querían ingresar o tenían ahí a sus hijos? Estas son algunas de las preguntas que intento responder en el presente trabajo, el cual tiene como objetivo analizar la conformación de la Escuela Correccional de Artes y Oficios de Oaxaca, a través de las ideas y las medidas que fueron elaboradas por las autoridades gubernamentales para su desarrollo, pero también a partir de las peticiones y las demandas que los familiares o los padres hicieron para ingresar, mantener o dar de baja a sus hijos o tutorados. En términos particulares, me interesa mostrar cómo dicha escuela se conformó como una opción educativa y correctiva para los niños "desvalidos" o para los menores delincuentes, y como un medio de desahogo para las familias de clase popular de finales del siglo XIX, que vieron la misma un lugar al cual podían recurrir cuando sus hijos o parientes mostraban conductas "incorregibles" o se volvían "insoportables" y pasaban por una situación económica difícil.8

Poco se ha dicho sobre el impacto que tuvieron las escuelas correccionales a finales del siglo XIX, sobre el tipo de alumnos que recibieron o sobre la forma en la que fueron utilizadas por los padres y familiares de los jóvenes que en ella residían.9 El presente texto contribuye a la comprensión de estos aspectos en el caso específico de la correccional de Oaxaca, sin dejar de considerar los objetivos que le dieron cabida y los argumentos o las medidas que la llevaron a conformarse como una institución de control social. Asimismo, intenta avanzar en el conocimiento de su funcionamiento y de la idea que se tenía en esa época sobre la infancia, las relaciones familiares y la sociedad.

Los documentos utilizados fueron las peticiones, informes y memorias sobre la misma encontrados en el Archivo General del Poder Ejecutivo del estado de Oaxaca,10 así como algunos procesos criminales hallados en el Archivo Histórico Municipal. En este último, la vastedad y poca organización de la documentación impidió revisar todo el ramo, aunque la intención inicial del presente trabajo consistió en explorar una parte menos trabajada de las correccionales: la del ingreso de los menores por petición de sus propios padres o tutores. En todo caso, el presente artículo representa apenas un primer acercamiento al estudio de la conformación y desarrollo de la Escuela Correccional de Artes y Oficios que deberá ser completado con futuras investigaciones.

 

El proyecto de modernización y control porfirianos

Como han señalado varios autores, a finales de siglo XIX y principios de siglo XX, tanto gobernantes como grupos particulares trataron de transformar al individuo, la familia y la sociedad: desde las ideas, hasta la sociabilidad y los hábitos. Se creía que la modernidad exigía una serie de transformaciones en el plano económico y político, pero también en el social y cultural, en el material y en el simbólico. Estas transformaciones se vieron fundamentalmente estimuladas en las ciudades. Las urbes fueron el escenario principal de los anhelos modernizantes, por encima de los espacios rurales, por lo cual fue en ellas donde se implementaron con mayor ímpetu las instituciones, las experiencias, los modelos y las prácticas que se consideraron "modernas".11

En el plano social, muchas medidas y campañas buscaban moldear la conducta, los hábitos y las costumbres tanto individuales como colectivas, tanto públicas como privadas. A través de campañas educativas se buscó propagar valores y sentimientos de identidad, incentivar prácticas "modernas" y capacitar a los trabajadores. Paralelamente, se elaboraron cuerpos legales para modificar los comportamientos de los individuos y lograr que estuvieran a la par de los habitantes de las naciones civilizadas, que fueran trabajadores, limpios, honrados, ahorrativos, saludables, moderados, responsables, que vistieran de forma decente, etcétera.12 Y finalmente, junto a las campañas educativas y a los cuerpos legales, se observó también la edificación y fortalecimiento de obras e instituciones dirigidas a lograr un mayor control social, tales como hospitales, hospicios, cárceles y escuelas, entre otros.

Como bien señala Mario Barbosa, "Controlar [fue] un verbo muy conjugado a finales del siglo XIX en México y en gran parte del mundo occidental".13 Pero, no es que estas ideas, medidas y propuestas de control social fueran nuevas o propias de finales del siglo XIX, sino que empezaron a adquirir un interés renovado a partir del fortalecimiento de Porfirio Díaz en el poder, del incremento de la estabilidad, y de la recuperación y conformación de una serie de discursos cientificistas y moralizantes, entre otros aspectos. Alejandra Araya ha señalado que desde la segunda mitad del siglo XVIII, "junto al triunfo de las formas de producción capitalista, una nueva moral sobre el trabajo y la productividad del tiempo fue ganando terreno avalando medidas tendientes a eliminar conductas que dejaban obrar más libremente a las personas".14 Asimismo, se fueron conformando otras disciplinas y discursos en torno al ocio, la diversión o el uso del cuerpo.

Estos discursos continuaron vigentes a finales del siglo XIX, por lo cual las conductas que los contradecían siguieron también siendo sancionadas en los códigos decimonónicos, pero ahora se remarcaba con más fuerza, pues "si bien los comportamientos 'desviados' podían ser parte de naturalezas viciosas, ejercerlos e insistir en vivir de manera más libre era atentar contra aquellos que sí podían controlar sus pasiones y dedicarse al trabajo".15 El delito en particular fue considerado un atentado contra la tranquilidad pública y el pacto social, y un factor que mermaba las premisas y las instituciones que sostenían el edificio político liberal, por lo cual recibió una marcada atención, especialmente en el caso de los niños.

Ante todo, se buscaron explicaciones acerca de las causas y de las condiciones que originaban este estado de "anormalidad". Estas explicaciones, como ha señalado Antonio Padilla, "crearon una serie de inquietudes, temores, prejuicios e imágenes, al lado de las cuales fue inventándose y descubriéndose un estado social que podía originar la aparición de una creciente masa de niños anormales".16 Sin embargo, si bien es cierto que se veía a los menores como potenciales delincuentes y criminales que podían atentar contra los objetivos de la civilización y el progreso, y en consecuencia, en contra de la consolidación del orden social; también se creía que carecían de la capacidad para distinguir entre el bien y el mal y que podían ser reorientados y dirigidos hacia el buen camino con la ayuda del Estado.17 De esta manera se ensayaron múltiples respuestas, tanto legislativas como institucionales, para atenderlos y evitar su perdición.18

Cabe señalar que la disciplina porfiriana implicó desde un principio una decidida intervención estatal en todos los ámbitos de la vida pública y privada de los individuos y una difusión de los valores y los ideales de la época a través de diversos medios: prensa, novela, manuales, revistas, folletos, bandos y reglamentos, entre otros. La escuela ocupó en este proceso un papel fundamental, no sólo para imponer las formas y los ideales de "progreso y modernidad" proyectados, sino también para prevenir y corregir las conductas no deseadas. Fue precisamente en esta época en la que empezaron a abundar establecimientos educativos especiales, encaminados a atender a aquellos grupos que se estimaba podían ejercitar estilos y formas de vida que arriesgaban el orden social. Entre estos establecimientos estaban las correccionales de artes y oficios, que se orientaron a procurar nuevas formas de control social, y que se perfilaron como "espacios escolares que permitían atender a grupos específicos de población, cuyas características físicas, sociales, morales y económicas los hacían sujetos de una atención y educación especial".19

 

El surgimiento de la escuela correccional

Como bien señaló Carlos Illades, "los intentos gubernamentales por crear escuelas de artes y oficios datan de antiguo".20 Desde principios del siglo XIX se intentó asignar un presupuesto a su financiamiento; sin embargo, llevarlas a la práctica "consumió varios lustros" y muchas de ellas se consolidaron hasta finales del mismo o a principios del siguiente siglo, que fue cuando se pretendió que la instrucción técnica se convirtiera en una de las palancas del despegue industrial. Aunada a esta pretensión, surgió también la preocupación por la infancia "anormal" y por su utilidad social, que dio lugar a un nuevo tipo de escuelas encaminadas a erradicar los efectos gravosos que causaban los "seres desvalidos", a través de la disciplina y el amor por el trabajo: las escuelas correccionales de artes y oficios.

Antonio Padilla ha señalado que el surgimiento de estas escuelas en la ciudad de México se dio a partir de un vuelco importante en la idea misma de la ayuda social, que llevó a plantear una solución al problema de qué hacer con los jóvenes que ya tenían edad para trabajar y seguían dependiendo de las instituciones de beneficencia. Según señala dicho autor, la medida que se tomó consistió en dividir a la población "desvalida" en dos grupos e instituciones: el hospicio de pobres para albergar a menores de entre 5 y 10 años de edad y el Tecpam de Santiago, en donde los niños y niñas de 11 años en adelante recibirían casa, vestido, sustento, educación y capacitación para el trabajo.21

El Tecpam de Santiago empezó a funcionar como una institución de "asistencia pública para los futuros trabajadores" desde 1841, pero debido a problemas económicos fue cerrada y reabierta hasta 1850. Inicialmente se construyó con el fin de promover la corrección de los menores infractores, pero dada la necesidad de conceder amparo a los huérfanos o a los que carecían de padres, albergó también a los pequeños considerados pobres, pero honrados. Con el paso de los años la institución se modificó, y al final, los jóvenes menesterosos y los delincuentes recibieron atención diferenciada, de tal suerte que para 1880 los menores infractores y los delincuentes fueron trasladados a la Escuela Correccional de Momoluco, en Coyoacán.22

Este cambio no sólo implicó una especialización en la atención brindada, sino también una institucionalización y una transformación del discurso. Durante el Porfiriato, los imperativos de "orden y progreso" llevaron a replantear la necesidad de transformar a los infractores, menesterosos, vagos, rebeldes o a "los desheredados de la fortuna", en ciudadanos responsables, honrados y trabajadores.23 Se trataba de responder a la vieja preocupación por los jóvenes y los infantes, pero también, y fundamentalmente, a un intento por evitar, aminorar, corregir y prevenir los "vicios" de este sector vulnerable de la población a través de la educación y el trabajo en espacios especializados.24 Fue precisamente bajo esta lógica, y como resultado de los planteamientos realizados en el Código penal de 1871, que empezaron a proliferar en todo el país escuelas correccionales de artes y oficios, y entre ellas la Escuela Correccional de Artes y Oficios de Oaxaca.

Desde 1866 se había planteado ya un proyecto de régimen penitenciario dentro del cual se había señalado la fundación de casas correccionales para jóvenes delincuentes que se edificarían en Monterrey, Guadalajara, Oaxaca y Mérida;25 sin embargo, este proyecto no se consolidó sino hasta finales del siglo XIX.26

Al igual que el Tecpam de Santiago, la Escuela Correccional de Oaxaca albergó desde sus inicios a pobres y a delincuentes con el fin de corregirlos, pero a diferencia de la primera, ésta sólo admitió a niños y jóvenes varones y no se especializó en un solo grupo con el paso de los años, ya que además de los menores infractores y delincuentes llegó a admitir también a alumnos pensionados.

Su origen está relacionado con el Hospicio de Pobres de la ciudad, en el cual se instalaron inicialmente algunos talleres para la educación de los huérfanos y recibió durante algún tiempo a los menores infractores y delincuentes. Dicho hospicio estaba ubicado en el ex convento de la Soledad, edificio que llegó a albergar también a la Escuela Industrial de Artes y Oficios,27 la Escuela Correccional de Artes y Oficios, y la Escuela Nocturna, aunque no todas al mismo tiempo. La Escuela Industrial -establecida por decreto del 26 de julio de 1882-,28 se transformó hacia 1889 en Escuela Correccional de Artes y Oficios por orden del ejecutivo y del gobierno del estado que querían "hacer más patentes los adelantos y moralidad" de la misma.29 De esta suerte, funcionó junto con el hospicio hasta 1908, en que fue trasladado a una casa de la colonia Díaz Ordaz, dando como resultado que los huérfanos, los pensionados y los infractores o delincuentes fueran definitivamente separados.30

La idea de formar una escuela correccional se gestaría sin embargo desde tiempo atrás. Desde noviembre de 1880 el cabildo del ayuntamiento mandó a la comisión protectora de cárceles un "Proyecto de reglamento para casa de corrección de niños de la ciudad",31 con el objeto de que fuera evaluado y dictaminado. En la respuesta otorgada por el representante de la comisión de cárceles, Julián González, éste realizó algunas sugerencias para su mejor funcionamiento, pero más importante aún, dejó asentadas las razones por las cuáles consideraba necesaria la creación de dicha institución:

Muy difícil se ha hecho para los padres de familia la corrección de sus hijos, tanto por el grado de inmoralidad en que se encuentra nuestra sociedad, como por la falta de medios posibles para conseguirla; en efecto, padres hay que ya por su debilidad física, ya por su debilidad moral o por suma escasez de recursos, soportan a su lado jóvenes perversos y perniciosos no sólo a sus familias sino también al público, por falta de una mano dura de quien puedan implorar una verdadera y positiva medida correccional; más difícil ha sido aun para las autoridades judiciales, políticas y municipales el medio de castigar a los hijos de familia que no llegan a una madurez completa y que se hace necesario un castigo, porque han cometido alguna falta, son reos de algún delito, o porque sus padres no encontrándose bastantes para remediar sus vicios ocurren a las autoridades para que se les imparta su auxilio, y éstas en todos estos casos se ven en la imprescindible circunstancia de consignar a los viciosos, faltistas o delincuentes, no a un taller público en donde haya una vigilancia positiva por su moralidad y buenas costumbres, sino al cuartel municipal o a la cárcel en donde se encuentran hombres maduros, acostumbrados a los vicios y a los crímenes y cuya conducta está tan relajada que es irremediable.32

En Oaxaca, como en otras ciudades, el problema de los huérfanos que alcanzaban cierta edad y seguían dependiendo de la beneficencia pública, así como la necesidad de fundar una escuela especial para enfrentar esta situación, fueron una realidad.33 Sin embargo, las razones fundamentales que dieron lugar a la creación de la Escuela Correccional de Artes y Oficios de Oaxaca fueron, como lo expone González en el documento citado: 1) la exigencia de imponer un sentido moralizador con "mano dura" a la vida de cierto sector de la población que se consideraba nocivo para la sociedad, pero al mismo tiempo "salvable" o "corregible"; 2) la necesidad de separar a los menores delincuentes de los adultos.34

Anteriormente el traslado de los menores infractores y delincuentes se daba hacia el hospicio (sobre todo de los más pequeños o menores de 14 años), aunque hubo reticencia por parte de esta institución a aceptarlos, y especialmente "aquellos que cometían los delitos más graves", quienes generalmente eran enviados a la cárcel pública en donde convivían con los jóvenes y los adultos. Esto empezaría a cambiar con la conformación de la Escuela Correccional de Artes y Oficios que acogería y separaría desde 1889 a los menores de los adultos, aunque, como se verá más adelante, el director también propugnó que se creara un sitio más adecuado para ellos dentro de la cárcel, ya que tenía la intención de que la escuela fuera una institución únicamente de prevención dirigida a la "moralización y disciplina" de aquellos cuyos padres no podían educarlos o corregirlos.

Este sentido moralizador, como ha destacado Enrique Vera, estuvo "determinado por una compleja interrelación entre el discurso filantrópico y el discurso jurídico de la época".35 Se trataba de proporcionar "apoyo" a los padres y a los hijos desvalidos, pero también, y fundamentalmente, de transformar a los sujetos indóciles en ciudadanos trabajadores, obedientes y disciplinados, vigilándolos, aislándolos del resto de la sociedad para protegerla de sus conductas antisociales y, en el caso de los menores infractores y delincuentes, del resto de los delincuentes adultos para salvarlos de una vida perniciosa, corrigiéndolos, moralizándolos e instruyéndolos en conocimientos útiles. Existía, ante todo, la idea de que aquellos que tenían entre 7 y 14 años podían ser "corregidos" a través del trabajo y una educación y disciplina ejemplares.36 De ahí la necesidad de apartarlos del resto de la sociedad y de ahí la exigencia de imponerles un régimen militar, orientado a la regeneración y a la disciplina para el trabajo.

El proyecto de reglamento presentado por el cabildo desde 1880 respondería a tales objetivos, delimitando claramente el tipo de disciplina y educación que recibirían los alumnos, los requisitos de admisión, las penas y las funciones del personal. Sin embargo, aunque el reglamento se aprobó en diciembre de ese año,37 el funcionamiento de la escuela como "correccional" no se logró sino hasta 1889, que fue cuando se impuso un nuevo régimen y se le reconoció oficialmente como "Escuela Correccional de Artes y Oficios". A partir de ese momento, los jueces empezarían a mandar a los menores infractores y delincuentes a esta institución para que cubrieran sus "condenas" en lugar de enviarlos a la cárcel pública.

Al respecto, cabe señalar que cuando se planteó el proyecto para abrirla, se pensó en ponerla bajo la dirección del protector de cárceles, quien se encargaría de visitar la casa todos los días, vigilar porque no se defraudara a los corregidos en los alimentos, vigilar el lavado de la ropa, visar plantillas y recibos, revisar los libros de entrada, entre otras tareas. Asimismo, habría un ecónomo que llevaría el diario de entradas y salidas, distribuiría los fondos, corregiría las faltas y cuidaría y vigilaría todas las actividades de los alumnos; y finalmente, una planta de profesores civiles y personal de limpieza y seguridad. Sin embargo, hacia 1889, se le dio forma militar;38con lo cual, el personal de dirección y enseñanza empezó a ser nombrado directamente por el ejecutivo del cuerpo militar,39 la administración quedó a cargo del gobierno del estado y el presupuesto empezó a ser aportado por la tesorería general.

Con ello, la escuela empezó a funcionar de manera coordinada con el Departamento de Policía y los jueces para el envío de los infractores o delincuentes, con la Secretaría de Gobierno para las cuestiones administrativas y la remisión de algunos alumnos pensionados y con la cárcel municipal para el envío de aquellos que cometían alguna falta dentro de la misma o tenían que terminar su condena.

 

Pobres, delincuentes, vagos e incorregibles

¿Quiénes eran los que entraban a la Escuela Correccional de Artes y Oficios de Oaxaca? ¿Cuáles eran los criterios de aceptación o rechazo? y ¿En qué condiciones entraban? Habría que empezar señalando que, una vez conformada como Escuela Correccional de Artes y Oficios, la estructura de lo que había sido la Escuela Industrial cambió de manera significativa, y con ello, los criterios de admisión y los alumnos mismos. Si en su etapa inicial la escuela admitió a "los huérfanos asilados", "los alumnos más aprovechados de las cabeceras de distrito que desearen aprender alguna profesión", los hijos de los artesanos y "todos los jóvenes de más de 12 años de edad que hayan terminado su educación primaria";40 a partir de 1889 fundamentalmente acogió a "individuos mayores de 14 años y otros menores que delinquen con discernimiento, así como a menores que sin discernimiento infringen alguna ley penal, otros asilados de gracia y otros del Hospicio de la Vega".41 En otras palabras, a los huérfanos, a los infractores y delincuentes y a los pensionados o desvalidos que necesitaban educación, pero sobre todo, corrección.

Al definirse como una institución de "corrección penal" y de "educación correccional" en 1889,42 la atención se centró en los dos primeros grupos, no obstante que desde 1882 ya se había establecido que "los padres que desearen la corrección de sus hijos" podían ingresarlos a la escuela industrial en calidad de pensionados. Por el contrario, se había determinado que "por ningún motivo" se permitiera la entrada de jóvenes delincuentes. De hecho se llegó a exigir que no se admitieran en el asilo para evitar que pasaran a la escuela industrial y pervirtieran "a los jóvenes que tal vez estén dotados de buenos sentimientos".43 Así, antes de 1889, los infractores y los delincuentes menores convivían en la cárcel con los adultos, a excepción de los más pequeños que eran enviados al hospicio.

Como ya se había mencionado, desde 1880 el ayuntamiento manifestó su preocupación por imponer un sentido moralizador a la educación con miras a corregir o reformar a ciertos sectores de la población. Con este propósito elaboró, e incluso aprobó -aunque no puso en práctica-, el reglamento para una casa de corrección. En este reglamento se establecía que hubiera dos secciones de alumnos: 1) una de corregidos "por sentencia u orden" de autoridades judicial, política o municipal (a la cual entraban tanto los huérfanos como los delincuentes e infractores), y 2) una de corregidos "a petición de sus padres" (en donde entraban los "incorregibles", "vagos" o aquellos de muy escasos recursos).44 Ambas secciones llegaron a operar posteriormente cuando se conformó la escuela correccional bajo la jurisdicción del gobierno del estado, por lo cual se puede observar una mayor continuidad entre esta última y el reglamento de 1880, que entre la escuela industrial y la correccional, no obstante que hubieran ocupado el mismo espacio.

Esto también se puede corroborar porque el procedimiento de entrada de los alumnos se siguió como lo marcaba el reglamento.45 Según éste, los alumnos podrían ingresar sólo por orden o sentencia escrita de la autoridad judicial competente, o a través de solicitud realizada por los "padres, tutores o mayores reconocidos" presentada ante la autoridad política o municipal y aprobada por la misma. Existen muchas peticiones en el archivo solicitando el ingreso de hijos, hermanos, sobrinos, primos, nietos, entre otros;46 a pesar de que su aceptación o rechazo dependieron, en el último de los casos, de variados factores. Uno de ellos, si no es que el más importante, fue la edad. Generalmente eran aceptados los niños y jóvenes de entre 9 y 16 años, para lo cual se pedía el acta de nacimiento o la fe de bautismo, aunque hubo casos en los que no se les admitió porque la escuela no tenía los recursos suficientes para mantenerlos. Este fue, por ejemplo, el caso de Francisco Bautista, Gonzalo Nicanor y Luciano Asunción de 15, 11 y 10 años de edad respectivamente, a los cuales se les negó el ingreso en diciembre de 1890, debido a que en ese momento el local carecía de ropa y camas.47 Las condiciones económicas de los padres o familiares constituyeron, en relación con lo anterior, uno de los principales elementos para determinar la entrada a la correccional.

Desde 1880, el reglamento había establecido que para los corregidos por sentencia u orden municipal, sus padres, tutores o mayores, tendrían la obligación de mandarles alimento, ropa, y demás elementos de sustento, aseo y salubridad; aunque si los padres o superiores eran insolventes, el gobierno los alimentaría por su cuenta. En cambio, para los pensionados, era necesario el pago de una cuota mensual. El mismo reglamento establecía que ésta no bajara de 4 pesos mensuales ni excediera los 12, pero es probable que estas cantidades hayan cambiado con el paso del tiempo. En todo caso, el factor económico fue primordial para la aceptación de este grupo, y más importante aun, para definir sus condiciones dentro del establecimiento, ya que había diferentes beneficios dependiendo de la pensión. Según el mismo documento, si ésta era de 12 pesos obtendrían: alimentación, ropa limpia y demás elementos para su salubridad y comodidad; si era de 8: alimentación y ropa limpia una vez por semana; y si era de 4: sólo alimentación. Además, podía recibirse a alumnos sin pensión, pero en este caso, los padres tendrían que solventar todos los gastos, incluyendo la ali-mentación.48

En realidad muchos fueron los padres que, alegando falta de recursos, enfermedad e imposibilidad de seguir educando a sus hijos, pedían el ingreso de los mismos sin el pago de la pensión; aunque también fueron muchos a los cuales se les negó; en cambio, aquellos que ofrecían una retribución, entraban casi de manera automática. Por lo demás, otros factores importantes que también llegaron a determinar la aceptación o rechazo fueron el nivel educativo que tenían, su carácter comprobable de "incorregibles" y las condiciones de salud en las cuales se presentaban, entre otros.49 Finalmente, habría que señalar que para aquellos que eran remitidos por alguna autoridad judicial como "rematados" o "presos", no había muchas condiciones o privilegios y entraban por orden de algún juez.

Hacia julio de 1898, la memoria señalaba que la escuela tenía una cantidad de 119 alumnos la cual se incrementó a 124 hacia junio de 1899, y, según el Censo General de la República, a 136 en 1900.50 De esta manera, se puede ver cómo la cantidad de alumnos fue aumentando con el trascurso de los años, no obstante las bajas que se presentaban continuamente.

Ahora bien, ¿de dónde provenían estos jóvenes? y ¿cuál era la condición en la que entraban? Por la memoria de 1890 se puede saber que algunos alumnos podían llegar de diferentes distritos del estado, de otros estados e incluso países. En ese año por ejemplo, se registraron alumnos de Zimatlán, Tlacolula, Tehuantepec, Jamiltepec, Etla, Teotitlán del Camino, Ixtlán, Nochixtlán, Miahuatlán, Tlaxiaco, Villa Juárez, Yautepec, Ejutla y el centro; y de estados como Guanajuato, San Luis Potosí, Veracruz, Chiapas, México y Jalisco; e incluso había un alumno de la República de El Salvador. Y, aunque la fuente no lo menciona, es probable que algunos de ellos fueran indígenas e incluso que hablaran una lengua diferente al español.

Como ya se había señalado, las edades de ingreso, en el caso de los pensionados, podían oscilar entre los 9 y los 16 años y un alumno podía permanecer en la correccional hasta 10 años, por lo cual podía salir de la misma cuando ya era mayor de edad. Y, en el caso de los infractores o delincuentes, las edades de ingreso estaban determinadas entre los 14 y los 18 años, aunque también se llegó a aceptar a menores de 14. Sin embargo, mientras los pensionados y los pobres podían solicitar permiso para ausentarse o causar baja a petición de sus padres, familiares o ellos mismos en cualquier momento, e independientemente de que entraran o no bajo la condición de "incorregibles", los infractores tenían que cumplir una sentencia, por lo cual no les estaba permitido salir. De hecho, si la sentencia rebasaba el tiempo de su permanencia en la escuela, pasaban directamente a la cárcel pública. En otras palabras, vivían en reclusión.

En el caso de los delincuentes, las sentencias podían variar en función del delito cometido, así por ejemplo a Teodoro Rivera (de 16 años) se le impuso una pena de seis años por el delito de homicidio en 1894 y a Miguel Romero (de 14) una de dos por el de robo en 1899.51 Éstas podían, sin embargo, incrementarse o reducirse dependiendo de factores atenuantes o agravantes. En 1890, por ejemplo, el juez encontró que Modesto García, de 12 años, quien había sido acusado por robo de un billete de banco con valor de 20 pesos, no era responsable del delito de "robo probado", sino "por falta de discernimiento", por lo cual lo sentenció a "sufrir cuatro años de reclusión preventiva".52 Dicho tiempo era al final muy variable, pues podían incumplir el régimen o cometer delitos o infracciones al interior de la institución y prolongar su encierro, las autoridades podían determinar que se quedaran más tiempo o en algunos casos eran obligados por sus padres a permanecer más, entre otros factores.53

Cabría finalmente señalar que, además del robo y el homicidio, los delitos más comunes por los cuales eran enviados a la correccional eran: lesiones, estupro, violación y riña, aunque también eran remitidos por otras "faltas" o "transgresiones" como vagancia, embriaguez, faltas a la policía o a la madre, escándalo público y prostitución.54 Los delincuentes e infractores por supuesto ocupaban un espacio diferente dentro del edificio para dormir y asearse, dada su condición de "presos" o "rematados", pero compartían con los demás los salones de clase, las herramientas, el comedor y los maestros, además de que eran educados bajo el mismo régimen militar.

 

Educación básica, formación para el trabajo, disciplina militar y corrección

Evitar y corregir vicios de los menores "anormales", en peligro de convertirse en criminales, implicó la conformación de una institución en la cual no sólo se procurara casa, vestido y sustento, sino también educación -por lo menos elemental- y capacitación para el trabajo, con el fin de prepararlos para llevar una vida productiva y autosuficiente. En este sentido, la "racionalidad pedagógica que postulaba principios utilitarios como el trabajo, las capacidades individuales y el ejercicio de la razón"55 fue evidente en la Escuela Correccional de Artes y Oficios de Oaxaca; sin embargo, en la medida en que ésta se centró en un grupo "especial" de población que representaba una amenaza para los objetivos del progreso y la modernidad porfirianos, se aunó la tarea de la corrección a través de la enmienda y la intimidación, y la posibilidad de lograrla por medio de un régimen militar. Con éste, se pretendía influir en diversos aspectos de la vida de los alumnos -el intelectual, el moral y el físico-, para convertirlos en ciudadanos trabajadores, útiles para la defensa de la patria, e integrados al orden social.

La escuela proporcionaba, entonces, educación básica, formación en algunos oficios y preparación militar dirigida al control y disciplina de sus integrantes. La educación primaria se impartía en seis años, durante los cuales se abarcaba la enseñanza elemental y superior y paralelamente, los alumnos recibían clases de música, dibujo y tipografía, así como la preparación en uno de tres oficios: herrería, zapatería o carpintería.

El taller de herrería duraba ocho años, durante los cuales los alumnos aprendían a utilizar la herramienta; se les enseñaba a forjar y practicar; se les daban principios de manejo de limas y cinceles; aplicación de las limas a piezas de ajuste; práctica en compostura de piezas de mecánica; principios de trabajo de torno mecánico, y teoría y práctica sobre mecánica y armadura de fierro arquitectónicas. En el taller de carpintería, que también duraba ocho años, se les daban conocimientos en torno a las maderas comunes; se les enseñaba a hacer trazos y habilitaciones económicas, a practicar en armaduras, a discernir las maderas finas y aplicar el chapeo y las incrustaciones, a pulir, aplicar colores, a trabajar en el torno de talla, la tapicería y a dirigir obras y manejar un taller. Y finalmente, en el de zapatería, que duraba cuatro años, se les enseñaba a torcer pita, pegar cerda, macetear, clavar, hacer pespuntes y calzado corriente y fino.56 En la memoria de 1899 se menciona un taller extra, el de sastrería; sin embargo, éste fue clausurado en abril de 1891 -nombrándose únicamente a un encargado de remiendo de ropa de los alumnos-, aunque posteriormente volvió a aparecer dentro del programa, al igual que las clases de telegrafía y teneduría de libros.57

A diferencia de las escuelas de artes y oficios tradicionales -en las cuales, se intentó formar a "obreros científicos" especializados con conocimientos tanto teóricos como prácticos-,58 los conocimientos impartidos en la escuela correccional fueron más prácticos. Ésta tenía, ante todo, el objetivo de disciplinarlos e instruirlos en lo más elemental para enfrentar la vida cotidiana de manera honesta y completamente rehabilitados. Al respecto, un documento de 1895, subrayaría que la correccional se había establecido, "para dirigir por el camino del bien a los menores extraviados que amenazan con su perdición a la sociedad".59 De ahí que el control social y la disciplina hubieran sido dos de los elementos a los cuales se puso mayor atención.

Desde 1880 se había planteado ya una estricta administración del tiempo, los espacios y las actividades a realizar dentro del proyecto de reglamento.60 Los alumnos tenían que levantarse a las 6 de la mañana, de 6 a 7 asear sus localidades, de 7 a 8 asearse ellos y desayunar, de 8 a 12 concurrir a la escuela o a los talleres, de 12 a 1 comer y asearse nuevamente, de 2 a 5 concurrir a la escuela o los talleres, de 5 a 6 descansar paseando por el jardín; de 6 a 8 -si lo pidieren- dedicarse a sus lecciones del día siguiente; y finalmente de 8 a 9 cenar e irse a dormir.

Esta manera de organizar el tiempo no era característica sólo de las correccionales, muchos establecimientos fueron disciplinados de la misma manera. Así, con el cambio de régimen en 1889, esta disciplina no desapareció, se reforzó y se hizo más estricta apegándose a lineamientos militares: los alumnos tenían que levantarse más temprano y pasar toque de lista en las noches, había menos descansos y estaban obligados a cumplir con una hora diaria de "academia militar" o ejercicios de "táctica vigente para el ejército de la república".61 Asimismo, se reforzó el sistema de penas y castigos, que podían ir desde el arresto en días festivos, aislamiento en las horas de recreo, "suspensión y deposición del empleo",62 amonestación pública o privada, hasta la expulsión en el caso de los pensionados o consignación a la autoridad judicial, dependiendo de la falta que hubieran cometido.63

La disciplina y la preparación militar fueron complementarias a la educación para el trabajo y a la disciplina educativa, pero representaron rubros fundamentales para la corrección de los alumnos, por lo cual llegaron a estructurar el funcionamiento de la escuela. Así tenemos que, además de las penas y la disciplina militar cotidiana, los alumnos recibían preparación en las armas y en las principales maniobras militares, empezaron a obtener grados dentro de la jerarquía militar como los de sargento 1o., 2o., cabo o banda, según sus aptitudes y adelantos; y finalmente, fueron uniformados como soldados.64 El avance de su preparación militar fue demostrado en actividades y exhibiciones, como la del 10 de diciembre de 1893, en la cual se consumieron 1 200 cartuchos en el paseo de Guadalupe como parte de la ceremonia en la que el gobernador hizo entrega de una bandera a la escuela.65

Hasta qué punto la correccional triunfó o fracasó en sus objetivos de educar, corregir y formar trabajadores, es difícil saberlo con exactitud, pero hay algunos documentos en los cuales, al pedir su baja del establecimiento, los alumnos alegaban estar en condiciones para sobrevivir con el aprendizaje recibido. En términos concretos, eran pocos los que terminaban completamente su preparación dentro de algún oficio. Generalmente las peticiones para causar baja se realizaban antes de que los alumnos concluyeran y las mismas autoridades accedían considerando -si ya estaban más o menos avanzados- que tenían "los conocimientos suficientes" para encontrar trabajo en algún taller.66 No se puede saber hasta qué punto esos conocimientos fueron aplicados en la vida diaria, pero indudablemente debió haber casos en los cuales el impacto de la escuela fuera positivo.

Sin embargo, en términos generales lo que se puede observar es más bien un relativo fracaso de los objetivos iniciales que le dieron cabida a su formación. Las listas con calificaciones "malas" o "regulares", las quejas por rebeldía o resistencia y los informes por faltas cometidas dentro del establecimiento a lo largo de los años demuestran que el impacto que tuvo la institución en sus objetivos de educar, disciplinar y corregir a los niños y jóvenes que ahí residían fue pobre. En 1890, por ejemplo, la memoria de la escuela mostraba que de los 151 alumnos que residían, 74 habían obtenido calificaciones bajas o regulares en sus materias, 62 habían pasado el grado y 89 tenían que repetir los cursos.67

Por otro lado, las fugas eran un hecho constante que se convirtió en un verdadero dolor de cabeza para el director de la escuela,68 quien en 1891, tratando de poner un remedio a ese problema, pidió que se aprobara un presupuesto para realizar algunas reformas al edificio. Al respecto, señalaba:

Día a día ha venido aumentando el número de alumnos correccionales en este plantel, mismo que lo forman sus rematados menores de edad, consignados por la jefatura política del centro, presos a disposición de los jueces de la capital y algunos otros que por su mal comportamiento han pasado a este pelotón para su castigo y ejemplo de los demás alumnos. A todos ellos es necesario tenerlos perfectamente asegurados para prevenir una fuga, que ya han manifestado, y como las condiciones del edificio son lo menos a propósito, puesto que fue construido para distinta institución, creo indispensable que se le hagan desde luego algunas reparaciones que le den la seguridad debida.69

El presupuesto fue aprobado ese mismo año y se realizaron las reparaciones pertinentes. Sin embargo, las deserciones siguieron presentándose y los alumnos continuaron burlando la vigilancia, escalando los muros, rompiendo chapas y candados y forzando las puertas.70 Incluso cuando eran aprehendidos por haberse fugado, se volvían a escapar, como sucedió con Catarino Vásquez y José María Gutiérrez, quienes fueron aprehendidos en San Sebastián Etla y encerrados en la cárcel municipal, de la cual huyeron rompiendo un barrote.71

De la misma manera fueron comunes los casos de robo, ya que los alumnos aprovechaban la fuga para "llevarse" todo tipo prendas -pantalones, camisas, paños, calcetines, calzoncillos, corbatas, chaquetas, jorongos, sombreros, pañuelos, zapatos, etcétera- y objetos de la escuela, que vendían posteriormente en la calle. Asimismo se encuentran quejas por el mal desempeño de sus obligaciones o porque se veían envueltos en pleitos y riñas cotidianas, pese a la "estricta" disciplina del lugar. Finalmente, son también comunes los informes en los que se insiste en su mala conducta y en su "carácter hipócrita", no obstante los castigos y las penas que les eran impuestos.72

El fracaso en la corrección de la conducta como principal objetivo de la institución se puede confirmar, por otro lado, en las peticiones de reingreso que fueron realizadas por las madres o los familiares, quienes considerando que sus hijos o tutorados ya se había corregido los daban de baja del establecimiento; sin embargo, una vez que estaban afuera, se enfrentaban a la realidad de que reincidían en su comportamiento "incorregible", por lo cual, no pasaba mucho tiempo sin que suplicaran su retorno, prometiendo no volverlos a sacar hasta que acabaran sus estudios.73

Al respecto, es importante destacar el carácter laxo de las autoridades para acceder a las peticiones y recibir en múltiples ocasiones a los mismos alumnos, no obstante el carácter estricto de la escuela y las faltas que habían cometido.74 En 1892, por ejemplo, se alegaba que, pese a la incorregibilidad que había demostrado José Arrazola "es seguro que separándolo por ahora se haría grave mal a aquel [...] y a la sociedad porque tendría en su seno a un vago del momento, y tal vez después a un criminal". De esta manera se le volvió a admitir.75

La entrada y salida constante de los alumnos, aunada a los problemas de la escasa capacidad del edificio para recibir a todos aquellos que pedían entrada y la remisión de delincuentes, "vagos", infractores, huérfanos, por parte de las autoridades judiciales, políticas y municipales, produjeron que en el año de 1894 el director de la escuela exigiera la creación de un departamento especial en la cárcel pública, a la cual fueran trasladados los delincuentes que manifestaban una "excesiva mala conducta", para que extinguieran su condena ahí y no en la correccional. Su sugerencia se basaba en las irregularidades presentadas por las autoridades para mandar a determinados menores, pero también en la perspectiva que éste tenía de fundar un establecimiento especial para la corrección penal en el cual se pudiera hacer efectiva la condena de los acusados menores de 14 años. Hay que recordar que el Código penal de 1871 había determinado dos tipos de reclusión para los delincuentes menores de 18 años: penal y preventiva. La primera era para el castigo de aquellos que habían infringido la ley con discernimiento y la segunda, para los que habían cometido un delito sin discernimiento y eran menores de 14 años.76

La propuesta del director fue aprobada en marzo de 1894, después de una corta discusión, y se determinó que en lo sucesivo la escuela correccional fuera solamente de "educación correccional" y no de "corrección penal" (es decir que estuviera encaminada únicamente a la prevención del delito y no a su sanción), por lo cual los mayores de 21 y menores de 14 que delinquieran tendrían que ser remitidos a la cárcel pública.77 Con ello se pretendía que los menores de comportamientos extremadamente "incorregibles" o "desviados" fueran alejados de la escuela correccional. Sin embargo, a la larga este propósito no se logró, por lo cual, tanto los pensionados como aquellos que eran enviados por los jueces siguieron conviviendo en el mismo espacio.

En suma, se puede decir que el impacto que tuvo dicha institución en la educación, moralización y corrección de los alumnos que ahí residían fue pobre. Las acciones de los alumnos, las medidas tomadas para tratar de controlarlos, las peticiones de reingreso de los padres, entre otros aspectos, demuestran que ésta no funcionó como las autoridades esperaban y que el éxito de los objetivos que le dieron cabida estuvo realmente limitado. Esto no fue extraño, en términos generales, varios autores de la época llegaron a concluir que las prisiones no sirvieron para corregir o readaptar sino, por el contrario, constituían escuelas del vicio.78

Sin embargo, esto no quiere decir que la escuela no hubiera sido útil para los padres o para otros objetivos o propósitos. Como se verá en el último apartado, la escuela se conformó también como una opción de desahogo para muchas familias que vieron en ésta y en otras instituciones similares una salida para paliar sus necesidades tanto de educación correctiva como económicas.79

 

Entre las necesidades familiares y los objetivos de educar y corregir

En una carta dirigida al gobernador el 19 de mayo de 1892, Inés Gil de Ramírez, originaria de la ciudad de Oaxaca, señalaba que tenía dos hijos, Gilberto y Carlos Ramírez, de 11 y 9 años de edad, a los cuales:

hace algunos años que su papá los abandonó, dejándolos sin subsistencia, sin vestidos y educación. Yo, como su madre, los recogí y los he vestido y educado hasta donde mis circunstancias me lo han permitido, pero hoy que ya son algo grandecitos no se quieren sujetar a mis disposiciones y se me están pervirtiendo mucho y como soy pobre y carezco completamente de recursos para ponerlos con mesada en alguna casa de educación, temo mucho que creciendo más se me vayan a corromper abrazando algunos vicios y para evitarlo ocurro a usted, para que usando de su bondad digne mandar sean recibidos en la Escuela Correccional para su enseñanza y educación.80

Con esta carta, la señora Gil cumplía uno de los requisitos obligatorios para conseguir el ingreso de sus hijos a la correccional, que era elaborar una solicitud por escrito exponiendo las razones por las cuales había llegado a tal decisión. Sin embargo, aunque ella sabía que su carta era un simple trámite burocrático, hizo uso de todos los recursos discursivos a su alcance para lograr su objetivo con éxito, así, acentuaba su condición de mujer sola y abandonada, de madre sacrificada y de persona pobre y vulnerable.

Como la señora Inés, muchas madres, padres, familiares o tutores apelaron a los mismos argumentos, utilizando roles y posturas ajustados a lo requerido o a los discursos imperantes para construir el perfil solicitado por la institución. Frases como: "siendo mujer viuda, pobre y encontrándome sumamente enferma", "por ser mujer sola y carecer de recursos", "por estar enfermo mi padre", "por no hallarme suficiente para fomentar los gastos", "porque tengo una numerosa familia", "porque me ha causado un sinnúmero de disgustos", "que siendo de avanzada edad no puedo sostenerlo" o "en atención a mis tristes condiciones", entre muchas más, fueron copiosamente utilizadas en las peticiones de ingreso.81

Los padres y familiares sabían que utilizando tales argumentos lograrían un mayor impacto en las autoridades, pero también que si no le daban sentido a las razones por las cuales la escuela se había creado, no llevarían a cabo sus objetivos. Así, adecuaban sus argumentos para justificar la ayuda del gobierno en la educación, pero sobre todo en la corrección de sus menores "descarriados", que indudablemente llegó a representar para ellos un problema. En 1889, la señora Porfiria Sánchez argumentaría, por ejemplo, que:

porque mis circunstancias cada día se hacen de peor condición y no puedo ya sufrir las desobediencias y abusos de mi hijo [...] y como éste se halla en la edad propia para ser educado y se burla de las providencias que tomo para ello, conviene a mis intereses y a los de mi hijo referido obtener la gracia que este superior gobierno está dispensando a la sociedad.82

Como ha señalado Antonio Padilla, frente a un hijo de mala voluntad y rebelde a la autoridad de la familia el gobierno tenían el deber de ofrecer un apoyo "eficaz, ilimitado completo y poderoso a los padres pobres pero honrados" que tenía la desgracia de tener a un hijo "pernicioso",83 el cual podía convertirse en un criminal y en un peligro para la sociedad.84 De ahí que utilizaran el discurso oficial y apelaran al paternalismo del estado como un derecho, argumentando que el beneficio no era sólo para ellos, sino para la sociedad en general.85 Frases como: "porque temo que se extravíen y sean un verdadero perjuicio para su familia y para la sociedad, imploro su paternal protección", "porque vendrían a desarrollarse en la más espantosa ignorancia, dando esto lugar a inclinaciones viciosas que perjudicarán no sólo a la exponente, sino también a la sociedad", "deseando que sea útil a la sociedad ocurro a la benevolencia del superior gobierno", y "que con la instrucción que adquiera sea para el estado en la invariable y progresista marcha de su destino, un ciudadano útil y honrado"; aparecen incesantemente en las cartas, demostrando tanto sus preocupaciones, como su convicción y el conocimiento que tenían los solicitantes -o los que escribían por ellos- de "los modos", el discurso, los términos y los valores imperantes en la época.

Es indudable que el tono de la correspondencia se adaptó a los requerimientos del establecimiento, pero es innegable también que estas solicitudes respondieron a las necesidades específicas de los que pedían el ingreso. Así, como bien ha señalado Dolores Lorenzo analizando las solicitudes del Tecpam de Santiago de la ciudad de México, independientemente de la veracidad de los testimonios y de ese carácter eminentemente administrativo, "las solicitudes demuestran la determinación de los padres y familiares para ingresar a sus hijos y la forma en la que esta determinación se entreveró con los objetivos, anhelos e intereses gubernamentales";86 en otras palabras, fue un trámite que "sistematizó la necesidad".

De esta manera, si bien es cierto que la escuela se conformó como una opción educativa y correctiva para los "niños desvalidos", también se constituyó como un espacio viable al cual podían recurrir las familias de las clases populares para atender sus necesidades o para subsistir en momentos difíciles. Al respecto, es importante señalar que aunque la institución podía recibir como alumnos a jóvenes pensionados de clases acomodadas, que representaban un problema para sus padres por su comportamiento "incorregible",87 lo más común era que ingresaran los hijos o parientes de familias de clase popular que no podían costear los gastos de su educación y que representaban un "problema" por su tendencia a determinados "vicios".88 La cantidad de solicitudes existentes en este sentido es significativa. Son más numerosas que las elaboradas por los alumnos pensionados o que las órdenes remitidas por las autoridades judicial, municipal o polí-tica.89 Por supuesto, mucho tiene que ver el hecho de que el argumento de la insolvencia fuera uno de los requisitos a través de los cuales se daba más rápido ingreso a los alumnos; pero lo cierto, también, es que la escuela representó una oportunidad o un medio privilegiado para los padres o familiares que no podían sostener o educar a sus hijos o que querían "deshacerse" de ellos por un tiempo por su carácter "incorregible" o mientras sus condiciones de salud o económicas mejoraban.

En relación con ello, se encuentran diversos casos en los cuales los padres, luego de unos meses e incluso días de haberlos ingresado, pedían la baja de sus hijos alegando estar en mejores condiciones económicas o porque consideraban que los menores ya habían aprehendido la lección. Este fue, por ejemplo, el caso de Juan Cornelio, de nueve años de edad, quien fue ingresado por su padre en la institución para "ponerle un correctivo" con el fin de que dejara "las malas compañías que lo indujeron a ignorar buenos consejos". Su objetivo inicial era dejarlo tres o cuatro meses, pero considerando que habían "desaparecido" los motivos que lo llevaron a actuar pidió su baja a los 25 días.90 De hecho, fue común que los padres o familiares de los pensionados hicieran explícito su objetivo de ingresar a los menores de manera provisional mientras no manifestaran propósitos de un cambio en la mejoría de su comportamiento. Por el contrario, en el caso de los no pensionados esto no era tan explícito -pues las autoridades del plantel no lo permitían-; sin embargo, ello no significa que no lo hayan hecho o que no hayan tenido este propósito, aunque normalmente se les negara la baja.

La utilización de la institución en función de los intereses de los padres y responsables es también evidente en los casos de reingreso. Cuando los hijos volvían a presentar comportamientos "incorregibles" o cuando los padres se veían nuevamente en la necesidad, reutilizaban los beneficios de la correccional no obstante los requisitos y el carácter cerrado de la misma. Por ejemplo, el 29 de octubre de 1892, Manuel Allende, tutor del menor Manuel Angulo, pidió su baja de la institución alegando que había dado muestras de buena conducta y que en ese momento su madre lo necesitaba para las labores del campo. La dirección cedió ante dicha petición con la condición de que pagara los gastos que había erogado, pero a los pocos días ésta pidió nuevamente su alta, pues percibió que "no estaba suficientemente corregido".91

"Deshacerse" de los hijos problemáticos por un tiempo, tanto como paliar la pobreza o encontrar un refugio temporal en el cual pudieran darles una "vida mejor" -ya que ahí recibían alimento, un oficio y vivienda-,92 fueron algunos de los usos que también tuvo la escuela y que los padres aprovecharon reiteradamente frente a sus escasos recursos económicos, incluso aquellos que tenían hijos en calidad de presos. El 9 de marzo de 1891, por ejemplo, Luciana Ibarzabal suplicaría que no se dejara salir a su hijo Carlos Ramírez Ibarzabal, pues se había enterado de que iba a ser declarado libre, y no "conviniéndole" que saliera de la correccional por no poder sostenerlo, pedía que fuera retenido "cuatro o más años si es necesario para que aprenda un arte u oficio".93

Por el contrario, sacarlos de la escuela cuando los necesitaban -ya fuera por enfermedad o porque eran familias numerosas que dependían económicamente de ellos-, o meterlos por un tiempo para que aprendieran aunque fuera lo más rudimentario de un oficio sólo para que encontraran trabajo y pudieran ayudar a los otros miembros de la familia, fue también una práctica común. Los ejemplos en este caso abundan. El 12 de enero de 1891, una mujer que había metido a su hijo porque estaba enojada con él debido a que no había ido a trabajar una semana y quería darle una lección, pidió su salida a los dos meses de su ingreso porque no tenía quién la mantuviera a ella y a sus dos pequeños hijos. Asimismo, Faustina López pidió una licencia de dos meses, el 6 de mayo de 1892, alegando que su hijo estaba enfermo y que ella sufría de reumatismo, por lo cual estaba pensando en mudar su residencia temporalmente. Las verdaderas intenciones de que su hijo la cuidara y mantuviera se hicieron evidentes en el informe enviado por el director de la escuela, quien descubrió que la única enfermedad que el menor tenía era una indigestión, hecho que lo llevó a negar su alta.94

Normalmente se ingresaba a los hijos por castigo o cuando no podían mantenerlos económicamente, pero cuando los necesitaban nuevamente -"por necesidad de sus servicios en la casa", porque era "necesario su apoyo moral y material para mantener a su madre" o porque su ayuda era indispensable debido a la carencia de recursos-, pedían una licencia o su baja inmediata y posteriormente, cuando volvían a tener dificultades económicas o problemas para controlarlos, los volvían a ingresar.95 Por supuesto, los padres, familiares o tutores, no siempre tuvieron éxito en sus propósitos. De hecho, debido a las continuas entradas y salidas de los alumnos, el director empezó a negar las altas hasta que los alumnos culminaran su instrucción; y asimismo, empezó a exigir que los padres o parientes firmaran una carta compromiso cuando pedían el reingreso. Sin embargo, pese a tales previsiones éstos siguieron respondiendo a sus objetivos y necesidades, y continuaron presentando cartas para dar de alta o de baja a sus hijos o tutorados.

 

A manera de conclusión

En 1901 eran numerosos los alumnos que entraban por petición de sus padres o tutores y pocos los que ingresaban por oficio de la autoridad municipal o judicial, por lo cual pidieron que se cambiara el nombre de Escuela Correccional de Artes y Oficios por el de Escuela Industrial Militar. Con ello, dio inicio una nueva etapa en el desarrollo de la misma que culminaría finalmente con la separación de los menores pensionados y los delincuentes o infractores.96

En el periodo que va de 1890 a 1901, la escuela correccional intentó consolidarse como una institución especializada, dedicada a la educación básica, a la formación para el trabajo, a la disciplina militar y a la "corrección" de un grupo especial de población. Este propósito respondió a una preocupación general por la infancia "anormal", su utilidad social y su separación de los delincuentes adultos. Dentro de este proceso se insertó la Escuela Correccional de Artes y Oficios de Oaxaca que tuvo entre sus objetivos principales transformar a niños y jóvenes delincuentes, "desvalidos" e "incorregibles" en ciudadanos trabajadores, obedientes y disciplinados, a través de la vigilancia, aislamiento, corrección, moralización e instrucción en conocimientos útiles.

Como intentó demostrarse, la distancia entre tales propósitos y la realidad fue grande. Las quejas para causar baja o por rebeldía, las bajas calificaciones, los informes por las faltas cometidas, las fugas, riñas y pleitos cotidianos, así como las peticiones de reingreso demuestran que no funcionó como las autoridades esperaban. La escuela indudablemente llegó a representar una opción educativa y correctiva para un grupo de menores y padres o familiares, pero fue también una opción que otros utilizaron para paliar algunas de sus necesidades.

Apelando al discurso oficial y al paternalismo del estado algunos padres o familiares lograron, por ejemplo, "deshacerse" temporalmente de los hijos o familiares "rebeldes", mientras sus condiciones de salud o económicas cambiaban o mientras encontraban alguna otra solución a su "carácter incorregible", y en el mejor de los casos, consiguieron encontrar un refugio en el cual podían darles alimento, oficio y vivienda. Esto fue especialmente notorio en el caso de aquellas familias de clase popular que no podían costear los gastos de su educación o para las cuales los hijos eran un verdadero problema por su tendencia a determinados "vicios". Fueron éstas las que ingresaron y dieron de alta a sus hijos o familiares de acuerdo con sus propias necesidades, confinándolos cuando no podían mantenerlos y sacándolos cuando requerían de ellos.

 

Fuentes consultadas

Archivos

AGPEO Archivo General del Poder Ejecutivo de Oaxaca.

AHMCO Archivo Histórico Municipal de la ciudad de Oaxaca.

 

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Notas

1 Agradezco a la doctora Elisa Speckman los comentarios y sugerencias que hizo al presente trabajo.

2 La de "menores", señala Zapiola, fue una categoría laxa utilizada para hacer referencia a "un conjunto urbano muy heterogéneo pero uniformemente ajeno a las pautas de comportamiento, circulación por el espacio, educación, trabajo, sexualidad y socialización familiar y extrafamiliar. María Carolina Zapiola, "¿Es realmente una colonia? ¿Es una escuela? ¿Qué es? Debates parlamentarios sobre la creación de instituciones para menores en la Argentina, 1875-1890", en Juan Suriano y Daniel Lyovich (comps.), Las políticas sociales en perspectiva histórica. Argentina, 18/0-1952, Buenos Aires, Prometeo/Universidad Nacional de General Sarmiento, 2006, p. 66.

3 Susana Sosenski, "Infancia y familias posrevolucionarias", Legajos, n. 1, julio-septiembre 2009, p. 21.

4 Elena Azaola, La institución correccional en México, una mirada extraviada, México, Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social/Siglo XXI, 1990, p. 45; Elisa Speckman, "Reforma legal y opinión pública. Los códigos penales de 1871, 1929 y 1931", en Arturo Alvarado (ed.), La reforma de la justicia en México, México, El Colegio de México, 2008, p. 580-581.

5 Idem.

6 Esta confianza se basó en la idea de que era preciso educar y disciplinar con el fin de "transformar las formas de vida" que no se ajustaban a las necesidades del orden impuesto.

7 Hay pocos estudios históricos sobre las escuelas correccionales existentes en el país. Algunos de ellos son: Magnolia Rosado Lugo, Escuela Correccional de Artes y Oficios, Mérida, Universidad Autónoma de Yucatán, 1996; Enrique Vera Segura, "La Escuela Correccional de Artes y Oficios de la ciudad de México (1881-1908)", Cero en Conducta, México, Educación y Cambio, A. C., n. 50, 2003, p. 101-106, y del mismo autor "La Escuela de Educación Correccional de Agricultura Práctica", Cero en Conducta, México, Educación y Cambio, A. C., n. 48, 2000, p. 101-106. Asimismo existen referencias en estudios sobre la niñez, la educación especial y las instituciones de asistencia, v. g., Antonio Padilla Arroyo, "Escuelas especiales a finales del siglo XIX. Una mirada a algunos casos en México", Revista Mexicana de Investigación Educativa, México, Consejo Mexicano de Investigación Educativa, v. 3, n. 5, enero-junio 1998, p. 113-138, y del mismo autor, "Del desamparo a la protección. Ideas, instituciones y prácticas de la asistencia social en la ciudad de México, 1861-1910", Cuicuilco, México, Escuela Nacional de Antropología e Historia, v. 11, n. 32, septiembre-diciembre 2004, p. 121-155, y de Lorenzo Dolores María, El Estado como benefactor. Los pobres y la asistencia pública en la ciudad de México, 18//-1905, tesis de doctorado, México, El Colegio de México, 2008.

8 En el caso de las escuelas de artes y oficios, Carlos Illades ha señalado, analizando la eficacia en el cumplimiento de las metas originales que les dieron cabida -dentro de las cuales incluye a la escuela correccional-, que éstas "no resolvieron el problema de la pobreza ni lograron moralizar a las clases populares como las autoridades esperaban, pero sí lograron otros objetivos". Carlos Illades, Hacia la República del trabajo. La organización artesanal en la ciudad de México, 1853-18/6, México, Universidad Autónoma Metropolitana Iztapalapa, 1996, p. 141.

9 Las investigaciones que se ha realizado hasta el momento se han acercado a las mismas desde una perspectiva más institucional, analizando fundamentalmente el papel que las correccionales desempeñaron dentro de la organización educativa o estudiando exclusivamente su conformación y funcionamiento como establecimientos de control.

10 Tal archivo cuenta con un ramo exclusivo dedicado a la Escuela Correccional dentro de su fondo Instrucción Pública.

11 Claudia Agostoni y Elisa Speckman (eds.), Modernidad, tradición y alteridad. La ciudad de México en el cambio de siglo (XIX-XX), México, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Históricas, 2001, p. 5.

12 Según señala Jaime del Arenal, durante el siglo XIX la ley se convirtió "en el más exquisito y sofisticado mecanismo en manos del poder para controlar prácticamente todas las esferas de la vida social y cada una de las acciones de los hombres". Jaime del Arenal, "El discurso en torno a la ley: el agotamiento de lo privado como fuente del derecho en el México del siglo XIX", en Brian Connaughton, Carlos Illades y Sonia Pérez Toledo (coords.), Construcción de la legitimidad política en México, México, El Colegio de Michoacán/Universidad Autónoma Metropolitana/Universidad Nacional Autónoma de México/El Colegio de México, 1999, p. 308.

13 Mario Barbosa, "El ocio prohibido. Control 'moral' y resistencia cultural en la ciudad de México a finales del Porfiriato", en Romana Falcón (coord.), Culturas de pobreza y resistencia. Estudios de marginados, proscritos y descontentos, 1804-1910, México, El Colegio de México, 2005, p. 165.

14 Alejandra Araya Espinosa, "De los límites de la modernidad a la subversión de la obscenidad: vagos, mendigos y populacho en México, 1821-1871", en Romana Falcón (coord.), op. cit.,p. 50.

15 Idem.

16 Antonio Padilla, "Escuelas especiales a finales del siglo XIX", op. cit., p. 113.

17 Elisa Speckman, "Infancia es destino. Menores delincuentes en la ciudad de México (18841910)", en Claudia Agostoni y Elisa Speckman (eds.), De normas y transgresiones. Enfermedad y crimen en América Latina (1850-1950), México, Universidad Nacional Autónoma de México, 2005.

18 En términos generales, "el régimen construyó todo un dispositivo institucional para la educación infantil", de tal suerte que asumió la vocación de "cambiar el destino de la nación, "a partir de la transformación de las condiciones educativas construidas alrededor de la niñez". Alberto del Castillo, Conceptos, imágenes y representaciones de la niñez en la ciudad de México (1880-1920), México, El Colegio de México/Instituto de Investigaciones Doctor José María Luis Mora, 2006, p. 134. Posteriormente este papel del Estado se solidificó, y su intervención en la vida de los menores infractores se centró en "terapéuticas institucionales para regenerar y corregir a [los] que infringían leyes y reglamentos y como una estrategia para cubrir la erogación económica que ocasionaban miles de niños encerrados en correccionales y casas de Beneficencia pública", Susana Sosenski, Niños en acción. El trabajo infantil en la ciudad de México, 1920-1934, México, El Colegio de México, 2010, p. 265.

19 Antonio Padilla, "Escuelas especiales a finales del siglo XIX", op. cit., p. 113.

20 Carlos Illades, op. cit., p. 130.

21 Antonio Padilla, Del desamparo a la protección, p. 139-140.

22 Dolores Lorenzo, "El Estado como benefactor", op. cit. Y de la misma autora, "El Tecpam de Santiago. Una institución de asistencia pública para los futuros trabajadores", en Pablo Rodríguez y María Emma Mannarelli (coords.), Historia de la infancia en América Latina, Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 2007, p. 249-261.

23 Padilla ha señalado que fue "tal la tribulación por este sector de infantes y jóvenes que muchas de las obras y los locales de beneficencia se dirigieron a su cuidado". Asimismo ha remarcado -siguiendo a Platt- que para finales de siglo XIX se había extendido tanto el interés por estos sectores que, en distintos países empezó a surgir "un vasto movimiento tanto de filántropos como de las autoridades estatales". Antonio Padilla, Del desamparo a la protección, p. 145.

24 Magnolia Rosado, op. cit., p. 1.

25 Antonio Padilla, Pensamiento social y penal en el México decimonónico, México, Archivo General de la Nación, 2001, p. 176.

26 A partir 1881 se empezaron a fundar escuelas correccionales de artes y oficios en todo el país. Algunos sitios sobre los cuales se tiene conocimiento son: la ciudad de México (1881), Michoacán (1885), Mérida (1886), Toluca (1894) y Aguascalientes (1914).

27 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela de Artes y Oficios, 1882-1883, exp. 10.

28 Dicha escuela se instaló justo cuando Porfirio Díaz fue gobernador del estado. Esta escuela se había intentado establecer desde 1861, pero únicamente se logró que empezaran a operar algunos talleres en el hospicio. En 1875 se vuelve a realizar una propuesta y un "Proyecto sobre el establecimiento de una escuela de artes y oficios", bajo la dependencia de la Dirección de Instrucción Pública, pero tampoco funciona por falta de fondos. Hacia 1884 ya se había establecido, pero seguía sin funcionar adecuadamente debido a las constantes obras y mejoras del edificio. Y finalmente, un año después, se daba cuenta de la preparación de un reglamento interior. AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela de Artes y Oficios, leg. 1, exp. 1, 3 y 25. Vid. en el mismo archivo, Instrucción Pública, Memorias de Gobierno, 1884 y 1888.

29 Esto se hace por decreto del 26 de agosto de 1889, con lo cual cambia no sólo de nombre, sino en términos generales, ya que a partir de entonces se impone un régimen militar y una atención especializada. Sobre el hospicio y dicha escuela, Andrés Portillo señalaría: "el gobierno fundó en el mismo local [del hospicio] un establecimiento industrial y militar que, con el nombre de Escuela Correccional, ofrecía educación artística a aquellos [hospicianos que llegaban a cierta edad] y la debida corrección a otros que recogía la policía o los llevaban sus mismos padres en castigo". Andrés Portillo, Oaxaca en el Centenario de la Independencia Nacional, Oaxaca, Imprenta del Estado, 1910, p. 156.

30 Esta casa se especializó, dedicándose al asilo de huérfanos, mendigos y ancianos de ambos sexos, y quedó establecida en la parte norte de la ciudad. Fue nombrada Hospicio de la Vega y formalmente inaugurada el 15 de septiembre de 1908.

31 AHMCO, Secretaría Municipal, Libros Empastados, caja 22, t. 1, 1880.

32 Idem. Las cursivas son mías.

33 En parte este fue el motivo que dio lugar a la Escuela Industrial de Artes y Oficios, la cual recibía a estos "desheredados de la fortuna" para procurar su instrucción.

34 Entre las bases del sistema penitenciario o de la cárcel moderna se encontraba el principio de separación. Separar a los delincuentes por sexo, edad y peligrosidad fue un elemento característico de la época. Como no existían establecimientos para menores, en las cárceles los niños convivían con adultos; así las quejas por el mal ejemplo que recibían o porque entraban por faltas menores, y ahí se entrenaban y salían convertidos en verdaderos delincuentes, eran frecuentes. Vid. Heriberto Frías, Crónicas desde la cárcel, México, Breve Fondo Editorial, 1997.

35 Enrique Vera, "La Escuela de Educación Correccional de Agricultura Práctica", op. cit., p. 101.

36 Elisa Speckman, "Infancia es destino", op. cit., p. 225.

37 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Correccional de Artes y Oficios, leg. 23, anexo 1.

38 Con tal sistema, el gobierno esperaba que la escuela fuera "un establecimiento de gran utilidad para el estado", o al menos eso fue lo que se manifestó en la visita que realizó Porfirio Díaz al establecimiento acompañado de sus ministros y de algunos generales del ejército, el 13 de noviembre de 1893.

39 Hacia 1890, por ejemplo, la memoria de gobierno registraría a ocho militares y siete civiles como parte del personal docente, siendo el director del plantel el teniente coronel Juan Oronoz. AGPEO, Instrucción Pública, Memorias de Gobierno, 1889 y 1890; en el mismo archivo, Correccional de Artes y Oficios, leg. 13, exp. 26.

40 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela de Artes y Oficios, leg. 1, exp. 10, 1882-1883. La enseñanza comprendería "la científico-práctica, que da derecho al certificado de maestro, y la común o práctica, que lo da al de oficial".

41 Ibid., leg. 24, anexo 2, exp. s/n, 1894.

42 Es decir como una institución que castigaba el delito con encierro y trataba de lograr la enmienda y la restitución al orden social, así como una institución encargada de la prevención del delito y la criminalidad a través de la vigilancia y la educación, tanto militar como para el trabajo.

43 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela de Artes y Oficios, leg. 1, exp. 10, 1882-1883.

44 AHMCO, Secretaría Municipal, Libros Empastados, caja 22, t. 1, 1880-1881.

45 Aunque el reglamento en su generalidad no fue puesto en práctica, algunas de sus partes fueron retomadas una vez que se estableció que sería el gobierno y no el ayuntamiento el que se encargaría de la escuela.

46 En el archivo del estado existen más de 20 cajas correspondientes a la Escuela Correccional de Artes y Oficios; de éstas, sólo tuve la oportunidad de revisar 9, las cuales fueron escogidas por su alto contenido de peticiones.

47 AGPEO, Instrucción Pública, Escuela Correccional de Artes y Oficios, anexo 1, leg. 23, exp. s/n, 1890.

48 AHMCO, Secretaría Municipal, Libros Empastados, caja 22, t. 1, 1880-1881.

49 En septiembre de 1890, por ejemplo, se le negó el acceso a Gregorio Cisneros, por haberlo encontrado "tísico" y por "existir grave peligro de que se propague entre los demás alumnos esa terrible enfermedad. Idem. Se consideraba incorregibles, únicamente a aquellos que ya habían sido amonestados o castigados por alguna autoridad por cometer alguna falta y no habían enmendado su camino. De ahí que muchas veces se les pidiera a los padres o familiares que comprobaran ese carácter, presentando algún informe de la Comisaría de Policía o de otra autoridad.

50 Antonio Peñafiel, Censo General de la República Mexicana verificado el 28 de octubre de 1900 conforme a las instrucciones de la Dirección de Estadística. Estado de Oaxaca, México, Imprenta de la Secretaría de Fomento, 1906; Matías Romero, El estado de Oaxaca, Barcelona, Tipo-litografía de España y compañía, 1886. La cantidad de alumnos de la correccional es importante si se considera que, en 1883, había aproximadamente 1 079 alumnos en 19 escuelas de todo el distrito del centro.

51 AGPEO, Instrucción Pública, Memorias de Gobierno, 1899.

52 AHMCO, Justicia, Juzgado Primero de lo Criminal, Procesos, caja 43, 1890, "Contra los menores modesto García Castro y Lorenzo Zúñiga por robo de 20 pesos"; caja 52, 1894. Vid., también, "Contra el menor Feliciano Cruz por robo de un cartón con 4 navajas, misma caja y año.

53 En esa época no existía una legislación específica para menores, por lo cual se impartían sanciones de acuerdo con el Código penal vigente, aplicando penas. La noción de castigo no operó como tal y se aplicaron métodos y tratamiento preventivos. Cfr. Elisa Speckman, "Reforma legal y opinión pública", op. cit., p. 581, y Susana Sosenski, El trabajo infantil, p. 266.

54 Algunas de estas causas fueron sacadas de los informes, partes de la escuela o expedientes de envío; sin embargo, falta revisar a profundidad los documentos judiciales de AHMCO para ver si existían más causas por las cuales fueran enviados a la correccional.

55 Dolores Lorenzo, El Estado como benefactor, p. 250.

56 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Correccional de Artes y Oficios, anexo 2, leg. 24, exp. s/n, 1893; también el leg. 13, exp. 26, 1895.

57 Ibid., anexo 1, leg. 23, exp. s/n, 1891. Y del anexo 2, leg. 24, exp. s/n, 1895.

58 Carlos Ortega, La enseñanza técnica en México para inventar una nación industrial, 1900-1917, tesis de maestría, México, Universidad Nacional Autónoma de México, Facultad de Filosofía y Letras, 2008.

59 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Correccional de Artes y Oficios, anexo 2, leg. 24, exp. s/n, 1895.

60 AHMCO, Secretaría Municipal, Libros Empastados, caja 22, t. 1, 1880.

61 AGPEO, Instrucción Pública, Memorias de Gobierno, 1899.

62 Es decir la interrupción o degradación de los honores que conllevaba el haber sido nombrado "cabo", "sargento 1o. o 2o." o "banda".

63 En el proyecto de 1880 únicamente se consideraron como penas: el recargo de horas de estudio y de trabajo, el encierro por horas o la suspensión del tiempo de descanso o de paseo.

64 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Correccional de Artes y Oficios, leg. 13, exp. 3, 1895.

65 Ibid., exp. 26, 1895.

66 Algunos ejemplos en AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela Correccional de Artes y Oficios, leg. 13, exp. 13, 1895.

67 AGPEO, Instrucción Pública, Memorias de Gobierno, 1899.

68 Las fugas ya eran de hecho algo común antes de que la escuela se conformara como correccional. Un ejemplo de 1885 en AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela Correccional de Artes y Oficios, anexo 1, leg. 23, exp. s/n, 1885. Un ejemplo sobre las calificaciones en el mismo legajo, exp. s/n, "Relación de calificaciones", 1892.

69 Ibid., leg. 23, exp. s/n, 1891.

70 Algunos ejemplos en AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela Correccional de Artes y Oficios, anexo 1, leg. 23, varios expedientes, 1889-1892; leg. 13, exp. 7 y 12, 1895; leg. 19, exp. 6, 1898.

71 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela Correccional de Artes y Oficios, anexo 1, leg. 23, exp. s/n, 1891.

72 Vid. el caso de Porfirio Ortiz, ibid., leg. 4, exp. 43. 1890. Otros casos en el mismo archivo y fondo, anexo 1, leg. 23, exp. s/n, 1891; anexo 2, leg. 24, exp. s/n, 1897; leg. 19, exps. 3 y 6, 1898.

73 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela Correccional de Artes y Oficios, anexo 2, leg. 24. En Este legajo se encuentran varios ejemplos.

74 Hay que considerar además que la imagen que se quería mantener de la institución era, ante todo, de disciplina y corrección.

75 Ibid., anexo 1, leg. 23, exp. s/n, 1892.

76 Código penal de 1871, México, Herrero Hermano sucesores, 1920, art. 157-159, 162.

77 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela Correccional de Artes y Oficios, anexo 2, leg. 24, exp. s/n, 1894.

78 Justo Sierra, por ejemplo, expresaría con respecto a la cárcel de Belem que "Allí no hay más que desgraciados sumergidos en la más completa ignorancia del bien, que no tienen por fin único más que el crimen del que los menos dañados reciben una cátedra diaria en su contacto con los más empedernidos criminales". Citado en Antonio Padilla, Pensamiento social y penal, p. 205.

79 Lorenzo ha corroborado, cómo el Tecpam de Santiago y el Hospicio de Pobres de la ciudad de México fueron aprovechadas por los menesterosos con este mismo fin. Dolores Lorenzo, El Estado como benefactor.

80 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela Correccional de Artes y Oficios, anexo 2, leg. 24, exp. s/n, 1892. Las cursivas son mías.

81 Ibid., diversos expedientes.

82 Ibid., anexo 1, leg. 23, exp. s/n, 1889. Las cursivas son mías.

83 Antonio Padilla, "Del desamparo a la protección ", op. cit., p. 148.

84 En agosto de 1892, Manuel Martínez exponía por ejemplo que "por su extremada pobreza" se hallaba completamente imposibilitado para hacer los gastos que eran indispensables para educar y reducir al orden a su hijo que se encontraba descarriado "no obstante mi afán y desvelos por su bienestar", por lo cual pedía su ingreso. AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela Correccional de Artes y Oficios, anexo 2, leg. 24, exp. s/n, 1892.

85 Sosenski también encuentra, para una época posterior y en el caso de México, cómo las familias recurrían al discurso paternalista estatal y se apropiaban de concepto de "incorregible" para utilizar el tribunal para menores como una especie de asilo. Susana Sosenski, "Infancia y familias", op. cit. p. 22.

86 Dolores Lorenzo, El Estado como benefactor, p. 251.

87 En febrero de 1891, por ejemplo, el albacea de la testamentaría del Juzgado General pidió que Carlos Meijueiro, joven de clase alta que frecuentemente causaba escándalos públicos y a veces faltas a la policía "por ser muy inclinado al vicio de la embriaguez", que fuera admitido en consideración a su finado padre, el general Francisco Meijueiro, quien había prestado "importantes servicios al estado", para lo cual pagaría una pensión de 10 pesos. AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela Correccional de Artes y Oficios, anexo 1, leg. 23, exp. s/n, 1891.

88 Existen, de hecho, algunos casos -pocos en realidad- en los cuales se llega a especificar la actividad de los padres o familiares. En los documentos revisados se encontró por ejemplo una costurera, un albañil y un tejedor.

89 Se revisaron 152 solicitudes, de éstas, más de la mitad correspondía a padres o parientes que argumentaban no tener recursos para pagar la pensión.

90 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela Correccional de Artes y Oficios, leg. 13, exp. 5, 1895. Otro caso en el mismo archivo, anexo 1, leg. 23, exp. s/n, 1892.

91 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela Correccional de Artes y Oficios, leg. 7, exp. 13, 1892. Otro ejemplo en anexo 2, leg. 24, exp. s/n, 1893.

92 Esto mismo encuentra Sosenski para una época posterior en México. Cfr. Susana Sosenski, "Infancia y familias [...]", op. cit., p. 23.

93 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela Correccional de Artes y Oficios, anexo 1, leg. 23, exp. s/n, 1891.

94 AGPEO, Instrucción Pública, Escuelas y Colegios, Escuela Correccional de Artes y Oficios, anexo 1, leg. 23, exp. s/n, 1891 y 1892.

95 Ibid., exp. s/n, 1892; leg. 13, exp. 12, 1895; leg. 13, exp. 12 y 13, 1895; anexo 2, leg. 24, exp. s/n, 1895; leg. 19, exp. 22, 1898.

96 AGPEO, Gobernación, Beneficencia Pública, Escuela Industrial Militar, leg. 108, exp. 1, f. 8, 1901.

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