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Estudios de historia moderna y contemporánea de México

versão impressa ISSN 0185-2620

Estud. hist. mod. contemp. Mex  no.29 Ciudad de México Jan./Jun. 2005

 

Artículos

Un escribano sensible

A Sensitive Scribe

Hildebrando Jaimes Acuñaa 

a Maestro en Historia por la Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa y candidato a doctor por la misma universidad. Correo Electrónico:<jah@xanum.uam.mx>.


Resumen:

Este ensayo busca establecer el grado de correspondencia entre las supuestas experiencias vitales y profesionales aducidas a lo largo del siglo XX como la base del pensamiento político y económico de un hombre y las que, a partir de la evidencia documental, tendríamos que considerar como sus verdaderas experiencias.

Palabras clave: Andrés Eligio de la Luz Molina Enríquez; Jilotepec; campo mexicano; Porfiriato; Ley Orgánica de Escribanos Públicos del Estado de México; leyes desamortizadoras; tierras del común repartimiento; El evangelio de una nueva reforma; escribano; conciencia social

Abstract:

This essay seeks to establish the degree of correspondence between the supposed vital and professional experiences adduced throughout the twentieth century as the basis of the political and economic thought of a man, and the ones that, based on documentary evidence, should be considered as his real experiences.

Keywords: Andrés Eligio de la Luz; Molina Enríquez; Jilotepec Mexican country; Porfiriat; Ley Orgánica de Escribanos Públicos del Estado de México; lands of common distribution; El evangelio de una nueva reforma; notary; social conscience

El observatorio ideal

No sé si sea ésta la primera vez que aparece el tema de la notaría como "el observatorio ideal", pero me parece que es una de las fuentes de lo que vendrá después:

Una enfermedad de su padre lo obligó a regresar a Jilotepec; para encargarse de la notaría.

En el diario ejercicio profesional, advirtió cómo se operaba un alarmante proceso de concentración de la tierra; crecían las haciendas en poder de españoles y criollos, mediante el sistemático despojo de ranchos y ejidos poseídos por mestizos e indios, que carecían de titulación escrita para poder salvar sus propiedades. Estas prácticas, toleradas por el porfirismo, aumentaban en vez de disminuir y los campesinos no podían defenderse, atemorizados por los jefes políticos, bajo la amenaza de la deportación y el "contingente" (que sustituían a las "levas" santanistas para reclutar al ejército). Nadie parecía percatarse de que se perfilaba un pavoroso problema de extinción paulatina de los ejidos de los pueblos indígenas, ranchos y pequeñas propiedades, con el consiguiente estancamiento y miseria de la población agrícola, condenada a morirse de hambre o a ser esclavizada por los hacendados. La notaría proporcionaba el observatorio ideal, para seguir el curso de fenómenos que lenta pero inexorablemente minaban la estructura social del país 1

La página en internet del gobierno del Estado de México parafrasea ese escrito, precisamente:

Andrés Molina ingresó al Instituto Científico y Literario de Toluca para realizar sus estudios preparatorios; posteriormente, se trasladó a la ciudad de México para cursar la carrera de abogado; tiempo después, tuvo que regresar a su población natal para encargarse de la notaría pública de su padre, ya que éste se había enfermado. En su diario ejercicio profesional, advirtió cómo se gestaba un alarmante proceso de concentración de la tierra; la notaría era el observatorio adecuado para seguir el curso de los fenómenos que minaban lentamente la estructura social del país.

Nos referimos a Andrés Eligio de la Luz Molina Enríquez (1868-1940), a propósito de quien Enrique Krauze amplía a sus antecedentes étnicos la adquisición de lo que podríamos llamar su conciencia social:

El padre de Molina era notario: escrituraba la propiedad inmueble en Jilotepec. La madre, hija -según Molina- de una "india de pura sangre", descendía de los antiguos pobladores. Al provenir de tales antecedentes profesionales y étnicos, era natural que Molina tomara conciencia a una edad muy temprana de los agudos problemas de tierra que existían en esa región entre las haciendas y sus dos rivales: las comunidades y los pueblos.2

Las frases lapidarias son engañosas: el oficio del padre no explica sin más la obra intelectual del hijo, como tampoco parece creíble que el hecho de que los notarios escrituraran la propiedad inmueble (entre muchos otros tipos de contratos) tuviera por resultado automático la toma de conciencia social por parte de sus retoños. Pero eso es precisamente lo que parece querer decir al agregar que era "natural" que con esos antecedentes tomara conciencia de los problemas de la tierra existentes en la región, todo lo cual es aventurarse demasiado en el análisis psicohistórico a partir de datos insuficientes, pues hubo multitud de escribanos en cada distrito judicial del México finisecular, pero sólo un Andrés Molina Enríquez.

Agustín Basave Benítez es más moderado, y aunque también retrocede hasta la infancia de Andrés para explicar su odio a las iniquidades del campo mexicano, no por ello deja de insistir en el carácter determinante que en ello tuvo su paso por las notarías a las que fue adscrito:

Con 8 255 habitantes en 1867, en su mayoría campesinos indígenas, Jilotepec y sus alrededores fueron durante el Porfiriato un lugar idóneo para palpar las injusticias cometidas por los terratenientes criollos. Y si bien los mismísimos Enríquez se hallaban del otro lado del mostrador gracias a su hacienda de Doxichó, la tradición liberal-progresista del resto de sus antepasados, entre los que se encontraban un gobernador juarista, un guerrillero republicano y, más cercanamente, un director del Instituto de Toluca, hacían a Andrés Eligio inmune a la mentalidad latifundista. Su infancia y adolescencia, además, transcurrieron en el seno de una familia de clase media, que pese a provenir de estirpe ilustre se vio en la necesidad de obtener una beca para que él pudiese estudiar.3

Tanto su judicatura como su escribanía, vale añadir, la cual ejerció además de en Jilotepec (1891), en Toluca (1893), Sultepec (1894), Tenancingo (1898), Otumba y Tenango (1899), contribuyeron seguramente a consolidar su aversión por las desigualdades étnico-sociales.4

En ese mismo texto se halla otro párrafo que amplía la visión sobre las características de la obra moliniana y que, en lo fundamental, repite las líneas del argumento sobre la sensibilidad herida del niño como motor de la obra intelectual del adulto:

Porque, efectivamente, la pluma de Andrés Molina Enríquez se mueve entre los influjos encontrados de su logos y su ethos, delineando la ondulante caligrafía intelectual de un hombre atrapado entre las líneas rectas del darwinismo social y los trazos cíclicos de su predis posición afectiva por el indio. Como intelectual formado en la educación positivista de los institutos científicos y literarios de nuestro siglo XIX, Molina Enríquez profesa fervientemente el evolucionismo y su principio de la selección natural. Como testigo del racismo y la marginación, se subleva contra la injusticia; no sé si infancia sea destino, pero si la niñez, la adolescencia, la juventud y la madurez se viven frente al drama de la miseria indígena, se requiere de un temperamento muchísimo menos sensible que el de Molina Enríquez para evadir la compasión. 5

La Notaría número 1 de Jilotepec

En primer lugar, no se trataba de "la notaría de su padre". La frase es ambigua. Da a entender que Anastasio Molina, padre de Andrés, era propietario de una notaría en Jilotepec y que, ante el acoso de una súbita enfermedad, su hijo debió regresar de donde estaba a fin de que el servicio en la misma no se interrumpiera. Lo primero es una imprecisión; lo segundo, inverificable;6 lo tercero, improbable.

Los primeros instrumentos públicos que se conservan de esta notaría datan de 1699,7 y antes de que Anastasio Molina8 fuera adscrito a la misma en la década de los 1850, habían desfilado por ella docenas de escribanos, y muchos más lo siguieron haciendo después de que él renunciara a la misma, entre ellos su propio hijo, pero las circunstancias en que esto ocurrió no parecen tan claras como los autores citados dicen.

Y es que la notaría como tal no pertenecía a ninguno de ellos en particular. Era el ejecutivo estatal quien otorgaba a los aspirantes el fiat para desempeñarse como escribanos, y también quien los adscribía a aquellos distritos en que hubiera necesidad de ellos, pero sólo después de que el interesado hubiera cursado estudios específicos y aprobado varios exámenes de aptitud, entre otros requisitos. La Ley Orgánica de Escribanos Públicos del Estado de México decretada en 1875 establecía en sus primeros cinco artículos tanto el ámbito de acción de estos funcionarios como el número máximo de ellos que podía haber en cada distrito:

Artículo 1o. Los escribanos son funcionarios revestidos por el estado, de fe pública, para el ejercicio de los actos de notario y actuario, en los casos y términos que previene esta ley.

Artículo 2o. El escribano, como notario, es el funcionario establecido para reducir a instrumento público los actos, contratos y últimas voluntades, en los casos que las leyes lo prevengan o lo permitan.

[...]

Artículo 5o. En el estado habrá cuando más cuatro escribanos en la capital, y dos en cada uno de los distritos foráneos.9

Dos años después este último artículo fue reformado por decreto, estableciéndose en la minuta del mismo el texto definitivo:

En el estado habrá cuando más cuatro escribanos en la capital; y en los distritos, el que fije prudencialmente el ejecutivo teniendo en cuenta las circunstancias de los propios distritos y respetando los derechos adquiridos por los actualmente adscritos.10

Esta ley no era la primera que se dictaba en la materia, pues antes de ella habían existido diversas disposiciones que normaban la actividad de los escribanos, algunas de ellas seguramente vigentes desde la época del virreinato, pero sí parece haber sido la primera que la legislatura estatal decretaba al respecto. De hecho, en la exposición de motivos que acompañaba el proyecto de ley presentado el 19 de marzo de 1875 por el ejecutivo a la legislatura estatal con el fin de "reglamentar el ejercicio en el estado de las delicadas funciones de los escribanos", se asentaba que uno de sus fines era evitar confusiones provocadas por disposiciones dictadas en los últimos años, las cuales en ocasiones se anulaban o contradecían unas a otras, algo que nos permite entrever facetas ocultas de las escribanías:

La conveniencia general exige, en concepto del ejecutivo, que se dé a las funciones de los escribanos y notarios el carácter de actos públicos y no de actos libres en ejercicio de una profesión; que se considere a aquellos como funcionarios de fe pública, y que el gobierno tenga su acción expedita para garantizar a la sociedad que el ejercicio de tan delicadas y trascendentales funciones está confiado a personas dotadas de la probidad indispensable. 11

De ello se deduce que antes de esa fecha los notarios conservaban ciertas atribuciones que podían llevarlos a ejercer su profesión más o menos a su arbitrio, pues hasta antes del Segundo Imperio los oficios públicos de escribano eran vendibles y renunciables, además de enajenables y rentables. Pero esta situación terminó el 30 de diciembre de 1865, con la publicación de la Ley Orgánica del Notariado y del Oficio de Escribano de 21 de diciembre de 1865, que preveía la extinción de los "oficios públicos y renunciables", medida ratificada casi dos años después, el 29 de noviembre de 1867, por Benito Juárez con la promulgación de la Ley Orgánica de Notarios y Actuarios del Distrito Federal, 12 misma que debe considerarse como antecedente de la ley de 1875 de la que venimos hablando, la que a partir de entonces rigió la actividad de los escribanos en el Estado de México y, en consecuencia, también la de Anastasio Molina, quien permaneció en la Notaría 1 de Jilotepec hasta el 22 de enero de 1891.

En todo caso, fueron bastante numerosos los escribanos que, alternándose con Anastasio Molina, prestaron sus servicios en esta notaría en el periodo entre 1858 y 1879, año en que este personaje -según los registros - inicia un largo periodo de doce años como único escribano de Jilotepec. Por ejemplo, para el periodo 1868-1872, aparecen como titulares Anastasio Molina, Cristóbal Poulet y Mier, Vicente Maldonado y Francisco Gómez Aguado, en ese orden; en el periodo 1876-1879, Anastasio Molina, Carlos Cardona y Blas Vicente Zamora; y de este año hasta principios de 1891, Anastasio Molina. Es posible que no todos ellos hayan cumplido las funciones de escribano, o que no todos ellos tuviesen esta profesión,13 pues los jueces de primera instancia podían cumplir también estas funciones en ausencia del titular, pero lo que está fuera de duda es que Anastasio Molina fue suplido en sus funciones por varios otros escribanos antes de que su hijo lo hiciera.

Además, esta última suplencia no fue tan inmediata en el tiempo como las citas hechas al principio podrían hacernos suponer. En realidad, tuvieron que pasar más de siete meses antes de que Andrés Molina tomase a su cargo la notaría de Jilotepec, que mientras tanto había sido atendida por Agustín Garduño, juez de primera instancia del distrito.

La cronología de los acontecimientos es ésta: el 7 de enero de 1891, Anastasio Molina solicitó licencia al ejecutivo estatal para separarse de su cargo; dicha licencia le fue concedida con fecha 12 de enero, y el 22 del mismo hizo entrega de los libros de su protocolo al licenciado Agustín Garduño, juez de primera instancia del distrito, quien a partir de ese día cubrió interinamente las funciones de escribano en Jilotepec. A Anastasio se le habían concedido "hasta dos meses de licencia dividida en varios periodos para atender con oportunidad sus negocios particulares".14 Es decir, no abandonó la notaría por una dolencia súbita, pues todavía permaneció dos semanas en su puesto después de haber solicitado licencia; por otro lado, no parece lógico que a un enfermo se le conceda licencia con opción a disfrutarla dividida en varios periodos: se le concede por un periodo lo suficientemente prolongado para facilitar su recuperación... pero continuo, no a intervalos.

En todo caso, Anastasio no volvió nunca más a la notaría:

El ciudadano licenciado Agustín Garduño, juez de primera instancia del distrito y encargado del protocolo de instrumentos públicos del mismo por ministerio de la ley hace entrega en la fecha bajo inventario al ciudadano Andrés Molina, escribano público de la nación adscrito al propio distrito por renuncia del ciudadano Anastasio Molina, comunicada en siete de julio del corriente año [...] Jilotepec, Agosto treinta y uno de mil ochocientos noventa y uno.15

Todo esto es bastante confuso. Podemos suponer que si pidió licencia por enfermedad, ésta no era ni letal ni le impedía encargarse de sus asuntos. Por otro lado, si presentó su renuncia hasta el 7 de julio de 1891, podríamos especular que hasta antes de esa fecha aún podía pensar en retomar su puesto al frente de la notaría, aunque su licencia hubiera terminado hacía más de tres meses. ¿Aprovechó la licencia para tramitar ante el ejecutivo estatal la adscripción de su hijo a la notaría de Jilotepec, dado que éste contaba ya con el título de escribano? ¿Estaba enfermo, pero no renunció antes para evitar que el gobierno estatal nombrara un sustituto que no fuera su hijo? Nada de esto sabemos con seguridad, pero lo que nos hace dudar de que don Anastasio haya pedido licencia para propiciar la adscripción de Andrés a Jilotepec es que la ley lo facultaba expresamente para solicitar esta medida, pero no parece haberla aprovechado:

Artículo 21. En caso de enfermedad o impedimento temporal de un escribano público, puede comisionar para que lo sustituya a otro escribano público, previo el aviso al Tribunal Superior [de Justicia] si el sustituto estuviese adscrito en su distrito, o previa licencia del mismo Superior Tribunal si no tiene este requisito. Si el escribano impedido no hiciere uso de la facultad que le concede este artículo, el sustituto será el juez de 1a. Instancia, quien ejercerá aquellas funciones, después del aviso expresado.16

Por otra parte, no hay que olvidar que Andrés Molina Enríquez fue adscrito a la notaría casi dos meses después de que su padre había renunciado a la misma, así que no parece que haya sido una necesidad apremiante de dinero lo que haya orillado a Andrés a solicitar su adscripción a Jilotepec para ayudar económicamente a su familia (aunque tampoco podríamos asegurar que no haya sido así). No podemos avanzar mucho más allá porque desconocemos más datos de la vida de don Anastasio, y porque Andrés no permaneció mucho tiempo en Jilotepec.

Efectivamente, menos de dos años después, el 11 de mayo de 1893, Molina Enríquez renunció a la notaría de Jilotepec y se trasladó a Toluca, donde después de casi tres meses (del 17 de agosto de 1893 al 14 de noviembre de 1893) y una raquítica producción de nueve escrituras protocolizadas -a razón de tres por mes-,17 se retiró nuevamente de la escena, para reaparecer después de dos meses y medio como flamante escribano del mineral de Sultepec, lugar en el que permaneció desde el 29 de enero de 1894 hasta el 1o. de julio de 1898.

Fábula de la comunidad y la hacienda

En todos los escritos mencionados al principio de este trabajo se hace hincapié en que fue su experiencia como escribano lo que brindó a Andrés Molina Enríquez la oportunidad de ser un testigo privilegiado de la concentración de la propiedad raíz en unas cuantas manos y de su inherente iniquidad. Que yo sepa, hasta ahora nadie ha intentado contrastar esta afirmación con el estudio de las escrituras protocolizadas por nuestro personaje en las notarías a las que estuvo adscrito, lo cual ayudaría, tal vez, a sustentar el argumento, o a desecharlo por insustancial. Este trabajo está centrado únicamente en los protocolos de la notaría de Jilotepec, por representar para algunos de los autores ya mencionados el sitio idóneo para observar aquel fenómeno. (Véase gráfica 1)

FUENTE: AGNEM, Distrito 05: Jilotepec, caja 22, índice cronológico incluido al final de los protocolos 54 (f. 104v-106v), 55 (f. 102f-103f), 56 (f. 102f-105f) y 57 (f. 103-106f ); "Índice" de los protocolos 58 y 59; y protocolo 60. Además, protocolo 1 de la caja 23. La columna "Varios" está integrada por Promesa de venta (1), Venta de árboles (1), Obligaciones (3), Venta de ladrillera (1), Remate de terreno (1), Revocación de poder (1), Donación (1), Composición (1) y Rectificación de contrato (1). Elaboró: Hildebrando Jaimes Acuña.

Gráfica 1 Número de casos por tipo de operación en Jilotepec 31 de agosto de 1891-11 de mayo de 1893 

De la gráfica se desprende que la venta de tierras representó poco más de 42% de todas las operaciones protocolizadas18 en los dieciocho meses que Andrés Molina permaneció en la notaría de Jilotepec, y aparentemente ello daría la razón a quienes explican su obra intelectual por "el alarmante proceso de concentración de la tierra" de que habría sido testigo. Pero, ¿eran estas operaciones un ejemplo de la ampliación de "las haciendas en poder de españoles y criollos, mediante el sistemático despojo de ranchos y ejidos poseídos por mestizos e indios, que carecían de titulación escrita para poder salvar sus propiedades"? En otras palabras, ¿podemos considerarlas una muestra más de las injusticias cometidas al amparo de las leyes desamortizadoras de 1856, que permitieron a los hacendados ampliar "considerablemente sus tierras en detrimento de los pueblos y comunidades que carecían de otros títulos que no fueran los de la tradición o de algunos papeles virreinales"?19 Porque si así fuera, efectivamente podríamos afirmar que "Jilotepec y sus alrededores fueron durante el Porfiriato un lugar idóneo para palpar las injusticias cometidas por los terratenientes criollos".

Tratemos primero de recomponer la escena que se nos propone y de encontrar a la víctima en las operaciones de compraventa de las que efectivamente Molina fue, no sólo testigo privilegiado en tanto que efectuadas en su presencia, sino que dio fe de ellas en su calidad de escribano.

La referencia a las leyes desamortizadoras, a las comunidades, a las haciendas y a los pleitos entre estos dos últimos entes significa que son precisamente este tipo de actores y de relaciones entre ellos lo que deberíamos encontrar en las operaciones formalizadas por Molina. Pasemos por alto las ventas de ranchos (17) y haciendas (3), que de por sí hacen pensar en un escenario mucho más complejo que el propuesto por los intérpretes de la obra moliniana, y concentrémonos exclusivamente en las 137 operaciones de compraventa de tierras protocolizadas por nuestro personaje en el periodo señalado.

De entrada, podríamos señalar que si la operación llegaba a la notaría era porque los vendedores poseían títulos de propiedad de las tierras que vendían, o que, en su defecto, los compradores reconocían en aquéllos los derechos de propiedad que su "quieta y pacífica posesión"20 les había conferido sobre las mismas, pues parece lógico pensar que nadie se arriesgaría a perder su capital comprando un inmueble a alguien que no fuera el legítimo dueño del mismo. Por lo tanto, si estas operaciones mostraran el despojo de que eran objeto los pueblos, comunidades y ejidos de Jilotepec por parte de los hacendados, no era por falta de títulos que esto sucedía.

En cuanto a saber si las tierras negociadas eran de propiedad comunal, afortunadamente de la fuente consultada se desprende que los escribanos debían hacer constar en la escritura si las tierras negociadas eran de común repartimiento, es decir, si eran tierras de comunidad o de propiedad comunal, que son a las que Krauze y Renato Molina E. se refieren explícitamente. De manera que podemos clasificar estas operaciones por fuente del bien, separando aquéllas de las que podríamos clasificar como pertenecientes a pequeños propietarios. (Véase gráfica 2)

FUENTE: AGNEM, Distrito 05: Jilotepec, caja 22, índice cronológico incluido al final de los protocolos 54 (f. 104v-106v), 55 (f. 102f-103f), 56 (f. 102f-105f) y 57 (f. 103-106f); "Índice" de los protocolos 58 y 59, y protocolo 60. Además, protocolo 1 de la caja 23. Elaboró: Hildebrando Jaimes Acuña.

Gráfica 2 Proporción entre tierra de común repartimiento y pequeña propiedad vendidas en Jilotepec 31 de mayo de 1891-11 de mayo de 1893 

El resultado no apoya mucho la tesis del escribano sensible: sólo 20 de las 137 operaciones de compraventa de tierras protocolizadas por Molina Enríquez corresponden a tierras de común repartimiento,21 lo que significa que, en promedio, atestiguó una sola operación de este tipo por mes mientras estuvo al frente de la notaría. Es decepcionante para los psicohistoriadores porque resulta que también se equivocan cuando proponen a Jilotepec como el sitio idóneo para observar los injustos manejos de las inicuas haciendas para apropiarse las tierras de las comunidades durante el tiempo en que Molina Enríquez ocupó la notaría. No obstante, sería necesario conocer las condiciones en que se realizaron estas operaciones, así como la personalidad de los contratantes y las dimensiones de los terrenos vendidos, para arriesgar un juicio provisional sobre el caso, que es lo que haremos a continuación.

Aunque Andrés Molina se hizo cargo de la notaría desde el 31 de agosto de 1891, la primera protocolización de una venta de terrenos de común repartimiento la realizó casi un año después, el 11 de junio de 1892. Esto quiere decir, tal vez, que el ritmo de este tipo de operaciones obedecía a procesos históricos sobre los cuales sería improcedente extenderse aquí, aunque podría corres ponder a lo encontrado por Frank Schenk en el distrito de Sultepec, al otro extremo del Estado de México donde, si bien las leyes desamortizadoras se habían decretado desde 1856, la mayor parte de las adjudicaciones de terrenos de común repartimiento a los habitantes de los pueblos se realizó entre 1890 y 1893, periodo en el cual también se registra el mayor número de operaciones de compraventa de ese tipo de parcelas a otros particulares.22 De hecho, a diez de los vendedores (la tercera parte) les habían adjudicado su terreno entre el 1o. de febrero de 1891 y el 1o. de junio de 1892; de los restantes, doce de los propietarios dicen contar con los títulos de adjudicación respectivos, aunque no los muestran al notario, por lo cual no se asienta la fecha de adjudicación, mientras que los otros ocho afirman carecer de ellos, situación aceptada explícitamente por los compradores. (Véase gráfica 3)

FUENTE: AGNEM, Distrito 05: Jilotepec, caja 22, protocolos 54 y 60; caja 23, protocolo 1. Elaboró: Hildebrando Jaimes Acuña.

Gráfica 3 Frecuencia de las operaciones con tierras de común repartimiento en el distrito de Jilotepec, 31 de agosto de 1891-11 de mayo de 1893. 

Por lo que toca a los contratantes de estas operaciones, de los treinta vendedores de terrenos de repartimiento,23 nueve eran mujeres, mientras que los restantes veintiuno eran hombres. Del lado de los compradores (dieciocho en total), catorce eran varones,24 mientras que sólo cuatro eran mujeres. En cuanto a los terrenos, éstos se ubicaban en once localidades distintas, y sólo en dos pueblos se realizaron más de dos ventas: en San Pablo, municipalidad de Jilotepec, donde se llevaron a cabo tres operaciones de compraventa distintas, y en la Ranchería del Rosal, donde se realizaron cuatro. En este último lugar, tres de las cuatro operaciones se protocolizaron teniendo a don Miguel Bolaños como comprador y, junto con otros dos casos,25 es el único sitio donde podríamos hablar de algo así como acaparamiento de tierras, pero en una escala demasiado reducida como para justificar las afirmaciones sobre la actividad notarial en Jilotepec como experiencia formadora para Molina (las tres propiedades sumaban escasamente doce hectáreas).26 Sólo cabría agregar que entre los vendedores había no sólo jornaleros, sino empleados y agricultores (que en la terminología de la época designaba a un propietario de rango mayor al de simple jornalero), aparte de las mujeres, la mayoría viudas, de quienes nunca se menciona la ocupación. Del otro lado, entre los compradores, había casi las mismas proporciones de jornaleros y agricultores; la única profesión nueva es la de comerciante, pero sólo en tres de las operaciones. Las escrituras no mencionan la edad de los contratantes, por lo cual resulta imposible saber si entre los vendedores había algunos que se deshicieran de sus tierras por incapacidad física para trabajarlas.

Así las cosas, ¿serían éstos los indios de los que Molina Enríquez dirá, en la obra a la que debe su fama, escrita quince años más tarde, que vendían.

al precio de algunas piezas de pan, de algunos jarros de pulque, de algunos cuartillos de aguardiente, como hemos dicho nosotros, o al precio de algunas pocas fanegas de maíz, o de algunos viles comistrajos, como dice el señor licenciado Orozco, varias fracciones de terrenos sin otra formalidad, las más veces, que la simple translación del título?27

Resulta difícil creerlo. En parte porque otro aspecto interesante que muestra la gráfica es que, si bien la primera operación se realizó en junio de 1892, en plena temporada de siembra, el resto de las operaciones protocolizadas por Molina Enríquez se da entre octubre de 1892 (cuando se ha levantado ya la cosecha y se inicia el receso de las labores en el campo) y mayo de 1893 (cuando los trabajos de preparación de la tierra para el nuevo ciclo agrícola se reinician), con la particularidad de que el mayor número de operaciones se registra en octubre, y el más bajo en abril y mayo, lo que nos podría llevar a concluir que el mercado de tierras en un medio esencialmente agrícola como el de Jilotepec seguía en aquella época (y supongo que también ahora) el ritmo de los ciclos agrícolas. Pero para los fines de esta investigación no es esto lo más importante, sino que nos permite sospechar que se trataba de operaciones bastante razonadas, deliberadas y hasta cierto punto calculadas, pues con excepción de dos casos, los vendedores esperaban hasta después de la cosecha -en ciertos casos hasta muy poco antes de iniciarse el siguiente ciclo agrícola- para vender su tierra, lo que significa que la venta no siempre se hacía a impulsos de algunos "jarros de pulque" o de unos cuantos "cuartillos de aguardiente". Por otra parte, el hecho de que las tierras se vendieran después de la temporada de cosechas permite suponer que cuando menos algunas de esas parcelas fueron cultivadas en el ciclo agrícola que acababa de terminar, lo cual nos llevaría a la pregunta de por qué unos campesinos que acababan de cosechar su mazorca tendrían que vender su tierra a cambio de algunas "fanegas de maíz" o de "algunos viles comistrajos".

Por supuesto, la pregunta admite muchas respuestas, si bien ninguna podría brindarnos certeza absoluta sobre los motivos inmediatos de los vendedores, que podrían ir desde "la necesidad de dinero o la vejez y falta de condiciones para trabajar las parcelas ",28 hasta la necesidad de realizar el bien inmueble a fin de dividir equitativamente su importe entre los coherederos, entre otros que nunca conoceremos. Pero si sobre esto no podemos decir gran cosa, lo que sí podemos asegurar es lo siguiente:

Quienes acudieron a protocolizar ante Molina Enríquez la venta de sus tierras eran propietarios legales de las mismas, y se les reconocía como tales aun si no contaban con títulos.

La mayor parte de las ventas de tierras protocolizadas por este personaje en la notaría de Jilotepec pertenecían al régimen de pequeña propiedad, no al de común repartimiento, que fueron las menos.

Con respecto a las tierras de común repartimiento, nada hace suponer que hayan ocurrido grandes concentraciones de este tipo de propiedad durante el periodo en el que Molina Enríquez ocupó la notaría de Jilotepec, pues las ventas registran una gran dispersión dentro del distrito y, en la mayoría de los casos, se otorgaron a compradores distintos unos de otros.

Las evidencias disponibles hacen suponer que los vendedores de tierras no actuaban de manera impulsiva o irreflexiva, sino con arreglo a una lógica de negocios bastante comprensible dentro de una sociedad agraria, como era la de Jilotepec, lo que sería de esperar tratándose del bien más preciado en dichas sociedades.

Además, habría que decir que si en Jilotepec, como en otras partes, se iniciaba entonces la época de las adjudicaciones de tierras comunales y su consecuente concentración en manos de los inicuos hacendados, Molina Enríquez se perdió la parte más despiadada del espectáculo; es decir, la que como experiencia vital le habría permitido "palpar las injusticias cometidas por los terratenientes criollos", como dice Basave. Y es que, después de renunciar a su adscripción en Jilotepec, se fue a trabajar a Toluca (17 de agosto de 1893-14 de noviembre de 1893), donde las operaciones que protocolizó difícilmente pueden considerarse de aquellas que contribuyen a intensificar la aversión por las injusticias sociales: dos poderes, dos compraventas de casas, una hipoteca, una subrogación, una cancelación de contrato, un recibo y un documento de abono.

Su adscripción a la notaría de Sultepec el 29 de enero de 1894 coincide con el fin de la época en que se repartieron más parcelas de común repartimiento entre los habitantes de los pueblos indios de la demarcación, y cabría suponer que, por lo mismo, en este lugar haya protocolizado un mayor número de operaciones de compraventa de tierras de común repartimiento. Sin embargo, el problema para darle a su estancia en esta notaría el crédito como fuente vivencial de su obra intelectual como reformador es que, en aquella época, Sultepec era precisamente uno de los pocos distritos en que era la pequeña propiedad, no las grandes haciendas, la que pesaba más en la estructura agraria. Esto puede atribuirse en parte a las "malas comunicaciones con los centros de consumo, aunadas a la actividad relativamente reducida en la minería",29 además de lo abrupto de la demarcación. Las impresiones que siguen sobre el camino y la ubicación de Sultepec son del propio Molina Enríquez; proceden de un trabajo publicado en 1931 y avalan lo dicho sobre la relativa incomunicación del distrito:

Antes de la Revolución, el camino de Toluca a Sultepec se hacía en tren hasta San Juan de las Huertas que está un poco más adelante de Zinacantepec, y después a pie, en burro, en mula o a caballo, pero yendo juntos todos los viajeros, en caravana, para defenderse de los ladrones, y eso sólo los miércoles y los sábados; los sábados se iba de Toluca a Sutepec, y los miércoles de Sultepec a Toluca, porque en esos días escoltaban el camino. Éste entonces era peligroso y triste. La montaña perteneciente en su totalidad a una sola hacienda de más de cien mil hectáreas, La Gavia, estaba absolutamente desierta, Los pueblos de El Pedregal y de Texcaltitlán eran raquíticos y miserables, y sus habitantes, en su mayor parte indios, eran pobres, tristes y sucios. Sólo Sultepec, a causa de las explotaciones mineras que entonces había, tenía cierta animación.30

Pero La Gavia pertenecía al distrito de Toluca, no al de Sultepec, en el que las haciendas eran escasas y de poco valor si las comparamos con las de los distritos de los valles centrales y norteños, entre los cuales podríamos ubicar incluso al de Jilotepec, al menos por lo que toca a su cabecera, del mismo nombre, la cual "se asienta en una planicie [...] a una altura de 2 450 msnm".31

En todo caso, aunque en su calidad de escribano pudo haber participado en un mayor número de operaciones con terrenos de común repartimiento, todo parece indicar que la concentración de los mismos en unas cuantas manos era poco relevante dentro de una estructura agraria dominada al parecer, como decíamos, por la pequeña propiedad:

Los protocolos notariales de los años 1890-1910 indican una ligera tendencia a la concentración de terrenos de común repartimiento adjudicados mediante la venta de más terrenos a sólo unos cuantos compradores. Aquí se presentan grandes diferencias por comunidad. En la mayoría de los pueblos donde se ejecutó la desamortización, el total de ventas se mantuvo muy limitado.32

Y en los raros casos en que la tendencia a la concentración era relativamente alta, ésta se dio en años anteriores a aquellos en que Molina Enríquez estuvo a cargo de la notaría:

Los cambios más importantes en las relaciones de propiedad de tierras, como consecuencia de la privatización de terrenos de común repartimiento, se dieron probablemente en el pueblo de San Miguel Sinacosto, ubicado en el municipio de Amatepec. En este pueblo, entre mayo de 1890 y febrero de 1891, fueron adjudicados 126 terrenos con una superficie promedio de algo más de catorce hectáreas. De éstos, durante la primera mitad de 1891, 37 fueron vendidos a tres ricos habitantes del municipio de Amatepec: Telésforo Aranda, comerciante de San Miguel, compró no menos de 28 terrenos y su hermano Francisco, comerciante en Amatepec y dueño de la hacienda Acatempa, compró cuatro terrenos. Felipe Herrera, dueño de la vecina hacienda de Ahuacatitlán compró cinco terrenos [...]. Aunque los hermanos Aranda también compraron terrenos adjudicados en los pueblos vecinos de Santiago y Coatepec, parece que la situación en el pueblo de San Miguel fue excepcional.33

Si a esto agregamos el hecho de que la superficie de los terrenos de común repartimiento adjudicados en este distrito era de dieciséis a veinte hectáreas, y que aun vendiendo una parte de los mismos sus dueños podían subsistir con la parte restante, tampoco Sultepec cumple con las condiciones necesarias para convertirse en ese lugar idóneo para "palpar las injusticias cometidas por los terratenientes criollos". Tal vez sea por eso por lo que Krauze recurre a un testimonio de Molina publicado en un pequeño periódico de corta vida editado por éste en el mes de enero de 1898, seis meses antes de que saliera de Sultepec. El párrafo que rescata pertenece a un "pequeño recuadro titulado 'Los rebeldes de Amatepec'":

Hace algunos años un grupo de indígenas del pueblo de Amatepec se sublevó contra las autoridades constituidas por cuestiones de terrenos en las que ellos, dicho sea entre paréntesis, tenían razón. Las autoridades reprimieron severamente la sublevación y prometieron a los sublevados hacerles justicia.34

Se trata de un testimonio de tercero o cuarto orden, pues Molina hace referencia a un acontecimiento del que no fue testigo directo, con lo que parece confirmarse que, en buena parte, sus apreciaciones sobre las haciendas y los pueblos no proceden, como el lugar común afirma, de sus experiencias como escribano, sino de la tradición popular y de la literatura que circulaba en la época sobre el tema, lo cual no necesariamente descalifica a aquéllas.

El observatorio irreal

Todos los autores citados en relación con la formación de una mentalidad antilatifundista insisten en el papel determinante que en ello tuvo la infancia de Molina Enríquez, transcurrida en la ya para entonces pequeña ciudad de Jilotepec. Basave Benítez y Krauze lo hacen explícitamente. Dice el primero:

Como testigo del racismo y la marginación, se subleva contra la injusticia; no sé si infancia sea destino, pero si la niñez, la adolescencia, la juventud y la madurez se viven frente al drama de la miseria indígena, se requiere de un temperamento muchísimo menos sensible que el de Molina Enríquez para evadir la compasión.35

Como ya vimos, Krauze opina algo muy semejante: "Al provenir de tales antecedentes profesionales y étnicos, era natural que Molina tomara conciencia a una edad muy temprana de los agudos problemas de tierra que existían en esa región entre las haciendas y sus dos rivales: las comunidades y los pueblos".36 Aunque no dudo de que sus experiencias infantiles (hayan sido éstas las que hayan sido) puedan haber influido en la formación de su sensibilidad personal, me parece mucho más probable que su pensamiento reformista y social haya madurado durante su juventud, como en cualquiera de nosotros,37 es decir, en esa etapa en que se rebasa el estrecho círculo familiar y se tiene relación con personas y lecturas que en muchos jóvenes hacen nacer proyectos generosos e idealistas que los llevan a embarcarse en proyectos y empresas de distinto sello ideológico dirigidas, según ellos, a acabar con las injusticias del mundo.

La actitud ante la vida forjada en esta etapa, y que suele estar condicionada por una gran variedad de factores sociales, culturales y económicos, puede llegar a caracterizar a un grupo más o menos amplio de individuos, hasta llegar al punto de poder hablar de generaciones que, marcadas por un cierto tipo de acontecimientos en su juventud, adquieren un comportamiento propio y distintivo, un ethos que marcará en adelante muchos de los actos de su vida, como lo señalaba el propio Krauze en un ensayo escrito en 1983 y que tendría que haber recordado a la hora de escribir sobre Molina Enríquez: "Una generación es un grupo de hombres en los que algún acontecimiento histórico importante ha dejado una huella, un campo magnético en cuyo centro existe una experiencia decisiva. Es un ethos peculiar que, impreso en la juventud, se arrastra colectivamente toda la vida".38 De modo que ese misterioso ethos se adquiere en la juventud, y aunque Basave Benítez es bastante flexible y decide ampliar el periodo de su adquisición no sólo a la juventud, sino a la niñez y la adolescencia de Molina, es evidente que le resulta más fácil relacionarlo con su apego por el darwinismo social y el positivismo adquiridos a su paso por el Instituto Científico y Literario de Toluca. durante su juventud.

Y es revelador que el primer escrito de Molina Enríquez, publicado en Toluca el año de 1895, no sea, como podríamos esperar, una protesta por la injusta concentración de la tierra de la que supuestamente habría sido testigo, sino una prédica contra la institución de la herencia, "causa de la injusta desigualdad que existe entre los trabajadores y los capitalistas":

Se trata de un alegato en contra de la herencia y a favor de condiciones de equidad en la competencia socioeconómica de los individuos concebido desde la más pura tradición del darwinismo social: para que en la lucha por la supervivencia se garantice el triunfo de los más aptos es menester nivelar la arena de tal manera que nadie cuente con una ventaja inicial que derive de las capacidades de sus antepasados y no de las suyas propias.39

Podría argumentarse que dicho alegato es la forma que asume su compasión por los desposeídos del campo, pero su discurso parece demasiado abstracto como para atribuirlo a su experiencia en la notaría:

La condición de los desheredados es cada vez peor. La inflexible ley de los salarios sujeta al trabajador a contentarse con alimentarse incompletamente , con medio vestirse y mal alojarse, sin poder aspirar por medios legítimos, a un estado mejor. El valor del salario medio en todas partes del mundo es menor, aunque muy poco, que el valor de lo que indispensablemente necesita un trabajador para vivir.40

El trabajador de Molina Enríquez poco o nada tiene que ver con los indios que venden sus tierras "al precio de algunas piezas de pan, de algunos jarros de pulque, de algunos cuartillos de aguardiente"; habla de un trabajador abstracto que "en todas partes del mundo" gana menos de lo que necesita para vivir. Y cuando habla de la miseria, de sus causas, y del fin que persigue alentando la eliminación de la herencia, parece imposible trazar líneas de correspondencia con lo que los historiadores nos dicen que pensaba al respecto: "La causa de la miseria no es precisamente la señalada por Malthus en su célebre teorema. La causa de la miseria en estos momentos, la causa principal por supuesto, porque no es la única, es la ley de los salarios ".41

Sólo forzando mucho los términos podríamos relacionar esto con lo que, según Renato Molina, era la percepción de su ilustre ascendiente sobre estas cuestiones, es decir, que "la miseria de la población agrícola" se debía a la pavorosa "extinción paulatina de los ejidos de los pueblos indígenas". En cuanto a "los bienes" que la supresión de la herencia reportaría, sus planteamientos no resultan menos incómodos para quien crea que aquello que lo movía en sus propuestas reformistas era la compasión por los campesinos despojados de sus tierras que habría visto en Jilotepec. Por ejemplo, dos de dichos bienes serían:

Undécimo. El de que la miseria se circunscribiría a los perezosos, a los viciosos y a los absolutamente incapaces, los que rápidamente serían eliminados.

Duodécimo. El de que por precisa consecuencia de esas condiciones de vida, la ciencia, la industria, la agricultura y el arte se desarrollarían rápidamente, las invenciones serían prodigiosas, las comunicaciones rápidas, los productos portentosos, las inspiraciones divinas.42

La argumentación de su evangelio tiene un corte netamente académico, y parece lógico que adopte esa forma si lo consideramos como la obra de un intelectual en ciernes que intenta colocarse, por decirlo así, en el medio intelectual de su época y cuyo mayor compromiso es con el mundo de las ideas, lo que explica su afán por provocar la polémica -con mayor o menor fortuna-, de lo cual dan cuenta los testimonios de algunos de sus conocidos, además de sus propias expresiones en ese sentido. Dice, por ejemplo, casi al final de su evangelio: "Muchas razones se aducen en pro de la herencia, y mucho pudiera yo decir para combatirlas con la seguridad de la victoria. Esperaré sin embargo a que me sean opuestas para contestarlas".43

Otro ejemplo de su época final en Sultepec (enero de 1898) es su intervención en una polémica entablada por ese entonces en la ciudad de México a propósito del modernismo. Dice Molina en carta abierta a Francisco M. de Olaguíbel:

Muy querido amigo:

Mi condición periodista menos que de provincia, de aldea, me pone en condiciones tales de inferioridad con respecto al señor licenciado Salado Álvarez, al señor Nervo y a usted que si me atreviera a terciar en la cuestión que acerca del Modernismo y con motivo del Oro y Negro de usted, al que por el ejemplar que se dignó usted obsequiarme y dedicarme debo ratos muy agradables, mi atrevimiento daría lugar o a que se me juzgara cegado por una presunción que no creo tener o a que se juzgara desfavorablemente del estado de mis facultades; pero la circunstancia de haber asentado dogmáticamente en su réplica al señor Salado Álvarez el señor Nervo, a quien como poeta admiro, que la literatura no es hija del medio sino un producto aislado sin relaciones de procedencia con la sociedad a cuya vida contribuye, me obliga a decir mi opinión porque la del mismo señor Nervo sobre el particular pugna con mis ideas en materias sociológicas y especialmente en materias artísticas y ya que acerca de ellas desempeño en estos apartados lugares el papel del maestro, me creo en el deber de defenderlas. 44

Habrá que decir que finalmente logró su objetivo, pues hacia 1911, a propósito de su célebre -por revolucionario cuanto romántico, así como por su sonoro fracaso- Plan de Texcoco, Gil-dardo Magaña atribuía el que nadie hubiera secundado la rebelión al hecho de que, si bien Molina era "conocidísimo como pensador e idealista en los centros culturales, no lo era entre las masas campesinas".45 El carácter de polemista no lo perdería nunca, como lo acreditan en los años treinta sus desafíos "a quienes ponían en duda su paternidad del artículo 27".46

Volviendo al tema de la influencia de su experiencia vital sobre su producción intelectual, ésta me parece inexistente hasta 1898, pero si nos empeñáramos en buscar influencias de uno u otro tipo en su vida o en su obra, lo que valdría la pena buscar sería más bien el influjo de su vida académica sobre su vida profesional. Porque resulta sumamente raro que un joven que apenas acababa de obtener el fiat para desempeñarse como escribano, y que según el lugar común regresaba al terruño para hacerse cargo de la notaría por enfermedad de su padre, se rebele precisamente contra la herencia, es decir contra la propiedad privada, una de las instituciones sociales cuya defensa podía suscitar menos desacuerdos en la época, aparte de que, en su calidad de notario, era por ley el funcionario encargado de dar fe pública de las últimas voluntades de las personas respecto al destino que debía darse a sus bienes cuando se despidieran de este mundo.

Conclusión

Tanto Krauze como Basave, en el transcurso de sus respectivas interpretaciones, subrayan las virtudes molinianas ("igualitarismo de raíz cristiana" en Krauze; "sensibilidad" y "compasión" en Basave) ante las injusticias de que eran víctimas los indígenas, proponiéndolas como la fuente de su quehacer intelectual. La impresión que dejan es la de Molina Enríquez como un redentor, idea con la que él mismo llegó a jugar. El último párrafo de El evangelio de una nueva reforma es, a este respecto, penosamente revelador:

Y la transformación social que está por venir toda vez que no ha de ser excepción, es mi deseo sincero, y ajeno de toda vanidad, poder ofrecer mi vida en aras del mandamiento de Dios "con el sudor de tu rostro comerás el pan", pues tengo la seguridad de que mi sacrificio no será estéril y me siento capaz de soportar todo el dolor humano y de morir en la cruz como Cristo, para hacer bien a la humanidad.47

Si tuviéramos que elegir a un personaje de nuestro tiempo como punto de comparación, diría que la visión que nos proponen de Molina Enríquez se parece a la imagen del obispo Samuel Ruiz, ese sacerdote cuyo contacto cercano con los indios y los pobres de su diócesis acabó por operar un gran cambio en su ánimo: "Vine a San Cristóbal para convertir a los pobres", dijo alguna vez, "pero son ellos los que han acabado por convertirme".48 Sin embargo, por lo que se acaba de exponer, me parece que no hay bases suficientes para ello, como sí las hay para suponer que su fuente de inspiración es libresca, literaria, más que producto de sus vivencias concretas en la notaría-observatorio de Jilotepec, a la que ciertamente podríamos calificar de ideal, pero no porque desde ella se haya dominado de manera inmejorable la perspectiva de los fenómenos sociales, sino por irreal.

En resumen, si nos atenemos a las fuentes primarias, tendríamos que concluir que -al igual que Schenk con respecto a los hipotéticos procesos de concentración de la tierra aducidos por los historiadores prorrevolucionarios como causa del descontento social para el caso específico de Sultepec-, las haciendas de Jilotepec poco o nada tuvieron que ver en la génesis del pensamiento político que Molina Enríquez enderezó contra las grandes propiedades del México porfiriano.

Bibliografía

Agustín Basave Benítez, Andrés Molina Enríquez: con la Revolución a cuestas estudio introductorio y selección de [...], México, Fondo de Cultura Económica, 2001, p. 12. [ Links ]

Andrés Molina Enríquez, "Expedición de estudio del Museo Nacional de Arqueología, Historia y Etnografía al antiguo mineral de Sultepec, Estado de México", Anales del Museo Nacional de Arqueología, Historia y Etnografía México, Talleres Gráficos del Museo Nacional de Arqueología, Historia y Etnografía, 4a. época, t. VII, n. 1, enero a diciembre 1931, p. 83. [ Links ]

Andrés Molina Enríquez, Los grandes problemas nacionales México, Imprenta de A. Carranza e Hijos, 1909, p. 113-114. [ Links ]

Bernardo Pérez Fernández del Castillo, El notariado mexicano en el siglo XIX México, Librería Porrúa-Colegio de Notarios del Distrito Federal, 2002, p. 8 y s. [ Links ]

Consúltese en <http://www.edomexico.go.mx/se/jilotdiag.htm>. [ Links ]

Enrique Krauze, "Andrés Molina Enríquez: el profeta del mestizaje", en el suplemento Enfoque del periódico Reforma 8 de marzo de 1998, p. 3. [ Links ]

Enrique Krauze, Caras de la historia México, Joaquín Mortiz, 1983, p. 126. [ Links ]

Frank Schenk, "Jornaleros y hacendados. La distribución de la propiedad de la tierra en el suroeste del Estado de México hacia 1900", en Manuel Miño Grijalva (comp.), Haciendas, pueblos y comunidades México, Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, 1991, p. 230-269. [ Links ]

John Womack, "La revuelta zapatista", Nexos n. 237, septiembre de 1997, p. 43 [ Links ]

Molina Enríquez. Consúltese <http://www.elocal.gob.mx/work/templates/enciclo/mexico/mpios/15045a.htm)>. [ Links ]

Renato Molina E., "Conciencia de México: Andrés Molina Enríquez", Boletín Bibliográfico México, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, n. 41, lunes 15 de agosto de 1955, p. 1. [ Links ]

Robert J. Knowlton, "La división de las tierras de los pueblos durante el siglo XIX: el caso de Michoacán", Historia Mexicana v. XL n. 1, julio-septiembre de 1990, p. 157. [ Links ]

1Renato Molina E., "Conciencia de México: Andrés Molina Enríquez', Boletín Bibliográfico, México, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, n. 41, lunes 15 de agosto de 1955, p. 1. Las cursivas son mías.

2Enrique Krauze, "Andrés Molina Enríquez: el profeta del mestizaje", en el suplemento Enfoque del periódico Reforma, 8 de marzo de 1998, p. 3.

3Agustín Basave Benítez, Andrés Molina Enríquez: con la Revolución a cuestas, estudio introductorio y selección de [...], México, Fondo de Cultura Económica, 2001, p. 12. En adelante, esta obra se citará como AME.

4A. Basave Benítez, AME, p. 13.

5Basave Benítez, AME, p. 24.

6Hasta el momento no he encontrado ningún testimonio fidedigno al respecto.

7Relación de la "Notaría Número 1 de Jilotepec", elaborada por la licenciada Maricela de la Luz Beltrán Silva, jefa de la Sección Histórica del Archivo General de Notarías del Estado de México (AGNEM), en Toluca, Estado de México, a quien agradezco la gentileza de permitirme su consulta.

8Él era "un abogado jalapeño que de secretario de un ministro de la Suprema Corte se había convertido en notario público de Jilotepec". Cfr. A. Basave Benítez, AME, p. 11.

9Fondo documental de la Biblioteca "José María Luis Mora" del H. Poder Legislativo del Estado de México, Decreto número 95. Año de 1875, exp. 80, s. f. Agradezco al licenciado Javier Domínguez Morales, secretario de Asuntos Parlamentarios de la LV Legislatura del Estado de México, así como a la licenciada Carolina Alanís, jefa de la Biblioteca "José María Luis Mora", y al licenciado Enrique Novelo Priego, encargado de la misma, su gentileza al permitirme consultar el original de éste y otros decretos de la época.

10Fondo documental de la Biblioteca "José María Luis Mora" del H. Poder Legislativo del Estado de México, Decreto número 20. Año de 1877, exp. 8, s. f.

11Fondo documental de la Biblioteca "José María Luis Mora" del H. Poder Legislativo del Estado de México, Decreto número 95. Año de 1875, exp., 80, s. f.

12Bernardo Pérez Fernández del Castillo, El notariado mexicano en el siglo XIX, México, Librería Porrúa-Colegio de Notarios del Distrito Federal, 2002, p. 8 y s.

13Me baso en la relación elaborada por la licenciada Maricela de la Luz Beltrán Silva, que contiene los nombres de los funcionarios a cuyo cargo estaban los libros que, integrados a la documentación de dicha notaría, fueron concentrados en el AGNEM. Aparentemente no todos corresponden a protocolos de escribanos, pues he encontrado algunos libros pertenecientes al Registro Público.

14AGNEM, Distrito 05: Jilotepec, notaría 1, caja 21, protocolo 53, f. 11v. Empezó a atender sus asuntos inmediatamente: la primera escritura protocolizada por Agustín Garduño fue un contrato de compraventa por el que Anastasio Molina cedía la propiedad de una casa ubicada en la ciudad de Jilotepec a un vecino del lugar. Véase AGNEM, Distrito 05: Jilotepec, notaría 1, caja 21, protocolo 53, f. 12f-13v.

15AGNEM, Distrito 05: Jilotepec, notaría 1, caja 22, protocolo 54, f. 57v-58f. Las cursivas son mías.

16Fondo documental de la Biblioteca "José María Luis Mora" del H. Poder Legislativo del Estado de México, Decreto número 95. Año de 1875, exp. 80, s. f.

17Si consideramos que durante el primer año que ejerció en Jilotepec, Andrés Molina protocolizó casi dieciséis escrituras por mes, hizo mal negocio yéndose a Toluca, pues sus ingresos provenían íntegramente del cobro de tarifas por sus servicios. Tal vez por eso pidió su adscripción a Sultepec, aunque esto es sólo una suposición.

18Hablo de operaciones, no de número de terrenos vendidos, pues a veces en una misma operación se venden dos o más terrenos; lo mismo vale para las operaciones con terrenos de común repartimiento mencionadas más adelante. No lo hago así para favorecer mi hipótesis, sino por comodidad. Registrar terreno por terreno perjudicaría todavía más la tesis cuestionada.

19E. Krauze, op. cit., p. 4.

20La solicitud de títulos supletorios de dominio sobre terrenos de común repartimiento alegando este tipo de posesión eran cosa corriente en la época, al menos en Sultepec. Si en Jilotepec no existen en el periodo estudiado es tal vez porque el proceso apenas empezaba.

21Si al total de terrenos vendidos le agregamos la venta de casas, ranchos, haciendas e hipotecas de bienes inmuebles, que en muchos casos se resolvían en una venta del bien hipotecado, el porcentaje de operaciones de compraventa de tierras de común repartimiento representa sólo 9%, mientras que en relación con el total de instrumentos protocolizados baja a 6%.

22Véase Frank Schenk, "Jornaleros y hacendados. La distribución de la propiedad de la tierra en el suroeste del Estado de México hacia 1900", en Manuel Miño Grijalva (comp.), Haciendas, pueblos y comunidades, México, Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, 1991, p. 230-269, y Robert J. Knowlton, "La división de las tierras de los pueblos durante el siglo XIX: el caso de Michoacán", Historia Mexicana, v. XL n. 1, julio-septiembre de 1990, p. 157.

23En tres de las veinte operaciones intervinieron dos vendedores; en una, cuatro, y en la otra, cinco, lo que da un total de treinta vendedores de igual número de terrenos.

24En tres de las operaciones registradas, los vendedores cedieron sus terrenos a un mismo comprador.

25Yldefonso Alcántara, en el Barrio de las Huertas, de la ciudad de Jilotepec, quien compra cinco terrenos a otros tantos de sus vecinos, con una superficie total de 9.5 ha, y Sotero Peña, quien en el pueblo de Acambay compra cuatro terrenos a otros tantos vendedores, con una superficie total no mayor de 5 ha.

26Véase AGNEM, Distrito 05: Jilotepec, caja 22, protocolos 54-60; y caja 23, protocolo 1. La superficie en hectáreas es aproximada, pues los terrenos eran irregulares; sólo en un caso se menciona la superficie en hectáreas: un terreno montuoso, bastante grande para el promedio (29.5 ha).

27Andrés Molina Enríquez, Los grandes problemas nacionales, México, Imprenta de A. Carranza e Hijos, 1909, p. 113-114. Cursivas del autor.

28F. Schenk, op. cit., p. 259.

29Ibidem, p. 244.

30Andrés Molina Enríquez, "Expedición de estudio del Museo Nacional de Arqueología, Historia y Etnografía al antiguo mineral de Sultepec, Estado de México", Anales del Museo Nacional de Arqueología, Historia y Etnografía, México, Talleres Gráficos del Museo Nacional de Arqueología, Historia y Etnografía, 4a. época, t. VII, n. 1, enero a diciembre 1931, p. 83.

32F. Schenk, op. cit., p. 259.

33Ibidem, p. 261.

34E. Krauze, op. cit., p. 3. Krauze hace a partir de esta pequeña cita una interpretación que, leyendo el artículo completo de Molina, parece muy discutible. Véase "Los rebeldes de Amatepec", La Hormiga, edición facsimilar, Toluca, Gobierno del Estado de México, 1992, t. I, n. 2, enero 4 de 1898, p. 2.

35A. Basave Benítez, AME, p. 24.

36E. Krauze, op. cit., p. 3.

37Aparte de lo que llevamos dicho, la evidencia histórica apunta en el sentido de que los conflictos protagonizados por campesinos descontentos -pues los hubo- empezaron mucho antes de que Molina Enríquez naciera, en 1850, y terminaron cuando él tenía apenas diez años, en 1878, a una edad en que si no tuvo experiencia directa del hecho , difícilmente podría haber guardado registro del mismo a través de pláticas familiares. Véase página electrónica de la Enciclopedia de los municipios de México en la internet. Las líneas al respecto dicen: "De 1850 a 1878, la historia de Jilotepec registra grupos de campesinos descontentos por la explotación a la que eran sujetos". Una de sus fuentes es Antonio Huitrón Huitrón, autor de una monografía histórica sobre Jilotepec (1999) y a quien Basave Benítez cita como autor de al menos un estudio sobre Molina Enríquez. Consúltese <http://www.elocal.gob.mx/work/templates/enciclo/mexico/mpios/15045a.htm)>.

38Enrique Krauze, Caras de la historia, México, Joaquín Mortiz, 1983, p. 126.

39A. Basave Benítez, AME, p. 29.

40Andrés Molina Enríquez, "El evangelio de una nueva reforma", AME , p. 419-420.

41Ibidem, p. 422.

42Ibidem, p. 427.

43Idem.

44Andrés Molina Enríquez, "El decadentismo. Carta abierta al S. D. Francisco M. de Olaguíbel", La Hormiga, op. cit., t. I, n. 7, 11 de enero de 1898, p. 2.

45A. Basave Benítez, AME, p. 15 (véase nota a pie de página). Las cursivas son mías.

46Ibidem, p. 20.

47Ibidem, p. 430.

48John Womack, "La revuelta zapatista", Nexos, n. 237, septiembre de 1997, p. 43

Hildebrando Jaimes Acuña, mexicano, es maestro en Historia por la Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa y candidato a doctor por la misma universidad. Su tesis de doctorado versa sobre reproducción social de la familia y distribución del patrimonio familiar en el antiguo distrito minero de Sultepec, en el suroeste del Estado de México. Es especialista en historia regional. Ha escrito artículos y reseñas en diversas publicaciones periódicas y es coautor de Tlahuelilpan, estado de Hidalgo. Monografía municipal.

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