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Estudios de historia novohispana

versão On-line ISSN 2448-6922versão impressa ISSN 0185-2523

Estud. hist. novohisp  no.65 Ciudad de México Jul./Dez. 2021  Epub 20-Jan-2023

https://doi.org/10.22201/iih.24486922e.2021.65.77598 

Reseñas

Yanna Yannakakis, Martina Schrader-Kniffki y Luis Alberto Arrioja Díaz Viruell, ed., Los indios ante la justicia local: intérpretes, oficiales y litigantes en Nueva España y Guatemala. Siglos XVI-XVIII

Felipe Santiago Cortez1 
http://orcid.org/0000-0003-0017-4409

1 El Colegio de Michoacán (México). Correo electrónico: scfelipe@gmail.com.

Yannakakis, Yanna; Schrader-Kniffki, Martina; Arrioja Díaz Viruell, Luis Alberto. Los indios ante la justicia local: intérpretes, oficiales y litigantes en Nueva España y Guatemala. Siglos XVI-XVIII. Zamora: El Colegio de Michoacán, Atlanta: Emory University, 2019.


Desde hace décadas la historiografía ha tratado los asuntos jurídicos del sistema colonial desde varias perspectivas; las contribuciones sobre el funcionamiento de la Real Audiencia y el Juzgado General de Indios nos han hecho confirmar las transformaciones de la sociedad indígena a la luz de los juicios cuyos motivos son incontables (conflictos por tierras, controversias políticas, pugnas internas, luchas por el acceso a cargos, etcétera); todo este compendio y asuntos tratados han sido el cimiento para verificar el engranaje y la instauración del derecho indiano donde las sociedades indígenas se adaptaron y aprovecharon los escollos legales, de tal manera que surgió una generación de naturales que comprendió el sistema de justicia.1 De hecho, varios dominaron la lengua de Castilla. Con esto en mente, diversos especialistas de Estados Unidos y México han encontrado un campo en la impartición de la justicia local en los territorios de la Nueva España; en ese sentido, este libro es el resultado de un seminario efectuado en 2013 cuyo espacio abrió brechas sugerentes que invitan a reflexionar al lector sobre las relaciones entre el mundo indígena y el sistema legal hispano.

En la obra reseñada, cada estudioso pone en la mesa de discusión varios problemas de diferentes regiones, desde el norte de la Nueva España, así como el centro, sur y Guatemala. Sin duda alguna, el intercambio de ideas y discusiones generaron nuevas perspectivas, así como metodologías que demuestran una riqueza en los juicios revelando múltiples formas y adecuaciones de los indios de la Nueva España en la articulación de la justicia. Ahora bien, la diversidad de propuestas en el libro se circunscribe bajo tres ejes temáticos: primero, el arte de interpretar, escribir y gobernar; segundo, la negociación y los conflictos; y, por último, la práctica de instrumentar, manejar y corromper la ley en aras de intereses locales e individuales.

Es de advertir que estos ejes temáticos pueden vislumbrarse en varios trabajos historiográficos. Sin duda alguna, las investigaciones de Margarita Menegus identifican esa generación de indios que dominaron el sistema legal utilizándolo para sus propios intereses,2 así como la importancia del derecho consuetudinario en los pleitos por tierras y la fabricación de los títulos primordiales y los códices Techialoyan.3 Otro trabajo clave es el de Woodrow Borah sobre el Juzgado General de Indios en la Nueva España, donde nos lleva a puntualizar que los indios aprendieron a valerse de los pleitos y aprovechar las instancias judiciales para obtener soluciones a su conveniencia.4 El aporte del libro aquí reseñado es la sistematización de varios trabajos en distintas partes de la Nueva España que puntualizan el quehacer del mundo indígena en los tribunales de justicia.

Para dar cuenta de cada investigación haré un análisis grosso modo de los principales aportes. Comenzaré con aquellos trabajos que tratan sobre “El arte de interpretar, escribir y gobernar”, todos los cuales abordan la zona maya. El trabajo pionero y referente obligado es el de Nancy Farriss.5 Un análisis panorámico de su investigación permite identificar que los mediadores del nuevo régimen fueron los batab, encargados de las actividades de gobierno, además de defender los intereses de sus comunidades ante los tribunales novohispanos y que muchas veces fueron intérpretes, como el caso de Fernando Uz, batab de Tekax. Mark Lentz retoma el ejemplo de Uz en su análisis sobre el papel de los intérpretes. Dicho esto, los escritos de Nancy Farriss6 corroboran y complementan con mayor puntualidad las referencias a la zona maya.

La investigación de Mark Lentz, “De lenguas de la conquista…”, es un artículo bien trazado donde se indica la evolución del cargo del intérprete cuyos inicios fueron forzados y obligados; sin embargo, con el paso de las décadas y varios procesos alentados por la Corona, este oficio abrió la posibilidad para que los indios accedieran a un rango y prosapia dentro de la sociedad novohispana, como el caso de Gaspar Antonio Chi.

Caroline Cunill presenta un trabajo sobre “Corregidores y gobernadores mayas…” en el cual expone el funcionamiento de todo el aparato administrativo de la provincia de Yucatán; y trata un caso en el último cuarto del siglo XVI cuando un indio llamado Andrés Cocom intentó rebelarse contra el orden colonial. Por tal motivo el papel de las distintas órdenes de gobierno, llámese alcaldes mayores, corregidores, gobernadores indios y cabildos hispanos en Yucatán, se unieron para aprehender al insurrecto.

Sugerente es el capítulo de Owen Jones “Ah tzib rech cabildo…”; regularmente se relacionan los escribanos como funcionarios confinados en su quehacer en los pueblos de indios; sin embargo, este artículo da cuenta de su capacidad de adaptación en los resquicios del orden colonial; estos escribanos eran hombres alfabetizados, lo que les dio la posibilidad de aprovecharse del sistema legal y convertirse en verdaderos notarios y apoderados legales de sus pueblos.

En el segundo eje, sobre “Los horizontes de negociación, reivindicación y conflicto”, se presentan tres investigaciones cuyas áreas geográficas son diametralmente opuestas, de Yucatán a la frontera septentrional de la Nueva España y un trabajo sobre Oaxaca. Es de advertir el aparato documental, memoriales inéditos que revelan procesos judiciales dignos de atender. El artículo que inicia este eje se intitula “Los abogados del diablo…”, de John Chuchiak; su investigación revela la importancia de los testimonios indígenas bajo dos perspectivas: por una parte, denunciar los abusos del clero y, por otra, controlar a las castas bajo acusaciones de abuso o idolatría. El éxito del testimonio en los tribunales les redituaba a los naturales una poderosa arma en sus luchas locales contra españoles y mestizos para inculparlos como practicantes de herejías.

Cynthia Radding, por su parte, aborda en el capítulo “Palabras de protesta…” un escenario interesante donde se unieron varios sectores sociales que denunciaban la corrupción y el abuso del gobernador Bernardo López de Mendizábal. Como aporte a los estudios historiográficos, este juicio agrupa a numerosos pueblos de misión y diversos asentamientos móviles de indios gentiles y nómadas que, junto con la orden franciscana, se unieron para denunciar al gobernador y así redefinieron la justicia y mejoraron sus condiciones tributarias.

Yanna Yannakakis y Martina Schrader-Kniffki investigan en el capítulo “Contra Juan Ramos…” un asunto inédito al interior de los pueblos de la jurisdicción de Villa Alta, en Oaxaca, durante el siglo XVII; se trata de varios registros criminales redactados en zapoteco, cuyas denuncias se asociaban a pecados inmorales -el concubinato- que muchas veces dieron herramientas a las autoridades indígenas aprovechándose de la innovación lingüística y la apropiación de conceptos cristianos para así controlar a sus comunidades.

De especial atención son los trabajos de Yanna Yannakakis; su línea de investigación tiene ya algunos años y ha presentado el caso de varios indios mediadores que operan en los dos mundos coloniales;7 su mayor aporte fue la definición del “indio ladino” como ese actor social que figuraba en la vida política, económica y religiosa de los pueblos, quien podía tener un pie en el mundo indígena y con el otro operar en el horizonte hispano, sin duda alguna, personajes biculturales. Lo que presenta ahora junto con Martina Schrader-Kniffki complementa e inaugura otra línea basada en el rastreo documental en su lengua nativa, donde se puede notar la capacidad de negociación y abstracción por parte de varias autoridades indígenas.

El tercer y último eje “Los usos de la ley, acuerdos, excesos y desavenencias” trata sobre distintas controversias en los pleitos y de cómo los indios se adecuaron al sistema de justicia impugnando y protegiéndose en los escollos del derecho. En este orden, Robert Schwaller presenta el trabajo “Justicia y relaciones…” donde pone de manifiesto que, a pesar de las leyes donde se prohibían las relaciones entre mulatos e indios, en la práctica las contradicciones de los ideales jurídicos y la realidad pintaban otros escenarios, e incluso, con los procesos inquisitoriales Schwaller notó relaciones sociales, económicas y culturales entre los negros, indios y castas.

Edgar Mendoza plantea, en el capítulo “¿Corrupción y justicia?...”, las implicaciones de las reformas borbónicas en la caja de comunidad de Otumba en el siglo XVIII. Dichas medidas pusieron en serias dificultades a las élites locales; sin embargo, pese a las restricciones de parte de la Junta Superior de Propios y Arbitrios, los intereses creados entre alcaldes mayores y caciques desfalcaban las arcas de los pueblos, volviendo en muchos casos a las prácticas habituales, factor que provocó la decadencia de los pueblos en la primera mitad del siglo XIX.

Finaliza este eje, y así también el libro, el artículo “Pueblos divididos y nobles…” de Luis Alberto Arrioja; ante un escenario frecuente en los pueblos de indios como son las fragmentaciones, este autor notó que durante el siglo XVIII varias comunidades de la jurisdicción de Villa Alta, Oaxaca, se separaron por razones poco estudiadas, como fueron los conflictos políticos y agrarios, aunado a la crisis que experimentaron los linajes nobles; estos hechos pueden ser un modelo explicativo para estudios en otras regiones de la Nueva España.

Hay varios elementos del libro que me parecen sugerentes. Sin duda alguna, abre el debate sobre el quehacer de la justicia dentro de los pueblos de indios, poniendo debida atención a los funcionarios que, en los estudios historiográficos, eran de poco interés; de hecho, hay varios trabajos propositivos que advierten toda la articulación del sistema de justicia. Así, tanto litigantes como testigos y oficiales ponen en la balanza esas relaciones que fundamentan los diálogos entre la justicia colonial y el mundo indígena. Estas investigaciones pueden ser un filón para nuevos trabajos, pues abren perspectivas novedosas, sobre todo, con las fuentes documentales; ampliar estos estudios será una labor pendiente en otras regiones de la Nueva España poniendo atención en los procesos inquisitoriales, así como en las litigaciones por tierras, donde las traducciones y los testamentos, entre otros documentos, pueden dar cuenta de nuevos horizontes y líneas de investigación sobre las adecuaciones, los negocios, las implicaciones y las denuncias de las relaciones intrínsecas entre la justicia local y las grandes instituciones que también la imparten.

Bibliografía

Arrioja, Luis Alberto. Pueblos de indios y tierras comunales. Villa Alta, Oaxaca: 1745-1856. México: El Colegio de Michoacán; México: Fideicomiso Felipe Teixidor y Monserrat Alfau de Teixidor, 2011. [ Links ]

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1Bajo esa perspectiva se encuentran varios trabajos clásicos y algunos publicados recientemente, por ejemplo: Charles R. Cutter, The Protector de Indios in Colonial New Mexico, 1659-1821 (Alburquerque: University of New Mexico Press, 1986). Víctor Gayol, Laberintos de justicia. Procuradores, escribanos y oficiales de la Real Audiencia de México (1750-1812) (Zamora: El Colegio de Michoacán, 2007). Ethelia Ruiz Medrano, Mexico’s Indigenous Peoples: Their Lands and Histories, 1500-2010 (Boulder: University of Colorado Press, 2010). Luis Alberto Arrioja, Pueblos de indios y tierras comunales. Villa Alta, Oaxaca, 1745-1856, (Zamora: El Colegio de Michoacán; México: Fideicomiso Felipe Teixidor y Monserrat Alfau de Teixidor, 2011). Caroline Cunill, Los defensores de indios de Yucatán y el acceso de los mayas a la justicia colonial (México: Universidad Nacional Autónoma de México, 2012). Rafael Diego-Fernández y Víctor Gayol, El gobierno de la justicia. Conflictos jurisdiccionales en la Nueva España (siglos XVI-XIX) (Zamora: El Colegio de Michoacán; Colima: Archivo Histórico del Municipio de Colima, 2012). Juan Ricardo Jiménez, Crimen y justicia en el pueblo de indios de Querétaro a finales del siglo XVI (Querétaro: Universidad Autónoma de Querétaro, 2012).

2 Margarita Menegus, Del señorío indígena a la república de indios. El caso de Toluca, 1500-1600 (México: Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, 1994).

3 Margarita Menegus, “La costumbre indígena en el derecho indiano”, Investigaciones Jurídicas, Boletín, n. 45 (1992): 41-49.

4 Woodrow Borah, Justice by Insurance. The General Indian Court of Colonial Mexico and the Legal Aides of the Half-Real (Berkeley: The University of California, 1983).

5 Nancy M. Farriss, Maya Society under Colonial Rule. The Collective Enterprise of Survival (Princeton: Princeton University Press, 1984).

6 Nancy M. Farriss, “Nucleation versus Dispersal: The Dynamics of Population Movement in Colonial Yucatan”, Hispanic American Historical Review, v. LVIII, n. 2 (1978): 187-216. Revisar: Libana. El discurso ceremonial mesoamericano y el sermón cristiano (México: Artes de México, 2014).

7 Yanna Yannakakis, El arte de estar en medio. Intermediarios indígenas, identidad india y régimen local en la Oaxaca colonial (Oaxaca: Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca; Zamora: El Colegio de Michoacán, 2012). Revísese también: Yanna Yannakakis y Martina Schrader-Kniffki, “Between the Old Law and the New: Christian Translation, Indian Jurisdiction, and Criminal Justice in Colonial Oaxaca”, Hispanic American Historical Review, v. 96, n. 3 (2016): 517-548.

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