Introducción
El trabajo que presentamos a continuación analiza el manuscrito titulado “Carta ejecutoria de la familia Fernández de Jáuregui”, uno de los manuscritos más peculiares de la Biblioteca Nacional de México (ms. 10158), ya que refleja claramente los usos administrativos y jurídicos propios de la cultura española, pero que también se implementó en la sociedad novohispana y, al igual que éste, muchos otros documentos de distinta índole son al mismo tiempo, una muestra de la tradición ligatoria que se heredó y aprendió en el México del virreinato.1
El análisis que aquí se presenta comprende dos puntos de vista: uno que se encarga del contenido documental y otro del aspecto material. El primero ayudará a conocer la verdadera tipología documental de este texto, que nos aporta una importante información sobre la genealogía de la familia Fernández de Jáuregui, y el segundo, analizará la encuadernación que el documento tiene, describiendo las técnicas y los materiales que la constituyen, para poder así, exponer cómo las características de la encuadernación también responden a la naturaleza del documento.
Objetivos, metodología y justificación
Dado el tipo de estudio, la técnica que se empleó fue analítico-descriptiva, siguiendo un método basado en la observación y cotejo de los elementos a describir. Por otra parte los objetivos que planteamos tienen que ver con la función del documento y los dividimos en el objetivo general y en objetivos específicos; el objetivo general se refiere a la definición del carácter tipológico y ligatorio del documento; y los objetivos específicos tienen que ver con el desarrollo del documento en sí, por qué y para qué se hizo, así como su validez jurídica, y también determinar el tipo de encuadernación.
La realización de este estudio ayudará a comprender parte de la tradición administrativa que se implementó en México después del establecimiento de los españoles, además de resaltar el papel de la encuadernación en este tipo de documentos.
El manuscrito “Carta ejecutoria de la familia Fernández de Jáuregui”
Este es el nombre que recibe el documento a estudiar en su actual catalogación, que nosotros creemos que no es el acertado. Para eso debemos analizar en primer lugar qué es una carta ejecutoria y ver si se ajusta a las características de este manuscrito.
La carta ejecutoria es un documento emitido por un tribunal que obliga a las partes al cumplimiento de una sentencia, y en nuestro caso el mayor número de estas cartas está ligado al reconocimiento a un individuo de su condición de hidalgo, es decir a su nobleza de sangre, lo que conllevaba una serie de privilegios anejos, en especial de tipo económico y social. En España estas ejecutorias las emitían las chancillerías y junto al documento puramente jurídico, el demandante podía solicitar que se hiciera una copia de dicha carta ricamente iluminada, como luego veremos, que en muchas ocasiones incluía el escudo de armas de la persona a la que se había reconocido su condición de hidalgo, que de hecho era la marca exterior de dicha condición, además de ratificar la antigüedad del linaje y la descendencia por legitimidad de nacimiento, así como la limpieza de sangre de sus miembros. Por todo ello solía ser bien encuadernada, ya que se convertía en una pieza clave del archivo familiar que podía usarse siempre y cuando se pusiera en entredicho por cualquier institución esa condición de hidalgo, o bien como prueba adicional para solicitar otras mercedes; por ello, se puede decir que: “La ‘carta ejecutoria de hidalguía’ era un documento de gran importancia para el linaje que lo obtenía ya que, de ahí en adelante, no se tenía más que probar su pertenencia al mismo por línea de varón para acreditar su hidalguía”.2 En este contexto, y en lo que a su aspecto estético respecta:
Los testimonios escritos llamados “cartas ejecutorias de hidalguía” resultan muy atractivos ya que constituyen una valiosa fuente de información para investigadores de diversas especialidades. Archiveros, diplomatistas, paleógrafos, genealogistas, heraldistas, historiadores del arte, juristas, modernistas, sociólogos y, asimismo, estudiosos de otras disciplinas.3
Estas ejecutorias se solicitaban cuando en un momento concreto las autoridades exigían el pago de determinados impuestos a un individuo, y éste se negaba a ello alegando su condición de hidalgo.4 Es en ese momento cuando las partes recurrían a los tribunales para dirimir quién tenía razón, aportando cada parte las pruebas que considerase necesario. Por tanto, la carta ejecutoria de hidalguía es en realidad la plasmación material de una sentencia judicial que se entrega a una de las partes, obviamente siempre que fuera favorable al demandante de reconocimiento de la hidalguía. Estos pleitos fueron muy frecuentes, y tan abundantes que las Ordenanzas de los Reyes Católicos de 1489 especificaban que uno de los cuatro tribunales superiores de la Chancillería de Valladolid fuera precisamente la llamada Sala de los Hijosdalgo, que estaba presidida por un alcalde mayor. Es a partir de este momento cuando los pleitos de hidalguía se conforman tal y como hoy los conocemos, y se mantienen sin cambios hasta el final del Antiguo Régimen en las dos chancillerías de la Corona de Castilla (Valladolid y Granada), que centralizaron todos los procesos relacionados con este tema.
En el proceso se hacían diversas averiguaciones centradas en buscar testimonios sobre la antigüedad del linaje del demandante, así como la legitimidad del nacimiento de sus ascendientes por línea de varón y su limpieza de sangre, que se probaba, más que por documentos, que la verdad son escasos en los primeros tiempos, por testigos de avanzada edad que daban fe de que el linaje investigado era considerado noble desde hacía mucho tiempo (hidalgo notorio), y para que estas declaraciones fueran claras se creó un formulario específico para redactarlas, donde se buscaban datos sobre el interesado y sus ascendientes, sus casamientos, su legitimidad (no ser bastardo ni espurio, ni descender de moros, judíos o conversos), no haber sido preso ni penitenciado por el Santo Oficio, que no pechó (pagó impuestos) en las anteriores derramas reales o concejiles (siendo el motivo de ello ser considerado de condición noble), haber tenido ciertos cargos (reservados a los nobles), pertenecer a cofradías o formar parte de los alardes propios de los caballeros, etcétera. Estas declaraciones eran la prueba fundamental para que el tribunal dictara sentencia.
Esta sentencia, más o menos extensa en función de las pruebas aportadas, era originalmente un documento administrativo hecho en papel y escrito en una letra cursiva procesal, que obviamente tenía toda la fuerza legal que necesitaba el demandante. Pero el contenido era tan importante para el hidalgo reconocido como tal y para sus descendientes, que normalmente solicitaba al tribunal que se hiciera un original más solemne para ser guardado en los archivos familiares, siendo éste realizado en pergamino y con una caligrafía muy cuidada y en forma de cuaderno, siendo validado por el sello de plomo del monarca.5 La iluminación de este documento “de aparato” dependía de las posibilidades económicas del agraciado; podemos encontrar desde las iniciales ornamentadas, hasta grandes ilustraciones relacionadas con temas religiosos a plana completa (Crucifixión, la Inmaculada, la Anunciación, Santiago apóstol, algunos santos específicos, etcétera) o bien retratos del rey que concede la hidalguía o del agraciado, sólo o acompañado de su familia, y sobre todo un gran escudo con las armas familiares, que es la muestra específica de la condición hidalga del beneficiario,6 todo lo cual nada añade a la fuerza jurídica del documento.7 Y para conservar este importante documento a lo largo del tiempo normalmente se ordena encuadernarla de una manera especial, más o menos lujosa, como vemos en las que han llegado hasta nosotros.8
Resumiendo, la carta ejecutoria de hidalguía es un documento expedido por los tribunales de la Sala de los Hijosdalgo de las chancillerías de Valladolid o de Granada, a petición de parte, y cuyo contenido esencial es la sentencia dictada por los correspondientes jueces, en virtud de la cual se amparan los derechos de los reclamantes sobre su condición de hidalgo. Dicho todo lo anterior, hay que decir que el documento que estamos estudiando no es una carta ejecutoria de hidalguía, a pesar de estar catalogado como tal.
Por tanto, ¿de qué documento se trata? Las características que presenta obedecen más bien a lo que se denomina una certificación de armas. Ya hemos dicho que en la mayor parte de las ejecutorias de hidalguía se añade el escudo de armas propio del beneficiario de la misma, que era de hecho el signo externo más claro de su condición, y normalmente este escudo era pintado según los deseos del recipiendario de la ejecutoria, sin más avales “científicos” ni “documentales”, pero a partir del siglo XVII9 se busca tener un documento específico que avale la “legalidad” del blasón familiar, y esa es la certificación de armas. Este documento lo emitía un oficial real concreto, el llamado rey de armas, cuyo origen se remonta a la época medieval y que poco a poco fue adquiriendo mayores responsabilidades. Ya en época de los Austrias los encontramos realizando numerosas certificaciones de armas, además de una forma muy reglamentada, y así se mantuvieron durante siglos. En España tenemos ejemplos de su labor hasta bien entrado el siglo XX. Como ejemplo de ello podemos citar las palabras del rey de armas Joseph Alfonso de Guerra y Villegas, que dice: “A cargo de los reyes de armas, araldos, farautes o parsavantes está el declarar, emendar o determinar las dudas que cada día se ofrecen sobre la forma que se debe esculpir, pintar, o bordar, los escudos de las armas reales y de quantos, según su dignidad, estado, y nobleza puedan usar armas”.10
Estos documentos se inician con la intitulación del rey de armas, luego se añade el nombre del peticionario y a continuación el oficial detalla (con más o menos extensión) el origen de los linajes paterno y materno, su antigüedad, hechos importantes y sobre todo describe las armas de cada uno de ellos, que al final conforman el escudo certificado, que normalmente aparece al inicio del cuadernillo. Del mismo modo explica el significado de los colores y figuras que lo componen y por último el rey de armas firma y sella el documento garantizando la veracidad del mismo según los documentos y libros que constan en los archivos de su oficio. Para dar fuerza legal al documento se ratificaba por un escribano público, que daba fe y garantía del proceso seguido por el rey de armas, añadiendo su signo y sello de oficio, lo cual se hacía en presencia de testigos que firmaban el documento, asegurando la validez total del proceso. Y todo esto es lo que tenemos en el documento tradicionalmente denominado “Carta ejecutoria de la familia Fernández de Jáuregui”, que debería pasar a catalogarse como “Certificación de armas de Joseph Fernández de Jáuregui” y que ahora vamos a comentar con cierto detalle11 para explicar la formación de la misma y el motivo de su realización.
El contenido de la certificación
Se inicia con un diseño a toda página de un escudo de armas cuartelado, que muestra las armas de los linajes Fernández de Jáuregui, Ojirando, Urrutia y Arana, y a continuación, también a plana completa, una ilustración con el escudo real, propio del papel sellado de la época de Fernando VI, con las grandes armas de la monarquía usadas por los primeros Borbones rodeadas por los collares de las órdenes del Toisón de Oro y de la francesa del Espíritu Santo, y debajo el nombre del rey de armas que va a certificar el documento, don Juan Alphonso Guerra y Sandoval12 (figura 1), añadiendo sus títulos en la siguiente página,13 y certificando que en los libros y papeles originales que se encuentran en el “Archivo del Real Cargo de nuestros Empleos” están los apellidos de Fernández de Jáuregui, Ojirando, Urrutia y Arana, su origen, armas y significados, añadiendo después que son los correspondientes a don Joseph Fernández de Jáuregui, a quien se dirige este blasón.14
A continuación describe la historia y las armas de dichos linajes,15 y termina dando fe de la infanzonía e hidalguía de sangre de dichas casas y por tanto de su descendiente, el peticionario, que es:
Christiano viejo limpio de toda mala raza de moros, judíos, mulatos, nuevamente convertidos o castigados por el Santo Oficio de la Inquisición; ni otra alguna secta infesta; y Noble Hidalgo de Sangre de Casa Solar Infanzonado y conocido, de los de devengar quinientos sueldos áureos, según Fuero de España.16
Termina diciendo que el peticionario podrá usar el Escudo de Armas que inicia la Certificación de la forma que se expresa y no en otra,17 y por ello, a su pedimento da fe, y firma y sella el documento en Madrid a diez de octubre de 1752 (figura 2).
A continuación varios escribanos públicos de la “Imperial y Coronada Villa de Madrid” certifican la validez (“entera fe y crédito en juicio y fuera del”) de los escritos de Juan Alfonso Guerra y Sandoval como rey de armas, y como tal lo firman el mismo día antes dicho. Por último Vicente Francisco Verdugo, secretario mayor, perpetuo y más antiguo del Ayuntamiento de Madrid, certifica todo lo anterior, lo firma y lo sella con “las Armas de Madrid” (figura 3).18
El solicitante
En la certificación de armas se cita repetidas veces que se hace a pedimento de don Joseph Fernández de Jáuregui, y a lo largo del texto se habla de sus padres y abuelos, unas veces citándolos de forma expresa con nombre, apellido y lugar de origen y otras de forma genérica. A continuación haremos una breve semblanza del personaje y sus relaciones familiares con México (véase árbol genealógico).
La relación de sus familiares con México se inicia con Juan de Urrutia, nacido en Llanteno (Álava) el 1 de diciembre de 1645. A los 20 años marchó a México y allí hizo fortuna, siendo mercader de plata, capitán de Caballos Corazas, alguacil mayor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de la Nueva España, caballero de la Orden de Santiago (1687),19 alcalde provisional ordinario de la Ciudad de México, etcétera, y allí se casó con una importante heredera, María Micaela Gerónima López de Peralta Pujadas y Zapata,20 pasando entonces a ser conocido como Juan Gerónimo López de Peralta y Urrutia, por exigirlo así las normas sucesorias del mayorazgo de su esposa.21 En 1689 obtiene título de Castilla con la denominación de Marqués de la Villa de Villar del Águila,22 y muere en 1693, sin descendencia, en México.23
A su muerte dejó todos sus bienes y títulos a su anciana madre, quien lo sucedió en la lejana España,24 aunque de hecho su sucesor designado fue su sobrino Juan Antonio, hijo de su hermano Domingo. Este Juan Antonio de Urrutia y Arana25 nació en Llanteno en 1670, y se trasladó a México en 1687, siendo un fiel auxiliar de su tío, que lo llamó para convertirlo en su heredero; de hecho, poco después le traspasó el cargo de guarda mayor de la Casa de la Moneda (1690), durante el motín de 1692, producido por la escasez de maíz, participó en el restablecimiento del orden como capitán de Caballos Corazas, luego fue nombrado alcaide de la Alameda; entre 1694 y 1697 fue regidor de la ciudad, en 1696 obrero mayor y diputado de Propios, y hasta 1713 fue corregidor o justicia mayor de la Ciudad de México, cargo que abandonó para dedicarse a la gestión de sus numerosas propiedades. El 9 de febrero de 1699 se casó con una importante dama del país, doña María Josefa Paula Guerrero Dávila Fernández del Corral (m. 1754),26 con quien no tuvo descendencia. Fue marqués de Villar del Águila27 y caballero de la Orden de Alcántara (1698),28 trasladándose años después de manera provisional a Querétaro, donde fue el responsable de la construcción del gran acueducto de la ciudad (1726-1738). Murió el 29 de agosto de 1743, en la calle de San Felipe Neri, en la ciudad de México, y fue enterrado en la misma ciudad en la iglesia del convento de religiosos descalzos de San Diego.
Al no tener hijos dejó la mayor parte de su fortuna para obras de caridad29 y designó como sucesor al hijo mayor superviviente que su hermana mayor, María, tuvo con Sebastián Fernández de Jáuregui,30 Juan Antonio Fernández de Jáuregui y Urrutia (nacido en Menagaray en 1699), casado desde 1720 con María Aldama y Ayala, siempre con la condición de que debía irse a vivir a México, pero el interesado decidió quedarse en España y mandar a México a uno de sus hijos, que sería quien tomaría posesión de los bienes de su tío abuelo, y así continuaría la línea de los marqueses del Villar del Águila en el virreinato de Nueva España,31 y terminarían fijando su residencia definitiva en Querétaro.32
Es ahora cuando tenemos que hablar de nuestro protagonista, Joseph (Antonio) Fernández de Jáuregui y Urrutia, hermano menor del anterior, e hijo de Sebastián Fernández de Jáuregui y Ojirando (natural de Menagaray, 1659-1742) y de María Urrutia y Arana (natural de Llanteno, 1681-1720), casados en 1681. El hijo mayor superviviente de este matrimonio, Juan Antonio, se hizo cargo de la herencia paterna (1742) y sus hijos de la que su tío Juan Antonio de Urrutia les había dejado en México (1743). Entretanto el hermano menor, Joseph Antonio (nacido en Menagaray el 6 de septiembre de 1703) pasó joven a México para servir a la Corona junto a su poderoso tío, estableciéndose en Querétaro, donde se encuentra durante las obras del famoso acueducto, siendo uno de los hombres de confianza del marqués, que fue padrino de una de sus hijas (a la que hizo un importante legado testamentario), y la nombró albacea en su testamento, fechado el 18 de noviembre de 1742. Hizo también Joseph un buen matrimonio casándose con María Gertrudis Josefa de Villanueva y Freyre (m. 1773), miembro de una rica e ilustre familia de Zacatecas.33 Fue caballero de la Orden de Alcántara (1752),34 gobernador y capitán general del Nuevo Reino de León (1731-1740), donde tuvo que hacer frente a la rebelión de los indios chichimecas; propuso la conquista del Seno Mexicano (territorio de Texas y Tamaulipas) y fue juez de residencia del gobernador de Texas (1737). De él nos quedan importantes textos sobre las provincias que gobernó o visitó. Su hijo Juan Antonio, nacido en Santiago de Querétaro, fue capitán de Dragones del Regimiento Provincial de Caballería Ligera de Querétaro y caballero de la Orden de Santiago (1779).35 Desconocemos la fecha de su muerte, pero sabemos que Joseph Antonio Fernández de Jáuregui y Urrutia estaba vivo en 1752, cuando en Madrid se realizó por su expresa petición esta certificación de armas que estamos comentando, y que casi seguro estaba relacionada con la tramitación de su expediente para ser nombrado caballero de la Orden de Alcántara, demostrando con ella la nobleza de sus cuatro apellidos y detallando sus armas; y ya había muerto cuando se iniciaron las pruebas para formar el expediente de concesión del hábito de la Orden de Santiago para su hijo.36
Por tanto, podemos suponer que, tras servir durante años a la Corona y conseguir una buena posición en México, nuestro protagonista buscó consolidar aún más su posición social; aunque sus relaciones familiares eran muy importantes quería ser reconocido por sí mismo, y por ello quiere legar a sus descendientes esta certificación de armas, que encuadernará como luego veremos para que perdure y sirva de memoria de sus ilustres antepasados.
Gracias a la documentación conservada en la Sección de Órdenes Militares del Archivo Histórico Nacional de Madrid37 sabemos que Joseph Antonio recibió la merced de un hábito de orden militar (decreto de 17 de febrero de 1748) por “los méritos que adquirió siendo Gobernador del Nuevo Reyno de León en Nueva España”, y por los mismos años se concedió a su sobrino Manuel, marqués de Villar del Águila, la “merced de hábito en la Orden de Alcántara”, pero como falleció antes de terminar la tramitación, el rey decidió por decreto de 26 de febrero de 1751 “que la referida merced que tenía concedida al difunto marqués de Villar del Águila se entienda hecha a favor de su hermano y sucesor en el título, don Sebastián de Jáuregui y Urrutia”.
Las dos mercedes de hábito de Alcántara, para Joseph Antonio y su sobrino Sebastián, nuevo marqués de Villar del Águila, se tramitaron con la misma fecha (Buen Retiro, 4 de agosto de 1752) y fue este último el que se encargó de todas las gestiones en Madrid.38 En las pruebas presentadas para el primero se incluyen las certificaciones de bautismo de los hermanos Juan Antonio (padre de Sebastián) y de Joseph Antonio,39 así como los testamentos de sus padres, María de Urrutia (2 de febrero de 1717) y Sebastián Fernández de Jáuregui (9 de marzo de 1742), donde se cita a sus tres hijos varones;40 y una genealogía donde aparecen sus padres y abuelos paternos y maternos, firmada y avalada por Sebastián Benito, como sobrino carnal, hijo de un hermano del “pretendiente”. Todo ello se hizo durante el verano de 1752 y fueron admitidas como pruebas en el Consejo de Órdenes el 9 de octubre de 1752, y sin duda se aportaría también la certificación de armas, fechada en Madrid a 10 de octubre de 1752, un documento que, sabemos, exigía la Orden de Alcántara como complementario a las pruebas genealógicas.41 De forma paralela y en las mismas fechas, Sebastián tramitó sus propias pruebas para recibir el hábito, y el Consejo ordenó el 26 de febrero de 1753 despachar el título de Caballero de la Orden de Alcántara, tanto para Joseph Antonio como para Sebastián. El segundo pagó el 9 marzo de 1753 los 131.250 maravedíes (350 ducados)42 por los servicios de montado y galeras, mientras su tío debió abonar “900 ducados de vellón, que valen 337.500 mrs de la propia moneda que importan los servicios de montado y galeras, y la licencia para profesar en Indias” el 31 de marzo de 1753.43
Tras todos estos trámites, ambos ya eran de forma efectiva caballeros de la Orden de Alcántara, y Sebastián decidió viajar a México para hacerse cargo de su herencia, solicitando para ello el preceptivo permiso (mayo de 1753), y debió llevar consigo tanto los títulos de caballero de Alcántara que acababa de conseguir como la certificación de armas de su tío Joseph Antonio, que le entregaría en la ciudad de Santiago de Querétaro, donde los documentos dicen que era residente Joseph Antonio, y a donde tenía que acudir Sebastián a reclamar su herencia, como dice en su solicitud de viaje.
Tras detallar la historia de este documento, sus características tipológicas y el motivo de su realización, nos queda una pregunta más sobre él, ¿llegó ya encuadernada la certificación de armas y por tanto el trabajo fue hecho en Madrid, o el propietario de la misma la hizo encuadernar en Nueva España?
Otros documentos similares
Una vez que hemos entendido la naturaleza administrativa del manuscrito es importante insistir en el hecho mismo de que en esta investigación se estudia un documento, el cual en muchos casos caería en la categoría de recurso de archivo, que usualmente carece de encuadernación; pero en este caso, dicho documento tiene la característica de que por su relevancia histórica y administrativa para el recipiendario y su familia requería de una estructura (encuadernación) que garantizase su correcta conservación en la familia propietaria del mismo y que, además, ésta aludiera a esa relevancia.
Dicho lo anterior, no sería extraño pensar que la certificación de armas pudo ser encuadernada en México, ya que también ahí se emitieron diversos documentos similares al que hemos comentado; y aunque el objetivo de este trabajo no es dar cuenta de cada uno de ellos, sirva de ejemplo mencionar algunos, todos con encuadernaciones muy significativas.44 Uno de los más antiguos, que actualmente se encuentra en la Library of Congress, es Una carta confirmatoria de hidalguía, la cual es un manuscrito emitido en ciudad de México, datado entre 1597-1600 y es el registro del testimonio ofrecido por Sebastián Vizcaíno (1550?-1615), para demostrar la condición de nobleza de su mujer, Magdalena Martínez Orejón, y del hermano de ésta, Francisco Martínez Orejón.45 Del mismo año tenemos la “Carta ejecutoria de hidalguía”, patente de nobleza de Antonio de Nava de Larma publicada por Pedro Balli y que al día de hoy se encuentra en The Morgan Library,46 otro ejemplo es la “Certificación de la nobleza de D. Juan Gómez Rodríguez de Pedroso Bárcena y Soria”, documento bajo el resguardo de la Universidad de las Américas de Puebla, que fue elaborado a finales del siglo XVIII, en 1792.47
No obstante, en la mayoría de los casos y en específico respecto del manuscrito que analizamos, la información acerca de la fecha y el lugar de factura, no son datos suficientes para consignar el origen de la encuadernación, dado que ésta puede o no ser original del documento que resguarda. En este sentido y en referencia a las técnicas constructivas y decorativas, la datación es igualmente complicada, aunque si bien existen elementos tales como hierros y ruedas que pueden ayudar a designar el encuadernador o el taller, también es verdad que muchos de estos utensilios se prestaban o imitaban; por tanto, el simple hecho de definir un esquema decorativo, entendido éste como un estilo artístico, por ejemplo el renacentista, o un tipo de encuadernación, como pueden ser las de legascon, no define el origen de la manufactura de la encuadernación. Por otro lado, existen elementos tales como firmas, anagramas, etiquetas y ciertos hierros, que sí pueden especificar la autoría y el origen de una encuadernación.
Debido a eso, es preciso un análisis minucioso que describa las técnicas constructivas y decorativas, así como los materiales y herramientas observados en la confección de la encuadernación, ya que la información obtenida puede ayudar no sólo a datar la encuadernación, sino también, a contextualizar históricamente a la propia certificación.
Las encuadernaciones de documentos administrativos
Como ya se mencionó en el apartado anterior, al hablar de una certificación de armas, o de una ejecutoria de hidalguía, así como de cualquier otro manuscrito similar, nos estamos refiriendo a materiales que por su relevancia administrativa, requerían de una encuadernación que garantizara su conservación y que ésta denotara la importancia del documento. Por lo tanto, la encuadernación en documentos administrativos y de archivo no es algo raro, así lo ejemplifican los libros de cuentas en notarías, o bien, los libros de obra y fábrica en archivos de cabildo como los de Toledo en España, que cuentan con encuadernaciones igualmente elaboradas, caracterizadas por presentar una solapa que se superpone a la tapa anterior, y que están hechas de pergamino, con costuras expuestas, empleando decoración de rosetones bordados en las tapas y solapas (figura 4).
En cuanto a la materialidad de las llamadas cartas ejecutorias de hidalguía, títulos, privilegios y documentos similares, hay que decir que al extender su contenido cambiaron el antiguo formato de hoja suelta por el de cuadernillo. Este libro-cuadernillo, relativamente grueso, está realizado en pergamino y de igual manera, si antes era puesto un sello de plomo pendiente, sujeto a una plica que reforzaba la parte inferior del documento, en el nuevo formato, el sello de plomo pende de unas cuerdas que recorren todo el lomo del libro.
Por tanto, la propia estructura de la encuadernación adquiere valor documental, al ser una forma de testificar la riqueza del demandante, puesto que la idea de la excelencia se cifraba en el aspecto exterior48 y en muchas de estas encuadernaciones se puede apreciar su nivel técnico en el que se distinguen diferentes modalidades artísticas, con el empleo de materiales nobles que hacen gala de la propia nobleza del propietario del manuscrito en cuestión. Aunque esta clase de documentos ya existía en el siglo XV, prácticamente aparecen sin encuadernar, o con un pergamino simple como protección, escritos en cuadernillos de pergamino, con adornos en sus iniciales o con alguna miniatura. Por lo tanto, no cabe duda de que la Edad Media es fundamental como fuente de inspiración de las ejecutorias posteriores tanto en su contenido como en su caligrafía y en muchos casos también en su encuadernación.
Así igualmente otros documentos, al ir modificando su materialidad y al integrar más información en su contenido, alteraron su estructura pasando de un folio a uno o varios cuadernillos. Afortunadamente en España existen aún muchos de estos ejemplos de notable calidad en su encuadernación; por mencionar algunos, citaremos tres:49
El primero es una “Prueba de sangre de don Francisco Bernabé Tortosa y Pnedés”,50 de 1789 y estilo neoclásico, con encuadramiento de tres ruedas doradas, entero en piel roja, con sello de plomo pendiente.
El segundo ejemplo lo tenemos en un “Privilegio de infanzonía de Juan Sebastián de Yriarte y Larramendi”,51 del año 1643, que luce una encuadernación del siglo XVII, entera en piel de becerro con hierros dorados dispuestos indistintamente en los planos de las tapas.
Y por último aludiremos a “La Sentencia y Carta ejecutoria de Gaspar Dorantes, vecino de la Villa de Baltanás sobre su hidalguía”,52 de 1555 y de estilo abanicos, entera en piel de becerro, su estructura decorativa está enmarcada por un encuadramiento de doble hilo, resaltando en los ángulos internos los abanicos en 90° y en el centro de las tapas un abanico de 360°, las varillas de los abanicos con elementos fitomorfos, todo ello decorado con la técnica del dorado (figura 5).
La encuadernación y su contexto histórico en Mé́xico
Antes de describir formalmente la encuadernación que ostenta el manuscrito que nos ocupa en este estudio, conviene hacer un brevísimo repaso del devenir histórico del “arte de la encuadernación” en México, con el objetivo de ofrecer un panorama que ilustre el desarrollo de la encuadernación como objeto.
En el México virreinal, debido a la situación de mestizaje, se dieron circunstancias tales como la evangelización y tiempo después la creación de instituciones académicas y bibliotecarias, mismas que propiciaron que el libro no sólo fuese necesario para propagar la fe, sino también para fines de tipo educativo y administrativo, e incluso recreativo. Por tanto, sin importar cuál fuera su fin, el libro se convirtió en un objeto mercante. Este hecho nos revela que, tal y como ya sucedía en la época precolombina, tanto al libro como a los códices se les atribuirían cualidades de perdurabilidad y testimonio fiel para registrar y respaldar los acontecimientos de la vida cultural y administrativa. Evidentemente, todo ello precisaba de un mecanismo de autogestión para no depender de la importación de libros que eran traídos desde la península y así paulatinamente lograr autoabastecerse.
Por tanto, para la producción de libros eran necesarios por lo menos tres elementos: papel, imprenta y talleres de encuadernación. Como datos fehacientes, sabemos de la creación del primer molino papelero en Culhuacán entre los años 1576 y 1580,53 en cuanto a la instauración de la imprenta, existe un protocolo del escribano don Alonso de la Barrera, que es un contrato entre el alemán Juan Cromberger y el italiano Juan Pablos, firmado en Sevilla el 12 de junio de 1539 para el traslado y la instalación de la primera imprenta formal con tipos móviles en la ciudad de México.54 Estos dos primeros aspectos ya resueltos nos hacen suponer que, si en México se imprimía, también se encuadernaba; y aunque el orden de los procesos de producción no es un objeto de análisis para esta investigación, cabe mencionar que según la hipótesis propuesta por la doctora Marta Romero,55 los libros asimismo venían, muchos de ellos, “desnudos” y otros más encuadernados pero maltrechos por el largo viaje. Por ello tuvieron que ser reparados y en determinados casos, encuadernados, con lo cual quedaría solucionado el tercer aspecto para la producción de libros. Lo anterior nos lleva a presumir que en el Nuevo Mundo primero se encuadernó y después se imprimió, porque la necesidad de mantener los escritos en buen estado fue anterior a la llegada de la imprenta. De hecho, hay registro de un taller de encuadernación dentro del Colegio Imperial de Tlatelolco, abierto desde 1536, que estuvo a cargo de franciscanos. Ahí se enseñaba a los jóvenes indígenas gramática española y latina, música, historia sagrada y universal, literatura clásica y filosofía. Además, la presencia de algunos maestros indígenas permitió a los frailes y estudiantes adentrarse en la farmacología tradicional, la historia, el calendario, los antiguos códices y los textos que contenían la sabiduría moral de Mesoamérica, y en ese centro educativo los indígenas asimismo aprendieron y ejercieron la encuadernación.
Igualmente se sabe que en los conventos de las misiones franciscanas se encuadernaba todo tipo de minucias librarias como gramáticas, catones y catecismos. Además, a través de las biografías de los impresores, libreros y bibliófilos de la época que arribaron a México, se ha sabido que muchos de ellos conocían de encuadernación, tanto de su manufactura como de su identificación. Tal es el caso de Pedro Balli, quien llegó a México en 1569 y al tiempo de solicitar su pasaje declaró su profesión como librero y llevaba consigo algunos libros y útiles de encuadernación,56 y también fue reconocido como un notable impresor.
Por último, es importante mencionar que de los primeros personajes, si bien no eran encuadernadores, sí conocían las características de los distintos estilos y tipos de encuadernaciones. Éstos fueron Nicolás León y Manuel Romero de Terreros. Nicolás León publicó en 1889 “Lo que se encuentra en las pastas de los viejos libros de México”. Él mismo mantuvo una relación epistolar con Manuel Romero de Terreros, y gracias a todas las referencias que Nicolás León le proporcionó, Manuel Romero de Terreros publicó su artículo “Las encuadernaciones artísticas mexicanas” en el año de 1943.
La encuadernación de la “Certificación de armas”
El estudio de la encuadernación implica un análisis minucioso y estructurado, para lo cual es necesario establecer un instrumento que estructure el proceso descriptivo y que a la vez sirva de herramienta de consulta.
El análisis formal de la encuadernación es una tarea sistemática que abarca distintos niveles no jerárquicos, pero que requieren una estructura determinada con el fin de que la información obtenida del estudio pueda ser clasificable e interpretada, y que si además dicha investigación fuese vertida en un catálogo pertinente, ésta fuera fácilmente indizada y recuperada.
La estructura propuesta para del análisis consta de tres apartados, en el primero se registran los “Datos de identificación” como son signatura topográfica, la descripción bibliográfica, en donde únicamente se refiere el título y el autor del libro que resguarda la encuadernación.
El segundo apartado se dedica a describir la encuadernación: son los “Datos propios de la encuadernación”, como el tipo de encuadernación, el encuadernador, el periodo de confección, las dimensiones, las procedencias, los materiales utilizados, las técnicas de construcción y decoración, los elementos heráldicos y marcas de pertenencia o de referencia, así como el estado de conservación.
Por último, el tercer apartado está destinado para las “Notas” en donde, de ser necesario, se consigna cualquier información adicional que no se haya contemplado en la descripción de la encuadernación, como el precio, la información sobre exposiciones, los elementos coincidentes con otras encuadernaciones, etcétera.
A continuación, y siguiendo los apartados indicados, presentamos el estudio de la encuadernación:
Datos de identificación
Manuscrito 10158, de la Biblioteca Nacional de México, que tiene por título “Carta ejecutoria de la Familia Fernández de Jáuregui, a cargo de Joseph Fernández de Jáuregui (el demandante)”.
Datos propios de la encuadernación
Tipo de encuadernación
Se trata de una encuadernación artesanal con acabados artísticos, presuntamente original al documento.
Encuadernador
En este caso, el encuadernador o taller de encuadernación puede identificarse mediante distintos mecanismos, el más común es la impronta dorada con el nombre del encuadernador o anagrama a pie de lomo, asimismo en otras ocasiones puede aparecer esta firma en la ceja de la tapa anterior, o bien una etiqueta que indique incluso el año en que se ha confeccionado la encuadernación. Otra manera en que puede establecerse la autoría es mediante la identificación de hierros típicos de un encuadernador empleados en la ornamentación. Sin embargo, dado que esta encuadernación carece de anagramas al pie del lomo, o elementos de identificación de la autoría, como etiquetas o leyendas, el encuadernador no ha sido identificado.
Periodo
Es una encuadernación del siglo XVIII, definida así debido a que este tipo de documentos no podían encuadernarse en blanco, por lo que el periodo en el que se sitúa está determinado por la fecha en la que el manuscrito es validado, que en este caso corresponde al día 10 de octubre de 1752, fecha a partir de la cual pudo haberse encuadernado.
Dimensiones
En cuanto al formato, la encuadernación se corresponde con la nomenclatura de ¼ con unas dimensiones específicas, que son: 336 × 216 × 20 mm.
Cabe mencionar que en el caso del análisis de encuadernaciones, la medida que corresponde al espesor, es decir los 20 mm, siempre es consignada debido a que proporciona con exactitud el grosor del libro y esta información puede ser útil para elaborar guardas o cajas de conservación, o bien para comparar el estado de conservación antes y después de un exceso de humedad.
Procedencia
En este apartado, suelen analizarse todas aquellas marcas observadas en cualquier parte de la encuadernación, como pueden ser emblemas, anagramas o escudos de armas, los cuales usualmente se encuentran plasmados en la ornamentación de las tapas, ya sea como motivo central o en las ruedas, formando encuadramientos. En este caso desafortunadamente no se aprecia ninguna marca de procedencia de ese tipo.
Materiales utilizados
Las tapas son de cartón, el lomo y las tapas están recubiertos con piel de color caoba, las guardas son de papel con diseños xilográficos en colores azul y amarillo. Para la costura se ha empleado cordel de fibra vegetal y el material utilizado para la decoración de las tapas es el pan de oro, y los cortes están teñidos con pigmento verde.
El cuerpo del libro está integrado por distintos materiales. Tiene un primer cuadernillo de vitela y tela color rojo, mientras que el resto es de vitela; aunque al final, a manera de hoja de respeto, presenta una hoja de papel verjurado con filigrana de estructura tre mondi en la que se aprecia una cruz trebolada por cima, en el primer círculo una media luna, en el segundo una paloma y en el tercero el signo matemático menor (figura 6).
Técnicas de construcción
En cuanto a la parte externa, las tapas y el lomo forman una sola pieza mediante la adhesión de la piel (recubrimiento) con el cartón (material de las tapas), a su vez, esta estructura se une al libro mediante tres mecanismos que son: el encartonado sencillo, el cual consiste en que cada uno de los nervios se inserta en una perforación de la tapa, quedando el cabo de los nervios, por dentro de la misma; el risclado57 es la operación que se efectúa deshilachando el cordel de los nervios que se ha introducido en las tapas y sirve para lograr una mejor adhesión, evitando así que los nervios produzcan una protuberancia perceptible, a la vez de que se consigue una mejor unión del cuerpo del libro con las tapas; y el tercer mecanismo es otro proceso de unión de las tapas con el cuerpo del libro, mediante la adhesión de las guardas a las tapas (figura 7).
Y en cuanto a la parte interna, la costura que une los cuadernillos está realizada cuaderno a cuaderno, con un trazo de punto seguido sobre tres nervios sencillos. El lomo se ha redondeado y presenta una apariencia lisa.
Estructura decorativa
La estructura decorativa es simétrica, lo que significa que tanto en la tapa anterior como en la tapa posterior, el diseño de la decoración es el mismo. Éste consiste en dos encuadramientos, uno marginal y otro central, los cuales están unidos por los vértices y por el punto medio de cada una de las líneas del encuadramiento, mediante una rueda de motivos vegetales. En el encuadramiento marginal se resaltan los vértices externos con un pequeño florón, al igual que en el ángulo interno del encuadramiento central. Los hilos de ruedas que unen los encuadramientos tienen un pequeño florón a manera de mariposa, mientras que en el centro de las tapas se aprecia una composición en forma de rombo compuesta con un mismo hierro, es decir que se trata de un hierro de esquina o de 45º, que se dispone consecutivamente en la misma dirección y en la misma posición, partiendo del mismo punto; a esta composición la rematan, en las puntas norte y sur, dos florones (figura 8).
En cuanto a la decoración del lomo, ésta consiste en ruedas de motivos florales colocadas paralelamente de manera horizontal, acotando los nervios, y los entrenervios que se simulan presentan un pequeño florón central. La técnica decorativa aplicada en la ornamentación es el dorado (figura 9).
Por su parte, las guardas son xilográficas. El diseño que presentan se logra con una técnica que consiste en la impresión de una o más matrices de madera, las cuales son entintadas y la impronta que dejan es el diseño que se percibe, el cual en este caso es de tipo floral a dos colores, amarillo y azul, y con dos matrices. El diseño de las guardas imita los papeles franceses del siglo XVIII con grandes motivos florales.
Elementos heráldicos y marcas de procedencia y de referencia
El libro presenta en el primer cuadernillo, en la hoja 1r, un escudo policromado perteneciente a la familia Fernández de Jáuregui-Ojirando-Urrutia y Arana; en la hoja 2r, el escudo con las grandes armas de la monarquía, así como también en el último de los cuadernos aparecen, en la hoja 35v, la rúbrica y el sello de oblea del rey de armas Juan Alfonso Guerra Sandoval, y en la hoja 36r y v, las firmas de los escribanos públicos de la Imperial y Coronada Villa de Madrid y la certificación de Vicente Francisco Verdugo.
Estado de conservación
Se considera aceptable ya que únicamente presenta abrasión en los cantos y en la tapa anterior, desfloramiento de la piel y rasgaduras, además de tener las puntas ligeramente abiertas y falta de guardas volantes.58 De manera preventiva se recomienda consolidar pintas y conservarse en guarda de primer nivel, así como también una digitalización íntegra del documento para facilitar la consulta y evitar posibles daños.
Conclusiones
Cambio de nombre a certificación de armas. Después de todo lo comentado ha quedado probado que el documento estudiado no es una carta ejecutoria de hidalguía, sino una certificación de armas, por lo cual debería ser catalogado usando este término preciso que designa de forma inequívoca el contenido del mismo. Por lo anterior, también consideramos pertinente revisar la catalogación de documentos similares custodiados en otros fondos bibliográficos y archivísticos para comprobar que el nombre por el que se conocen defina realmente el contenido jurídico del manuscrito.
Vínculos familiares entre Castilla y México. Al estudiar la familia de la persona que solicitó el documento vemos una estructura que ya conocíamos, pero que aquí se aprecia con gran claridad. Muchas familias castellanas asentadas en México desde la época de la Conquista y con importantes mayorazgos y caudales tienen únicamente como herederas a mujeres, que en muchos casos se casan con personajes llegados de la península para servir a la Corona en el virreinato, y se quedaron en las Indias tras contraer matrimonio con las ricas herederas; en ocasiones era un cláusula de los mismos el residir allí (e incluso cambiar su nombre para mantener el del antiguo mayorazgo), y se solicitaba a sus parientes en Castilla que les mandasen a jóvenes de su familia para heredarles y asentarse en México. En este caso las familias que fueron a México estaban radicadas en zonas concretas del actual País Vasco, lugar que fue una de las mayores zonas de emigración hacia las Indias y en concreto hacia Nueva España.
Diferencias en las armas en su descripción. Las descripciones específicas de las armerías han pasado por diversas etapas, y las piedras armeras, los sellos, los reposteros y otros soportes (cerámica, joyas, platería, etcétera) pueden mostrar diversos aspectos diferentes a los especificados en la certificación de armas; es algo relativamente normal en esta época y que no debe extrañarnos, por lo cual hacemos referencia a los mismos en una nota, pero sin darle mayor importancia.
Encuadernación mexicana o madrileña. Resulta aventurado determinar el origen de la encuadernación sin tener evidencias certeras que lo señalen. No obstante a partir del aspecto estético se pueden postular dos hipótesis.
Primera hipótesis: que, a juzgar por la fecha en que se redactó y firmó el documento, se trate de una encuadernación madrileña, puesto que podría pensarse que, a sabiendas de que el manuscrito viajaría rumbo a México, se decidiera encuadernarlo, aunque fuese de manera austera, con el objetivo de ser al mismo tiempo un mecanismo de salvaguarda del documento, manteniéndolo unido y protegido hasta el momento de ser almacenado en un baúl, y lograr así soportar la travesía del viaje.59
Por otra parte, la segunda hipótesis sugiere que, dado el aspecto estético de la encuadernación, de acabados más bien rústicos, se trate de un documento que llegó a México plegado o enrollado pero desnudo, y que una vez en su destino, se mandó encuadernar. Por tanto se trataría de una de las primeras encuadernaciones realizadas en México.
A ambas teorías podríamos añadir que, para el siglo XVIII, en España ya se cuenta con notables encuadernadores, mismos que eran identificados por el empleo de anagramas, hierros distintivos o las propias firmas en improntas doradas; mientras que en México, no se tiene constancia del establecimiento de encuadernadores de alto prestigio provenientes de España y que desarrollaran ahí su labor. Ese hecho nos hace suponer que, a pesar de que en México ya se encuadernaba desde principios del siglo XVI, no existía una categorización de encuadernadores, de primera y segunda fila. Por tanto, para el encargo de encuadernaciones de este tipo se acudía a los talleres existentes.
Finalmente y como nota al margen, cabe mencionar que el hecho de no tener fe del establecimiento de encuadernadores de renombre no interfiere con la posibilidad de contar con encuadernaciones firmadas por encuadernadores de alto prestigio, ya que se han hallado en fondos antiguos de bibliotecas mexicanas libros con la firma de Antonio de Sancha, un notable encuadernador y librero del siglo XVIII, quien por razones de compra y venta mantuvo relación comercial con Felipe Zúñiga, impresor y librero de México.