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Estudios de historia novohispana

versión On-line ISSN 2448-6922versión impresa ISSN 0185-2523

Estud. hist. novohisp  no.60 Ciudad de México ene./jun. 2019  Epub 04-Dic-2020

https://doi.org/10.22201/iih.24486922e.2019.60.63791 

Documentaria

“Los bastos dominios de este Reyno”: el proyecto de 1752 del virrey conde de Revillagigedo para reorganizar Nueva España

“The Vast Dominions of this Realm” The 1752 Project of the Viceroy Count of Revillagigedo to Reorganize New Spain

Christoph Rosenmüller1 

1Middle Tennessee State University, Murfreesboro, Tennessee, EUA rosenmul@mtsu.edu


Resumen

El primer conde de Revillagigedo, Juan Francisco de Güemes y Horcasitas, propuso una reorganización de gran alcance para Nueva España, territorio del que era virrey (1746-1755). En su carta del 4 de junio de 1752, que hasta ahora era desconocida, Revillagigedo abogó para establecer gobernadores militares en Puebla de los Ángeles, Valladolid (Morelia) y Antequera de Oaxaca. Además los gobernadores de Sinaloa, Nuevo México, Nuevo León, Coahuila y Texas deberían ser oficiales con el rango de teniente coronel o superior y obedecer al jefe gobernador de la Nueva Vizcaya, que tendría por lo menos el rango de mariscal de campo. El proyecto formó parte de una larga discusión. Algunas propuestas se convirtieron en realidad con el nombramiento de gobernadores militares en Puebla y Sinaloa en 1754 y el establecimiento de la Comandancia General de las Provincias Internas entre 1776 y 1777.

Palabras clave: imperio; reformas; virreyes; gobernadores militares; venta de cargos; conde de Revillagigedo

Abstract

In an important project from June 4, 1752, the first Count of Revillagigedo, Juan Francisco de Güemes y Horcasitas, viceroy of New Spain (1746-1755), advocated for establishing military governors in Puebla de los Ángeles, Valladolid (Morelia), and Antequera de Oaxaca. Revillagigedo also recommended appointing senior officers at the rank of lieutenant colonel or above for Sinaloa, New Mexico, Nuevo León, Coahuila, and Texas. They would in turn report to the chief governor of Nueva Vizcaya, who would hold at least the rank of mariscal de campo. Revillagigedo’s project continued the long discussion over reorganizing New Spain, which had started in the mid-seventeenth century at the latest. As a result, the Crown appointed military governors for Puebla and Sinaloa in 1754. Revillagigedo’s project also set the base for José de Gálvez’s establishment of the Comandancia General de las Provincias Internas between 1776 and 1777.

Keywords: empire; reforms; viceroys; military governors; sale of appointments; Count of Revillagigedo

Introducción

El primer conde de Revillagigedo, Juan Francisco de Güemes y Horcasitas, propuso un proyecto de gran envergadura para Nueva España, territorio del que fue virrey entre 1746 y 1755.1 El 4 de junio de 1752, Revillagigedo envió una carta al marqués de la Ensenada, primer ministro del imperio español (1743-1754), en la que sugirió reorganizar y profesionalizar la administración regional de Nueva España y terminar la venta de los nombramientos. En aquella carta ─hasta ahora desconocida─, Revillagigedo abogó por establecer gobernadores militares en Puebla de los Ángeles, Valladolid (Morelia) y Antequera de Oaxaca. También recomendó nombrar a un teniente coronel para el gobierno de Tabasco y a oficiales con el rango de teniente coronel o superior para los gobiernos de Sinaloa, Nuevo México, Nuevo León, Coahuila y Texas. Esos gobernadores obedecerían al jefe gobernador de Nueva Vizcaya y, entre sus tareas, debían controlar de manera más eficaz sus provincias y repeler a los enemigos, además de proveer los medios para fomentar la fe, explotar las minas y expandir el comercio.2

El proyecto fue parte de una larga discusión sobre mejorar las alcaldías mayores y los corregimientos y se puede rastrear, por lo menos, desde la segunda mitad del siglo XVII. La Corona empezó a nombrar oficiales de carrera para las plazas estratégicas en América desde finales del siglo, y expandió esta política después de la guerra de Sucesión española (1702-1714), cuando nombró altos rangos para las capitanías generales. Además, algunas de las sugerencias de Revillagigedo se convirtieron en realidad más tarde, en 1754, sobre todo en lo respectivo a los nombramientos de gobernadores militares en Puebla y Sinaloa, y con el establecimiento de la Comandancia General de las Provincias Internas entre 1776 y 1777.

El documento que ahora nos ocupa es la carta de Revillagigedo a Ensenada, que se encuentra en el Archivo de los Condes de Revillagigedo. El documento es un duplicado y probablemente se quedó entre las pertenencias del conde, que se llevó de vuelta a España en 1755. Hoy en día el acervo particular, ubicado en Madrid, está bajo el resguardo de un descendiente del conde. Antonio del Valle Menéndez y Pilar Latasa Vasallo consiguieron acceso a este acervo, pero no consultaron esta carta de Revillagigedo a detalle. A pesar de que el acceso al fondo documental se da por contacto personal, para nuestra fortuna la Biblioteca de la Universidad de Florida, en Estados Unidos, microfilmó el archivo en 1985.

Se hizo una paleografía fiel del manuscrito microfilmado sin modernizar la escritura, es decir, se retiene la ortografía incluso los diacríticos y sus ausencias tal como aparece en el original. De esta manera, aparecen formas como “õnor”, “administracion” o “ebanjelio”. Sin embargo, se resolvieron las abreviaturas, indicando el texto añadido en itálicas, y se desataron como, por ejemplo, en el caso de S. M. = Su Majestad. Por otro lado, en el original, en la foja 10 vuelta, aparece una franja que cubre el centro del manuscrito. Sin embargo, es posible observar buena parte del texto, por lo que se completó este texto faltante tanto como fue posible, igual indicándolo en itálicas. Donde no fue posible reconstituir el texto se puso un paréntesis con tres puntos. Para mejor orientación, se añadió el número de foja al manuscrito.

El hijo de Revillagigedo, Juan Vicente Güemes y Padilla, segundo conde de Revillagigedo y también virrey de Nueva España (1789-1794), eclipsa hoy a su padre en la imaginación popular, aunque varios novohispanos antes lo criticaban por algunas de sus acciones, por ejemplo la onerosa instalación de alumbrado público y pavimentación del centro.3 Sin embargo, su padre empezó desde mucho antes un ambicioso programa de reformas, entre las que destaca la campaña de secularización sin precedentes, en la cual llegó a retirar 109 parroquias de los regulares para entregarlas al clero secular entre 1749 y 1755.4

Por esta razón, su biógrafo Del Valle Menéndez laudó al primer conde de Revillagigedo como capaz y honesto administrador; mientras que otros historiadores hacen hincapié en que pertenecía a un grupo de oficiales de carrera, leales y eficaces, enviados para administrar las Indias.5 En términos generales estoy de acuerdo con la interpretación, aunque Revillagigedo también aceptó regalos que hoy despertarían sospechas. José Manuel de Castro de Santa-Anna, por ejemplo, afirmó en su conocido diario que esta “misma mañana salieron las cargas y equipaje del Excelentísimo Señor virrey conde de Revillagigedo; pasaba de 200 mulas cargadas con sus mantas y reposteros, y se tiene por cierto que ninguno de los virreyes que han gobernado este reino ha logrado los intereses que éste”.6

Aunque haya amasado una fortuna en Nueva España, Güemes y Horcasitas nació en 1681 en Reinosa (Cantabria, España) en una familia de baja nobleza y pocos recursos. Se unió al ejército y participó en varias campañas, incluyendo la conquista de Orán, en el norte de África, en 1732. Poco después, el ministro principal, José Patiño, lo ascendió a la posición de gobernador de Cuba el 21 de febrero de 1733.7 En aquella isla, Revillagigedo frenó el comercio de contrabando a tal grado, que el cónsul de Francia señaló que “los ingleses no se han topado con algo como esto aquí durante los últimos dieciocho años”.8

En 1743 la Corona nombró virrey del Perú a Sebastián de Eslava, y en su lugar a Revillagigedo. Sin embargo, Eslava rechazó su ascenso y continuó en el gobierno de Nueva Granada, evitando que Revillagigedo ocupara aquel virreinato, por lo que permaneció en el gobierno de La Habana. Un par de años después, el 21 de junio de 1745, cuando Revillagigedo tenía 67 años, el principal ministro, el marqués de la Ensenada, lo nombró para dirigir Nueva España: el virreinato más rico del imperio. Revillagigedo salió de La Habana el 24 de mayo 1746 y llegó a Veracruz el 6 de julio. Un día después recibió el bastón de mando de su predecesor en Otumba, y dos días más tarde, Revillagigedo y sus acompañantes entraron en México. Su recibimiento fue engalanado por el cabildo catedralicio que construyó un arco del triunfo, dándole la bienvenida como un Atlas, la figura mitológica que mantiene divididos el cielo y la tierra.9

Por su parte, el marqués de la Ensenada afirmó que “no se pueden mejorar” ni a Revillagigedo ni a sus colegas del Perú y de Nueva Granada, ya que “por pretensión, empeño, parentesco o amistad, a ninguno se ha enviado”, mientras “bien inútiles y perjudiciales han sido algunos de sus antecesores”.10 El rey también dio muestras de su aprecio y admitió a Revillagigedo en la Orden de Santiago en 1748, subrayando, así, su distinción social, y le otorgó honores de gentilhombre de entrada, lo que significaba tener el acceso directo al rey.11 Después de tres años en el virreinato, el 12 de agosto de 1749, el rey invistió a Güemes y Horcasitas como el primer conde de Revillagigedo.12

Una de las políticas del marqués de la Ensenada fue nombrar oficiales capaces para América. Sus nombramientos favorecieron a personas pertenecientes a la baja nobleza que demostraron su valía gracias a sus acciones en la carrera militar. Ejemplo de aquellas carreras fue la sustentada por el marqués de Casafuerte, quien subió en las filas para convertirse en virrey de Nueva España (1722-1734), muy parecida a la del conde de Superunda, quien sirvió como virrey de Perú (1745-1761) casi al mismo tiempo que Revillagigedo.13 Una confirmación de su estrategia: Ensenada depuso al conde de Fuenclara, después de un corto periodo de ocupar el virreinato de Nueva España (1742-1746). A diferencia de Revillagigedo, Fuenclara era descendiente de una estirpe aristocrática aragonesa y había conseguido su virreinato, en parte, porque su esposa era la sobrina de Patiño. Según las sospechas de Ensenada, Fuenclara favoreció excesivamente a su familia y a algunos novohispanos y además era demasiado aficionado a los juegos de azar.14

Ensenada y Revillagigedo intentaron mejorar la administración regional por los alcaldes mayores y corregidores. Diversos incidentes en el pasado apoyaron esta iniciativa; por ejemplo, cuando en 1663 el fiscal del Consejo de Indias atacó al virrey marqués de Leyva por vender a precios excesivos los nombramientos de alcaldes mayores, quienes una vez que tuvieron el cargo se aprovecharon de los indios. Por ello, el fiscal sugirió que los alcaldes ordinarios de los cabildos españoles administraran aquellos distritos que no fueran proveídos por la Corona.15 Siguiendo esa misma propuesta, el obispo de Michoacán recomendó que los vecinos eligieran personas fidedignas de los gremios, para proveer justicia en los distritos con menor población española.16

Más tarde, en 1702, Francisco de Seijas y Lobera retomó varias sugerencias que favorecían el reemplazo de los alcaldes mayores por alcaldes ordinarios, cuyos veredictos serían revisados por jueces de apelación. Además, gobernadores militares con el rango de sargento de batalla deberían administrar las regiones fronterizas. Por otro lado, también el número de virreyes debería aumentar a ocho, cada uno al frente de una audiencia pequeña; de esa manera, Chiapas obtendría un virrey con audiencia, mientras que Guadalajara perdería la suya. Los virreyes tenían que ser nobles titulados y originarios de Castilla, en lugar de grandes o extranjeros. Para defender su propuesta, Seijas y Lobera criticó a los consejeros sobre el desconocimiento de los territorios que gobernarían, pues no conocían las Indias “ni siquiera pintadas”.17

Las ideas de Seijas y Lobera contribuyeron a una corriente política creciente. El historiador Francisco Eissa-Barroso muestra que, ya a finales del siglo XVII, un alto porcentaje de oficiales de carrera administraron las plazas estratégicas de América. Después de la guerra de Sucesión, la Corona cesó de vender esos nombramientos y empezó a preferir a oficiales de más alto grado con larga experiencia profesional y de origen peninsular para las capitanías generales como Mérida (Yucatán) y La Habana. Subió el porcentaje de oficiales que tenían rango por encima de capitán y, más que todo, los oficiales generales que incluyeron los brigadieres, mariscales de campo y tenientes generales. Además, se buscaron maneras de hacer más atractivas las posiciones. Desde 1731, por ejemplo, se juntaron en un gobierno político-militar la castellanía de San Juan de Ulúa y el corregimiento de Veracruz. Igualmente se alzaron los sueldos de los oficiales de las plazas destacadas. Mientras que en 1681 sólo cuatro capitanes generales ganaban más que 3 676 pesos al año, en 1746 sólo cuatro capitanes generales recibieron menos de esta cantidad.18 En 1740, José de la Quintana, secretario de la Marina e Indias, recomendó nombrar oficiales de carrera para 26 gobiernos estratégicos situados en la costa. Los gobernadores militares deberían vigilar el contrabando y repulsar invasiones enemigas. Además, en 1752, el mismo año en que Revillagigedo escribió su proyecto, José Pizarro, el virrey de Nueva Granada, propuso introducir gobiernos militares en 20 distritos de su virreinato, entre ellos Quito y Guayaquil. Un decreto real del 8 de marzo de 1756 confirmó su propuesta.19 De esta manera, las ideas de Revillagigedo de 1752 continuaron un largo debate sobre la reorganización territorial de América.20

Como parte de la discusión, Revillagigedo abogó por establecer gobernadores militares en Puebla de los Ángeles, Valladolid y Antequera de Oaxaca. El gobernador de Puebla debería recibir un salario anual de 4 000 pesos, el de Valladolid 3 000 pesos y el de Oaxaca 2 000 pesos al año. Revillagigedo igual sugirió designar a un teniente coronel para el gobierno de Tabasco y a oficiales con el rango de teniente coronel o superior para los gobiernos de Sinaloa, Nuevo México, Nuevo León, Coahuila y Texas. Es decir, los oficiales deberían ser superiores a los capitanes. Entre ellos, por lo menos el gobernador de Nuevo León debería cobrar un sueldo de 3 500 pesos. En comparación con otras plazas importantes, el gobernador de Puebla ganaría lo mismo que los capitanes generales de Buenos Aires o Florida, y el de Nuevo León algo menos. Mientras tanto, el gobernador de Valladolid cobraría como el capitán general de Yucatán, mientras que el salario del gobernador de Oaxaca sería comparable con el del capitán general de la isla de Margarita (Venezuela).21

Según Revillagigedo, los gobernadores obedecerían al jefe gobernador de Nueva Vizcaya, que residiría preferentemente en San Felipe el Real de Chihuahua, o en Durango, San José del Parral o el valle de San Bartolomé (unos 33 kilómetros al oeste de Parral). Él tendría, por lo menos, el rango de mariscal de campo; es decir, pertenecía a los oficiales generales, que eran superiores a la plana mayor compuesta de oficiales entre los sargentos mayores y los coroneles. El jefe gobernador recibiría un sueldo anual de 12 000 pesos; el doble del de los más importantes capitanes generales en América que servían en Cartagena y Caracas. Igual ganaría menos de la tercera parte que el virrey de Nueva España, el cual recibió 40 000 pesos al año desde el 10 de julio de 1747, cuando la Corona subió su sueldo, que era de 27 573 pesos. La tarea del jefe gobernador y de los gobernadores consistía en coordinar respuestas rápidas a conflictos con indígenas y potencias europeas. Además, como soldados, deberían convencer a la población de observar la fe y mantener la paz en la región, con la meta de crecer el comercio y explotar las minas.22

El tema de introducir intendentes en Nueva España también surgió. El rey Carlos II estableció entre 1682 y 1684 a los superintendentes de las tesorerías provinciales en España, vigilados desde 1687 por un superintendente general de Hacienda. Alberoni llevó más allá este nivel administrativo cuando nombró intendentes provinciales con amplias facultades en 1718, aunque después de 1721 quedaron sólo diez intendentes de guerra en las ciudades más importantes. Al final, fue Ensenada el que reinstaló a los intendentes provinciales en la península,23 y también jugó con la idea de nombrar intendentes de la Real Hacienda en Nueva España. Ensenada siguió hasta cierto punto la propuesta de José Campillo y Cosío, su predecesor (1741-1743), de establecer intendentes provinciales en América.24 En 1746, Ensenada inquirió si “pueda adaptarse en ese reino el método que lo está en estos, de correr a cargo de intendentes el conocimiento de los ramos de real hacienda, la inspección en ella su aplicación, e intervención en todo lo que se libra y paga, y se persuade Su Majestad a que en esas provincias podría desde luego crearse un intendente general para todos los expresados fines”, lo cual de “ningún modo ha de coartar la absoluta superior autoridad de ese virreinato”.25

Revillagigedo rechazó de plano tanto intendentes provinciales como intendente general de la Real Hacienda para Nueva España. Según Revillagigedo, cualquier intendente que gobernara una vasta provincia americana, sin colegas, fácilmente podría malversar fondos antes de que el virrey lo notara. Revillagigedo prefirió la vigilancia de los oficiales reales, que escribieron informes al Tribunal de Cuentas, supervisado por el virrey.26 En lugar de intendentes, Revillagigedo y el conde de Superunda acordaron con Ensenada proporcionar gobernadores militares para algunos sitios relevantes.27

En particular, Revillagigedo sugirió oficiales de carrera para gobernar las ciudades importantes, Puebla, Valladolid y Oaxaca, donde faltaban ministros fidedignos. Puebla contaba con una industria textil vibrante y tenía una población de aproximadamente 57 000 habitantes. Era la cuarta ciudad más grande en la América del Norte española, después de México, Guanajuato y La Habana. En comparación con Puebla, entre 19 000 y 24 400 personas residían en Oaxaca, muchas de ellas indígenas que aportaron el pujante comercio de la cochinilla en la región. Finalmente, Valladolid era un centro eclesiástico y agrícola con cerca de 17 000 habitantes y entraba en un periodo de expansión económica. Esas ciudades carecían de oficiales de las cajas reales como los de Guanajuato, que velaban por su ciudad. Por otro lado, los conflictos raciales no parecen haber desempeñado un papel decisivo. Aunque Puebla y Oaxaca tenían un bajo porcentaje de población española y criolla (9% y 6%, respectivamente), Valladolid tenía más de un cuarto (27%), comparable con Guanajuato (25%). La diferencia era más bien que no había ministros leales que vigilaran Puebla, Oaxaca y Valladolid.28

En su lugar, muchos alcaldes mayores conspiraron con eclesiásticos y regidores para dividir el botín entre ellos, lamentaba Revillagigedo. Según él, los alcaldes mayores de Puebla, Oaxaca y Valladolid consiguieron sus nombramientos por el beneficio, es decir, por dinero, y no recibieron ningún sueldo. Esa práctica causaba que allá era “abatida y desconocida la autoridad real”.29 Revillagigedo añadió que los riesgos y los gastos de las alcaldías mayores desalentaron a muchos buenos candidatos, mientras que los que ejercían los cargos no tenían “ni que comer, ni se les tiene respecto, ni tiene vigor, ni constancia, por falta de facultades para sostenerla”.30 El virrey conde agregó que, si pudiera, habría enviado a un ministro de la audiencia para tomar control de Puebla.31 La mala gestión se hizo patente durante el acto de beatificación de Juan de Palafox, exobispo de Puebla, en 1744. El alcalde mayor afirmó que había un levantamiento de la plebe, pero un oidor descubrió después que algunos jóvenes trataron de subir a la torre de la catedral durante el acto y la caballería disparó una ráfaga contra la multitud. Revillagigedo culpó al alcalde mayor por la violencia innecesaria.32 De manera similar, Revillagigedo criticó la administración de Tabasco. Él recomendó indemnizar a las personas que ya habían comprado sus nombramientos de alcaldes mayores de aquel distrito y darles otras plazas en Nueva España.

Con el intento de resolver problemas parecidos, Revillagigedo exigió mejores salarios para los corregidores del Real de Bolaños (Nueva Galicia) y México. El salario del corregidor de la capital debía aumentar de 4 758 a 5 000 pesos por año, debido a que la ciudad necesitaba un ministro leal, aunque no necesariamente un militar.33 Sin embargo, en una carta posterior Revillagigedo propuso un oficial para gobernar México, como lo tenía Puebla, para asesorar al virrey en tiempos de guerra;34 también designó a un corregidor para el Real de Bolaños con un sueldo anual de 2 000 pesos.35

El plan de Revillagigedo de 1752 respondió tanto a los retos de otras potencias como a sugerencias para debilitar el mando virreinal. En 1747 dos buques mercantiles holandeses zarparon para comerciar en la costa del Pacífico, saltando las alarmas en México y Madrid. Además, bucaneros ingleses recorrieron la costa desde 1685, seguidos por la escuadra de George Anson, quien acosó la zona en 1742. Comerciantes franceses se unieron a ellos. Por otra parte, Vitus Bering, explorador al servicio de Rusia, cruzó el estrecho que separa Siberia de Alaska en la década de 1740. La creciente presencia europea en América del Norte provocó que varios autores sugirieran, entre otras medidas, elevar Chihuahua o Sonora y Sinaloa a un nuevo virreinato para coordinar las respuestas a las incursiones. Revillagigedo buscó con su proyecto impedir tales conversaciones y mantener nuevos gobernadores bajo su control virreinal.36

Además Revillagigedo agregó que los nuevos gobiernos militares servirían como un “excelente seminario” para candidatos a las plazas en los Consejos de Indias y de Guerra, que no tuvieran estudios jurídicos, es decir los consejeros de capa y espada, que “hasta ahora se han visto como gaje de los cortesanos ociosos”. Un poco antes de su propuesta, Revillagigedo encontró sólo dignos de consideración al superintendente de la Moneda y al regente del Tribunal de Cuentas, los dos clientes de Revillagigedo.37

En otro contexto, Revillagigedo recomendó unir las milicias locales en la costa del Pacífico bajo un único mando para repeler contrabandistas. La Corona también consideró combinar varios distritos costeros en Nueva España y Nueva Galicia. Un gobernador en la próspera población de Sayula (ahora Jalisco) estaría encargado de supervisar los distritos, recortando las largas comunicaciones con la lejana ciudad de México.38 Como las ideas amenazaron con disminuir el territorio de Nueva Galicia, su capitán general se unió a la discusión en 1753. Él propuso dos gobernadores con un sueldo de 1 000 pesos y que rendirían cuentas a Guadalajara. El primer gobierno incluiría Motines, Colima, Amula, Autlán, Zapotlán el Grande (Tuxpa), situados en Nueva España, y Purificación (Tomatlán), en Nueva Galicia. El segundo gobierno estaría compuesto por los distritos neogallegos de Acaponeta, Tepic, Sentispac, Tequepexpan (Santa María del Oro) y Rosario (en Sinaloa). La proximidad de los distritos a Guadalajara permitiría decisiones rápidas, aunque el capitán general sesgó la distancia un poco. Señaló, por ejemplo, que Sayula estaba a sólo seis leguas (33 kilómetros) distante de Guadalajara, pero a 140 leguas (780 kilómetros) de México. El límite norte del distrito de Sayula corría unos 40 kilómetros al sur de Guadalajara, pero Sayula misma estaba distante aproximadamente 85 kilómetros de Guadalajara.39 Con todo, el virrey, los oidores y el fiscal en México desecharon el plan, porque no iban a rendir su jurisdicción en la región. Más tarde, el Consejo de Indias acordó no insistir en este asunto.40

Ensenada respondió al proyecto del 4 de junio de 1752 al mandar dos oficiales del ejército regular para administrar Puebla y Sinaloa. El alcalde mayor de Puebla, entre 1747 y 1752, ya había servido como teniente en la infantería española. Sin embargo, el gobernador que llegó en 1754 tenía un rango más elevado: era coronel de los dragones. Revillagigedo lo exhortó a administrar justicia y seguir “castigando los pecados públicos”.41 Mientras tanto, el gobernador de Sinaloa sirvió con el rango de un teniente de caballería. Revillagigedo le encargó apoyar las misiones, entrenar a las tropas y unirse al gobernador de Nueva Vizcaya cuando fuera necesario para luchar contra indios independientes.42

No obstante, el proyecto de 1752 se paralizó cuando Ensenada cayó el 21 de julio 1754 y Revillagigedo regresó a España el año siguiente. El virrey conde dejó la ciudad de México el 14 de octubre de 1755. Él y su familia llegaron el 16 de octubre 1755 a la hacienda de pulque San Bartolomé de los Tepetates, también conocida como “de los virreyes”, a unos 20 kilómetros al este de Otumba. En esta población se encontró el 8 de noviembre con el marqués de las Amarillas, su sucesor. Revillagigedo y su familia salieron de Otumba y en marzo de 1756 se embarcaron en el buque América. Pasaron a La Habana a mediados de mayo y finalmente llegaron a Cádiz el 6 de agosto.43

En Madrid, Revillagigedo pronto fue nombrado capitán general de Castilla la Vieja, cargo que desempeñó desde 1756 hasta 1759.44 Después el rey Carlos III, impresionado con Revillagigedo por haber tomado las alcabalas del poderoso Consulado de México, lo nombró virrey de Navarra y, poco después, decano del Consejo de Guerra. Revillagigedo se convirtió en un asesor importante, supuestamente hasta el grado de que Carlos prestó atención a “todas las propuestas relativas a América por M. [Güemes y] Horcasitas”.45 Incluso cuando el motín de Esquilache del 23 de marzo de 1766 derrocó al ministro principal del gobierno,46 Revillagigedo participó en la junta que se creó para deliberar la emergencia. Poco después, sin embargo, el virrey conde falleció en Madrid el 27 de noviembre de 1766.47

Posteriormente, en 1768, el visitador general José de Gálvez y el virrey marqués de Croix resucitaron la reforma territorial, basándose hasta cierto punto en las sugerencias de Revillagigedo, y propusieron establecer un comandante general con un sueldo de 20 000 pesos para administrar California, Sinaloa, Sonora y Nueva Vizcaya, mientras rechazaban establecer un virreinato en Durango por no ser más eficaz. El comandante general más bien debería actuar independientemente y sólo relatar sus actividades al virrey y pedir ayuda cuando fuera necesario. El plan se hizo realidad cuando Gálvez ascendió a la Secretaría de las Indias en 1776. Gálvez creó la Comandancia General de las Provincias Internas, añadiendo Coahuila, Texas y Nuevo México al territorio propuesto en el plan de 1768. El comandante general también actuaba como superintendente de la Real Hacienda y vicepatrono de la Iglesia. En 1787, la Corona dividió aquel vasto territorio del norte en dos comandancias, una oriental y otra occidental, las cuales se reunieron otra vez en una comandancia independiente del virrey en 1792, y después de las repetidas quejas del segundo conde de Revillagigedo y del marqués de Branciforte volvieron bajo pleno control virreinal en 1799.48

Igualmente Gálvez y Croix elaboraron el plan para intendentes provinciales en 1768, aunque Antonio María Bucareli y Ursúa, el sucesor de Croix, rechazó la idea, ya que “el mal no ha sido en el sistema o método de gobierno que prescriben las leyes, sino en la calidad de los empleados”.49 Bucareli prefirió, de forma similar a lo que había hecho Revillagigedo, basarse en los funcionarios de las cajas reales, y además en el director del monopolio del tabaco. Sin embargo, Gálvez estableció los intendentes en 1786 y también cambió ligeramente el límite entre Nueva España y Nueva Galicia, uniendo dos distritos novohispanos con la intendencia de Guadalajara en 1787, mientras que un tercer distrito se añadió en 1795.50

Quisiera añadir tres apuntes más sobre el proyecto de Revillagigedo de 1752. El entonces virrey llamó a la sede del obispado de Oaxaca la ciudad de Oaxaca, en vez de Antequera, mostrando que en el uso novohispano se empezó a cambiar el nombre andaluz por el de origen indígena, como se ve, ya desde antes de la independencia. Además, Revillagigedo apenas esbozó las fronteras entre distritos y reinos, probablemente porque no eran claras en detalles. Prefirió más bien indicar la latitud y la longitud de sitios y provincias y las distancias a México. Finalmente, Revillagigedo explicó el grado de influencia del virrey en los reinos adyacentes del reino de Nueva España. El virrey casi no tenía prerrogativas en Guatemala, pero sí más en Yucatán, y todavía más en Nueva Galicia. Por ello, él separó el pretorial, es decir, el autónomo gobierno de Guatemala del gobierno militar de Yucatán y del gobierno presidencial de Guadalajara.

En conclusión, Revillagigedo contribuyó con su proyecto a una larga discusión sobre reorganizar y profesionalizar la administración territorial de Nueva España. Él ya antes había rechazado tanto a intendentes provinciales como a un intendente general de la Hacienda, y en vez de éstos, sugirió tres gobernadores militares para ciudades destacadas de Nueva España, uno para Tabasco y cinco para las provincias del norte. Los gobernadores del norte deberían estar subordinados a un jefe comandante de Nueva Vizcaya, un alto cargo de la tropa regular. Esos gobernadores deberían ser oficiales de carrera que recibirían sus nombramientos por sus logros personales en vez de comprarlos por beneficio, y habrían de recibir sueldos que oscilaban entre 3 000 y 12 000 pesos. Ensenada respondió a las sugerencias y mandó a dos oficiales de carrera para administrar Puebla y Sinaloa. Al parecer, el nombramiento de los dos gobernadores no causó notable resistencia. Más tarde, las celebradas reformas de José de Gálvez implementaron partes de las sugerencias anteriores, pero también provocaron una fuerte crisis entre Nueva España y España.

Fuente primaria

[F. 1] Mui Señor mio,

en carta orden de 2 de Septiembre de 1751 con copia de la igual fecha al Virrey del Perù, sobre si allì para los contenidos grabes fines, recta administracion de Justicia, desagrabio, alibio, y atencion ã los Indios; Y sostener sin diminucion la Jurisdiccion Real con los Õbispos, Cabildos Ministros de Ynquisision, de cruzada, y ôtros, combendra crear Goviernos Militares en Ôfiziales del exercito de acreditados serbicios, notorias prendas, caracter, graduacion, y representacion, correspondientes al logro mas bigoroso, sin contemplazion, ni respecto: Y para que los Virreyes en las Capitales tengan sujetos de espedicion, prudencia, y espiritu, que con celo, prontitud, y acierto aseguren, y executen las Providencias; Me dice Vuestra Excelencia que aunque en este Virreynato, puede no haber tantos Pueblos, ni ocurrir aquellos [f. 1v] grabes motibos; Quiere Su Majestad que adaptando aquellas reflexas y mis consideraciones, proponga si combienen Goviernos Militares en algunos de estos Pueblos: en quales; Y hasta que graduacion de sujetos; sus sueldos; y la indemnizazion de vida ã los Provistos por beneficio en todos, õ alguno de los empleos.

Y digo que del Isthmo de Panama / broche de las dos Americas / sube esta Nueba España de sueste ã Nordeste siempre ensanchandose entre el seno mexicano màr del Norte ãl Õriente; y el màr del sùr õ pasifico, y su seno, õ canal de California al Poniente; Y dejados hacia dicho Ysthmo, como independientes de este Virreynato los Õbispados de Nicaragua, de Õnduras, y de Chiapa con su nuebo intermedio Arzobispado, distrito todo de la Real Audiencia de Guathemala y de su Pretorial Govierno: Comienza, y se ensancha este Virreynato [f. 2] de una, ã otra màr con la peninsula Capitania General, Govierno militar, y õbispado de Yucatan, õ Campeche, y con su Colateral õbispado de Õaxaca principiando en la Alcaldia mayor de este llamada de Tehuantepec, cuio Pueblo sobre la costa de dicho màr del sùr, està en los 17 ½ grados de altura, õ latitud mas de 40 leguas antes de dicha su episcopal ciudad de Õaxaca; 98 leguas antes de la tambien episcopal ciudad de la Puebla de los Angeles; y 120 antes de esta Metropolì Corte, y Capital de Mexico.

Hallase esta en 20 grados escasos de altura, y 274 de longitud; Internase del màr del Norte seno mexicano 65 leguas, y 85 del màr del sur; 60 leguas de mexico ã su Poniente està la ciudad de Valladolid, Capital del Õbispado de Mechoacan, tambien ãl Poniente declinada al Norueste 100 leguas de Mexico, y [f. 2v] en 21 grados largos de altura y 265 de longitud se alla la episcopal ciudad de Guadalaxara, su Real Audiencia, y Presidencial Govierno de toda aquella nueba Galicia; Internada Guadalaxara 50 leguas desde dicho màr del sùr, y de cada uno de sus Puertos, y ensenadas, que son en las Jurisdicciones de Motines, y de Colima, ambas de este Virreynato, y Audiencia de Mexico en la Jurisdiccion de Autlan; en la de Purificacion; en la de Santipac; en la de Tepic; y su ciudad de Compostela, y en la de Acaponeta ultima Alcaldia mayor de aquel Presidencial Govierno, y del Obispado por lo tocante ã dicha costa.

Sobre la del mismo màr del sùr, ya canal, y seno de la Peninsula de California, que desde Acaponeta ba siempre fronterizando este continente, sigue por [f. 3] mas de õtras 300 leguas ã Norueste de Mexico, y aun de Guadalaxara, el Nuebo Govierno, y Capitania General de Sinaloa compuesto el año de 1732 de las Provincias del Rosario, de Copala, de Culiacan, de Sinaloa, de Õstimuri, de Sonora, y de su ultima reduccion, y cristiandad de la Pimeria alta; La que dista de Mexico 600 leguas, y està en los 32 grados de altura, y 250 de longitud, no lexos del fin, y termino de dicha canal, y seno californio, que se nos asegura allì, en los 34 grados de altura, donde desagua el caudaloso Rio Colorado, que baja de las no bien conocidas tierras del Ponientte, del Govierno del Nuebo Mexico, que este se abansò hasta los 38 grados, de altura por sobre el Mediterraneo, Govierno, y Capitania General del Parral, ô de la Nueba Vizcaya, sin embargo, de que esta y las demas fronteras, de estas conquistas, no pasan de los 3[2?] grados de altura.

[F. 3v] Al Õriente del Mediterraneo, Govierno, y Capitania General de la Nueva Vizcaya (interpuesto un peñascoso crecido despoblado) esta la capitania general, y Goviernos del Nuebo Reyno de Leon, y de Coaguila Costa del màr del Norte seno Mexicano; Acaba allì este en la famosa Bahia del Espiritu Santo, la que por parte de esta Nueva España, ès ancon, ô esquina de dicho seno, y està en los 29 grados de altura, y en los mismo 277 de longitud en que se alla la ciudad, Puerto, y Plaza de la Nueba Veracruz; tuerze, y se ensancha por sobre el referido seno Mexicano esta Nueva España desde la referida Bahia del Espiritu Santo para el nordeste, como 240 leguas del mui pingue, despoblado Govierno de Texas, hasta su Capital Presidio de los Adays, el que se quentta en los 32 grados largos de altura, y 284 de longitud, 600 leguas tambien ãl Nordeste de [f. 4] mexico, 7 leguas antes del frances Presidio de San Juan Bauptista Nachitoos, en que comienzan las grandes colonias francesas, y su Luiciana, por la que ã 80 leguas de nuestra Barreda de los Adais, desaguan en dicho seno mexicano los famosos Rios franceses de Misipipi, y de la Palizada, sosteniendo en sus marjenes la Nueva Õrleans, y la Movila, ã que buelbe seguir, nuestro Panzacola, y el de mas resto de la española Florida, hasta su cabo de San Agustin en contorno de dicho seno mexicano, que ès todo distrito de esta Real Audiencia de Mexico, segun la ley 3. ttitulo 15 libro 2. de la recopilacion de Indias.51

Y assi comprehendidos dichos tres Goviernos del Nuebo Reyno de Leon, de Coaguila, y de Texas, pues aunque estos son del Õbispado de Guadalaxara y mui distantes, no son de aquella Real Audiencia según [f. 4v] la ley 7 de dicho titulo, y libro; Y considerando que assi dichos tres Goviernos por el Õriente, como por el Nuebo de Sinaloa, y aun la Peninsula de California por el Poniente, tienen en medio el mediterraneo, Govierno, y Capitania General de Nueba Vizcaya, ã que se proporcionan mas todas aquellas distancias: Parece que combendria subbordinarlas allì, a un Gefe Governador, què, õ residiesse en la episcopal ciudad de Guadalaxara,52 allias Durango, que està en los 24 grados, y medio de latitud boreal, y en los 264 de longitud: 30 leguas adelante de la Villa de Llerena Real de Sombrerete: 60 de la famosa ciudad de Zacatecas, y 170 para el Norte declinado algo ãl norueste de esta corte de mexico, õ que residiese en el õpulento mineral villa de San Phelipe el Real de Chiguaga, que ès como fin, de lo Poblado dela nueba Vizcaya, y està en los 29 grados [f. 5] largos de altura, y 262 de longitud ã 330 leguas de esta capital de Mexico, õ residiesse en el ya decaido Pueblo, y antiguo mineral de San Josseph del Parral, õ en su immediato Pingue, y mui poblado valle de San Bartholome que ambos estos se situan en los 27 grados largos de altura, y 261 y medio de longitud, quassi Paralelos por el Õriente con la Villa de la Moncloba Capital del Govierno de Coaguila, y paralelos por el Poniente con el Real de Alamos allias de los frayles, en el comedio de dicho largo Govierno, y Capitania General de Sinaloa.

Con medio tambien, de la Nueba Vizcaya ès el citado Parral, y Valle de San Barttolome y de entre la referida ciudad de Durango, y opulenta villa y mineral de Chiguaga ã 270 leguas de Mexico para el norueste, y 9 leguas adelante del ameno Pingue comodo Rio Florido, en cuias fertiles Vegas, sè ha [f. 5v] situado nuebamente la conpañia Bolante de un capitan y 62, plazas para el seguro de toda la Nueba Vizcaya en lugar de sus seis antiguos Presidios, que quedan extinguidos.

Asentada la esplicacion que queda demostrada de los Bastos Dominios de este Reyno, debo esponer que son aptos, y comodos, qualquiera de los tres nominados Parajes, para la residencia de un Governador Militar, graduado con el Grado de Mariscal de Campo a lo menos: Y el mas proporcionado oy para residir (segun el estado presente) considero ès la Villa de San Pelipe el Real de Chiguaga: A este Governador deben de estar en todo subbordinados: El de Sinaloa permanezca en un Govierno, õ dividase en dos, como ya se ha tratado varias vezes; el de el Nuebo Mexico; el de el Nuebo Reyno de León, [f. 6] el de Coaguila, y Texas: de forma que este Õfizial General õ Comandante en Jefe de aquellas Provincias con subbordinacion de este Virreynato pueda dar quantas probidencias considere combenientes, no solo en el distrito de la Nueba Vizcaya, sino en todos los de los nominados Goviernos, como sus subbalternos, y subbordinados, dando quenta ã este Virreynato de todo lo que operase, para que inteligenciado de quanto practicase, el Virrey le õrdene, todo lo que tubiese por combeniente.

El Õfizial General en quien debe recaher el mando de las mencionadas Provincias (como bà dicho ã las õrdenes del Virrey) ha de sèr de edad, y robustez que pueda immediatamente que se le dè la posesion, del mando de ellas, hir forsosamente ã bisitarlas, y reconocerlas para ponerse en pleno conocimiento de su territorio, calidades y circunstancias por que sin este practico õcular examen, no podra tomar las [f. 6v] resoluciones que combengan en los negocios, y casos que se ofrezcan, con el acierto que piden, assi por sus distancias, como por las diversas diferencias que intervienen de unas, ã õtras, y por que los recursos que se hacen con diligencias, ya sean en litijios entre Partes por tierras, u õtras causas, è informes; comunmente son bestidos de los afectos, que tienen mas poder, y representacion, con suma imberacidad, õ equibocacion, de que resulta, que sin que preceda el reconocimiento que queda espuesto, se abenturen (con mucho perjuicio) las resoluciones, y probidencias justas, que correspondan al serbicio de Dios, del Rey, bien de sus Dominios, de la Causa Publica, y de ãquellos Vasallos.

Por la esperiencia de los negocios que he visto, y en mi tiempo, se han tratado, de estas distantes Provincias, adbertia que en sus determinaciones fiadas ã las noticias, y diligenzias [f. 7] que benian de ellas, a los informes que se pedian, bien ã las Justicias, y otras Personas, a quienes se hacia presiso cometerlo, nunca se podia proceder con aquella berdadera inteligencia, y pulso que pedia el acierto de ellas, y esta comprehension, õ desconfianza, habia adoptado en mi idea, como urgente, y necesaria, tiempo hace, la providencia que dejo espresada, y alguna vez la havia comunicado ã este Auditor General de la Guerra, y por ciertos reparos, que se me ofrecieron, suspendì hacerlos presente ã Su Majestad confiado en que se me proporcionaria razon mas immediata y õportuna para executarlo, y esta se me ha venido aora ã la mano, con la ocasion de satisfacer a lo que de su Real õrden, me previene, Vuestra Exelencia por que estos bastos dominios en el acrecentamiento que han tomado, ya, no se pueden manejar sin conocido peligro, dispendio del [f. 7v] Govierno, y atrasos en las providencias ordinarias, y unibersales, de otro modo que con el que, queda espresado, de que en mi concepto resultaran las mayores bentajas, y utilidades ãl serbicio de ambas Magestades.

El Govierno de la Vizcaya, tiene oy de sueldo 3 000 pesos y acaba de morir el Propietario Don Juan Francisco de la Puerta, que lo héra por beneficio, y faltan como dos años que han de cumplir los nominados en la Zedula; no se conoce, nì se sabe que aya õtros que tengan futura, õ futuras de este Govierno, y en el caso de que se establezca sujeto de la graduacion y esfera espresada, el sueldo debe sèr de 12 000 pesos que considero necesita indispensablemente para mantenerse con la correspondiente decencia ã su graduacion, y ã lo que se le encarga.

El Govierno de [f. 8] Sinaloa le sirbe õy de interino el Theniente Coronel Don Diego Õrtiz Parrilla que ha pretendido se le exima de este cargo, ã que no he condescendido, sin embargo de las justas causas que le asisten, y me ha echo presentes, por que en realidad, no tengo sujeto militar, ni de aquellas circunstancias, como combiene que lo sea, para embiar en su lugar, y assi podra Su Majestad probeherle desde luego, en Õfizial que no baje de dicha graduacion, de quien se tenga esperiencia de su celo, y conducta.

El de Coaguila esta proximo ã cumplir, le sirbe oy por beneficio Don Pedro de Rabago Theran, y podra Su Majestad probeherle en Õficial de igual graduazion.

El de el Nuevo Reyno de Leon està para entrar ã serbirle por beneficio, en virtud de zedula de Su Majestad Don Pedro del Barrio Junco, y Espriella; Y este, õ se puede esperar que cumpla su tiempo, [f. 8v] õ darle un equibalente, por que en realidad, ã demas del serbicio precuniario que ha hecho, acaba de serbir de Interino el de Texas, y antecedentemente havia servido este propio Govierno del Nuevo Reyno de Leon, y por ello ès digno de alguna atencion; Y este Govierno en qualquier modo que se tenga por combeniente establecer le se podra dotar con el sueldo de 3 500 peso ãl año.

En el govierno de Texas ãcaba de entrar ã serbirle Don Jazinto de Barrios, y Jauregui, que de Capitan de Cavallos le ha provisto Su Majestad con el Grado de Theniente Coronel en èl, por lo que no ay que hazer en lo actual en este Govierno.

El ultimo que ès el de el Nuevo Mexico le esta sirviendo oy Don Thomas Velez Cachupin: este Govierno nesesita siempre de [f. 9] de sujeto Mozo, Robusto, de esperimentada conducta, vigor, celo, y espedicion: todo lo tiene el mencionado Don Thomas Velez Cachupin, pues en los tres años que ha que Govierna aquella Provincia, lo ha acreditado en las barias funciones, y formales campañas, que ha tenido con los Indios Enemigos, haciendo respectable en todas aquellas Fronteras, el õnor de las Armas, y dando las mas acertadas providencias en lo militar, y politico; tanto que este Auditor de la Guerra Marques de Altamira, biendo su conducta, celo, y amor, ãl Real Servicio, me ha echo presente en barios espedientes que han ocurrido, su merito, y que se diese quenta (como se ha hecho) ã Su Majestad y estandole sirbiendo con titulo de Theniente General por no haber podido hirle ã serbir por su ancianidad, y achaques el Coronel Don Francisco de la Rocha, le contemplo acrehedor ã que [f. 9v] Su Majestad se le confiera en propiedad con el Grado de Coronel, y que con el mismo Grado, y ã lo menos el de Theniente Coronel se confieran todos estos Goviernos subbalternos, en los que cada Governador tiene agregada la Compañia de uno de los mejores Presidios de sus respectibas Probincias, y en el sueldo acsignado y en el abiamento, y paga de los Presidiales en Generos arancelados por las impresas õrdenanzas del año de 1729, logran suficientes utilidades, para su dezente manutenzion.53

Establecido en la forma espresada Governador, õ comandantte, General en Chiguaga de las mencionadas distantes Provincias de esta capital, con la subbordinacion de los Goviernos de ellas; se pudiera en esta forma bigorizar las cassi del todo õlvidadas, õ enteramente dormidas Pacificaciones, Poblaciones, Estenciones del ebanjelio; La autoridad real, se hiciera respectable [f. 10] mas de cerca; se fomentaran los Ricos descubiertos Minerales abandonados por las distancias, por la falta de Gente, por la carestia de los aperos, por los recelos de Õstilidades, y por la falta de trafico: Y se descubrieran õtros muchos Minerales que prometen todas aquellas remotas Partes, y espezialmente las Provinzias de la Nueva Vizcaya, y las de Sinaloa, y que de aqui, no pueden fomentarse, estimular, ni esforzar su laborio, y travajo, donde, y en la California se entablase, y promoviese el Comercio maritimo con Galeras, y semejantes embarcaciones de todos aquellos Muchos Puertos del màr del sùr, y de dicho seno, y canal de California.

Mayormente, si con dicho autorizado Governador se pusiese una casa de Moneda proporcionada ãl combenientisimo circulo que falta de ella, en todas aquellas Provincias, y Goviernos, de que son mui unibersales los perjuicios: Y se erijiesen Nuebos Õbispados, como dicho Auditor de la Guerra, Marques [f. 10v] de Altamira tiene espuesto en dictamen de […]Noviembre de 1751, sobre la pacificacion, y poblacion del Seno Mexicano que con testimonio tengo haver dado quenta ã Su Majestad con fecha de […] Diciembre de dicho año.

La Provincia de Tabasco que esta a la costa del màr del Norte, ès Provincia digna de toda atencion; està enteramente abandonada, y entregada en el Govierno, ã qualquiera que de oficio õcurre ã sacarlo, con titulo de Alcalde mayor y siendo de […]ancia que no se conose: Tengo por combeniente y necesario en esta Provincia, se ponga un governador militar, con la Graduacion de los antezedentes, y sueldo de ellos y no les seran mui crecidos los gastos que ã el estado, y hacienda resulten de esta providencia, por que si ay futurarios, se los compense con el equibalente de las Alcaldias buenas de este reyno.

En la alcaldia mayor de la Puebla; en la de Valladolid õ Mechuacan; y en la de Oaxaca, siendo [f. 11] como son cavezas de Provincias, y en cada una de las tres Õbispos, y canonigos de opulentos Õbispados, y Prevendas; los dos primeros se govierna, y administra la justicia por Alcaldes mayores, por beneficio sin sueldo; Està en estas tres ciudades enteramente abatida, y desconocida la autoridad real, por que ademas de no tener ninguna dichos Alcaldes mayores, nì que comer, nì se les tiene respecto, nì tiene bigor, nì constancia, por falta de facultades para sostenerla, careciendo en estas ciudades enteramente toda providencia que sea util, ãl buen govierno, y policia de ellas, de suerte que entre los eclesiasticos, y Rexidores lo tienen echo carne, y sangre: Y en la de Puebla, como tan immediata, la estoy biendo con mucho dolor, por que no hiciese falta en la Audiencia, no he echo pasar un Ministro de ella, a que tomara el Govierno de aquella Ciudad: Solo las Alcavalas de ella, y Probinzias [f. 11v] agregadas estan arrendadas en 183 668 pesos ãl año: Assi en esta, como en las õtras dos, ay tropa Miliciana formadas compañias del Comercio con sus coroneles, y tambien compañias y ofiziales de los Pardos libres; Para su buen Govierno, recta administracion de Justicia, y sostener la Real autoridad en los terminos devidos, y de mas utiles, y provechosos fines: tengo por mui combeniente el que se pongan en cada una, õfiziales de acreditada, y conocida conducta, con el Grado de Coroneles: el de la Puebla con el sueldo de 4 000 pesos; el de Valladolid, õ Mechoacan con 3 000 pesos; y el de Õaxaca con 2 000 pesos.

Esto és lo que en consequencia de la citada Real Õrden que Vuestra Exelencia me ha comunicado, debo esponer, con aquella pura, integra, injenuidad, de lo que comprehendo, y alcanzo, para bien, y utilidad de estos bastos dominios, de la causa publica, y del serbicio del Rey [f. 12] para que haciendolo Vuestra Exelencia presente ã Su Majestad resuelba lo que sea mas de su Real agrado.

Dios Guarde ã Vuestra Exelencia muchos años como desseo. Mexico 4 de Junio de 1752

Exelentisimo Señor […]

El Conde de Revillagigedo

Exelentisimo Sor Marques de la Ensenada

dupplicado

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1 Una beca de viaje de la Biblioteca de la Universidad de Florida y una beca de verano de la Middle Tennessee State University me permitieron realizar dos estancias de investigación en Gainesville, en las cuales la doctora Sherry Johnson generosamente me albergó. Sin estos apoyos hubiera sido imposible la realización de este trabajo.

2Revillagigedo al marqués de la Ensenada, México, 4 de junio de 1752, Biblioteca de la Universidad de Florida, Gainesville, Colecciones Especiales, Archivo de los Condes de Revillagigedo (en adelante, ACR) 347; del Valle Menéndez y Latasa Vasallo (1998).

8Beloquine a Maurepas, La Habana, 30 de abril de 1734, Archives Nationales de France, Correspondance Consulaire, B1, vol. 616; véase también Beloquine a Maurepas, La Habana, 24 de octubre de 1734, ibid. Debo copias de las dos cartas precedentes al profesor Allan J. Kuethe.

9Pedro Rodríguez de Arispe, Representación Panegyrica, México, 1746, Biblioteca Nacional de México, Fondo Reservado (en adelante, BNM, fr) 604; real despacho, Buen Retiro, 21 de junio de 1745, Archivo General de Indias (en adelante, AGI), México 1506, núm. 1; título, Aranjuez, 21 de junio de 1745, ibid., núm. 2; Revillagigedo a Ensenada, 29 de abril de 1746, ibid., núm. 4; Revillagigedo a Ensenada, México, 10 de julio de 1746, ibid., núm. 7; véase también Eissa Barroso (2010, pp. 310-312, 316-317); Rubio Mañé (1955, p. 191); Sarrablo Aguareles (1955, vol. 2, pp. 51-52).

10Representación de Ensenada al rey, Aranjuez, 18 de junio de 1747, en Rodríguez Villa (1878, p. 56).

11Rey a Revillagigedo, Buen Retiro, 4 de diciembre de 1748, ACR 374; nombramiento firmado por el duque de Arión, sin lugar, 18 de abril de 1750, Archivo del Real Palacio, Madrid, caja 482, exp. 28; Alonso Muñoz a Revillagigedo, Buen Retiro, 14 de abril de 1750, Archivo General de la Nación (México) (en adelante, AGN), Reales Cédulas Originales (en adelante, RCO) 70, exp. 59.

12Título, Buen Retiro, 12 de agosto de 1749, AGI, México 384.

13 Eissa-Barroso (2012, pp., 317-345); Pearce (2014, pp. 145-147); para Lynch (1989, p. 164), “1746 fue un año de innovación para España, la línea divisoria entre el conservadurismo y el cambio, entre la rutina y la reforma”.

15Parecer del fiscal, Madrid, 24 de noviembre de 1663, AGI, México 600.

16Marcos Ramírez de Prado al rey, Valladolid, 16 de julio de 1664, AGI, México 600. Sobre el prelado, véase Traslosheros Hernández (1991, pp. 2-7).

18 Eissa-Barroso (2013, pp. 331-332, 336-342); Eissa Barroso (2017, pp. 138-39); un millón de maravedís equivalía a 3 767 pesos, siempre que un peso correspondiera a 272 maravedís.

20Además, el virrey marqués de Casafuerte nombró un gobernador para Sinaloa en 1732, véase rey a Casafuerte, Sevilla, 14 de marzo de 1732, AGN, RCO 51, exp. 14, ff. 70-72v; Revillagigedo a Ensenada, México, 4 de junio de 1752, ACR 347; Del Río (2009, pp. 17-20, 25); Gerhard (1993, pp. 275-276).

21Sobre los sueldos y rangos de los capitanes generales, véase Eissa-Barroso (2017, pp. 118, 139-140).

22BNM, Fondo Reservado, manuscritos 439 (1376), Informe del Tribunal de Cuentas, México, 15 de noviembre de 1780. Sobre los capitanes generales, véase Eissa-Barroso (2017, pp. 139, 342).

24 Campillo y Cosío (1789, pp. 57, 71-73). La autoría de este texto ha sido muy discutida. Navarro García (1983, pp. 22-29) dudó de que Campillo y Cosío fuera el autor, mientras Tavárez (2015, pp. 59-70) argumenta que Melchor Rafael de Macanaz escribió la propuesta.

25Real cédula a Revillagigedo, Aranjuez, 20 de junio de 1746, AGN, RCO 66, exp. 40; Dubet (2016, pp. 106-108).

26Revillagigedo a Ensenada, México, 2 de febrero de 1748, ACR 412.

27Ensenada a Superunda, Madrid, 2 de septiembre de 1751, ACR 347.

28“Población de Nueva España […] 24 de junio de 1794”, ACR 413; Von Humboldt (1811, vol. 2, pp. 278-279, 305, 325), aunque no discute la población de ciudades sino de intendencias; Chowning (1999, pp. 30-52). Según Gerhard (1962, pp. 21-27), Antequera de Oaxaca tenía 34 000, Valladolid 24 500, y Puebla 88 000 habitantes.

29Revillagigedo a Ensenada, México, 4 de junio de 1752, ACR 347.

30Revillagigedo a Ensenada, México, 4 de junio de 1752, ACR 347.

31Revillagigedo a Ensenada, México, 4 de junio de 1752, ACR 347; Revillagigedo a Ensenada, México, 14 de septiembre de 1748, ACR 399; Revillagigedo al rey, México, 20 de febrero de 1747, AGI, México 1341.

32Revillagigedo al rey, México, 24 de febrero de 1747, AGI, México 1342.

33Real cédula a Revillagigedo, San Lorenzo, 11 de noviembre de 1752, AGN, RCO 72, exp. 167, ff. 463-463bis; Revillagigedo al rey, México, 22 de julio de 1748, ACR 399. Según las noticias particulares y reservadas, Madrid, 28 de julio de 1746, AGI, México 610, la Corona no sabía cuánto cobraba el corregidor de México.

35Título, México 7 de noviembre de 1754, AGN, Provincias Internas 129, ff. 176-183; Instrucción que lo que vos, D. Diego Gorozpe y Padilla, debéis observar y ejecutar, México, 28 de noviembre de 1754, en De la Torre Villar (1991, vol. 2, pp. 853-861); certificación de Juan Zarascua, AGI, Escribanía 246 A, cuaderno 1, f. 161.

36Real cédula, San Lorenzo, 31 de octubre de 1750, AGI, Guadalajara 107; Pinzón Ríos (2011, pp. 57-76); Fisher (1997, p. 129); Navarro García (1964, pp. 90-91). Según Martin (1996, pp. 1-5, 21, 24-28), Chihuahua era importante zona minera, aunque las minas mostraron signos de agotamiento desde la década de 1730. San Felipe el Real originalmente se llamó San Francisco de Cuéllar, tomando el nombre del virrey duque de Alburquerque (II) que también era marqués de Cuéllar. Cuando la población buscó privilegios de villa, cambió su nombre en honor del rey Felipe y después de la caída de Alburquerque, véanse también Rosenmüller (2008, pp. 154-156); Nunn (1979, pp. 15-18).

37Revillagigedo a Ensenada, México, 23 de enero de 1752, AGI, México 1506, núm. 109.

38Real cédula, San Lorenzo, 31 de octubre 1750, AGI, Guadalajara 107, véase Gerhard (1993, pp. 239-242); Hamnett (1986, p. 28).

39Capitán general de Nueva Galicia al rey, 7 de noviembre de 1753, AGI, Guadalajara 107.

40Revillagigedo al rey, 21 de diciembre de 1752, AGI, Guadalajara 107; fiscal Antonio Andreu al rey, México, 12 de agosto de 1752; real acuerdo al rey, 9 de marzo de 1756; parecer del fiscal, Madrid, 30 diciembre de 1756; consulta del Consejo de Indias, 25 de enero de 1757, esos documentos en AGI, Guadalajara 107; Revillagigedo al rey, 21 de diciembre de 1753, AGI, México 1349.

41Instrucción a Pedro Montesinos de Lara, México, 20 de noviembre de 1754, AGI, México 135; real orden a Revillagigedo, Madrid, 5 de febrero de 1754; Revillagigedo a Arriaga, México, 10 de marzo de 1755, esos dos documentos en AGI, México 1352; véase la relación de méritos de Francisco Bastán y Cárdenas, marqués de Viso-Alegre, Madrid, 31 de agosto de 1737, AGI, Indiferente 147, N. 79; nota de media anata, México, 10 de octubre de 1747, AGN, Archivo Histórico de Hacienda 1652, ff. 390-390v.

42Instrucción a Juan de Mendoza, México, 16 de noviembre de 1754, AGI, México 1352.

43 Castro Santa-Ana (1854, vol. 5, pp. 173, 181); Revillagigedo a Arriaga, Cádiz, 6 de agosto de 1756, AGI, México 1506, núm. 168.

45Abbé Béliardi a Nicolas-René Berryer, citado en Stein y Stein (2003, p. 13).

47 Del Valle Menéndez (1998, p. 664); revés de una invitación por la marquesa de Fuente Pelayo, Archivo Histórico Nacional (Toledo), Nobleza, Torrelaguna, C. 442, D. 36.

48Manuel Antonio de Flores a Antonio Valdés, 23 de noviembre de 1787, AGN, Correspondencia de Virreyes 142, ff. 179-180v; segundo conde de Revillagigedo al conde de Campo de Alange, 28 de febrero de 1793, AGN, Correspondencia de Virreyes 171, ff. 40, 90-92; respuesta del conde de Campo de Alange, Madrid, 20 de abril de 1793, AGN, RCO 154, exp. 323, f. 512; Diego de Gardoqui a Revillagigedo, Madrid, 28 de julio de 1793, AGN, RCO 155, exp. 221, ff. 352-353; Revillagigedo a Gardoqui, México, 20 de julio de 1793, AGN, Correspondencia de Virreyes 170, ff. 44-48; real cédula, Aranjuez, 10 de abril de 1794, AGN, RCO 157, exp. 243, f. 323; real cédula a Miguel José de Azanza, Aranjuez, 22 de abril de 1799, AGN, RCO 172, exp. 269, ff. 330-33; Juan Manuel Álvarez a Miguel José de Azanza, Aranjuez, 22 de abril de 1799, AGN, RCO, 172, exp. 269, ff. 330-331; véanse también Weber (2005, pp. 156-157); Navarro García (1964, pp. 92-94, 155-160).

49Citado en Brading (1971, p. 46).

51El lugar Los Adays refiere a Los Adaes, mientras el presidio de San Juan Bauptista Nachitoos se ubica hoy en Nachitoches, Luisiana, y el Misipipi es el Misisipi. Más sobre incursiones franceses hacia los Aldayes se encuentra en gobernador de Tejas a Revillagigedo, 31 de diciembre de 1750, BNM, fr, Archivo Franciscano 7, 143.71, ff. 217-230.

52Probablemente debería leer ciudad de Guadiana en vez de Guadalaxara.

53Tomás Vélez Cachupín servía como caballerizo de Revillagigedo, quien lo nombró gobernador de Nuevo México, cargo interino que comenzó a ejercer el 6 de abril de 1749; véase Castro Santa-Anna (1854, vol. 5, p. 186); Ebright y Hendricks (2006, p. 69).

Recibido: 04 de Marzo de 2018; Aprobado: 14 de Noviembre de 2018

Sobre el autor

Doctor por la Universidad de Tulane, Nueva Orleans, EUA, y profesor de tiempo completo de la Universidad Estatal de Middle Tennessee. Su más reciente trabajo, Corruption and Justice in Colonial Mexico, ha sido publicado por Cambridge University Press. Entre sus publicaciones se encuentran Corruption in the Iberian Empires y “Dádivas, dones y dineros.” Aportes a la nueva historia de la corrupción en América Latina desde el imperio español hasta la modernidad, además de varios artículos en Hispanic American Historical Review y Latin American Research Review, entre otras. Ha recibido becas de la fundación Fulbright, DAAD, el Instituto Max Planck de Historia Legal y la Fundación Gerda Henkel Stiftung.

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