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Diánoia

versión impresa ISSN 0185-2450

Diánoia vol.57 no.68 Ciudad de México may. 2012

 

Reseñas bibliográficas

 

Mónica Gómez Salazar, Pluralidad de realidades, diversidad de culturas

 

Adalberto de Hoyos Bermea

 

Universidad Nacional Autónoma de México, México, 2009, 118 pp.

 

Facultad de Estudios Superiores Acatlán, Universidad Nacional Autónoma de México ad_hoyos@yahoo.com

 

Los desafíos políticos que surgen en torno al tema de la diversidad cultural y el aporte de la filosofía a esta discusión se han mantenido vigentes en años recientes. Algunas de las objeciones más fuertes que se plantean al liberalismo político se hacen desde la óptica de las teorías de la justicia que apuntan a los problemas que aparecen cuando el asunto de la diversidad cultural no es atendido adecuadamente. Por otra parte, varios de los conflictos más ríspidos que hoy podemos atestiguar en el mundo tienen a menudo un trasfondo étnico, cultural o religioso. Por lo tanto, el libro Pluralidad de realidades, diversidad de culturas de Mónica Gómez Salazar hace una aportación pertinente, bien documentada sobre estos temas, principalmente en el ámbito del Estado mexicano, que nutre la discusión acerca de las concepciones actuales del liberalismo y desarrolla una sugestiva crítica de ellas, al apuntar hacia los problemas que enfrenta el liberalismo para proteger los derechos humanos de los pueblos indígenas, y al señalar el abuso al que éstos se ven sometidos por la dominación económica y cultural.

Las tesis políticas de este libro tienen un interesante sustento epistemológico, pues se parte del hecho de que una cultura "se articula en el lenguaje, en la historia, las creencias, los valores, las normas y las prácticas sociales que sus miembros han compartido a través del tiempo" (p. 17). Los primeros dos capítulos del libro establecen una epistemología que explica la posibilidad de un mundo habitado por una pluralidad de realidades que se establecen a partir de las interacciones de cada cultura con su medio a través de su lengua, sus creencias y sus prácticas. Desde esta perspectiva se rechaza un realismo metafísico, aunque al mismo tiempo se busca evitar el extremo de un relativismo en el campo epistemológico, que posteriormente se pudiera volver moral. La autora sostiene un realismo interno cercano al de Hilary Putnam, en el que la realidad no está compuesta de hechos independientes de toda conceptualización, sino que los hechos existen y son conocidos en relación con alguno de los marcos conceptuales que las diversas culturas sostienen.

Pero el planteamiento de diversos marcos conceptuales y las realidades que éstos estructuran suele dificultar el diálogo entre culturas, pues al partir de marcos conceptuales distintos no habría criterios de verdad o de justificación compartidos. Estas dificultades en términos epistemológicos podrían conducir a problemas políticos cuando aparezcan conflictos entre los valores y las prácticas que desarrollen diversas culturas. Sin embargo, según Gómez, las culturas han partido de una Realidad1 independiente y ésta impone ciertos límites al tipo de conceptualización que se puede desarrollar; esta misma realidad puede servir como una base conmensurable a partir de la cual es posible llegar a comparaciones y comprensiones que permitan un diálogo intercultural.

Al hablar de esta Realidad independiente y de la restricción que impone a la construcción social de los mundos, la postura de Gómez busca desmarcarse de un relativismo á la Rorty. En el libro se hace una exposición clara de la postura de Rorty en torno a la verdad y la justificación racional, poniendo de manifiesto los problemas que surgen al abandonar una noción como la verdad en la discusión política, pues quedarse simplemente en los criterios de justificación resultaría insuficiente para alcanzar el nivel de la realidad que se había planteado anteriormente, ya que esta justificación sólo funciona de forma local para los diversos marcos conceptuales, y si éste fuera el caso, nuevamente se bloquearía el diálogo intercultural.

Gómez afirma que "la noción de verdad, pues, es una construcción conceptual de los sujetos correlativa a la noción de Realidad" (p. 44). Esta concepción de verdad pretende superar la mera justificación racional intersubjetiva que está históricamente condicionada. Sin embargo, considerar de esta forma la verdad podría llevarnos de regreso al realismo ontológico que había rechazado la autora, simplemente por permitir una pluralidad conceptual. Y si no se acepta este regreso al realismo ontológico, Rorty volverá para cobrar venganza, pues, según este último, una noción de verdad correlativa a una Realidad independiente sería irrelevante si mantenemos un pluralismo conceptual, en cuanto que muy pocas cosas podrían ser verdaderas en este sentido o tendríamos dificultades para distinguirlas de aquellas que están simplemente justificadas. Sin embargo, se vincula la noción de verdad con esta Realidad para evitar que, al quedarse en el nivel de la justificación racional de las acciones, se derive en consensos arbitrarios. Se afirma que la verdad es importante para la justificación racional de las prácticas y las acciones políticas. Es decir, en contra de Rorty, la autora sostiene que no es posible que las buenas razones que justifican una acción en el ámbito político dependan simplemente de la aceptación de un auditorio.

A partir de la diversidad de culturas que existen, se establece la posibilidad y la legitimidad de una pluralidad de formas de vida y de las realidades que las conforman. En el tercer capítulo del libro se aborda la manera en que las teorías de la justicia en la tradición liberal han afrontado los retos que plantea la multiculturalidad como un fenómeno de alcance global. La Declaración Universal de los Derechos Humanos parte de una concepción esencialmente liberal que propone principios de justicia que abarcan a todos los seres humanos al establecer las necesidades, capacidades y valores que forman parte de la condición humana. El respeto a los derechos que contiene esta declaración se ha traducido en un constante avance hacia el bienestar de los miembros de diversos grupos humanos.

Sin embargo, Gómez nota un par de incompatibilidades interesantes entre el texto de la declaración y la forma en que se protegen los derechos que consagra. Primeramente, en la configuración actual de los Estados del mundo y de las instituciones internacionales, los derechos humanos no pueden exigirse sino como derechos del ciudadano que pertenece a un Estado. Pero si estos derechos en efecto son universales y humanos, deben ser ejercidos por los seres humanos independientemente de su pertenencia a un Estado. Una segunda incompatibilidad la encuentra Gómez en que "[e]l derecho que tienen los sujetos a ejercer su libertad para elegir un plan de vida está estrechamente relacionado con el derecho que tienen a ejercer su libertad como miembros de la comunidad de la que deciden formar parte" (p. 53). Pero al no poder elegir la comunidad política (Estado) a la que se quiere pertenecer, se restringe esta libertad. Ambas contrariedades están relacionadas y se hacen notar ante los problemas que tienen las democracias liberales para evitar la violación de los derechos humanos de la población refugiada o migrante.

Habrá que considerar que estas incompatibilidades aparecen en un liberalismo igualitario como el que propone Rawls. Ante la necesidad de garantizar a sus miembros cierto grado de bienestar, no puede permitir una inmigración sin control de todo aquel que desee pertenecer a un Estado. Sin embargo, éste no es un problema que se le presente a un liberalismo de corte libertario como el de Nozick, pues en ese modelo político se cumplen las exigencias de Gómez para que haya una libertad de pertenencia a una comunidad política. La autora estudia a Locke en El segundo tratado sobre el gobierno civil como una fuente liberal en la que aparece este conflicto interno del liberalismo. No obstante, Locke afirma esta libertad de pertenencia a una comunidad política al relacionarla con la propiedad, lo cual ofrece una respuesta especialmente cercana a los libertarios, para quienes el individuo prima sobre cualquier derecho colectivo. Según esta versión del liberalismo, si un individuo desea comprar la fuerza de trabajo de otros o vender la propia fuera de su lugar de nacimiento, debería ser libre de hacerlo, pues no habría pertenencia preestablecida a una comunidad. Sin embargo, sospecho que la solución libertaria al problema que se plantea no convence a la profesora Gómez, quien en este punto hace notar la crisis del Estado para afrontar estos problemas y opta entonces por explorar las vías de los organismos y del derecho internacional para tratar de hacer valer los derechos humanos más allá de las fronteras de un Estado. Al hacer esta exploración vuelven a aparecer las concepciones políticas de Rawls y Habermas.

Dadas las instituciones existentes y las condiciones en las que operan, hay, en efecto, un grado serio de injusticia que se refleja en la imposibilidad de que una parte importante de la humanidad ejerza los derechos que establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Lo que especialmente preocupa a Gómez, en el capítulo cuarto, es la exclusión a la que están sujetos los miembros de las comunidades indígenas en México. La configuración del Estado mexicano hace que dichas comunidades se encuentren en minoría frente a una cultura dominante que controla las instituciones políticas del Estado y no les permite participar en ellas. Esta falta de participación se debe a que el espacio cívico público se ha concebido como la expresión de un interés general, imparcial y universal que fuerza a la homogeneidad y elimina la posibilidad de que los pueblos indios desarrollen sus propias formas de vida (p. 76).

Esta exclusión del espacio público favorece que estos grupos minoritarios se encuentren en relaciones de opresión y dominación. La discusión de las condiciones de justicia para una sociedad multicultural como la mexicana constituye el núcleo de esta obra y se presentan sugerencias en torno a cómo la autonomía política de los pueblos indígenas pudiera romper con esta exclusión. Incluso se exponen las consecuencias indeseables de mantener el esquema actual de Estado y de una comunidad política que ignora sistemáticamente su composición multicultural.

Hacia el final de esta obra se incursiona en el tema de la propiedad intelectual, las patentes y el tipo de comercio que alientan, un tema sobre el cual se ha hecho poca investigación, al menos en el campo de la filosofía, y que, no obstante, cada vez va creciendo más el interés y la relevancia de la discusión en torno a él. Las relaciones comerciales que se configuran a través de la propiedad intelectual han sido, a menudo, abusivas y excluyentes de los pueblos indígenas al apropiarse de sus conocimientos tradicionales. En ellas se manifiesta claramente la dominación cultural que se ha ejercido sobre ellos, una de las consecuencias más lacerantes de la falta de respeto a la diversidad cultural y sus valores.

Dice Gómez: "Aunque los conocimientos tradicionales son bienes sociales, los intereses comerciales predominan sobre ellos convirtiéndolos fácilmente en mercancía" (p. 85). La autora muestra cómo las condiciones actuales bajo las cuales la Organización Mundial del Comercio (OMC) regula la apropiación y la protección del conocimiento tradicional, lejos de ayudar a obtener condiciones justas, obvia los fines y valores que una comunidad asigna a estos conocimientos y, en cambio, establece la preeminencia de los fines mercantiles. Siguiendo a la autora, podemos decir que no se puede hablar de un único conjunto básico de bienes primarios que pueda establecerse como tal en todas las culturas. Es interesante el análisis en que muestra que incluso bienes como los vegetales, cuyo valor habitual es servir de alimento, pueden tener un sentido diferente, como el maíz entre los diversos pueblos mayas, al que le han añadido un valor sagrado, ya que el hombre y el maíz se otorgan vida en una relación de reciprocidad. Los diversos significados que puede encarnar un bien hacen que varíe la lista de bienes básicos y esto impide establecer una que sea válida universalmente.

Cuando las plantas son sagradas, establecer la protección de su comercialización es resguardar el aspecto menos relevante de la planta y, por el contrario, significa imponer los valores de la cultura dominante a los pueblos indígenas. La protección que se brinda a través de la legislación de la OMC busca que no se patenten productos que tengan como base este conocimiento tradicional, sin ninguna retribución para los pueblos indios y sin que se los haga partícipes de las ganancias obtenidas. La autora critica esta legislación, pues lo que hace es retribuir a estos pueblos según el criterio dominante, que es el económico, y deja de lado la posibilidad de alcanzar una justicia que reconozca la diversidad de las culturas y los bienes que estas culturas persiguen.

La medicina, la herbolaria y el resto de los conocimientos tradicionales son parte del patrimonio social de las culturas indígenas y conforman de manera importante su identidad. Por lo tanto, quien se apropia de estos conocimientos tradicionales agrede a esas comunidades. De ahí que, para mantener las condiciones de justicia en estas relaciones, se plantee que se deben respetar y preservar los significados sociales y culturales de los bienes, ya sean de la medicina tradicional, ya sean recursos genéticos o cualquier otra parte del patrimonio de estos pueblos (p. 103). Para tales fines tiene mejores perspectivas, según Gómez, la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO.

La justicia social no se puede alcanzar en un Estado que no respete las decisiones de los miembros de las diversas culturas que lo integran, pues los obliga a perder sus significados culturales propios, los valores relacionados con ellos y las formas de vida que desarrollan. La igualdad de los ciudadanos ante el Estado habrá de entenderse en relación con la comunidad cultural a la que pertenecen (p. 107), y ninguna de las formas de vida de las diferentes comunidades debe tener preeminencia sobre las demás, porque serían puestas en peligro. Lo anterior apunta a un verdadero reto a la forma en que los Estados lidian con su diversidad cultural.

Desde una perspectiva general, el libro Pluralidad de realidades, diversidad de culturas presenta una crítica a las posturas tradicionales del liberalismo por su incapacidad para acomodar de manera efectiva la diversidad cultural en el contexto de un Estado democrático. Esta discusión sienta bases sólidas para llevar a cabo futuras reflexiones sobre temas que surgen específicamente de la configuración política de México, que excluye sistemáticamente a muchos de sus ciudadanos de la posibilidad de desarrollar de forma satisfactoria sus planes de vida. Los criterios de justicia que propone para solventar tales deficiencias son sugestivos y apropiados para el momento político que hoy atravesamos.

 

NOTA

1 La autora utiliza 'Realidad' con mayúscula en referencia a una realidad preconceptual a partir de la cual las culturas generan una pluralidad de realidades.

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