SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.52 número156Zaffaroni, Eugenio Raúl. 1998. En busca de las penas perdidas. Deslegitimación y dogmática jurídico-penal, Buenos Aires, Ediar. índice de autoresíndice de materiabúsqueda de artículos
Home Pagelista alfabética de revistas  

Servicios Personalizados

Revista

Articulo

Indicadores

Links relacionados

  • No hay artículos similaresSimilares en SciELO

Compartir


Boletín mexicano de derecho comparado

versión On-line ISSN 2448-4873versión impresa ISSN 0041-8633

Bol. Mex. Der. Comp. vol.52 no.156 Ciudad de México sep./dic. 2019  Epub 23-Mar-2021

 

Bibliografía

Martínez Martínez, Verónica Lidia. 2019. Conflictos individuales de seguridad social. Interposición y resolución conforme a la Ley Federal del Trabajo, México, Trillas.

José Manuel Lastra Lastra1 
http://orcid.org/0000-0003-4140-0791

1 Investigador de tiempo completo, UNAM. Profesor por oposición, UNAM. Investigador nacional. Conacyt. Premio UNAM en Docencia 2002, Correo electrónico: jmlastra@unam.mx.

Martínez Martínez, Verónica Lidia. 2019. Conflictos individuales de seguridad social. Interposición y resolución conforme a la Ley Federal del Trabajo. México: Trillas


¡Cuánta falta hacía un libro que se ocupara en específico de los Conflictos individuales de seguridad social! Y no hago esta afirmación para convencerlo de su compra, si es que usted aún es de los que -como yo- se aventura en las librerías, cada vez más desiertas. ¡Adquiéralo! y encontrará, la feliz oportunidad de tener en él, un buen asesor y compañero.

Permítame -por favor- narrarle brevemente algunos datos sobre la sobresaliente trayectoria académica de la doctora Verónica Lidia Martínez Martínez. Es graduada, con mención honorífica en cada uno de los niveles de estudios que ha obtenido, a saber: licenciatura en derecho, especialidad en derecho social y maestría en derecho, todos en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Con posterioridad adquirió, también con honores, el grado de doctora por la Facultad de Derecho en la Barra Nacional de Abogados. Actualmente es doctoranda por la ilustre Universidad de Castilla-La Mancha, lo que demuestra su esfuerzo constante y esmerado en su preparación para mantenerse actualizada, de forma que ello le permita contribuir de manera especializada, docta y valiosa al actual estado del arte del derecho de la seguridad social.

La doctora Martínez Martínez participa en diversos comités editoriales, en los que sus expertas decisiones han llevado a buen puerto diversos artículos que han enriquecido la creación y divulgación del derecho en nuestro país. Es integrante de comités científicos para el CIDE y el CET, y miembro de la Academia Mexicana de Derecho de la Seguridad Social. Asimismo, ha publicado en diferentes revistas jurídicas de prestigio, tanto en México como en el extranjero; tal es el caso de Brasil, Bilbao, Colombia y Trieste. Es importante destacar que la autora es una docente activa desde hace varios lustros, por lo que su trayectoria es conocida en el foro y en las aulas.

A partir del 24 de febrero de 2017, en teoría, los abogados y los segurólogos sociales -término que retoma la doctora Martínez Martínez a partir de la obra del maestro Ruiz Moreno-, deberían estar versados en lo que la reforma denominó justicia laboral cotidiana, concepto ajeno no sólo a la Ley Federal del Trabajo, sino a los textos constitucionales que dan base al sistema normativo laboral, además, claro, de permanecer pendientes de las denominadas adecuaciones legislativas que den cumplimiento al decreto, de forma que los centros de conciliación y los tribunales laborales sean regulados; evidentemente, el legislador no se percató de lo que en la aguda mente del doctor Delgado Moya es evidente: "cambiar de lecho no equivale a cambiar de enfermedad", y la inadecuada impartición de justicia es ya un mal congénito, cuyos síntomas alcanzan lamentablemente a los procedimientos en materia de seguridad social, donde los derechohabientes se encuentran supeditados al cruel tratamiento que imponen las administradoras de fondos y sus sociedades de inversión.

La clasificación tradicional de los conflictos laborales abarca, por supuesto, la definición del propio conflicto, su diferenciación con respecto a aquellos de derecho común y las variantes que pudieran presentarse para el defensor: los más entre trabajadores y patrones, entre sólo trabajadores, sólo sindicatos, sólo patrones, entre sindicatos y trabajadores y, finalmente, entre sindicatos y Estado; en ninguno de los casos la Constitución, la ley o la doctrina se han enfocado en explicar a profundidad la solución de conflictos individuales de seguridad social, y es allí donde la acuciosa investigación que nos presenta la autora en esta ocasión adquiere vital importancia.

La obra Los conflictos de seguridad social en la Ley Federal del Trabajo. Interposición y resolución conforme a la Ley Federal del Trabajo es producto de la destacada experiencia profesional y académica de su autora, quien en este libro describe pormenorizadamente la forma en que la seguridad social reconocida como derecho humano de naturaleza social, en diversos instrumentos internacionales, debiera ser una herramienta de los trabajadores para hacer frente a hechos vitales, como la enfermedad, la maternidad, los accidentes de trabajo, la vejez y la muerte, pero que, ante la privatización del sistema, rompe con el principio esencial de solidaridad, y cuando tiene lugar una controversia para reclamar actos u omisiones provenientes de los organismos encargados de administrarla, surge un conflicto, en el que la desigualdad de sus partes, aunado a lo difuso de su procedimiento, relegan al derechohabiente a un total estado de indefensión.

El hecho de que la solución a los conflictos de seguridad social no se encuentre adecuadamente regulada depende de varios factores; en mi opinión, el principal consiste en que este derecho es un estandarte enarbolado durante un periodo de devastación y creció paralelamente al derecho laboral, porque a pesar del individualismo, la realidad social permanecía gritando en el fondo de aquellos que notaban que la degradación de la base trabajadora, eventualmente provocaría la decadencia de la nación entera.

El objetivo de la seguridad social es el establecimiento de medidas para resolver las necesidades previsibles de los trabajadores, desde el presente, con miras hacia adelante, lo que perfectamente es posible resumir en la breve fórmula que Mario de la Cueva rubrica, en su perenne obra El nuevo derecho mexicano del trabajo: "la seguridad de la existencia futura producirá la supresión del temor al mañana". La seguridad social, al crear una relación jurídica entre la sociedad y los trabajadores, es institucionalizada a través de organismos estatales, que brindarán los servicios, pero ¿qué pasa cuando surge el estado de necesidad? ¿Qué hacer cuando las autoridades encargadas de proteger al trabajador y su familia sólo miran con la indiferencia insana de quien no entiende que, incluso en una simple dilación del procedimiento, radica la diferencia entre vivir y sobrevivir? ¿Qué opciones tiene el derechohabiente ante un conflicto cuando privado de sus derechos humanos laborales debe decidir si comprar una hogaza de pan, contratar a un abogado o resignarse a la espera sempiterna de un derecho que no llega?

En palabras del inolvidable maestro Mario de la Cueva: "quién entrega a la economía todo lo que tiene su único patrimonio natural, que es la energía de trabajo con la que viene al mundo, tiene el derecho a que la economía le devuelva todo lo que necesita para vivir hasta su último día es la idea del derecho natural del hombre a vivir como persona humana" (Cueva 1979, 19).

En esta grávida época que nos toca vivir, es indispensable bregar por la ética, con sólidos principios que impregnen a todo el derecho de la seguridad social, y es justo en ese orden de ideas donde la obra en comentario será, sin duda, el activo más valioso -en términos de emprendedurismo-, de la biblioteca de un jurisconsulto, pero también de los derechohabientes en búsqueda de respuestas. La autora nos expone en cuatro interesantes y diáfanos capítulos todo lo que usted, apreciable lector, necesita saber sobre conflictos de seguridad social y no se atrevía a preguntar.

La disertación que nos expone la precisa investigación que realizó la doctora Martínez Martínez comienza (como apreciará en su introducción, el índice y por supuesto, en el texto) con una explicación de lo que la doctrina y la práctica entienden por conflictos de seguridad social, su conceptualización, características, clasificación y elementos. Con posterioridad, en el capítulo 2 nos habla tanto de la jurisdicción y competencia como de la demanda y su contestación.

Más adelante, dentro del capítulo tercero, enfoca su atención en los medios probatorios necesarios para la solución de un conflicto individual de seguridad social; esto es, concepto y tipología de las pruebas, objeto, carga, ofrecimiento, admisión y desahogo de medios probatorios, y, además, pormenorizadamente, desglosa cada uno de ellos e incluye -para todos aquellos que alguna vez pensaron que la tecnología no los alcanzaría- el Whatsapp (lo sé, para mí fue también una sorpresa), y la explicación que nos brinda la doctora Martínez Martínez es una brisa fresca del advenimiento de los nuevos tiempos.

Al finalizar, son revisados los aspectos procesales del tema central del libro; por si esto no fuera suficiente, aclara cómo la reforma de 2017 repercute en los conflictos de seguridad social, y adjunta, en un resumen conciso, preciso y puntual, las tres iniciativas existentes para la adecuación de los tribunales laborales y su afectación o beneficio a la judialización de los conflictos.

Esta obra ofrece a sus lectores alumnos, profesores y especialistas de la materia, la oportunidad de incursionar con un enfoque novedoso en un tema trascendente y de gran importancia, que aún continúa pendiente en las agendas. La autora toma el papel de Ariadna, que con su hilo conductor nos ayuda a salir indemnes del laberinto en que nos atrapa un monstruo, formado por la mezcla heterogénea de las administradoras de fondos para el retiro, las sociedades de inversión y los organismos públicos de seguridad social.

Investigaciones como Los conflictos de seguridad social en la Ley Federal del Trabajo. Interposición y resolución conforme a la Ley Federal del Trabajo tejen con la docencia, la vela que impulsa el navío de la universidad y abren nuevas rutas en esta navegación. Los estudios académicos son, además de cauces de pensamiento y lugar de encuentros intelectuales, obras itinerantes y abiertas, como el arroyo dentro de su fluir -como dijera el poeta-, que ni siquiera el tiempo sella...

Referencias bibliográficas

Cueva, Mario de la. 1979. El nuevo derecho mexicano del trabajo, t. II, México, Porrúa. [ Links ]

Martínez Martínez, Verónica Lidia . 2019. Conflictos individuales de seguridad social. Interposición y resolución conforme a la Ley Federal del Trabajo, México, Trillas. [ Links ]

Creative Commons License Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons