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Boletín mexicano de derecho comparado

versão On-line ISSN 2448-4873versão impressa ISSN 0041-8633

Bol. Mex. Der. Comp. vol.50 no.148 Ciudad de México Jan./Abr. 2017

 

Bibliografía

Mora Sifuentes, Francisco M., Democracia. Ensayos de filosofía política y jurídica

Mauro Arturo Rivera León* 

*Doctor en derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Actualmente labora en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, adscrito a la ponencia del ministro José Ramón Cossío Díaz. @MauroArturo.

Mora Sifuentes, Francisco M.. Democracia. Ensayos de filosofía política y jurídica. México: Fontamara, 2015. 275p.


I

El Supremo Poder Conservador, curioso ente diseñado por la Constitución centralista de 1836, tenía entre sus singulares competencias la de expresar la “voluntad de la nación”. La atribución es sin duda peculiar en tanto transforma a un árbitro político en ocasional oráculo de Delfos. Ésta es un poco, tomando quizá licencias excesivas, la sensación de un lector empecinado en reseñar un libro de diseño unívoco, pero de integración colectiva.

Sin duda alguna, pocas tareas académicas presentan un grado de complejidad semejante al de la coordinación de una buena obra. Ello se debe, principalmente, a que mientras que el autor habla a través de su texto, el coordinador lo hace desde su selección. Univocidad contra criterio decisorio, palabras contra intención. Pasa así, de forma no poco frecuente, que un lector intrigado intenta infructuosamente develar la guía que ha seguido determinado coordinador en la selección de textos y reacciona como quien escucha al profeta al pie del Parnaso; es decir, o no entiende la profecía o termina concluyendo que ésta no significa nada en lo absoluto.

Debe entonces celebrarse como un mérito no menor el que la obra del profesor Mora Sifuentes logre con singular claridad mostrar abiertamente el criterio que emplea. El título resulta una pista indiciaria, pero no conclusiva: Democracia. Ensayos de filosofía política y jurídica. Grandes palabras y abstractos conceptos poco definitorios per se. Sin embargo, creo que de su placentera lectura se aprecia con nitidez que cada ensayo del libro ha sido cuidadosamente seleccionado con el afán de realizar una biografía del debate democrático contemporáneo a la mano de autores clásicos como Massimo La Torre, Jeremy Waldron o Roberto Gargarella. Contraria a la usanza académica, y en prueba de modestia, Mora Sifuentes omite todo prólogo personal, inclusión de capítulo propio o sumario conclusivo. Son los autores los que hablan a través del paginado, y es el coordinador el que habla a través de los capítulos que ha seleccionado.

La obra consta de nueve ensayos, que contienen un claro eje temático que podríamos dividir, a efectos meramente pedagógicos, en dos grandes partes. Una primera parte, que aborda el debate contemporáneo democrático inaugurado por el magnífico ensayo de Massimo La Torre, al que siguen sendos estudios sobre aspectos sustantivos inherentes al concepto mismo de democracia como ámbito de estatalidad, ciudadanía y republicanismo. Los primeros cuatro ensayos, así, están destinados a discutir los cimientos conceptuales de la idea fundacional misma de la democracia. En cambio, la segunda parte aborda con minucia aspectos específicos adjetivos y materiales del concepto, como las potencialidades del internet en materia deliberativa, la tensión aparente entre constitucionalismo y democracia y el diseño institucional de un modelo democrático de judicial review. Esta sección y el libro, cierran con el sugestivo ensayo de Jeremy Waldron “¿Puede haber una teoría del derecho democrática?”, que con audacia plantea más preguntas de las que pretende resolver tajantemente. No puedo dejar de mencionar que, aun sentado en la fuente de Castalia, he sido incapaz de encontrar el hilo conductor que llevó al profesor Mora a incluir el ensayo de Roberto Gargarella “Dos tradiciones democráticas en el constitucionalismo de América Latina”. Duda, evidentemente, despertada por la temática regional del estudio y no por la indudable calidad de su autor. Quizá -aventurados ya en procedimientos proféticos- el texto corresponda a la mínima deferencia de quien conoce a la editorial y al público destinatario de la obra. En fin, curiosidades aparte, su inclusión es de agradecer para el lector latinoamericano o aquel interesado en la convulsa historia de nuestra democracia.

En las secciones siguientes procederé a realizar un análisis arbitrariamente breve de cada ensayo. No hay, de otra manera, forma de reseñar a profundidad estudios que tocan temas de gran complejidad. Para abordar su orden, utilizaré las dos categorías que he mencionado con anterioridad. Así, abordaré los primeros cuatro capítulos relativos al concepto sustancial de democracia y sus elementos esenciales; con posterioridad, en un segundo bloque, abordaré los restantes cuatro artículos que abordan elementos adjetivos del concepto de la democracia. Finalizaré con una breve valoración, que adelanto positiva de la obra, en la que retomaré algunos elementos del ilustrativo ensayo de Gargarella y del resto de la obra, para invitar a repensar el modelo democrático al que aspiramos en México.

II

Inclusive cuando se tiene claro el conjunto de textos seleccionados, todo coordinador entiende perfectamente que el axioma matemático “el orden de los factores no altera el producto” es aquí inaplicable. La selección del texto inicial “¿La decadencia de Occidente? Sobre el futuro de la democracia” de Massimo La Torre es prueba de ello. Sin duda, sería difícil encontrar en este caudal de ensayos uno mejor que sirviera como puerta de la obra. La Torre aborda lo que denomina “suposiciones que articulan la precomprensión de la democracia”, es decir, los presupuestos propios del régimen. Así, para el teórico italiano, la democracia, más que la resolución definitiva del conflicto, es el mantenimiento de una dinámica agónica que se acentúa en la era moderna de la especialización política y la exposición mediática. La visión de Massimo La Torre es más bien cautelosa, y advierte con claridad que la evolución de la democracia puede llevarnos a una democracia nominal “Elecciones sin deliberaciones, deliberaciones sin elección”.

Bayón plantea con claridad en su “¿Democracia más allá del Estado?” una gran pregunta de nuestros tiempos. El acelerado crecimiento del derecho internacional y el aparente resquebrajamiento del concepto clásico de soberanía no sólo ha llevado al cuestionamiento mismo de las fronteras territoriales (Kimlycka),1 sino al replanteamiento de la compatibilidad de la democracia con esta aparente superación. En suma, el autor analiza el ámbito de trazo de la estatalidad; la democracia y la formación de un demos basado en el reconocimiento de un orden constitucional más que de los lazos prepolíticos y la homogeneidad poblacional a la que peligrosamente aludía Schmitt. Sin embargo, la conclusión de Bayón es clara: inclusive con las transformaciones actuales “Por el momento, parece que hay un sólido vínculo entre soberanía y democracia”, pronunciándose contra el prematuro doblar de campanas en torno a la muerte del Leviatán.

Si Bayón analizó el ámbito de estatalidad democrático, Javier de Lucas, en su “Sobre ciudadanía y democracia. Frente a la democracia sin ciudadanos”, se adentra en el complejo debate de la noción de ciudadanía. Así, se ofrece un marco teórico a los grandes debates de un concepto que busca adaptarse a sociedades cada vez más cosmopolitas, que deben ser incluyentes y modificarse de un criterio pasivo de simple identificación a una ciudadanía “activa y combativa”. En suma, los avatares de la ciudadanía representan en cierta medida una “lucha por la democratización de la democracia”, por tomar la afortunada frase del autor.

Finalmente, Ovejero, en su “Democracia republicana”, aborda con precisión el significado contemporáneo de republicanismo, que frecuentemente se confunde abiertamente con el de democracia. Por tanto, se entra al análisis de ideas que, quizá en una forma idealista y pura, se encuentran presentes en toda teoría republicana: la tensión entre libertad y ley, democracia, virtud y deliberación. La deliberación, concepto fundamental no sólo como elemento toral de su propia caracterización democrática -democracia deliberativa- puede ser entendida tanto como elemento instrumental como finalidad última del proceso decisorio. El análisis que aquí se hace es sumamente útil para quien pretende entender las dualidades conceptuales de la democracia.

III

En la segunda parte, como habíamos mencionado, se incluyen diversos ensayos encaminados a explorar aspectos que si bien no son esenciales a la democracia, sí representan elementos adjetivos de gran importancia. De tal suerte, el ensayo de Bernard Manin y Azi Lev-On explora el potencial deliberativo asociado a las posibilidades de comunicativamente acercarse a elementos de democracia directa. Sin embargo, al contrario de lo que podría pensarse, la oferta ad infinitum de discusiones, grupos y puntos de vista no nos da una deliberación pura por parte de los internautas, cuyo sesgo político frecuentemente se manifiesta en la pertenencia a colectivos de opiniones similares. La deliberación se reemplaza así por el aislamiento, la oferta por la cerrazón. Por tanto, sin perjuicio de las posibilidades democratizadoras -por lo menos en materia comunicativa- de internet, debemos tener en cuenta su frecuente dimensión homogeneizadora.

Dos ensayos abordan las tensiones democráticas de mecanismos tradicionales del constitucionalismo. Por una parte, Ansuátegui, en “Sobre la tensión entre constitucionalismo y democracia”, y, por la otra, Melero de la Torre en su “Hacia un modelo democrático de revisión judicial: cuestiones institucionales y de fundamentación”.

La tensión democrática de mecanismos constitucionales no es un tema nuevo, y ya ha sido objeto de magníficos debates en el denominado “argumento contramayoritario” que Alexander Bickel formulara en su conocido The Least Dangerous Branch.2 Ansuátegui, con claridad pone sobre relieve el concepto de democracia como concepto sustancial y no simple procedimiento decisorio; no sólo manos alzadas, sino derechos minoritarios fuera de la arena política. La democracia, por tanto, tiene límites, que trascienden al simple principio mayoritario. Uno de estos límites es la judicial review como mecanismo de control constitucional, como lo aborda Melero, haciendo énfasis especialmente en la Commonwealth. Para el autor, la “revisión judicial” queda justificada como parte de un proceso de investigación derivado de la deliberación entre los poderes del Estado, en el que los ciudadanos participan mediante el proceso legislativo en la determinación del derecho.

Finalmente, Jeremy Waldron aborda la importante cuestión “¿Puede haber una teoría del derecho democrática?” Nos recuerda así que el derecho, como sistema jurídico, no necesariamente participa dentro de un proceso deliberativo concreto, y que toda teoría del derecho democrática es, necesariamente, una teoría valorativa. La aproximación de Waldron se adentra a una visión positivista del derecho (entiende que es posible separar derecho y moral), que requiere entender con mayor profundidad el proceso de creación normativa y la autoridad de la que emana la norma. En fin, un texto característicamente “waldroniano” que abre profundos cuestionamientos.

IV

La lectura de este libro nos invita a repensar nuestras concepciones de la democracia. La democracia es un concepto cambiante, de entendimiento complejo, que en nuestra región presenta mayores problemas operativos que conceptuales. Véase con gran interés aquí el notable ensayo de Gargarella que explica los modelos constitucionales y democráticos que han surgido en América Latina; un contraste entre lo que denomina “democracia limitada” y “democracia ampliada”. Esta historia no ha sido en vano en México, y nos ha enseñado con nitidez la importancia del concepto. Es toral comprenderlo y practicarlo. Como toda ciencia precisa un lenguaje, es necesario para ello que tengamos conceptos referenciales básicos para poder discutir sobre una base común. A ello contribuye esta obra. ¡Cuán frecuente es escuchar y leer discusiones en las que decisiones judiciales se critican por presupuestos democráticos de una mal entendida democracia directa implícita!; como si la representación política y los candados contramayoritarios no fueran inherentes a la democracia representativa moderna.3 Se pretende así, a golpe de exaltaciones y referéndums, manos alzadas y proclamas, convertir la arena decisoria en un número circense de voces yuxtapuestas, y allí, entre el griterío, proclamar con curiosa complacencia “¡he aquí la democracia!”.

Por tanto, a Mora Sifuentes puede leérsele entre líneas. Entiéndase, a través de su criterio de selección, su criterio democrático. No hay parcialidades en la academia, por más que se busque con afán; y en el libro no hay voces reflejadas que expresen los entendimientos democráticos de corrientes democráticas directas y plebiscitarias, ni tiene por qué. Todo libro es siempre una toma de postura.

La nuestra es, en suma, una democracia convulsa, cambiante, en perpetua consolidación. Es la democracia producto de una Constitución que no cesa, de un aparato propagandístico que no para, de una jurisdicción y administración electoral en perpetuo crecimiento. Perpetuum mobile demos kratos; en una sucesión de spots televisivos, comunicaciones de radio, circulares gubernamentales, conteos regresivos a días electorales, urnas, votos, casillas, estadísticas. Eso es en suma nuestra democracia, y, como advierte Massimo La Torre, “…el resto son cifras e imágenes”.

1Kymlicka, Will, “Territorial Boundaries: A Liberal Egalitarian Perspective”, en Miller, David y Hashmi, S. H., Boundaries and Justice. Diverse Ethical Perspectives, Princeton, Princeton University Press, 2001.

2Bickel, Alexander, The Least Dangerous Branch, Bobbs-Merril, 1962. También resulta clásico Ely, John, Democracy and Distrust, Harvard University Press, 1980.

3Rivera León, Mauro Arturo, “Esbozo de teoría contramayoritaria”, Teoría y Realidad Constitucional, Madrid, núm. 28, 2011, pp. 408 y ss.

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