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Boletín mexicano de derecho comparado

versión On-line ISSN 2448-4873versión impresa ISSN 0041-8633

Bol. Mex. Der. Comp. vol.45 no.135 Ciudad de México sep./dic. 2012

 

Información

 

Seminario "Derechos, cine, literatura, cómics: ¿cómo y por qué?"

 

Francisco M. Mora Sifuentes*

 

* Universidad de Guanajuato, México. Becario MAEC-AECID. Doctorando en la Universidad Carlos III de Madrid (Programa Derechos Fundamentales).

  

Correspondencia:
franciscomiguel.mora@alumnos.uc3m.es.

 

El pasado 8 de marzo de 2012 se celebró en la Universidad Carlos III de Madrid (Campus Getafe) el seminario "Derechos, cine, literatura, cómics: ¿cómo y por qué?" dirigido por el profesor Miguel Ángel Ramiro de la Universidad de Alcalá. Como su nombre indica, el seminario tuvo por objetivo analizar —en este orden— por qué y cómo utilizar cada una de estas herramientas metodológicas a la hora de explicar qué son los derechos humanos. Para ello, en una primera ponencia, se esgrimieron razones que justifican su uso y, en una posterior, se compartieron experiencias sobre prácticas exitosas. Benjamín Rivaya y María del Carmen Barranco abordaron las cuestiones relativas al cine. La literatura estuvo a cargo de Ángel Llamas Cascón y del propio profesor Ramiro. Finalmente, María Jesús Fernández Gil y Javier Cardeña abordaron las mismas preguntas en relación al cómic. Lamento no poder reseñar aquí las ponencias de quienes se ocuparon del cómo, pues consistieron en la exposición de programas, guías docentes o, inclusive, en la discusión de los propios materiales. Me ceñiré, por tanto, a reseñar las ponencias relativas al por qué.

 

1. Cine

El profesor B. Rivaya de la Universidad de Oviedo abrió su exposición señalando que la enseñanza de derechos humanos a través del cine se inserta en una disciplina más amplia denominada Derecho y cine. Desde su punto de vista, uno de los principales obstáculos a que se enfrentan quienes pretenden utilizar el cine como medio de enseñanza es que se considera "poco serio". Esta observación es transversal a todas las demás aunque quizás se aplique en menor grado a la literatura. En cualquier caso, la objeción de la falta de seriedad o rigor del cine como medio de enseñanza no está del todo justificada si tenemos en cuenta que otros saberes lo utilizan a menudo; por ejemplo, la filosofía, la medicina, la historia, entre otros. Lo que sucedería es que, por el contrario, tal prejuicio ha privado a la docencia del derecho de un recurso didáctico de primer orden. Resulta significativo que quienes se ocupan de la promoción o defensa de los derechos humanos desde ámbitos no estrictamente académicos, como las ONG, estén más familiarizados con los mismos. Somos, por así decirlo, "los últimos de la fila". Ello no quiere decir, evidentemente, que no comiencen a darse ya algunas experiencias interesantes.

Pero, ¿por qué utilizar el cine para enseñar derechos humanos? Básicamente porque es un medio eficaz. El cine transmite emociones y genera empatía, lo que es particularmente importante en materia de derechos humanos. Su carácter narrativo permite que esos postulados teóricos "aterricen" o se "concreticen". Nos facilita su comprensión como ética mínima, como ideal irrenunciable de nuestras sociedades actuales. Es más asequible comprender el sentido y origen de los derechos mediante imágenes, que si nos limitamos a la lectura de textos o declaraciones. Además, el cine sirve como guía para la discusión, la argumentación o, en general, para el intercambio de ideas en clase. Por otra parte, el ponente subrayó que no debemos perder de vista el hecho de que cada vez tiende a leerse menos, y que, de la misma forma, tienden a predominar aspectos audiovisuales en nuestra percepción de la vida o de la cultura en general (homo videns). Le resulta un sinsentido que no tengamos formación en materia cinematográfica en un contexto donde cada vez estamos más abocados a orientar lo que vemos. A quienes se muestran reticentes a la idea de enseñar derechos humanos a través del cine, habría que preguntarles ¿y por qué no?

En la segunda parte de su ponencia distinguió, a grandes rasgos, dos tipos de cine en materia de derechos humanos. El primero sería el cine partidario en el que se encontraría el cine de la pena de muerte, del linchamiento, de la tortura, de la eutanasia, del suicidio, del genocidio, de la salud, de la educación, de la descolonización, entre otros. El segundo sería el cine detractor en el que encontramos el cine western, el de la venganza, el justiciero, el del totalitarismo o el nazi. En esta categoría también se estaría el cine que replique la dialéctica schmittiana "amigo/enemigo". Por último, el profesor Rivaya se refirió al problema que plantea la utilización de este tipo de recursos y que es, paradójicamente, su alto poder disua-sorio. Los materiales audiovisuales, en general, tienen la capacidad de persuadirnos de manera inconsciente. Como cualquier otra herramienta, puede ser utilizada para fines que pueden distanciarse del propósito que aquí nos reúne. Y lanzó la siguiente cuestión: ¿se nos podría convencer, por ejemplo, de que la invasión a Irak se hizo para la defensa y protección de los derechos humanos?

 

2. Literatura

A diferencia del cine o los cómics, la literatura no parece ajena o distante al derecho. Tal vez ello se debe al estrecho vínculo de ambos con el lenguaje, por poseer sendas dimensiones interpretativas, discursivas o per-formativas. Esta es la pregunta que, de entrada, no parece plantear mayor problema. Sin embargo, la exposición no discurrió en estricto sentido por lo que podríamos considerar como las vías tradicionales. El planteamiento del profesor Ángel Llamas partió desde su concepción literaria, concretamente desde la ficción, e intentó vincularla al derecho. Para él, la riqueza de la literatura como forma de creación artística radica en su propia materia —la ficción—, pues ofrece infinitas posibilidades de generar espacios, situaciones, contextos, y ponerlos en movimiento. En proyectar "realidades" dinámicas. Considera que gran parte de su poder narrativo radica en su capacidad de reflejar la condición humana: de mostrar la amplia gama de intereses, emociones, sentimientos, en una forma compleja lo que nos ayuda, en cierto sentido, a comprender quiénes somos. La literatura ha creado personajes redondos, personajes que muestran ese trasfondo de humanidad (como en el caso del Ulises, que es un personaje no inmune a lo que le sucede. Su viaje le va transformando).

Ciertamente, el derecho posee una dimensión narrativa, aunque tiende a ser más estático en la medida en que va pre-figurando o pre-deter-minando quiénes y cómo somos. Para ello se sirve a menudo de deside-ratas (verbigracia, de unos valores superiores). Ese poder narrativo acaso pueda verse en la fuerza que tienen en nuestro imaginario colectivo los derechos humanos. Éstos, como las fábulas, observa el profesor Llamas, han adquirido propiedades mágicas, pues son "universales", "inalienables" e "imprescriptibles". Son piezas clave de nuestra gramática moral y que, además, poseen una considerable carga emotiva. Si observamos con atención, ello no debería de sorprendernos en la medida en que no en pocas ocasiones encontramos artilugios en el derecho. Así, las teorías del contrato social que sirven para legitimar el origen del poder político o, por señalar otro ejemplo notable, la idea de nación. El derecho incluso llega autogenerarse en virtud de unos postulados que le trascienden, tales como su vocación de "unidad", "plenitud" o "coherencia", según reza la teoría del sistema jurídico (es algo así como "un Dios que se sirve a sí mismo"). Hay, ciertamente, algunos paralelismos entre derecho y literatura. Acaso el más significativo sea que ambos nos constituyen en personajes (en "actores" o "sujetos de derechos"). La literatura necesita del derecho, para hacernos creer que existe ese hombre sin atributos al que se refiere. El derecho necesita de aquella para ser desenmascarado. Si el personaje es el culpable en literatura, el derecho lo es de literatura, de fabricaciones irreales. Nada le gusta más que imaginar excepciones, individuos al margen de la idea que ha creado.

Por último, el profesor Ángel Llamas incidió en la dimensión de fuerza o autoritativa del derecho. Nos recordó que en literatura abundan también pasajes que ejemplifican las cuestiones intemporales sobre el poder o la justicia. El mito de Antígona y Creonte muestra la disyuntiva que puede llegar a darse entre el derecho de los dioses (iusnaturalismo) y el de la ciudad (positivismo), entre muchos otros. Si por algo debemos utilizar literatura es precisamente porque posibilita, en el contexto de una narración, identificar situaciones políticas o sociales relativas a los derechos e impulsa al lector a elaborar por sí mismo argumentos relevantes para el debate, sea este en su vertiente ética, política o jurídica. Además, el profesor de la Universidad Carlos III de Madrid considera que es fecundo utilizar literatura por su capacidad de remover, de cuestionar el arquetipo. La literatura nos facilita la labor crítica frente a todo aquello que damos por supuesto, por supuesto, que el hombre es "malo por naturaleza" o que se conduce bajo la premisa de "maximizar por su propio interés". Por ello, y en definitiva, la literatura es una ventana abierta para ver al derecho y los derechos "desde otra mirada".

 

3. Cómics

Finalmente tocó el turno de responder a la pregunta de por qué utilizar el cómic como metodología para la enseñanza en derechos humanos. Esta es la cuestión que genera más dudas. Por ello la exposición de M. J. Fernández se enfrentó, desde mi punto de vista, al mayor reto del seminario. ¿En qué sentido? Las dudas a las que me refiero provienen del propio cómic. Con muchos y variados antecedentes, lo que hoy entendemos por él surgió a mediados del siglo pasado en la industria periodística. Concretamente, como suplemento dominical o series populares que posteriormente se independizaron por el auge de la industria humorística y la aparición de nuevas técnicas de impresión. La aparición del cómic se inscribe en el marco general de la cultura de masas. Nace con el claro objetivo de entretener. Así, a través de la combinación de textos y gráficos, de dibujos animados, el cómic logró incardinarse rápidamente en la cultura popular. Esto explica en parte por qué resulte difícil desprenderse de la percepción generalizada de que el cómic sirve únicamente como medio de entretenimiento. Pero ¿puede ser algo más que eso?

Para la ponente, lo que en el fondo se está planteando tiene que ver con la idoneidad del cómic para transmitir contenidos. Ese es el punto. A su juicio puede hacerlo y, de hecho, lo hace muy bien. Considera que el cómic puede aportar mucho, dada su capacidad de penetración, el carácter universal de los temas que trata, la claridad y la sencillez del lenguaje que utiliza. Además, tiene la virtud de adecuarse al tiempo del que dispone el hombre de nuestros días. El hecho de que se trate de un low art no debe llevarnos a la conclusión apresurada de que no sirve para la enseñanza de derechos humanos, pues a través de él pueden tratarse historias de primera magnitud. Con ello no quiere decirse que haya un acuerdo generalizado en este punto. Hay quienes, por el contrario, consideran que historias o sucesos como el holocausto deben reservarse a expresiones artísticas mayores. Sin embargo, es difícil que por su mero tratamiento en algún medio, el hecho en sí se desvirtué. Lo que seguiría prevaleciendo, en todo caso, es la manera o la forma en que sea tratado. Aunque a nadie escapa que el cómic (la historieta, la novela gráfica o la televisión, por poner otros ejemplos) carga con cierto estigma, dado su sitio privilegiado en la cultura de masas, ello no significa que no puedan tener connotaciones profundas.

El cómic no es —o no es sólo— cosa de niños, desde el momento en que ofrece una gama de posibilidades técnicas, lenguajes, elementos, colores, etcétera, que pueden amalgamarse para conformar una expresión de arte comprometido. La profesora de la Universidad de Alcalá citó como ejemplo el trabajo de A. Spiegelman: Maus. A Survivor's Tale, que logra —siempre desde su punto de vista— un extraordinario registro histórico-estético. En dicho cómic se consigue lo que denomina "(con)fusión de realidades", esto es, conjunga elementos tales como: "historia/ficción", "presente/pasado", "humano/animal" o "seriedad/comicidad". El trabajo ha trascendido, no obstante, el hecho de haber sido duramente criticado por su metáfora animal (al representar a judíos y nazis como ratones y gatos, respectivamente). Y si perdura es por la utilización de distintas técnicas; pero sobre todo, por ejemplificar cómo a través del cómic puede ofrecerse una perspectiva moral inédita. Nuevamente volvió a aparecer en esta ponencia la zona borrosa respecto a qué tipo de expresiones se consideran ilegítimas. Otros trabajos, como el cómic francés Hitler S. S., no han tenido el mismo recibimiento, siendo incluso objeto de censura. El asunto radica en determinar cuáles manifestaciones consideramos legítimas y cuáles no.

 

4. Comentario final

Estas fueron, me parece, las ideas centrales del seminario. Evidentemente que al tratar tales temas surgieron algunas dudas de primer orden. Me explico. Aunque se hayan discutido propuestas relativas a la educación en derechos humanos, quedaron abiertas otras cuestiones en el ámbito de la enseñanza del derecho por sobrepasar ampliamente el objetivo de la sesión —por ejemplo, respecto a la forma en que se viene desarrollando la enseñanza tradicional del derecho, respecto al perfil profesional del jurista o el rol que deseamos desempeñe en la sociedad, por mencionar algunas—. Debo decir, finalmente, que soy consciente de la dificultad que entraña dar noticia o relatar la riqueza con la que cada cuestión fue abordada. Sin embargo, considero que la elaboración de estas notas se justifica —con lo retórico que esto nos pueda parecer— por tratarse de una metodología atractiva e innovadora. No es casual que dicha actividad se haya llevado a cabo en el marco general del Proyecto Consolider Ingenio 2010 "El tiempo de los derechos" (Huri-Age) que, en torno al Instituto de Derechos Humanos "Bartolomé de las Casas", aglutina varios grupos de vanguardia en materia de derechos humanos.

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