SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.44 número130Mecanismos autorreguladores del mercado y defensa de consumidoresLa masacre de Caloto: Un estudio de caso sobre los derechos y la movilización indígena en el sistema interamericano de derechos humanos índice de autoresíndice de materiabúsqueda de artículos
Home Pagelista alfabética de revistas  

Servicios Personalizados

Revista

Articulo

Indicadores

Links relacionados

  • No hay artículos similaresSimilares en SciELO

Compartir


Boletín mexicano de derecho comparado

versión On-line ISSN 2448-4873versión impresa ISSN 0041-8633

Bol. Mex. Der. Comp. vol.44 no.130 Ciudad de México ene./abr. 2011

 

Artículos

 

Cruce de fronteras en el aula. Un experimento de derecho comparado en derecho de familia*

 

Crossing Borders in the Classroom. A Comparative Law Experiment in Family Law

 

Barbara Atwood** Graciela Jasa Silveira*** Nicole Laviolette**** y Tom Oldham*****

 

** Profesora en la Facultad de Derecho de la Universidad de Arizona, Tucson, Arizona.

*** Profesora en la Escuela de Derecho de la Universidad de Sonora en Hermosillo, México.

**** Profesora asociada en la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa en Ontario, Canadá.

***** Profesor de derecho en la Universidad de Houston.

 

* Artículo recibido el 17 de junio de 2010.
Aceptado para su publicación el 9 de septiembre de 2010.

 

Resumen

El presente artículo analiza el desarrollo del Módulo de Derecho de Familia de NACLE y sus implicaciones en la enseñanza del derecho. El Módulo Transfronterizo en Derecho de Familia de NACLE ofrece un modelo para integrar derecho internacional y el derecho comparado dentro de los programas curriculares existentes.

Palabras clave: colaboración transfronteriza, enseñanza de derecho, derecho familiar, derecho internacional, derecho comparado.

 

Abstract

Using a reflexive approach, this paper analyzes the development of the NACLE Family Law Module and its implications on legal education. This article describes the development of the NACLE Family Law Module.

Keywords: cross-border collaboration, legal education, family law, international law, comparative law.

 

Sumario

I. Introducción. II. Un experimento transnacional de derecho de familia. III. Los beneficios de la enseñanza transfronteriza. IV. Reto. Algunos problemas prácticos encontrados. V. Conclusión.

 

I. Introducción

¿Qué tal si estudiantes de derecho en México pudieran hablar con estudiantes de derecho en Canadá acerca del matrimonio de personas del mismo sexo?, o ¿si estudiantes en Texas pudieran hablar con estudiantes de derecho en Arizona acerca de la ejecución de acuerdos entre cohabitantes?, ¿qué tal si todos estos estudiantes pudieran conversar entre ellos sobre los efectos de las normas hacia la violencia doméstica? Éstas son algunas de las preguntas que profesores en derecho de familia se plantearon en 2001 en un taller para el desarrollo de programas curriculares de derecho, patrocinado por el Consorcio Norteamericano de Educación Legal (NACLE, por sus siglas en inglés). A partir de la primera reunión, se creó un curso experimental transfronterizo que hasta ahora se ha ofrecido cuatro veces a estudiantes de derecho en universidades estadounidenses, canadienses y mexicanas desde su inicio en 2003. Como participantes en el programa NACLE, compartimos la opinión de que la educación legal debe responder a la globalización del derecho.1 Muchas escuelas de derecho han enriquecido sus planes de estudio con un mayor énfasis en el derecho internacional y el derecho comparado, y han buscado profesores especializados en sistemas jurídicos extranjeros.2 La oferta de seminarios internacionales, programas de intercambio y estudios de postgrado, han permitido a los estudiantes experimentar de primera mano un sistema jurídico extranjero.3 Equipos de académicos han comenzado a experimentar nuevas y diferentes formas de enseñanza utilizando las nuevas tecnologías para ofrecer un curso de manera simultánea en diferentes lugares.4 Asimismo, otros académicos han resaltado los beneficios de exponer al profesorado y estudiantes a diferentes familias jurídicas.5

El Módulo Transfronterizo en Derecho de Familia de NACLE ofrece otra alternativa, permitiendo a los estudiantes permanecer en "casa", mientras interactúan y aprenden de estudiantes instruidos en otro sistema jurídico. Desde una perspectiva reflexiva, el presente artículo analiza el desarrollo del módulo de derecho de familia de NACLE y sus implicaciones en la enseñanza del derecho. Enfocándonos en la experiencia de estudiantes y profesores durante los tres semestres en los cuales se ha ofrecido el curso de NACLE, reflexionaremos sobre el valor pedagógico de la enseñanza transfronteriza para estudiantes de derecho y profesores de derecho, examinando las ventajas y desafíos de la enseñanza a través de fronteras nacionales. Finalmente, se hará una revisión de nuestra experiencia, examinando algunas implicaciones para su repetición en el futuro.

Las importantes trasformaciones que ha tenido el derecho familiar en Estados Unidos, Canadá y México desde el último módulo de derecho de familia de NACLE en 2007 nos hace reflexionar sobre los beneficios obtenidos en este proyecto, reiterando la importancia de colaboración transfronteriza en la enseñanza de derecho. Desde 2007, en los tres Estados miembros, NACLE se ha reconocido el matrimonio de parejas del mismo sexo, se ha regulado el divorcio unilateral y se ha descriminalizado el aborto. Con esto, México ha llegado ser el primer país latinoamericano en reconocer el matrimonio de parejas del mismo sexo.6 Asimismo, en México se ha regulado el divorcio unilateral,7 una versión adaptada del no-fault divorce, y se ha se ha despenalizado el derecho al aborto hasta las 12 semanas de gestación.8 Después de Cuba, la legislación del Distrito Federal es la segunda legislación latinoamericana que da mayor acceso al aborto a mujeres. Sin embargo, dichos cambios a nivel regional y nacional no han sido comprehensivos ni uniformes. En México, sólo el Distrito Federal ha desarrollado los tres cambios. Algunos estados de México han desarrollado versiones diferentes, como el reconocimiento de uniones de hecho en Coahuila y el derecho de aborto por razones económicas en Guanajuato. Asimismo, fuertes reacciones en contra de la despenalización del aborto en el Distrito Federal han generado reformas importantes a nivel constitucional local, que han tenido por objetivo patentar el principio de derecho a la vida desde la concepción a nivel estatal. Este patrón de reacciones conservadoras se ha dado también en Estados Unidos donde, a pesar del reconocimiento de derecho a acceso al matrimonio a parejas del mismo sexo a nivel judicial local, estados como California han reformado sus Constituciones locales para limitar el acceso al matrimonio a parejas heterosexuales.9 Dichos desarrollos son ejemplificativos del dinamismo que se da en el derecho familiar a nivel local y global, reiterando la importancia de alianzas pedagógicas transfronterizas como el módulo de derecho de familia de NACLE, para dar una comprensión global del derecho como una manera de comprender mejor el sistema jurídico propio.

 

II. Un experimento transnacional de derecho de familia

1. NACLE

NACLE es una organización compuesta de doce diferentes escuelas de derecho en los países miembros del Tratado de Libre Comercio de Norteamérica,10 está diseñado para facilitar el diálogo internacional y construir una perspectiva global sobre derecho entre académicos y estudiantes.11 A través de conferencias, intercambios estudiantiles y seminarios, los participantes de NACLE promueven un entendimiento de los sistemas jurídicos de los países vecinos, así como el estudio de cuestiones legales comunes entre los diferentes países. Los miembros de NACLE representan dos diferentes tradiciones legales, la del common law y el romano-germánico, así como tres idiomas: inglés, francés y español.

Durante un taller realizado en Boerne, Texas, en noviembre de 2001, los profesores de derecho de las escuelas de NACLE exploraron la posibilidad de desarrollar cursos que permitieran a los alumnos aprender sobre el derecho comparado en ciertas áreas. Había un fuerte sentir de que las universidades alrededor del mundo deberían estar desarrollando estructuras que permitieran a los estudiantes conversar a través de diferentes nacionalidades y culturas. Con este objetivo en mente, el grupo de docentes en derecho de familia de Arizona, Texas, Canadá y México, accedió a desarrollar un curso internacional de derecho de familia.12

El objetivo fue crear un módulo transfronterizo de derecho comparado que pudiera enriquecer el contenido del curso actual en derecho de familia o conflicto de leyes (derecho internacional privado), o bien, servir como un proyecto de estudio independiente. Se identificaron varios objetivos para este módulo. Primero, deseábamos que el proyecto permitiera a los estudiantes de cada jurisdicción interactuar entre ellos. Para esto se requería aprovechar las nuevas tecnologías en la enseñanza como videoconferencias, sitios web y pizarrones o boletines electrónicos. Asimismo, necesitábamos seleccionar temas sobre derecho de familia que pudieran destacar las diferencias jurídicas entre cada jurisdicción, y que al mismo tiempo pudieran intercambiarse en forma de órdenes judiciales entre los estudiantes. Para esto se les pidió a los alumnos que no sólo investigaran sobre derecho de familia, sino también sobre conflicto de leyes. Finalmente, fue necesario superar varios asuntos de logística, como planificación de tiempos y barreras lingüísticas para poder ofrecer un proyecto interjurisdiccional.

2. Una descripción del Módulo Transfronterizo en Derecho Familiar

El módulo de derecho de familia evolucionó en el transcurso de los cuatro semestres en el cual se ha ofrecido, pero su diseño básico ha permanecido igual. Las tareas de los alumnos, así como los trabajos estudiantiles más recientes (otoño de 2007), se encuentran publicados en el sitio web de NACLE. Comenzaremos con una descripción del proyecto en su fase inicial.

A. Proyecto de invierno 2003

El proyecto se hizo realidad en el invierno de 2003 cuando las facultades de derecho de la Universidad de Arizona, Houston y Ottawa decidieron ofrecer un nuevo proyecto transnacional como componente de un curso en derecho de familia o conflicto de leyes, o como un proyecto de investigación independiente, dependiendo de los requerimientos de cada universidad.

Como profesores de derecho de familia y derecho internacional, el proyecto nos permitió la oportunidad de diseñar problemas hipotéticos jurídicos con el objetivo de destacar las diferencias sobre derecho sustantivo entre las jurisdicciones en nuestras aulas. Durante un curso sobre derecho de familia o derecho internacional privado hay poca oportunidad de dar atención para explorar las diferentes normas de derecho de familia o derecho internacional privado alrededor del mundo debido a lo extenso de los contenidos nacionales. A no ser que uno enseñe un curso de derecho de familia comparado,13 lo más que se puede hacer es ofrecer una comparación meramente básica. En un curso de conflicto de leyes o derecho internacional privado, poco tiempo puede ser dedicado exclusivamente a asuntos de derecho de familia, dado que las reglas básicas sobre jurisdicción competente, ejecución de sentencias y ley aplicable son temas que dominan en la mayoría este tipo de curso introductorio. Pensamos que si los estudiantes investigaran problemas sobre derecho familiar de acuerdo con las leyes de su propia jurisdicción y después compartieran sus investigaciones con estudiantes de otros países, se obtendría una experiencia de aprendizaje más significativa.

Finalmente, se acordó que el curso debería estar basado en el aprendizaje experiencial.14 Los estudiantes experimentarían y solucionarían un problema jurídico transnacional por su cuenta, en vez de que los sistemas jurídicos de otras jurisdicciones fueran presentadas a través de seminarios. Se diseñó un módulo de aprendizaje para ser enseñado en dos fases. En su fase inicial, se proporcionaría a los estudiantes una serie de hechos que plantearían problemas jurídicos y preguntas legales, y se les solicitaría que investigaran las leyes de su jurisdicción para resolver las preguntas. Decidimos que las dos principales áreas de enfoque deberían ser: a) La disolución tradicional del matrimonio en el cual hay discusión de derecho de alimentos de un cónyugue, y b) La ruptura de una relación entre parejas del mismo sexo, en la cual hay disputa de derecho de alimentos y división de propiedad. Se les solicitó a los estudiantes asumir el rol de asistente de un juez ante estas dos diferentes controversias. La primera controversia era sobre un matrimonio heterosexual con ingresos disparejos que pretendía divorciarse. En la segunda controversia los estudiantes se encontraron a una pareja del mismo sexo que habitaba la misma casa y que habían celebrado un contrato oral de alimentos y distribución de propiedad, aplicable en caso de terminación de la relación.

En la segunda fase del proyecto se introdujo el concepto de ejecución interjurisdiccional de órdenes judiciales. En esta fase se expuso a los estudiantes no sólo a las diferencias legales entre las jurisdicciones, sino también a la dimensión práctica de la ejecución de órdenes judiciales extranjeras. Los estudiantes tenían que asumir que una de las partes en cada problema había cambiado de residencia a otra de las jurisdicciones participantes y que la ejecución de la sentencia se encontraba en disputa. Nuevamente, los equipos de estudiantes tuvieron que consultar la jurisdicción interna sobre la ejecución de una sentencia extranjera. Esta fase también enseñó a los estudiantes a reflexionar sobre las medidas de ejecución de sentencias extranjeras. Buscando que el problema fuera de naturaleza práctica, se solicitó a los estudiantes recalcar los pasos que un abogado tendría que seguir para hacer cumplir la sentencia extranjera o explicar por qué esa ejecución no estaría disponible. Los documentos generados debían ser publicados en el sitio web, después de que el memorando de ejecución fuera corregido con base en los comentarios del profesor supervisor.

El memorando sobre derecho sustantivo, así como el memorando de ejecución, debían ser compartidos por medio electrónico con todos los estudiantes participantes. El intercambio de documentos podría ser completado por un servidor que comparte una lista de direcciones electrónicas o por un boletín o pizarrón electrónico en el sitio web de NACLE. Al final, el sitio web NACLE fue utilizado para publicar el memorando de las tres jurisdicciones.

En forma de introducciones, estudiantes y miembros de la facultad se enviaron por correo electrónico una breve reseña personal, incluyendo formación académica, proyectos profesionales y algunas actividades extracurriculares. Este fue un paso muy útil para que los estudiantes fueran capaces de personalizar el proyecto, y para que los participantes se conocieran entre sí.

Creyendo que los estudiantes de derecho, en general, pueden beneficiarse del trabajo involucrado en tareas colaborativas, construimos un concepto de equipo en nuestro proyecto. En la medida posible, los estudiantes trabajaron en grupos de dos; cada equipo tenía que redactar una demanda y tomar el rol de un órgano jurisdiccional y analizar las consecuencias legales de la ruptura de las parejas, según la ley del foro. Para los casos ya expuestos, se creó un modelo hipotético que ocasionaría que se pagaran los gastos y costas a una de las partes.

Se estructuró el proyecto de manera que los profesores supervisores tuvieran varios días para ofrecer comentarios editoriales a los estudiantes sobre el memorando y órdenes judiciales. Después de incorporar los cambios sugeridos, los estudiantes enviarían sus trabajos al administrador del sitio web de NACLE, el cual publicaría los documentos en dicho sitio web.15 En esta primera parte del proyecto fronterizo, se solicitó a todos los estudiantes participantes escribir su memorando en inglés, a pesar de que el idioma de instrucción para los estudiantes de la Universidad de Ottawa era francés.16

Finalmente, una vez que todos los estudiantes tuvieron la oportunidad de completar tanto su memorando, así como leer el de los otros participantes, se concluía el módulo con una videoconferencia. En la conferencia, los alumnos conversaban de cara a cara, o tan siquiera de pantalla a pantalla, sobre las diferencias sustantivas de derecho que habían descubierto y los obstáculos enfrentados para ejecutar una orden jurisdiccional extranjera en materia familiar en Ontario, Arizona o Texas. Afortunadamente, todas las universidades estaban equipadas con la tecnología necesaria.

B. Los proyectos 2003 y 2004 de otoño

El éxito de la primera iniciativa nos condujo a pulir el proyecto con el objetivo de expandir e improvisar la experiencia transnacional educativa. Esta ampliación fue alcanzada reclutando a miembros de dos instituciones mexicanas. En 2003, un miembro de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana se unió a este proyecto.17 En 2003 y 2004 se reclutó a otra institución mexicana —la Universidad de Sonora, en Hermosillo, Sonora, México—.18 Aun cuando no es una escuela miembro de NACLE, esta última adición enriqueció la experiencia comparativa para los estudiantes y la facultad, y se aseguró que se tendría una representación mexicana en el futuro.19

Durante los tres semestres en que se ofreció el módulo en derecho de familia de NACLE, se trató de enriquecer el valor intelectual del proyecto.20 Se reestructuraron los problemas hipotéticos añadiendo cuestiones de violencia intrafamiliar y custodia de menores, asuntos que claramente trascienden la cultura y nacionalidad de las distintas jurisdicciones. Algunos miembros de la Facultad comenzaron a asignar lecturas adicionales sobre justicia civil comparada para que los estudiantes tuvieran un entendimiento más completo de las jurisdicciones extranjeras involucradas.21 También, la publicación de los memorandos, escritos por los estudiantes en el sitio web de NACLE, pareció estimular su entusiasmo y fomentar la producción de escritos más completos y pulidos. De hecho, un estudiante de Houston mencionó que estaba motivado por la competencia transnacional amigable, ya que no quería verse mal ante los estudiantes de Arizona, Canadá y México.

También se trabajó arduamente para incorporar las sugerencias de mejora de los participantes anteriores. Los estudiantes disfrutaron la videoconferencia, pero querían más de una sesión, por lo que se añadió una conferencia cada cinco semanas, durante el semestre. Esta primera conferencia se realizó inmediatamente después de que el memorando inicial y las órdenes judiciales habían sido entregados. Los estudiantes ya podían ubicar a los demás participantes a través de sus escritos, lo que permitía cuestionarse unos a otros sobre aspectos confusos particulares de cada jurisdicción. También se añadió un boletín o pizarrón electrónico en el sitio web de NACLE para facilitar a los estudiantes y miembros de la facultad presentar comentarios sobre el curso.

 

III. Los beneficios de la enseñanza transfronteriza

1. Aprendizaje sustantivo comparativo

Los estudiantes estuvieron muy interesados en participar en un ejercicio práctico en derecho comparado. Todos los participantes estaban intrigados por las diferencias en educación legal en los tres países, asunto que ocupó parte de la discusión en cada videoconferencia. Ellos no tenían ni idea de las diferencias y semejanzas agudas que existen en el área de derecho de familia; simplemente no se habían puesto a pensar sobre el derecho más allá de las fronteras de su país.

Por ejemplo, en Texas, el derecho de alimentos después del divorcio es muy difícil de obtener y puede durar sólo hasta tres años, a menos que haya una incapacidad permanente.22 Los estudiantes de otras universidades fueron impresionados con esta regla, ya que las leyes de alimentos conyugales en Arizona, Ontario y México son más generosas.23 Asimismo, estudiantes mexicanos y estadounidenses se sorprendieron que conforme a la ley canadiense, parejas de personas solteras tienen cierto estatus legal —sin importar la intención— si esta relación se muestra duradera con el paso del tiempo.24

Los marcados contrastes en los regímenes sobre derecho de familia se hicieron más evidentes después de la decisión del Tribunal de Apelaciones de Ontario, Halpern vs. Canadá, en junio de 2003.25 En ese caso, el Tribunal de Apelaciones de Ontario sostuvo que la falta de acceso de parejas del mismo sexo al matrimonio violaba derechos y garantías de la constitución canadiense. En los dos módulos de NACLE, ofrecidos después de esa decisión, los estudiantes canadienses ilustraron a los participantes NACLE de otras jurisdicciones, sobre la importancia del caso Halpern dentro de Canadá. Al mismo tiempo, los estudiantes no canadienses examinaron el posible reconocimiento en otros países de los derechos sobre matrimonio entre miembros del mismo sexo —que plantea una pregunta de profunda importancia práctica—. De hecho, esta cuestión permitió a los estudiantes explorar la excepción de orden público dentro de las reglas que regulan el conflicto de leyes de ese sitio. Además, poco después de Halpern, la Suprema Corte de Estados Unidos decidió Lawrence vs.Texas,26 el cual sostiene que la criminalización de la sodomía entre miembros del mismo sexo es inconstitucional conforme a la cláusula del debido proceso legal en la decimocuarta enmienda constitucional. Lawrence, en cambio, figuró predominantemente en los análisis de estudiantes estadounidenses sobre la validez, en la mayoría de los estados donde está prohibido el matrimonio entre miembros del mismo sexo, y reconocimiento del matrimonio entre miembros del mismo sexo en Canadá.27 Debido a las grandes diferencias en la ley sobre las relaciones entre miembros del mismo sexo en Canadá, Estados Unidos y México,28 hubo discusiones muy animadas durante las videoconferencias.

Nosotros creemos que los estudiantes y el profesorado se beneficiaron de muchas maneras con este experimento. Los estudiantes adquirieron una comprensión más enfocada sobre su derecho sustantivo. Todo académico sabe que la mejor manera de aprender es enseñando. Con este fin, los equipos de estudiantes en este proyecto enseñaban a estudiantes foráneos sobre derecho. Tenían que producir memorandos escritos de manera clara y accesible a todos, incluyendo aquellos a nivel licenciatura.29 Adicionalmente, así como otros han reconocido, el entendimiento de un régimen jurídico o estructura legal se perfecciona cuando se contrasta con otras alternativas localizadas en las diferentes culturas jurídicas.30 En este proyecto, a medida que los estudiantes fueron realizando el rango de posibles respuestas a una disputa familiar común, se pudo situar el derecho de su jurisdicción dentro de un marco más amplio.

El proyecto también llevó a estudiantes a aprender sobre derecho extranjero en un contexto sumamente experimental y práctico. Se tuvo que entender los fundamentos legales de una sentencia extranjera para analizar su eficacia. Esto se logró no sólo por medio de su propia investigación, sino también por el trabajo escrito y presentaciones orales de sus compañeros extranjeros. Este aprendizaje empírico ofreció lo que Valcke ha caracterizado como una posibilidad de "penetrar en otro sistema legal, descifrar la ley en la mente de un nuevo grupo de agentes legales, para familiarizarse con una nueva manera de pensar".31 También se obtuvo una experiencia práctica sumamente valiosa. Encontramos que muchos estudiantes desconocían completamente algunas de las fuentes del derecho que regula la ejecución de sentencias extranjeras —convenciones de las Naciones Unidas, acuerdos bilaterales, e inclusive la ley nacional que rige en el país sobre el reconocimiento y ejecución de sentencias judiciales extranjeras—. Su investigación sobre estas fuentes les dio habilidades que serán muy útiles en sus futuras carreras.

Encontramos que la experiencia de NACLE de derecho de familia pudo haber incentivado el interés en alguno de los alumnos para aprender más sobre diferentes sistemas jurídicos. Un estudiante de Ottawa después estuvo de intercambio en Houston por un semestre, y lo mismo aconteció con estudiantes de Houston en universidades mexicanas o canadienses.

Los mismos profesores participantes también aprendieron mucho sobre las diferencias entre las reglas en derecho de familia de varias jurisdicciones. En el afán por llegar a hechos referentes a parejas que terminaban su relación, se buscó crear situaciones que presentarían cuestiones interesantes en los cuatro foros. Es importante mencionar la diversión que se vivió en la colaboración con los colegas de otras instituciones y otros países por una enseñanza experimental.

2. Desarrollo de habilidades prácticas

Los académicos tomaron diferentes métodos para instruir a sus estudiantes en estas cuestiones, pero en lo general, los estudiantes realizaron sus investigaciones de manera independiente bajo la guía de sus profesores. Las habilidades principales que se requirieron para desarrollar los trabajos incluyeron la investigación jurídica, el trabajo en equipo, la redacción jurídica, las videoconferencias y presentaciones orales. En la evaluación del curso, varios estudiantes elogiaron el componente de la investigación y redacción del proyecto e hicieron comentarios positivos hacia la utilidad de la retroalimentación recibida no sólo de parte del profesor supervisor sino también de los miembros del equipo y de los participantes de otras jurisdicciones.32

El principal objetivo pedagógico del proyecto fue experimental, el cual consistió en animar a cada equipo de estudiantes a investigar y analizar las preguntas legales por sí mismos, actividad que realizarían después de terminar su carrera, ya sea como secretario de acuerdos de un juzgado o como litigantes en un despacho jurídico. Además, tuvieron la oportunidad de transformar su investigación jurídica a una orden judicial. Esto les requirió investigar la forma y el contenido de las órdenes en derecho de familia de su país. Finalmente, este simulacro dio al estudiantado una oportunidad de enfrentar los desafíos sobre ejecución de sentencias extranjeras que son frecuentemente enfrentadas en el ejercicio profesional.33 En la segunda etapa del módulo, cada equipo tuvo que jugar el papel de un abogado, contactado por un cliente extranjero. Se espera que el estudiante de este módulo, al estar enfrentado con una de estas situaciones, sabrá cómo proceder ante la ejecución de una sentencia judicial extranjera. Al menos, ellos conocerán un poco más sobre las fuentes que deben consultar.

3. Instrucción tecnológica

Hoy en día, el estudiantado ha rebasado al profesorado en la aplicación de las nuevas tecnologías para el estudio y ejercicio del derecho, y los estudiantes de NACLE no son una excepción. Sin embargo, muy pocos de los estudiantes participantes tenían alguna experiencia con videoconferencias o enseñanza interjurisdiccional. Considerando que esta tecnología está transformando el ejercicio de la profesión, ésta fue una introducción emocionante para ambos, estudiantes y profesores.34 La tecnología de videoconferencia se está usando cada vez más por los tribunales. Testimonios "en vivo" de testigos a miles de millas, fuera de una sala de tribunal, se está convirtiendo en algo usual.35 Además, los despachos de abogados dependen del correo electrónico y boletines o pizarrones electrónicos como herramientas indispensables para la intercomunicación en el siglo veintiuno.36

El módulo de derecho de familia de NACLE nos hizo apreciar el potencial que tiene esta tecnología como herramienta de aprendizaje y como vehículo para la comunicación internacional. Para los estudiantes, esto fue un acercamiento innovador y avanzado para la enseñanza.37 De hecho, varios ex alumnos, estudiantes del módulo en derecho de familia, han asentado este módulo en su currículum vítae con el objetivo de demostrar su experiencia internacional y tecnológica.

4. Aprendizaje multicultural

Todos los participantes se beneficiaron con la experiencia de comunicarse con estudiantes y profesores de facultades en otras jurisdicciones.38 Los estudiantes estuvieron particularmente interesados en aprender las diferencias sobre la enseñanza jurídica en México, Canadá y Estados Unidos. En México, donde el estudio del derecho es de nivel licenciatura, los estudiantes participantes eran más jóvenes que los estudiantes de Canadá y Estados Unidos, pero su entusiasmo para llevar a cabo este proyecto trascendió las diferencias de edad y grado educativo.

Las diferencias entre la tradición del derecho civil de México y la tradición del common law de Estados Unidos y la mayor parte de Canadá39 fueron el centro de la discusión durante las videoconferencias. Aunque las tres naciones cuentan con un sistema "federal", se hicieron evidentes contrastes entre la jurisdicción federal y estatal en el campo de derecho de familia cuando los estudiantes compararon sus análisis de los problemas del módulo.

Finalmente, nos beneficiamos del intercambio verdaderamente multilingüe, ya que muchos estudiantes y facultades nos sorprendieron por sus capacidades de hablar varios idiomas. Escuchar francés en Houston, español en Arizona e inclusive inglés de un estudiante francés en Ottawa. Otro participante de Ottawa era de nacionalidad mexicana. La experiencia multicultural enriqueció a todos.

 

IV. Reto. Algunos problemas prácticos encontrados

Aunque los módulos de enseñanza transfronteriza tienen potencial ilimitado en el currículo, cualquier profesor de la facultad interesado en este tipo de cursos innovadores debería familiarizarse con los problemas prácticos que se pueden encontrar. En esta parte, se resumen algunos desafíos afrontados en el módulo de derecho de familia de NACLE.

1. Redacción de una situación hipotética

Se descubrió que con base en las muchas diferencias entre los sistemas jurídicos involucrados, una situación de hecho hipotética, rica en el contexto en una tradición jurídica, no era necesariamente útil o aplicable en todas las jurisdicciones. Fue un reto diseñar dos escenarios separados que podrían proporcionar a los estudiantes de cada jurisdicción un problema jurídico dentro de los contextos nacionales y extraterritoriales de cada régimen de derecho de familia que participó. También se tuvo que crear un problema suficientemente complejo que requiriera que los estudiantes investigaran el derecho aplicable, lo aplicaran a los hechos, y finalmente formular una sentencia y orden de tribunal.

Las diferencias entre los derechos y obligaciones de parejas heterosexuales y homosexuales entre las jurisdicciones participantes son a veces impresionantes. Ya hemos señalado las diferencias entre Canadá y las otras jurisdicciones sobre el matrimonio del mismo sexo. Pero muchas otras diferencias fueron encontradas. Por ejemplo, el derecho de alimentos generalmente no es otorgado al cónyuge encontrado culpable de alguna causal de divorcio,40 mientras que en Ontario y Arizona la culpa matrimonial no es considerada cuando se determina el apoyo [económico] conyugal.41 En Texas no se hacen cumplir acuerdos orales entre cohabitantes,42 sin embargo, los tribunales de Arizona harán cumplir tales acuerdos bajo ciertas circunstancias.43 A la luz de los contrastes entre las normas jurídicas gubernamentales se tuvo que ser cauteloso para que cada hecho tuviera la relevancia adecuada dentro de la legislación interna de cada jurisdicción para proveer a los estudiantes de una experiencia fructífera.44

2. Desarrollo de un formato efectivo para las tareas del alumnado

Al principio, algunos profesores participantes asumieron que el desarrollo de un memorando legal era un escrito común en todas las tradiciones legales, cuyo contenido y formato era utilizado en toda escuela de derecho, y la tarea inicial de los estudiantes fue elaborar un memorando legal como parte de las tareas comunes en el quehacer de un asesor jurídico o un juez. Sin embargo, las colegas mexicanas nos informaron que el memorando legal es en gran parte desconocido en la práctica mexicana, y que sus estudiantes estaban inseguros de las exigencias de la asignación escrita. Por consiguiente, el profesor participante en México desarrolló una guía para ayudar a sus estudiantes a adaptarse al formato de memorando legal común en Estados Unidos y Canadá. Además se pidió a todos los estudiantes incluir en su escrito inicial una breve explicación de la estructura del sistema legal dentro de su jurisdicción para beneficiar al lector extranjero. Esta parte del escrito se les dificultó a los alumnos porque tenían que explicar muchos conceptos, categorías y organizaciones cuyos significados estaban implícitos para ellos, realmente nunca se habían puesto a pensar cómo explicarlos a un ajeno del derecho local. Los estudiantes, en efecto, fueron instruidos para enseñarse unos a otros sobre su sistema jurídico, un ejercicio que seguramente benefició tanto al escritor como lector. Muchos de los estudiantes hicieron un esfuerzo en explicar las prácticas locales y costumbres que podría afectar el resultado de los problemas hipotéticos en una forma que fuera entendible para todas las jurisdicciones.45

Debido a diferencias procesales entre los sistemas legales se solicitó a los estudiantes limitar su orden judicial a cuestiones de derecho sustantivo, ya que los requisitos y contenidos de una orden judicial varían considerablemente de una jurisdicción a otra. Al mismo tiempo, para hacer el problema lo más real posible, se solicitó elaborar el escrito usando el mismo formato utilizado por sus propios tribunales. Así, en la fase de ejecución del curso, los estudiantes recibieron órdenes judiciales en formatos desconocidos usando un lenguaje desconocido. Los estudiantes tuvieron que interpretar estas órdenes y determinar cómo hacerlas cumplir dentro de su propio sistema legal. La distinta terminología legal usada dentro de varias jurisdicciones fue un reto a pesar de la retroalimentación de los estudiantes. A veces, la diferencia en el significado y el empleo de una palabra legal es asombrosa, a pesar de la aparente semejanza entre el inglés, francés y español.46

3. Superación de las barreras del idioma

Las diferencias de lengua son un factor importante que debe ser conciliado en cualquier proyecto interjurisdiccional. Existen dos desafíos relacionados con el idioma. Primero, que la información desplegada en el sitio web fuera comprensible por todos los estudiantes. Esto requirió que todo documento que fuera publicado en el sitio web tuviera que ser traducido, de modo que existieran versiones equivalentes en inglés, francés y español. Asimismo, se requirió traducir los problemas hipotéticos y las respectivas guías para el desarrollo de las tareas con bastante anticipación para poder hacer las correcciones y adecuaciones de acuerdo al lenguaje jurídico de cada jurisdicción. El tercer año en que se ofreció el módulo, acordamos que existiera una versión en inglés, francés y español de cada documento, en donde cada escuela participante fuera responsable de traducir los trabajos de sus propios estudiantes.47

También, se tradujo el memorando del estudiante después de que fue elaborado, factor que restringió el tiempo. Los profesores participantes no sólo retroalimentaron a los estudiantes de modo que pudieran mejorar su trabajo antes de que fuera presentado, sino también coordinaron, realizaron o revisaron las traducciones del trabajo escrito.48 En el 2004, cada institución era responsable de proporcionar, por lo menos, un memorando por alumno, el cual debía ser por lo menos en inglés y español. Afortunadamente, la mayor parte de los estudiantes de habla francesa en Ottawa fueron capaces de leer en inglés o español, lo cual ahorró la necesidad de proporcionar el memorando en francés. Los miembros de la facultad fueron capaces de utilizar diferentes recursos para sus traducciones: sus habilidades, el empleo de asistentes de investigación y financiamiento proporcionado por NACLE.

La Universidad de Sonora utilizó el software de traducción para el proyecto.49 Las traducciones electrónicas eran a veces tan imprecisas o demasiado literales, que estudiantes mexicanos tuvieron que utilizar mucho tiempo para la revisión y corrección de las traducciones electrónicas. Además, para corregir el esbozo final de las traducciones, se tiene que entender ambos idiomas. Así, el software de traducción fue el más eficaz en la producción de una traducción de calidad, si es usado por los que conocen el idioma.

El segundo desafío que se relaciona con la lengua fue respecto a las videoconferencias. Una traducción simultánea durante las video-conferencias aseguró que todos los estudiantes fueran capaces de seguir la discusión. El inglés permaneció como el idioma más compartido, pero se requirió que toda la facultad asegurara traducciones rápidas al utilizar un idioma diferente al inglés. Un servicio de traducción e interpretación simultánea fue necesario en cierto momento, por lo que significó gastos adicionales.

La necesidad de la traducción durante las videoconferencias ocasionó algunos desafíos técnicos, ya que la mayor parte de los sitios utilizaron una tecnología sensible a los sonidos de video. Si una persona en una ubicación habla y otra persona traducía de manera simultánea en una localización diferente, el resultado era un retraso tecnológico. Mediante pruebas y errores, se determinó esperar hasta que todas las transmisiones de audio fueran completadas en un sitio antes de que un estudiante en otro sitio comenzara a hablar. También comprendimos que la mayor parte de nuestras instituciones no contaban con servicios de traducción e interpretación, confiables y económicos.

Confrontar las diferencias de idioma en el modulo de derecho familiar es un reto continuo, y podrá llegar a ser un reto más importante, porque el financiamiento para esta iniciativa ha terminado. Aunque la necesidad para traducciones, tanto escritas como orales, creó restricciones en tiempo o monetarias,50 el reconocimiento de las diferencias de idioma y los esfuerzos realizados para superar estos obstáculos enseñaron valiosas lecciones a los estudiantes participantes. La necesidad de entablar diferencias de lengua y facilitar la producción de documentos traducidos es una realidad para los abogados en el curso de la práctica internacional, que tiene muchas de las mismas dificultades que se enfrentaron dentro del módulo de derecho de familia. Las escuelas de derecho podrían hacer más para producir "abogados globales", facilitando la enseñanza de un idioma extranjero para los estudiantes de derecho.51

4. Introducción del módulo de familia NACLE en el currículo de las escuelas de derecho

Hasta el momento, la mayor parte de las facultades participantes no han tomado las medidas necesarias para añadir formalmente el módulo de derecho de familia de NACLE al plan de estudios de las escuelas de derecho. En este sentido, Catalina Valcke comentó que sobre la enseñanza global del derecho, nuestro proyecto aún tiene que consolidarse en un proyecto coherente institucional.52 El módulo fue ofrecido como un "estudio independiente" o como un curso de derecho familiar o de conflicto de leyes, y cada profesor lo adaptó a la carga de trabajo y exigencias de evaluación, para cumplir los diferentes criterios. Por consiguiente, la estructura del curso varía enormemente de escuela a escuela. En México, los estudiantes trabajaron en grupos grandes sobre un problema hipotético, mientras en Arizona múltiples equipos de dos estudiantes requirieron que cada uno elaborara un memorando para ambos casos hipotéticos. Escuelas diferentes trataron el curso de manera diferente en términos de cómo se habían recibido a los estudiantes, cuantos créditos recibían y como eran evaluados.53

Otra incertidumbre planteada en los cursos es el determinar cómo la institución anfitriona debería acreditar a la facultad por enseñar ese curso. Los profesores asumieron este proyecto voluntariamente, añadiéndolo a sus obligaciones regulares. Es improbable que una escuela de derecho reduzca la carga de trabajo de un miembro de la facultad en reconocimiento por la enseñanza de un módulo fronterizo, sin importar que tan valiosa sea esta experiencia. Por consiguiente, cada miembro de la facultad fue requerido a asumir las responsabilidades adicionales por su curso. A excepción de nuestros colegas mexicanos,54 esta carga de trabajo adicional nos condujo a acordar y limitar el número de estudiantes en cada sección. También se mantuvieron las videoconferencias tan discretas como fuera posible. De cuatro a ocho estudiantes participaron en cada uno, distintos a aquellos en México. Si un miembro de la facultad no consigue algún crédito o compensación por asumir este compromiso, parece improbable que muchos se ofrezcan voluntariamente para impartir estos cursos.

5. Superación de obstáculos tecnológicos

Problemas logísticos por el uso de la tecnología surgieron casi inmediatamente, pero fuimos capaces de enfrentar muchos de estos problemas a medida que avanzamos en los diferentes semestres. Debido al presente desarrollo tecnológico, las videoconferencias son casi gratuitas, una vez que se cuenta con el equipo apropiado.55 En 2004, las videoconferencias utilizaron uno de los instrumentos para interconexión llamado Internet 2.56 Internet 2 es un consorcio de más de doscientas universidades que trabajan en afiliación con la industria y el gobierno en tecnologías y redes avanzadas. Universidades participantes están obligadas a actualizar las redes dentro del campus y unirse una red nacional de Internet 2, haciendo así la interconexión de alto rendimiento disponible en sus recintos universitarios. Fue de vital importancia en el módulo de derecho de familia la participación en Internet 2, ya que permite videoconferencias gratuitas si se cuenta con el equipo tecnológico necesario.57

En nuestro proyecto, la Universidad de Ottawa sirvió como institución "enlace", y el personal técnico en cada escuela se encargó de comunicarse con el director de Ottawa para asegurarse de tener todo lo necesario para llevar a cabo el proyecto. Ya que las escuelas participantes operaban en tres horarios diferentes, y el ciclo escolar y periodo de exámenes varía enormemente, fue un desafío precisar una fecha y horario que funcionara para todos los estudiantes y profesores. Las videoconferencias fueron estructuradas con un formato cíclico que permitiera una semblanza de orden: procedimos desde una escuela a otra por preguntas y comentarios, procediendo a través del hemisferio norte. En cualquier videoconferencia, nosotros podríamos tomar dos o tres "rotaciones" para juntar preguntas y comentarios.58

Mientras que las videoconferencias generalmente iban bien, nunca se aprovechó el máximo potencial de otras tecnologías, como el boletín disponible en el sitio web de NACLE. Al menos un estudiante lamentó que "el foro de discusión fue subvaluado". Además, tener acceso al sitio restringido de NACLE demostró ser un problema para algunos estudiantes.

 

V. Conclusión

M. C. Mirow comentó que la incorporación del derecho comparado e internacional en los programas de derecho "comúnmente se encuentra en contra de la globalización de la vida económica y de negocios".59 Es verdad que NACLE, la organización que patrocinó el módulo de derecho de familia fronterizo, primero surgió de un acuerdo comercial entre Canadá, Estados unidos y México. Sin embargo, las escuelas de derecho miembros de NACLE han reconocido que el acercamiento económico de los tres Estados impactará todas las facetas de la sociedad. NACLE ha animado proyectos como el Módulo Transfronterizo de Derecho de Familia para preparar a futuros abogados a enfrentar cuestiones legales complejas que son resultado de la interacción entre la institución e individuos en Estados unidos. El comparativo de derecho familiar parece haber tenido éxito en ofrecer muchas ventajas teóricas y pedagógicas que implica la globalización de la enseñanza del derecho: se han introducido amplias perspectivas en el aula y hemos aumentado potencialmente la futura capacidad internacional de nuestros estudiantes.60

En este sentido, se espera continuar con el proyecto, y se ha alentado a otros a seguir experimentos similares multinacionales, utilizando la tecnología existente.61 Proyectos como éste, son una forma relativamente barata para hacer contacto de cara a cara entre estudiantes de derecho de otras jurisdicciones y culturas. Después de haber resuelto los problemas jurídicos asignados y de haber tenido la oportunidad de hablar de su trabajo, los estudiantes parecieron entusiasmados sobre la idea de la práctica internacional. Los estudiantes estuvieron más conscientes que antes de las diferencias importantes a través de Estados unidos en derecho familiar y las herramientas disponibles para dar reconocimiento en el extranjero de órdenes judiciales versando sobre alimentos, custodia infantil y otros aspectos de relaciones familiares. Aunque es cierto que una inmersión más profunda en otro sistema jurídico haría a los estudiantes pensar como abogados globales.62 Nuestro proyecto es mucho más modesto en el alcance, el Módulo Transfronterizo de Derecho de Familia sí expuso a los estudiantes a más que solamente fragmentos o trozos del derecho de otra jurisdicción;63 esto les permitió tener la oportunidad de conocer otro sistema jurídico desde su interior.

Sin embargo, también estamos conscientes de las preocupaciones expresadas sobre la enseñanza global del derecho. Por ejemplo, Catalina Valcke ha comentado que iniciativas globales de las escuelas de derecho a menudo son actividades "desunidas, fragmentarias", "con poca atención a cómo éstas puedan encajar dentro de alguna visión pedagógica coherente o general".64 M. C. Mirow ha declarado que la capacidad de los profesores para incorporar el derecho comparado e internacional en alguna manera significativa, y la carencia de espacios curriculares para esta agregación, son preocupaciones adicionales en la búsqueda de aulas jurídicas globalizadas.65

Este proyecto ha intentado vencer estas preocupaciones. Primero, este módulo es una parte de un proyecto más grande de NACLE para promover un plan de estudios comparativo en escuelas de derecho, ubicando el objetivo de aumentar la capacidad internacional de nuestros estudiantes en un marco institucional más amplio para transformar los planes de estudio en varias escuelas de derecho en Estados unidos. Discusiones e intercambios acerca de realizar un currículo globalizado son elementos regulares en las conferencias y talleres de NACLE. Segundo, antes de que nosotros ofreciéramos cualquier forma de enseñanza global a nuestros estudiantes, experimentamos una experiencia comparativa en un taller ofrecido por NACLE en 2001. Fue sólo después de que los miembros de la facultad contemplaron las similitudes y diferencias en derecho sustantivo, aspectos pedagógicos y exigencias institucionales, que se buscó activamente un proyecto que reuniera el objetivo de hacer a nuestros estudiantes pensar "como abogados globales"66 (o en nuestro caso, como "abogados estadounidenses"). Tercero, ninguno de nosotros intentó enseñar la ley de una jurisdicción extranjera. Trabajando como un equipo pedagógico transnacional, los estudiantes tienen acceso al derecho de otras jurisdicciones por medio de estudiantes y profesores entrenados en el sistema jurídico de su estudio. De este modo, se tenía de primera mano "intérpretes legales" para evitar cualquier mala interpretación de la ley extranjera. Finalmente, hace falta un compromiso más formal hacia el Módulo Transfronterizo en Derecho de Familia en cada una de nuestras instituciones, sin embargo, se ha encontrado el espacio curricular para la incorporación de este proyecto comparativo en clases o en proyectos de investigación.

En esta era de incremento de comunicación, comercio y migración transfronteriza, todo derecho tiene implicaciones globales y toda escuela de derecho está produciendo abogados globales, intencionalmente o no. La única pregunta es si la educación legal está preparando a los estudiantes para ser abogados globales competentes e informados. Como un estudiante estadounidense mencionó, al comentar sobre el módulo de derecho de familia:

Pienso que fue una excelente introducción al derecho internacional por las complejidades que presenta, que no son presentadas como parte del plan de estudios tradicional de las escuelas de derecho... Para mí, representa un defecto cultural básico, que Estados unidos sea egocéntrico y asuma que el resto del mundo gira alrededor de lo que hace. Dentro de los próximos cincuenta años, o durante el curso de la vida profesional de muchos estudiantes, cuestiones internacionales serán cada vez más importantes y deberían ser incluidas.

A través del módulo de derecho de familia, estudiantes y profesores al menos comenzaron a pensar a escala mundial a medida que investigaron, analizaron y discutieron algunas preguntas comunes en derecho de familia en un aula transnacional.

 

Notas

* Los autores agradecen a North American Consortium on Legal Education (NACLE) por su apoyo económico en el desarrollo de este proyecto. Nicole LaViolette reconoce el apoyo otorgado por el Consejo para la Investigación en Ciencias Sociales y Humanidades de Canadá. [Nota: si se desea consultar la versión en inglés o en francés de este texto, véase Atwood, B. et al., "Crossing Borders in the Classroom: A Comparative Law Experiment in Family Law", Journal of Legal Education, vol. 55, num. 4, 2005, pp. 542-559 y Atwood,         [ Links ] B. et al., "Franchir les limites de la salle de classe: une experience de droit compare en droit de la famille", Canadian Journal of Family Law, vol. 24, num. 1, 2008, pp. 65-100.         [ Links ]]

1 La profesora Valcke ofrece una discusión provocativa acerca de lo que podría significar enseñar a los estudiantes a pensar como "abogados globales", en Valcke, Catalina, "Global Law Teaching", Journal of Legal Education, vol. 54, 2004, pp. 160-182.         [ Links ] Para los esfuerzos de incorporar dimensiones globales en la enseñanza en derecho de propiedad intelectual, véase Mirow, M. C., "Globalizing Property:Incorporating Comparative and International Law into First-Year Property Classes", Journal of Legal Education, vol. 54, 2004, p. 183.         [ Links ]

2 Véase Standt, David E. van, "Globalization Strategies for Legal Education", University of Toledo Law Review, vol. 36, 2004, p. 213 (encuestando las actuales respuestas en educació         [ Links ]n legal para la globalización).

3 Véase Valcke, op. cit., pp. 176-182.

4 Véase Buchanan, Ruth y Pahuja, Sundhya, "Using the Web to Facilitate Active Learning: A Transpacific Seminar on Globalization and the Law", Journal of Legal Education, vol. 52, 2002, p. 506.         [ Links ]

5 Véanse Woo, Margaret Y. K., "Reflections on International Legal Education and Exchanges" y Zamora, S., "The Cultural Context of International Legal Cooperation", Journal of Legal Education, vol. 51, 2001, pp. 449 y 462,         [ Links ] respectivamente.

6 Véanse "Mexico City Lawmakers Approve Same-Sex Marriage", New York Times, 22 de diciembre del 2009, y también, "Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal y del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal", Gaceta Oficial del Distrito Federal, 29 de diciembre de 2009.         [ Links ]

7 Véase "Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal y se reforma, deroga y adiciona el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal", Gaceta Oficial del Distrito Federal, 3 de octubre de 2008.         [ Links ]

8 Véase "Decreto por el que se reforma el Código Penal para el Distrito Federal, artículos 144, 145, 146 y 147", Gaceta Oficial del Distrito Federal, 26 de abril de 2007.         [ Links ]

9 Human Rights Watch ha mapeado el movimiento de restricción constitucional a matrimonios del mismo sexo en Estados Unidos. Los siguientes estados han reformado sus Constituciones para limitar el acceso a matrimonio: Alabama (2006), Alaska (1998), Arizona (2008), Arkansas (2004), California (2008), Colorado, Florida (2008), Georgia (2004), Kansas (2005), Idaho (2006), Kentucky (2004), Luisiana (2004), Michigan (2004), Mississippi (2004), Missouri (2004), Montana (2004), Nebraska (2000), Nevada (2002), North Dakota (2004), Ohio (2004), Oklahoma (2004), Oregon (2004), South Carolina (2006), South Dakota (2006), Tennessee (2006), Texas (2005), Utah (2004), Virginia (2006) and Wisconsin (2006). Véanse Statewide Marriage Prohibitions, Human Rights Watch, http://www.hrc.org/documents/marriage_prohibitions.pdf, y también, Garrison, Jessica et al., "Paddock Voters approve Proposition 8 Banning Same-Sex Marriages", Los Angeles Times, 5 de noviembre de 2008.         [ Links ]

10 El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) entre el gobierno de Estados Unidos, el gobierno de Canadá y el gobierno mexicano, 17 de diciembre de 1992, reimpreso en 32 ILM 296.

11 Véase www.nacle.org. Las instituciones participantes son: Universidad Dalhousie, Universidad McGill, Universidad de Ottawa, Universidad de British Columbia, Universidad "George Washington", Universidad de Houston, Universidad de Arizona, Universidad de California en Berkeley, Universidad Nacional Autónoma de México, Universidad Panamericana, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey y Centro de Investigación y Docencia Económicas.

12 Después de haber aterrizado todo, las universidades que participaron en el módulo de derecho de familia fueron Ottawa, Houston, Arizona y Panamericana. La Panamericana sólo participó en un curso debido a problemas de horario y asuntos tecnológicos. La Universidad de Sonora más tarde se unió al proyecto. Véanse citas 17 y 18, infra, y su anexo.

13 Aplaudimos la reciente publicación de un texto en derecho familiar comparativo. Véase Blair, Marianne y Weiner, Merle, Family Law in the World Community, North Carolina, Carolina Academic Press, 2003.         [ Links ]

14 Para una discusión de acercamiento empírico y didáctico a la enseñanza global del derecho, véase Valcke, op. cit., p. 177.

15 Estamos agradecidos con la señora Susan ("Nita") Jackson de la Facultad de Derecho de la Universidad de Houston por la administración del sitio web de NACLE.

16 Cuando más tarde ampliamos el proyecto para incluir instituciones mexicanas, y teníamos tres idiomas entremezclados, desarrollamos un protocolo para traducciones. Véanse citas 17 y 18, infra, y su anexo.

17 El profesor Felipe de la Mata Pizaña, de la Universidad Panamericana, supervisó el Módulo de Derecho de Familia en otoño de 2003.

18 La profesora Graciela Jasa Silveira, de la Universidad de Sonora, se unió al proyecto en otoño de 2003.

19 El hecho de que la Universidad de Sonora se haya adherido a este proyecto fue importante, porque la Universidad Panamericana no pudo continuar participando en este programa a partir del 2004. Al mismo tiempo, el estatus de la institución referente, que no pertenecía a NACLE, significaba que ciertos modos de financiamiento no estaban disponibles.

20 NACLE generosamente facilitó este proceso financiando dos sesiones de planificación consecutivas sobre derecho de familia, uno en Eugene, Oregon, en verano de 2003 (para coincidir con la Conferencia Regional de la Sociedad Internacional de Derecho de Familia), y otro en Houston, Texas, en primavera de 2004, en la conferencia anual NACLE.

21 Estudiantes de la Universidad de Arizona, por ejemplo, leyeron dos cortas introducciones a la estructura de la enseñanza del derecho en México y Canadá. Véanse Smith, James F., "Confronting Differences in the United States and Mexican Legal Systems in the Era of NAFTA", United States-Mexico Law Journal, vol. 1, 1993, p. 85,         [ Links ] y Grennon, Aline y Perret, Louis, "Globalization and Canadian Legal Education", South Texas Law Review, vol. 43, 2002, p. 543.         [ Links ]

22 Véase Texas Family Code, sección 8.051.

23 En Arizona, por ejemplo, el mantenimiento conyugal puede ser de duración indefinida si se encuentra justificada por las circunstancias, y la pensión alimenticia son un elemento en el marco de la ley. Véase Arizona Revised Statutes, sección 25-319. En Canadá, el apoyo conyugal generalmente está basado en principios compensatorios. Así, un decreto de apoyo, según Verks, no sólo alienta a lograr una independencia financiera, sino también representa una compensación financiera para pérdidas económicas en el ingreso, la precedencia y oportunidades de carrera debido a la relación. Véase Payne, Julien y Payne, Marilyn, Canadian Family Law, Toronto, Irwin Law, 2001, pp. 185-225.         [ Links ]

24 Véanse, por ejemplo, Payne y Payne, op. cit., pp. 47-64; Oldham, J. Thomas, "Lessons from Jerry Hall vs. Mick Jagger Regarding U. S. Regulation of Unmarried Cohabitation", NotreDameLaw Review, vol. 76, núm. 29, 2001, pp. 1409, 1415;         [ Links ] y M. vs. H., 2 S. C. R. 3 (Canadian Sup. Ct. 1999) (conforme a la Carta de Derechos y Libertades canadiense, las parejas del mismo sexo son titulares a las mismas ventajas de apoyo conyugal, como parejas solteras heterosexuales, después de un periodo de cohabitación).

25 172 O. A. C. 276 (Ont. 2003). Más recientemente, en julio de 2005, el Parlamento de Canadá adoptó una legislación para comentar que el matrimonio entre homosexuales y lesbianas en todo el país ahora se encuentra disponible. Véase Weber, Terry, "Same-sex Marriage Bill becomes Law", The Globe and Mail, 20 de julio de 2005, http://www.theglobeandmail.com/servlet/story/RTGAM.20050720.wmarry0720/BNStory/National/?query=gay+marriage.         [ Links ]

26 539 U. S. 558 (2003).

27 La decisión en Goodridge vs. Dept. of Public Health, 798 N.E.2d 941 (Mass. 2003), que declaraba la prohibición de matrimonio entre miembros del mismo sexo, por ser inconstitucional bajo la Constitución del estado de Massachusetts, sólo sirvió para aumentar el interés en este tema para los participantes de NACLE.

28 El Código Civil federal define matrimonio como "la unión libre de un hombre y una mujer, con el propósito de formar su vida dentro de la sociedad". De acuerdo con Jiménez García, el Código Civil federal es aplicable para complementar y suple-mentar normas federales, en disputas donde la Federación es parte, y cuando leyes expresamente ordenan su aplicabilidad. Jiménez García, Joel, "Código Civil para el Distrito Federal de 1928", Revista de Derecho Privado, México, nueva época, año II, núm. 5 mayo-agosto de 2003, pp. 23-51.         [ Links ] También sirve como modelo a nivel estatal, y excluye el reconocimiento del matrimonio entre miembros del mismo sexo. Sin embargo, otras vías de alivio existen a través de un contrato privado y la partición ordenada por tribunal de propiedad conjuntamente poseída. Véanse artículos 1949 (que dota de la obligación básica de un contrato sin formalidades a menos que lo requiera la ley) y 1110 del Código Civil para el estado de Sonora (si el dominio no es divisible, o la cosa no admite cómoda división, y los partícipes no convienen en que sea adjudicada a alguno de ellos, se procederá a su venta y a la reparación de su predio entre los interesados).

29 Ya que la educación legal es un programa de estudiantes en México, los participantes de Sonora eran más jóvenes y se encontraban en una etapa más temprana en sus carreras educativas que los estudiantes de otras instituciones de participación.

30 Como lo señaló el profesor Valcke, "una ventana global es invaluable para el objetivo de entender la ley nacional, si es sólo porque el entendimiento implica la adquisición del sentido de lo que no es". Valcke, op. cit., p. 169.

31 Ibidem, p. 177.

32 Un estudiante estadounidense comentó que el curso de NACLE "me dotó de una buena experiencia en escritura legal con retroalimentación en un pequeño ambiente de grupo". Otro indicó que el curso de NACLE "fue una de las materias en la escuela de derecho más provechosas que he tomado". El proyecto de NACLE permitió a los estudiantes producir varios escritos a los cuales se les dio retroalimentación por parte del profesor instructor y luego a través de video. Un estudiante de Ottawa resaltó el valor de los profesores en la comunicación y destacó los puntos claves.

33 Un estudiante de Ottawa comentó que los escenarios del caso "permitieron una ilustración de las diferencias entre las jurisdicciones, y posibilitaron a los estudiantes trabajar sobre un uso práctico de la teoría aprendida en clase".

34 Véase, por ejemplo, Lederer, Fredric I., "The Courtroom 21 Project: Creating the Courtroom of the Twenty-First Century", 43 Judges Journal, 2004, pp 39-43.         [ Links ]

35 Por ejemplo, el desahogo de pruebas por videoconferencias ha sido utilizado en tribunales penales internacionales. Véase la Decision on the Defence Motions to Summons and Protect Defence Witnesses and on the Giving of Evidence by Video-Link, 25 de junio de 1996, issued by Trial Chamber II in Prosecutor vs. Dusko Tadic.

36 La atención extendida del descubrimiento electrónico en un litigio civil es solamente una indicación del lugar central de comunicación electrónica en la práctica de ley. Véase, por ejemplo, Zubulake vs. UBS Warburg, L. L. C., 217 FRD 309 (SDNY 2003).

37 Una estudiante de Arizona escribió que disfrutó de las videoconferencias debido a la oportunidad "de plantear [a otros estudiantes] preguntas y escuchar las respuestas a nuestras leyes".

38 Un estudiante de Ottawa comentó la importancia para los estudiantes de "estar en contacto con diferentes jurisdicciones, y al mismo tiempo, ser capaz de trabajar con los ejemplos de la práctica internacional". Otro estudiante canadiense descubrió que una parte valiosa del proyecto fue permitir a "los estudiantes un mejor entendimiento de la importancia cultural en algunos de los procedimientos y cuestiones con las cuales ellos trabajaban".

39 La provincia de Quebec es una jurisdicción de derecho romano en asuntos de derecho privado como derecho de familia.

40 Artículo 453 del Código Civil para el estado de Sonora, Ley núm. 32, Boletín Oficial del Estado de Sonora, núm. 2, sección II, 24 de agosto de 1949,         [ Links ] incluidas las reformas al artículo 453 en 1990 (decreto núm. 201, BO, núm. 12, sección I).

41 Véanse Arizona Revised Statutes ' 25-319(a) (2004) y Family Law Act, R. S. O. 1990, c. F. 3, s. 33(10).

42 Texas Code, Annotated, Business & Commercial Code ' 26.01 (2004): Texas Family Code ' 1.108.

43 Véase Carroll vs. Lee, 712 P.2d 923 (Ariz. 1986). Se ejerce un acuerdo implícito entre los cohabitantes para compartir la propiedad adquirida durante la cohabitación.

44 Parece haber golpeado el equilibrio del derecho, al menos a los ojos de algunos estudiantes. En 2004, un estudiante canadiense comentó que "un escenario de caso y las preguntas fueron bien pensados".

45 La profesora Jasa descubrió que el uso del formato de memorando legal americano-canadiense ayudó a los estudiantes mexicanos, pues requirieron un análisis mayor de los razonamientos detrás de sus respuestas, una dimensión de escritura legal que ellos no habían encontrado anteriormente.

46 Por ejemplo, "sentencia" y "sentence" son usados, respectivamente en México y en francés, para significar un decreto judicial, mientras "sentence", en inglés americano y canadiense, generalmente se refiere a una sanción criminal, y no es usado comúnmente dentro del contexto de derecho civil.

47 De ser capaz, algunos estudiantes canadienses de habla francesa atentamente bosquejaron su trabajo en inglés, para evitar el paso adicional de la traducción.

48 Un estudiante lamentó el retraso de las traducciones. Él notó que era "necesario tener los documentos de los otros estudiantes al menos dos semanas antes de la primera y segunda videoconferencia, para leer y estudiar la información".

49 El programa Wordmagic fue utilizado para este proyecto. Word Magic Softfware, Inc. es una compañía de diseño de software localizada en Houston, Texas, que ofrece un juego de productos de software complementarios para la traducción del inglés al español, comunicaciones corporativas y mercados de educación. Véase http://wordmagicsoft.com/aboutus.shtml.

50 Lidiar con diferencias de lengua en el derecho (de la ley) de familia del módulo es un desafío continuo, y puede hacerse un desafío mayor porque el financiamiento inicial hasta 2005 para esta iniciativa se ha terminado.

51 De modo interesante, la Facultad de Derecho en la Universidad de Ottawa ofrece un programa de derecho consuetudinario y un programa en derecho civil, tanto en inglés como en francés. Los estudiantes son capaces de completar su grado de licenciado en derecho mientras cursan el inglés y el francés. Quizás otras facultades puedan acentuar la importancia de la lengua en la práctica internacional, al ofrecer cursos escogidos en un idioma extranjero o al solicitar a los estudiantes cubrir créditos al estudiar algún idioma.

52 Valcke, op. cit., p. 160.

53 Por ejemplo, en Houston y Arizona, el curso fue tratado como una experiencia de estudio independiente, en el cual los estudiantes fueron clasificados en una base aprobado-reprobado en unidades 1-2 de crédito académico. Al contrario, en Ottawa, los estudiantes se comprometieron en el proyecto, en conjunción con un curso de tres créditos en derecho de familia o conflicto de leyes (según el año del módulo). Sus asignaciones contaron el 35% de su calificación final en aquel curso. En Sonora, los estudiantes fueron matriculados en un curso introductorio sobre conflictos de leyes y evaluados según su participación. En 2004, el Departamento de Derecho de la Universidad de Sonora sufrió una revisión en su plan de estudios, y una de las reformas fue la inclusión de un curso de derecho internacional de familia, basado en la participación de la Universidad en este proyecto de NACLE. Sin embargo, el curso no fue ofrecido como parte de su plan de estudios sino hasta 2006-2007.

54 En Sonora, el crédito y alguna compensación están disponibles para asumir las obligaciones de esta clase, debido a un "sistema de bonos" establecido por el secretario de Educación, de conformidad con el Programa de Estímulos al Desempeño Académico, del Programa para el Mejoramiento del Profesorado, en el Sistema Nacional de Investigadores. Sin embargo, los bonos disponibles son tan insignificantes (después de un proceso largo, formalista y burocrático), que muchos profesores rehusaron participar en tales proyectos.

55 Véase Marriot, Michel, "Waving Hello, from a Distance", The New York Times, 25 de noviembre de 2004.         [ Links ] El costo de conectar todos los sitios es esencialmente a través de una llamada telefónica de larga distancia. Por otra parte, se requiere que personal técnico asista y supervise las conferencias; así, su tiempo y trabajo añaden un costo adicional.

56 Véase http://www.internet2.edu.

57 Porque la Universidad de Sonora no es un miembro de NACLE, los fondos no estaban disponibles para pagar los gastos del proyecto. El gran progreso fue hecho en el 2003 para financiar la videoconferencia, porque contó con la tecnología de disco, a un costo de aproximadamente 300 dólares por ambas sesiones.

58 Dos estudiantes declararon que mientras ellos disfrutaron de las videoconferencias, les habría gustado una mayor interacción con los participantes de otras jurisdicciones. uno sugirió que en vez de usar equipos compuestos de estudiantes del mismo estado o provincia, un formato alternativo se debería usar para equipos internacionales integrados por estudiantes de diferentes jurisdicciones. En tal estructura, los participantes podrían desarrollar una relación de trabajo con sus colegas de otras naciones. Esto fue respaldado por un estudiante canadiense que deseó "una mejor interacción con otros estudiantes y una oportunidad de trabajar directamente con estudiantes de otras jurisdicciones".

59 Mirow, op. cit., p. 183.

60 M. C. Mirow identifica estos objetivos como las ventajas de la enseñanza comparativa y del derecho internacional. Idem.

61 El módulo de derecho de familia fue presentado a otros colegas de NACLE en la conferencia de NACLE en Houston en la primavera del 2004. El proyecto, y una versión más temprana de este artículo, también fueron presentados en la Conferencia de la Sociedad Internacional de Derecho de Familia en Salt Lake City en julio de 2005.

62 Valcke argumenta que el "medio empírico más eficaz para aprender un nuevo modo de razonamiento legal es la inmersión-intercambios estudiantiles o, mejor aún, estudios de graduado". Véase Valcke, op. cit., p. 177.

63 Ibidem, p. 174.

64 Ibidem, p. 160.

65 Mirow, op. cit., p. 183.

66 Valcke, op. cit., p. 170.

Creative Commons License Todo el contenido de esta revista, excepto dónde está identificado, está bajo una Licencia Creative Commons