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Boletín mexicano de derecho comparado

versão On-line ISSN 2448-4873versão impressa ISSN 0041-8633

Bol. Mex. Der. Comp. vol.43 no.127 Ciudad de México Jan./Abr. 2010

 

Información

 

Lecturas Jurídicas. Medio siglo de existencia

 

Rodolfo Cruz Miramontes*

 

* Doctor en derecho por la Universidad Central de Madrid; profesor de derecho comercial internacional en la Universidad Iberoamericana.

 

En memoria de dos colegas que hicieron
posible Lecturas Jurídicas: Óscar Ornelas Küchle
y Juan José Royo Provencio, destacados maestros,
queridos amigos, pero fundamentalmente hombres
de bien, cuya presencia en la vida
universitaria será imperecedera

Al poco andar de nuestra Escuela de Derecho que hoy es ya Facultad, Lecturas Jurídicas surgió a la vida comunitaria como su vocero oficial en octubre de 1959, por lo cual ya cumple cincuenta años de existencia.

La iniciativa que le diera vida partió del entonces director de la Escuela, licenciado Óscar Ornelas Küchle, habiendo invitado para dirigirla a dos entonces jóvenes profesores Juan José Royo Provencio y Rodolfo Cruz Miramontes.

Su perfil y características principales quedaron bien delimitadas desde su creación, cuya mención resulta pertinente recordar, particularmente en lo relativo a sus objetivos, con el fin de que las generaciones actuales de estudiantes los conozcan; éstos fueron:

1. Establecer un órgano de relación intelectual con la grey universitaria, particularmente con profesores y estudiantes de derecho, y así coadyuvar con las tareas universitarias.

2. Servir de medio de comunicación con las escuelas y facultades hermanas, cuyas publicaciones recibíamos, por lo que de esta manera corresponderíamos a través de nuestra Revista.

Estas acciones se enmarcaron perfectamente en las tareas de la Escuela de Derecho, particularmente las encaminadas a la formación científica y moral del abogado, por lo que los estudiantes recibirían, junto a los conocimientos básicos de la carrera, la transmisión de los principios morales que la sustentan, y en que se apoya nuestra tradición jurídica romano-germánica, ordenados por las universidades de Bolonia, París y Salamanca.

A la par de que se les brindaría su formación científica, se les dotaría de algo más importante, como es "una sólida formación ética" que les permitiese responder a la confianza de quienes les entregasen sus intereses, libertad y su vida misma para que pudiesen actuar así con autonomía y dignidad, cumpliendo de esta forma con el compromiso adquirido frente a la sociedad que los necesita como engrane fundamental del Estado de derecho.1

La mejor forma de alcanzar estos propósitos era apuntalar la cátedra con la presencia intelectual de maestros universitarios de otras latitudes, cuyos estudios se divulgasen a través de la Revista y, aún mejor, con su presencia física, cuando fuese posible.

Desde su inicio, Lecturas Jurídicas se perfiló como una publicación distinta a las de su especie, por lo que no comprendería las secciones habituales, pues fuimos conscientes de que nuestro entorno intelectual no facilitaría cumplir adecuada y oportunamente con las exigencias de periodicidad que se tendrían.

En cambio, resultaría más factible conformar un instrumento que resultase ágil, "más manuable, novedoso, práctico y de utilidad permanente", y que cada número contuviese estudios, análisis, notas y demás referentes a temas propios a nuestra ciencia social, de esta manera se obtendría un acervo de lecturas jurídicas acorde con su título.

De aquí que, con estricto apego a nuestros compromisos, se podría armar un ejemplar de aparición trimestral, compuesto de diversos artículos o bien de un estudio que se desarrollase en números subsecuentes; otro, por lo contrario, podría ser un estudio único, monográfico, o bien, incluir tesis y resoluciones de nuestros tribunales con sus correspondientes comentarios.

Dada esta versatilidad, nos animamos a ampliar al poco tiempo de su aparición, una sección documental "de actualidad", como eventualmente la bautizamos, sin perjuicio de que no lo fuese tanto, pero sí de gran importancia o singularidad como para que ameritase su publicación, fuese por razones históricas generales o bien locales, honrando así al ayuntamiento siempre presente entre ambas disciplinas: la jurídica y la histórica.

Tuvimos en mente, asimismo, provocar en nuestros profesores, la inquietud investigadora incitándoles a que tomasen la pluma o la máquina de escribir (aún no existían las computadoras portátiles) y compartiesen sus inquietudes y el fruto de sus investigaciones, muchas de ellas provocadas, sin duda, en la exposición de la cátedra y de los cuestionamientos de nuestros estudiantes.

Al poco tiempo fueron apareciendo frutos de nuestra tarea, incorporándose a la plana editorial jóvenes abogados, egresados nuestros, que se animaron a compartir sus esfuerzos con los colegas y antiguos profesores.

Al concluir el periodo de gestión al frente de la dirección de la Escuela, contamos con la presencia plena del licenciado Óscar Ornelas, lo que facilitó ampliar nuestro campo de acción que, en breve, se reflejó, ya que acudimos a congresos jurídicos, así como pudimos publicar números especiales dando mayor consistencia a nuestros esfuerzos editoriales y, asimismo, nos hizo más exitosa la tarea de invitar a profesores extranjeros para que colaborasen en dichos esfuerzos, así como para que nos visitasen como profesores y conferencistas.

Una de las primeras experiencias la tuvimos al acudir como delegados de nuestra Escuela a la Tercera Conferencia de Facultades de Derecho Latinoamericanas, que tuvo lugar en Santiago de Chile.2

Tuvimos oportunidad de exhibir con orgullo nuestra Revista que se codeó con otras muy conocidas, pero destacamos por ser, junto con la Revista de la Facultad de Derecho de la UNAM, las únicas mexicanas, y particularmente la nuestra, por venir de la Escuela ubicada más al septentrión del continente.

Estas experiencias fortalecieron nuestros entusiasmos, y nos llevaron a auspiciar la publicación de varias monografías como números extraordinarios, que fueron escritos por distinguidos profesores de nuestra universidad.

Me refiero a los ensayos de los maestros don Niceto Alcalá Zamora y Castillo titulado Examen crítico del Código de Procedimientos Civiles; de don José Luis Siqueiros Prieto sobre Los conflictos de leyes en el sistema constitucional mexicano y al de don Armandino Pruneda González que se ocupó de un tema altamente sugestivo al que denominó Reflexiones de un jurista en torno a Don Quijote.

Merced a este tipo de actividades, pudimos allegarnos ponencias y estudios importantes, algunos originales, como se podrá constatar revisando los índices de nuestra Revista.

Entre los maestros nacionales que aceptaron nuestras invitaciones de colaboración cito en especial a Eduardo García Máynez, Horacio Castellanos Coutiño, Raúl Cervantes Ahumada, Fernando Flores García, Héctor Fix-Zamudio, Guillermo Floris Margadant, Miguel Villoro Toranzo, Ricardo Franco Guzmán, Antonio Carrillo Flores, Leopoldo Aguilar, Francisco Villalón Igartúa, Raúl Carranca y Trujillo, Alfonso Quiroz Cuarón y otros más, de igual valor.

Tuvimos la suerte de publicar a renombrados exilados españoles tales como don Luis Jiménez de Azúa, residente a la sazón en Buenos Aires, quien en repetidas ocasiones estuvo con nosotros; a Niceto Alcalá Zamora y Castillo, ya mencionado, a Luis Recaséns Siches, a Mariano Jiménez Huerta y, siendo también españoles pero residentes en las universidades de Santiago y Madrid, a don Álvaro d'Ors, José Luis de Azcárraga y Bustamante, y Alfonso García-Valdecasas.

De nuestras participaciones en reuniones y conferencias universitarias, logramos que profesores de diversas universidades sudamericanas aceptasen enviarnos sus escritos, y en un recuento a "vuela pájaro" recuerdo a varios de ellos. De la Universidad de Chile, cito al doctor Eduardo Novoa Monreal, a Francisco Orrego Vicuña y a Alfonso Díaz Sangüeza.

De la Argentina, cito a don José María Ruda, Aldo Arnaldo Coca, pionero en el derecho espacial, Ignacio Winisky, Juan Carlos Malagarriga y otros más.

De la Universidad Católica del Perú, recuerdo al doctor Roberto Malean; de Venezuela, mencionaré a Roberto Goldsmith y a Efraín Schacht.

De los Estados Unidos de América, a los doctores Boris Kozolchyc, de la Southern Methodist University, y a Ralph A. Newman, de la American University de Washington, D. C.

He dejado al final de este recorrido ilustrativo, mas de ninguna manera exhaustivo, por elemental cortesía a los de casa que, desde luego, no son menos señalados que los anteriores.

Entresaco los nombres de los abogados Óscar, Héctor y Luis Ornelas K., a Felipe y Ernesto Lugo Fernández, a Enrique González Flores, a José Fuentes Mares, a Luis González Amaya, a Manuel González Martínez —quien dictara la primera cátedra de Derecho civil—, a Manuel E. Russek, a Luis Garibi Harper, a Felipe Colomo Castro, a Armandino Pruneda González y a José Luis Siqueiros Prieto, ya mencionados, a Juan José Royo Provencio, a Salvador Creel Sisniega, y desde luego, añado con mención especial a quienes fueron alumnos brillantes e inquietos, y ahora destacados maestros universitarios egresados de nuestra escuela, como son Leoncio Lara Sáenz, Jorge Mazpules Pérez y a José Luis Orozco.

Me correspondió no solamente responsabilizarme de la dirección de la Revista como ya advertí, sino además colaborar con estudios y análisis periódicos, y más recientemente tuve el honor de que editaran un número especial convertido en un ensayo monográfico titulado La educación y la enseñanza del derecho internacional público, con motivo del trigésimo quinto aniversario de la fundación de la Escuela de Derecho, hoy Facultad.

Esta distinción, que mucho me honra, viene a sumarse a las monografías que ya relatamos como un esfuerzo más, de carácter editorial, que la Facultad continúa llevando a cabo.

No podemos dar vuelta a la página, sin ocuparnos sólo un momento de la sección de documentos que publicamos, unos de actualidad como los califiqué en mi nota explicativa para justificar su inclusión en la Revista, y otros de arcaica referencia, pero todos no solamente interesantes sino singulares por su originalidad.

Ubico, entre ellos, al Tratado Egipcio-Hitita, tal vez el documento más antiguo en su especie, al Tratado de Tordesillas y a la Bula Inter caetera que adjudicó el Nuevo Mundo a Castilla. Asimismo, a la Segunda Partida del Rey Alfonso X, el Sabio, que se ocupa de los "maestros de las leyes".

De manera especial invoco dos documentos, por ser no solamente de interés nacional sino de importancia particular a la historia de Chihuahua, tales como los producidos con motivo de la guerra que emprendimos en legítima defensa contra los Estados Unidos en 1847, consistentes en las opiniones de Abraham Lincoln y de James K. Polk sobre la misma:3 el Acuerdo entre el Imperio Mexicano y la Nación Comanche, y las Leyes Primera a Séptima de Milicia y Guerra, comprendidas en la Nueva colección de Leyes del estado de Chihuahua, formada en virtud del Decreto de 19 de enero de 1880. Revisada y aprobada por el H. Congreso del mismo Estado, y decretada con fecha de julio del citado año, publicada en 1880,4 que reprodujimos.

Esta revisión a "vuelo de pájaro" que he realizado, no tiene más propósito que mostrar, al recordar la historia de nuestra publicación, cuáles fueron sus propósitos, sus anhelos y esperanzas, y la convicción que tuvimos sus fundadores de que sólo mediante la profundización del conocimiento de nuestra profesión, podremos ser mejores y darle contenido trascendente a nuestro quehacer cotidiano, pero más que nada subrayar el compromiso que adquirimos con la sociedad de actuar con ética, orientados por los principios básicos del derecho.

Con enorme satisfacción constato que el impulso original de Lecturas Jurídicas se ha fortalecido, y sin duda mejorado corrigiendo las fallas que naturalmente se han presentado como en toda obra humana.

Quienes tomaron la estafeta, entre los que aparecen también ex alumnos de nuestra Facultad, han sabido guiar con buen rumbo la embarcación, por lo que podemos hacer propia la reflexión que se hiciera el doctor Fernando Flores García en su documento de memoria con motivo precisamente del cincuentenario de la Revista de la Facultad de Derecho de la UNAM, al afirmar orgullosamente que "pocas revistas como la nuestra pueden ufanarse de llegar a su cincuentenario".5

Apuntamos nosotros que precisamente ahora estamos entre esos pocos, pero además consideramos que resulta más meritorio nuestro esfuerzo sin menoscabo de los demás, por nuestras circunstancias particulares tan distantes a las que rodean a la UNAM.

Con renovados bríos ratifico lo que afirmé en la nota que preparé al momento de entregar el mando de la dirección de la Revista por cambiar de residencia, al agradecer a todos aquellos que facilitaron mi tarea en el sentido de que "un propósito inicial pleno de esperanzas se convirtió en una alentadora realidad".

Este buen deseo se ha transformado en lo que ahora tenemos, que honra a la producción editorial nacional, y que merced a un esfuerzo continuo, prolongado y eficiente, ha permitido llegar a festejar el cincuentenario; sin duda que haber nacido en octubre parece ser un buen augurio, dada la coincidencia de fechas importantes que se da como sucede con el descubrimiento de América y la fundación de Chihuahua. ¡Enhorabuena a Lecturas Jurídicas que ha sabido honrar con creces nuestro lema universitario, que constituyó desde un inicio la meta a cumplir: conocer el derecho, servir a la justicia!

 

Notas

1 Ornelas K., Óscar, "Lecturas Jurídicas", Lecturas Jurídicas, Chihuahua, Chi., Escuela de Derecho, núm. 1, octubre-diciembre de 1959, pp. 3-5.         [ Links ]

2 La delegación se conformó con los profesores Óscar Ornelas, Francisco Pérez Baños y el suscrito. La conferencia tuvo como sede Santiago y Valparaíso en abril de 1963.

3 Dicho conflicto costó no sólo vidas, heridos y dinero, sino la vergüenza de haber sido ocupados por tropas estadounidenses en dos ocasiones, cuando estuvieron en Chihuahua por periodos similares entre marzo y abril, en 1847 y 1848, respectivamente.

4 Nueva colección de Leyes del estado de Chihuahua, formada en virtud del Decreto de 19 de enero de 1880. Revisada y aprobada por el H. Congreso del mismo Estado, y decretada con fecha de julio del citado año, México, Imprenta de Horcasitas Hermanos, 1880.         [ Links ]

5 Flores García, Fernando, Cincuentenario de la Revista de la Facultad de Derecho; Índice cronológico, 1939-1989, México, Facultad de Derecho, 1989, p. 5.         [ Links ]

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