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Boletín mexicano de derecho comparado

versão On-line ISSN 2448-4873versão impressa ISSN 0041-8633

Bol. Mex. Der. Comp. vol.40 no.120 Ciudad de México Set./Dez. 2007

 

Información

 

Presentación de El proceso constituyente mexicano*

 

Miguel Carbonell**

 

** Investigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

 

Este libro busca destacar la importancia que tiene una Constitución en la compleja vida de las sociedades contemporáneas. Lo hace mirando a la historia de México, a lo que hemos sido, a lo que queremos ser como nación, como Estado cuya convivencia civil y política está regida por un pacto constitucional.

La Constitución de nuestros días es, a la vez, pasado, presente y futuro, resultado de movimientos, revoluciones y costumbres, lo mismo que aspiraciones de futuro:

Las Constituciones de nuestro tiempo —nos explica Gustavo Zagrebelsky— miran al futuro teniendo firme el pasado, es decir el patrimonio de experiencia histórico-constitucional que quieren salvaguardar y enriquecer... pasado y futuro se ligan en una única línea y, como los valores del pasado orientan la búsqueda del futuro, así también las exigencias del futuro obligan a una continua puntualización del patrimonio constitucional del pasado y por tanto a una continua redefinición de los principios de la convivencia constitucional.1

La Constitución de nuestro tiempo convive con el pasado, en ocasiones renunciando a su repetición —como lo demuestran las cláusulas de inmodificabilidad de la Constitución alemana, destinadas a decir "nunca más" a experiencias como la vivida bajo el régimen nazi—, pero se constituye sobre todo como una aspiración de futuro, es decir, como una especie de "utopía concreta" para usar el concepto recordado por Jürgen Habermas o como una "carta de navegación" si recurrimos a la imagen que propuso Carlos S. Nino. Es la misma idea que estaba presente en los esfuerzos que a finales del siglo XVIII dieron lugar a las primeras declaraciones de derechos: detener el tiempo y establecer un ideario social, escribir un "contrato social" que regulara las relaciones entre poderes públicos y particulares desde entonces y por toda la eternidad, o por lo menos —según la versión de algunos pensadores como Thomas Jefferson en Estados Unidos— por el tiempo que durara una generación en el poder.

En esa suerte de esperanza utópica se comienza a construir la importancia social de los textos constitucionales. Aunque muchas de sus normas tienen por destinatarios principales a los órganos superiores de los poderes públicos, lo cierto es que las Constituciones contienen también importantes regulaciones de la vida en sociedad, de las relaciones entre los individuos. No son relatos dirigidos solamente al poder, sino narraciones abiertas a la sociedad, pertinentes para su desarrollo.

Las Constituciones, a través de los derechos fundamentales, señalan no solamente los límites a los órganos del Estado, sino también la forma en que sus habitantes deben relacionarse entre ellos. No son reglas de actuación dirigidas solamente a las autoridades, sino normas de conducta observables y obligatorias también para cualquier persona que se encuentre en el territorio en el que rige la Constitución. Además, las Constituciones son una especie de "utopías concretas", documentos que expresan lo que las sociedades quieren ser en el futuro, conteniendo de esa manera las aspiraciones generales, que pueden ir modulándose gracias a la acción del pluralismo social.

Ahora bien, el éxito de una Constitución depende de que su contenido sea compartido y conocido socialmente. Y en esto tiene una gran responsabilidad la cultura jurídica, que no debe ser monopolio exclusivo de los especialistas, sino objeto de conocimiento y debate por parte de amplios sectores de la sociedad. Las Constituciones deben ser conocidas, discutidas, examinadas y, en su caso, criticadas por todos sus destinatarios. A través de esos análisis y críticas es como la población puede apropiarse de un texto constitucional, que de otra manera quedará como simple recurso estilístico y retórico de la clase política o servirá solamente para dar clases y conferencias. Una Constitución debe tomar vida a partir del uso que de ella hagan todos los sectores sociales, utilizándola como argumento en discusiones jurídicas, políticas, sociales y hasta económicas. Las Constituciones deben estar arbitrando de forma permanente los conflictos sociales.

Para que lo anterior sea posible, es necesario, antes que nada, conocer los textos constitucionales. Ese es el segundo propósito del presente libro.

Tomar en serio el texto de la Constitución es, actualmente, una de las mejores tareas que pueden realizarse para su defensa. Si dejamos en manos del poder la exclusiva definición de los términos constitucionales, estaremos expuestos a cualquier género de abusos, de los que ofrece ejemplos en abundancia la historia constitucional de México. Como sucede con otros conceptos, los de libertad o democracia por ejemplo, con la Constitución todos suelen identificarse. Todos dicen que su actuación es constitucional o que están haciendo cosas para mejorar la efectividad de la norma suprema. La Constitución se convierte, en el lenguaje de nuestros políticos, es una especie de sortilegio, en un resorte legitimador que puede poner contra la pared a quien no sepa utilizarlo. Quien la sabe blandir en un enfrentamiento dialéctico termina casi siempre imponiéndose a sus rivales.2

Pero desde el terreno académico debemos estar atentos a esos intentos de manipulación constitucional. La Constitución solamente puede estar al servicio de los intereses generales, no a las órdenes de las ambiciones políticas o partidistas de sujetos ubicados a lo largo y ancho del espectro ideológico que pasarán a la historia como simples anécdotas en el camino. Desde el poder siempre se intentará influir en el sentido de las palabras de la Constitución; por eso es que su conocimiento debe ser una tarea en la que nos detengamos una y otra vez. Los significados semánticos del texto constitucional deben ser protegidos en contra de los intentos de "partidizarlos", poniéndolos a salvo de las acechanzas que se asoman desde las sedes de algunos poderes públicos o de ciertos partidos políticos.

No se trata de emprender una cruzada en calidad de filólogos. Al defender a las palabras se defiende también a la cosa misma, se defiende a la comunidad política frente a la arrogancia del poder y se impide que la autoridad se apropie del valor compartido que la Constitución representa. Tomar las palabras de la Constitución en serio es nuestro primer deber-ser, pues sin ellas no tendremos puntos de referencia y de salvación en los cuales sostener nuestra incipiente democracia.

Historia, utopía y rigor analítico: he aquí las tres claves de interpretación a través de las cuales cada lector podrá penetrar en el contenido del libro que hoy presentamos.

 

NOTAS

* Palabras pronunciadas en la presentación del libro El proceso constituyente mexicano. A 150 años de la Constitución de 1857 y 90 de la de 1917 (México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2007), llevada a cabo en el IIJ de la UNAM el 20 de febrero de 2007.

1 Zagrebelsky, Gustavo, Historia y Constitución, Madrid, Trotta, 2005, pp. 90 y 91.         [ Links ]

2 Tomo este razonamiento de otro de Paolo Flores D'Arcais referido a la democracia; la referencia se encuentra en su obra El soberano y el disidente. La democracia tomada en serio, Madrid, Montesinos, 2006, pp. 9 y ss.         [ Links ]

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