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Boletín mexicano de derecho comparado

versão On-line ISSN 2448-4873versão impressa ISSN 0041-8633

Bol. Mex. Der. Comp. vol.38 no.112 Ciudad de México Jan./Abr. 2005

 

Artículos

 

El Estado transicional

 

José Isidro Saucedo González*

 

* Académico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

 

Resumen

En este artículo el autor ofrece una definición del Estado con la finalidad de comprender la propuesta epistemológica del Estado transicional, en tanto expresión paradigmática que permite entender las transformaciones que tiene hoy día tal entidad del poder político en el mundo. Para esto se exponen diversas concepciones sobre el Estado, se analizan los principales elementos que caracterizaron el tránsito del Estado feudal al Estado moderno, y se ofrece una concepción de lo que el autor identifica como el Estado transicional. El autor explica que éste habrá de resultar a partir de los procesos de integración que experimentan los sistemas jurídicos en el mundo actual, lo cual implicará un alejamiento de la dimensión nacional del Estado.

Palabras clave: Estado, integración, sistemas jurídicos, poder político.

 

Abstract

In this article the author offers a definition of the State with the purpose of understanding the epistemological proposal of the transitional State, which in turn is a paradigmatic expression that makes it possible to understand the transformations experienced today by this form of organizing political power all around the world. To achieve his purpose, the author explains different conceptions on the State, he also analyses the most important elements that characterized the transition from the feudal State to the modern State, and offers his own conception of what he calls the transitional State. The author explains that the latter shall be a product of the integration processes that are being experienced today by legal systems, which in turn shall imply putting some distance in relation to the national dimension of the State.

Keywords: State, integration, legal systems, political power.

 

Sumario

I. Introducción. II. Concepciones "doctrinarias" del Estado. III. Tránsito del Estado feudal al Estado moderno. IV. El Estado transicional. V. Debatir la transicionalidad. VI. Conclusiones. VII. Bibliografía.

 

I. INTRODUCCIÓN

El propósito principal del presente ensayo es ofrecer una definición del Estado con la finalidad de comprender la propuesta epistemológica del Estado transicional, en tanto expresión paradigmática que permite entender las transformaciones que tiene actualmente tal entidad de poder político en el mundo. Para esto, hemos dividido el ensayo en tres partes. En la primera expondremos diversas concepciones sobre el Estado, en la segunda analizaremos los principales elementos que caracterizaron el tránsito del Estado feudal al Estado moderno, y en la tercera parte ofreceremos nuestra propuesta —resumida— acerca del Estado transicional.

Para comenzar, nos hemos planteado el concepto "Estado" en dos dimensiones: pensar al Estado y expresar al Estado. Advertimos que antes de pensarlo o de expresarlo, lo hemos vivido o, si se quiere, padecido. Como sujetos sociales, hemos sido objeto del actuar de lo que se ha dado en llamar Estado.

Además, antes que nosotros, otros pensadores han hecho grandes trabajos cuyo fin es explicarlo, de aquí que previamente a su definición debamos hacer algunas conceptualizaciones según el ámbito desde donde se ha pensado este concepto, por ejemplo, la sociología, la política, la filosofía y el derecho; enseguida diremos lo que ya algunos teóricos han expresado de él (Platón, Hobbes, Locke, Rousseau... Sieyès). Por último, propondremos una definición que exprese lo que entendemos por el Estado.

 

II. CONCEPCIONES "DOCTRINARIAS" DEL ESTADO

El Estado, políticamente hablando, se ha conceptualizado de manera tradicional como una entidad de poder que ejerce sus cualidades potestativas sobre un conjunto social que responde a sus decisiones. Hobbes lo denominó Leviatán o Dios mortal, atribuyéndole los límites de la representatividad colectiva en un solo hombre o en una asamblea, mediante "pactos mutuos de unos contra otros"; en otras palabras, a la delegación del poder en una persona mediante el consentimiento público, Hobbes lo llamó Estado por institución, en oposición al Estado por adquisición, que es cuando un padre manda naturalmente sobre sus hijos.1

Sin embargo, al Estado también se le puede pensar filosóficamente, concibiéndolo como una entidad epistémica,2 o sea como un término que, de manera aislada o en relación con otros conceptos (por ejemplo, poder, democracia, partidos, soberanía) refiere, con fines explicativos, las creaciones de un sujeto social en diversos órdenes del conocimiento; en este caso, el Estado se inscribe en racionalidades que explican lo político, lo social y lo jurídico, predominantemente.

Debido a su consideración epistémica, la unidad conceptual "Estado" alude en un primer momento a un ente suprasocial que en apariencia no existe más que como cuerpo constituido por personas dedicadas a la política, tomando como fundamento un conjunto de codificaciones legislativas que justifican sus decisiones. De este modo, un jefe de Estado o de gobierno de algún país ejerce el poder que le confiere la Constitución, de tal modo que su actuar estaría supuestamente fundado en el derecho.

Desde la sociología, el Estado es conceptualizado bajo una relación de dominación, es decir, se compone de por lo menos dos partes, mismas que se reclaman mutuamente: el dominante y el dominado. Quien se entiende por el primero, es el que ostenta la capacidad de ejercer su poder sobre el segundo, mientras que éste, o sea el dominado, acepta conscientemente su papel en esa relación estructural.

El sociólogo Max Weber es quien en 1919 (La política como vocación) precisó que el Estado era la comunidad humana en un territorio que reclamaba con éxito y para sí el monopolio de la violencia física legítima.3 El Estado es el único que ejerce legítimamente el derecho a la violencia. De este modo se explicaría la institucionalidad del poder y, por lo tanto, del ejercicio del dominio.

No obstante las conceptualizaciones desde otras materias, es el derecho el que ha hecho del Estado su ser, al grado de que hay autores (Kelsen, por ejemplo) que lo identifican. Bajo esta perspectiva, al Estado se le concibe jurídicamente como un constructor que actúa en la sociedad para regular el orden basándose en un cuerpo de leyes. En otras palabras, el Estado existe no en la realidad física, sino como una creación social con fines reguladores; sólo que no lo hace de manera despótica, sino mediante leyes o códigos que son sancionados por un grupo de expertos con la finalidad de que la comunidad agrupada en torno a determinado Estado actúe conforme a normas positivas.4

Lo que primeramente se podría concluir de las anteriores definiciones, es que el Estado ha sido una propuesta interpretativa de acuerdo con la época y con el teórico que la ha propuesto, por lo que un análisis más profundo merecería algunas reflexiones mayores que rebasarían la pretensión de este trabajo. Por el momento, expondremos diversos conceptos que se han hecho del mismo por algunos teóricos paradigmáticos.

 

III. TRÁNSITO DEL ESTADO FEUDAL AL ESTADO MODERNO

¿Cuáles son las características principales que conforman la transición del Estado feudal al Estado moderno? ¿Por qué el Estado feudal deja de ser feudal y se constituye como Estado moderno? ¿Quiénes son los protagonistas de la transición de uno a otro Estado? ¿Qué circunstancias revelan el cambio del ejercicio del poder entre una y otra era histórica? ¿Son las mismas características del cambio histórico entre feudalismo y modernidad las que aparecen en la transición del Estado nacional al Estado mundial? ¿Existe esta última transición o no existe? Si no existe, entonces ¿qué está pasando con el actual Estado en los diferentes países y regiones continentales que alteran sus legislaciones para ajustarse a las decisiones compartidas entre las élites políticas de los Estados partes en los acuerdos comerciales, económicos, ecológicos, por ejemplo?

Para empezar a responder estas preguntas, iniciaremos una revisión de los principales aspectos que nos permitan visualizar las transformaciones del Estado feudal hasta llegar a lo que se conoce como Estado moderno.

 

1. Desplazamiento del poder político

Una primera característica que debe destacarse en la comprensión del cambio de un tipo de Estado a otro es el predominio político en el ejercicio del poder, pues mientras en el Estado absolutista la nobleza feudal dominaba, esta misma clase no se desplazó5 políticamente en las revoluciones burguesas hacia la obtención de puestos clave en el Estado capitalista.

A pesar de la centralización del poder político de la nobleza que patrocinó medidas económicas como suprimir barreras comerciales internas en países europeos, proporcionar capital usurario en inversiones lucrativas, patrocinar empresas coloniales y compañías comerciales, etcétera, al final sólo sirvieron estas medidas para fungir como "acumulación originaria necesaria para el triunfo final del modo de producción capitalista".6

El paso del feudalismo al capitalismo sólo a partir de progresos económicos sería una mentira, pues en este cambio epocal, o "época axial" según lo denomina Hagen Schulze,7 sucedieron eventos que también fueron determinantes en el recambio político de los sujetos históricos de ese momento. Por ejemplo, este último autor relata que entre 1309 y 1453 hubo una "interminable sucesión de infortunios y noticias de desastres" que empezaron con el exilio de los papas de Aviñón (1309), continuaron con el inicio de la Guerra de los Cien años entre Francia e Inglaterra (1339), la presencia de la peste entre 1348-1349, el gran cisma de la Iglesia de 1378 a 1417, las revueltas en Inglaterra y Francia en 1381 y 1382, la victoria de los suizos sobre la caballería de Habsburgo en 1386, y "siete años después la derrota del ejército húngaro del rey Segismundo por los turcos en Nicópolis, y así hasta la caída de Constantinopla en 1453".8 Si no es lo económico el aspecto que define a un Estado, entonces ¿qué define al Estado?

Para empezar, debemos establecer su definición en singular por dos razones. Primera, porque al exponerse como concepto, se homogeneiza. Y segunda, que al conceptualizarse en sentido weberiano en cuanto ejercicio del poder político con fines de denominación —y para lograrlo puede acudirse al uso de la violencia o coacción física—,9 se está legitimando debido a la cesión voluntaria y libre que se deposita en manos de quien hace uso de dicho poder.

Sin embargo, hay que recordar que en sus orígenes (siglo XVII) el Estado fue una pluralidad, pues se les llamaba estamentos al "gobierno conjunto del príncipe (que constituía igualmente un estamento) con los estamentos restantes, con la nobleza, el clero y la burguesía".10

Es justamente lo que hay que rastrear en el discurso sobre el Estado: sus orígenes. Por ejemplo, cuando Maquiavelo y sus contemporáneos italianos hablaban de stato, tenían vagamente "una idea de la autoridad como hasta entonces no había sido concebida: era en esencia un estado de ejercicio del poder concentrado y público en un territorio".11 Esta idea es la que se extendería hacia los habitantes de dicho territorio, haciéndose clásico el concepto de Estado circunscrito a un espacio limitado por fronteras y por una autoridad que representaba el poder al mismo tiempo que hacía uso de él, o sea, que lo ejercía limitadamente.

Luego entonces, ¿cuál era el Estado en el medievo? ¿Y cuál en la época moderna? El Estado medieval era el Estado absolutista, "el poder de los señores feudales".12 Pese a su verticalidad y centralismo, Europa no fue políticamente homogénea, no tuvo un sistema internacional de Estados; tampoco tuvieron base territorial, sino que sus vínculos fueron el vasallaje personal; sobre este mismo vínculo personal medieval se desarrolló el Estado moderno europeo.13

"Los señores que continuaron siendo propietarios de los medios de producción fundamentales... fueron, desde luego, los nobles terratenientes. Durante toda la temprana edad moderna, la clase económica y políticamente dominante fue, pues, la misma que en la medieval: la aristocracia feudal".14 ¿Cómo fue entonces que la burguesía llegó a obtener el poder político ostentado por la aristocracia feudal? Perry Anderson aduce una "profunda metamorfosis";15 no obstante, sólo hasta el final de la historia del absolutismo fue despojada del dominio del poder político. En este proceso se inscribe la democracia, es decir, la elección del monarca mediante el sufragio. La burguesía, junto con el proletariado como contraparte histórica, tenía el control de las decisiones apoyándose en la voluntad de cada ciudadano.

Francia será donde aparezca por vez primera la idea plena de Estado: "a principios del siglo XIV, ya se habían desarrollado... los rasgos fundamentales del Estado moderno de administración centralizada".16 Será el cuerpo de funcionarios administrativos de cada país lo que desencadenará la profesionalización de muchas más ramas del poder político. Le seguirá el ejército, los banqueros, la iglesia.

El nuevo Estado, el moderno, se sostendrá en su proyecto colectivo de cesión de voluntades y delegación de potestades. Los teóricos que estructurarían el concepto en su época fueron Rousseau, Hobbes y Maquiavelo, principalmente.

Cada uno de estos pensadores estableció características del nuevo Estado. Rousseau hizo del pacto social y de la soberanía general condiciones para la convivencia sociopolítica en los límites territoriales de un pueblo; Hobbes, a su vez, y teniendo como sustento filosófico el iusnaturalismo, hizo una construcción explicativa del Estado cuyo modelo ficticio lo tomó de un pasaje bíblico, pero sólo para advertir que la soberanía pactada entre un pueblo y su gobernante podría convertirse en un pilar del absolutismo;17 Maquiavelo, por su parte, en cuanto al Estado, fue el primero que empleó el término para referir "la organización de la autoridad política", pues hasta el siglo XVI se hablaba aún de autoridad, reino, principado o territorio, como términos que designaban al mismo tiempo un conjunto de individuos y un territorio jurídicamente homogéneo.18

Ampliemos la idea de soberanía en el seguimiento del Estado moderno, comenzando por señalar el concepto de la soberanía en la Edad Media. Soberano era el rey, y de ahí se extendía la idea de la soberanía hacia lo que le correspondía. Sin embargo, la soberanía real no aplicaba sobre territorios ni gente: "su poder [el del rey] residía en dar propiedades de tierra que él y sus parientes poseían, y en que otros propietarios lo reconociesen como el más poderoso y estuviesen dispuestos a sometérsele".19

En tal sentido, y como bien lo apunta P. Anderson, las ciudades medievales se desarrollaron gracias a la dispersión jurídica de la soberanía.20 Europa no conoció el Estado homogéneo o unificado, sino hasta que se constituyeron los estamentos como productos de la representación o delegación de la titularidad de la soberanía que se enviaba a la asamblea general de los Estados Generales.21

La soberanía como idea de absoluta es restringida, porque sus límites son los mismos que poseen los territorios; está hecho para transmitirse al nuevo Estado con la idea de nación: las fronteras fijarán los límites de soberanía de los Estados asentados en ellos.22 En Europa no hubo igualdad en la evolución de los Estados. La modernidad en tanto abandono de las formas absolutistas de un monarca y la asunción del poder político por las asambleas, apareció en diferentes coyunturas y tiempos. Por ejemplo, en España tuvo lugar lo que Maquiavelo soñaba para Italia: la unificación y concentración interna de un gran reino, luego del desgarramiento interno, así como la competencia por el poder entre la Corona, nobleza e Iglesia que dieron origen al desarrollo del Estado moderno "gracias a la voluntad de poder del príncipe y a la brutal capacidad de imposición de la autoridad soberana. Antes del último tercio del siglo XV no había apenas fundamentos para la formación de un Estado cohesionado en la Península Ibérica".23

Italia, en cambio, experimentaba en la teoría las formas de Estado de acuerdo con su capacidad de funcionamiento. "No en balde fueron los italianos los teóricos del Estado más significativos de su tiempo" (siglos XV y XVI).24

Por su parte, Francia, a diferencia de Inglaterra, consiguió en la mayoría de los casos evitar la convocatoria de los "Estados Generales" del reino. En su lugar, el rey buscó celebrar sesiones de los estamentos limitados a las regiones; además, los Estados Generales no obtuvieron una base legal sólida, necesaria "para convertirse en una institución política duradera como el Parlamento inglés; dependieron siempre de la voluntad del rey... en la cúspide del Estado estaba el rey; él era el supremo señor de los tribunales... feudos... guerra... política exterior... finanzas... administración y, en buena parte, de la iglesia. Era la ley en persona, rex lex".25

En resumen, hasta principios del siglo XVIII Europa era todavía un mundo de continuidad, estático y regido por tradiciones. Europa no se desmoronó, sino que conservó su unidad interna gracias a su diversidad estatal. No obstante, fue Inglaterra quien a partir de 1713 se dispuso a relevar a Francia como potencia hegemónica y, de este modo, también a aquel modelo de Estado que Francia representaba.

¿Qué es lo que Inglaterra ofrecía como nueva institución en el control del poder político? La respuesta se encuentra en lo que hoy se denomina Parlamento.

Dicha institución democrática tuvo su origen en Inglaterra, en 1520; se le conoció originalmente como Parlamentum. Sus funciones primarias fueron hacendarias, pues debía aprobar las aportaciones financieras de los barones a la Corona británica. Sin embargo, a partir de 1297, el rey Eduardo I, previa convocatoria tanto de la nobleza como de los commons, reconoció:

El derecho del Parlamento a decidir sobre la aprobación de todas las exigencias de dinero que sobrepasasen los ingresos de la Corona ajustados al derecho... así fue desarrollándose paulatinamente aquel doble sistema de poder compuesto de la autoridad estamentaria y de la monarquía, que no sólo ha determinado la historia constitucional, inglesa, sino también la de los Estados europeos hasta los siglos XVIII y XIX, y a partir del cual se ha desarrollado el moderno Estado constitucional y parlamentario.26

No obstante esta dualidad de poder, el rey seguía siendo el soberano durante la Edad Media; sería hasta 1665 cuando los parlamentos, a instancia de Luis XIV, serían "Consejos Superiores" y no "Consejos Soberanos", pues soberano lo era únicamente el rey.

Actualmente, la vida democrática de las sociedades no se concibe sin el parlamentarismo. Las luchas políticas modernas se resuelven en el Parlamento mediante la representación de los partidos políticos. "Para el político moderno [dice Weber] la palestra está en el Parlamento, lo mismo que para el partido está en el país... el verdadero parlamentarismo... sólo es posible en un sistema de dos partidos, y éste, a su vez, sólo en el caso del poder aristocrático de los honoratories dentro de los partidos".27

Concentración del poder y separación ¿Qué más factores produjo el Estado feudal antes de configurarse como Estado moderno? Una más de sus características definitorias es la división de poderes para hacer frente a la concentración del poder que fue el absolutismo estatal.

La división de poderes formulada por Montesquieu en el siglo XVIII describía certeramente la realidad del Estado según se había desarrollado en Europa: conforme los medios de poder y comunicación mejoraban, el pluralismo de poder se veía amenazado por la aspiración del soberano a la autoridad total:

De ahí que para impedir un abuso de poder, éste debía repartirse entre más instituciones que habían de separarse entre ellas cuidadosamente; el ejecutivo, es decir, monarca, gobierno y administración; el legislativo, es decir, los representantes del pueblo, a los que debía incorporarse una representación complementaria de la nobleza, que como corporación independiente había de mantener el equilibrio con el monarca; y el judicial, los poderes jurisdiccionales, concebidos como tribunales de jurados independientes.28

Aunque tal división no sólo tuvo como interés principal la de impedir abusos monárquicos, sino que también había impedido que la iglesia fuera injerencista, en virtud de su nominación principesca por la gracia divina. Todavía más en favor de la separación de poderes encontraba la necesidad de suprimir la dualidad de poder entre el poder de los príncipes y de los estamentos, dualidad surgida precisamente del feudalismo.29

El poder político y espiritual de la iglesia en la Edad Media era tal, que la coronación del rey corría a cargo del representante de la iglesia. Sin embargo, la jerarquía eclesiástica comenzó a entrar en conflicto. Hacia 1409, tres papas se sucedieron en el pontificado en sólo doce meses; nada habría que comentar si no fuera porque entre ellos se llamaban "embaucadores y usurpadores".30

Como producto de este conflicto se escindió la organización eclesiástica en reformistas y contrarreformistas, luteranos y calvinistas, a fin de cuentas se pusieron al servicio de los Estados y de su autoridad. Fue en 1555 cuando los luteranos obtuvieron la igualdad de derechos con los católicos; no sucedió lo mismo con los calvinistas, quienes opusieron resistencia pues no obedecían a la autoridad que persiguiera a los súbditos de su fe. Los católicos, en 1572, asesinaron a casi todos los calvinistas franceses. Los sobrevivientes formaron un ejército, un aparato de justicia propio y otro de finanzas.

Treinta años duraría la guerra entre protestantes y católicos en Europa; hasta que en 1648 se hizo la paz:

Con la Paz de Münster y Osnabrück... tocaba a su fin la época de la gran incertidumbre. Un nuevo continente había surgido del baño de sangre de las guerras de religión. Empezaba la época de los Estados absolutos, la lucha por el poder entre príncipe y estamentos estaba decidida, religión y Estado constituían una unidad indisoluble, y hasta en la última aldea sabían todos qué eran ley y derecho, orden y fe verdadera.31

El poder de la iglesia nuevamente obtendría un lugar preponderante en la modernidad estatal; España, más que Italia, Inglaterra o Alemania, habría logrado la unificación religiosa del Estado, "la uniformización de la población en el nombre de la fe".32

Ésta era un situación que enfrentarían los teóricos del Estado, como Bodino, al ver que la Iglesia pretendía influir en la decisión de los ciudadanos mediante propuestas legislativas, cuando esta tarea correspondía a la soberanía legislativa de la república de los estamentos, es decir el pueblo. Dios ya había dado leyes; ahora le tocaba al Estado civil hacerlo.

 

2. El Ejército y la burocracia

El ejército profesional y la burocracia fueron dos instituciones creadas por el Estado moderno; o, si se quiere, organizaciones que sin ellas no habría existido tal Estado. En los antecedentes del ejército profesional se encuentran los mercenarios; a éstos les pagaban los príncipes y la nobleza adinerada para protegerse de los asaltos y de los intentos de conquista. Con la llegada de la tecnología, los ejércitos mercenarios se armaron y se cotizaron más alto. En Europa, la Corona francesa constituyó en 1445 el primer ejército permanente; pero también ideológicamente fue la ultima ratio legis, es decir, el instrumento de poder decisivo al que el rey recurría en situaciones de emergencia; no obstante, para poder costear los gastos militares, debía aumentarse la eficacia de la administración de las finanzas reales.33 En otras palabras, la manutención del ejército profesional como institución del Estado requería de una administración financiera eficaz, lo cual obligó a las autoridades del Estado a acumular la eficacia del personal administrativo, lo que conllevó a su profesionalización.

La burocracia es la otra institución que permite identificar al estado moderno. El surgimiento del aparato administrativo profesional del actual Estado, tuvo su origen en la red de la administración real de la Edad Media cuyos departamentos ministeriales como las cancillerías y los controles de finanzas hacían ver una distinción del manejo de gobierno en la administración: su especialización y preparación profesionales; es en este último aspecto donde descansará la cualidad del nuevo Estado, pues la preparación supondría un proceso de aprendizaje basado en la racionalidad.

La burocracia moderna —dice Weber— se distingue ante todo de esos ejemplos anteriores por una cualidad que refleja su carácter de inevitable de modo considerablemente más definitivo que el de aquellos otros [los patrimoniales], a saber: por la especialización y preparación profesionales racionales.34

 

3. Los abogados

Aunado al ejercicio profesional de la burocracia y del Ejército, el Estado moderno produjo otro conjunto de profesionales dedicados a regular las transacciones entre particulares. Este nuevo estamento profesional fue el de los jurisconsultos o abogados.

Fue precisamente la alianza de estos técnicos de la administración de reglamentación en la vida económica, primordialmente, de los Estados modernos, lo que permitió la vinculación del derecho, la política, la administración y la seguridad en una nueva era histórica denominada capitalismo y con éste el Estado moderno.

 

IV. EL ESTADO TRANSICIONAL

La evolución constitutiva del Estado nos obliga a replantear su configuración conceptual, pues el Estado no son solamente individuos organizados con base en una legislación, sino que también son sujetos que reciben los beneficios o perjuicios de las decisiones de dichos hombres, y estos sujetos (ciudadanos, instituciones, empresas, organizaciones, etcétera) reaccionan ante tales decisiones. De manera que tanto el Estado como la sociedad van relacionándose de acuerdo con circunstancias particulares, con lo cual el concepto del Estado no es el mismo en cada época ni en cada lugar.

En este sentido, como unidad epistémica en movimiento con la historia, el Estado es asimismo un paradigma. De aquí que durante el surgimiento del Estado moderno, en las postrimerías del medioevo, se le vea con cualidades y características que ya no son reflejo de aquella época, por ejemplo la soberanía de las naciones. Veamos lo anterior haciendo un repaso histórico muy sintético.

Platón, siguiendo a su maestro Sócrates, dice que el Estado o la ciudad es la unión de los ciudadanos (polis). El Estado es el sujeto político; el ciudadano individual no vinculado a normas es inexistente en las ciudades. Desde la antigüedad, Platón refiere la relación ciudad o polis con la calidad de los ciudadanos que, aun cuando se prohibía a los ciudadanos "tocar a la Constitución" de Atenas mediante el castigo de la pena de muerte,35 se les reconocía bajo el nombre de "magistrados y pueblo", puesto que se daban a sí mismos ese "nombre común".36 Sin embargo, el ideal platónico del Estado no fue producto de la experiencia concreta e histórica del siglo IV antes de Cristo, sino una propuesta de formación individual para la consecución del hombre sabio o filósofo que desde su puesto de gobernante pudiera mostrar la virtud de practicar la justicia como bien máximo. Según Platón, "la miseria política del mundo no terminará sino hasta que los filósofos se conviertan en reyes o los reyes empiecen a investigar de un modo verdaderamente filosófico".37

Con el Renacimiento, la sociedad europea se aleja del oscurantismo medieval, y las instituciones de investigación como las universidades exponen las ideas basadas más en el orden de la razón que en el de la fe. El Estado moderno es, en gran medida, producto de las ciudades burguesas que requerían de nuevas reglas para el intercambio de mercaderías. Los conceptos de "imperio" y "reino", por ejemplo, compiten con los de "república" y "ciudadanía", entre otras.38

De esta época es Nicolás Maquiavelo, quien fue el primer gran teórico de la política del poder.39 Señaló que el poder era fundamentalmente la capacidad del empleo de la fuerza, pero no la única cualidad necesaria para ejercerlo: en sus diversos capítulos dedicados a exponer el mejor comportamiento de un príncipe, señala a su vez el apoyo en el pueblo, en rodearse de asesores capaces y no de inútiles, etcétera. A final de cuentas, no hace otra cosa, Maquiavelo, que describir las acciones que mejor reportan a quien pretende comportarse como jefe de Estado; acciones que ya fueron probadas en la historia.40

Ya en la modernidad, una de las características del Estado —moderno— es su división de poderes, la cual corresponde a Montesquieu como su creador. Este teórico del poder propone la división del poder político en Ejecutivo, Legislativo y Judicial con la finalidad de que sea desde el interior del poder mismo en que se le ponga freno al poder.

Hobbes, por su parte, fue un teórico de la soberanía. Señaló que la soberanía era para los reyes, el parlamento o las asambleas, pues cuentan con la facultad absoluta de hacerse obedecer.

Locke, a su vez, elaboró una teoría de la política en donde hacía ver que los hombres se mueven por interés propio, pero —a diferencia de Hobbes— no siempre luchan unos contra otros, sino que desarrollan su capacidad racional para hacerse entender aun cuando no se encuentren bajo gobernante alguno.

Ambos, Hobbes y Locke, concibieron al Estado fundado en un contrato, pero, según Locke, el gobernante es una parte del mismo. Con esta idea, Locke se convirtió en el primer promotor del constitucionalismo.41

Rousseau es quien fija el concepto de soberanía popular como voluntad representativa de una sociedad civil. Así, la soberanía ha tenido una dimensión de totalidad, que a la postre tendría tal absolutez en el concepto de la democracia, que ésta se entendería con Kant como un gobierno despótico.42

No obstante, el problema de la soberanía y la representación presentes en el ejercicio del poder en cuanto resultado de un pacto democrático, son necesarios de reflexionar. Los individuos y la totalidad del cuerpo político son los dos polos de una misma construcción: el Estado, ya que éste es el resultado de una acción contractual.

No es sino hasta la revolución francesa en que se permitió identificar la voluntad general, la soberanía y la nación a través del Tercer Estado. "De ahora en adelante, la constitución del Estado no será problema sólo de la realidad histórica, sino que también estará en la teoría".43

El poder constituyente (soberanía) será problema en función no sólo como resultado sino también como condición del pacto social. Los individuos sólo pueden identificarse como sujetos políticos constituidos por el Estado. La idea tutelar de la sociedad actual es, por la situación modificada, inadecuada. Se requiere —dice Duso— de una nueva teoría contractual que exponga el papel que juegan los partidos políticos contemporáneos como sujetos superiores al individuo atomizados en la sociedad. Por esto, los conceptos de pacto, soberanía y representación, entre otros, exigen una revaloración política contemporánea que los distancie de la concepción clásica del modernismo y los actualice en función de la nueva estructura política de un poder que día con día se universaliza y supera el entorno de lo nacional, tanto económica como geográficamente.

 

1. Crisis del Estado moderno

En el centro del debate está, sin embargo, el problema del Estado moderno como nexo de la unidad política promovida por una racionalidad unívoca dentro de una pluralidad racional de sujetos componentes de una sociedad compleja y heterogénea.

El asunto es la actitud reflexiva, sí, pero muy significativa para pensar al Estado como proyecto, es decir, asumir una actitud no contemplativa (presente) sino activa (futuro). En donde los actores, gobierno y gobernados, participan dinámicamente, pero que aun cuando en los análisis aparezcan como partes estructurales, en las acciones desaparecen (nulidad estructural práctica). Pensamiento y acción son partes constitutivas de la "estructura originaria del hombre". "La comunidad política no está fundada por la teoría, sino que está propuesta por ella, y por ello la filosofía política se ejerce en la comunidad ya existente".44 Cita el caso de un concepto categorial como el de poder político, que unifica a su vez los de soberanía y representación; todos elementos constitutivos del ámbito de la acción humana, pero pensados públicamente también por el hombre, es decir, constituido en polis.

Algunas características del Estado moderno las podemos señalar, según aportaciones del escritor alemán Bluntschli, quien a mediados del siglo XIX propone dos definiciones complementarias, a saber, que el Estado es una reunión de hombres, "que forman una persona orgánica y moral en un determinado territorio, divididos en gobernantes y gobernados"; así como que el Estado "es la persona políticamente organizada de la nación en un territorio".45

Con lo cual se constituyen las características que han definido al actual Estado moderno y contemporáneo, a saber:

a) El Estado se circunscribe a un territorio físicamente delimitado por fronteras reconocidas por otros Estados.

b) El Estado es nacional al agrupar en ese territorio a una comunidad humana con una cultura común.

c) El Estado centraliza los poderes públicos al arrogarse la potestad de imponer el derecho creado en su seno.

d) El Estado es soberano al afirmarse como individualidad frente a otras naciones soberanas.

Esas son las principales características que en la actualidad han entrado en crisis al modificarse las relaciones entre los países como efecto del vínculo económico caracterizado bajo el nombre de globalización.

En primer lugar, en cuanto a la territorialidad del Estado, ya desde el primer cuarto del presente siglo se admitía la relativa necesidad del límite del territorio para la constitución del Estado, pues la diferenciación entre gobernantes y gobernados se ha dado desde las tribus nómadas.46

En cuanto a la comunidad cultural (costumbres, idioma, etcétera) también es relativa para la definición de Estado-nación, pues durante mucho tiempo se han aceptado las diferencias culturales dentro de un territorio para constituir una sola nación; sin embargo, a veces forzada y en otras en forma voluntaria, los grupos culturales diferentes han propuesto su autonomía, provocando con ello la escisión del territorio y, por ende, de la nación y el Estado.

Respecto a la centralización de los poderes públicos, es ahora un hecho —como en el caso mexicano— que las legislaciones nacionales se han visto precisadas a modificarse no sólo por acuerdos internos, sino también por compromisos externos, con lo cual el ordenamiento jurídico ya no procede solamente de la nación originaria, sino que se extiende más allá de las fronteras geográficas y de los intereses culturales, económicos y políticos.

Discutir el Estado moderno es debatir su génesis y características fundantes. Uno de los primeros que escribieron en favor del mismo fue Emmanuel Sieyès. Escribió notas que aún perduran en nuestros días como referencia obligada a pesar de que han pasado más de dos siglos. Las líneas siguientes son algunas de sus ideas.

Una década antes de que finalizara el siglo XVIII, llamado de las "luces" por la insistencia de apoyarse en la luz de la razón para explicarse el conocimiento de las cosas, aparece en la arena política una discusión sobre el significado del llamado "Tercer Estado", distinto del eclesiástico y de la nobleza. La revolución francesa es el factor sociopolítico que produce el nuevo fenómeno discursivo cuyo contenido es la reclamación de ser reconocido como un poder frente a los otros dos, que son a los que niega. Emmanuel Sieyès representa el defensor y propulsor de dicho Estado frente a la monarquía y la iglesia.

En el orden político de finales del siglo XVIII, el Tercer Estado demanda reconocimiento porque no representaba nada y, sin embargo, lo era todo. Entre la nada y la totalidad estaba, pues, la lucha por ser algo.47

Al Tercer Estado lo componían los trabajadores, el pueblo; y no entraban en él la nobleza ni los clérigos, es decir, las clases privilegiadas durante el feudalismo, o sea el viejo orden (ancien regimen). Sieyès anota que la nación y el Estado se relacionan en cuanto se instalan dentro de un territorio y están asociados bajo una ley común con una representación política.48 Para ese entonces, la condición civil del pueblo había cambiado; pero la nueva condición política de libertad y de poder había que conquistarla mediante nuevos derechos, a los cuales se oponían las clases privilegiadas en los Estados Generales de Francia. De esta forma, había una clase en ascenso y dos en descenso; la burguesía, por un lado, y la aristocracia (junto con el ejército) y el clero, por el otro.

Sin embargo, los diputados del pueblo no estaban representados directamente en los Estados Generales, sino que gente de la aristocracia o del clero representaba al pueblo, hecho que hacía ver, a ojos de Sieyès, una incongruencia, pues era como si los ingleses tomaran el papel de representantes de las provincias francesas en el Directorio francés.49

La nobleza y la iglesia de Francia impedían la constitución de un nuevo sujeto político en la historia; no obstante la actitud feudal de las clases privilegiadas, el pueblo, o sea la burguesía, adquiere personalidad propia al lograr ser representado directamente en el centro de decisiones de poder, como lo fue la Asamblea Nacional francesa, cuyo resultado sería un contrato social.50

La Constitución francesa tuvo como ejemplo a la inglesa. Los lores y los comunes ingleses no se encontraron, sin embargo, en Francia. Además, "dicha Constitución [la inglesa] es producto del azar y de las circunstancias más que de las luces... su representación nacional, según confesión de los ingleses mismos, es mala".51 De este modo, Sieyès descalificaba la aportación política de Inglaterra, pero no porque hubiera sido duradera en suelo inglés desde 1688, sino porque Francia tenía que ser ejemplo de otras naciones. "Los hombres construyeron cabañas... antes de construir palacios", o sea, que su modelo paradigmático era la arquitectura para justificar la aspiración de hacer una Constitución superior a la de Inglaterra.

Característico de toda nación —dice Sieyès— es su Constitución; y la sociedad política de Francia debía contar con una voluntad representativa basada en dicha Constitución. Es decir, la sociedad política debería darse a sí misma su Constitución y constituir una voluntad representativa; pero la Constitución sería obra de un poder constituyente (Asamblea) y no del poder constituido (gobierno). "La voluntad nacional... no tiene necesidad más que de su realidad para ser siempre legal, porque es el origen de toda legalidad".52

Pero Sieyès reconoce que un cuerpo de representantes puede suplir a la asamblea nacional.53 La nación se encuentra en el territorio, en los habitantes y en los que pagan impuestos. Y la voluntad común de la nación es la opinión de la mayoría. La mayoría representativa, a su vez, puede hacer cambios constitucionales. La voluntad de una nación "es el resultado de las voluntades individuales, al igual que la nación es la reunión de los individuos".54 Asimismo, estableció características de representatividad con relación a la propiedad: las desigualdades de propiedad y de industria no desnaturalizan la igualdad cívica de los ciudadanos, y todo ciudadano es representable y tiene derecho a elegir a su representante.

Finalmente, el Tercer Estado, antes siervo, en vísperas del nuevo siglo, el XIX, emerge como directriz paradigmática de la idea de nación moderna, apoyándose —sus defensores y promotores— en la luz de la razón y la justicia. La nobleza y la aristocracia fueron proscritas; solamente quedaron las palabras que aludían a ella, porque en la realidad estaban por extinguirse. Había que neutralizarles para restablecer la salud del cuerpo social de finales del siglo XVIII, e impedir que se volvieran a formar morbosidades que viciaran la vitalidad de la nueva historia.55 De esta forma, el modelo racional apoyado en la cirugía, también perduraría como paradigma explicativo de la realidad social por muchos años.

Sin embargo, la verdad que es necesario divulgar es la que rompe prejuicios, es la que, según Sieyès, es preciso extender por todas partes.56 Y fue justamente lo que generó dos siglos de modernidad en cuanto al modelo político de representatividad: un Estado dividido en tres poderes que, a su vez, representaban la voluntad mayoritaria de una nación en cuanto asociación o sociedad política asentada en un territorio y rigiéndose por una legalidad constitucional.

 

2. Nuestra definición

Una vez hechos tanto las definiciones según la materia que se interesa por el concepto del Estado, así como el recorrido muy panorámico de algunos de los principales teóricos de la política, propondremos nuestra definición del Estado: El Estado es el producto histórico resultado de un hecho político y social: la transferencia del poder en cuanto capacidad de decisión entre las comunidades que se han puesto de acuerdo para ello, o bien que asientan ser gobernados por quienes se encuentran como dueños de las decisiones (aunque también haya quienes se imponen mediante el recurso de la fuerza armada).

No obstante, al Estado transicional lo entendemos como una propuesta provisional para entender las transformaciones del Estado, producto de la historia posterior a los acontecimientos tanto de 1989 con la caída del Muro de Berlín y el derrumbe de la Unión Soviética, como de 2001 con los atentados aéreos contra las torres gemelas del World Trade Center en Nueva York.

Asimismo, con esta propuesta se refuerza la tesis de que la esencia del Estado permanece en tanto sociedad política de una comunidad que requiere ser regulada para su convivencia; lo que cambia es fundamentalmente la dimensión de su capacidad para aplicar la normatividad que se establezca en los nuevos territorios de cobertura política; en otras palabras, el Estado se redimensiona para continuar operando como regulador de los intereses de quienes se ostenten como los responsables de las decisiones del poder político en el mundo.

Pero este mundo ya es difícil mantenerlo en las dimensiones de las fronteras nacionales. La interdependencia económica, tecnológica y política, principalmente, nos obligan a pensar en la conveniencia de superar la barrera cultural de la ciudadanización mundial; esto con la finalidad de conservar el equilibrio político relativo entre las actuales estructuras.

Autores como Alan Wolfe y Robin Murray opinan que la internacionalización de la economía obliga a una cierta internacionalización de las instituciones políticas, de manera que los Estados, lejos de autoliquidarse, se fortalecen en la medida en que se integran vía acuerdos, es decir como res publica dirigida por los Estados mismos.57 Murray precisó además una incompatibilidad en las relaciones económicas y políticas entre los Estados vinculados entre sí, pues mientras la internacionalización incrementa la inestabilidad económica, el poder de los gobiernos nacionales disminuye por su incapacidad para controlar la actividad económica dentro de sus fronteras.58

La internacionalización de la economía a escala global es lo que se ha dado en llamar globalización. El mundo globalizado ha impuesto comportamientos a los Estados nacionales que han debido de abrir sus fronteras a un comercio más abierto y sin muchas medidas proteccionistas. La necesidad de organizar a las economías nacionales, siguiendo directrices de organizaciones como el Banco Mundial o el Fondo Monetario Internacional, ha planteado la posibilidad de ordenar el mundo bajo nuevas reglas jurídicas. La interrelación de capitales nos permite afirmar que la internacionalización estructural de las naciones obliga a plantearse una nueva forma de regulación superestructural en donde la idea del Estado-nación ya no limite el crecimiento de la economía a escala mundial. Las medidas formales como el GATT y el TLC son aún mecanismos incipientes que tratan de organizar las economías en un proceso global.

Por nuestra parte, confirmamos la hipótesis de que la tendencia globalizadora de las economías nacionales plantea, por el momento, una disyuntiva a nivel superestructural: o se institucionaliza el poder político representado por el actual sistema de Estados nacionales, o ese mismo poder político se socializa en un Estado nuevo en donde las instituciones sean producto de una nueva relación entre las autoridades y las organizaciones civiles que configuran el sujeto político de la sociedad global.

 

3. Fin del Estado-nación

El Estado-nación ha quedado sin fronteras, pues la revolución informática no sólo las ha borrado, sino que incluso ha hecho inútil la línea divisoria entre la inversión y la especulación, "el capital... puede ahora circular con mayor velocidad y libertad que las cosas".59

Sin embargo, la ampliación del mercado económico no ha estado acompañada de su correspondiente ampliación política en la democracia, pues las economías nacionales han sido víctimas de las fluctuaciones (leves o drásticas) del mercado mundial. Ante lo cual son necesarias normas constitucionales que delimiten el poder de las mayorías políticas de los centros de poder económico. Los principios constitucionales más importantes son aquellos que definen el límite entre lo que es competencia del Estado y lo que es competencia de la sociedad.60 Propuesta que está fundada, en gran medida, en ideas de Jan Pronk, "sensato ciudadano holandés", responsable de la cooperación internacional de su país, y que señalaba la necesidad de internacionalizar el concepto de Estado de bienestar, con transferencias de recursos dirigidas a corregir los casos más acusados de falta de equidad. "Necesitamos —decía— una democracia pluralista internacional en la que los países del Tercer Mundo puedan participar eficazmente en el proceso de toma de decisiones internacional".61

La tendencia anterior se refuerza por el hecho de que el Estado nacional ha perdido importancia y porque la soberanía de los Estados nacionales "depende cada vez más profundamente de los movimientos de la economía capitalista mundial".62

 

4. Postura filosófica

En la filosofía, sobresale una postura filosófica con respecto a la globalización económica y sus repercusiones en las sociedades nacionales. Se trata de la de Jünger Habermas. La conclusión a la que llega es a afirmar una cuestión: ¿cómo representarse la relación entre la conciencia histórica problematizada y una nueva identidad estatal postnacional? La cual resuelve con una propuesta subjetiva e individual más "adecuada" a nuestro mundo postradicional. Son las identidades colectivas abstractas como la democracia y los derechos humanos los que constituyen los nuevos asideros de la universalización y en donde "se refractan los rayos de las tradiciones nacionales".63

En una entrevista publicada en 1988, Habermas es invitado a ampliar la opción universalista de la democracia y los derechos humanos como identidad postnacional.

Primeramente afirma que el nacionalismo alemán quedó devaluado por el sentido darwinista y racial llevado al extremo por Hitler,64 y su propuesta de identidad postnacional está paralelamente unida a las sociedades postnacionales de los países en el proceso de integración en la Comunidad Económica Europea-Unión Europea. Lo cual va acompañado de una propuesta de universalismo, en el cual se relativiza la propia forma de existencia atendiendo a las pretensiones legítimas de las demás formas de vida; se reconocen iguales derechos a los otros, a los extraños, con todas sus idiosincracias y todo lo que en ellos nos resulte difícil de entender; en donde uno no se empecina en la universalización de la propia identidad, que uno no excluya y condene todo cuanto se desvíe de ella; en donde los ámbitos de tolerancia se hagan infinitamente mayores de lo que son hoy; "todo esto es lo que quiere decir universalismo moral".65

Dicho universalismo sólo puede cobrar realidad —dice Habermas— en las distintas naciones en vías de ser sociedades postnacionales, siempre y cuando los principios del Estado de derecho y de la democracia echen raíces en las diversas culturas políticas.66

Asimismo, el universalismo se vincula con el multiculturalismo, sólo que en forma diversa a la que pensaron Kant y Hegel en el siglo pasado, pues la sola idea de considerar a los individuos con capacidad de lenguaje y comunicación no los convierte en una unidad política de acción, sino que el individuo de hoy cuestiona dar la vida por su patria, y si lo convocaran para defender la soberanía de su Estado, lo pensaría, y esto es porque actualmente "la soberanía de los Estados particulares ya no consiste en la capacidad de éstos de disponer sobre la guerra y la paz" con sólo un llamamiento ético, sino que depende más bien de pensar en la abolición de la guerra como medio de autoconservación de los países, incluidas las superpotencias.67

 

5. Escenarios de transición para Europa, Asia y América

Tanto con el derrumbe de la Unión Soviética como con la firma del Tratado de Maastricht al final de 1991, Europa se vislumbra como la nueva Europa. El fin del Estado socialista, el surgimiento de nuevos Estados nacionales producto de la disolución de la URSS y Yugoslavia; las etapas transitorias de la Unión Europea para lograr la unión monetaria y política para los países democráticos de Europa, entre otros hechos, constituyen las características de novedad histórica que prefiguran la creación de una Europa nueva, en donde la idea de una Constitución federal es una de las principales problemáticas por resolver.

El principio de subsidariedad contenido en el artículo 38 del tratado de la Unión se ve como un medio de reestatalización en un proceso donde se venía consolidando la supranacionalidad desempeñada por la Comisión Europea.68 Hecho que contrasta con el otorgamiento de ciudadanía europea dada a los habitantes de los países miembros de la Unión, de tal manera que hoy día se identifica al "ciudadano europeo como el sujeto del centro de la estructura política, con el fin de garantizarle la posibilidad de ejercer su poder político sobre todo el territorio de la Unión Europea"69 (este acontecimiento pone asimismo en crisis al Estado nacional dada la experiencia comunitaria).

En este sentido se entiende que la ciudadanía europea sustituye a la nacional, concediéndole plena libertad de circulación, de trabajo, de profesión y empresarial.70 Mientras tanto, las legislaciones nacionales entran en un proceso de armonización para ser ratificadas en su territorio.71

Todo esto constituye el momento que da la oportunidad de "fundar una alianza para la Constitución federal europea"72 y crear un gobierno para la economía europea que consolide la política del mercado único con sus tres características: "eliminación de las barreras fiscales, eliminación de las barreras físicas y eliminación de las barreras técnicas", que son a su vez objetivos del Libro blanco de 1985.73 Lo cual será posible echando a andar el Fondo Europeo para el Desarrollo Regional, cuyo destino sea prioritariamente hacia aspectos de infraestructura como red de comunicaciones y transporte transeuropeos.74

En fin, que de concretarse los objetivos dispuestos en el Tratado de la Unión Europea, en los próximos años se tendrá el camino abierto a un gobierno de la economía comunitaria, cuyos cuatro pilares sean los que hasta hoy han sido su inspiración: una política económica común, una política monetaria común, una política de mercado común y una política común de desarrollo estructural".75

Ante los ojos de un historiador francés,76 en 19 meses el mundo explotó el "sistema" político y estratégico mundial al que estábamos acostumbrados durante medio siglo. Entre noviembre de 1989 y agosto de 1991, Europa central con la Alemania unificada se encaminaba a la democracia y al liberalismo económico,77 camino cuya meta se mencionaba como los "Estados Unidos de Europa", término que no se escuchaba desde 1954, cuando se hablaba de la Comunità Europea di Difesa.78 En pocos meses —dijo— el mundo se ha transformado al pasar, sin ninguna fase de transición, del viejo orden bipolar de Yalta al desorden y la violencia de un mundo fragmentado, de un mundo que se ha vuelto como pulverizado por la fuerza que, de improviso, se vino a desencadenar.79

La herencia del mundo bipolar fue alejarse de la ideología comunista y acercarse a la democracia liberal; pero ahora hay una nueva contraposición: la integración regional de los mercados y la fragmentación provocada por los nacionalismos.80

¿Cuál será el mundo? Quizá el que resulte de los acuerdos posibles de una arquitectura ideal convocada por las naciones que así lo deseen, como la Unión Europea que trata de impedir la integración y balcanización. Estos acuerdos estarían apoyados en la filosofía de la razón, a la manera de Raymond Aron.81

El fin de la guerra fría coloca al mundo frente a un horizonte de incertidumbre histórica. El hundimiento de la Unión Soviética hace ver con mayor realce la emergencia de los tres grandes bloques económicos (América, Europa y Asia) que se han venido configurando en el sistema capitalista y que se disponen a enfrentar los nuevos retos de la competencia comercial, misma que se espera no degenere en guerra bélica, toda vez que la tríada América-Europa-Asia se había pertrechado militarmente para combatir a la URSS y cuentan por lo tanto con los recursos armamentales para sostener una "guerra caliente".82 Es mejor esperar que se pongan de acuerdo en una "nueva subdivisión de la responsabilidad económica y política" con la finalidad de reorganizarse para la defensa y la seguridad del mundo rico.83

El líder del grupo seguiría siendo Estados Unidos de América aun cuando Japón, más que Alemania, haya alcanzado niveles de poderío económico cuya repercusión tanto en el Banco Mundial como en el Fondo Monetario Internacional sean cuestionadas en cuanto al impacto de influencia.84 Dicho liderazgo sería entendido bajo una redimensionalización dada por las nuevas condiciones de presencia de las naciones europeas y asiáticas.85

El debate sobre la distribución del poder entre los países ricos ha comenzado. Si el modelo político europeo de la democracia liberal se ve como el idóneo, es porque con él han convivido los europeos, pero no significa que sea el mejor; como tampoco lo es el libre mercado propuesto por Estados Unidos de América, o el modelo japonés denominado por Lellouche "ultra-capitalista".86 No hay por el momento una definición firme ni un camino a seguir.

Quizá lo dicho por Chateaubriand en Memorias de ultratumba, acerca del impacto de la revolución francesa entre los reyes, hoy valga la pena reproducirlo como lo hace Lellouche al inicio de sus conclusiones: "Donde los reyes ven una simple revuelta, deberían ver la transformación de las naciones".87

Es verdad que el hundimiento del socialismo hace resurgir la idea del capitalismo como sistema dominante, quizá bajo la guía de Estados Unidos de América, o bien de una relación nueva entre las naciones; se vislumbra un orden nuevo abierto por la "gran transición" de 1989, y que aún no se cierra. Estamos en una transición y su cualidad es la incertidumbre. Los diferentes modelos propuestos (casa común: M. Gorbachov; confederación: F. Mitterrand; fusión de alianzas: Vaclav Havel; Europa defensiva: Jacques Delors) hacia fines de 1991 concluyen en una batalla de términos a finales de siglo.88

Coincido plenamente con Lellouche cuando afirma que esta época de transición es la más compleja, la más incierta y la más peligrosa porque muchos gobiernos no han dejado de trabajar en sus proyectos de armamento nuclear y quieren recurrir al temor hacia los demás para hacerse respetar en el nuevo orden mundial.89

De manera que el aparente triunfo del liberalismo frente al comunismo se asocia a la victoria de la democracia europea y al hipercapitalismo asiático, produciendo una suerte de opciones virtuales y escenarios posibles.

Uno de los escenarios es el de dos mundos, el de los ricos y el de los pobres. Donde los ricos se dividen el poder y los pobres se dividen, a su vez, el sufrimiento. Sin embargo, el otro escenario es el de la inseguridad, pues, no existe ninguna nación ni ningún Estado, en este momento, que sea capaz de estructurar el mundo del siglo XXI, porque "ninguno reúne en sus manos todos los elementos del poder: los hombres, la tecnología, la fuerza militar, la potencia económica y financiera y la certeza mesiánica de la ideología".90

Quizá la mejor fórmula que exprese el sentido del término transicionalidad sea la hecha por el mismo Lellouche al establecer unas fechas probables. Una transición del orden de ayer al nuevo sistema mundial alrededor del 2010 y el 2020.

Y su escenario posible fue descrito con estos términos: en lugar de la confrontación bipolar estará la coexistencia entre un conjunto heterogéneo de potencias, naciones superpotentes desde el punto de vista militar pero débiles desde el punto de vista económico como Rusia y Estados Unidos de América; gigantes económicos pero de dudoso poderío militar como Alemania y Japón; grandes masas subdesarrolladas como en China y la India o África, junto a una vasta zona turbulenta como el medio árabe musulmán, fuertemente militarizada... Estas circunstancias generarán dos tipos de sistema mundial muy diferentes.91

Lellouche añade cinco características que acompañarán a esta transición:

a) Incertidumbre acerca de los principios que fundarán la comunidad de las naciones.

b) Incertidumbre del liderazgo de Estados Unidos de América debido a su repliegue estratégico.

c) El vacío estratégico en el Golfo Pérsico y Medio Oriente tras la derrota de Iraq.

d) La incertidumbre japonesa en torno a la integración de su enorme potencial económico y militar.

e) La incertidumbre de los europeos acerca de la capacidad de su continente para organizarse y asumir su lugar en el mundo.92

En opinión de Lellouche, un Japón nuevamente armado estaría en condiciones de ejercer, además de su liderazgo económico y financiero, también un liderazgo estratégico, casi parecido con el de las superpotencias de antaño.93

Asimismo, ve que la unidad de Europa no es una ambición ni un sueño, sino una prioridad esencial de máxima urgencia para lograr el equilibrio del mundo entero;94 es decir, que ve la integración europea como un contrapeso a las integraciones americana y asiática. Esto si se cuenta con la propuesta político-jurídica de hacer de Europa una federación o confederación. La base de este salto sería una revolución mental: dejar atrás las rivalidades de la guerra fría y promover la comunidad de valores como la libertad y la democracia, así como proyectar una prosperidad económica y un sistema colectivo de seguridad.95

Dicha revolución mental incluye a las instituciones de la Unión Europea como sostén del proyecto integracionista. Hasta ahora —dice Lellouche— el trinomio Comisión-Consejo-Parlamento, funciona mal por hacer caminar al sistema comunitario a la deriva. Los poderes de la Comisión no son resultado de una política democrática que ella misma promueva. Asimismo, los parlamentarios nacionales se desligan del Parlamento Europeo, el cual, por su parte, carece de representatividad y legitimación, haciendo crecer la tendencia centralizante y antidemocrática.96

En este proceso político sostenido por una revolución mental, mucho ayudaría superar el concepto de Estado-nación, no tanto por ser ya obsoleto económica y militarmente como sostiene Peter Glotz;97 sino porque las legislaciones nacionales en materia de nacionalidad son muy restrictivas, cuando de lo que se necesita es de mayor apertura en el ámbito europeo y mundial.

 

6. Escenarios tendenciales

A mediados de 1977, James Carter, presidente de Estados Unidos de América en ese entonces, ordenó se estudiaran los cambios probables de población, recursos naturales y medio ambiente para el 2000 con el fin de establecer estrategias de largo plazo. Los responsables de su elaboración fueron el Consejo sobre Calidad Ambiental y el Departamento de Estado estadounidenses. Los resultados fueron alarmantes: la población aumentaría en más del 60%, medio millón de especies animales desaparecerían, las sustancias tóxicas y radioactivas crearían problemas de salud, y la contaminación aumentaría hasta alterar tanto la capa de ozono como el clima terrestre.98

Lo anterior se consideró una predicción pero con base en una tendencia inmodificable. Sin embargo, se realizaron 145 recomendaciones en diversos rubros para evitar tener ese futuro aterrador. En conjunto, esas recomendaciones intentarían "invertir las tendencias actuales, restaurar y proteger la capacidad de la tierra de mantener la vida y cubrir las necesidades humanas".99

Es decir, más que predicciones, los informes pueden considerarse "previsiones de lo que puede ocurrir si los países y pueblos del mundo no responden a las señales de alerta".100 Evidentemente, Estados Unidos de América no está excluido de los riesgos desastrosos; ya tiene problemas con el agua de consumo generalizado, y lo mismo ocurre en Canadá y México.101

El problema no es por país, sino por planeta. La Tierra debe salir del círculo vicioso pobreza-crecimiento demográfico-degradación del medio ambiente, a través de un desarrollo económico estable. El documento concluye con una demanda: un ataque concertado contra las raíces socioeconómicas de la pobreza extrema, que brinde a las personas la oportunidad de ganarse la vida de una forma no destructiva, permitirá la protección de los sistemas naturales del mundo.102

Mucho de esto se podrá lograr aprovechando el conocimiento científico y técnico de Estados Unidos de América, así como las instituciones públicas y privadas tendrían mucho que aportar.

Por ejemplo, para el tema de la población, se recomienda que Estados Unidos de América, "junto con otros donantes y organismos internacionales [lance] un programa destinado a lograr un aumento significativo de la planificación familiar durante la próxima década", esto con el fin de evitar que en el 2000 la cifra de habitantes en el planeta crezca a 6,500 millones.103

En cuanto a contaminación, se recomienda "trabajar por mejorar los acuerdos internacionales sobre el control de sustancias nocivas y desechos... Tomar medidas a escala nacional e internacional para reducir la cantidad de residuos nucleares y controlar su eliminación protegiendo de los materiales radioactivos los bienes comunes globales". Esto, asimismo, para impedir que la contaminación avance y dañe aún más la capa de ozono. Este asunto se considera ya de interés global.104

Por otro lado, para obtener un desarrollo estable, se recomienda que Estados Unidos de América satisfaga sus deudas atrasadas con el Banco Mundial y con otros fondos para el desarrollo, ampliar su ayuda al desarrollo orientándola a la alimentación, la energía, la demografía y la sanidad. Esto por considerar que "muchos de los problemas del medio ambiente más graves del globo se deben en parte a la pobreza extrema: las poblaciones desvalidas se ven forzadas a mermar la productividad de las tierras en que viven en su búsqueda diaria de alimentos, combustibles y alojamiento".105

Este es un ejemplo de previsión lineal, cuando de lo que se trata es de establecer un enfoque dinámico y multidimensional. Es decir, que a la realidad se le piense como lo que es: dinámica, cambiante y variada. Su comprensión, por lo tanto, requiere de un punto de vista epistemológico no estático, sino dinámico, en movimiento constante, así como diverso y consolidado por la razón analítica que reúne las diferentes perspectivas y ofrece la propuesta concertada.

Asimismo, otro aporte significativo es el de conceptualizar la tendencia hacia un nuevo orden mundial a partir del siglo XXI con características de construcción de bloques regionales y desafíos globales tanto de ambiente como de salud, derechos humanos y política. Esta última con un reto mayor: la deslegitimación de la democracia provocada por un cambio de cultura: el paso de la cultura leída a la cultura vista debido a los medios electrónicos.106

Estamos, podríamos concluir por nuestra parte, en medio de una sociedad civil politizada no sólo por el mercado económico que no conoce fronteras, sino también por el "video-poder", de tal forma que la democracia que ejerza la sociedad civil estará sustentada de ahora en adelante —hasta que cambien estas condiciones— en una plenitud, tanto por el vínculo económico como por el vínculo visual.

 

7. Las unidades trasnacionales y la trasnacionalidad

Junto a la globalización, existen por lo menos dos conceptos que son necesarios explicar, a saber, las unidades trasnacionales y la trasnacionalidad. Para esto nos apoyaremos en François Perroux. Éste autor nos dice que para comprender la economía es imprescindible darle un sentido espacial. Y es que en un trabajo intitulado Las empresas trasnacionales y el nuevo orden económico del mundo,107 este último autor muestra sus presupuestos conceptuales acerca del modo de ver la economía. Por ejemplo, y desde el principio, establece que en el futuro, el mundo debería entenderse como un todo, "globalmente". "Cada nación, cada categoría social, cada individuo, depende directamente o no, de la suerte y de la evolución del mundo entero. La economía mundial es, en el sentido científico del término, un sistema".108 Su conclusión es parecida a la propuesta de Luhmann, al colocar a la economía como un subsistema del mundo.109

Por otro lado, rechaza la lucha de clases como concepto explicativo del universo económico. Dice que más bien son las nuevas "unidades económicas" llamadas trasnacionales las que hoy día establecen la posibilidad de explicar los fenómenos de polarización y concentración de la economía mundial. Es, asimismo, el concepto de trasnacionalidad lo que envuelve a la empresa trasnacional, y que obliga a replantearse la nueva relación entre el centro y la periferia, entre la metrópoli y el exterior. Dice Perroux: "Con un estilo original, las unidades trasnacionales engendran sus mercados que sobrepasan a los mercados nacionales [pero] ellos todos no constituyen, sin embargo, el mercado mundial relativamente homogéneo". Se trata más bien de un circuito cerrado de mercancías, de servicios y de información, el que se establece entre el centro y los órganos periféricos.110

Su afirmación con respecto a las nuevas relaciones entre los estados es concluyente: "Los Estados nacionales en los países de origen y en los países receptores, si no están indefensos, deben entrar en componendas con esas unidades originales y fuertes".111

De la soberanía nos dice lo que hoy vivimos: "Los peligros que corre, de hecho, la soberanía nacional, limitada por los poderes informales de las potencias privadas, dan el sabor de una soberanía diferente, explícita y legalmente subordinada a la ventaja colectiva de todas las naciones del mundo".112

En su momento (quizás en 1980), esto fue visto por intelectuales tercermundistas como una propuesta sin futuro. Sin embargo, los acontecimientos en la siguiente década sólo han confirmado estos pronósticos y derrumbado la ideología que obstaculizaba una comprensión cabal de la realidad.

Perroux ofreció un enfoque comprensivo y analítico del mundo económico a partir de sus "unidades trasnacionales", reconocer lo que deberíamos de ver, una vez que estuvieran en operación, a saber: Que las estructuras de las empresas y de las naciones arrastran la actividad de esas grandes unidades y su aptitud para modificar el medio en que operan en beneficio de su expansión. Es pues la combinación de las estrategias de las firmas y de las naciones lo que constituye la realidad profunda que debe abordarse si se quiere entender el comercio internacional.113

Así que el mundo ya no se presenta como un mercado ni como una red de intercambios entre las naciones. "El mundo se ofrece ahora... como una red de intercambios que recibe el impacto de la desigualdad de poderes entre subconjuntos económicos estructurales".114

Y no sólo eso anota Perroux, sino que fija correctamente el enfoque de poder contenido en una firma trasnacional, ya que es:

Mucho más que un órgano permanente comercial y en relación con los mercados. Es un centro de poder pero no solamente con relación al mercado. Su poder es pluridimensional (económico, técnico, monetario, parapolítico). Lo ejerce para cambiar el ambiente por procedimientos económicos y para flexionar o cambiar, según su interés, las reglas del juego de la colectividad en que se inserta.115

 

V. DEBATIR LA TRANSICIONALIDAD

A partir de 1989, tanto en México como a nivel internacional, el concepto político de transición a la democracia ha sido sometido a debate. Sin embargo, el de la transicionalidad no lo ha sido.

Jaime F. Cárdenas, por el lado mexicano,116 y Giuseppe Di Palma, por el ámbito internacional,117 admiten que las teorías de las transiciones son aún endebles,118 o incipientes,119 o que las teorías de la democracia son esquemáticas.120 En ambos casos, sus paradigmas que expresan una fórmula de transicionalidad ilustran los puntos de inicio y arribo en un trecho denominado transición: de la no democracia a la sí democracia.

Asimismo, ambos autores señalan a Samuel P. Huntington como una de sus fuentes para la comprensión de la teoría de la transición a la democracia (Di Palma anota a otros teóricos pioneros como Dankwart Rustow, Juan Linz, Alfred Stepan, Giovanni Sartori y Arend Lijphart; Cárdenas Gracia anota, a su vez, además de los mencionados, a Guillermo O'Donnell, Philippe C. Schmitter y Lawrence Whitehead).

De manera que si la teoría de las transiciones es endeble o esquemática, según sea el caso, el de la transicionalidad es aún inexplorada. Pensamos que los puntos paradigmáticos (inicio-arribo) predeterminados son elementos concretos de situaciones dadas, por esto son particulares y contingentes; por otro lado, el concepto de transicionalidad pretende ser la abstracción, es decir, el paradigma de la generalidad, el cual, sin embargo es inconstruible sin las particularidades. En esta perspectiva es necesario continuar debatiendo las particularidades en torno a los paradigmas concretos e ir reflexionando sobre la conveniencia de admitir en el discurso de la filosofía política el de la transicionalidad como paradigma explicativo de una historia del poder en marcha, marcada, entre otros factores, por las "contingencias estructuradas", señaladas por Terry Karl y Philippe Schmitter.121

En tal sentido, conviene retomar lo aportado por O'Donnell y Schmitter acerca del término de las transiciones, y que no es precisamente el arribo democrático, sino la "vuelta a la normalidad", es decir, el alejamiento de la anormalidad y la incertidumbre y un acercamiento a las "nuevas reglas del juego".122 O sea que una transición culminaría cuando el tiempo político de anormalidad e incertidumbre tiende a uno de normalidad y certeza.

Esto lo traigo a cuento por el caso mexicano. Jaime F. Cárdenas establece una reclamación para modificar el entramado institucional y jurídico de México,123 a partir de la teoría de las transiciones, sosteniendo su propuesta en tesis neocontractualistas de la filosofía política de John Rawls124 y de Bruce Ackerman, de quien cita su opinión de que las revoluciones en Europa, "a partir de 1989, nos han enseñado que ninguna prioridad económica o social está por encima de las prioridades jurídico-constitucionales [ya que] sin un marco constitucional es imposible gobernar un Estado".125 Discusión aparte de esta última fórmula de si es posible gobernar un Estado o si un Estado se construye con apoyo de un gobierno, lo destacable es lo anotado no sólo por Ackerman, sino también por G. Sartori, al establecer como crucial para garantizar la responsabilidad financiera de un gobierno diseñar institucionalmente los objetivos que controlen al gobierno en sus políticas de gasto.

De lo que habla Cárdenas es de reinventar el Estado en México, de reformular su orden jurídico, de construir un Estado democrático de derecho "que como primer característica debe ver la justeza e imparcialidad de las instituciones".126 Su propuesta en firme es repensar jurídicamente al Estado, a nivel macro: filosófico y político, y a nivel micro: de técnica y dogmática jurídica.127

Coincidimos con él en cuanto ejemplos comparativos están Italia y España con sus sistemas de partidos, pero en dichos países se han excedido en sus ambiciones de repartirse a las instituciones como botín.128 Lo importante actualmente no está en importar modelos de construcción económico, social o político, sino sólo en compararlos.129

En cuanto al caso español, es el que mejor ilustra un proceso de transición fechada: 1974-1977. Cuando tras la muerte de Francisco Franco (1975) se aceleró un cambio político en España y que culminó en 1977 con la certificación del Parlamento Europeo al proceso democratizador el 22 de abril de 1977, en donde se reconocía "el cumplimiento de las promesas democráticas realizadas en julio de 1976 por el gobierno [de Adolfo] Suárez".130

Por el lado de las transiciones, lo destacable es la opinión de Philippe C. Schmitter, quien piensa que "las transiciones desde el autoritarismo deben explicarse en función de fuerzas y cálculos nacionales", ya que "los actores externos tienden a desempeñar un papel indirecto generalmente marginal, con la excepción obvia de aquellos casos en los que está presente una potencia extranjera".131 En cambio, en el proceso español, la decisión del Parlamento Europeo, en cuanto órgano político de la Unión Europea, fue determinante para admitir un concepto democrático en Europa y, al mismo tiempo, dar entrada a una solicitud de adhesión a un nuevo país europeo al sistema comunitario.

De tal forma que combinación de fuerzas nacionales y externas fue una aspecto considerado por Lawrence Whitehead132 para comprender el papel de la dimensión internacional de las transiciones a la democracia, y no sólo la dimensión nacional establecida por Schmitter.

En cuanto a la integración regional, Europa, América y Asia cuentan con sus propios mecanismos: Unión Europea, TLCAN y Mercosur, así como la Cuenca del Pacífico, respectivamente. En este esquema integracionista, se advierte la necesidad tendencial de formalizar (juridificar) un "proceso de integración económica 'silenciosa' en marcha",133 con el fin de que los hechos, la realidad, siga el orden establecido por el derecho, en cuanto mecanismo regulador de lo social.

En ese sentido, el TLCAN —a diferencia de la Unión Europea— no ha creado órganos supranacionales ni un derecho comunitario-supranacional, "sin embargo, es razonable afirmar que las instituciones creadas por el tratado tendrán en la práctica un impacto directo análogo sobre los distintos derechos y las prácticas jurídicas en los tres países".134 Para esto se cuenta ya con la Comisión de Libre Comercio integrada por representantes de cada país a nivel ministerial, además de un número importante de comités y grupos de trabajo.

Asimismo, "si bien no se crea una jurisdicción supranacional, los paneles arbitrales [para la solución de controversias] generarán... un conjunto de decisiones que influirán significativamente en la aplicación del tratado y en las prácticas administrativas, y aún legislativas, de los tres países".

En pocas palabras, porque aún no hay mucho que decir, el experimento trilateral del TLC promueve en los hechos una integración a varios niveles en donde el establecimiento de reglas compartidas empieza a ponerse en práctica, hecho que implica una tendencia a la supranacionalidad como una consecuencia tendencial de la globalización impuesta por la interdependencia generada desde el capitalismo que, una vez más, no reconoce fronteras de ningún tipo; de ahí que se trabaje en el análisis de los procesos transicionales hacia la integración, donde la democracia, la soberanía y la participación de los Estados se vean como aspectos a considerar no aislada, sino compartidamente.

En cuanto a la fecha de transición para el TLC, se asume un lapso de 15 años a partir de su entrada en vigor. Esto significa que para 2010, México, Estados Unidos de América y Canadá serán una zona de libre comercio sin restricciones para los productos establecidos en el tratado.

Para Óscar Correas, jurista argentino radicado en México, la soberanía en cuanto una de las categorías que trastocarían al derecho en su aspecto teórico debido a los procesos de integración como un efecto de la globalización, es ya obsoleto en el mundo contemporáneo. En efecto —dice— en la teoría del derecho internacional, "la soberanía no tiene cabida junto a la concepción de un orden jurídico universal".135 Asimismo, el Estado, entendido como el orden o sistema jurídico creado por el discurso es, por ende, una ficción.

Hilda Varela Barraza, investigadora de la UNAM, reconoció la necesidad de iniciar investigaciones teóricas sobre los impactos sistémicos producto de las transformaciones económicas de fin de siglo y que permiten identificar a este periodo como una transición histórica, como un "cambio epocal" comparable con la génesis de la modernidad.136 Sin embargo, ella concede poca importancia (una "sombra") al Tratado de Libre Comercio para comprender el significado de la transición del fin de la modernidad a la todavía escena incierta e indefinida que nos depara la integración regional.

Aun así, la autora del ensayo identifica ciertas características que definen este periodo transicional. A nivel mundial, anota: el fin de la bipolaridad, el cambio de las relaciones Estados Unidos de América-Unión Soviética, la desintegración de la Unión Soviética, la crisis del socialismo real, así como una nueva correlación de fuerzas económicas con la emergencia de nuevos centros de concentración de poder económico y el ingreso en el mercado internacional de nuevas economías industrializadas, además de la transformación del proceso productivo y de trabajo, así como el surgimiento de sociedades altamente industrializadas e informatizadas.137

El efecto tendencial, a su vez y vislumbrado por ella misma, se caracteriza por los siguientes hechos, entre otros: la mundialización y la creación de espacios regionales, que en la práctica implican la erosión de fronteras estatales, la creciente diferenciación, agudización de la heterogeneidad política, económica y social entre regiones, entre países y al interior de éstos, así como el desdoblamiento de los atributos del poder hegemónico a nivel internacional. En este proceso, el TLC es sólo un símbolo.138 Pero de un proceso en el que la autoridad de los Estados participantes intentará ser regional, en donde los países como tales debatirán su ser, ya no independiente, sino interdependiente, o incluso integrado.

Ugo Pipitone, investigador del Centro de Investigación y Docencia Económica en la ciudad de México, ha escrito en diversos medios sus opiniones sobre la globalización de la economía. Sin embargo, sus puntos de vista críticos con relación a la inserción de México a la región norteamericana de libre comercio, han sido matizados por las perspectivas que como región acarrearían para los habitantes de este país.139

En su artículo reconoce primeramente la coyuntura al indicar que estamos "en la fase inicial de una nueva configuración de la economía mundial, una fase que ha sido abierta por las dificultades de Estados Unidos de América para ofrecer funciones reguladoras mundiales eficientes y por la simultánea inexistencia mundial de un sustituto nacional hegemónico a Estados Unidos de América".140

Identifica esta fase transicional como la "tercera etapa", la de las regiones, pasando por la primera, llamada de la ciudades, y la segunda, la de las naciones. Lo que nos obliga a relacionar a cada una de ellas con la idea del Estado. Pasando así, de las ciudades-Estado a los Estados-nación y, hoy día, a las regiones-Estado o Estados regionales.

Estados Unidos de América, Canadá y México poseen, por otro lado, estructuras económicas asimétricas; las cifras ofrecidas por este autor colocan a cada país y su población en situaciones desventajosas: PIB en 1990: Estados Unidos de América, 5,392 millones de dólares (87%); Canadá, 570 (9.2%); y México, 238 (3.8%); población: Estados Unidos de América, 69%; Canadá, 7.3%, y México, 23.7%.141

Aun bajo estas circunstancias, el reto para los tres países significa convertirse en una región o área de relaciones económicas privilegiada en el contexto internacional, sin que esto conlleve a interpretaciones de optimismo excesivo de que en el corto plazo se pueda pensar en un nivel de colaboración entre los tres países como el que tienen actualmente los 15 países de la Unión Europea.142

Esta opinión contrasta con la de Luz Elena Espinoza Padierna, profesora de la UNAM, para quien el proceso de integración será aprovechado ventajosamente por Estados Unidos de América, pues el TLC será la llave que le permita el acceso directo a otras economías subdesarrolladas como la mexicana y, por otro lado, nuestros valores y tradiciones culturales serán sustituidas por las del american way of life.143

 

VI. CONCLUSIONES

En resumidas cuentas, el concepto de Estado que proponemos lo hemos entendido de la manera siguiente.

El Estado ha sido y es una construcción social del poder. Lo que se ha dado en llamar sociedad civil, desde Hegel hasta nuestros días, no es otra cosa que el reverso de la medalla cuyo frente es el poder representado por un conjunto determinado de individuos que tienen la responsabilidad pública de hacer cumplir —sin olvidar que también deben cumplir— las diversas legislaciones que en acciones de competencia pública han decidido darse como normas de regulación social. El derecho, en última instancia, concreta la idea pública del poder social compartido por los individuos que civilmente se asocian para llevar una vida pública. Los gobiernos, a su vez, se derivan de los acuerdos expresados por las voluntades sociales que tienen como base la legitimación hecha válida tanto en la legislación como en el consenso abierto (o encubierto, algunas veces) de una sociedad dada.

Estado y sociedad civil, o mejor, sociedad política y sociedad civil son las caras de una misma moneda: los individuos organizados y regulados por las legislaciones consensuadas según criterios epocales de diverso tipo, ya sean económicos, religiosos, culturales.

No obstante, cuando se persiste en la separación del Estado como diferente de la sociedad, se hace con el fin de analizar las características materiales del comportamiento de los diversos sectores que producen los pesos o fuerzas sostenedores del poder público. Puede afirmarse que la sociedad en su conjunto detente el poder, unas veces como agente activo (constructor legislativo, principalmente) y otras como agente pasivo (receptor y cumplidor de las normas jurídicas).

Según lo anterior, a una sociedad de nuevo tipo correspondería un Estado de nuevo tipo. Sin embargo, la expresión tiene una apariencia netamente materialista y correlativa. Sólo que no se trata de la tesis dependentista que la relación infraestructura-superestructura del marxismo creó en su vertiente economicista. Se trata más bien de una correlación efectista en su aspecto sociológico. Esto es, las clases sociales que componían a la antigua sociedad capitalista de corte digamos clásico, o sea la burguesía y el proletariado, han matizado sus colores antagónicos. En cuanto burguesía, los capitalistas siguen siendo dueños del capital, pero ahora se trata de un capital diversificado, tonalizado según características del flujo financiero, industrial, agrícola, de servicios, comercial, tecnológico, cultural, etcétera.

Por su parte, el proletariado antiguo, o mejor dicho, clásicamente fabril o industrial, también se ha tonalizado de acuerdo con las ramas en que lo ha clasificado el capital contemporáneo. Las grandes corporaciones que agrupaban a los trabajadores por ramas industrial o de servicios, se ha fragmentado, a tal grado que hoy resulta prácticamente imposible reconocerla por un solo sindicato o central que los agrupe según su especialidad. Al contrario, ha sido labor de los gerentes de empresa quienes han impedido su colocación permanente o absoluta en una sola empresa. La contratación de los trabajadores (excepto, sobre todo, en países del otrora llamado "tercer mundo", como México) se hace de manera individual: la organización social y laboral de las empresas capitalistas los ha atomizado; los ha individualizado. Son hombres verdaderamente libres de todo vínculo societal. Su relación con otros hombres es a través de mecanismos invisibles como el poder de compra o de opinión homogénea como el deporte masivo, o bien de tipo religioso.

En esta nueva sociedad, la tecnología inclusive (que impone conductas televisivas y de segmentación vía programas de concurso o telenovelero), lo que ha promovido es un nuevo tipo de individuo desproletarizado; no en vano la expresión de que "la lucha de clases ha terminado", aunque los conflictos sociales persistan bajo nuevos matices. Se trata de otra sociedad, de otros conflictos que no enfrentan a las clases antiguamente antagónicas.

El capitalismo se ha renovado, pero con el fin de fortalecerse; el socialismo real, con su caída, lo ha fortalecido en su recomposición mundial. La nueva organización comercial por zonas o bloques regionales ha sido la alternativa a la crisis histórica de la tendencia decreciente de la tasa de ganancia por países o naciones. La soberanía de las naciones hará agua y se hundirá para dar paso a un nuevo tipo de construcción de poder político en la historia (quizá debamos hablar de soberanías compartidas o de suprasoberanía).

En el mundo se perfilan tres regiones que abatirán las crisis de sus naciones: Norteamérica, Europa y Asia. En la primera, Estados Unidos de América será el gran líder con su modelo económico, aunque no con el político de democracia indirecta. En la Europa comunitaria, Alemania tiene todo el potencial industrial, tecnológico y de servicios para producir la imagen de modelos, pero sus aspiraciones de líder no las puede ocultar (Italia, más que Francia, puede contribuir a disminuirle las aspiraciones de dominación con que se levanta la nueva Alemania unificada). La democracia abierta con la que puede caminar esta nueva Europa será el asidero para consolidar la propuesta libertaria de la unificación regional.

En Asia —en particular la llamada Cuenca del Pacífico— será Japón el gran líder con el que se vincularán las demás naciones del oriente. La robotización como elemento de punta en la tecnología del futuro impone características imprescindibles de retomar por cuanta economía quiera recuperar su inversión y multiplicarla en el corto plazo.

La democracia es un aspecto insoslayable de toda organización social que legitime un poder con la pretensión de ostentarse como Estado.

En este sentido, la globalización de la economía en tres regiones comercialmente en unificación, conserva insoluble aún el tema de la democracia para constituirse como un Estado legitimado por la aceptación consensual de sus miembros. La representación de los gobiernos será un problema que apenas empieza a emerger en términos de discusión en ámbitos académicos, partidarios, camarales o parlamentarios.

La democracia clásica o teórica ha sido rebasada por los acontecimientos, los cuales imponen un tipo de democracia que comparta la idea con la realidad del funcionamiento dentro de sectores conflictivos del poder público, más aún cuando se trata de un tema que engloba a regiones en proceso de constitución epocal (la democracia en un país está siendo superada por la democracia en una región).

Será necesario considerar las vertientes interpretativas de los ciudadanos en proyectos sociales de participación comunitaria como los derechos humanos, los ambientalistas, los de carácter jurídico (conviene recordar que procesalistas como Véscovi en el proyecto de "Codice Tipo" para la América Latina, Roma, 1988, consideraba poco oportuno tratar el asunto de las legislaciones comunes en ese año, aun cuando los representantes de los países de la Europa Comunitaria tenían ya proyectos de legislación común).

Finalmente podemos afirmar que mientras no se establezcan nuevas reglas jurídicas universales, los Estados nacionales conservarán la responsabilidad de armonizar sus legislaciones para subsistir como entidades autónomas, y las naciones que concreten acuerdos de libre comercio lo harán considerando que su actuación será de colaboración internacional, mas no de cesión de soberanías en torno a un proyecto de dimensiones históricas.

En cuanto a la actitud de conquista estadounidense, será relativa, pues los vaivenes de su política exterior están marcados por el juego de intereses partidarios internos, lo cual impedirá una constante en sus fines de dominio, cuando así lo determine su congreso.

Todo esto permite pensar en que las transformaciones del Estado que se venían dando sobre todo como efecto de la integración europea, por un lado, se suspendan temporalmente, y por el otro, se plantee una reformulación de la mejor alternativa para Europa, toda vez que la pretendida unificación política se ha detenido.

Por nuestra parte, hemos llegado a una conclusión parcial en el sentido de que si bien comenzó el salto histórico (epocal), aún no se ha dado la caída del mismo, o sea su aterrizaje; y no se hará con la idea convencional de que un Estado nacional impondrá las nuevas reglas. Será, confiamos, bajo el concepto del sistema internacional de Estados como empiece a perfilarse un arribo poco brusco. El sobresalto de la disminución de soberanía en cada país es algo que ya está pasando, pues la integración comercial o económica (e incluso política como la Unión Europea) requiere de acuerdos formales que, a su vez, implican la constitución de tratados como mecanismos de regulación sociopolítica y jurídica, claro está. Esta es la ventaja de la nueva época transicional de nuestro fin de siglo, en comparación con otras épocas transicionales de convulsiones sociales y de muertes registradas por la historia.

Pensamos que los puntos paradigmáticos (inicio-arribo) predeterminados son elementos concretos de situaciones dadas, por ello son particulares y contingentes; por otro lado, el concepto de transicionalidad pretende ser la abstracción, es decir, el paradigma de la generalidad, el cual, sin embargo es inconstruible sin las particularidades. En esta perspectiva es necesario continuar debatiendo las particularidades en torno a los paradigmas concretos e ir reflexionando sobre la conveniencia de admitir en el discurso de la filosofía política el paradigma de la transicionalidad como paradigma explicativo de una historia del poder en marcha, marcada, entre otros factores, por las contingencias estructuradas.

Así las cosas, el Estado nuevo que resultara de la integración de los órdenes jurídicos en los procesos de integración sería producto de los acuerdos o discursos y, por lo tanto, ya no serían nacionales. Estaríamos, por lo tanto, hablando de un Estado supranacional, pero este acontecimiento calificativo se lo dejamos a los juristas, que para el filósofo, la construcción de los conceptos pasa necesariamente por la abstracción y la concreción, de manera que si el Estado está a discusión, entonces se sitúa en la subjetividad con referencia a las diferentes concreciones que del objeto se hagan. Y cuando se alude a una concreción, entonces se tiene que ver su relatividad en cuanto expresión contingente tanto por su temporalidad histórica como por su uso contextual. Así que los juristas construirían un Estado de acuerdo con su normatividad, y los filósofos verían la pertinencia de validarlo conforme al uso tanto del concepto como de su realidad.

El nuevo Estado no acaba pues de configurarse de manera duradera; se mantiene en la incertidumbre, en lo que he llamado la transicionalidad, y mientras esto suceda, será simplemente transicional.

 

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Notas

1 Hobbes, Thomas, Leviatán, México, FCE, 2001, p. 141.

2 Por unidad epistémica entendemos el o los términos que de manera autónoma o en conjunto refieren con fines explicativos las creaciones del sujeto social en diversos órdenes del conocimiento. Las categorías mercancía, dinero, plusvalía y capital son unidades epistémicas porque refieren realidades sociales en el campo económico; el Estado, el poder, la democracia, los partidos y la soberanía también son unidades epistémicas porque refieren formas de organización política de sociedades civiles, y son parte, ambos conjuntos, de discursos que pretenden explicar el funcionamiento de sus diversos órdenes racionales.

3 Weber, Max, El político y el científico, México, Premiá Editora, 1981, pp. 81-86.

4 Cfr. Kelsen, Hans, Introducción a la teoría pura del derecho, 3a. ed., Lima, 2002, pp. 53-58.

5 Véase, Anderson, Perry, El Estado absolutista, 17a. ed., México, Siglo XXI, 2002, pp. 35-37.

6 Ibidem, p. 36.

7 Schulze, Hagen, Estado y nación en Europa, Barcelona, Crítica, 1997, p. 12.

8 Ibidem, p. 33.

9 Weber, Max, Economía y sociedad, 2a. ed., Madrid, FCE, 1964, p. 1056; asimismo, Schulze, op. cit., nota 7, pp. 64 y 65.

10 Schulze, H., op. cit., nota 7, pp. 49 y 50.

11 Ibidem, p. 35.

12 Anderson, op. cit., nota 5, p. 14.

13 Schulze, op. cit., nota 7, p. 17.

14 Anderson, op. cit., nota 5, p. 12.

15 Idem.

16 Schulze, op. cit., nota 7, pp. 23 y 25.

17 Ibidem, p. 52.

18 Ibidem, p. 35.

19 Ibidem, p. 16.

20 Anderson, op. cit., nota 5, pp. 15 y 16.

21 Schulze, op. cit., nota 7, p. 63.

22 Véase con mayor detalle las aportaciones de Anderson en torno a los límites territoriales y espaciales de la tierra frente a las características del capital de ser movible internacionalmente. Anderson, op. cit., nota 5, pp. 26 y 55.

23 Schulze, op. cit., nota 7, p. 41.

24 Ibidem, p. 37.

25 Ibidem, pp. 30 y 53.

26 Ibidem, p. 30.

27 Weber, Max, Economíacit., nota 9, pp. 1097 y 1103.

28 Véase, Schulze, op. cit., nota 7, pp. 26 y 71.

29 Ibidem, pp. 26 y 27.

30 Ibidem, p. 34.

31 Ibidem, p. 49.

32 Ibidem, p. 43.

33 Ibidem, pp. 40, 55, 65.

34 Weber, Economíacit., nota 9, p. 1073.

35 Cfr. Platón, "La República o de lo justo", Diálogos, México, Porrúa, 2001, p. 86.

36 Ibidem, p. 115.

37 Cfr. Jaeger, Werner, Paideia, México, FCE, 1971, p. 658. Asimismo, Platón, op. cit., nota 35, p. 124.

38 Para apreciar un panorama sucinto del desarrollo del término "Estado", remitimos a la obra de Miglio, Gianfranco, "Genesi e trasformazioni del termine-concetto 'Stato'", en varios autores, Le regolaritá della politica, Milán, Giuffré Editore, 1988, t. II, pp. 799-832.

39 Según opinión de Deutsch, Karl, Política y gobierno, Madrid, FCE, 1976, p. 89.

40 Maquiavelo, Nicolás, El príncipe, México, Editores Mexicanos Unidos, 1979, pp. 47 y ss., en especial 68 y 163.

41 Según opinión de Deutsch, Karl, op. cit., nota 39, p. 95.

42 Duso, Giuseppe, "Introduzione: Patto Sociale e forma politica", Il Contratto Sociale nella filosofia politica moderna, a cura di Giuseppe Duso, Milano, Franco Angeli, 1993, p. 43.

43 Ibidem, p. 47.

44 Ibidem, p. 19.

45 Bluntschli, Derecho público universal, Madrid, F. Góngora y Cía. Editores, 1880, t. I, p. 19; citado por Cueva, Mario de la, Idea del Estado, México, UNAM, 1975, p. 7.

46 Duguit, Leon, Traité du droit constitutionnel, París, Ancienne Lirairie Fontemoing, 1923, p. 43; citado por Cueva, op. cit., nota 45, p. 50.

47 Sieyè s, Emmanuel, ¿Qué es el Tercer Estado? , México, UNAM, 1989, p. 55.

48 Ibidem, p. 61.

49 Sieyès, E., op. cit., nota 47, p. 75.

50 De ese modo, el trabajo quedaría representado y honrado; desaparecerían del lenguaje político los términos "talla" (cantidad monetaria impuesta para ser representable en los estados generales) y "utensilios"; su remplazo serían las aportaciones provenientes del trabajo y de las industrias.

51 Sieyès, E., op. cit., nota 47, p. 100.

52 Ibidem, p. 110.

53 Ibidem, p. 113.

54 Ibidem, p. 131.

55 Ibidem, p. 141.

56 Ibidem, p. 139.

57 Wolfe, Alan y Murray, Robin, "Globalization and the State", en varios autores, El mundo actual, México, UNAM, 1994, p. 16.

58 Ibidem, p. 18.

59 Clevelan, Harlan, Nacimiento de un nuevo mundo, Madrid, El País-Aguilar, 1994, p. 183.

60 Ibidem, p. 187.

61 Ibidem, p. 197.

62 Ibidem, p. 95.

63 Habermas, Jürgen, "Conciencia histórica e identidad postradicional", en varios autores, Identidades nacionales y postnacionales, México, Red Editorial Iberoamericana, 1993, p. 102.

64 Ibidem, p. 116.

65 Ibidem, p. 117, el carácter moral fue añadido por Habermas en dicha entrevista, y se interpreta como propio del discurso alemán dada la conciencia conflictiva de los alemanes posteriores a la Segunda Guerra Mundial.

66 Ibidem, p. 118.

67 Ibidem, p. 120.

68 Cfr. Dastoli, Pier Virgilio y Vilella, Giancarlo, La nuova Europa.I difficili scenari del dopo Maastricht, Bologna, Il Mulino, 1992, p. 24.

69 Ibidem, p. 67.

70 Ibidem, pp. 68 y 69.

71 Ibidem, p. 70.

72 Ibidem, p. 129.

73 Ibidem, p. 149.

74 Ibidem, pp. 181 y 182.

75 Ibidem, p. 196.

76 Lellouche, Pierre, Il nuovo mondo.Dal ordine di Yalta al disordine delle nazioni, Bologna, Il Mulino, 1994.

77 Ibidem, pp. 11 y 12.

78 Ibidem, p. 14.

79 Ibidem, p. 16.

80 Ibidem, p. 30.

81 Ibidem, pp. 34-36.

82 Ibidem, pp. 285 y ss.

83 Ibidem, pp. 290-291 y 298.

84 Ibidem, p. 303, nota 18.

85 Ibidem, p. 322.

86 Ibidem, p. 332.

87 Ibidem, p. 645, epígrafe.

88 Ibidem, p. 647.

89 Ibidem, pp. 652 y 653.

90 Ibidem, p. 655.

91 Ibidem, pp. 655 y 656.

92 Ibidem, p. 660.

93 Ibidem, p. 691.

94 Ibidem, p. 695.

95 Ibidem, p. 699.

96 Ibidem, p. 701.

97 Citado por Lellouche, op. cit., nota 76, p. 711.

98 Carter, James, Futuro global. Tiempo de actuar, Madrid, Siglo XXI Editores, 1984, pp. VII-VIII.

99 Ibidem, p. XXV.

100 Ibidem, p. XXVI.

101 Ibidem, p. XXX.

102 Ibidem, p. XXXV.

103 Ibidem, pp. XXXVII-XXXIX.

104 Ibidem, pp. LI-LII.

105 Ibidem, p. LII.

106 Ibidem, p. 38.

107 Perroux, François, Las empresas trasnacionales y el nuevo orden económico del mundo, México, UNAM, 1982.

108 Ibidem, pp. 11 y 12.

109 Ibidem, p. 14.

110 Ibidem, p. 17.

111 Idem.

112 Ibidem, p. 18.

113 Ibidem, p. 44.

114 Ibidem, p. 45.

115 Ibidem, p. 46.

116 Cárdenas, Jaime, "Acerca del marco teórico de las transiciones políticas", en varios autores, Transiciones a la democracia, México, Miguel Ángel Porrúa-Cambio XXI, 1993, p. 135.

117 Di Palma, Giuseppe, "¿Cómo se democratizan los países o por qué se democratizan los países?", en varios autores, op. cit., nota anterior, pp. 13 y ss.

118 Cárdenas, Jaime, "Acerca del marco teórico...", cit., nota 116, p. 135.

119 Cárdenas, Jaime, Transición política y reforma constitucional en México, México, UNAM, 1994, p. 25.

120 Di Palma, op.cit., nota 117, p. 20.

121 Citados en ibidem, p. 43.

122 Cárdenas, Jaime, Transición política..., cit., nota 119, p. 29.

123 Ibidem, p. 146.

124 Ibidem, p. 149.

125 Ibidem, p. 151.

126 Ibidem, p. 155.

127 Ibidem, p. 159.

128 Ibidem, p. 169.

129 El caso de Jaime Cárdenas es comparativamente mejor que el de Jaime Sánchez Susarrey, quien a través de sus ensayos sobre la transición incierta, coloca a nuestro país en un ciclo político de transición muy breve: 1989-1990 (La transición incierta, México, Vuelta, 1991, pp. 208-209). Por lo demás, sus trabajos son, ahí, meramente una propuesta sexenal y no tendencial, por lo cual su sentido es de carácter adecuativo-coyuntural.

130 Powell, Charles, "La dimensión internacional de la transición española", en Ferrer, Manuel (ed.), Franquismo y transición democrática. Lecciones de historia reciente de España, Las Palmas de Gran Canaria, 1993, p. 128.

131 Schmitter, Philippe, An Introduction to Southern European Transitions, s/e, p. 5, citado por Powell, op. cit., nota anterior, pp. 101 y 102.

132 Whitehead, Lawrence, "Democracy by Convergence and Southern Europe: a comparative politics perspective", en Pridham (ed.),Encouraging Democracy, s/e, p. 45; citado por Powell, op. cit., nota 130, p. 142.

133 Ibidem, p. 37.

134 Ibidem, pp. 43 y 44.

135 Correas, Óscar, "La teoría general del derecho frente a los procesos de integración", en El Tratado de Libre Comercio de América del Norte. Aná lisis, diagnóstico y propuestas jurídicoscit., vol. II, pp. 48 y 49.

136 Varela Barraza, Hilda, "Aproximación teórica para el análisis de América del Norte a partir del nivel sistémico", en Morales Aragón, Eliezer y Dávila Pérez, Consuelo (coord.), La nueva relación de México con América del Norte, México, UNAM, 1994, pp. 19-21.

137 Ibidem, p. 25.

138 Ibidem, pp. 28 y 29.

139 Pipitone, Hugo, "América del Norte: una región económica en formación", en Morales Aragón, Eliezer y Dávila Pérez, Consuelo (coords.),La nueva relación de México con América del Norte, México, UNAM, 1994, pp. 49 y ss.

140 Ibidem, p. 54.

141 Ibidem, p. 56.

142 Ibidem, p. 70.

143 Espinoza Padierna, Luz Elena, "Nuevas tendencias teóricas en el estudio de las relaciones México-Estados Unidos. (El proyecto de integración hemisférica)", La nueva relación de México con América del Nortecit., nota 139, pp. 73 y ss.

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