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Salud Pública de México

Print version ISSN 0036-3634

Salud pública Méx vol.46 n.3 Cuernavaca May./Jun. 2004

 

NOTICIAS

 

Firma y ratificación del Convenio Marco para el Control del Tabaco, de la Organización Mundial de la Salud*

 

 

El Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control del Tabaco (CMCT), es el primer instrumento jurídico concebido para reducir en el planeta la mortalidad y morbilidad atribuibles al tabaquismo. Sus disposiciones establecen normas internacionales para el control del tabaco: publicidad, promoción, patrocinio, adopción de medidas fiscales, precio, empaquetado y etiquetado, el tráfico ilícito y protección frente al humo de tabaco en el ambiente. Los gobiernos signatarios (112) representan a 4 500 millones de personas e intentan convertirse en Partes del Convenio y proteger así a sus poblaciones frente a las consecuencias sanitarias, económicas y sociales atribuibles al consumo de tabaco. Los Estados Miembros que han firmado el CMCT indican su intención de adoptar las medidas necesarias para la ratificación. Esta constituye la expresión formal del consentimiento del país a estar obligado por las disposiciones contenidas en el CMCT de la OMS, a partir de su entrada en vigor. Una vez firmado el Convenio por un país, no se establece ningún plazo límite para la ratificación. Hasta ahora, 17 países han ratificado el CMCT: Islas Cook, Eslovaquia, Fidji, Hungría, India, Maldivia, Malta, Mauricio, México, Mongolia, Myanmar, Nueva Zelanda, Noruega, Palau, Seychelles, Singapur y Sri Lanka. El doctor Jong-Wook Lee, Director General de la OMS, manifiesta que el esfuerzo de todos ellos es digno de encomio y exhorta a los demás países a que firmen el texto antes del 29 de junio de 2004. Esto es ventajoso porque les permite avanzar hacia la ratificación y la plena aplicación de sus obligaciones en el plano nacional. Los países que no hayan firmado el texto para esa fecha seguirán teniendo la posibilidad de convertirse ulteriormente en Partes en el CMCT de la OMS por medio de su adhesión, la cual tiene el mismo efecto jurídico que la ratificación, pero no exige firma previa. Una vez que entre en vigor, todas las Partes en el Convenio tendrán la obligación de aplicar sus disposiciones. El Convenio Marco entrará en vigor y se convertirá en documento jurídicamente vinculante al nonagésimo día contado a partir de la fecha en la que se reciba la 40ª ratificación o instrumento equivalente.

El 4 de mayo de 2004, el Presidente de la República, licenciado Vicente Fox Quesada, expidió para su publicación y observancia el Decreto presentado el 14 de abril de 2004 por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, promovido por las Comisiones de Salud y Seguridad Social, de Relaciones Exteriores y Organismos Internacionales. El Decreto, con Artículo Unico, aprueba el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco, adoptado en Ginebra, Suiza, el 21 de mayo de 2003. El Decreto aludido fue publicado en el Diario Oficial de la Federación del 12 de mayo de 2004. El 28 de mayo de 2004, una comisión integrada por el Subsecretario de Salud y cuatro Senadores hizo entrega del instrumento de ratificación del CMCT en la Sección de Tratados de la ONU. Así, nuestro país se coloca en la vanguardia entre los países del continente americano para el control del tabaco, en beneficio de la salud colectiva global.

 

Francisco J López Antuñano, MD, MPH,
Presidente de la Alianza contra el Tabaco, AC.

 

 

* El Convenio fue adoptado durante la 56 Asamblea Mundial de la Salud, efectuada entre el 19 y 28 de mayo de 2003, en el Palacio de las Naciones, Ginebra. Se abrió para firma de todos los países de la Organización Mundial de la Salud (OMS) o Miembros de las Naciones Unidas (ONU) y de las organizaciones de integración económica regional, del 16 al 22 de junio de 2003, en la sede de la OMS en Ginebra, y permanece abierta para firma en la sede de la ONU en Nueva York, del 30 de junio de 2003 al 29 de junio de 2004.

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