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Andamios

versión On-line ISSN 2594-1917versión impresa ISSN 1870-0063

Andamios vol.19 no.49 Ciudad de México may./ago. 2022  Epub 05-Jun-2023

https://doi.org/10.29092/uacm.v19i49.932 

Artículos

Fuerzas de control de facto paralelo al gobierno en el desplazamiento forzado interno en México

De facto control forces parallel to the government in internal forced displacement in Mexico

Araceli Pérez Mendoza* 

*Profesora investigadora de la academia de Comunicación y Cultura en la Universidad Autónoma de la Ciudad de México. Correo electrónico: araceli.perez@uacm.edu.mx


Resumen

En este texto se plantea que el desplazamiento forzado interno en México es consecuencia de las acciones criminales de lo que concibo como Fuerzas de control de facto paralelo al gobierno (conformadas por individuos, grupos y células de carteles de drogas), cuyas operaciones son posibles, debido a la omisión en el reconocimiento de la magnitud del problema por parte del Estado, y por la incompetencia en su prevención. La tesis se sustenta mediante la exploración del discurso noticioso del tema de un conjunto de piezas periodísticas monitoreadas en portales digitales y analizadas a partir de las definiciones violencia física -directa e indirecta- y violencia estructural de Johan Galtung.

Palabras clave: Desplazamiento; interno; violencia; estado; portales digitales

Abstract

In this text we argued that internal forced displacement in Mexico is a consequence of the criminal actions of what I call De Facto control Forces Parallel to the government (integrated with individual, groups, and cells of drug cartels), whose operations have been allowed, due to the failure of the State to recognize the magnitude of the problem, and due to the incompetence in its prevention. The thesis is sustained on the exploration of the news discourse on the topic in a collection of journalistic pieces monitored on digital portals and analyzed from physical violence -direct and indirect- and structural violence categories (Galtung).

Key words: Displacement; internal; violence; state; digital sites

Desplazamiento forzado interno en México y el fracaso al combate del narcotráfico y crimen organizado

Hacia junio de 1971, Richard Nixon declaraba su Guerra contra las drogas (America´s Drug War), dentro de una política con la que supuestamente erradicaría su tráfico al interior de Estados Unidos y de manera internacional, y al mismo tiempo cumpliría con su promesa de campaña de establecer la “Ley y Orden” (Law and Order). Acorde con esa visión se han pactado entre México y Estados Unidos diversos planes bilaterales en materia de combate al narcotráfico: Operación Intercepción de 1969, Operación Cóndor de 1975 (Enciso, 2015, p. 25), Iniciativa Mérida (2008)1 y recientemente el Entendimiento Bicentenario sobre Seguridad, Salud Pública y Comunidades Seguras, firmado en 2021.

A cincuenta años de la Guerra contra las drogas de Nixon siguen muriendo miles de estadounidenses por sobredosis; tres décadas de la política de cooperación en materia de combate al narcotráfico; y a más de una década del programa con el que se pretendía combatir al narcotráfico y al crimen organizado, el poder de las estructuras criminales no se ha debilitado y sus operaciones al interior de México siguen provocando -además de homicidios y desapariciones-, que miles de personas abandonen sus hogares obligadas por la violencia generalizada en sus comunidades. Ya sea directa a manos de grupos criminales, o de manera indirecta, por quedar en medio de pugnas entre cárteles rivales o entre la persecución de éstos y las fuerzas castrenses. Este fenómeno es identificado como desplazamiento forzado -internacional o interno- (UNHCR),2 y es un problema añejo y sistemático en México, que va precedido de amenazas directas e indirectas, desapariciones forzadas de personas, homicidios, extorsiones y otros delitos.

Precisamente con la implementación de la Operación Cóndor en 1975 miles de personas de zonas montañosas de Sinaloa, Durango, Chihuahua, Michoacán, Guerrero y Oaxaca abandonaron sus hogares, debido a los constantes abusos de sus derechos por parte de fuerzas castrenses y grupos criminales, al mismo tiempo, y por quedar en medio de fuegos cruzados entre la disputa del poder y control de las regiones también por el crimen organizado y el Gobierno local, estatal y federal (S/A, 1978-05-01; Cano, 2009).

Asimismo, a partir de la Iniciativa Mérida (2008)3 materializada en la llamada Estrategia General al Combate al Narcotráfico y la Delincuencia Organizada (2007-2012), además del aumento masivo de asesinatos y homicidios, miles de personas abandonaron de manera forzada sus hogares por la violencia perpetrada mayoritariamente por grupos del crimen organizado. Así se demostró en el año 2009, que registró el número más alto de solicitantes de refugio a Canadá, según datos recopilados desde 1996 y hasta 2012 (le siguió el año 2008 y 2010, en ese orden por número de peticionarios).4 Al mismo tiempo continuaban las solicitudes de refugio a Estados Unidos.

En el sexenio siguiente (2012-2018) la política de seguridad interna no cambiaría en materia de erradicación de la violencia generalizada, por lo que se tuvo al año 2018 como el más violento desde 1990, con más de 40 mil homicidios5 y como una de las consecuencias de las acciones de grupos criminales y paramilitares más de once mil personas se desplazaron internamente, en 25 episodios ocurridos en 5 estados: Guerrero, Sinaloa, Chiapas, Michoacán y Oaxaca. (Pérez, Bachi, Barbosa y Castillo, 2019, p. 57-108).

De este modo, el desplazamiento forzado -tanto interno como internacional- en México se ha convertido en un problema sistemático y que no ha merecido la atención debida de los anteriores gobiernos. En parte porque no se reconocía la magnitud de este fenómeno, no obstante y sin resultados sustanciales que evitaran el problema, se generaron tres leyes en materia de desplazamiento forzado interno, de carácter estatal en el mismo número de entidades (Chiapas, Guerrero, Sinaloa)6 y un protocolo de investigación de delitos en caso de desplazamiento forzado interno de la Fiscalía General del Estado de Chiapas.7

Aunque el fenómeno del desplazamiento forzado interno en México se ha abordado en seminarios y publicaciones institucionales,8 se ha analizado desde investigaciones académicas (Díaz y Romo 2019; De Marinis, 2017; Mercado, 2016; Rubio, 2015; Ávila, 2014; Montero, 2014; Pérez, 2014; Salazar, 2014; Salazar y Castro, 2014; Maldonado, 2013; Chamberlín, Durín, Martínez, Mercado, Bartolomé, Briones, et al 2013; Durin, 2012; Velázquez, 2011), expuesto por organizaciones nacionales e internacionales, gubernamentales y no gubernamentales (CNDH, 2017; 2016; CMDPDH, 2017; 2019a; 2019b; IDMC, 2012, 2015, 2018), su presencia en la agenda mediática ha sido deficiente, en comparación con otras problemáticas nacionales expuestas. Por ejemplo, de 2,779 piezas periodísticas en slider9 de portales informativos, monitoreadas entre 2015 a 2018 por el grupo de investigación Análisis del Discurso Informativo sobre la Violencia en México (ADIViM) de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, sólo 18 textos periodísticos se refirieron al hecho. Este fue el número menor de la lista integrada con 26 temas sobre violencia en México (Pérez, 2022).

Con el cambio de gobierno (diciembre de 2018) por primera vez se reconoce la magnitud del problema y la deuda que tiene el Estado con las víctimas, mediante la propuesta de la Ley General para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno.10 Con la publicación de esta Ley el Estado se compromete a la reparación integral de los daños causados y a prevenir nuevos episodios de desplazamiento forzado interno.

Uno de los retos en este sentido es conocer el número de personas que están desplazadas actualmente, pues hasta el día de hoy no hay una cifra aproximada oficial, con lo que se cuenta es con información proporcionada por observatorios que documentan este fenómeno como el Internal Displacement Monitoring Centre (IDMC) y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), cuyas cifras estimadas van de 357,000 personas desplazadas forzadas internamente en México, como resultado de violencia (IDCM, 2020) a 8 millones (Pérez, Bachi, Barbosa y Castillo, 2019, p. 9). De los desplazados internacionales (asilados o refugiados) tampoco se tiene un número aproximado. De las más de 100 mil personas desplazadas forzadas de México, entre 2007 y 2016, más del 65 por ciento de solicitudes de refugio se hicieron a Estados Unidos y el 32 por ciento a Canadá (Estévez, 2018, p. 23).

Es de resaltar que desde el gobierno de Felipe Calderón Hinojosa, como con el de Enrique Peña Nieto y en el presente sexenio, Canadá se ha convertido en la segunda opción, después de Estados Unidos, tanto para emigrar como para solicitar refugio. De este modo, en 2018 México estuvo en el tercer lugar de la lista de los 10 países con mayor número de solicitudes de refugio en Canadá, con 3,314, después de India y Nigeria; en 2019 el número se duplicó a 6,344. En 2020 con 2,667 solicitudes -regulares e irregulares, hechas dentro del país-. México se colocó en tercer lugar del top de los 5 países con mayor número de peticionarios; y en primer lugar en solicitudes hechas en puerto de entrada (Government of Canada, 2020). Muchos de los trámites para acogerse en los países norteños son de personas desplazadas por la violencia en sus comunidades, pero hay miles de desplazados quienes no cuentan con esa opción para salvaguardarse y se movilizan al interior de su estado y hacia otros en la República, en condiciones precarias, por lo que hace al fenómeno de desplazamiento interno forzado un asunto grave que debería exhibirse ampliamente desde cualquier campo del quehacer público.

De este modo, y para coadyuvar en la visibilización del problema, en este trabajo se expone la manera en que medios digitales han reconfigurado el tema del desplazamiento forzado interno, específicamente a consecuencia de las operaciones violentas -directa e indirectamente-, de individuos, grupos y células relacionadas con el narcotráfico.11

Así, se mostrará que en el desplazamiento forzado interno, por motivos de violencia de grupos criminales, los medios de comunicación digital en sus trabajos publicados en su slider, expusieron una forma de violencia física directa, e indirecta, identificando a los actores criminales precursores de los desplazamientos, lo que me permite sustentar la existencia de lo que denomino Fuerzas de control de facto paralelo al gobierno, que son entes no institucionales convertidos en autoridades de poder de facto y que ocuparían los lugares dejados debido a los vacíos de poder de Estado (Buscaglia, 2014, p. 13) en las zonas de desplazamiento.

En la reflexión general sobre la potestad de las estructuras criminales ante la debilidad institucional y la colusión de éstas con miembros gubernamentales, así como la omisión al combate de las mismas, desde el campo académico se han propuesto definiciones como Estado paralelo del narco (Corona, 2008), Estado paralelo (Mongan, s/f) y Narco-nación, fenómeno posible, a decir de Sayak Valencia, debido a la instalación (desde finales de los años setenta) de un “entramado de corrupción política que ha seguido las órdenes del narcotráfico en la gestión del país” (Valencia, 2010, p. 34). En el caso específico de los desplazamientos internos forzados por motivos de violencia criminal propongo Fuerzas de control de facto paralelo al gobierno, como una figura que permite entender los alcances destructivos, y al mismo tiempo limitados a ciertas áreas de acción, de grupos criminales plenamente identificados por las víctimas y expuestos en los medios de comunicación. Dichas Fuerzas mantienen un control total dañino en los lugares donde se instalan, sea porque es ruta de trasiego de drogas, producción de las mismas o área de operaciones logísticas.

Metodología

En la representación mediática del acontecimiento público, se atraviesan relaciones de poder complejas entre fuerzas del campo político y el económico, dinámica que ha sido estudiada y explicada ampliamente a partir de diversas teorías del periodismo, tales como la del newsmaking, gatekeeper y la espiral de silencio,12 solo por citar algunas, desde donde se revela que un acontecimiento puede ser manejado, con intenciones facciosas muchas veces. A pesar de ello, lo expuesto en el ámbito noticioso permite un acercamiento a porciones de una realidad que existe más allá de los intereses comerciales, filias o fobias políticas de los corporativos mediáticos. Así, a través del trabajo de información periodística podemos encontrar indicios sobre una realidad observable y vivible, en este caso del tema de desplazamientos forzados internos.

En este sentido se consideró pertinente para el presente texto, la exploración de un conjunto de trabajos, específicamente desde el ciberperiodismo, pues esta forma surgida a mediados de 1990 (Palacios y Díaz, 2007, p. 11) en la década reciente ha tenido un amplio desarrollo, pues muchos medios noticiosos en versión impresa han migrado a su formato digital (sin abandonar la impresa) y muchos medios ya son nativos digitales. La digitalidad permite que el público usuario de internet y redes sociales acceda a la información y la comparta, casi a la par de la generación de los hechos noticiosos, alcanzando a otro tipo y a más público que en su versión impresa. Lo que le da al medio una posibilidad amplia de que su contenido sea compartido a través de redes sociales, las que son la única fuente de información para muchas personas (Pérez, 2022, p. 10).

Así, la existencia de Fuerzas de control de facto paralelo al gobierno en los desplazamientos forzados internos en México se demostrará mediante la revisión del discurso noticioso, a partir de las declaraciones directas e indirectas de las personas desplazadas en 28 notas o reportajes de un acervo monitoreado de 9213 textos publicados en el slider14 de los portales digitales Animal Político, Aristegui Noticias, Proceso, Grupo Fórmula, Noticieros Televisa, Sin Embargo, Uno TV, SDP Noticias, Notimex15 y La Octava,16 del periodo que va de diciembre 2018 a junio de 2021, que presentaron la cobertura de un episodio específico de desplazamiento interno forzado.

Las 92 publicaciones periodísticas forman parte del monitoreo de medios que realiza el Grupo de investigación ADIViM17 de la UACM, de lunes a domingo entre las 10 y las 14 horas, debido a que en este horario se publican los acontecimientos y se mantienen hasta la sección vespertina (14 horas). Si no hay una noticia excepcional se mantienen al día siguiente (Pérez, 2022, p. 32). Para este Grupo la selección de los portales digitales monitoreados, nativos y los que migraron a este formato, obedece a que tienen un gran número de tráfico en su consulta (Pérez, 2022, p. 35).

La información se analizó a partir de los conceptos de violencia directa y violencia estructural (Galtung, 1986, 1998), para ello consideramos las siguientes categorías de análisis de contenido: 1) tipo de violencia enunciada por el medio de comunicación, misma que se divide en 1.1) Directa, 1.2) Visible o indirecta visible. 2) Acción de entes de gobierno (si en el medio se expone algún nivel de omisión en la resolución del problema por sujetos gubernamentales). 3) Causas y actores responsables de los desplazamientos.

Con ello se mostrará que las Fuerzas de control de facto paralelo al gobierno son grupos integrados por miembros de organizaciones criminales y células de cárteles de droga conocidos de manera pública, que poseen cierta dosis de poder fático, suficiente para mantener el control en regiones específicas, mediante la generación de miedo con asesinatos, extorsión, acoso y exhibición de fuerza en las poblaciones donde tienen presencia.

Estos grupos desafían al Estado, ostentando arsenales de alto calibre, a través de videos subidos a redes sociales (Redacción, 2021-04-08; S/A, 2021-06-09; Arrieta 2021-07-14). Se considera que su poder es paralelo al gobierno, pues al ser reconocidos en medios de comunicación, y desde hace más de una década, son visibles a la opinión pública y en consecuencia por los entes gubernamentales dedicados al combate de la criminalidad, y que, mostrando omisión o cierta incompetencia, permiten de facto una coparticipación en el ejercicio coercitivo del control público en las comunidades desplazadas.

Violencia directa y violencia estructural en los desplazamientos forzados internos en México

En el estudio de la violencia encontramos diversos autores, desde distintos enfoques y corrientes que la han definido y analizado, como concepto y fenómeno humano y social, desde su abordaje en forma de guerra en sociedades primitivas (Clastres, 2009).

La violencia de las llamadas nuevas guerras donde intervienen actores paraestatales y privados que controlan la duración de los conflictos, pues hacen de la guerra una empresa (Münkler, 2005), la violencia en ejercicios colectivos (Tilly, 2008), la violencia objetiva y subjetiva (Zizek, 2009), la violencia en su representación mediática (Imbert, 1992), el análisis de la violencia desde un nivel microsociológico en distintos escenarios de acción (Collins, 2008) y la mirada novedosa que considera el exceso de positividad en la llamada sociedad del cansancio como una manifestación de violencia (Byung-Chul, 2013).

En este artículo retomo algunos conceptos de Johan Galtung quien plantea una teoría de la violencia que a decir de Gilberto Giménez “representa […] la gran macrosociología de la violencia” (2017, p. 10), pues no solamente su propuesta es un punto de vista más allá de lo antropocéntrico, al considerar la dimensión ecológica, sino que ha elaborado lo que sería la contraparte de la violencia: una teoría de la paz (Giménez, 2017, p. 16-17).

En su método 3R (Reconstrucción, Reconciliación y Resolución), Johan Galtung (2000) sugiere que para alcanzar una cultura de paz es necesario el reconocimiento de los efectos de la violencia directa para lograr una reconciliación que lleve a la resolución de los conflictos que provocan violencia. De modo que el reconocimiento de las violencias y sus consecuencias en el fenómeno de los desplazamientos forzados internos en México, siguiendo esta propuesta, es fundamental para lograr una resolución con reparación integral.

Inclusive sería acorde con la sugerencia de la reciente propuesta de Ley sobre esta materia por parte del actual gobierno, pero que de manera inexplicable en el Senado parece existir resistencia para su aprobación, por lo que ya tiene una solicitud de excitativas.18

En la explicación de su teoría Galtung formula un triángulo integrado con tres elementos: violencia estructural, violencia cultural y violencia directa (ésta última es el resultado de la sinergia entre la cultural y estructural), los tres mantienen una relación recíproca, pues si en una estructura donde las condiciones de corrupción, omisión, desigualdad económico-social y ejercicio de poder sobre las personas desposeídas se promueve la violencia, en sus distintas facetas, y ésta es aceptada culturalmente, se genera la violencia directa, la cual al mismo tiempo alimenta la naturalización del ejercicio de la misma, fortaleciendo la cultura de la violencia y reforzando la estructura de la que emana esa cultura. Es una relación simbiótica, pero que se puede desarticular de la misma manera en la que se genera y ello es, desde el enfoque galtuniano a partir de una cultura de paz que “debe construirse en la cultura y en la estructura” (Galtung, 1998, p. 16).

Violencia para Galtung es una forma de comportamiento físico, verbal o mezcla de ambos que provoca dolor o daño y que es evitable (2002, p. 2). La violencia puede ser directa o indirecta; en la primera son identificables los agentes que causan daño a otros, mientras que en la segunda no son visibles y sus acciones también pueden percibirse como consecuencia de omisiones. Cuando la estructura está hecha de tal manera que permite la existencia de violencia indirecta, donde una de las partes sufre sistemáticamente y este sufrimiento es evitable, se convierte en violencia estructural (1986, p. 1).19 La violencia directa, que surge de una estructura violenta, se ve manifestada en efectos visibles e invisibles. Los visibles son los daños materiales, muertos y desplazados (Galtung, 1998, p. 16). Los efectos invisibles son más perversos, pues estos refuerzan a la violencia estructural (Galtung, 1998, p. 16).

En la violencia directa el sufrimiento puede ser físico o verbal en forma de conductas y es causado o infligido de una parte a otra. Como es el caso de grupos criminales que mediante el ejercicio de poder otorgado por las armas y por la incompetencia del Estado, violentan de manera directa e indirecta a grupos vulnerables de población indígena y no indígena en comunidades de alta y muy alta marginación, obligándolas a abandonar sus hogares, como se observa en los trabajos periodísticos explorados para el presente trabajo, por ello particularmente se retoman como ejes de análisis a las concepciones de violencia estructural y directa.

Episodios de desplazamiento forzado interno causados por la violencia de grupos criminales y su cobertura digital

Gráfica elaborada a partir del Monitoreo sobre el Desplazamiento Forzado Interno por el Grupo de Investigación ADIViM-UACM. 

De los 28 trabajos periodísticos que abordan episodios específicos de desplazamiento interno forzado por acciones criminales de grupos relacionados con el narcotráfico, Noticieros Televisa fue el medio que mostró mayor interés en evidenciar el fenómeno, en comparación con Notimex, La Octava, Grupo Fórmula y Uno TV. En esta cobertura se identificaron desplazamientos forzados internos en las siguientes poblaciones de siete estados: En Jalisco: Teocaltiche, El Saucito, Rancho Mayor, Rancho Nuevo y El Rosario; en Edomex, Chalco; en Chihuahua: Atascaderos, Trojas y Ojuelos en Guadalupe y Calvo; Durango (la zona que se ubica en el denominado Triángulo dorado). En Michoacán, específicamente la región de Tierra caliente: Comunidades Los Alacranes, La piedra, San Rafael, El Limoncito - El retaje- La Barranca, Guajolote, y el ídolo en Zirándaro de los Chávez; y a un costado del río Balsas, frontera con Michoacán: Comunidad El Naranjo en Coyuca de Catalán, también en Tierra Caliente. En Región Centro del estado de Guerrero: El Naranjo, Chichihualco, comunidad Tlaltempanapa, en Zitlala municipio de Leonardo Bravo, El Paraíso de Tepila en Chilapa de Álvarez; en Michoacán: Aguililla, San Pedro Naranjestil y Pichilinguillo en Aquila; y en Zacatecas, Nochistlán.

De acuerdo con el número de veces que es mencionado el lugar de desplazamiento, la mayor exposición la tiene el estado de Guerrero con 25, le sigue Michoacán con siete, Jalisco con seis, Chihuahua con cuatro, Zacatecas y Durango con tres, cada estado y Estado de México con dos. La mayoría de los desplazamientos se reportan en zona rural, de alta y muy alta marginación social y económica y con población en su mayoría indígena: na savi, rarámuri, tepehuanas, wixárikas, nahuas, p´urhépechas y nahua-pómaros.

En los trabajos periodísticos no se consigna un número exacto de personas desplazadas, pues el dato se expone de manera mixta: cuantificando personas o familias. Para tener una idea aproximada que nos ilustre el problema consideramos cinco integrantes por familia. Sumando de esta manera los datos mixtos obtenemos 4,65020 personas desplazadas entre diciembre de 2018 a junio de 2021.

Tener certeza en la cifra de personas desplazadas es complejo, ya que en estos episodios hay familias que recurren a parientes de comunidades cercanas para refugiarse, amigos en otros poblados, en otras ciudades, y fuera de México (reconocidos como refugiados en el país de acogida). En episodios masivos, donde la población es recibida en municipios colindantes en escuelas, campos deportivos, iglesias, campamentos de desplazados se puede tener un número más aproximado de víctimas. La complicación en el conocimiento de la cantidad, si no exacta, sí aproximada de población desplazada de manera forzada, muestra que se requiere de una intervención urgente por parte de la Subsecretaría de Derechos Humanos Población y Migración y/o de los órganos de gobierno destinados al abordaje de este fenómeno.

Violencia directa en los episodios de desplazamiento interno forzado

Según los medios digitales explorados, los episodios de desplazamientos forzados se ejecutaron, mediante violencia física directa, con amenazas, agresiones, despojo de propiedad “Estaban llegando a las casas junto con los sicarios y sacando a las personas de sus domicilios” (S/A, 2020-06-23), secuestro, desaparición de personas, reclutamiento forzado de jóvenes por grupos criminales (en Chihuahua) “decidieron salir de sus comunidades porque los grupos de la delincuencia organizada se llevan a los jóvenes para sumarlos a sus filas” (Meza, 2019-11-24); daños en sus bienes particulares, daños y destrucción en los bienes comunales, y extorsión; violencia indirecta, a través de los estragos causados por los enfrentamientos entre grupos criminales.

De este modo, se consignan episodios de despojo de tierras de cultivo y bienes materiales, en las comunidades de Tlachichila, Nochistlán en Zacatecas, en Atascaderos y las rancherías Las Trojas y Ojuelos en municipio de Guadalupe y Calvo, en Chihuahua, comunidades que se encuentran en la denominada zona de Triángulo dorado.

De Guerrero se enuncia que en comunidades de Zirándaro de los Chávez, Coyuca de Catalán, Leonardo Bravo, Chilapa de Álvarez, los grupos armados, además de asesinar, ejecutar desapariciones forzadas, acosar y extorsionar, han despojado de sus casas a los habitantes para mantener el control en el corredor que conecta a Tierra Caliente y la producción de la amapola, así como de la industria minera y forestal en la Sierra de Guerrero: “desde hace meses son extorsionados por grupos delictivos, pues les cobran 150 pesos […] de cuota por cada cabeza de ganado que tienen en sus propias tierras” (Meza, 2019-11-24), “los grupos criminales sacaron a los pobladores de sus viviendas para ocuparlas ellos” (Meza, 2019-11-24).

También se consignan daños en la infraestructura comunal y en la dinámica social, tales como el cierre de escuelas, hospitales, negocios “al menos 50 escuelas de 18 comunidades fueron cerradas por el miedo al crimen organizado, y enfermeras del Hospital Básico Comunitaria de Filos de Caballo se negaban a ir a los centros de salud tras incendio de autos donde se transportaban” (Olvera, 2020-04-04); bloqueo de carreteras, incomunicación por la inmovilización del servicio de transporte, “el servicio de transporte público lleva suspendido una semana en la ruta Zirándaro-Ciudad Altamirano” (Flores, 2019-11-19). Anulando de este modo el derecho al acceso a los servicios públicos de salud, educación y movilidad en las comunidades coptadas por los grupos criminales.

Además del despojo de tierras, en San Pedro Naranjestil, Aquila Michoacán, se enuncia que la violencia generalizada ocasionada por los operativos policiacos para capturar a integrantes del cartel Los Caballeros Templarios es otra de las causas de los desplazamientos forzados en esa región (Paredes y Caballero, 2019-09-02).

Violencia estructural en los episodios de desplazamiento interno forzado

Si la violencia es ejercida de manera indirecta y si ésta se hace de manera sistemática a lo largo del tiempo se convierte en violencia estructural (Galtung, 1986, p. 1). La omisión mostrada en los 47 años de desplazamiento forzado interno por los anteriores gobiernos en México, al no reconocer la magnitud del problema y no crear mecanismos de intervención eficientes para prevenirlos, constituye una forma de violencia estructural, pues dicha omisión o incompetencia es una forma de violencia indirecta. En Zirándaro de los Chávez, Guerrero, “El alcalde denunció que, ante la omisión del gobierno de Astudillo, decidió trasladarse a la Ciudad de México para denunciar el contexto de violencia ante la Secretaría de Seguridad Pública Federal” (Flores, 2019-11-19).

En San Pedro Naranjestil, Michoacán, pobladores se quejan por la omisión en sus denuncias por la tala clandestina de la especie Sangualica, delito que ha provocado desplazamientos forzados “Yo he denunciado ante el ministerio público al comisariado de Pómaro por la venta de ‘sangualica’ pero no nos han hecho caso” (Redacción, 2019-09-02). Y por la desatención a la violencia generalizada: “Que venga el gobierno a ver, que nos haga caso, porque nomás le cuentan y le dicen: “todo está bien”, cuando aquí está la matazón de gente” (Redacción, 2019-09-02).

Grupos delincuenciales identificados como responsables directos de los desplazamientos internos forzados

En el contenido noticioso se identifica como responsables directos de los desplazamientos forzados internos a grupos delincuenciales que han operado de manera sistemática e ininterrumpida en las regiones de desplazados. Algunos de esos grupos tienen acciones criminales desde la década de los años ochenta y están plenamente identificados en medios de comunicación.

En orden de aparición en las piezas periodísticas, de mayor a menor frecuencia de enunciación se identifica al Cartel Jalisco Nueva Generación (12 menciones), grupo que se dio a conocer, a partir del 2011 y que en los últimos años se ha mostrado como organización rival del Cartel de Sinaloa (que tuvo seis menciones), establecido en Culiacán, Sinaloa, desde la década de los años noventa (formado con integrantes del antiguo Cartel de Guadalajara). La Familia Michoacana (con siete menciones), formado en la década de los años ochenta en Michoacán y cuyas operaciones se han extendido al Estado de México -este grupo se reconoce como aliado de Los Viagra- (una mención) que también opera en Michoacán.

Los Caballeros Templarios (con cuatro menciones) surgido en Michoacán en 2011. Los Tena (tres menciones) y El Tena (dos menciones), grupo formado por una escisión de los Caballeros Templarios. Cártel del Sur (dos menciones), fundado hacia 2014 en Heliodoro Castillo, Guerrero, cuyo líder es El señor de la I (tres menciones), El Necho (tres menciones), El Mojarro (dos menciones); El Cepillo, El 100, El Chano, Los Ardillos (aliados del Cartel del Sur), La Maña, El Mencho, Los Cárteles Unidos (carteles y células agrupadas para arrebatar el control criminal al Cartel Jalisco Nueva Generación) y Chuy Playas (líder de Carteles Unidos), cada grupo o individuo mencionados una vez.

Fuerzas de control de facto paralelo al gobierno en sinergia con la omisión de los gobiernos

En suma, de acuerdo con la exposición periodística digital, en todos los episodios de desplazamiento forzados internos hubo violencia directa y estructural ocasionada por dos entes de poder: El Estado (por la omisión de los gobiernos y por la incompetencia mostrada en el combate a la criminalidad) y las denominadas en este trabajo Fuerzas de control de facto paralelo al gobierno.

Como hace más de 40 años siguen los éxodos en las mismas zonas de expulsión que durante la Operación Cóndor, en poblados en zona del Triángulo dorado (Sinaloa, Durango, Chihuahua). Ello se demuestra con el ataque a la población de Bagrecitos y comunidad La Vainilla en Tepuche, zona serrana de Sinaloa, el 24 de junio de 2020 donde dos facciones del Cartel de Sinaloa se enfrentaron a tiros por más de 6 horas, dejando muertos y familias desplazadas por el control del tráfico de metanfetamina, fentanilo y armas (Redacción, 2020-06-25).

El mismo panorama se observa en Michoacán en comunidades de Buenavista, Tepaltepec, Aguililla y Apatzingán, en agosto de 2020 al menos 30 familias abandonaron sus hogares por ataques de grupos armados (Ortega, 2020-08-14). Los desplazamientos forzados mucho tienen que ver con la añeja práctica del cultivo de enervantes que se instauró en 1942, período en el que, siguiendo a Jesús Lemus (2015, p. 26) se observa una complicidad entre los campesinos que cultivaban marihuana y amapola y militares encargados de “cobrar plaza”. De este modo el narcotráfico no es un tema nuevo en Michoacán (Lemus, 2015, p. 25), no en balde, del estado provienen carteles criminales que siguen operando a la luz de todos en la región, Los caballeros Templarios, La familia Michoacana, Los Tena y Los Viagra.

Tierra Caliente en Michoacán se ha convertido en región de desapariciones forzadas, asesinatos y secuestros; la violencia generalizada desplazó alrededor de 450 mil personas en 2014, en comunidades rurales de costa sierra-nahua, Bajío, meseta purépecha oriente, quienes empezaron a emigrar hacia el norte, a partir de 2005 (Lemus, 2015, p. 123). En 2014 en Tijuana y Rosarito había 176 mil michoacanos, en su mayoría indígenas de la meseta purépecha y de Tierra Caliente (Lemus, 2015, p. 127) con la esperanza de un asilo en los Estados Unidos.

Tanto en Aguililla como en zona serrana de Apatzingán las Fuerzas de control de facto paralelo al gobierno son grupos del crimen organizado de La Nueva Familia Michoacana, Los Viagra, extemplarios y el Cártel Jalisco Nueva Generación: “Pareciera que un pueblo se vuelve un bastión de un grupo armado, y el otro grupo armado tiene que entrar a demostrar que está presente” (Redacción, 2019-11-02).

Igual situación se vive en Guerrero, desde la década de los años setenta. Un ejemplo es el ataque que padecieron las poblaciones de Ayutla y Tepozonalco, a finales de mayo de 2020, donde civiles armados quemaron 24 viviendas y 8 vehículos, desplazando a 400 personas que se sumaron a las 800 que ya habían salido en 2018 (Ocampo, 2020-06-02).

Conclusión

A partir de la exploración de la exposición mediática en portales digitales del fenómeno de desplazamiento interno forzado en México y analizada mediante los ejes violencia estructural y violencia directa se demuestra la existencia de Fuerzas de control de facto paralelo al gobierno como los grupos de poder que en su ejercicio de violencia criminal son los responsables materiales de los desplazamientos forzados de personas. Estos grupos son posibles gracias a la omisión e incompetencia sistemática del Estado para restarles poder y prevenir su aparición y también por la colusión directa e indirecta de entes gubernamentales con estas estructuras (desde policías municipales, estatales, alcaldes, gobernadores, policías ministeriales, elementos castrenses) lo que los ha fortalecido y permitido se conviertan en organizaciones trasnacionales, a través de un proceso que se puede situar a finales de la década de los años ochenta, y que a lo largo de estos más de 40 años han demostrados que aunque se desarticulen estructuras criminales los remanentes fundan otras, se fusionan, se dividen, crean alianzas y siguen penetrando a las instituciones gubernamentales. De este modo, en el problema del desplazamiento interno forzado en México los entes precursores serían tanto el Estado como las Fuerzas de control de facto paralelo al gobierno, uno por omisión -y algunos casos por acción- y el otro por acción directa.

Los desplazamientos sistemáticos en Chihuahua, Sinaloa, Guerrero, Michoacán, y los recientes en Jalisco y Zacatecas, originados por las operaciones constantes de las Fuerzas de control de facto demuestra que los planes bilaterales de cooperación en materia de seguridad con Estados Unidos (Operación Cóndor, Plan Mérida) han fracasado. En algunos años veremos qué resulta del Entendimiento Bicentenario sobre Seguridad, Salud Pública y Comunidades Seguras, firmado por la actual administración.

Con la existencia y operaciones de las Fuerzas de control de facto paralelo al gobierno en las zonas de población desplazada se vulnera la seguridad humana21 concepto que en esencia pondera la protección del núcleo vital de los individuos, centrado, precisamente en las personas y en la defensa de lo más básico que es su vida (Comisión of Human Security, 2013, p. 4), creando las condiciones para que se violen los derechos a la libertad, seguridad, la vida, libertad de movimiento y residencia, a la educación, salud, derecho a la protección contra la esclavitud y la servidumbre.22 También la no resolución del problema se puede entender como una práctica discriminatoria del Estado hacia las minorías, pues la mayoría de los desplazamientos se dieron en zonas marginadas con población de comunidades indígenas.

En definitiva, siguiendo la propuesta de Johan Galtung en la promoción de una cultura de paz es necesario como pasos básicos reconocer los efectos de la violencia directa y estructural en el desplazamiento interno forzado en México, elaborar un mapeo oficial actualizado con los episodios acumulados para tener una idea aproximada de la magnitud del problema; un número de víctimas lo más aproximado posible y su reconocimiento oficial para restituirles sus pérdidas materiales e incluir en los censos de población la variable que explicite el abandono del hogar por motivos de violencia criminal para el seguimiento estadístico del tema.

De este modo, si la actual administración del país tiene la intención de cumplir integralmente con la reparación al daño de las víctimas del desplazamiento forzado interno en México, además de aprobar la Ley General para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno también se debe recuperar la institucionalidad en las zonas donde dominan las Fuerzas de control de facto paralelo al gobierno y, sobre todo, aplicar la justicia restaurativa para las víctimas, en el camino de lo que Galtung llama reconciliación.

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1Firmada en diciembre de 2008, entre México y Estados Unidos, con más de 2.3 millones de USD, como fondo asignado por el Congreso de Estados Unidos para contrarrestar la violencia ocasionada aparentemente por el trasiego y tráfico de drogas. Firmada por Felipe Calderón y George W. Bush y que continuó con los presidentes Enrique Peña Nieto y Barack Obama. Ver: https://mx.usembassy.gov/es/our-relationship-es/temas-bilaterales/iniciativa-merida/.

2A las personas que se desplazan internacionalmente (que son las personas que cruzan la frontera de su país), dependiendo su estatus migratorio se les aplica el término de refugiado o de asilado; los desplazados forzados internos, quienes al no cruzan las fronteras internacionales de su país quedan bajo la tutela de su gobierno.

3Firmada en diciembre de 2008, entre México y Estados Unidos, con más de 2.3 millones de USD como fondo asignado por el Congreso de Estados Unidos para contrarrestar la violencia ocasionada por los carteles de drogas. Firmada por Felipe Calderón y George W. Bush y que continuó con los presidentes Enrique Peña Nieto y Barack Obama. Ver: https://mx.usembassy.gov/es/our-relationship-es/temas-bilaterales/iniciativa-merida/.

4Según cifras de Immigration Overview.Permanent and Temporary Residents, documentos de 2005 a 2012. Datos procesados y presentados en Pérez, A. (2019, p. 12) .

544,255 homicidios, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a partir de carpetas de investigación reportadas por las procuradurías generales de Justicia y Fiscalías Generales del país, en materia de fuero común.

6Ley para la prevención y atención del desplazamiento interno en el estado de Chiapas, 2012 y la Ley Número 487 para prevenir y atender el desplazamiento en el estado de Guerrero, 2014. Recientemente en julio de 2020 en Sinaloa se aprobó la Ley para Prevenir, Atender y Reparar Desplazamiento Forzado Interno.

7Publicado el 3 de junio de 2019.

8El Colegio de México, CESOP y Cámara de Diputados LXIII Legistalura, 2016.

9Semejante a primera plana en periodismo impreso.

10Presentada por Rocío Barrera Badillo del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión.

11No obstante que los desplazamientos masivos internos en el estado de Chiapas es un problema añejo y sistemático, complejizado por la presencia e intervención constante de grupos identificados como paramilitares, su origen no se debe a las operaciones de grupos criminales, sino a conflictos agrarios, de intolerancia religiosa, ideológica y prácticas caciquiles, aunque recientemente se han identificado al Cartel Jalisco Nueva Generación como causante de desplazamientos en esa región, como se consignó en medios. Ver información en: https://elmuromx.org/2021/07/cjng-detras-de-desplazamiento-forzado-de-3-mil-300-indigenas-de-chiapas-controla-trafico-de-migrantes/

12Para conocimiento de las teorías consultar Teoría del periodismo de Felipe Pena (p. 135-177).

13Son 92 textos periodísticos sobre el tema de los desplazamientos forzados internos (notas, reportajes, entrevistas, gráficas e infografías), originados por motivos de violencia criminal, y sumados también los ocasionados en Chiapas por conflictos agrarios, religiosos e ideológicos. De ese total de 92, en este artículo solo retomamos los textos que reportan un episodio específico de desplazamiento, debido a la violencia directa e indirecta de grupos criminales identificados. El listado de las textos está publicado al final de este artículo como Apéndice.

14Situado en página de inicio. Similar a primera plana de un diario impreso. La información en slider de los portales digitales, es el primer contacto de los lectores de noticias de medios digitales, en muchos casos es el único contacto, y es la parte que se comparte en redes sociales.

15Notimex dejó de publicar notas en su portal informativo en junio de 2020 debido a que el medio estalló en huelga.

16La Octava, se empezó a monitorear a partir del mes de noviembre del 2019.

18La excitativa es un recurso mediante el cual se solicita se agilice la presentación del dictamen de un asunto, cuyo plazo para ser dictaminado esté por vencer o que haya vencido. Esta solicitud fue promovida por la senadora Nestora Salgado García del grupo parlamentario de Morena, el 24 de marzo de 2022. https://www.senado.gob.mx/64/gaceta_del_senado/documento/124778.

19Aunque el libro es de 1986 se decidió usar porque en éste Galtung introduce, de manera clara y sencilla, la explicación de lo que considera violencia estructural, que articulada con violencia cultural permiten la violencia directa. Estos tres elementos conforman la propuesta triádica de Galtung que explica la violencia. La propuesta triádica ha sido abordada en distintos trabajos del autor en su búsqueda como intelectual de la cultura de paz y como activista para lograrla, a través del Instituto de Investigaciones para la Paz de Oslo (Institutt for fredsforskning).

20Algunas cifras están dadas por número de personas y otras enuncian número de familias, sin especificar el número de integrantes de cada familia.

21Concepto debatido en 2001 por la Comisión de Seguridad Humana de la ONU.

22En el caso de los reclutamientos forzados de jóvenes por grupos criminales en Chihuahua.

Apéndice

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Recibido: 29 de Septiembre de 2021; Aprobado: 15 de Marzo de 2022

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