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Signos históricos

versión impresa ISSN 1665-4420

Sig. his vol.25 no.49 México ene./jun. 2023  Epub 13-Oct-2025

https://doi.org/10.24275/shis.v25n49.08 

Artículos

Política, sanidad y educación en las donaciones de obras al parlamento del Trienio Liberal

Policy, health, and education in the donations of books to the Parliament of the Liberal Triennium

Diego José Feria-Lorenzo1 
http://orcid.org/0000-0001-7961-2066

Cristina Ramos-Cobano2 
http://orcid.org/0000-0002-6631-4059

Juan Diego González-Sanz3 
http://orcid.org/0000-0002-4344-8353

1Universidad de Huelva, Campus El Carmen, diego.feria@denf.uhu.es

2Universidad de Huelva, Campus El Carmen. cristina.ramos@dhis2.uhu.es

3Universidad de Huelva, Campus El Carmen, juan.gonzalez@denf.uhu.es


Resumen:

El Trienio Liberal fue el primer periodo parlamentario español. En este marco legislativo, y a lo largo de los debates de las diferentes leyes que la prolífica acción de los diputados realizó, llegaron al hemiciclo como donaciones 83 obras de autoría nacional y otras 13 de escritores extranjeros. Con este artículo, pretendemos hacer una descripción, tanto cuantitativa como cualitativa, de los textos que, en su mayoría, nutrieron a las comisiones que tuvieron el encargo de elaborar la legislación que se estaba gestando en la Cámara. El hecho de que los diputados no se limitaran a aceptar las obras, sino que las distribuyeran entre las diferentes comisiones, sugiere que se preocuparon por preparar leyes de calidad, depuradas no sólo a partir del debate del hemiciclo, sino también a través de lecturas especializadas en cada materia.

Palabras clave: legislación liberal; donación de textos; parlamentarismo; liberalismo

Abstract:

The Liberal Triennium was the first Spanish parliamentary period. In this legislative framework, and throughout the debates of the different laws that the prolific action of the deputies carried out, 83 books of national authorship and another 13 of foreign writers arrive at the hemicycle as donations. This article intends to make a description, both quantitative and qualitative, of the texts that -for the most part- were nourishing the commissions that were commissioned to carry out the legislation that was being developed in the Chamber. The fact that the deputies did not limit themselves to accepting the books that were coming to them, but distributed them among the different commissions, suggests that they were concerned with drafting quality laws, refined not only from the debate in the hemicycle but also through specialized readings in each subject.

Keywords: liberal legislation; texts donation; parliamentary; liberalism

INTRODUCCIÓN1

El periodo legislativo del Trienio Liberal ofreció un variado y productivo número de normativas legales. Se intentaba romper con el Antiguo Régimen, para lo cual, la génesis legislativa y de normativización de distintas situaciones precarias y de desigualdad en la población se hacía una necesidad sentida por el grupo de diputados que se encontraban en el hemiciclo de las Cortes y, en definitiva, por la misma sociedad. Esta etapa parlamentaria pretendía enlazar y conseguir un continuum con el ciclo iniciado con la Constitución de 1812 y con las reformas que siguieron con ella y quedaron pendientes en 1814.

La descripción, análisis y enumeración de los textos llegados a la Cámara a través de donaciones, tanto de autores del Parlamento como de la misma sociedad, se constituye en la meta principal de este artículo. Con ello, pretendemos que puedan llegar a alumbrar investigaciones posteriores en su relación con las distintas leyes que se gestaron en la Cámara. En la revisión de los Diarios de Sesiones del Congreso, en este primer periodo parlamentario liberal, tras el constitucional de Cádiz, se fueron recogiendo los datos bibliográficos de estas obras, para su posterior tratamiento y análisis tanto cualitativo como cuantitativo. El trabajo subsiguiente consistió en una primera agrupación en función de la temática contenida en el título de las obras. La localización de los textos siguió a este primer acercamiento, lo que facilitaría un estudio más profundo de la materia tratada en cada una de ellos. Han sido diversos los lugares en los que los hemos localizado. Así, podemos citar las obras encontradas digitalizadas en Google o en diversas instituciones, como la Biblioteca de la Universidad de Sevilla, en el catálogo Fama, o en la Complutense, y la Biblioteca Nacional y la del Congreso de los Diputados de España, entre otras. Nuestras pesquisas bibliográficas en busca de investigaciones similares no han arrojado obras que hubieran estudiado algo semejante a lo que presentamos en estas páginas, las cuales nos hubieran orientado en este trabajo. La mayor parte de la búsqueda de las obras ha dado sus frutos con versiones digitalizadas, aunque un pequeño número no lo hemos podido localizar; en este caso, a lo largo de la redacción del texto iremos dando cumplida nota de ello. La libertad de imprenta volvió a estar vigente en este segundo periodo liberal, y, por tanto, el Decreto de noviembre de 1810. La proliferación de periódicos, libros y escritos de todo tipo, en todo el amplio panorama nacional, dio como resultado la plasmación en la prensa de la contrastación entre la opinión pública y el debate político.2

Las donaciones de textos al Congreso en este periodo, en muchos casos, guardaban relación con la legislación que se estaba gestando. En esta parte de los resultados del estudio,3 y en un primer apartado, se encuentran los relacionados con la política, el derecho y la historia; en segundo lugar, el ejército y la educación, y ambos ofrecen un paralelismo o una correlación directa con lo que se gestaba en la Cámara. En 1821, nacieron la Ley Orgánica del Ejército y una Ley de Instrucción Pública que contemplaba ya los tres niveles de formación: la educación primaria, la secundaria y la superior. Por último, la situación de la hospitalización y la sanidad española de principios del xix pasaba por un momento crítico en el que la desorganización y la falta de control gubernamental no podían seguir, debido a lo que dictaban las nuevas medidas higienistas que empujaban desde distintos países europeos. Estos nuevos supuestos higienistas irán llegando progresivamente a la legislación y, en definitiva, a la población. El exilio y la formación de médicos y diputados en el exterior, y el contacto con sociedades foráneas tanto tras el Trienio, como en fechas posteriores e incluso anteriores (Luzuriaga), contribuirán al acercamiento de estas doctrinas a la sociedad española.4

La obra del insigne higienista alemán Johan Peter Frank, pionero de la medicina social, System einer vollständigen medicinischen polizey, en seis volúmenes, además de otros suplementarios, había llegado a la imprenta desde finales del siglo xviii, en 1779 el primero de ellos, y prosiguió su impresión hasta 1821, y se le considera la más importante de la época sobre salud pública. En este sentido, la salida del Congreso de un Proyecto de Código Sanitario y una Ley de Beneficencia, en 1822, intentó cubrir estas necesidades sociales reales y sentidas, tanto por la colectividad como por los diputados de la Cámara baja.

Las publicaciones nacionales llegadas a las Cortes del Trienio han sido contabilizadas en un total de 83. Las hemos clasificado en diez grupos (véase cuadro 1), y a algunas de ellas, a su vez, en otros subgrupos, como veremos en los cuadros y párrafos que siguen.

Cuadro 1 Obras naCionales llegadas al Congreso en el Trienio liberal 

TEMÁTICA NÚM. DE OBRAS
Economía/Hacienda (18) Economía
Teoría económica
Hacienda
9
5
4
Iglesia/Religión 5
Política/Derecho (17) Política
Derecho
8
9
Historia (4) Beneficencia (3) 7
Sanidad (14) Formación
Estudio y descripción de casos
5
9
Educación (16) Instrucción Pública Formación Política
Formación primera y segunda enseñanza
Formación superior
4
6
3
3
Literatura (1) Ejército (4) Otros (1) 6
Total 83

Fuente: Diario de sesiones del Congreso de los diputados (DSCD), en archivo del Congreso de los Diputados de España. Elaboración propia.

LA POLÍTICA, EL DERECHO Y LA HISTORIA SUSCITAN EL INTERÉS DE LOS AUTORES PARA LA DONACIÓN DE OBRAS AL PARLAMENTO

Iniciamos nuestro análisis en el grupo de Política, con los textos de Gonzalo de Luna, quien hizo una donación de tres obras el 6 de octubre de 1820. La que aquí aparece lleva por título Tratado de política pública (véase cuadro 2). No hemos encontrado el texto, aunque, por el Diario de Sesiones, sabemos que pasó a la comisión de Legislación.5 La obra de Agustín Alcalde, de 56 páginas, aunque es la segunda parte la encontrada -de la primera, si la hubiera, no sabemos nada-, aparece como un canto a la era constitucional. En ella, afirma que leyendo los diarios de Cortes, en los cuales se aprecia la discusión antes de legislar, se intuye, se sabe, que es el único camino para “conocer la encantadora verdad”.6

Cuadro 2 obras llegadas al Congreso en el Trienio: derecho e historia 

TEMÁTICA AUTOR-TÍTULO DE LA OBRA
Política/ Derecho (17) Política Gonzalo de Luna. Tratado de política pública Agustín Alcalde. Reflexiones políticas análogas a las circunstancias del día Vicente Andrés y Almaza. La Sociedad feliz, plan y elementos de un gobierno sabio, sencillo y util Francisco de Paula Miguel Sánchez. Dirección teórico-práctica de alcaldes constitucionales Ayuntamiento de Pamplona. Manifiesto del ayuntamiento constitucional de la ciudad de Pamplona, capital de la provincia de Navarra, sobre lo ocurrido en ella desde la publicación de la Constitución de la Monarquía española Manuel López Cepero. Catecismo religioso, moral y político Vicente Blanco. Apuntes sobre lo que deben hacer las Cortes Ordinarias de 1822 a 1823 Miguel Cabrera de Nevares. Memoria sobre el estado actual de la Américas y medio de pacificarlas
Derecho Miguel Ruiz de Celada. Los fundamentos de la jurisprudencia natural considerablemente aumentada y precedida de un plan de unas instituciones de filosofía moral en las cuales se reúnan la religión, la moral y la política Miguel García de la Madrid. Compendio o índice analítico de la Constitución política española Francisco Javier Adel (coord.). Observaciones del Tribunal especial de las órdenes militares, sobre el proyecto de Código Penal José María de Zuaznavar. Ensayo histórico crítico sobre la legislación de Navarra (vols. i y ii) Setabiense. Constitución secreta que tenían formada las Cortes contra la soberanía de nuestro amado Rey el Sr. D. Fernando VII, santo tribunal de la Inquisición e instituciones regulares Francisco Martínez Marina. Juicio crítico de la Novísima Recopilación Laureano Bullido de Alarcón. Espíritu de las mejores constituciones Genaro Moner. Discurso sobre la organización de tribunales
Historia (4) Miguel de Haro. Relación histórica de las defensas de Gerona en los años de 1808 y 1809 Juan Corradi. Prontuario cronológico de la historia de España Vicente Basadre. Memoria histórico-política-geográfica relativa a la independencia de la América española Eduardo Raquier. Revista histórica de la revolución de España

Fuente: elaboración propia a partir de DSCD.

La sociedad feliz…, inicia el título del texto de Vicente Andrés y Almaza. En la línea del anterior -y basándose en una felicidad que viene al hombre desde los inicios del mundo, donde vivía en comunión con la naturaleza, de la cual le aparece ese bienestar- fundamentará la situación social anormal del sistema político anterior y las nuevas propuestas para alcanzar la armonía colectiva. Esas iniciativas partirán de una fundamentada educación religiosa y civil, la legislación en todos los aspectos sociales, las ciencias y las artes útiles.7 Parece apreciarse en la obra la influencia de Rousseau, para quien la bondad natural del hombre es corrompida por la sociedad, y como la educación procura la regeneración del individuo para acercarse a la vida natural, no como un estado primitivo, pero sí como punto de referencia hacia toda consideración de tipo social y moral.8

La donación de Francisco de Paula Miguel Sánchez, abogado del colegio de Granada, pasó a la comisión de Legislación. Por el título, Dirección de los alcaldes constitucionales teórico-prácticos, pensamos que podía orientar sobre la configuración de los nuevos ayuntamientos constitucionales en los pueblos.9 Ayuntamientos creados por una convocatoria de elecciones municipales por Decreto de 9 de marzo de 1820. Se pretendía que estos órganos de la administración local fueran los gestores de las contribuciones decretadas para pueblos e individuos, razón por la que a los liberales les urgía su creación como continuación de la abolición de los señoríos. Pueblos y ciudades fueron en el Trienio los nuevos espacios de construcción del nuevo Estado liberal.10

El siguiente texto se nos presenta un tanto equívoco, pues, en el Diario de Sesiones, aparece que lo remite D. Francisco Espoz y Mina, capitán general de Navarra, y lo titula Manifiesto del Ayuntamiento constitucional de la ciudad de Pamplona, capital de la provincia de Navarra, sobre lo ocurrido en ella desde la publicación de la Constitución de la Monarquía española. Sin embargo, hemos encontrado otro del que es también autor, que parece contestación a las imputaciones del Ayuntamiento: El capitán general de la provincia de Navarra D. Francisco Espoz y Mina respondiendo a las imputaciones que le hace el Ayuntamiento de Pamplona en su manifiesto de veinte y dos de julio de mil ochocientos y veinte. En este último, relata las peripecias de su vuelta de París, cuando llegan las noticias de la puesta en marcha de la Constitución de 1812 y el inicio del Trienio en 1820. La narración continúa más allá de la llegada y reconocimiento de la constitución por la ciudad de Pamplona.11

Libros como el Catecismo religioso, moral y político, de Manuel López Cepero, fueron, al parecer, habituales en la primera mitad del siglo, pues la búsqueda de este texto ha hecho que veamos títulos parecidos de esta época. Hecho, por otra parte, normal, como encargo constitucional, reflejado en los inicios de esta obra, pues el artículo 366 de la Constitución de 1812 “previene que en todas las escuelas de primeras letras se enseñe un catecismo de la religión católica, que contenga también una explicación de las obligaciones civiles”.12 El afán de la construcción de una nueva sociedad desde la base y como ruptura con el Antiguo Régimen también implicaba la instrucción pública. En este sentido, se crearon estos “Catecismos”, algunos de los cuales se orientaban a la enseñanza escolar y otros al ciudadano común, e incluso a la ilustración de adultos, y se abocaban mayoritariamente a la enseñanza política, la forma de Estado, etcétera.13 Al igual que los diputados constitucionales doceañistas tuvieron en cuenta la educación pública como algo importante para la prosperidad del Estado, y dentro de la planificación de ésta, incluyeron la instrucción en los valores constitucionales. Tales aspectos, desde nuestro punto de vista, conllevan un peso e importancia añadida, sobre todo en el contexto del siglo xix, donde la mayoría de la población desconocía los beneficios de otras formas de hacer política y de consideraciones igualitarias entre los individuos.

Pedro Baso presenta dos ejemplares de Apuntes sobre lo que deben hacer las Cortes Ordinarias de 1822 a 1823; un ejemplar lo envió a la biblioteca y otro a la comisión de Legislación. El autor de esta obra es Vicente Blanco, referenciada en la Biblioteca Nacional, aunque desconocemos el contenido del texto.14 La Memoria sobre el estado actual de las Américas y medio de pacificarlas fue un encargo de don Ramón López Pelegrín, secretario de Estado y del Despacho de la Gobernación de Ultramar, a Miguel Cabrera de Nevares. Este autor recoge la situación de la insurrección de los territorios americanos, pero, sobre todo, se centra en el Río de la Plata.15

Miguel Ruiz de Celada es el autor de la primera obra que vamos a comentar del subgrupo de textos de Derecho, Los fundamentos de la jurisprudencia natural considerablemente aumentada y precedida de un plan de unas instituciones de filosofía moral en las cuales se reúnan la religión, la moral y la política. Está formada por dos libros: el primero, tal como aparece en la portada, es el denominado Los fundamentos de la jurisprudencia natural, y se inicia con una sección denominada en la página siguiente: “Plan de unas instituciones de filosofía moral en las cuales se reúnan la religión, la moral y la política”. El segundo libro contiene la definición de las leyes naturales y su aplicación a las acciones humanas, de moral y deberes sociales, justicia, equidad, leyes civiles y criminales, política, etcétera.16

De Miguel García de la Madrid se recibieron tres obras, dos de ellas incluidas en el grupo de Instrucción Pública, que ya comentaremos, y la otra en el de Jurisprudencia. El Compendio ó índice analítico de la Constitución española se envió al archivo del Congreso, y fue presentado allí mismo por el autor en mayo de 1822.17 También en este grupo de Derecho encontramos a Francisco Javier Adel, coordinador de Observaciones del Tribunal especial de las Órdenes Militares, sobre el proyecto de Código Penal. En la “Advertencia” de esta obra, se cita que en la elaboración del Código Penal, muy trabajado a juzgar por las referencias que aparecen en el Diario de Sesiones de todo el Trienio, y que finalmente vio la luz, se habían tenido en cuenta las observaciones apartadas “por el Tribunal Supremo de Justicia, por las audiencias, universidades, varias corporaciones, cuerpos literarios y sujetos particulares”. El texto en cuestión, va en la línea de estas aportaciones, pues no habían llegado las del tribunal especial de las Órdenes Militares, y este pequeño librito de 51 páginas pretendía llenar el vacío detectado.18 Aspecto de vital importancia desde nuestro punto de vista, pues refleja la profesionalidad de los diputados, quienes intentaban enriquecer la legislación, además de con las discusiones y aportaciones de otros individuos de la Cámara, con las de otros especialistas del exterior del Congreso que intuían que contaban con conocimientos suficientes para ello. Esto significa, en los inicios del parlamentarismo español, algo novedoso, por su equidad y por querer que la legislación elaborada en la institución incluyera las máximas cotas de garantía de calidad para la población a la que representaban.

Presentó el magistrado de la audiencia nacional, José María de Zuaznavar, dos tomos del Ensayo histórico crítico sobre la legislación de Navarra, un compendio de normativas legales históricas de este reino, y de leyes de pueblos de la comarca, como privilegios concedidos y otros.19 El secretario del Despacho de Gracia y Justicia remitió a la Cámara el impreso recibido por correo: Constitución secreta que tenían formada las Cortes contra la soberanía de nuestro amado Rey el Sr. D. Fernando VII, santo tribunal de la Inquisición e instituciones regulares, “relativo a la constitución secreta de que hablaron los periódicos en 1814”. Aunque no lo hemos podido consultar, por el título entendemos que fue una obra que lanzaba una crítica a la soberanía real, la Iglesia y la Inquisición, en la restauración monárquica absolutista de “El Deseado”.20

Las leyes de la Novísima Recopilación, según aparece en la página del título, tienen una última compilación ordenada por Carlos IV y publicada en 1805. La carátula de inicio dice que es una obra dividida en 12 libros: “En que se reforma la Recopilación publicada por el Señor Don Felipe II, en el año de 1567, reimpresa últimamente en el de 1775: y se incorporan las pragmáticas, cédulas, decretos, órdenes y resoluciones Reales, y otras providencias no recopiladas y expedidas hasta el de 1804”.21 Martínez Marina, diputado en el Trienio, donó la obra Juicio crítico de la Novísima Recopilación, la cual debió tener gran importancia, sobre todo para un nuevo gobierno que buscaba regenerar la legislación existente, en aras de conseguir más equidad social. Su texto pretendía ser una purificación “de los verdaderos defectos que se hayan notado de resultas de su estudio y uso”, en los años desde su publicación. Así, en el índice encontramos apartados referidos a: defectos del sistema adoptado en todas las compilaciones de las leyes del reino, anacronismos, errores y falta de exactitud en las citas de los autores.22 Parece una crítica en toda regla a las compilaciones o recopilaciones como ordenamiento cronológico de las leyes creadas desde épocas anteriores, cuya inclusión en un libro facilitaba su manejo. Con el liberalismo, la codificación temática encargada a juristas de prestigio de una misma materia facilitaba la agrupación orgánica, sistemática y completa; este hecho se convierte en una innovación legislativa en el siglo xix.23

Laureano Bullido de Alarcón, cura párroco de Museros, en la provincia de Valencia, envió la obra titulada Espíritu de las mejores Constituciones.24 Genaro Moner remitió Discurso sobre la organización de tribunales, que pasó directamente a la comisión de Legislación. De ninguna de ellas sabemos nada, pues no hemos podido encontrarlas.25 La siguiente agrupación bibliográfica en las donaciones la hemos denominado “Historia”. El primer texto, aunque no lo hemos encontrado, por el título se asemeja al contenido de una parte de los Episodios Nacionales de Benito Pérez Galdós,26 el denominado Relación histórica de las defensas de Gerona en los años de 1808 y 1809, aunque, como sabemos, la publicación de Galdós fue muy posterior. Trafalgar, la primera de la serie, salió de la imprenta en 1873. Miguel de Haro, su autor, quizá pretendía realizar una crónica historicista de la guerra de la Independencia, con la intención de reflejar lo que había pasado, a juzgar por sus palabras: la obra la “acompaña un retrato del teniente general D. Mariano Álvarez, gobernador que fue de la plaza en tan memorables sitios, y un plano, el más exacto que tenemos, tanto de la ciudad y sus fuertes, como de los ataques de los enemigos”.27

El Prontuario cronológico de la historia de España es una descripción de la historia de este país. Su autor, Juan Corradi, era primer cronista y jefe de la oficina de la redacción del Diario de Sesiones; los ejemplares donados pasaron a la biblioteca de Cortes. La obra se ofrece con un mapa histórico, donde “se ven, de una ojeada, el origen, progresos y estado de la Monarquía española en todas las épocas”.28 Vicente Basadre, que había sido superintendente de la ciudad de Caracas, en Venezuela, es el autor de Memoria histórico-política-geográfica, relativa a la independencia de la América española, un pequeñísimo texto de 19 páginas. Donado a la Cámara en 1822, relata la independencia de los territorios españoles de América. Afirma que, en las revoluciones, el levantamiento se produce normalmente por el pueblo oprimido; en los territorios americanos pertenecientes a España, lo realiza precisamente la parte opresora.29 Los descendientes de españoles nacidos en los territorios americanos formaban esa élite que se levantó contra la metrópoli; en ese enfrentamiento, podemos ver ansias de participar en la dirección y gestión de los nuevos territorios e incluso incrementar los ingresos económicos, y que revirtieran aquellos que hasta ahora se llevaba España. El último de este grupo, del que no tenemos información, es el texto titulado Revista histórica de la revolución de España, publicado en Londres y remitido desde allí por Eduardo Raquier, a través del Conde de Toreno.30

EL INTERÉS POR LA EDUCACIÓN, LA LITERATURA Y EL EJÉRCITO EN LOS TEXTOS DONADOS AL PARLAMENTO

El periodo progresista del Trienio Liberal inició, enmarcado en la Constitución doceañista, un cambio en cuanto a la legislación relativa a la educación de la población. El Reglamento General de Instrucción Pública fue ratificado por Fernando VII mediante Decreto del 29 de junio de 1821. En él, se contempla una enseñanza gratuita costeada por el Estado, según los artículos primero y tercero. Se incluye en esta primera ley de Educación los tres niveles de enseñanza: primaria, secundaria y terciaria, que comprende los estudios para ejercer las profesiones, algunos de ellos adscritos a las cátedras de las universidades de provincia.31 Un contemporáneo, Alonso de Quintanilla, estaba convencido de que, sin la formación de la sociedad en conocimientos humanísticos y científicos, el régimen liberal no tenía nada que hacer.32 Con la orientación de esta estructura aludida en la normativa, hemos realizado una división con los textos llegados al Congreso relativos a educación. La primera de ellas se corresponde con el subapartado de Instrucción Pública, que incluye obras seleccionadas con los beneficios de la educación. Iniciamos el comentario de los textos con uno que no hemos podido hojear para poder hacer una mínima descripción del contenido. Como verán en el título, la obra de José Pedralbes compara la disciplina médica con otras ciencias.33

El texto de Julián Antonio Rodríguez plantea un trabajo de litografía para la impresión de obras en idiomas o lenguas orientales, por ejemplo, la islámica.34 Tanto de esta última obra, como de la siguiente de Marcelino Sánchez, canónigo de Salamanca, Principios de educación para todos los estados de la vida, no hemos encontrado nada; parece ser que el libro, al llegar a la Cámara, pasó directamente a la comisión de Instrucción Pública.35

En la línea de estos contenidos formativos también está la obra de Francisco de Paula González Cándamo, Memoria sobre la influencia de la instrucción pública en la propiedad de los Estados. Dos preguntas que se plantea el autor describen el argumento del texto: “¿Por qué los reyes justos y benéficos protegerán las luces y proscribirán solo las ciencias que son inútiles al reposo y bien de sus estados? ¿Y por qué, al contrario, los déspotas feroces y sanguinarios persiguieron a los sabios y a la ilustración?”. Concluye que, sin la formación e instrucción de la población, jamás los Estados tendrán prosperidad y tampoco serán felices sus miembros.36 Según Carlos Martínez Shaw:

[…] resulta característico del siglo el afán por las ciencias consideradas útiles frente a la cultura especulativa, así como también […] la necesidad experimentada por los monarcas de rodearse de la intelectualidad de la época como prueba de su aperturismo, de su sintonía con el espíritu más progresista del momento. Sin embargo, [… se] trató de difundir el conocimiento entre capas cada vez más amplias de la población. En última instancia, la convicción de que el acceso a la cultura hace a los hombres más libres y felices es quizás la prueba más fehaciente del espíritu generoso de la Ilustración.37

Cuadro 3 Obras llegadas al Congreso en el Trienio: educación, literatura y ejército 

TEMÁTICA AUTOR - TÍTULO DE LA OBRA
Educación (15+1) Instrucción Pública José Pedralbes. Exposición del mérito y premio de la medicina, comparado con el de las demás ciencias Francisco De Paula González Candamo. Memoria sobre la influencia de la instrucción pública en la prosperidad de los Estados Marcelino Sánchez. PrinciPios de educación Para todos los estados de la vida Julián Antonio Rodríguez. Ensayo litográfico hecho en París por D. Julián Antonio Rodríguez, para facilitar y extender la impresión de obras y manuscritos en lenguas orientales
Formación política Miguel García De La Madrid. Explicación de los derechos del hombre y del ciudadano o comparación de estos derechos con los verdaderos principios de la sociedad, para facilitar a todos su inteligencia Miguel García De La Madrid. Compendio ó índice analítico de la Constitución política española Fr. Joaquín Verdoy De Rustante. Catecismo constitucional [Manuel López Cepero. Catecismo religioso, moral y político] Juan Corradi. Catecismo político arreglado a la Constitución de la Monarquía española Pedro Canel Y Acevedo. Catecismo fundamental teórico-práctico de la Constitución española
Formación de primera y segunda enseñanzas Maximiliano Muñoz Y Navarrete. Curso de las gramáticas española y latina combinadas Francisco Moren. Compendio de ortografía y prosodia castellana Vicente Navarro. Arte de escribir cursivo y literal, arreglado a un sistema natural y filosófico
Formación superior Antonio Francisco Casals. Curso teórico de aritmética mercantil Juan María Varela Martínez. Lógica, o arte de investigar la verdad Miguel García De La Madrid. Tablas cronológicas de los códigos y colecciones de todos tres derechos civil, romano, canónico y español
Literatura (1) Juan Antonio Llorente. Observaciones críticas sobre el romance de Gil Blas de Santillana
Otros (1) Antonio Mateu Y Borja. Resabios Forenses
Ejército(4) Ramón Villalba. Reflexiones generales sobre la organización del ejército Antonio Martínez. Observaciones acerca de la decadencia en que se encuentran las fortificaciones y los medios de que se puede echar mano para su conservación Ángel Arenal. ideas sobre el sistema militar deducidas de la constitución Política de la monarquía esPañola José Fernández Mancheño. Diccionario militar portátil

FuenTe: elaboraCión propia a parTir de DSCD.

El siguiente subapartado es el de las obras que pueden incluirse en la instrucción educativa, pero que se relacionan con la formación política. Situados en un contexto que arrastra la cultura y sociedad del Antiguo Régimen, en el cual todavía la población estaba inmersa a principios del siglo xix, se intentaba que se produjera un cambio. Los ilustrados pretendían extender la formación a la población, pues estaban convencidos de que era la forma más segura de prosperidad para el Estado. A los diputados progresistas del Trienio les interesaba la instrucción de la sociedad, pero también eso implicaría la educación en derechos y otras visiones importantes de la nueva política. En el proceso educativo liberal, impulsado por los periodos constitucionales de inicios del siglo, la prensa desempeñó un gran papel. Este protagonismo, en palabras de Beatriz Sánchez, fue doble: por un lado, como vehículo de la divulgación de las discusiones de la tribuna de las Cortes, y, por otro, porque las principales ideas y teorías políticas se extendieron gracias a sus páginas.38 La población tendría que decidir y participar, y, para eso, debía conocer la cocción de esas acciones en la Cámara que representaba al pueblo, y aspectos como la igualdad, los derechos humanos, etcétera, que aparecen incluidos en el texto de Miguel García de la Madrid, titulado Explicación de los derechos del hombre y del ciudadano o comparación de estos derechos con los verdaderos principios de la sociedad, para facilitar a todos su inteligencia. Al inicio de la obra, en las “Advertencias del autor”, se afirma: “El estilo […] tan sencillo y claro, como la causa que defiende, prueba que su fin ha sido ilustrar a las personas poco instruidas, aunque también a las instruidas podrá aprovechar”. El texto es una traducción del francés que pretende educar al grueso de la población explicando conceptos clave de la época, como la declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, representantes del pueblo francés, constituidos en asamblea, etcétera. Manifiesta el autor que, unida al Compendio ó índice analítico de la Constitución política española, otra obra suya donada el mismo día “pudiera servir, ya para la enseñanza de los niños en las escuelas, o ya para la segunda enseñanza en las Universidades”.39

El resto de los ejemplares que cubren este apartado forman un grupo de textos cuyo objetivo sigue precisamente el discurso que traemos desde párrafos anteriores sobre la educación de la población, en este caso, la formación política, intentando conjugarla con la moral y la fe cristianas. Los catecismos y las cartillas políticas adquieren gran importancia, pues, de acuerdo con los postulados del Estado y con sus objetivos, persiguen que la población se sienta afín a esos proyectos políticos.40 La obra de Manuel López Cepero, en esta línea, explica muy bien el objetivo que mueve -creemos- a la mayoría de los autores de las obras que citamos -dos de ellas no hemos podido hojearlas-, cuando dice al comienzo del texto: “formar un catecismo que comprenda la explicación de los principales artículos de nuestra santa Fe, de los principios de la moral cristiana, y de los derechos y obligaciones civiles; esto es, un libro compuesto bajo el plan que debe tener el que se ponga en manos de los niños para formar su primera enseñanza”.41

Franco Figueroa dice que López Cepero, deán de la Catedral de Sevilla desde 1844 y afín a posiciones progresistas, “incorporado a las ideas liberales, defenderá los principios constitucionales y adoptará una posición crítica hacia las posturas conformistas con la usurpación napoleónica del poder en España”. Diputado por Cádiz en las Cortes Constituyentes y por Sevilla en las del Trienio Liberal, se preocupó por la instrucción pública de los ciudadanos para alcanzar la libertad e independencia, la justicia e igualdad, y, con ellos, los derechos del hombre en la sociedad. De ahí sus publicaciones en panfletos y periódicos, así como Lecciones políticas (1813) y el Catecismo religioso, moral y político (1821).42 Este autor resume muy bien la convergencia entre política y religión en los inicios del liberalismo, y cómo la publicación de estos catecismos buscaba la formación política de la población sin el alejamiento de la devoción.

Otra de las secciones es la de enseñanza de primer y segundo ciclos, y, la última, la de formación superior, en este apartado de Educación. En el primero, hemos incluido tres obras, una de gramática española y latina; en el siguiente, una de ortografía, y en el último una de escritura. De estas obras, no sabemos más que los títulos y el día en que fueron donadas, pues no han aparecido en nuestro rastreo digital.43

El apartado de educación superior, orientado a la cobertura de formación de las distintas profesiones, comprende tres obras que llegaron al Parlamento. Una de Antonio Francisco Casals, Curso teórico de aritmética mercantil, que la comisión de Instrucción Pública propuso que pasase a la Dirección General de Estudios para que informara sobre su idoneidad -creemos- en contenidos para la formación.44 El 8 de octubre de 1820, pasó a la comisión de Instrucción Pública la “obrita titulada Lógica, o arte de investigar la verdad, compuesta por D. Juan María Varela Martínez, médico de Mallorca”. De este texto no sabemos nada, lo hemos incluido aquí por la comisión en la que se ha destinado y, por el título, pensamos que puede tratarse de un libro de filosofía.45 Las Tablas cronológicas de los códigos y colecciones de todos tres derechos civil, romano, canónico y español pretenden ser referente para el estudio del Derecho. Presenta el autor, al comienzo de la obra, una disertación sobre lo necesario que es el estudio de los códigos legales para los estudiantes de jurisprudencia.46

La sensibilidad de los autores, grupo mejor formado, y que respaldan el cambio en la política del país, se pone de manifiesto en la donación de estas obras. Es patente que la idea de la generalización de la educación en la sociedad, para que llegue a un sector más amplio de la ciudadanía, la contempla un reducido grupo que ha tenido acceso a las obras de los ilustrados y a autores de otros países como Francia, que en el siglo anterior estuvo a la cabeza de la producción científica. La concienciación política de los grupos menos privilegiados se contempla como un objetivo de estas élites más instruidas, que estaban a la cabeza de la sociedad en cuanto a formación. Sin embargo, la generalización de la educación en ambos países, Francia y España, influenciados por los principios de obligatoriedad y gratuidad educativa propios de la Revolución francesa, no tendrán lugar hasta bien entrado el siglo xx.47

Tan sólo un pequeño párrafo para nombrar dos obras que llegaron al Congreso -las cuales tampoco hemos podido encontrar- y que hemos incluido en un apartado de Literatura. La primera, Observaciones críticas sobre la patria del verdadero autor del célebre romance Gil Blas de Santillana, fue compuesta en París, por Juan Antonio Llorente, prolífico literato español. De los seis ejemplares donados, uno de ellos pasó al archivo de la Cámara.48 Clérigo afrancesado, se graduó en Leyes y Cánones en la Universidad de Zaragoza, obtuvo el doctorado en la de Valencia y el título de abogado en Madrid. Es en esta ciudad donde José Bonaparte lo nombró consejero de Estado, adscrito a Justicia y Negocios Eclesiásticos, en 1808.49

La segunda obra, Resabios forenses, incluida en un apartado denominado “Otros”, pues por el título no hemos podido deducir de qué se trata, podría estar relacionada con la especialidad médica que se autorizó muy posteriormente: la medicina forense, en la Ley de sanidad de 1855.50

Cinco obras se han incluido en el apartado de “Ejército”. Ramón Villalba, inspector general de caballería, hizo la donación de un manuscrito que pasó a la comisión de Guerra, titulado Reflexiones generales sobre la organización del ejército.51 Antonio Martínez lo hizo con un segundo ejemplar manuscrito, que pasó también a la comisión de Guerra, Observaciones acerca de la decadencia en que se encuentran las fortificaciones y los medios de que se puede echar mano para su conservación. En este caso, el título habla del estado de las fortificaciones, y de la importancia de la restauración y conservación, pensamos que para la defensa y el acuartelamiento del ejército.52 Otros dos ejemplares fueron donados para la biblioteca de las Cortes; uno de ellos, por Ángel Arenal: Ideas sobre el sistema militar deducidas de la Constitución política de la Monarquía española.53 El Diccionario militar portátil, de Fernández Mancheño, es un libro de 411 páginas que recopila por orden alfabético términos relacionados con lo militar: empleo y obligaciones, tipología de las tropas, armas antiguas y de la época, maquinaria de guerra, y otros aspectos de esta índole.54

La necesidad de una reforma militar, alejada de un instrumento armado al servicio del monarca absoluto y como garantía de la soberanía nacional, fue sentida por multitud de compatriotas que propusieron planes para lograr el cambio en la organización de las tropas. Los proyectos sobre una Constitución militar, como el del diputado Álvaro Flores Estrada y el capitán Vicente Sancho, pretendían adecuarse al Estado constitucional liberal, como es posible que siguieran el mismo espíritu las publicaciones que llegaron al Congreso de los diputados y que hemos citado en el párrafo precedente.55

LA SALUD PÚBLICA Y LA LITERATURA SOBRE BENEFICENCIA Y SANIDAD

El siguiente grupo es el que incluye los libros de sanidad y beneficencia. De hecho, nos hemos encontrado con una amplia variedad de temas que incluyen aspectos de pobreza y mendicidad, y cómo desterrarla del país. Un tema candente incluido, el relativo al cuidado de los niños expósitos y cómo evitar que se produzcan muertes por la falta de cuidados de calidad. El incremento de población, de hombres fuertes, lo relacionan estos ilustrados del siglo con prosperidad para el país. La sanidad incluye aspectos formativos y descripción de casos de enfermedades transmisibles.

Entre las grandes reformas pretendidas en este pequeño periodo liberal del Trienio están las de beneficencia y sanidad. La hospitalización, potenciada sobre todo la domiciliaria, entrará en el primer grupo. El control de las infecciones y epidemias correrá a cargo de la sanidad, tanto la interior como la exterior; esta última, con gran relación principalmente con el comercio americano.

En el grupo de beneficencia, la obra Memoria premiada por la Suprema Junta General de Caridad, de José Antonio Piquer, reconocido médico real y regente de la Cátedra de Medicina de la Universidad de Valencia, insiste en la conveniencia de la importancia y beneficios de la hospitalidad domiciliaria sobre la de las instituciones de ingreso públicas. De hecho, uno de los apartados contiene una comparativa de ambas formas de hospitalidad. Afirma que la domiciliaria salva más vidas que los hospitales e incluso disminuye el número de muertos en ellos, “aquel horror que generalmente inspira el hospital”, decía Piquer.

Cuadro 4 Obras llegadas al congreso en el trienio: beneficencia y sanidad 

TEMÁTICA AUTOR-TÍTULO DE LA OBRA
Beneficencia (3) José Antonio Piquer. Memoria premiada por la Suprema Junta General de Caridad
Francisco González Ferro. Memoria filantrópica sobre desterrar la mendicidad en España
Anónimo: “un amante de la Nación”. Modo de sostener y educar los niños expósitos y legítimos desamparados sin notable recargo de la Nación
Sanidad (14) Formación (5) Tomás Ventosa. Plan de enseñanza y gobierno del arte de curar en las tres facultades de medicina, cirugía y farmacia
Juan Ribot. Elementos de Patología general
Carlos Gimbernat Y Grassot. Descripción y uso de un nuevo método para preservación del contagio de enfermedades epidémicas
Antonio Chalanzón. Historia natural, análisis y virtudes del agua mineral ferruginosa de la fuente sublantina, descubierta en el presente año por el coronel D. Luis de Sosa
Estudio y descripción de casos (9) Francisco Salvá. Intensidad y variedad del calor y frio en Barcelona desde el año de 1780 hasta el de 1821 (título aproximado), y el núm. 1, tomo 3 del Periódico de la Sociedad Médico-Quirúrgica de Cádiz
Jaime Ardevol. Ensayo sobre la topografía y estadística de la villa de Reus en Cataluña
Bartolomé Mellado. Historia de la epidemia padecida en Cádiz el año de 1810, y providencias tomadas para su extinción por las Juntas de Sanidad suprema del Reino y superior de esta ciudad
Juan Francisco Bahí. Relación médico-política sobre la aparición de la fiebre amarilla a últimos de julio y principios de agosto de 1821 en las tripulaciones de los buques del puerto de Barcelona, y sus progresos en la Barceloneta e introducción en la ciudad
VV.AA. Dictamen dado por la corporación de cirugía médica militar de la plaza de Barcelona al Excelentísimo Señor jefe político de la provincia de Cataluña Alfonso De María. El contagio discutido e impotencia de las sanidades Alfonso De María. Memoria sobre la epidemia de Andalucía del año de 1800 al de 1819
Francisco Guasch. Memoria sobre la epidemia de calenturas gástricas y verminosas que hareinado en la villa de Villarrodoma en el verano de 1805 José Mendoza. Memoria sobre las enfermedades observadas en el otoño de 1821
José María Salamanca. Observaciones médicas sobre el contagio de la fiebre amarilla y su introducción en esta ciudad en varias épocas desde el año de 800 Hasta el pasado de 1821

FuenTe: elaboraCión propia a parTir de DSCD.

Culturalmente, la hospitalización se veía como una situación traumática; las instituciones de ingreso de personas, desde la época moderna, eran como cementerios a los que la mayoría iba a morir. Las malas condiciones higiénicas de los hospitales de esta época, así como el hacinamiento en grandes salas hacen que proliferen las infecciones y los contagios entre los enfermos.56 A esto se añade que no se conocían los gérmenes productores de las enfermedades transmisibles, y la falta de una terapéutica eficaz. Sustancias como los antibióticos actuales todavía no se conocían; su ausencia facilitó el incremento de muertes. Los domicilios evitaban los contactos entre enfermos, y de ahí que las posibilidades de éxito de superación de las enfermedades fueran mayores.

La obra de Francisco González Ferro, Memoria filantrópica sobre desterrar la mendicidad en España, pasó directamente a la comisión de Beneficencia. De ella, no sabemos nada; por el título, pensamos que contendría alguna propuesta -no sabemos si en la línea de los nuevos supuestos liberales- para evitar la mendicidad.57 Estos nuevos posicionamientos pasaban por hacer que la mayoría de la población fuera útil al Estado, adquiriendo competencias en algún oficio para poder trabajar y mantenerse sin mendigar. Ya en el siglo xviii, la crítica contra la visión ociosa de la caridad hacia la mendicidad justificaba la necesidad de la creación de instituciones para formar en oficios útiles para la sociedad; con ello, se podría conseguir una reinserción activa y provechosa de los pobres y mendigos.58

El último libro incluido en el apartado de Beneficencia, firmado con un seudónimo, “Un amante de la Nación”, es el titulado Modo de sostener y educar los niños expósitos y legítimos desamparados sin notable recargo de la Nación. El planteamiento del autor es el de disminuir las muertes de los expósitos en los centros de acogida por negligencia en los cuidados de estos niños o por abandono de huérfanos en las calles. El incremento del número de habitantes contribuiría con “brazos fuertes” al desarrollo del Estado: “Los niños se han de educar bien según su clase, que es lo que los hará útiles a la Patria”.59 En este caso concreto, las necesidades y extensión de instrucción pública para la población, como bien para el país, ya se contemplaban en la Constitución gaditana de 1812, y posteriormente en la elaboración del Informe Quintana, bien estudiado por Araque Hontangas.60 Por otra parte, en la sociedad del Trienio también se contemplaba la disminución de muertes de expósitos en las instituciones para huérfanos de la época, denunciada por los diputados en el debate parlamentario de la Ley de Beneficencia. Se intentaba que los cuidadores tuvieran la responsabilidad de un incremento en las atenciones diarias de estos niños, dotándolas de una mayor calidad para evitar las muertes, además de un control más exhaustivo en los órganos de gestión de estas instituciones.61

El apartado correspondiente a la sanidad lo hemos dividido en dos partes: uno referido a “formación” de sanitarios y otro que hemos denominado “estudio y descripción de casos”, más orientado a la revisión de la narración de situaciones de enfermedad que puedan servir de evaluación de la actividad sanitaria. En el primer grupo, el texto Plan de enseñanza y gobierno del arte de curar en las tres facultades de medicina, cirugía y farmacia, de Tomás Ventosa, catedrático de medicina, pasó a la comisión de Instrucción Pública. Por el título, orienta el contenido hacia los cambios que se estaban produciendo en la formación de los sanitarios, la unión de la medicina y la cirugía, y la formación, además, de los farmacéuticos en una misma facultad.62

La siguiente donación es de Juan Ribot, catedrático de fisiología, higiene, patología general y terapéutica en el colegio nacional de cirugía de Barcelona: Elementos de patología general. El contenido es el de un manual para la formación médica, concretamente, de patología general, o, lo que es lo mismo, los inicios o fundamentos de la patología. El texto recoge la introducción y desarrollo de las generalidades en patología, la etiología de las enfermedades, sintomatología, desórdenes funcionales en enfermedades digestivas, respiratorias, circulatorias, etcétera. En el prólogo, habla el autor sobre el objetivo que lo llevó a la realización de la obra: “El no tener en nuestro idioma tratado elemental de patología general […], para que los jóvenes que empiezan la carrera de cirugía puedan […] concebir sucintamente las ideas generales y bases sobre que se funda esta parte de la ciencia”.63

Carlos Gimbernat y Grassot, en su obra de 33 páginas, Descripción y uso de un nuevo método para preservación del contagio de enfermedades epidémicas, presenta “instrucciones que la experiencia ha probado ser conducentes para extinguir los contagios de fiebre epidémica”. Se postula directamente dentro de los contagionistas, “pues toda fiebre contagiosa se propaga por miasmas o emanaciones pestilenciales, y no hay otro medio de precaverlas y combatirlas que el de procurar extinguirlas con fumigaciones capaces de destruir químicamente su veneno”. Describe también el tratamiento con cloro como sustancia para combatir las infecciones, probado en Italia por Dall’Armi, filántropo inglés desplazado hasta Nápoles para experimentar allá como zona propia de infecciones habituales en la época estival. Otra de las recomendaciones que encontramos, hoy justificable por no saber en la época las formas de transmisión de los microorganismos, la traemos aquí para poder observar, más descriptivamente, aquello de lo que hablamos: “Por la misma razón es muy saludable en las epidemias el fumar; pues promueve la secreción, y excreción de la saliva, y enjuga la boca”. La obra, al llegar a la Cámara, pasó a la comisión de Sanidad, para tenerla en cuenta al organizar la ley que se estaba gestando en ese grupo concreto de la institución.64

La utilización de fuentes minerales y la creación de balnearios como terapéutica natural, por los baños destinados a tratamientos para enfermedades de la piel y de otras afecciones orgánicas, es una costumbre que lleva practicándose desde tiempos inmemoriales. Existen actualmente balnearios en la península ibérica que ya fueron utilizados por los romanos. El siglo xix puso de moda este tipo de tratamientos, tanto por la toma de aguas, por contener algún tipo de sustancia mineral adecuada para alguna lesión, como para baños medicinales con aplicaciones de forma tópica. El texto de Antonio Chalanzón, Historia natural, análisis y virtudes del agua mineral ferruginosa de la fuente sublantina, descubierta en el presente año por el coronel D. Luis de Sosa, es un análisis de las aguas de uno de estos manantiales medicinales, en la provincia de León.65

El próximo grupo de libros, incluidos como “estudios y descripción de casos”, refieren, sobre todo, epidemias infectocontagiosas ocurridas en distintos puntos de la geografía española: Andalucía -y dentro de ella Málaga y Cádiz- y Barcelona. Para el caso que nos ocupa, la comisión de Sanidad se abastecía con la observación y descripción de estos ejemplos para tomar decisiones respecto a los cordones sanitarios.

Francisco Salvá envió al Congreso una tabla termométrica sobre la intensidad y variedad del calor y frío en Barcelona desde 1780 hasta 1821. Posiblemente, ya que no hemos podido comprobarlo con la revisión del texto, este escrito tenga relación con las condiciones atmosféricas y de temperatura que se pensaba influían en la aparición de las enfermedades.66

Las topografías médicas, muy bien definidas en palabras de Casco Solís, son:

[…] estudios de lugares geográficos concretos y de sus poblaciones, que se abordan desde una perspectiva higiénico sanitaria y que comprenden, por regla general, la descripción física del punto -situación, clima, suelo, hidrografía- y la del entorno biológico -flora y fauna-; los antecedentes históricos, el temperamento físico y el carácter moral de sus habitantes, las costumbres, las condiciones de vida, los movimientos demográficos, las patologías dominantes y la distribución de las enfermedades.67

El objetivo de estos escritos era poner en marcha medidas para prevenir enfermedades, tratamientos y, en definitiva, mejorar el estado de salud de la población. Estas características son las que reúne la obra de Jaime Ardevol, Ensayo sobre la topografía y estadística de la villa de Reus en Cataluña. Su autor, como bien dice en la página del título, pretendía que pudiera “servir como punto cardinal de comparación para los demás pueblos de España”.68 Al conocer todos aquellos aspectos que rodeaban a la población, podía analizarse mejor cómo se originaban los procesos morbosos, en qué épocas eran más comunes, y, basándose en la revisión posterior de lo realizado, se podía evaluar la efectividad de las acciones. Para López Gómez, estas observaciones son la contribución científica, sobre todo de la higiene pública, más significativa de la medicina -todas fueron realizadas por médicos- en la España del siglo xix y primer tercio del xx.69

La Historia de la epidemia padecida en Cádiz el año de 1810, y providencias tomadas para su extinción por las Juntas de Sanidad suprema del Reino y superior de esta ciudad fue escrita por Bartolomé Mellado, doctor en medicina y primer médico de la sanidad de Cádiz. En el prólogo, plantea el autor algunas preguntas que orientan sobre la situación de la ciencia respecto al contagio: “si la calentura amarilla es contagiosa; si es distinta del vómito prieto de nuestras Américas; si esta fiebre es ya endémica en Cádiz”. Preguntas que no puede contestar. Pero las dudas planteadas, y la redacción de lo que ocurrió en esa fecha y en esa ciudad, podrán arrojar algo de luz a los diputados que elaboran la ley de sanidad.70

En Barcelona, al igual que en otras ciudades peninsulares, también se dan estas pestilencias. A partir de 1778, los puertos españoles pueden negociar libremente con las colonias americanas. El texto de Juan Francisco Bahí, médico también, describe la aparición de la fiebre amarilla en esta ciudad a finales de julio y en agosto de 1821, a partir de los barcos del puerto.71 Referido también al episodio de Barcelona, llegó al Congreso el Dictamen dado por la corporación de cirugía médica militar de la plaza de Barcelona al Excelentísimo Señor jefe político de la provincia de Cataluña. También en este texto podemos apreciar una descripción de la patología, comparando la sintomatología y los distintos tipos observados de fiebre amarilla, con obras publicadas de insignes médicos de otros países tanto europeos como americanos.72 La Diputación de Barcelona también contribuyó a la documentación enviada al Congreso con el impreso titulado Breve noticia de las tareas y operaciones más importantes en que se ha ocupado desde 6 de junio de 1820 hasta 28 de febrero de 1822.73

El profesor de medicina y cirugía de Cádiz, Alfonso de María, hizo la donación de dos obras. En la Memoria sobre la epidemia de Andalucía del año de 1800 al de 1819, describe la génesis de la peste y las formas de transmisión, limitada, claro está, a los conocimientos del momento. El otro libro, El contagio discutido e impotencia de las sanidades, enumera las formas en las que se manifiestan las infecciones, en función del clima, y cómo al trasladarse de zona geográfica se padece con más crueldad por falta de aclimatación al medio.74

Francisco Guasch, médico de Villarrodona, también envió una descripción de una epidemia de “calenturas gástricas”, ocurrida en esta ciudad de Cataluña, en 1807. En palabras del autor, “para pintarle el cuadro de la enfermedad epidémica con todos los colores con que se ha manifestado”. Exhaustiva descripción del curso de la enfermedad, que más bien parece un caso de ingestión de algún tipo de parásito. Al provocar el vómito, o bien porque surge de forma espontánea por la propia patología, desaparecen los síntomas, remitiendo sobre el día catorce de la misma. Tan solo se cuentan varias muertes por esta causa, quizá provocada por problemas coadyuvantes a ella.75 La Memoria presentada por D. José Mendoza, sobre las enfermedades observadas en Málaga en el otoño último (1821) no hemos podido ojearla, pero, por el título, pensamos que no hace referencia a ningún problema infeccioso concreto; al contrario, haría un recorrido por todo lo acaecido y tratado en esa estación. Pasó tanto a la comisión de Salud Pública como a la biblioteca.76

A la comisión de Salud Pública también pasó un ejemplar de Observaciones médicas sobre el contagio de la fiebre amarilla y su introducción en esta ciudad en varias épocas desde el año de 1800 hasta el pasado de 1821. La ciudad a la que se refiere es Cádiz, y las muertes causadas en la región, tanto en ella como en “los Puertos, en Jerez, Sevilla y algunos otros pueblos de menos nombre”, han sido alrededor de 80 000.77

CONCLUSIONES

La utilización, por los diputados, de las obras llegadas al Parlamento en este periodo legislativo no podemos asegurarla, pero parece que muchas de ellas inspiraron a las comisiones encargadas de la elaboración de las leyes. La idea de la extensión de la educación a un sector más amplio de la sociedad es contemplada por un reducido grupo que ha tenido acceso a las obras de los ilustrados y autores de otros países como Francia, que en el siglo anterior estuvo a la cabeza de la producción científica. La concienciación política de los grupos menos privilegiados se contempla como un objetivo de estas élites más instruidas, que estaban a la cabeza de la sociedad en cuanto a formación y como nuevos miembros de la política dirigente. Al igual que los diputados constitucionales doceañistas, los del Trienio tuvieron en cuenta también, y dentro de la planificación de la educación pública, los contenidos en valores constitucionales. Estaban convencidos de que, sin la formación de la población, los Estados jamás tendrían prosperidad.

En una de las obras de Derecho llegada al Parlamento se alude a que en la elaboración del Código Penal se tiene en cuenta la opinión de expertos de fuera de la institución, bien estudiada por especialistas en Derecho, pero no es el caso de los autores de este artículo. De ahí que podamos afirmar que, entre los objetivos de estos hombres, estaba la intención de enriquecer la legislación, sumando a las discusiones y aportaciones de individuos de la Cámara, los otros especialistas del exterior del Congreso, a quienes se intuía con conocimientos suficientes para ello. Esto significa, en los inicios del parlamentarismo español, algo novedoso, por su equidad y por querer que la legislación elaborada en la institución incluyera las máximas cotas de calidad para la población a la que representaban.

La necesidad de regulación de la sanidad y la beneficencia es también detectada por los diputados. Las obras llegadas a la Cámara reflejan la visión que se tenía de estos aspectos sociales en la época, y no nos cabe duda de que influyeron en la génesis de las leyes. El objetivo de estos trabajos, reflejados en los textos, era poner en marcha medidas para prevenir enfermedades, tratamientos y, en definitiva, mejorar el estado de salud de la población.

BIBLIOGRAFÍA

Aguado Cabezas, Elena.“‘Esos hijos predilectos del liberalismo’: los ayuntamientos constitucionales del Trienio Liberal”. Pasado y Memoria. Revista de Historia Contemporánea, núm. 22 (2021): 187-210, doi: [doi.org/10.14198/PASADO2021.22.06]. [ Links ]

Araque Hontangas, Natividad. “La educación en la Constitución de 1812: antecedentes y consecuencias”. Revista de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de Elche, vol. i, número especial (2009): 1-21, disponible en [https://revistasocialesyjuridicas.files.wordpress.com/2010/09/05-tm-01.pdf]. [ Links ]

Arnabat Mata, Ramón. “Cambios y continuidades en los ayuntamientos constitucionales del Trienio Liberal (1820-1823)”. Bulletin d’Histoire Contemporaine de l’Espagne, núm. 54 (2020): 1-19, doi: [doi.org/10.4000/bhce.2691]. [ Links ]

Astrain Gallart, Mikel. “Tres manuscritos inéditos de Ignacio María Ruiz de Luzuriaga (1763-1822) sobre higiene naval”. Dynamis. Acta Hispanica ad Medicinae Scientiarumque Historiam Illustrandam, vol. xi (1991): 437-463, disponible en [https://raco.cat/index.php/Dynamis/article/view/105931]. [ Links ]

Butrón Prida, Gonzalo. “La prensa en Cádiz en el Trienio Liberal”. El Argonauta Español, núm. 17 (2020): s. p., doi: [doi.org/10.4000/argonauta.4471]. [ Links ]

Carasa Soto, Pedro. “Lo privado y lo público en el sistema asistencial. El triángulo Iglesia-ayuntamiento-Estado en la beneficencia española”. En Asistencia y caridad como estrategias de intervención social: Iglesia, Estado y comunidad (siglos xv-xx), edición de Laurinda Abreu, 141-171. Bilbao: Universidad del País Vasco, 2007. [ Links ]

Casco Solís, Juan. “Las topografías médicas: revisión y cronología”. Asclepio. Revista de Historia de la Medicina y de la Ciencia, vol. LIII, núm. 1 (2001): 213-244, doi: [doi.org/10.3989/asclepio.2001.v53.i1.178]. [ Links ]

Domingo Centeno, Miguela. “Naturaleza humana y estado de educación en Rousseau: la sociedad”. Pulso, núm. 25 (2002): 45-60, disponible en [https://revistas.cardenalcisneros.es/index.php/PULSO/article/view/18]. [ Links ]

Feria-Lorenzo, Diego José. “La denuncia pública de corrupción de la beneficencia en los debates parlamentarios de la Década Moderada”. En Historia cultural de la corrupción política. Prácticas, escenarios y representaciones contemporáneas, edición de María Antonia Peña Guerrero y Marta Bonaudo, 77-88. Rosario: Prohistoria Ediciones, 2019. [ Links ]

Feria-Lorenzo, Diego José. La sanidad en el liberalismo isabelino. La promulgación de la ley de sanidad de 1855: debate parlamentario y análisis prosopográfico. Huelva: Universidad de Huelva, 2012. [ Links ]

Feria-Lorenzo, Diego José y Ramos-Cobano, Cristina.“La corrupción de la beneficencia en los debates parlamentarios del Trienio Liberal”. Cultura de los Cuidados (en prensa). [ Links ]

Feria Lorenzo, Diego José y Ramos-Cobano, Cristina. “‘Salus populi suprema lex esto’: fe, ciencia y política en la modernización de las prácticas funerarias (siglos xviii-xix)”. Historia 396, vol. iii, núm. 2 (2013): 217-248, disponible en [http://www.historia396.cl/index.php/historia396/article/view/33]. [ Links ]

Franco Figueroa, Mariano. “La expresión del compromiso político del deán López Cepero en sus Lecciones políticas y en su Catecismo religioso, moral y político”. Cuadernos de Ilustración y Romanticismo, núm. 22 (2016): 283-301, doi: [doi.org/10.25267/Cuad_Ilus_Romant.2016.i22.14]. [ Links ]

Fuentes, Juan Francisco. “Imagen del exilio y del exiliado en la España del siglo xix”. Ayer. Revista de Historia Contemporánea, núm. 47 (2002): 35-56, disponible en [https://revistaayer.com/articulo/784]. [ Links ]

Gil-Novales, Alberto. “A propósito de educación y cultura en el liberalismo temprano. Homenaje a Fernando Tomás Pérez González”. Norba. Revista de Historia, núm. 18 (2005): 263-271, disponible en [https://www.historiauex.es/articulo/norbaartculos_37/a_propsito_de_educacin_y_cultura_en_el_liberalismo_temprano_homenaje_a_fernando_toms_prez_gonzlez_678]. [ Links ]

“Juan Antonio Llorente González”. Real Academia de la Historia, disponible en [https://dbe.rah.es/biografias/12215/juan-antonio-llorente-gonzalez]. [ Links ]

López-Gómez, José Manuel. Las topografías médicas burgalesas (1884-1917). Barcelona: Universidad de Barcelona, 2004. [ Links ]

López-Gómez, José Manuel. La topografía médica de Vic de Antonio Millet (1798). Barcelona: Universidad de Barcelona, 1992. [ Links ]

López Ontiveros, Antonio. “Topografías médicas y geografía en la obra de Casas-Deza”. Boletín de la Real Academia de Córdoba de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes, vol. lV, núm. 106 (1984): 301-323, disponible en [https://helvia.uco.es/xmlui/ handle/10396/6148]. [ Links ]

Martínez Shaw, Carlos. “El despotismo ilustrado en España. Entre la continuidad y el cambio”. En El Siglo de las Luces: III centenario del nacimiento de José de Hermosilla (1715-1776). XVI Jornadas de Historia en Llerena, 11-39. Llerena: Sociedad Extremeña de Historia, 2016. [ Links ]

Moliner Prada, Antonio. “Constitución militar y liberalismo en España (1808-1814)”. Revista Universitaria de Historia Militar, vol. i, núm. 2 (2012): 135-152, doi: [doi.org/10.53351/ruhm.v1i2.22]. [ Links ]

Narváez-Hernández, José Ramón. “La crisis de la codificación y la historia del derecho”. Anuario Mexicano de Historia del Derecho, vol. xv (2003): 191-215, disponible en [https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/anuario-mexicano-historia-der/article/view/29652/26775]. [ Links ]

Pérez Galdós, Benito. Episodios Nacionales ii. Primera Serie: La guerra de la Independencia, Napoleón en Chamartín, Zaragoza y Gerona. Barcelona: Círculo de Lectores, 2006. [ Links ]

Pérez-González, Fernando Tomás. “Enseñanza y liberalismo: las universidades de provincia en Extremadura durante el Trienio Liberal”. Trienio. Ilustración y Liberalismo. Revista de Historia, núm. 25 (1995): 85-133. [ Links ]

Sánchez Hita, Beatriz. “Cartillas políticas y catecismos constitucionales en el Cádiz de las Cortes: un género viejo para la creación de una nueva sociedad”. Revista de Literatura, vol. lXV, núm. 130 (2003): 541-574, doi: [doi.org/10.3989/revliteratura.2003.v65.i130.159]. [ Links ]

Sánchez Mantero, Rafael. “Exilio liberal e intrigas políticas”. Ayer. Revista de Historia Contemporánea, núm. 47 (2002): 17-33, disponible en [https://revistaayer.com/anteriores/53]. [ Links ]

Simal, Juan Luis. “Liberalismo internacional y exilio en Europa (1814-1834)”, comunicación presentada en el congreso Seminario de Historia. Madrid: Departamento de Historia Social y del Pensamiento Político-Universidad Nacional de Educación a Distancia/Departamento de Historia del Pensamiento y de los Movimientos Sociales y Políticos-Universidad Complutense de Madrid, 2012. [ Links ]

Sotés-Elizalde, María Ángeles. “Catecismos políticos e instrucción política y moral de los ciudadanos (siglos xviii y xix) en Francia y España”. Educación XX1, vol. xii (2009): 201-218, doi: [doi.org/10.5944/educxx1.1.12.293]. [ Links ]

Valera Candel, Manuel.“Actividad científica realizada por los liberales españoles exiliados en el Reino Unido, 1823-1833”. Asclepio. Revista de Historia de la Medicina y de la Ciencia, vol. LIX, núm. 1 (2007): 131-166, doi: [doi.org/10.3989/asclepio.2007.v59.i1.220]. [ Links ]

Valera Candel, Manuel, Juan Francisco López-Sánchez y Carlos López-Fernández. “Científicos españoles en el Reino Unido (1750-1830)”. Asclepio. Revista de Historia de la Medicina y de la Ciencia, vol. l, núm. 1 (1998): 49-68, doi: [doi.org/10.3989/asclepio.1998.v50.i1]. [ Links ]

Varela Suanzes-Carpegna, Joaquín. “El pensamiento constitucional español en el exilio: el abandono del modelo doceañista (1823-1833)”. Revista de Estudios Políticos, Nueva Época, núm. 88 (1995): 63-90, disponible en [http://www.cepc.gob.es/publicaciones/revistas/revista-de-estudios-politicos/numero-88-abriljunio-1995/el-pensamiento-constitucional-espanol-en-el-exilio-el-abandono-del-modelo-doceanista-1823-1833-1]. [ Links ]

Zambrano Leal, Armando.“Rasgos de historia de un fenómeno y una teoría”. Historia y Memoria, núm. 14 (2017): 291-316, doi: [doi.org/10.19053/20275137.n14.2017.4482]. [ Links ]

FUENTES IMPRESAS

AA.VV. Dictamen dado por la corporación de cirugía médica militar de la plaza de Barcelona al Excelentísimo Señor jefe político de la provincia de Cataluña. Barcelona: Imprenta de la viuda Pla, 1822. [ Links ]

AA.VV. Historia de la epidemia padecida en Cádiz el año de 1810, y providencias tomadas para su extinción por las Juntas de Sanidad suprema del Reino y superior de esta ciudad. Cádiz: Imprenta de Don Josef Niel, 1811. [ Links ]

Adel, Francisco Javier (coord.). Observaciones del tribunal especial de las órdenes militares, sobre el proyecto de Código Penal. Madrid: Imprenta de D. Mateo Repullés, 1821. [ Links ]

Alcalde, Agustín. Reflexiones políticas análogas a las circunstancias del día. Zaragoza: Imprenta del Santo Hospital, 1821. [ Links ]

Andrés y Almaza, Vicente. La sociedad feliz, plan y elementos de un gobierno sabio, sencillo y útil. Madrid: Imprenta de Espinosa, 1820. [ Links ]

Anónimo. “Un Amante de la Nación”. Modo de sostener y educar los niños expósitos y legítimos desamparados sin notable recargo de la Nación. Pamplona: Imprenta de Joaquín Domingo, 1820. [ Links ]

Ardevol, Jaime. Ensayo sobre la topografía y estadística de la villa de Reus en Cataluña. Madrid: Impreso por Espinosa, 1820. [ Links ]

Bahí, Juan Francisco. Relación médico-política sobre la aparición de la fiebre amarilla a últimos de julio y principios de agosto de 1821 en las tripulaciones de los buques del puerto de Barcelona, y sus progresos en la Barceloneta e introducción en la ciudad. Barcelona: Imprenta de la Viuda Roca, 1822. [ Links ]

Cabrera de Nevares, Miguel. Memoria sobre el estado actual de las Américas y medio de pacificarlas. Madrid: Imprenta de D. José del Collado, 1821. [ Links ]

Casals, Antonio Francisco. Curso teórico de aritmética mercantil. Barcelona: Imprenta de Dorca, 1819. [ Links ]

Chalanzón, Antonio. Historia natural, análisis y virtudes del agua mineral ferruginosa de la fuente sublantina, descubierta en el presente año por el coronel D. Luis de Sosa. León: Imprenta de Pablo Miñón, 1821. [ Links ]

Corradi, Juan. Prontuario cronológico de la historia de España. Madrid: Imprenta de Doña Catalina Piñuela, 1815. [ Links ]

Corradi, Juan. Catecismo político arreglado a la Constitución de la monarquía española. Villanueva y Geltrú: Imprenta de Rubio, 1813. [ Links ]

Espoz y Mina, Francisco. El capitán general de la provincia de Navarra D. Francisco Espoz y Mina respondiendo a las imputaciones que le hace el Ayuntamiento de Pamplona en su manifiesto de veinte y dos de julio de mil ochocientos y veinte. San Sebastián: Imprenta de Ignacio Ramón Baroja, 1820. [ Links ]

Espoz y Mina, Francisco. Manifiesto del Ayuntamiento constitucional de la ciudad de Pamplona, capital de la provincia de Navarra, sobre lo ocurrido en ella desde la publicación de la Constitución de la Monarquía española. Pamplona: Imprenta de Paulino Longás, 1820. [ Links ]

Fernández Mancheño, José. Diccionario militar portátil. Madrid: Imprenta de Miguel de Burgos, 1822. [ Links ]

García de la Madrid, Miguel. Compendio ó índice analítico de la Constitución política española. Madrid: E. Aguado, 1822. [ Links ]

García de la Madrid, Miguel. Explicación de los derechos del hombre y del ciudadano o comparación de estos derechos con los verdaderos principios de la sociedad, para facilitar a todos su inteligencia. Barcelona: Imprenta de Francisco Ifern, 1821. [ Links ]

García de la Madrid, Miguel. Tablas cronológicas de los códigos y colecciones de todos tres derechos civil, romano, canónico y español. Madrid: Imprenta de José Torner, 1820. [ Links ]

Gimbernat y Grassot, Carlos. Descripción y uso de un nuevo método para preservación del contagio de enfermedades epidémicas. Barcelona: José Torner, 1821. [ Links ]

González-Cándamo, Francisco de Paula. Memoria sobre la influencia de la instrucción pública en la prosperidad de los Estados. Salamanca: Imprenta de D. Vicente Blanco, 1820. [ Links ]

Guasch, Francisco. Memoria sobre la epidemia de calenturas gástricas y verminosas que ha reinado en la villa de Villarrodona en el verano de 1805. Barcelona: Oficina de Manuel Texero, 1807. [ Links ]

Llorente, Juan Antonio. Anales de la Inquisición desde que fue instituido aquel Tribunal hasta su total extinción en el año 1834. Madrid: Imprenta Calle Angosta de San Bernardo, 1841. [ Links ]

Llorente, Juan Antonio. Observaciones críticas sobre el romance de Gil Blas de Santillana. Barcelona: Imprenta de la viuda e hijos de Gorchs, 1837. [ Links ]

Llorente, Juan Antonio. Proyecto de una constitución religiosa, considerada como parte de la civil de una nación libre e independiente. Londres: Imprenta de C. Wood, Poppin’s, 1823. [ Links ]

Llorente, Juan Antonio. Apología católica del proyecto de constitución religiosa, escrito por un americano, vol. i. Madrid: Imprenta de Albán y Compañía, 1822. [ Links ]

Llorente, Juan Antonio. Conversaciones entre Cándido y Prudencio sobre el estado actual de España. Madrid: Librería de Paz, 1820. [ Links ]

Llorente, Juan Antonio. Anales de la Inquisición en España. Madrid: Imprenta de Ibarra, 1812-1813. [ Links ]

López Cepero, Manuel. Catecismo religioso, moral y político. Madrid: Imprenta que fue de García, 1821. [ Links ]

María, Alfonso de. El contagio discutido e impotencia de las sanidades. Cádiz: Imprenta de D. Antonio Murguía, 1820. [ Links ]

María, Alfonso de. Memoria sobre la epidemia de Andalucía del año de 1800 al de 1819. Cádiz: Imprenta de D. Antonio Murguía , 1820. [ Links ]

Martínez Marina, Francisco. Juicio crítico de la Novísima Recopilación. Madrid: Imprenta de Don Fermín Villalpando, 1820. [ Links ]

Mellado, Bartolomé. Historia de la epidemia padecida en Cádiz el año de 1810, y providencias tomadas para su extinción por las Juntas de Sanidad Suprema del Reino y Superior de esta ciudad. Cádiz: Imprenta de Don Josef Niel , 1811. [ Links ]

Novísima Recopilación de las Leyes de España, tomo 1, libros 1 y 2. Madrid: s.e., 1805, disponible en [https://www.boe.es/biblioteca_juridica/publicacion.php?id=P-UB-LH-1993-63]. [ Links ]

Piquer, José Antonio. Memoria premiada por la Suprema Junta General de Caridad. Madrid: Imprenta de Burgos, 1820. [ Links ]

Reglamento General de Instrucción Pública. Barcelona: Imprenta del Gobierno, 1821. [ Links ]

Ribot, Juan. Elementos de patología general. Barcelona: Imprenta Nacional del Gobierno, por Dorca, 1820. [ Links ]

Ruiz de Celada, Miguel. Los fundamentos de la jurisprudencia natural considerablemente aumentada y precedida de un plan de unas instituciones de filosofía moral en las cuales se reunan la religión, la moral y la política. León: Imprenta de D. Pablo Miñón, 1821. [ Links ]

Salamanca, José María. Observaciones médicas sobre el contagio de la fiebre amarilla y su introducción en esta ciudad en varias épocas desde el año de 1800 hasta el pasado de 1821. Granada: Impreso por D. Francisco de Benavides, 1822. [ Links ]

Zuaznavar, José María. Ensayo histórico-crítico sobre la legislación de Navarra, vol. ii. San Sebastián: Imprenta de Ignacio Ramón Baroja, 1827. [ Links ]

Zuaznavar, José María. Ensayo histórico-crítico sobre la legislación de Navarra, vol. i. San Sebastián: Imprenta de Ignacio Ramón Baroja, 1821. [ Links ]

ARCHIVO

Archivo del Congreso de los Diputados de España: Diario de Sesiones en el Trienio Liberal (1820-1823) [ Links ]

1 Unos primeros resultados de este estudio se expusieron en el Congreso Internacional “El Trienio Liberal (1820-1823) Balance y Perspectivas”, celebrado en Zaragoza el 6 y 7 de noviembre de 2019.

2 Gonzalo Butrón Prida, “La prensa en Cádiz en el Trienio Liberal”, El Argonauta Español, núm. 17 (2020).

3 Por la extensión del contenido de este estudio, no se han incluido las obras extranjeras llegadas a la Cámara ni las relacionadas con el apartado de Economía y Hacienda.

4 Mikel Astrain Gallart, “Tres manuscritos inéditos de Ignacio María Ruiz de Luzuriaga (1763-1822) sobre higiene naval”, Dynamis. Acta Hispanica ad Medicinae Scientiarumque Historiam Illustrandam, vol. xi (1991): 440. En esta misma línea sobre higienismo y exilio, véase también: Diego José Feria Lorenzo y Cristina Ramos Cobano, “‘Salus populi suprema lex esto’: fe, ciencia y política en la modernización de las prácticas funerarias (siglos xviii-xix)”, Historia 396, vol. iii, núm. 2 (2013): 217-248; Joaquín Varela Suanzes-Carpegna, “El pensamiento constitucional español en el exilio: el abandono del modelo doceañista (1823-1833)”, Revista de Estudios Políticos, Nueva Época, núm. 88 (1995): 63-90; Manuel Varela Candel, Juan Francisco López Sánchez y Carlos López Fernández, “Científicos españoles en el Reino Unido (1750-1830)”, Asclepio. Revista de Historia de la Medicina y de la Ciencia, vol. l, núm. 1 (1998): 49-68; Manuel Varela Candel, “Actividad científica realizada por los liberales españoles exiliados en el Reino Unido, 1823-1833”, Asclepio. Revista de Historia de la Medicina y de la Ciencia, vol. lix, núm. 1 (2007): 131- 166; Juan Luis Simal, “Liberalismo internacional y exilio en Europa (1814-1834)”, Comunicación presentada en el congreso Seminario de Historia (Madrid: Departamento de Historia Social y del Pensamiento Político-Universidad Nacional de Educación a Distancia/Departamento de Historia del Pensamiento y de los Movimientos Sociales y Políticos-Universidad Complutense de Madrid, 2012); Rafael Sánchez Mantero, “Exilio liberal e intrigas políticas”, Ayer. Revista de Historia Contemporánea, núm. 47 (2002):17-33; Juan Francisco Fuentes, “Imagen del exilio y del exiliado en la España del siglo xix”, Ayer. Revista de Historia Contemporánea, núm. 47 (2002): 35-56.

5 DSCD: 6 de octubre de 1820, p. 1440.

6 DSCD: 26 de agosto de 1820, p. 663. Agustín Alcalde, Reflexiones políticas análogas a las circunstancias del día (Zaragoza: Imprenta del Santo Hospital, 1821).

7 DSCD: 15 de octubre de 1820, p. 1651. Los dos primeros tomos de las reflexiones, un tanto filosóficas, de este texto donado por su autor se enviaron a la Biblioteca del Congreso. Vicente Andrés y Almaza, La sociedad feliz, plan y elementos de un gobierno sabio, sencillo y útil (Madrid: Imprenta de Espinosa, 1820).

8 Miguela Domingo Centeno, “Naturaleza humana y estado de educación en Rousseau: la sociedad”, Pulso, núm. 25 (2002): 45.

9 DSCD: 22 de octubre de 1820, p. 1837. El 15 de marzo de 1821, la Cámara volvió a recibir otros diez ejemplares de esta obra; una de ellas pasó a la comisión del Código Civil. Su autor, Francisco de Paula Miguel Sánchez, cedió “la mitad del producto de la venta de esta obra en beneficio de las escuelas de primeras letras, si se mandase leer en ellas”, p. 476.

10 Elena Aguado Cabezas, “‘Esos hijos predilectos del liberalismo’: los ayuntamientos constitucionales del Trienio Liberal”, Pasado y Memoria. Revista de Historia Contemporánea, núm. 22 (2021): 190; Ramón Arnabat Mata, “Cambios y continuidades en los ayuntamientos constitucionales del Trienio Liberal (1820-1823)”, Bulletin d’Histoire Contemporaine de l’Espagne, núm. 54 (2020): 3.

11 DSCD: 6 de noviembre de 1820, p. 2113. Adjuntamos las referencias de ambas obras: Francisco Espoz y Mina, Manifiesto del Ayuntamiento constitucional de la ciudad de Pamplona, capital de la provincia de Navarra, sobre lo ocurrido en ella desde la publicación de la Constitución de la Monarquía española (Pamplona: Imprenta de Paulino Longás, 1820) y El capitán general de la provincia de Navarra D. Francisco Espoz y Mina respondiendo a las imputaciones que le hace el Ayuntamiento de Pamplona en su manifiesto de veinte y dos de julio de mil ochocientos y veinte (San Sebastián: Imprenta de Ignacio Ramón Baroja, 1820).

12 DSCD: 9 de enero de 1822, p. 1699. Manuel López Cepero, Catecismo religioso, moral y político (Madrid: Imprenta que fue de García, 1821).

13 María Ángeles Sotés Elizalde, “Catecismos políticos e instrucción política y moral de los ciudadanos (siglos XVIII y XIX) en Francia y España”, Educación XXI, vol. XII (2009): 202 y ss.

14 DSCD: 19 de abril de 1822, pp. 912-913.

15 DSCD: 14 de noviembre de 1821, p. 759. Miguel Cabrera de Nevares, Memoria sobre el estado actual de la América y medio de pacificarlas (Madrid: Imprenta de D. José del Collado, 1821).

16 DSCD: 11 de mayo de 1822, p. 1295. Miguel Ruíz de Celada, Los fundamentos de la jurisprudencia natural considerablemente aumentada y precedida de un plan de unas instituciones de filosofía moral en las cuales se reunan la religión, la moral y la política (León: Imprenta de D. Pablo Miñón, 1821).

17 DSCD: 22 de mayo de 1822, p. 1470. Miguel García de la Madrid, Compendio ó índice analítico de la Constitucion política española (Madrid: E. Aguado, 1822).

18 DSCD: 20 de noviembre de 1821, p. 899. Francisco Javier Adel (coord.), Observaciones del tribunal especial de las órdenes militares, sobre el proyecto de Código Penal (Madrid: Imprenta de D. Mateo Repullés, 1821).

19 DSCD: 7 de marzo de 1821, p. 136 y 13 de abril de 1822, p. 628. José María Zuaznavar, Ensayo histórico-crítico sobre la legislación de Navarra (San Sebastián: Imprenta de Ignacio Ramón Baroja, 1828), vol. i y Ensayo histórico-crítico sobre la legislación de Navarra (San Sebastián: Imprenta de Ignacio Ramón Baroja, 1827), vol. ii.

20 DSCD: 13 de octubre de 1820: “Constitución secreta que tenían formada las Cortes contra la soberanía de nuestro amado Rey el Sr. D. Fernando VII, santo tribunal de la Inquisición e instituciones regulares. Sevilla: en la imprenta del Setabiense”, p. 1602.

21Novísima Recopilación de las Leyes de España (Madrid: s.e., 1805), tomo 1, libros 1 y 2.

22 DSCD: 23 de septiembre de 1820, p. 1183. Francisco Martínez Marina, Juicio crítico de la Novísima Recopilación (Madrid: Imprenta de Don Fermín Villalpando, 1820).

23 José Ramón Narváez Hernández, “La crisis de la codificación y la historia del derecho”, Anuario Mexicano de Historia del Derecho, vol. xv (2003): 195-196.

24 DSCD: 19 de julio de 1820, p. 206.

25 DSCD: 5 de agosto de 1820, p. 390.

26 Benito Pérez Galdós, Episodios Nacionales ii. Primera Serie: La guerra de la Independencia, Napoleón en Chamartín, Zaragoza y Gerona (Barcelona: Círculo de Lectores, 2006).

27 DSCD: 19 de julio de 1820, p. 208.

28 DSCD: 5 de noviembre de 1820, p. 2088. Juan Corradi, Prontuario cronológico de la historia de España (Madrid: Imprenta de Doña Catalina Piñuela, 1815).

29 DSCD: 8 de diciembre de 1822, pp. 917-918.

30 DSCD: 17 de enero de 1823, p. 1503.

31Reglamento General de Instrucción Pública (Barcelona: Imprenta del Gobierno, 1821).

32 Fernando Tomás Pérez González, “Enseñanza y liberalismo: las universidades de provincia en Extremadura durante el Trienio Liberal”, Trienio. Ilustración y Liberalismo. Revista de Historia, núm. 25 (1995): 85-133. Citado en Alberto Gil Novales, “A propósito de educación y cultura en el liberalismo temprano. Homenaje a Fernando Tomás Pérez González”, Norba. Revista de Historia, núm. 18 (2005): 263-271.

33 DSCD: 8 de agosto de 1820, p. 432.

34 DSCD: 8 de mayo de 1822, p. 1245: “Las Cortes recibieron con particular aprecio y mandaron pasar a su Biblioteca un ejemplar del nuevo Ensayo litográfico […], incluyendo el alfabeto árabe y algunas lecciones sobre la conjugación de los verbos de este dialecto, que publicó en dicha capital un célebre profesor de la escuela Real, y presentó el Sr. Argüelles por encargo de dicho Rodríguez”.

35 DSCD: 7 de agosto de 1820, p. 412.

36 DSCD: 6 de noviembre de 1820, p. 2113. Francisco de Paula González Cándamo, Memoria sobre la influencia de la instrucción pública en la prosperidad de los Estados (Salamanca: Imprenta de D. Vicente Blanco, 1820).

37 Carlos Martínez Shaw, “El despotismo ilustrado en España. Entre la continuidad y el cambio”, en El Siglo de las Luces: III centenario del nacimiento de José de Hermosilla (1715-1776). XVI Jornadas de Historia en Llerena (Llerena: Sociedad Extremeña de Historia, 2016), 15-16.

38 Beatriz Sánchez Hita, “Cartillas políticas y catecismos constitucionales en el Cádiz de las Cortes: un género viejo para la creación de una nueva sociedad”, Revista de Literatura, vol. lxv, núm. 130 (2003): 541-574.

39 DSCD: 12 de junio de 1822, p. 1850. Miguel García de la Madrid, Explicación de los derechos del hombre y del ciudadano o comparación de estos derechos con los verdaderos principios de la sociedad, para facilitar a todos su inteligencia (Barcelona: Imprenta de Francisco Ifern, 1821) y Compendio.

40 Sánchez Hita, “Cartillas”.

41 DSCD: 9 de enero de 1822, p. 1699. López Cepero, Catecismo, comentado en dos de los apartados, Política y Formación Política, por su relación con ambos. Otras obras donadas en esta línea fueron: DSCD: 14 de agosto de 1820, p. 504: “A la comisión de Instrucción pública pasó un manuscrito presentado por D. Pedro Canel y Acevedo con el título de Catecismo fundamental teórico-práctico de la Constitución española”; DSCD: 17 de octubre de 1820, p. 1697; Corradi, Catecismo político arreglado a la Constitución de la monarquía española (Villanueva y Geltrú: Imprenta de Rubió, 1813); DSCD: 30 de mayo de 1822, p. 1619: “Las Cortes recibieron con aprecio, y mandaron pasar a la comisión de Instrucción pública, un ejemplar de los que les presentó un cura párroco del arzobispado de Toledo, de un Catecismo Constitucional, que cree útil a la juventud española, esperando que si las Cortes lo juzgan así, se sirvan mandar se enseñe en las escuelas o estudios de gramática”; DSCD: 20 de junio de 1822, p. 2025: “Catecismo constitucional, compuesto por Fr. Joaquín Verdoy de Rustante, religioso de San Francisco de Brihuega, el cual pedía que si se reputaba conveniente, se mandase seguir en las escuelas de primera enseñanza”.

42 Mariano Franco Figueroa, “La expresión del compromiso político del deán López Cepero en sus Lecciones políticas y en su Catecismo religioso moral y político”, Cuadernos de Ilustración y Romanticismo, núm. 22 (2016).

43 DSCD: 5 de agosto de 1820, p. 390: “A la de Instrucción pública se mandó pasar un manuscrito dedicado a las Cortes por D. Vicente Navarro con el título de Arte de escribir cursivo y literal, arreglado a un sistema natural y filosófico. El autor […] pedía […] que fuese comprendida en la lista general de los libros elementales de instrucción nacional”; DSCD: 7 de mayo de 1822, p. 1230: “las Cortes con la propuesta de la comisión de Instrucción pública, se sirvieron mandar se pasasen a la Dirección general de estudios, para los usos convenientes, dos ejemplares que había presentado D. Francisco Moren, académico nacional de primera educación de Barcelona, de su obra titulada Compendio de ortografía y prosodia castellana para uso de los discípulos de las escuelas de la casa nacional de caridad de aquella capital”; DSCD: 24 de junio de 1822, p. 2115: “Las Cortes recibieron con aprecio, y mandaron pasar a la comisión de Instrucción pública, una obrita manuscrita titulada Curso de las gramáticas española y latina combinadas, que presentó por mano del Sr. Lillo su autor D. Maximiliano Muñoz y Navarrete, individuo de la Academia latina de Madrid, y profesor de humanidades en la ciudad de Úbeda”.

44 DSCD: 29 de mayo de 1822, p. 1599. Antonio Francisco Casals, Curso teórico de aritmética mercantil (Barcelona: Imprenta de Dorca, 1819).

45 DSCD: 8 de octubre de 1820, p. 1495.

46 DSCD: 24 de mayo de 1822, p. 1507. Miguel García de la Madrid, Tablas cronológicas de los códigos y colecciones de todos tres derechos civil, romano, canónico y español (Madrid: Imprenta de José Torner, 1820).

47 Armando Zambrano Leal, “Rasgos de historia de un fenómeno y una teoría”, Historia y Memoria, núm. 14 (2017): 291-316.

48 DSCD: 28 de enero de 1823, pp. 1387-1388.

49 Juan Antonio Llorente, Observaciones críticas sobre el romance de Gil Blas de Santillana (Barcelona: Imprenta de la viuda e hijos de Gorchs, 1837). “Juan Antonio Llorente González”, Real Academia de la Historia. Algunas de las obras en su prolífica producción son: Anales de la Inquisición en España (Madrid: Imprenta de Ibarra, 1812-1813), y una segunda edición de la misma: Anales de la Inquisición desde que fue instituido aquel tribunal hasta su total extinción en el año 1834 (Madrid: Imprenta Calle Angosta de San Bernardo, 1841), así como Proyecto de una constitución religiosa, considerada como parte de la civil de una nación libre e independiente (Londres: Imprenta de C. Wood, Poppin’s, 1823); Apología católica del proyecto de constitución religiosa, escrito por un americano (Madrid: Imprenta de Albán y Compañía, 1822), vol. i, y Conversaciones entre Cándido y Prudencio sobre el estado actual de España (Madrid: Librería de Paz [Imprenta que fue de Fuentenebro], 1820).

50 DSCD: 17 de octubre de 1822, p. 203. Diego José Feria Lorenzo, La sanidad en el liberalismo isabelino. La promulgación de la ley de sanidad de 1855: debate parlamentario y análisis prosopográfico (Huelva: Universidad de Huelva, 2012).

51 DSCD: 4 de agosto de 1820, p. 381.

52 DSCD: 9 de septiembre de 1820, p. 896.

53 DSCD: 22 de septiembre de 1820, p. 1169.

54 DSCD: 6 de noviembre de 1822, p. 501. José Fernández Mancheño, Diccionario militar portátil (Madrid: Imprenta de Miguel de Burgos, 1822).

55 Antonio Moliner Prada, “Constitución militar y liberalismo en España (1808-1814)”, Revista Universitaria de Historia Militar, vol. i, núm. 2 (2012): 143.

56 DSCD: 23 de septiembre de 1820, p. 1183. José Antonio Piquer, Memoria premiada por la Suprema Junta General de Caridad (Madrid: Imprenta de Burgos, 1820).

57 DSCD: 22 de octubre de 1820, p. 1837.

58 Pedro Carasa Soto, “Lo privado y lo público en el sistema asistencial. El triángulo Iglesia-ayuntamiento-Estado en la beneficencia española”, en Asistencia y caridad como estrategias de intervención social: Iglesia, Estado y comunidad (siglos Xv-XX), edición de Laurinda Abreu (Bilbao: Universidad del País Vasco, 2007), 146.

59 DSCD: 17 de marzo de 1821, p. 518. Anónimo, Un Amante de la Nación. Modo de sostener y educar los niños expósitos y legítimos desamparados sin notable recargo de la Nación (Pamplona: Imprenta de Joaquín Domingo, 1820).

60 Natividad Araque Hontangas, “La educación en la Constitucion de 1812: antecedentes y consecuencias”, Revista de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de Elche, vol. i, número especial (2009): 1-21.

61 Diego José Feria Lorenzo y Cristina Ramos Cobano, “La corrupción de la beneficencia en los debates parlamentarios del Trienio Liberal”, Cultura de los Cuidados (en prensa); Diego José Feria Lorenzo, “La denuncia pública de corrupción de la beneficencia en los debates parlamentarios de la Década Moderada”, en Historia cultural de la corrupción política. Prácticas, escenarios y representaciones contemporáneas, edición de María Antonia Peña Guerrero y Marta Bonaudo (Rosario: Prohistoria Ediciones, 2019), 84-85.

62 DSCD: 23 de julio de 1820, p. 245.

63 DSCD: 30 de octubre de 1820, p. 1977. Juan Ribot, Elementos de patología general (Barcelona: Imprenta Nacional del Gobierno, por Dorca, 1820).

64 DSCD: 22 de diciembre de 1821, p. 1399. Carlos Gimbernat y Grassot, Descripción y uso de un nuevo método para preservación del contagio de enfermedades epidémicas (Barcelona: José Torner, 1821).

65 DSCD: 13 de febrero de 1822, pp. 2285-2286. Antonio Chalanzón, Historia natural, análisis y virtudes del agua mineral ferruginosa de la fuente sublantina, descubierta en el presente año por el coronel D. Luis de Sosa (León: Imprenta de Pablo Miñón, 1821).

66 DSCD: 31 de mayo de 1822, p. 1634. También envió “dos ejemplares del núm. 1º tomo iii del periódico de la Sociedad médico-quirúrgica de Cádiz, que por encargo de esta presentó D. Juan Antonio Iniesta, y en el que se inserta el dictamen dado al Gobierno por dicha sociedad sobre la importante cuestión del contagio de la fiebre amarilla y demás puntos que abraza la orden de 19 de enero último”.

67 Juan Casco Solís, “Las topografías médicas: revisión y cronología”, Asclepio. Revista de Historia de la Medicina y de la Ciencia, vol. liii, núm. 1 (2001): 213-244.

68 DSCD: 4 de octubre de 1820, p. 1398. Jaime Ardevol, Ensayo sobre la topografía y estadística de la villa de Reus en Cataluña (Madrid: Impreso por Espinosa, 1820).

69 José Manuel López Gómez, Las topografías médicas burgalesas (1884-1917) (Barcelona: Universidad de Barcelona, 2004). En relación con las topografías médicas ver también: José Manuel López Gómez, La topografía médica de Vic de Antonio Millet (1798) (Barcelona: Universidad de Barcelona, 1992); Antonio López Ontiveros, “Topografías médicas y geografía en la obra de Casas-Deza”, Boletín de la Real Academia de Córdoba de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes, vol. lv, núm. 106 (1984): 301-323.

70 DSCD: 2 de septiembre de 1820, p. 762: “Recibieron las Cortes con agrado dicho ejemplar y a propuesta del Sr. Janer acordaron que pasase a una comisión especial de Salud pública, nombrando el señor Presidente para componerla a los Sres. Janer, García, Verdú, Rojas, Clemente, Pino, Fagoaga”. Bartolomé Mellado, Historia de la epidemia padecida en Cádiz el año de 1810, y providencias tomadas para su extinción por las Juntas de Sanidad Suprema del Reino y superior de esta ciudad (Cádiz: Imprenta de Don Josef Niel, 1811).

71 DSCD: 10 de noviembre de 1821, p. 693. Juan Francisco Bahí, Relación médico-política sobre la aparición de la fiebre amarilla a últimos de julio y principios de agosto de 1821 en las tripulaciones de los buques del puerto de Barcelona, y sus progresos en la Barceloneta e introducción en la ciudad (Barcelona: Imprenta de la Viuda Roca, 1822).

72 DSCD: 23 de abril de 1822, p. 957. vv.aa., Dictamen dado por la corporación de cirugía médica militar de la plaza de Barcelona al Excelentísimo Señor jefe político de la provincia de Cataluña (Barcelona: Imprenta de la viuda Pla, 1822).

73 DSCD: 1 de mayo de 1822, p. 1091.

74 DSCD: 13 de noviembre de 1821, p. 747. Alfonso de María, Memoria sobre la epidemia de Andalucía del año de 1800 al de 1819 (Cádiz: Imprenta de D. Antonio Murguía, 1820) y El contagio discutido e impotencia de las sanidades (Cádiz: Imprenta de D. Antonio Murguía, 1820).

75 DSCD: 7 de abril de 1822, pp. 719-720. Francisco Guasch, Memoria sobre la epidemia de calenturas gástricas y verminosas que ha reinado en la villa de Villarrodona en el verano de 1805 (Barcelona: Oficina de Manuel Texero, 1807).

76 DSCD: 27 de mayo de 1822, p. 1580.

77 DSCD: 19 de octubre de 1822, p. 236. José María Salamanca, Observaciones médicas sobre el contagio de la fiebre amarilla y su introducción en esta ciudad en varias épocas desde el año de 1800 hasta el pasado de 1821 (Granada: Impreso por D. Francisco de Benavides, 1822).

78Diego José Feria Lorenzo: Es enfermero, especialista en Cuidados Médico-Quirúrgicos, licenciado y doctor en Historia, Máster Iberoamericano en Historia Comparada; actualmente es profesor Titular en la Facultad de Enfermería de la Universidad de Huelva. Las inhumaciones y su relación con el higienismo en la legislación del siglo xix, la enfermería en el periodo de la Riotinto Company Limited en Huelva, la legislación sanitaria y de beneficencia, así como la corrupción en esta última en el siglo xix en España, desde una perspectiva cultural, han sido algunos de los estudios publicados. Esta última línea de investigación se inició tras la financiación del proyecto “Historia cultural de la corrupción política en España y América Latina (siglos xix y xx)” (Ministerio de Economía y Competitividad).

79Cristina Ramos Cobano: Es doctora en Historia por la Universidad de Huelva, en la que ejerce como profesora asociada en el área de Historia Contemporánea. Fruto de diferentes estancias en centros de reconocido prestigio internacional y al amparo de varios proyectos de I+D de ámbito nacional, sus publicaciones tratan temas como la historia de la familia en el tránsito del Antiguo Régimen al mundo contemporáneo, los orígenes culturales de la corrupción política en el sistema liberal o los comportamientos subversivos de las escritoras españolas e hispanoamericanas de los siglos xix y xx.

80Juan Diego González Sanz: Es doctor en Ciencias Sociales Aplicadas por la Universidad de Huelva y en Historia y Artes por la Universidad de Granada; es Profesor Ayudante Doctor del Departamento de Enfermería de la Universidad de Huelva, donde dirige Anábasis. Seminario permanente de investigación en Enfermería y Filosofía. También es secretario de redacción de La Torre del Virrey. Revista de Estudios Culturales. Estudia la relación entre la filosofía, la historia y la enfermería. Sus últimas publicaciones son: “La herencia de la controversia arriana en Florence Nightingale” (en prensa); “¿Merece la pena estar vivo? Pervivencia del debate entre Bayle y Leibniz”, La Torre del Virrey, núm. 31 (2022/1): lx-lxix; “El contexto espiritual de Florence Nightingale”, Temperamentvm, núm. 17 (2021): e13286.

Recibido: 09 de Agosto de 2021; Aprobado: 16 de Diciembre de 2021

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