Introducción
La historiografía económica ha reconocido en las prácticas de financiamiento una clave explicativa del desempeño económico en el largo plazo. La presunción de mecanismos financieros impersonales, desplegados con la emergencia de dispositivos contemporáneos para la interacción crediticia, figuró un contrapunto con mecanismos discrecionales apoyados en la capacidad de ciertos actores para movilizar redes de recursos relacionales, que habrían redundado en la concentración de la actividad económica y en la distribución desigual de recursos (Haber, 2003). Si esto permite comprender la centralidad que adquiere la investigación histórica sobre el funcionamiento del crédito y sobre las prácticas de endeudamiento en el largo plazo (Burns, 2010; Greif, 2006; Hoffman, Postel-Vinay, y Rosenthal, 2000; Levy, 2012),1 también invita a revisitar los mecanismos de asignación crediticia, el uso de redes de recursos relacionales y los dispositivos de intermediación. Comprender el grado en que distintos instrumentos, intermediarios y contextos relacionales incidían en la colocación crediticia de recursos, permitirá identificar cuán impersonales son los mecanismos habitualmente reputados como tales.
Una diversidad de estudios demostró que las sociedades del Antiguo Régimen occidental basaban su consumo en mecanismos crediticios ampliamente difundidos, incluso allí donde el sistema bancario todavía no se había consolidado (Bochove, 2014; Coquery, 2013; Dermineur, 2022). En efecto, el endeudamiento como medio para acceder a bienes y servicios de manera no coactiva solía extenderse a través de todo el arco social.2 El grueso de los intercambios cotidianos en la escala local de los pueblos y ciudades temprano-modernas se liquidaban sin la necesidad de pago en efectivo, sino mediante compensaciones periódicas que lograran un balance entre los activos y los pasivos en el seno del lazo interpersonal; de este modo, si bien el patrimonio resultaba un elemento importante para respaldar los compromisos asumidos, no parecía resultar tan condicionante como la capacidad del actor por establecer lazos reciprocitarios, aún asimétricos.3 Por este motivo, la construcción personal de una reputación evaluable en el marco de la comunidad local era concebida como el crédito social condicionante para el acceso al crédito económico –aun durante el siglo xviii, cuando los mecanismos mercantiles para la asignación de recursos se expandieron aceleradamente–.4 La consolidación del mercado no implicaba por lo tanto la desintegración de la comunidad, sino la resignificación de los lazos económicos que la integraban asimétricamente.5 Y esa solvencia se construía menos con la demostración de garantías patrimoniales que con comportamientos reciprocales. En otros términos, la expansión de los mecanismos mercantiles para la asignación de recursos durante el siglo xviii no parece haber sustituido, sino complementado la función de la reputación en el acceso al crédito económico.
Integrante medular de una extensa trama atlántica, el poblado de Buenos Aires desarrolló desde el temprano siglo xvii una cultura económica de la obligación, una matriz crediticia sobre la que se apoyaban su economía local, sus intercambios regionales y su comercio transoceánico (Wasserman, 2018b). La adaptación creativa de tradiciones occidentales a un singular contexto local hizo de las prácticas crediticias porteñas el engranaje de un lento crecimiento durante el periodo virreinal (peruano y, luego, rioplatense), que experimentó una aceleración durante el último tercio del siglo xviii.
El abordaje de las declaraciones de deudas ofrecidas en los testamentos del periodo, fuente documental de enorme riqueza informativa, permitirá indagar los puntos de continuidad y de contraste entre aquellas experiencias europeas y estas prácticas rioplatenses de Antiguo Régimen, procurando ofrecer respuesta a dos interrogantes centrales: ¿cuán extendida era la práctica del endeudamiento entre la sociedad de esta creciente aldea porteña?, y ¿qué papel ocupó la reciprocidad como criterio de asignación crediticia en un contexto de acelerado crecimiento mercantil?6
Buenos Aires entre 1760 y 1780
Los años que corren entre las décadas de 1760 y 1780 implicaron para Buenos Aires su reposicionamiento en el mapa de la Monarquía: la centralidad institucional, comercial y militar que la ciudad consolidó en la región durante esos años, acompañada por su crecimiento demográfico, definirían desde entonces su protagonismo en el decurso político del imperio español en América.7
La Guerra de los Siete Años (1754-1763) había demostrado a la corona española la necesidad impostergable de fortalecer militarmente los puntos estratégicos de sus territorios americanos. Escenario de disputas entre España y Portugal desde el siglo xvii, el estuario rioplatense se constituyó por lo tanto en uno de los focos americanos de la tensión imperial y, a su vez, en un eje articulador del horizonte geopolítico de la Monarquía en la región (Martínez y Wasserman, 2021). Ameritó por lo tanto la atención del gobierno borbónico, que dispuso el robustecimiento de los recursos disponibles para sostener la infraestructura militar de sus dominios rioplatenses e implementó las reformas institucionales necesarias para garantizar que ello fuera posible.
Entre tanto, la circulación mercantil experimentaba un acelerado crecimiento en Buenos Aires. Si bien dicha expansión se producía sobre las mismas bases estructurales dispuestas desde al menos 1730 (Moutoukias, 1995), distintas modificaciones en la regulación comercial (como el Auto de Libre Internación de 1777 y el Reglamento de Libre Comercio de 1778) implicaron una ampliación del marco monopolista y una aceleración del comercio portuario, que la Real Hacienda intentaría capitalizar fiscalmente con la instauración de la Real Aduana de Buenos Aires (García Belsunce, 1975; Vaccani, 2017). De esta manera entraba en catálisis el proceso de atlantización de las economías regionales, iniciado en torno a la segunda mitad del siglo xvii, en función del cual los flujos de los circuitos comerciales, pero también fiscales, se reorientaban hacia Buenos Aires de manera acentuada (Bonialian, 2019).
Al alterar el contexto normativo que regulaba al comercio, aquellos procesos de legalización comercial sancionados en 1777 y 1778 también modificaban los esquemas de costos y de riesgos implicados en el mismo, y estimulaban la participación de actores que previamente encontraban en ellos un conjunto de barreras para acceder a los intercambios (Rivasplata, 2009; Santilli, 2013). En concordancia con estas medidas, pero también con las que disponían el reposicionamiento de Buenos Aires en el esquema institucional de la Real Hacienda regional y como cabecera de una nueva jurisdicción virreinal, las remesas arribadas a Buenos Aires por medio del Real Situado se incrementaron sustancialmente en 1777, y amplificaron un recurso que tradicionalmente había constituido una potencial reserva como fuente de crédito en la economía porteña.8 Así, estas cambiantes condiciones institucionales dieron lugar a un entorno menos adverso para el capital comercial en Buenos Aires.
El correlato demográfico es claro: mientras que la población total estimada de Buenos Aires alcanzaba en 1744 los 11 600 habitantes, en 1778 pasaría a superar los 26 000 (y alcanzaría los 37 100 si es considerado su entorno rural): síntoma elocuente de un crecimiento económico Veanse tambien gelman(Gelman, 2012; Moutoukias, 1995; Santilli, 2013).9 A ello contribuía la tripulación de navíos militares arribados a Buenos Aires, las tropas asentadas en la ciudad y su jurisdicción, así como aquellas que pasaban por Buenos Aires en tránsito hacia otras regiones: flujos que incrementaban transitoriamente la densidad poblacional de la ciudad y generaban tanto una expansión de aquella población estable mediante el asentamiento de porciones variables de las tropas, como una mayor movilidad de la población itinerante a partir de los amplios márgenes de deserción constatados.
Así, las tripulaciones de navegación ultramarina, las tropas asentadas regionalmente y aquellas en tránsito hacia otros destinos (como Chile), no sólo expandían la población transitoriamente, sino que acentuaban la movilidad espacial de la misma. Y generaban en Buenos Aires una demanda de bienes y servicios cuya satisfacción, a su vez, movilizaba recursos locales y regionales. Con ello contribuiría, entre tanto, la movilización de recursos generada por la navegación comercial atlántica y por los circuitos regionales terrestres y fluviales que tenían a Buenos Aires por vértice (Sandrín, 2019). Se delineaba así un escenario portuario y urbano con un alto dinamismo comercial, que habría de traducirse en las oscilaciones de su población (Biangardi, 2016).
Y en la medida en que la interacción económica de Buenos Aires continuaba apoyándose ―tal como sucedía desde la emergencia misma de la ciudad― en distintas prácticas de endeudamiento, el herramental crediticio disponible resultaba crucial para la participación en la interacción comercial, particularmente aquella desplegada localmente y orientada al consumo cotidiano.10
La economía mercantil de Buenos Aires crecía aceleradamente durante el periodo, y las distintas prácticas crediticias seguían ocupando una función medular en sus transacciones. Las deudas declaradas en los legados testamentarios ofrecen una ventana para observar la evolución y características de dichas prácticas, y comprender la función que la reciprocidad pudo tener en un contexto de mercantilización.11
Las declaraciones de deudas en los testamentos
El testamento formaba parte de la "red de gestos y ritos que acompañan el recorrido de la última enfermedad a la agonía, a la tumba y al más allá" (Vovelle, 1985, pp. 102-104).12 Y los manuales para el bien morir (o ars moriendi), que instruían sobre el conjunto de prácticas conducentes a una buena muerte cristiana, promovían al acto de testar como componente de tales preparativos (Hernández, 2011; Vovelle, 1985). Otorgar el testamento permitía entonces no sólo distribuir bienes sino descargar la conciencia del otorgante para asegurar con ello una buena muerte cristiana (Seoane, 2006, p. 11). De este modo, las declaraciones de deudas realizadas en los testamentos estaban inscriptas en esa trama de ritos y prácticas, formando parte de una actitud históricamente definida ante la muerte. Sin embargo, las deudas declaradas en el testamento constituían actos consumados habitualmente en tiempos pretéritos de la vida del testador, cuando la muerte no era vislumbrada en el corto plazo y el juicio sobre el alma no acechaba necesariamente como principal constricción sobre la conducta. Los lazos interpersonales creados por las deudas y sus obligaciones crediticias no siempre eran escriturados notarialmente o asentados en instrumentos privados. Por ello, la declaración testamentaria ofrece una materialización de tales lazos y permite reponerlos, de la misma manera que transmite en ocasiones la actitud del testador ante sus deudas. Ello enriquece al testamento como fuente para una aproximación al estudio de las prácticas crediticias y permite realizar un abordaje primario sobre las lógicas que orientaban a los actores para prestar y pedir prestado en esta comarca rioplatense.
El testamento implicaba por lo tanto una instancia de racionalización discursiva sobre las expresiones materiales de la vida social del otorgante (Seoane, 2006). En este sentido, el testamento permitía al testador formalizar legalmente, a través de la declaración testamentaria, acreencias pendientes y deudas sostenidas en instrumentos privados o en el compromiso verbal, consolidándolos jurídicamente para ofrecer una garantía a los derechohabientes, inclusive allí cuando las obligaciones derivadas del endeudamiento no habían sido volcadas por escrito (Wasserman, 2018b).
Pero el testamento no era solamente "un acto de derecho privado destinado a regular la transmisión de bienes" (Ariès, 1983, p. 161), sino asimismo un acto religioso y por ello "un contrato de seguridad entre el hombre y Dios" (Martínez Gil, 2000), p. 32 mediado por la Iglesia y por la semántica de la legislación regia. El testamento constituía así una institución jurídico-religiosa (Seoane, 2006). Y sus cláusulas, consecuentemente, se inscribían en esa conjugación legal y trascendental permitiéndonos a un mismo tiempo conocer las prácticas que el testador sostuvo en su dinámica cotidiana.
No testar implicaba, por lo tanto, someter el alma a los riesgos de la sanción divina. Pero también exponía el alma a los infortunios que dicha sanción ocasionaba sobre la realidad terrenal de quienes quedaban en este mundo, pues si como resultado de no haberse otorgado testamento "tuviesen contra los herederos o otras personas riñas, pleitos i diferencias", éstas
"correrán por cuenta de su alma: mayormente si los previno o devió prevenir, porque quien da ocasion al daño, ese lo haze i puede ser lo permita Dios en castigo de su negligencia o de la culpa de los que se lo estorvaron".13
El testamento permitía, consecuentemente, ordenar, racionalizar discursivamente y delinear los preparativos para el itinerario que el alma del difunto habría de seguir para alcanzar el cielo, representación ideológica de un bien morir cristiano.14 Esto conducía a los testadores a declarar compromisos asumidos durante la plenitud de su actividad económica, aun cuando la distancia temporal entre el acto y su declaración fuese considerable.
Las deudas terrenales que involucraban al testador como acreedor y como deudor ocuparon por ello un lugar protagónico en los testamentos, por cuanto la actitud antes sus propias deudas pretendía ser una traducción, correlato y condición mundana de la redención del alma en el más allá. Para los testadores porteños, por lo tanto, testar constituía una forma de afrontar el riesgo de un juicio imprevisible sobre deudas incumplidas ante un tribunal inapelable (Wasserman, 2022). Y por ello, ajustar las deudas formaba parte sustancial del mecanismo ritual para salvar el alma.
Los testadores y las testadoras de la Buenos Aires hispánica solían declararse deudores, acreedores o ambas cosas (Wasserman, 2018b). En efecto, durante el siglo xvii porteño las prácticas de endeudamiento estuvieron presentes en las declaraciones de 87% de los testadores masculinos y en las de 39% de las mujeres testadoras; si la distinción de género se manifiesta en la práctica social del endeudamiento es, precisamente, porque el endeudamiento constituía un fenómeno estructural y su dinámica expresaba el perfil de la estructura social en cuyo seno se desenvolvía.15 Y entre quienes dejaron asentadas deudas en sus legados testamentarios, 82,98% manifestó quedar debiendo a terceras personas, mientras que 68,05% expresó ser acreedor de deudas contra otras personas.16 Esta distribución se condice con la lógica mediante la cual se articulaban socialmente las prácticas crediticias orientadas a satisfacer el consumo cotidiano para la reproducción diaria en Buenos Aires durante el siglo xvii: dar para recibir. En efecto, el discurso jurídico y religioso que ofrecen los testamentos sobre las deudas constituye una traducción simbólica de dicha lógica, legitimada y apuntalada teóricamente en los corpus del ars moriendi, el arte del bien morir.
Resulta preciso avanzar en este análisis sobre las prácticas de crédito desde la documentación testamentaria otorgada entre las décadas de 1760 y 1780, cuando Buenos Aires expande su economía mercantil gracias a la consolidación institucional que la colocó en el centro gravitacional en los circuitos económicos interregionales.
Características de la muestra
El crecimiento económico de Buenos Aires se retroalimentaba con la expansión de su matriz institucional. Y entre las instituciones que participaron de dicha expansión se cuentan las escribanías porteñas, dispositivos de medular importancia cuya eclosión local participó de aquella dinámica social.17
Teniendo en cuenta que la estructura institucional de Buenos Aires experimenta durante el periodo de 1760 y 1780 un crecimiento exponencial, el fondo documental Escribanías de Registro (en adelante, er), en la Sección Protocolos de Escribanos (en adelante, pe), del Archivo General de la Nación de la República Argentina (en adelante, agn), preserva los cien protocolos notariales producidos por los seis registros existentes en Buenos Aires durante el periodo que corre entre 1766 y 1784.Tomando aquellos cien protocolos como marco muestral, el criterio de selección para el presente análisis está definido por el grado de participación de los escribanos en dicho universo, lo cual permitió identificar a las tres escribanías que concentraron 53% de la escrituración: los registros 3, 5 y 6.18 Considerando los años para los cuales el fondo documental dispone de protocolos rubricados por los tres registros, y a los efectos de contar con potencial de trazabilidad y ponderación, se abordarán los libros para los cuales existen protocolos rubricados disponibles en los tres registros: 1766, 1769, 1771, 1773, 1775, 1777, 1779, 1780 y 1781. Ello arroja un total de 7203 escrituras, protagonizadas por poderes (1988 escrituras), obligaciones (1816), ventas (1506), testamentos (424) y cartas de pago (302).
Estos cuatro tipos documentales (que representan 15% de las tipologías identificadas) han concentrado 84% de las escrituras en las tres escribanías seleccionadas, y el análisis de la correlación entre la evolución anual de su escrituración y la variación de otros indicadores (arribos del Real Situado, exportaciones portuarias, precios locales de carne y trigo) demuestra que el ritmo de escrituración estaba altamente asociado a los motores económicos de Buenos Aires (Wasserman et al., 2020).
Focalizando sobre el universo de 424 testamentos, la alternativa para volver plausible su análisis consistió en obtener una muestra representativa de dicho universo, mediante un calado aleatorio que atenuase sesgos relativos a género, etnia o posición socioeconómica. De este modo, fueron seleccionados 275 testamentos (65% del total de los testamentos identificados) distribuidos entre los protocolos pertenecientes a aquellas tres escribanías con mayor continuidad sostenida, las cuales concentraron 53% de la escrituración durante los años seleccionados: los registros 3, 5 y 6. A nuestro criterio constituyen, en este sentido, una muestra representativa de la producción notarial local.19
La posición de los testamentos entre las principales escrituras vuelve a evidenciar que, si bien su otorgamiento estaba desigualmente distribuido entre los distintos grupos de la sociedad (pues los sectores con acceso a la escritura y a la riqueza material están sobre representados, dando lugar a una subrepresentación de las mayorías), el mismo constituía quizás el instrumento notarial más empleado por distintos sectores sociales (Roca, 2021).20
En efecto, la muestra incluye testamentos de personas que se declaraban pobres: era el caso del francés Lorenzo Rucen, que otorgó su testamento postrado en su cama el 31 de marzo de 1771, del sevillano Francisco Laureano Serrano, que lo hizo en mismas condiciones el 23 de junio de 1778 y del portugués Manuel Márquez, quien desde su internación en el hospital de la ciudad otorgaba su testamento el 7 de mayo de 1775 declarándose pobre de solemnidad, una pobreza económica pero no social (cuya solemnidad estaba definida por su dependencia de la caridad), lo cual les permitía rescatar la honra denunciando su miseria.21 Participa de la muestra, por lo tanto, aquel sector que se veía obligado a pedir limosna para subsistir.22
Asimismo, el uso de este instrumento alcanzaba a sectores social, económica y jurídicamente relegados en el ordenamiento étnico y estatutario de una sociedad americana de Antiguo Régimen, tal como lo demuestran los cinco testamentos (1.8%) que fueron otorgados por testadores y testadoras identificados como negro, negra, pardo o parda: las pardas María de Pintos Colon (porteña de nacimiento)23 y Fausta de Correa Arellano,24 el barbero Manuel Domingo del Rosario, negro libre nacido en Santo Tomé25 y el angoleño Francisco Matoso, asimismo negro libre26 o la negra libre María de los Monteros.27
Pero entre los colectivos socialmente relegados, el que mayor participación testamentaria reportó fue el de las mujeres. Los preceptos legales y el ordenamiento consuetudinario, que cercenaban su autonomía jurídica y tendían a sujetar a la mujer a una formal dependencia de la potestad masculina, no anularon sin embargo su dinamismo en la vida social ni económica.28 En efecto, un 42% de los testamentos (115 documentos) fue otorgado por mujeres, lo cual evidencia cierta paridad de género en cuanto al empleo de este instrumento en una sociedad sistémicamente patriarcal, y sugiere una instrumentación más ampliamente difundida entre las mujeres que el que hicieron de otras escrituras notariales.29
Sobre esta muestra exploraremos, a continuación, los patrones que se advierten en ese universo documental, las correlaciones advertidas, así como las diferencias y continuidades con relación a la Buenos Aires de un siglo previo, para cargar de sentido a las declaraciones ofrecidas por las mujeres y los varones que testaron durante este periodo e identificar, en ellas, la función que la reciprocidad pudo sostener en un contexto de acelerada mercantilización de los lazos económicos.
Las deudas en el patrimonio
Aun con los límites que los testamentos conllevan en cuanto a su representatividad sobre la complejidad de la sociedad que los produjo, este universo documental trasluce las inequidades inherentes a la distribución social de la riqueza patrimonial.
Por caso, los principales activos de la economía de esos años se circunscriben a una proporción minoritaria de testadores y testadoras. Mientras que sólo 30.5% de otorgantes declaró poseer algún inmueble en la ciudad o su campaña, 21.5% de las personas testadoras declaró ser propietaria de personas esclavizadas, 11.3% manifestó poseer ganado (primordialmente vacuno, equino y ovino), en tanto que 16.7% expresó en su testamento la posesión de moneda metálica (en concordancia con el más reducido 9.1% que declaró poseer metálico en diversos formatos, como plata labrada o piezas de oro). De esta manera, sólo una minoría de otorgantes testamentarios expresó contar con propiedad sobre los ítems transables de mayor capitalización en la economía porteña del periodo: personas esclavizadas, ganado, metálico y moneda, e inmuebles (véase cuadro 1).
Cuadro 1 Distribución de declaraciones patrimoniales entre testamentos, Buenos Aires (1766-1784)
Varones | Mujeres | Total | ||||
Declaración | Testamentos | Porcentaje | Testamentos | Porcentaje | Testamentos | Porcentaje |
Plata y oro | 17 | 10.6 | 8 | 7.0 | 25 | 9.1 |
Ganado | 25 | 15.6 | 6 | 5.2 | 31 | 11.3 |
Moneda metálica | 33 | 20.6 | 13 | 11.3 | 46 | 16.7 |
Personas esclavizadas | 57 | 35.6 | 2 | 1.7 | 59 | 21.5 |
Inmuebles | 48 | 30.0 | 36 | 31.3 | 84 | 30.5 |
Testamentos con declaración de deuda | 112 | 70.0 | 60 | 52.2 | 172 | 62.5 |
Testamentos otorgados | 160 | 100.0 | 115 | 100.0 | 275 | 100.0 |
Fuente: elaboración propia con base en agn, er, pe, registros 3, 5 y 6, años 1766, 1769, 1771, 1773, 1775, 1777, 1779, 1780 y 1781.
Entre tanto, la distribución entre géneros permite advertir, nuevamente, la relativa transparencia del testamento en relación con ciertas asimetrías estructurales de esta sociedad: la participación de mujeres declarantes en todos los rubros patrimoniales es menor que la de varones, tanto en la magnitud declarada como en la proporción que dichas declaraciones representan sobre el total. Por lo tanto, la distribución de patrimonio entre declarantes, así como entre sus géneros, expresa la predecible inequidad social en cuanto a la riqueza material, ratificando a un mismo tiempo la utilidad de esta fuente documental para la identificación de atributos estructurales de la sociedad.
En contraste con aquella asimetría de la distribución patrimonial, las deudas activas y pasivas declaradas atraviesan a la mayoría de los testamentos en los que 70% de los varones (112 testadores) y 52.2% de las mujeres (60 testadoras) declararon tener deudas pendientes o ser acreedores de terceras personas. De esta manera 172 testamentos, que constituyen 62.5% del total, dieron cuenta de lazos de obligación económica derivados del endeudamiento, acumulando 1002 declaraciones de deudas (457 créditos a favor, 540 deudas pasivas, junto a otras 5 declaraciones ilegibles por deterioro documental). Se expresa aquí, también, un atributo inherente a la estructura social: el endeudamiento atravesaba a la sociedad asimétrica pero transversalmente, integrándola económicamente.
A su vez, la distribución patrimonial se revelaba consecuentemente más desigual que la distribución de crédito (véase cuadro 2). Considerando la distribución de personas esclavizadas (cuyas magnitudes son más trazables que las de otros activos declarados) entre quienes declararon deudas pasivas (esto es, entre la población que accedió a bienes y servicios sin pago inmediato), se advierte que el acceso al crédito no parecía estar condicionado por la propiedad sobre aquel importante activo comercial del periodo: 50% de los deudores y las deudoras acumularon 261 deudas pasivas sin declarar persona esclavizada alguna bajo su propiedad; el restante 50% de deudores y deudoras, que declararon entre 2 y 16 esclavos, declararon entre tanto las restantes 279 deudas pasivas.
Cuadro 2 Distribución de propiedad sobre personas esclavizadas entre población testadora con deudas pasivas declaradas
Intervalo (n=142) | Personas esclavizadas | Deudas pasivas declaradas |
Q1 | 0 | 99 |
Q2 | 0 | 162 |
Q3 | 2 | 130 |
Q4 | 16 | 149 |
Fuente: elaboración propia con base en agn, er, pe, registros 3, 5, 6, años 1766, 1769, 1771, 1773, 1775, 1777, 1779, 1780 y 1781.
La asimetría de géneros, igualmente estructural, también es visible consecuentemente en los rastros del endeudamiento que dejaron los testamentos: mientras que los 112 testamentos masculinos acumularon 729 deudas pasivas y activas (6.5 deudas por testamento), los 60 testamentos femeninos arrojaron 273 declaraciones de deudas (4.5 por testamento) (véase cuadro 3).
Cuadro 3 Distribución de legados de deudas entre población testamentaria, Buenos Aires (1766-1784)
Género de otorgante | Declaraciones de deudas | Otorgantes | Deudas Activas | Otorgantes con deudas activas | Deudas Pasivas | Otorgantes con deudas pasivas | Deudas de condición ilegible |
Varón | 729 | 112 | 380 | 80 | 345 | 91 | 4 |
Mujer | 273 | 60 | 77 | 27 | 195 | 51 | 1 |
Total | 1002 | 172 | 457 | 107 | 540 | 142 | 5 |
Fuente: elaboración propia con base en agn, er, pe, registros 3, 5, 6, años 1766, 1769, 1771, 1773, 1775, 1777, 1779, 1780 y 1781.
Las deudas declaradas: montos y propósitos
No todas las declaraciones de deuda mencionaban el monto involucrado. Sin embargo, de aquellas 1 002 declaraciones, 863 (86%) expresan el importe adeudado o acreditado por los y las otorgantes, permitiendo el conocimiento de esta dimensión cuantitativa. Un análisis sobre su distribución permite comprender que las deudas más frecuentes eran las que menores montos involucraban: 64% de las deudas con montos declarados respondían a compromisos inferiores a los 61 pesos, protagonizadas por aquellas cuyo importe se ubicaba entre los 0.25 y los 14.06 pesos, las cuales acumularon 37.2% del total (véase cuadro 4).
Cuadro 4 Distribución de montos unitarios por deuda declarada
Intervalo | Montos (pesos) | Declaraciones | Porcentaje de declaraciones |
Q1 | 0.25 a 14.06 | 321 | 37.2 |
Q2 | 14.12 a 61.37 | 231 | 26.8 |
Q3 | 62.18 a 307 | 175 | 20.3 |
Q4 | 314.62 a 13315.68 | 136 | 15.8 |
Fuente: elaboración propia con base en agn, er, pe, registros 3, 5, 6, años 1766, 1769, 1771, 1773, 1775, 1777, 1779, 1780 y 1781.
Entre tanto, si bien los propósitos de aquellas deudas no siempre resultaron discernibles (pues 58.9% de dichas declaraciones no distinguen la razón que ocasionó la deuda declarada), es posible, sin embargo, distinguir los motivos que ocasionaron a las 355 deudas restantes. Los créditos monetarios, la entrega de mercancías a pago diferido, así como las cuentas corrientes abiertas en pulperías y tiendas por los comerciantes a sus clientes o establecidas entre socios comerciales resultaron los tres motivos más frecuentemente declarados, reuniendo 65.1% de las declaraciones de deudas cuyo origen fue explicitado en el testamento. Trabajos pendientes de remuneración completan esa nómina de motivos que ocasionaron las deudas declaradas por testadoras y testadores.
Pequeñas deudas, derivadas mayoritariamente de la adquisición de mercancías y dinero, así como del retraso en el pago de trabajos realizados o servicios prestados, adquirían de esta manera protagonismo en la vida económica de quienes otorgaban su testamento en Buenos Aires durante un periodo clave del siglo xviii porteño.
Dar y tomar: síntoma de un criterio de asignación
Los papeles ejercidos ante las deudas por los testadores y las testadoras entrañan síntomas sobre los criterios que los actores sociales del periodo tomaban en consideración al momento de prestar y pedir prestado.
Observando las 172 personas que dejaron asentadas deudas pasivas y activas en sus testamentos, 142 otorgantes manifestaron deudas pasivas (540 compromisos pendientes de pago), mientras que 107 declararon tener acreencias a su favor (457 créditos por cobrar). Entre estos testadores y testadoras pueden distinguirse dos grupos en función de su función ante las deudas: algunas personas sólo fueron deudoras o acreedoras, mientras que otras expresaron haber dado y recibido. Esta distinción de otorgantes entre grupos con arreglo al endeudamiento porta un factor explicativo sobre los criterios de asignación (véase cuadro 5).
Cuadro 5 Motivos declarados en legados de deudas testamentarias (Buenos Aires, siglo xviii, años seleccionados). Distribución de frecuencia
Motivo | Declaraciones | Porcentaje de declaraciones |
---|---|---|
Crédito monetario | 112 | 25.17 |
Crédito en bienes | 85 | 19.10 |
Crédito en servicios y trabajo | 71 | 15.96 |
Cuenta corriente | 71 | 15.96 |
Sucesion y gastos de defunción | 27 | 6.07 |
Crédito en inmuebles | 22 | 4.94 |
Intereses corridos | 19 | 4.27 |
Crédito en esclavos | 14 | 3.15 |
Crédito en ganado | 14 | 3.15 |
Crédito en plata labrada | 5 | 1.12 |
Pleito pendiente de cobro | 4 | 0.90 |
Cesión de título de deuda | 1 | 0.22 |
Total | 445 | 100.00 |
Fuente: elaboración propia con base en agn, er, pe, registros 3, 5, 6, años 1766, 1769, 1771, 1773, 1775, 1777, 1779, 1780 y 1781.
El primer grupo (aquellas personas que fueron sólo deudoras o sólo acreedoras) reúne a 93 personas (54% de los testadores y testadoras). Sólo 29 otorgantes (17% de ellos y ellas) declararon tener créditos a su favor sin deber nada a nadie, mientras que 64 otorgantes (37%) dejaron asentadas sus deudas pasivas sin declarar que alguien les debiera cosa alguna. El segundo grupo de otorgantes (quienes expresaron tanto quedar debiendo como acreditando valores) está conformado por 78 testadores y testadoras (45% de otorgantes).
De este modo, el espectro de quienes fungieron ambas funciones ―tanto acreditando como debiendo― es levemente más chico que el de quienes únicamente tomaron prestado o dieron a crédito. Sin embargo, la distribución de las deudas entre ambos grupos arroja una diferencia significativa.
En primer lugar, quienes alternaron papeles tuvieron una dinámica más activa y participaron de 70.6% de la totalidad de créditos y débitos declarados, mientras que aquellos otorgantes que no alternaron papeles sólo participaron del 29.4% restante.
En segundo lugar, una observación sobre la distribución de las deudas pasivas resulta más relevante aún a efectos explicativos. Las deudas pasivas acumuladas por el grupo que alternó papeles ascienden a 64% de las declaraciones, mientras que quienes únicamente se declararon en deuda (sin acreditaciones pendientes en su favor) acumularon sólo 36% restante de las deudas pasivas. Por lo tanto, la mayor parte de los recursos otorgados a crédito fue asignada a quienes también se constituían como acreedores.
En otros términos, quienes mayor accesibilidad al crédito tuvieron fueron quienes también lo daban. Este elemento se corrobora al incorporar a la alternancia como una garantía inmaterial que los deudores y deudoras podían ofrecer junto a su patrimonio (véase cuadro 6).
Cuadro 6 Distribución de deudas según el papel de los/as testadores/as. Buenos Aires, 1766-1784
Rol | Otorgantes | Porcentaje | Deudas pasivas | Porcentaje | Deudas activas | Porcentaje | Deudas ilegibles | Porcentaje | Deudas totales | Porcentaje |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Acreedor/a y deudor/a | 78 | 45 | 345 | 64 | 359 | 79 | 3 | 60 | 707 | 70.6 |
Únicamente acreedor/a o deudor/a | 93 | 54 | 195 | 36 | 98 | 21 | 1 | 20 | 294 | 29.3 |
Rol ilegible | 1 | 1 | - | - | - | - | 1 | 20 | 1 | 0.1 |
Total | 172 | 100 | 540 | 100 | 457 | 100 | 5 | 100 | 1002 | 100 |
Fuente: elaboración propia con base en agn, er, pe, registros 3, 5, 6, años 1766, 1769, 1771, 1773, 1775, 1777, 1779, 1780 y 1781.
Como hemos observado, algunas personas manifestaron en sus testamentos ser propietarias de distintos activos: inmuebles, ganado, personas esclavizadas o moneda. Activos de relativa importancia patrimonial que representaban, consecuentemente, un potencial respaldo para garantizar compromisos económicos y habilitar el acceso al crédito.
De las 142 personas que declararon deudas pasivas en sus testamentos (esto es, quienes tuvieron acceso a bienes y servicios con pago diferido), 84 manifestaron ser propietarias de inmuebles, otras 84 manifestaron tener personas esclavizadas en su propiedad, 31 manifestaron poseer moneda metálica y 23 manifestaron poseer ganado en pie. Y también en este segmento de testadoras y testadores con patrimonio es notoria la diferente accesibilidad al crédito que implicaba alternar papeles crediticios o no hacerlo.
Por caso, quienes poseían ganado y sólo fueron deudores manifestaron una media de 2.16 deudas pasivas per cápita, mientras que quienes poseían ganado y alternaron papeles crediticios (es decir, debiendo tanto como acreditando) reportaron una media de 4.5 deudas pasivas per cápita. Lo mismo ocurre con propietarios de inmuebles y de personas esclavizadas: haberse constituido como acreedores o acreedoras parece haber tenido un impacto positivo en la capacidad de esas mismas personas para acceder a crédito de mano de terceros.
Como puede advertirse, la posesión de ciertos activos mercantiles implicaba una mayor colateralización que la posesión de otros. Así, si bien poseer personas esclavizadas no resultaba condicionante para acceder a crédito (tal como se observó previamente), su posesión ofrecía una más sólida colateralización patrimonial que la ofrecida por otros activos (como el ganado en pie) y ello disminuía el impacto que la alternancia de papeles tenía en el acceso al crédito. En el mismo sentido, la posesión de moneda metálica (que durante ese periodo en Buenos Aires era el activo líquido por definición) volvía virtualmente nula la necesidad de alternar papeles para acceder al crédito y, oportunamente, también tornaba prescindente la necesidad de crédito en sí misma (véase gráfica 1).

Fuente: elaboración propia con base en agn, er, pe, registros 3, 5, 6, años 1766, 1769, 1771, 1773, 1775, 1777, 1779, 1780 y 1781.
Gráfica 1 Impacto de la alternancia de roles crediticios en el acceso al crédito. Buenos Aires, 1766-1784 (años seleccionados)
En suma, la alternancia entre el papel de acreedor y el papel de deudor brindaba a las personas una mayor accesibilidad al crédito que la que brindaba la posesión patrimonial. La lógica del do ut des favorecía la participación en los mecanismos del quid pro quo (Mauss, 2002; Wasserman, 2018a).
En efecto, la asignación de recursos a crédito que visualizan los testamentos (primordialmente, deudas derivadas del consumo cotidiano y de la actividad comercial) dependió menos del respaldo ofrecido por la garantía patrimonial que de la capacidad para abrir cauces de flujos bidireccionales de recursos en el largo plazo.
Y esto es así porque las deudas declaradas estaban habitualmente inscriptas en un continuum de créditos y débitos, tal como lo demuestran numerosas declaraciones. De modo que la reputación de los actores económicos, que les habilitaba la posibilidad de tomar valores a crédito cotidianamente, se expresaba asimismo en su disposición para prestar cotidianamente a otros miembros de la comunidad.
Alternar entre papeles crediticios era un fenómeno difundido toda vez que el intercambio orientado al consumo era, en los hechos, un flujo bidireccional de deudas. Así lo corrobora una multitud de declaraciones en las cuales las deudas asumidas o concedidas estaban parcialmente saldadas.
José Caravallo, gallego avecindado en Buenos Aires, declaraba el 16 de diciembre de 1771 que un tal Boloza le debía 25 pesos dobles, pero explicaba a sus albaceas que este ya había pagado 12 pesos y medio, mientras que el resto se los descontaba por haberle alojado y alimentado a él y a su esposa.30
El saboyano José Gazano declaraba el 18 de junio de 1769 que debía a don Juan Bautista Patrón la suma de 70 pesos, pero dejaba asentado que, a cuenta de ese monto adeudado, había dejado en poder de Patrón una hortera con tapa de cobre y algunos comestibles, los cuales tenía apuntado en sus papeles.31
Don Juan Ignacio de Echeverría, oriundo de Guipúzcoa y residente en Buenos Aires, declaraba el 13 de mayo de 1781 que debía algún dinero a Manuel Palacios, el boticario, pero asentaba que "el boticario rebajará el importe de las medicinas que me haya dado, de la cuenta de una reja que le trabajé, que tenía 53 libras a razón de 3 reales cada libra."32
En efecto, 34 personas (19.76% de aquellas que declararon deudas en sus testamentos) dejaron asentado, como en los casos antedichos, que los créditos y débitos vigentes estaban parcialmente liquidados. Pero más elocuente aún es que 147 otorgantes, que representan 53.45% del total de testadores y testadoras, y 85.46% de quienes declararon deudas, expresaron la certeza de quedar debiendo a terceras personas, aun cuando al momento de testar no pudieran recordar las identidades personales de sus acreedores o los montos precisamente adeudados, y lo mismo ocurría con acreencias a favor (en casos en los que el monto pendiente de cobro debía ir a buscarse al libro de cuentas, a sus apuntes personales o, en el caso de pulperos, en las libretas del negocio).33
En efecto, la "fragilidad de la memoria" solía aducirse como razón para obviar la individualización de algunos de acreedores y deudores o de los montos involucrados, expresando a un mismo tiempo la difusión que prestar y pedir prestado había adquirido en la vida cotidiana.
En otros términos, los intercambios cotidianos e interpersonales se asentaban en endeudamientos mutuos, en el que se procuraba sostener un balance entre lo adeudado y lo acreditado, con una dinámica de saldos cambiantes que, oportuna pero no necesariamente, serían liquidados. Y como puede comprenderse, el saldo de estos flujos bidireccionales de deudas sobre los que se apoyaba la economía cotidiana, solía carecer de finiquito al momento de otorgar testamento. De esta manera, las deudas vigentes que el testamento recupera no se limitaban a aquellas originadas en un pasado remoto; la formulación del testamento también irrumpe en momentos en que los intercambios cotidianos y sus deudas resultantes se encuentran en acción y por lo tanto el testamento capta asimismo una imagen de la activa dinámica con la que funcionaban aquellos flujos bidireccionales de débitos y créditos.
Esto explica que la conjugación de las funciones crediticias sobre un mismo actor, que opera alternadamente como acreedor y deudor, tuviese un peso remarcable como criterio de asignación de recursos a crédito, pues permitía identificar la capacidad reciprocitaria del tomador como potencial acreedor.
La posibilidad de un flujo reciprocitario de recursos, aun cuando no necesariamente simétrico, fue un elemento tenido en cuenta para asignar recursos por medios crediticios. Por ello, prestar y pedir prestado solían ir de la mano, caracterizando el accionar de quienes tuvieron mayor acceso a bienes y servicios sin pago inmediato.
Conclusiones
Durante la segunda mitad del siglo xviii, la mercantilización de la economía porteña tomó un impulso acelerado. En la escala local, sus intercambios continuaban apoyándose en mecanismos crediticios, que atravesaban a la sociedad para configurarla como una densa red de deudas. Así, un floreciente mercado se montaba sobre tramas de endeudamiento interpersonales que habían caracterizado a los intercambios cotidianos en la sociedad de Buenos Aires desde su propia emergencia.
Sin embargo, los criterios que orientaban la asignación de recursos a crédito, lejos de acompañar la presunta despersonalización que las concepciones neoclásicas identifican como inherente a las transacciones mercantiles, parecieran haberse mantenido apegados a consideraciones reputacionales. Tanto el reconocimiento de la contraparte, como la proyección de un flujo recíproco de recursos, persistieron entre las pautas tomadas en consideración por los vecinos para definir a quién vender a crédito, a quién prestar y de quién fiarse.
En este sentido, la dimensión local de un puerto con creciente presencia global sugiere que los lazos comunitarios, aun crecientemente asimétricos, no se desintegraron ante la expansión mercantil en Buenos Aires. Antes bien, nutrían socialmente a la retícula sobre la que se configuraba el mercado.