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América Latina en la historia económica

versión On-line ISSN 2007-3496versión impresa ISSN 1405-2253

Am. Lat. Hist. Econ vol.30 no.3 México sep./dic. 2023  Epub 17-Ene-2025

https://doi.org/10.18232/20073496.1354 

Artículos

La cámara de compensación en banca libre, el caso de Antioquia en Colombia: una aproximación

The free banking clearinghouse, the case of Antioquia in Colombia: An approximation

Julián Mauricio Vélez1  * 
http://orcid.org/0000-0002-0511-5320

1Universidad Autónoma Latinoamericana, Medellín, Antioquia, Colombia.

1Universidad Autónoma Latinoamericana, Medellín, Antioquia, Colombia.


Resumen

Un aspecto importante dentro del tema de la Banca Libre, tanto para los partidarios de la evolución hacia la banca central, como Goodhart, como para los teóricos convencionales de la banca libre como estructura alterna es la cámara de compensación. Se quiere describir el proceso por el cual se pudo consolidar el sistema de compensación bancaria en Colombia, 1865-1885, que fue interrumpido por la acción del periodo conocido como la regeneración de Rafael Núñez en 1885, por lo que el sistema bancario no evolucionó a un sistema de banca central, sino que este último fue impuesto posteriormente en la segunda década del siglo xx.

Palabras-clave: Banca Central; Banca Libre; dinero; historia económica

Clasificación JEL: B53; E42; E58; N10

Abstract

An important aspect within the theme of Free Banking, both for supporters of the evolution towards central banking such as, and for conventional theorists of free banking as an alternative structure is the clearing house. We want to describe the process by which the banking compensation system could be consolidated in Colombia, 1865-1885, which was interrupted by the action of the period known as la regeneración of Rafael Núñez in 1885, for which the banking system did not evolved into a central banking system, but the latter was later imposed in the second decade of the 20th century.

Key words: Central Banking; Free Banking; money; economic history

Introducción

Cuando se habla de cámara de compensación o caja de compensación, inmediatamente se trata de justificar la aparición espontánea de esta figura y, por lo tanto, una centralización espontánea que permitiría el curso normal y natural hacia un sistema de banca central. En efecto, las propuestas de Goodhart (1988), Aglietta (1996) y para el caso colombiano, Meisel (1992), Kalmanovitz (2010) de "evolución normal hacia un monopolio natural" son las usualmente aceptadas por la corriente principal. Sin embargo, Selgin y White (1987), al desarrollar el enfoque analítico denominado historia conjetural, el sistema de banca libre se presenta bajo un esquema evolutivo de cuatro etapas: a) aparición de moneda metálica, b) desarrollo de servicios incipientes, c) emisión de billetes de banco y d) establecimiento de sistemas de compensación bancaria (Chávez, 2017).

Así, la cámara de compensación en lugar de derivar la aparición de la figura de banca central, se constituye en una etapa superior de la maduración relativa de un sistema de banca libre.

El objeto de este documento es describir muy generalmente el sistema de compensación bancaria, tratar de mostrar un ejercicio comparativo entre un sistema que se considera relativamente exitoso –por parte de Selgin (2011), Aglietta (1996) y otros– como es el caso del escocés con el caso colombiano que, como se verá, no pudo desarrollar un sistema de compensación, no por ausencia de acción humana o relación espontánea de la acción de los agentes, sino por los actos políticos y de gobierno, relacionados con la revolución de 1884, la oficialización del Banco Nacional y la eventual Ley de curso legal forzoso de 1885 y el contingente proceso conocido en Colombia como la regeneración.

En el caso colombiano, el sistema de Banca Central surgió de manera anómala y forzada por medio de un sistema de compensación, tanto por el hecho de que es una característica de la banca libre como por el hecho de que no alcanzó su desarrollo del todo (Selgin y White, 1987), salvo una pequeña excepción que demostraría ya la consolidación de esta estructura.

Una posible razón por la que este sistema no alcanzó el desarrollo, además de la mencionada por factores exógenos, es la limitada capacidad y las diferencias entre los sistemas de banca libre que existían en Colombia (Chávez, 2017).

Sistema de cámara (caja) de compensación

Según Michael Aglietta (1996), el sistema de cámara de compensación es una "organización centralizada que introdujo resueltamente la racionalidad colectiva en el sistema de pagos" (p. 66). Ejemplos de estas cámaras de compensación se encuentran en Escocia y Estados Unidos. Las cámaras de compensación tienen dos reglas constitutivas: la compensación multilateral y la compensación neta y simultánea de cuentas.

Ésta se convierte en el agente central con base en el cual se determinan las posiciones de crédito y de deuda; permite economizar reservas y reducir drásticamente los costos del recaudo de cheques. Con un funcionamiento normal, la compensación de cuentas podía efectuarse en moneda metálica. Las cámaras de compensación se convierten en agentes de compensación emitiendo certificados por cuenta de los bancos que depositan reservas en sus cajas. En periodos de crisis aguda, la convertibilidad metálica era suspendida y las cámaras se acercaban aún más a las funciones de banco central. Sus certificados servían como pago entre los miembros (Aglietta, 1996, p. 66).

De esta manera, las cámaras de compensación se vuelven agentes que emiten certificados por cuenta de los bancos socios, lo que garantiza la irrevocabilidad (Aglietta, 1996, p. 66). Para Goodhart (1988), la cámara de compensación se convierte en una barrera de entrada y un poderoso factor de desigualdad de la competencia y es vista como el antecedente y la "prolongación lógica de la banca libre [ya que] el banco central es la única entidad capaz de conciliar el control colectivo de los riesgos conjuntos del sistema de pagos y la preservación de una competencia leal entre los bancos" (Aglietta, 1996, p. 67). Asimismo, Selgin (2011) describe el sistema de compensación, aunque advierte que si bien no existe evidencia histórica de un sistema puro, donde no existe algún tipo de regulación, sí recurre a la explicación del sistema de cámara o caja de compensación en un sistema de banca libre como un proceso ulterior que recurre a la figura de un país hipotético llamado Ruritania.

Se entiende entonces que el sistema de compensación surge después del establecimiento de los bancos, de las emisiones, no solo de cheques nominativos, sino también de pagarés y luego de estos, de dinero de banco, que no es otra cosa que un documento oficial donde se establece una autorización, mediante la posesión del documento en cuestión, dada en fe por el mismo banquero, para remediar (cambiar) el valor existente en el documento con el equivalente metálico existente en las arcas del banco. Esto posibilitaría también la emisión de una serie de documentos que permitiría el surgimiento de recursos no existentes físicamente, pero donde el banquero se comprometería a redimirlos, lo que genera una deuda "un dinero, por así decirlo, conceptual y no metálico" (Selgin, 2011, p. 34).

La aparición de cheques negociables hizo posible el establecimiento de cámaras de compensación en las que todas las transacciones entre un grupo de bancos se liquidaban mediante asientos de cargo o abono que las englobaban a todas y recogían los saldos resultantes para cada banco en la compensación bancaria Usher, 1943 en(Selgin, 2011, p. 23).

El sistema de emisión monetaria de dinero conceptual implica la adopción de un sistema de reserva fraccionaria, puesto que, a pesar de que la necesidad de metálico ya no es tan grande, se necesitan conservar algunas maneras para generar liquidez, esto implica "un excedente de monedas y lingotes […] que cabe exportar o darles un uso no monetario. El resultado […] es un aumento de las transacciones que no precisan de dinero metálico para su ejecución. Esto ocasiona un descenso en el valor del dinero metálico que, a su vez, sirve de freno para su producción" (Selgin, 2011, p. 35).

Esto permitiría a los banqueros liberar recursos que pueden ser utilizados como fondos prestables, aumentando el crédito, y este a su vez, permite la emisión de dinero fiduciario interno sin respaldo de metálico (Selgin, 2011) y permite la existencia de unos mejores niveles de producción. Aspecto mencionado incluso por Adam Smith (1776) en La riqueza de las naciones, al mencionar el éxito escocés del que fue testigo. De esta manera, el sistema de banca libre con reserva fraccionaria permitirá la creación suficiente de dinero que evite la depresión y deflación inmediata, esto sin caer en la práctica actual de los bancos centrales modernos con expansiones considerables de la oferta monetaria (Selgin y White, 1987) condición que ha generado inflaciones considerables desde la existencia del monopolio de emisión. Así pues, es necesario la existencia de dinero fiduciario y un sistema de reserva fraccionaria para que se posibilite el surgimiento de cámaras de compensación para "mejorar la aceptación que recibe el dinero fiduciario interno y la eficiencia de las operaciones bancarias" (Selgin, 2011, p. 37). Esta condición, como se dijo, implica que las emisiones realizadas por los diferentes bancos sean reconocidas y aceptadas por el mercado y también reduzca la necesidad de mantener reservas en metálico.

Cuando los consumidores logran confianza en los billetes de banco, generado por el conocimiento previo sobre la posibilidad de redimir (cambiar) los billetes por su respectivo equivalente en metálico; además, esta confianza les permite diferenciar más fácilmente cuales son los verdaderos billetes de posibles falsificaciones y de los esfuerzos realizados por los mismos banqueros para otorgar esta garantía; se genera un coste de oportunidad para el banquero, quien debe garantizar su reputación.

Esta reputación se encuentra relacionada con el supuesto de ampliar la cobertura de servicio, lo que supone, claro está, la ausencia de reglamentación al respecto –aspecto que, en algunos casos no corresponde, ya que implicó limitaciones para el establecimiento de sucursales en algunos estados soberanos de la Unión Colombiana. Aunque esto dependerá del estado donde se constituya el establecimiento bancario, ya que, en estados como Santander, era posible que una entidad pudiera tener sucursales.

Asimismo, Selgin (2011) reconoce que existe una limitación para la emisión monetaria, determinada por el espacio geográfico donde es reconocido, lo que implica que un consumidor, debe primero redimir los billetes, pagarés y demás notas impresas convertibles en su equivalente metálico para poder establecer relaciones comerciales con otra institución o lugar, lo que genera costos adicionales, al asumir el riesgo de una pérdida por desastre o hurto en el proceso de traslado; así como también la posibilidad de tener un descuento en otro banco, por desconfianza comprendida al redimirlo en un banco diferente al de emisión o a un comercio distante al banco de emisión, en caso de ser aceptado.

Aunque no es lo geográfico la única restricción para la emisión monetaria, puesto que no solamente existen riesgos inflacionarios y de recesión al hacerlo, el coste reputacional de la entidad emisora (banco) así como los costes marginales crecientes que evitarían rentabilidad a los bancos (Sechrest, 1993), garantizan esta restricción, que en últimas contradice la postura generalizada de "locura" de emisión, pregonada por los críticos de la banca libre.

Esta condición implica que los bancos tengan una reserva para eventuales remisiones hechas por sus clientes a razón de sus negocios. Esto genera, como ya se dijo, riesgos ingentes y, por lo tanto, costos adicionales de transacción, únicamente por permitirse y aún existir transacciones en metálico.

Dado ese costo de oportunidad, que es un costo real asumido por los bancos, es necesario optimizar, tratando de minimizarlo; esto se logra menguando las transacciones con metálico y fortaleciendo las realizadas con dinero fiduciario. Téngase en cuenta que existen no solo costos por la utilización del metálico, ya mencionados, sino que también existen otros costos adicionales al utilizar el mismo dinero fiduciario, como es el caso de la existencia de descuento al entregar al comercio o a otro fondo de billetes de banco; aunque esto podría solucionarse teniendo depósitos en diferentes financieras. La diferencia entre los rendimientos obtenidos implica también un costo, lo que de manera natural y por parte de cada individuo se hace difícil aceptar.

Este costo es percibido por agentes que pueden apreciar que el descuento puede ser menor y, de esa manera, disminuir los costos que, como se dijo, es el objetivo de la optimización, fungiendo como casas de cambio. En efecto, varios privados pueden contener diferentes billetes de banco, y garantizar cambios entre sí, aceptando un descuento, pero menor al que pudiera tener en el comercio mismo, y al mismo tiempo, obtener una ganancia como cualquier casa de cambio de la actualidad.

Estas ganancias obtenidas, inicialmente por parte de algunos particulares, pueden ser también obtenidas por los mismos bancos, reconociendo un descuento cuando hacen el cambio por metálico de un banco foráneo, descuento que se recupera cuando la entidad financiera envía al banco emisor el billete para su remisión, y en algunos casos, cuando aplica, el reconocimiento de los intereses.

La competencia por este negocio, compartida por particulares y bancos mismos, "acaba reduciendo a cero las comisiones de intercambio de billetes, reflejo de la eliminación de los márgenes de arbitraje. Esto, en último término, conduce a que los bancos […] acaben por aceptar a la par los billetes de los demás bancos" (Selgin, 2011, p. 40). Por lo que generaría un aumento de la utilización el dinero bancario, puesto que, como ya se dijo, hay una disminución en los costos, una relación de competencia entre los agentes y una menor utilización de metálico.

Así, para economizar el uso del dinero metálico, los bancos rivales tenían que intercambiar billetes con bastante frecuencia para compensar las obligaciones mutuas. Entonces solo los saldos netos de compensación, no los brutos, eran los que necesitaban ser compensados con dinero metálico. Por lo tanto, los bancos se podían aprovechar de la ley de los grandes números, de manera que cada vez más el dinero metálico podía dedicarse a usos no monetarios (Selgin, 2011, p. 41).

Ahora bien, el hecho de que se generalice el uso de moneda fiduciaria no implica el abandono total del metálico, los bancos deben mantener precaución y actuar con prudencia ante posibles corridas bancarias, muchas generadas incluso, por sus mismos bancos competidores, lo que implicaba mantener reservas que permitiera entregar en remisión las emisiones realizadas y no solo por el valor nominal, sino por el reconocimiento posible de algún nivel de interés.

No es necesario, por tanto, contar con un sistema de reserva del 100% como lo presenta Huerta de Soto (1993), quien asume que las corridas bancarias se dan por tener condiciones de reserva fraccionaria. Al respecto, Sechrest (1993) muestra que no es la reserva fraccionaria la que genera las corridas y quiebras bancarias, sino las regulaciones o errores en otorgamiento de créditos, así como el hecho de que los agentes no recurren al metálico, sino a cambiar los depósitos de un banco a otro lo que ha generado la problemática.

El sistema de cámara de compensación surge, según Selgin (2011), cuando las entidades financieras llevaban los billetes de bancos rivales para que se les reconociera el reembolso equivalente en metálico, lo que permitía aumentar sus propias reservas, así "podían conseguir compensando entre sí los billetes de unos y otros, formalmente se pusieron de acuerdo para realizar con regularidad esas compensaciones de billetes y cesaron de adquirir billetes de los bancos rivales, salvo aquellos que llegan a ellos para intercambio o depósito" (Selgin, 2011, p. 42) (véase figura 1).

Fuente: elaboración propia con base en Selgin (2011, p. 43).

Figura 1 Sistema de Compensación Bancario de Selgin 

La figura 1 representa el sistema de compensación propuesto por Selgin (2011), el cual supone un sistema de banca libre sin restricciones ni regulaciones, la existencia de condiciones de competencia y la no condicionante de descuento en el reconocimiento de los billetes de los bancos interactuantes.

En efecto, en ausencia de cámara de compensación cada banco debe tener las reservas suficientes para cubrir las emisiones realizadas de billetes correspondientes a 50 000 unidades monetarias, incluso, es posible que, a lo sumo, fuera necesario disminuirlas a 20 000 o 40 000 (Selgin, 2011). La figura 1 muestra que solo sería necesario mantener una reserva correspondiente a 10 000 unidades monetarias para responder a las 10 000 unidades con las que queda el banco A de billetes del banco C.

Así, el sistema funciona bajo el supuesto de que cada uno de los bancos, adicional al metálico que tienen, poseen depósitos en billetes de los otros bancos (véase figura 1). Si existe un proceso de compensación entre estos bancos, el banco A entregaría al banco B la cantidad de billetes que posee, a cambio de la totalidad de billetes que este posee del banco C. Así, el banco B se ve compensado y liquida la totalidad, sin quedarse con billetes de bancos competidores.

Seguidamente, el banco A, mantiene 20 000 unidades del banco C, mientras que este mantiene 10 000 unidades del banco A. El banco C entrega al banco A, la totalidad de sus billetes y este le entrega la misma cantidad en billetes del banco C que poseía. Así, el banco C también se ve compensado y liquida la totalidad, y queda en condiciones similares al banco B. El banco A por su parte, liquida la totalidad de billetes recibidos emitidos por él mismo (que son 10 000 unidades monetarias) y queda con una reserva de 10 000 unidades monetarias emitidas por el banco C.

De esta manera, el banco C, debía contar con el total de metálico para responderle al banco A, y este los recibiría como saldo a favor en sus reservas. Sin embargo, como el procedimiento no finaliza, esto implica que tampoco exista la necesidad de reconocimiento inmediato, puesto que el saldo a favor en sus reservas puede ser obtenido por cualquiera de los otros bancos en otro momento. El banco C solo queda con la responsabilidad de responder por la emisión realizada, si no quiere verse desfinanciado y salir del sistema.

Puede decirse que las cámaras de compensación surgen de la necesidad de optimización de los agentes, que permiten la minimización de los costos, tanto de transporte, de oportunidad, de transacción como también de los mismos zapatos de los empleados de los bancos Gibbons, 1858 en(Selgin, 2011).

Con el tiempo, las cámaras de compensación sirvieron también como entidades de prestigio y el ofrecimiento de servicios de información crediticia de los clientes de sus miembros, así como una especie de superintendencia financiera que vigilaba el accionar de sus afiliados. Así mismo, las cámaras de compensación también pueden servir para la fijación de precios de los servicios financieros, coeficientes de reservas comunes y otros elementos propios del sistema de fondos prestables, como es la emisión de dinero bancario por parte de los asociados (Selgin, 2011).

Como se dijo, algunos autores han visto el desarrollo de la cámara de compensación como la desembocadura hacia un sistema de monopolio natural de emisión y la creación de la figura de banco central; sin embargo, Selgin (2011) aclara que, por el contrario, se trata de una industria "consistente en numerosos bancos que en competencia emiten billetes de banco y crean depósitos en cuenta corriente, la mayoría de ellos con una red de sucursales bien difundida y todos ellos adheridos a una o más cámaras de compensación bancaria" (p. 48). Además, el sistema de cámara de compensación implica siempre el derecho de la remisión de las emisiones monetarias de los bancos en su equivalente en metálico, aunque este no sea ejercido nunca (Selgin, 2011).

Cámara de Compensación en Escocia

El caso de Escocia es un caso controversial. Si bien existe postura sobre el asunto, al reconocer el caso escocés como un caso exitoso de banca libre y de establecimiento de una caja o cámara de compensación, de acuerdo con Selgin (2011), Arévalo (2010), Dow y Smithin (1992), Smith y Yeager (1990), Selgin y White (1987) y con el reconocimiento por un testigo ocular como Adam Smith (1776) las posiciones sobre un banco central privado o un sistema de apoyo privado a un banco central se extienden desde o como una etapa anterior al establecimiento de banca central desde Goodhart (1988), Aglietta (1996) y para el caso colombiano, Meisel (1992), Kalmanovitz (2010), al igual que Gorton (1985) y Sechrest (1993) que asumen no solo que el banco central lo antecede un sistema de banca libre, sino que también el caso escocés representa un sistema de facto de banca central privada.

Sin embargo, para efectos de este ejercicio, se mantendrá, por un lado, el supuesto presentado por Selgin (2011) y Smith y Yeager (1990) solo dando algunos detalles de por qué el caso escocés puede considerarse exitoso como sistema de banca libre y el establecimiento de cámaras de compensación no se constituye en un elemento previo al establecimiento de banco central.

En efecto, el ejemplo presentado en la literatura como exitoso, referente al sistema de banca libre ha sido Escocia, por lo cual, de acuerdo con Selgin (2011), se pudo desarrollar un sistema de compensación bancaria –aunque no el único–, también en Nueva Inglaterra y en Nueva York se estableció un sistema similar, aunque con diferentes tipos de restricciones.

El sistema de banca libre en Escocia parece rastrearse hasta 1716 (Arévalo, 2010) e incluso desde 1695 (Dow y Smithin, 1992) y se extendería hasta aproximadamente 150 años ya entrado el siglo xix. Es claro que el proceso de conformación de las cámaras de compensación fue más tardío, resultado del proceso ya mencionado anteriormente, y expuesto por Selgin y White (1987), mismo que fue generado por la acción humana y resultado, por tanto, de la generación espontánea del mercado, como también se mencionó anteriormente.

Cabe mencionar que no puede considerarse que, por un lado, el sistema de banca libre escocesa dependa esencialmente del sistema de banca central inglés; por otro lado, porque como se mencionó, Dow y Smithin (1992) establecen incluso el surgimiento del sistema antes de la expedición del Acta de la Unión entre Inglaterra y Escocia a principios del siglo xv iii. Ahora bien, como el sistema de compensación es posterior, este no obedece al establecimiento de condiciones propias conducentes a una monopolización de la emisión, sino por el contrario, la libertad de establecer clubes de libre acceso o exclusión.

Puede decirse que el sistema de compensación empezó en Escocia en 1727, cuando el Banco Real de Escocia empezó a aceptar a la par los billetes de su rival el Banco de Escocia (Selgin, 2011), ello, sin embargo, no implica una consolidación inmediata de un sistema de compensación, por el contrario, fueron decisiones deliberadas de algunos bancos para establecer su poderío tratando de expulsar a sus competidores o garantizar ganancias; lo que precedería al surgimiento propiamente dicho de un sistema de compensación.

En efecto, los bancos más grandes y reconocidos, si bien podían aceptar las emisiones de sus competidores, rechazaban las emisiones realizadas por los bancos recién establecidos (Selgin, 2011). Sin embargo, al ser aceptadas las notas por parte de los bancos que se establecían, el flujo de metálico y reembolsos en favor de estos obligaría a la aceptación mutua, por lo menos esto se daría hasta 1771.

Respecto al sistema de banca libre en Escocia, es descrita por un testigo temporal, el mismo Adam Smith (1776), quien, en su aporte sobre la naturaleza, acumulación y empleo del capital, cuando se ocupa del dinero, menciona el exitoso caso escocés y lo compara con el inglés:

En Escocia, de veinticinco o treinta años a esta parte, se ha registrado una operación de esta clase con la apertura de algunas nuevas compañías bancarias en casi todas las ciudades de consideración, y aun en algunas pequeñas poblaciones. [...] Los negocios del país se efectúan utilizando el papel de esas compañías bancarias, y así se realiza la mayor parte de las compras y los pagos corrientes. Rara vez aparece la plata, como sean en el cambio de billetes de veinte chelines, y el oro mucho menos. Y aunque la conducta de esas compañías no ha sido irreprochable, y se ha necesitado un Acta del Parlamento para regularlas, el país ha experimentado un beneficio grande en sus operaciones (Smith, 1994 [1776], p. 269).

El sistema de compensación bancaria de Escocia es, según Selgin (2011), el resultado de la competencia, es decir, es la evidencia de un proceso de autorregulación generada por el mercado a manera de mano invisible. En efecto, si bien puede percibirse una competencia bastante fuerte, donde incluso, algunos bancos pequeños y rurales debían blindarse con reservas metálicas considerables –Charles Munn (1981) menciona de hasta 61.2% de sus emisiones (Selgin, 2011)–, los demás bancos podían tener reservas mucho menores y la cantidad de metálico necesario era menor a medida que la aceptación del público de las notas de banco (billetes) se volvía más habitual.

Sin embargo, cuando se adopta el sistema de compensación bancaria, el nivel de reservas era mucho menor y llegó a ser de 2% (Munn, 1981 en Selgin, 2011), esto surgió de manera anómala y forzada por medio de un sistema de compensación, tanto por el hecho de que es una característica de la banca libre como por el hecho de que no alcanzó su desarrollo del todo. (véase figura 1).

Si bien podría decirse que el sistema de cámara de compensación en Escocia inició en el siglo xviii con la aceptación mutua de billetes de banco –y estas no funcionaron sino de manera extraoficial e informal durante mucho tiempo– no es sino hasta 1828 cuando se crea el Comité de Directores Generales en Edimburgo, lo que generó el primer sistema de cámara de compensación en banca libre seguida de la neoyorkina en 1853.

La de Londres surgiría hacia finales del siglo xviii, sin embargo, en esta "eran cheques en lugar de billetes lo que se intercambiaba, porque el Banco de Inglaterra era el único que emitía billetes en aquella demarcación" (Selgin, 2011, p. 44). Fue en 1836, que el sistema escocés se amplía con la participación de los directores de Glasgow. Aunque como lo advierte Selgin (2011), "en sí no se trataba de una asociación de cámaras de compensación" (p. 44).

Nótese que el sistema inglés es posterior, en cuanto a cámara de compensación se refiere al sistema escocés y no al revés. Antecediendo la de Escocia por casi 50 años. Sin embargo, parece que no se pusieron de acuerdo respecto a las reservas bancarias, tipos de interés y otros aspectos (Selgin, 2011).

El desarrollo del sistema escocés tuvo ciertas características que muy pronto lo distinguieron de los sistemas imperantes en otros países. La competencia era muy fuerte y los bancos se atenían estrictamente a la práctica de compensar mutuamente sus billetes; los intercambios se llevaban a cabo con regularidad, dos veces por semana, y los saldos se liquidaban en forma inmediata. Casi desde el principio organizaron sucursales, y los depósitos y el sistema de préstamos evolucionaron con mucha rapidez, en comparación con otros países (Smith, 1995, p. 12).

En efecto, en su apogeo, el sistema escocés combinó una fuerte competencia con una banca segura y no propensa a fallas. Inglaterra, por el contrario, tenía seguridad, pero poca competencia en Londres y una fuerte competencia, pero poca seguridad, en el campo. Una prueba contundente de la competitividad del sistema escocés se ve en el diferencial entre las tasas de interés de los préstamos y depósitos, que era de solo uno o dos puntos porcentuales. Ningún banco era desproporcionadamente grande: la mayor parte de la circulación de billetes en 1844 era de alrededor de 14%, y otros cinco bancos tenían entre 9 y 12% cada uno. Todos los bancos, excepto unos pocos, tenían muchas sucursales, lo que daba a Escocia más oficinas bancarias per cápita que Inglaterra o Estados Unidos. La mayoría de los billetes de los bancos circulaban con facilidad por todo el país a la par, ya que todos los bancos emisores pertenecían a la cámara de compensación de Edimburgo. La cámara de compensación no se convirtió en un banco de banqueros. Cada banco tenía sus propias reservas, aunque tenían relaciones de corresponsalía con los bancos de depósito de Londres, y liquidaban entre ellos giros en Londres. En Edimburgo no surgió ninguna institución bancaria central, ni el Banco de Inglaterra proporcionó servicios bancarios centrales a los bancos escoceses (Smith y Yeager, 1990, p. 13).

El sistema de banca libre y con él las cámaras de compensación escocesas finalizan en 1845. En Escocia existían 19 bancos de emisión y 363 sucursales bancarias abiertas al público; claro está, con predominio de cuatro bancos que ofertaban la mayoría de los billetes de circulación y, al mismo tiempo, las oficinas bancarias White, 1984 en (Selgin, 2011).

El sistema de banca libre y con él, el sistema de compensación bancaria finaliza con la aprobación del Peel’s Act de 1844 o Bank Charter Act, donde se otorga el monopolio de emisión al Banco de Inglaterra, lo que contradice claramente la posición de desarrollo natural hacia el banco central precedido por el sistema de banca libre propuesto por Goodhart (1988) y Aglietta (1996).

Así pues, el sistema de compensación escocesa se basaba en la red de sólidas instituciones existentes en Escocia, libres de la interferencia legislativa y en las cuales, el negocio de los depósitos se encontraba ya muy desarrollado –por su notable éxito y por estar libre de los excesos que acarrean las suspensiones– (Smith, 1995, p. 12). Pese a las circunstancias, el sistema escocés fue exitoso. Ejemplo de ello es la quiebra del Banco Ayr en 1772, que se debió en gran medida a las condiciones de competencia naturales, generadas por la emisión irresponsable de billetes (véanse Smith, 1994; Smith, 1995) y, en todo caso, antes del establecimiento de manera convencional y formal del sistema de compensación en Edimburgo en 1828.

Cámara de Compensación en Antioquia, Colombia

De acuerdo con la intención del ejercicio investigativo, se desea verificar el nivel de conformación de un sistema de compensación bancaria en condiciones de banca libre en Colombia que garantice el cumplimiento de los supuestos de la tendencia principal donde el caso colombiano se dirige hacia la constitución de un sistema de banca central. Para ello, es necesario preguntarse si existió en Colombia una cámara de compensación como antecedente de la conformación del sistema de banca central pues, según la propuesta teórica, esta tuvo que ser anterior a la constitución del Banco de la República hacia 1923.

Es claro que para el periodo denominado prosperidad al debe donde se cuenta con la visita de la misión Kemmerer, la cual daría origen al Banco de la República y, con este, el sistema de banca central, en Colombia no existía más que una junta de emisión establecida como mecanismo de ajuste a los brotes hiperinflacionarios de la crisis posterior a la Guerra de los Mil Días.

Si bien, se carece de un banco central, las funciones principales del sistema de fondos prestables eran responsabilidad de algunos bancos privados como el Banco de Colombia o el Banco López, que quebraría en este tiempo. Esa es una muestra de la no existencia de algún tipo de sistema de compensación bancaria dada la exagerada regulación existente.

Lo más cercano a un sistema de compensación bancaria se dio en el periodo de la banca libre, antes de la existencia de la ley de curso legal forzoso en 1885. Así,

Otra de las innovaciones financieras del Banco de Colombia consistió en la aceptación de billetes de otros bancos, la idea surgió después del establecimiento de relaciones con el Banco de Antioquia para la obtención de un crédito recíproco. El Banco de Bogotá adoptó el mismo mecanismo, pero lo restringió a uno de conversión bilateral, en su caso, sólo aceptaría los billetes del Banco de Colombia [...]. Cundinamarca fue la única región del país en la que emergieron estos mecanismos, los cuales corresponden a la última etapa en la evolución de la banca libre según el modelo de White y Selgin. Debido a la ofensiva gubernamental, no se llegaron a establecer cámaras de compensación multilateral (Chávez, 2017, p. 280).

Cabe destacar que el Banco de Antioquia se fundaría en la década de 1870, al igual que el Banco de Bogotá que es considerado el primer banco fundado en Colombia en 1872. El Banco de Antioquia sería uno de los que más se verían afectados con la promulgación de la ley de curso legal forzoso en 1885, que a la postre, lo llevarían a la quiebra poco tiempo después y no alcanzaría a ver, ni siquiera, el nuevo siglo.

Al respecto, Botero (1985) establece que los bancos, minas y demás casas bancarias, establecían "acuerdos no sólo entre sí, sino con entidades bancarias de otras regiones del país para el recibo de sus billetes" (p. 102). Ejemplo de ello son los acuerdos entre el Banco de Antioquia, Restrepo y Cía., Botero Arango e Hijos, que celebraron entre ellos y el Banco de Cartagena, en 1884 para el cambio y recibo recíproco de billetes hasta por 2 000 pesos trimestrales para cada uno de ellos.

En 1882, por su parte, el Banco de Antioquia había establecido relaciones y aceptaba billetes emitidos por el Banco Industrial de Manizales (El Mensajero Noticioso, 30 de noviembre de 1882 y 14 de agosto de 1884, en Botero, 1985).

Además de los bancos con actividades financieras o de desarrollo, surgieron aquellos desde una industria en específico, así fue el caso del banco de la mina El Zancudo, filial de la sociedad del mismo nombre.

Respecto a las minas, la mina El Zancudo y su banco, filiales de la sociedad del mismo nombre, fue importante para este periodo. Para 1887 se habían acuñado en la casa de moneda de Medellín no solo monedas hechas con metales extraídos por esta mina en Titiribí, sino también de las minas de Supía.

Ya para el año 1885 los billetes emitidos por este banco "gozan de entero crédito y son cambiados a su presentación en los respectivos establecimientos" (Periódico Oficial del Estado Soberano de Antioquia, 1885, en Botero, 1985, p. 102).

Era tan importante y con gran credibilidad la emisión de este banco de notas convertibles que "[l]os billetes de este banco eran recibidos como dinero por las casas de: Restrepo y Cía., M. A. Santamaria y Lalinde, Manuel Santamaria e Hijos, Mariano Uribe e Hijos, y por el Banco de Antioquia, Banco Popular y el Banco de Medellín" (Mensajero Noticioso, 1883, en Botero, 1985, p. 103).

Todos estos acuerdos establecidos en su mayoría por el Banco de Antioquia que tenía la garantía de que las emisiones realizadas eran de absoluta aceptación, al punto de que no existía descuento al pagarse o redimirse en los demás bancos; lo que lo constituye en una especie de centro donde orbita la intención espontánea de conformación de un sistema de compensación. Sin embargo, el Banco de Antioquia, si bien era de origen semipúblico, es decir, con aportaciones gubernamentales, no fue para nada un banco emisor o una especie de "Banco Central regional [donde] el Estado ejerce un control sobre las emisiones y el circulante. El Banco seguía siendo libre en sus decisiones. Era la Junta Administradora la que disponía la emisión de billetes, la cuantía de la misma [sic] y las series en que se verificaría" (Botero, 1985, p. 95). Al punto de que las emisiones eran debidamente respaldadas por metálico, hipotecas o prendas (Botero, 1985).

En efecto, el surgimiento de este sistema rudimentario de caja de compensación se da en Antioquia, lugar geográfico de toda la federación donde se concentraba la producción de oro, así como también en el periodo que coincide con la denominada colonización antioqueña que permitiría el aumento de la frontera agrícola, el despegue cafetero, que cambiaría el eje del norte del Santander, en límites con Venezuela, al centro del país, en la zona del sur del estado de Antioquia en zonas limítrofes con los estados del Cauca y del Tolima.

La gráfica 1 muestra tanto las variaciones de las emisiones o acuñaciones hechas por la casa de la moneda necesarias, entre otras cosas, para garantizar el respaldo metálico y, por lo tanto, la reserva bancaria, como la variación de la producción de oro característica del estado de Antioquia. Puede observarse que la acuñación tiene un decrecimiento hacia los años 1881-1882, año que se establece, según el Mensajero Noticioso, el primer acuerdo entre los bancos de Colombia, Antioquia y el Industrial de Manizales, congruente con la propuesta de Selgin (2011) (véase figura 1), donde la necesidad de respaldo es menor con existencia de un sistema de caja de compensación.

Fuente: elaboración propia con base en Uribe (1882).

Gráfica 1 Variación de las Emisiones monetarias en Antioquia (monedas de Oro) 

Es claro que las acuñaciones no se deban del todo a este fenómeno; sin embargo, como se demostró más arriba en el caso escocés, la demanda de metálico y la evidenciada aceptación de billetes, en especial del banco de Antioquia, harían que la demanda por las monedas y el metálico en general tuviera que disminuir.

Aquí un ejemplo del nivel de aceptación de los billetes emitidos por el Banco de Antioquia:

Los billetes del Banco Mercantil de Medellín eran emitidos en cinco series, así: Serie "A", billetes del valor de un peso ley; serie "B", billetes del valor de cinco pesos ley; serie "C", billetes del valor de diez pesos ley; serie "D", billetes del valor de veinte pesos ley, y serie "E" billetes del valor de cincuenta pesos ley. Estos billetes eran pagados al portador y a la vista en la oficina del Banco, en monedas de oro o plata corrientes y de aprecio en el mercado, o en billetes del Banco de Antioquia (Botero, 1985, p. 77).

Asimismo, la prensa bogotana menciona que “[e]l Banco de Antioquia tiene una garantía que se considera innecesaria en todas partes y es la hipoteca de valiosas fincas a favor de los compromisos del Banco para con los tenedores de sus billetes y no los hay que inspiren más confianza que estos. Pero es que Antioquia tiene condiciones de orden y seguridad que no existen en el resto de la Confederación El Orden, 1887, en (Botero, 1985, p. 100).

Para 1882, inicia el declive de la acuñación por una diminución de demanda en metálico, producto de un proceso de consolidación de un sistema de compensación en Antioquia, quizá centrado en el Banco de Antioquia (véase gráfica 2 en Acuña y Álvarez, 2014).

La tendencia creciente de circulación de billetes, después de 1882, coincide con la disminución de acuñación, la cual tiene sentido con la creciente oferta y demanda de billetes, representada en la circulación (véase gráfica 2 en Acuña y Álvarez, 2014).

Por su parte, Acuña y Álvarez (2014) comentan que "[p]or un lado, en Medellín, la posibilidad de tener billetes del Banco de Antioquia en circulación parece haber reducido la amonedación de oro, exceptuando los periodos de crisis políticas" (p. 89); así como también "enfrentados a un alto costo de oportunidad, los individuos de Medellín encuentran individual y socialmente óptimo exportar la"buena” moneda –la plata y el oro– y quedarse para el comercio interno con los billetes del Banco de Antioquia” (p. 103).

De igual manera, Correa (2009) manifiesta que "el nivel de aceptación de los billetes del Banco de Antioquia fue tal que a veces obtuvieron una prima del 1% al 2% sobre su valor nominal" (p. 36). Sin embargo, es muy poco lo que se puede decir de las emisiones realizadas por los demás bancos, puede apreciarse que los contratos de recíproca aceptación mostrarían que los bancos de Antioquia, Colombia, Industrial de Manizales, y quizá, el Banco Popular de Medellín tendrían una aceptación de billetes considerable, así como las emisiones realizadas por la mina El Zancudo.

El nivel de circulación y aceptación de los billetes de banco se ve reflejado en la acción del Gobierno del Estado de Antioquia que, según Botero (1985), privilegiaría y se encargaría de aceptar billetes de los siguientes bancos: "Banco de Antioquia, Banco del Zancudo, Banco de Oriente, Banco del Progreso, Restrepo y Cía., Botero Arengo e Hijos y Banco de Medellín" (p. 102).

Puede decirse que, a pesar de algunos casos puntuales, el periodo de banca libre es de gran estabilidad (Mejía, 2012), y esta estabilidad se muestra con el hecho de que, por una especie de orden espontáneo, el mercado envía señales a los bancos miembros del sistema sobre aspectos relacionados con la demanda de billetes y demás servicios financieros, para responder a la oferta de los servicios de fondos prestables. Así,

los bancos que hayan sobre-emitido verán que el valor de sus billetes en el mercado baja, y observarán un aumento de clientes en busca de cambiar sus billetes por metálico y, por tanto, una reducción correspondiente de sus reservas, indicándole que ha de reducir la cuantía en circulación de sus billetes. De esta forma, el mercado habría de autorregularse. Todo parece indicar que éste fue el progreso sucedido en Colombia, porque, aunque algunas legislaciones regionales como la de Bolívar (la cual era la más estricta), exigían un sistema de reserva no fraccionaria, en la que los bancos tuvieran el metálico suficiente para redimir todos los pasivos a la vista emitidos; en general, la legislación que regía la actividad bancaria en Colombia se caracterizaba por "la competencia libre y abierta y muy poca, o ninguna, regulación gubernamental (Echeverry, 1994, p. 310 en Mejía, 2012, p. 28).

A pesar de esto, el paso del tiempo y las denominadas corridas bancarias obligaron a algunos estados a introducir regulaciones, que a la postre, entorpecieron la acción natural del mercado y que, en últimas, aceleraron la promulgación a nivel nacional de la ley de curso legal forzoso.

Así mismo, Mejía (2012) evidencia que, para el caso de Antioquia, los "bancos mejor interconectados habrían de tener la posibilidad de recibir más recursos, en menos tiempo, de parte del resto del sistema" (p. 29); aparte, el autor incluye un corto periodo de vigencia de la ley, que según se ha dicho, no solo no solucionó los problemas existentes en banca libre –particularmente el de las corridas–, sino que fue la que llevó al desmonte de la misma y la creación de un sistema bizarro.

Conclusiones

Si bien a nivel nacional existía una serie de subsistemas financieros en cada uno de los estados, donde la normatividad establecía aspectos muy diferenciadores, basados en intereses políticos, comerciales o sociales, la estabilidad del sistema de banca libre, para el caso de Antioquia es llamativa.

El análisis que pueda hacerse podría ser calificado como espurio dados los limitantes de un ejercicio exploratorio, así como las limitaciones normativas que no permitían –como es el caso de limitación de sucursales y la condicional predominancia del Banco de Antioquia– unas condiciones de competencia más libre; por lo que el sistema de banca libre antioqueño tuvo un relativo éxito en este estado soberano. Para el caso de las minas, y en particular en Antioquia, la mina El Zancudo, los billetes emitidos por esta firma eran recibidos por la mayoría de los bancos y casas bancarias de Medellín.

La estabilidad fue una constante para el caso antioqueño, puesto que no se presentaron crisis o corridas bancarias, ni quiebras ni cesaciones de pagos por parte de los bancos; es una asidero perfecto para el establecimiento de un sistema de compensación bancaria, por lo menos en Antioquia, lo que permitió el establecimiento de relaciones comerciales y aceptación de moneda por parte de otras entidades de la federación, incluido el Banco de Bogotá y otros bancos de otras regiones y estados de la Unión, aspecto que no se constituye propiamente en un sistema de compensación, pero podría definirse como una etapa previa, o un sistema espontáneo que pudo desarrollarse en clave de esta posición, sin dejar de ser un sistema imperfecto.

Es evidente que la discusión sobre el caso de Escocia sigue abierta; por lo pronto, se asume el supuesto respecto al éxito relativo de Escocia y al funcionamiento del sistema escocés como una condición de banca libre dejando abierta la posibilidad de explorar en el futuro, con más profundidad el sistema de Banca Libre en Colombia.

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Recibido: 21 de Enero de 2022; Aprobado: 17 de Junio de 2022

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