INTRODUCCIÓN
El 27 de septiembre de 1882 se concretó la firma del Tratado de Límites entre México y Guatemala. En este se estableció el límite entre ambos países, en el cual Guatemala renunciaba a los derechos que reclamaba sobre el territorio que actualmente compone el estado de Chiapas. En este sentido, se dispuso la creación de una Comisión de Límites que se encargó de trazar en el terreno la línea divisoria, la que inició labores en 1887. Los trabajos de limpieza de la brecha y la instalación de marcadores fronterizos, así como la entrega de los mapas trazados concluyeron en 1899.
Pese a que en dicho tratado se fijó la frontera entre ambas naciones, no se llegó a un acuerdo sobre el uso y aprovechamiento de las aguas de los ríos que comparten. Tampoco se dijo nada sobre la forma de resolver los problemas generados por la modificación en el cauce de los ríos que sirven de frontera entre ambos países, el Suchiate y el Usumacinta. Situación que se ha mantenido hasta la actualidad, pues los gobiernos de México y Guatemala no han llegado a un entendimiento para la firma de un tratado de aguas internacionales.
La inexistencia de una política binacional en materia de aguas compartidas entre México y Guatemala ha llevado a algunos académicos a señalar que esto se debe al desinterés general de las autoridades mexicanas por los ríos de su frontera sur (García, 2011, p. 131; García y Kauffer, 2009, pp. 149-150). A esta situación contribuye la tensa relación entre ambos países debido a la molestia de Guatemala por la pérdida de territorio, al concretarse la anexión de Chiapas a México en 1824, al grado que en esta república se habla de una “Guatemala incompleta” (García y Kauffer, 2009, p. 150; Kauffer, 2018a)
Este desinterés, según estos mismos autores, se vio reflejado en el ámbito académico, pues para mediados de la década de 2000 había pocos trabajos enfocados precisamente en los ríos de la frontera sur de México. Y, los que existían, analizaban las aguas compartidas sin mencionar su dimensión transfronteriza, cayendo así en un “nacionalismo metodológico”. Esto ha provocado que desde México no se impulsen proyectos que vayan más allá de la frontera e incluso que en los mapas las cuencas queden truncas (Kauffer, 2018b, pp. 25-26).
Fue a inicios del siglo XXI que se comenzaron a realizar investigaciones sobre las dinámicas que se tejen en torno a los usos del agua en la frontera sur y los distintos actores involucrados en estas dinámicas: el Estado, las empresas privadas, la población, entre otros, que defienden sus propios intereses, lo que puede provocar tensiones a la hora de gestionar el aprovechamiento del vital líquido (Kauffer, 2005, 2011, 2014, 2018c). Otros más se han enfocado en analizar la política hídrica impulsada por el gobierno mexicano en la cuenca del río Grijalva durante la segunda mitad del siglo XX (García, 2010; Gallardo, 2023).
Estos trabajos, como se ha mencionado, parten de la idea de que el gobierno mexicano no se ha interesado por atender la situación de las aguas que comparte con Guatemala y Belice, a diferencia de lo que ha sucedido en la frontera norte, con Estados Unidos. Incluso advierten que las autoridades mexicanas deberían tener la iniciativa para establecer un marco legal que permita la gestión en materia de ríos compartidos, ya que sus aguas representan 40% del agua superficial del país (García y Kauffer, 2009, pp. 144-145).
Sin embargo, a través del análisis de documentos de archivo, es posible observar que el gobierno mexicano mostró un temprano interés, desde la segunda década del siglo XX, por firmar un tratado que reglamentara el uso y aprovechamiento de las aguas internacionales de la frontera sur, tal como lo estaba negociando en la frontera norte. En este sentido, el objetivo de esta investigación es mostrar las diferentes acciones diplomáticas del gobierno mexicano para concertar la firma de un tratado de aguas con Guatemala entre 1933 y 1961, considerando cómo se fueron modificando las estrategias, decisiones y posicionamientos a lo largo del tiempo, así como las reacciones y respuestas del gobierno guatemalteco que permiten dar cuenta de las razones por las que no se logró concretar dicho convenio bilateral.
Aunque es importante reconocer que en la gestión de las aguas transfronterizas intervienen otros actores además de los Estados nacionales, esta investigación centra su análisis precisamente en las acciones del cuerpo diplomático mexicano y en las respuestas recibidas de su homólogo guatemalteco. El periodo de estudio inicia en 1933, cuando el embajador de México en Guatemala propuso por primera vez realizar estudios de los ríos internacionales de la frontera sur que permitieran concretar la firma de un tratado de aguas con Guatemala. Fue en 1961, cuando se creó la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA) entre México y Guatemala, que se inauguró un nuevo periodo en las relaciones binacionales en materia de aguas entre ambos países.
Por otro lado, es necesario señalar que, en la actualidad, tanto organismos internacionales (ONU-UNESCO, 2021) como en el ámbito académico (Guevara et al., 2018; Orellana, 2023) se viene utilizando el concepto de aguas transfronterizas para referirse a los recursos hídricos, como ríos, lagos o acuíferos que comparten dos o más países. Sin embargo, en este artículo se hablará de ríos internacionales para referirse a las aguas compartidas entre México y Guatemala, tanto los que sirven de límite como los que cruzan de un país a otro.
Las fuentes que dan sustento a esta investigación se componen de memorándums, oficios, recortes de periódico, correspondencia entre el secretario de Relaciones Exteriores de México y los embajadores de dicho país en Guatemala, así como de los proyectos de tratados de aguas y de creación de las comisiones de límites y aguas propuestas entre 1933 y 1961 que se encuentran resguardados en el Archivo Histórico Diplomático “Genaro Estrada” de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) en la Ciudad de México. Si bien el interés inicial era conocer también las acciones diplomáticas del gobierno guatemalteco, no fue posible acceder a sus archivos, pues ese gobierno considera que esta información es reservada por tratarse de cuestiones de límites. Es por ello que esta investigación se centra en las acciones de las autoridades mexicanas, recuperando sólo algunas de las posturas de las autoridades guatemaltecas a través de las respuestas presentadas por ellos a la embajada de México en Guatemala.
Este artículo está dividido en tres apartados. En el primero de ellos se analizan las primeras acciones llevadas a cabo por el gobierno mexicano durante la década de 1930 para la creación de una CILA con carácter permanente que realizara estudios sobre los ríos, que posteriormente permitiera concertar la firma de un tratado de límites y aguas internacionales. En el segundo apartado se analiza una segunda iniciativa, en el decenio de 1940, en la que el gobierno mexicano propone un tratado de aguas, excluyendo la temática de límites, que incluyera a los ríos Suchiate y Usumacinta. En el último apartado se examina un tercer momento, a finales de la década de 1950, en el que las autoridades mexicanas buscaron nuevamente la creación de una CILA con carácter permanente, como paso previo para la firma de dicho tratado.
PRIMERAS ACCIONES PARA FIRMAR UN ACUERDO DE LÍMITES Y RÍOS INTERNACIONALES (1933-1939)
Al consumarse la independencia en 1821 el gobierno mexicano buscó delimitar sus fronteras y ejercer un control efectivo sobre su territorio. En el caso de la frontera sur, las autoridades mexicanas estaban muy interesadas en extender su territorio con la incorporación de Chiapas, pues se tenía proyectada la construcción de una vía interoceánica en el istmo de Tehuantepec. La unión de Chiapas a México se concretó el 14 de septiembre de 1824.1 Un caso particular fue el del Soconusco, en donde el Ayuntamiento de Tapachula se opuso a la federación a México y declaró su incorporación a la República de Centroamérica. En 1825, ambas repúblicas acordaron que el Soconusco se mantendría “neutral”, situación que se mantuvo hasta 1842, cuando fue ocupado por tropas mexicanas y se declaró su anexión a este país. Esto provocó que las relaciones entre los dos países se volvieran tensas, pues Guatemala veía estos hechos como un proceso de despojo. Esta fue una de las razones por la que la firma del Tratado de Límites entre México y Guatemala se concretó hasta el 27 de septiembre de 1882 (Fenner, 2019, pp. 33, 240-250; Vázquez, 2018, pp. 17, 224 y 234).
Este tratado, como su nombre lo indica, estableció “a perpetuidad” el límite entre ambas repúblicas (véase mapa 1). En él se acordó que una parte de la frontera estaría marcada por “la línea media del canal más profundo” de los ríos Suchiate y Usumacinta.2 Además, se convino la creación de la Comisión de Límites que se encargó de construir los monumentos limítrofes y de crear los mapas de la frontera. Proceso que no estuvo exento de contratiempos, como la muerte de algunos miembros de las comisiones y discrepancias entre ambos países al momento de establecer el trazado del límite. Finalmente, la comisión entregó sus resultados en 1899, más de 16 años después de lo planeado (Caballero, 2014, pp. 75-104).

Fuente: elaboración propia con información disponible en el Instituto Nacional de Estadística y Geografía de México
Mapa 1 Límite y ríos internacionales entre México y Guatemala
Sin embargo, para las primeras décadas del siglo XX la brecha fronteriza había sido cubierta por la selva debido al abandono que había sufrido. A esto se sumaron frecuentes incidentes fronterizos, algunos de los cuales llegaron a provocar muertes, principalmente en el límite entre el estado de Campeche y el departamento de Petén (véase mapa 1) (Castillo et al., 2006, pp. 207-217). Mientras que en el caso de los límites fluviales no se había logrado establecer ningún acuerdo que reglamentara su uso y aprovechamiento.
Ya desde la década de 1920 los embajadores de México en Guatemala comenzaron a señalar la necesidad de llegar a un acuerdo en materia de ríos internacionales con dicho país. A mediados de ese decenio, el embajador Alfonso Cravioto Mejorada (1924-1928) gestionó con el gobierno guatemalteco la firma de un tratado sobre libertad de navegación en los ríos Usumacinta, San Pedro, Lacantún y sus afluentes, con resultados negativos.3
Al iniciar el decenio siguiente, en abril de 1933, el nuevo embajador de México en Guatemala, Gustavo P. Serrano (1932-1935), escribió un oficio al secretario de Relaciones Exteriores en el que señaló la conveniencia de realizar un estudio de “los problemas que en el futuro pudieran presentar los ríos internacionales del sur, o sea, los que son limítrofes entre México y Guatemala, entre México y Belice y los que cruzan de un país a otro”. En este sentido, el embajador advirtió:
No existen en este momento problemas de trascendencia en dichas corrientes; pero tienen posibilidad de aprovechamientos en navegación, fuerza hidroeléctrica, riego y usos domésticos, por lo cual me parece muy oportuno, antes de que se presente algún problema, preverlos con toda calma y ajustar tratados o convenios internacionales […] de la concertación de estos trabajos pudiéramos derivar precedentes que nos fueran favorables al negociar con los Estados Unidos, si es que tuviéramos la fortuna de terminar con los ríos del Sur antes que con los del Norte.4
Para llevar a cabo esta investigación, Serrano propuso la formación de una comisión técnica que recabara datos “y antecedentes de toda clase sobre los ríos internacionales del sur” y, de ser posible, lograr la firma de un tratado internacional sobre la distribución de aguas.5 Como se puede apreciar, el temprano interés del gobierno mexicano por estos ríos internacionales estuvo influenciado por las negociaciones que desde finales del siglo XIX mantenía con Estados Unidos en la misma materia. De concretarse, dicho tratado con Guatemala serviría de precedente en las negociaciones con su vecino del norte. Además, las autoridades mexicanas comenzaban a proyectar el aprovechamiento de esas corrientes de agua para la construcción de presas hidroeléctricas, para el riego, usos domésticos y la navegación.
Según la documentación consultada, estos intentos no prosperaron debido a que fue imposible formar la comisión propuesta. Fue hasta 1937, con Eduardo F. Hay a la cabeza de la SRE (1936-1940), que se comenzó a trabajar en una nueva propuesta para llegar a un acuerdo en materia de ríos internacionales con Guatemala. Eduardo Hay había sido embajador de México en Guatemala entre 1928 y 1932. Durante su encargo como diplomático se percató “del estado de abandono en que se encontraba la línea divisoria”. Así, una vez al frente de la SRE, se preocupó por negociar la firma de un Tratado de Límites y Aguas entre ambos países, por lo que en 1937 comenzó a trabajar en la creación de una CILA con Guatemala que se encargara de resolver los problemas fronterizos, “principalmente en los tramos fluviales”, ocasionados por “movimientos de erosión y de avulsión”, así como a crecientes extraordinarias de los ríos Suchiate y Usumacinta. Además, buscaba aprovechar las aguas de los ríos internacionales para tareas “agrícolas, industriales y municipales, debiendo distribuirse entre los dos países colindantes”. De igual forma, era necesario amojonar nuevamente la línea divisoria, mantenerla limpia y vigilada para prevenir “el contrabando y los movimientos migratorios clandestinos”. Para lograr esto se proponía dotar a dicha comisión de las facultades necesarias para realizar dichos estudios y presentar a los gobiernos de ambos países “la solución adecuada dentro del más elevado espíritu de cooperación y de leal amistad”. En ese momento las autoridades mexicanas estimaban que sería relativamente fácil llegar a un acuerdo con el gobierno guatemalteco para la creación de dicha comisión y como paso siguiente la firma de dicho tratado.6
En el proyecto para establecer la CILA se planteó que esta tendría “jurisdicción exclusiva sobre todas las cuestiones y diferencias” que se suscitaran “en la línea divisoria entre ambas repúblicas”. Se encargaría, entre otras cosas, de conservar en buen estado los monumentos fronterizos y de estudiar y proponer las bases de un tratado internacional que “fije los usos, distribución y manejo de las aguas de los ríos limítrofes e internacionales”, así como las reglas que debieran “seguirse para resolver las cuestiones de jurisdicción o dificultades de otra clase” producidas por “cambios en los cursos de los ríos limítrofes, ocasionados por causas naturales”. Una vez que se firmara el tratado, la comisión se encargaría de velar por su estricto cumplimiento.7
En este sentido, se redactó un documento titulado “Anteproyecto de Tratado Adicional de Límites y Aprovechamientos Fluviales de los Ríos Internacionales para celebrarse entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala”.8 En este se señaló que los ríos internacionales y sus afluentes se utilizarían para el abastecimiento de aguas a las poblaciones ribereñas, para el desarrollo de hidroeléctricas, para aprovechamientos agrícolas, navegación, pesca y cualquier otra actividad que no fuera perjudicial para ambos países. Mientras que para resolver los posibles corrimientos limítrofes por el movimiento de los ríos se proponía “construir obras de protección de las respectivas márgenes”, que también servirían para prevenir inundaciones.9
Ese mismo año, se giraron instrucciones al embajador de México en Guatemala, Adolfo Cienfuegos (1936-1938), para que propusiera al gobierno de ese país la creación de dicha comisión. Sin embargo, no se pudo avanzar en la materia.10 Por esta razón, el 20 de febrero de 1939, el nuevo embajador, Salvador Martínez (1939-1941), solicitó al secretario de Relaciones Exteriores que le enviara la documentación que había sido presentada por su antecesor para enterarse de su contenido y continuar con las negociaciones.11
Un mes después, el secretario Eduardo Hay le respondió indicándole que en ese momento no se buscaba la firma de un tratado de límites y aprovechamiento de aguas, sino de una convención entre México y Guatemala, “para establecer la Comisión Internacional de Límites y Aguas, que decida las cuestiones internacionales que se susciten a lo largo de las fronteras terrestres y fluviales entre ambos países”.12 Es decir, el establecimiento de la comisión era visto como un paso previo para la firma de dicho tratado, pues esta se encargaría de proponer las bases para la firma del mismo. Hay también informó al embajador que su antecesor había recibido una respuesta favorable de parte de las autoridades guatemaltecas, quienes le aseguraron que: “El gobierno de Guatemala considera conveniente estudiar y firmar una convención con el gobierno de México, en la que se regule el equitativo y justo aprovechamiento de las aguas de los ríos internacionales que constituyen fronteras fluviales o terrestres, el mejor amojonamiento de ellos, su conservación en condiciones de fácil reconocimiento o identificación.”13
Por esta razón se pensaba que sólo era cuestión de reanudar las pláticas iniciadas por el embajador Cienfuegos para “llegar a formular la repetida Convención”.14 Sin embargo, ese mismo año el gobierno guatemalteco manifestó “temor de que la creación” de una comisión internacional con carácter permanente “originara problemas que hasta entonces no se habían presentado”.15 De tal forma que las negociaciones no llegaron a buen término.16
Pese a que estos acercamientos fracasaron, el abandono en que se encontraba la línea y los monumentos fronterizos era una preocupación compartida por ambos países. Esto permitió que el 12 de noviembre de 1938 ambos gobiernos acordaran, por medio de “un simple cambio de notas”, la creación de la Comisión Demarcadora de la Frontera México-Guatemala, también nombrada Comisión Internacional de Límites, con carácter temporal.17 Los objetivos de esta comisión consistieron en reparar los monumentos limítrofes establecidos a lo largo del Tercer Paralelo por la primera Comisión de Límites a finales del siglo XIX, muchos de los cuales se encontraban totalmente destruidos o seriamente dañados por el paso del tiempo y por la abundante vegetación de la zona, además de construir nuevos monumentos intermedios y abrir una brecha a lo largo de dicho paralelo (véase mapa 1).18
En 1941 ambos gobiernos acordaron que estos trabajos se realizarían cada tres años, además de que se extenderían a toda la línea divisoria. Así, una vez concluida la apertura de la brecha y la monumentación del Tercer Paralelo se procedió a realizar los mismos trabajos en el meridiano del Ceibo, el Segundo y el Primer Paralelo, tareas que se prolongaron hasta 1958.19 Para el gobierno mexicano, la apertura de la citada brecha era de vital importancia para limitar el ingreso de guatemaltecos por pasos no habilitados, prevenir el comercio no registrado y controlar mejor la frontera, ya que permitiría que el personal de aduanas, los agentes de Migración y miembros del ejército mexicano pudieran vigilarla adecuadamente:
se ha comprobado que por falta de tener abierta la brecha a que me vengo refiriendo y por estar destruidos algunos de los monumentos, ha habido una invasión de territorio mexicano por parte de campesinos guatemaltecos; también es del conocimiento de esa Superioridad que se debe a la misma causa el que constantemente sean detenidos en Chiapas ciudadanos guatemaltecos que se internan fraudulentamente a nuestro país aprovechando la imposibilidad en que se encuentran los agentes de Migración de tener vigilada la frontera como sería de desear, por imposibilidad física de recorrerla debido a la falta de una brecha en buen estado de mantenimiento.20
Así, durante la década de 1930 los intentos por crear una CILA con carácter permanente que permitiera concretar la firma de un tratado de límites y aguas internacionales entre México y Guatemala no prosperaron. En cambio, se acordó la creación temporal de la Comisión Demarcadora, que se encargó de la limpia de la brecha y la reconstrucción de los monumentos limítrofes, es decir, únicamente del límite terrestre, sin que se lograra un avance en materia de los ríos compartidos.
UNA NUEVA PROPUESTA CENTRADA EN EL USO DE LAS AGUAS COMPARTIDAS (1940-1956)
La negativa del gobierno guatemalteco para llegar a un acuerdo que permitiera la creación de una comisión de límites y aguas durante la década de 1930 condujo a la SRE a enfocar sus esfuerzos, en el decenio siguiente, únicamente en la distribución de aguas. Era más urgente para las autoridades mexicanas establecer un convenio que reglamentara la forma en que se distribuirían y se utilizarían las aguas de los ríos que compartían ambas naciones, que determinar qué hacer en caso de que el cauce de los mismos se alterara, modificando con ello la línea divisoria. Lo que no significaba “desconocer la importancia de un Tratado de Límites con Guatemala, confirmatorio y reglamentario del vigente”.21 Con esto, se dejó de lado la idea de crear una CILA con carácter permanente. El interés por concertar esta nueva propuesta de tratado de aguas partía de tres consideraciones fundamentales:
Porque en él pueden sentarse los principios de Derecho Internacional que informan su criterio en las controversias que sostiene con los Estados Unidos y que en este caso serían benéficos y equitativos para Guatemala, y un magnífico precedente en la posición mexicana sostenida dentro de aquellas controversias; porque ciertas regiones de la frontera sur necesitan con urgencia la ejecución de obras de irrigación con aguas internacionales, que México está en la posibilidad de realizar: al satisfacer estas necesidades, le es preciso obrar de acuerdo con Guatemala, por espíritu de justicia y por cumplir principios de Derecho Internacional cuya inobservación reprocha al Gobierno de Estados Unidos; y por último, porque se ha tenido una triste experiencia acerca de las dificultades para llegar a un buen entendimiento en la frontera norte, una vez que se han creado situaciones complejas, a causa del desarrollo de intereses locales por el uso de las aguas, intereses que aún no nacen en la frontera sur, por lo cual se considera muy oportuno el momento para entablar negociaciones.22
Como sucedió desde la década de 1930, durante las pláticas con el país centroamericano se tenían presentes los problemas en la frontera norte, “para no establecer en el sur, principios que perjudiquen los puntos de vista mexicanos sostenidos ante los Estados Unidos”.23 Pues, como ya se mencionó, de concretarse dicho tratado, este sería de utilidad a la hora de continuar las negociaciones con el gobierno estadunidense. Por otro lado, las autoridades mexicanas no deseaban que las negociaciones con Guatemala se prolongaran por mucho tiempo, como había sucedido con Estados Unidos. Al no existir ni en México ni en Guatemala “aprovechamientos considerables de las aguas internacionales” que propiciaran el surgimiento de intereses que pudieran entrar en conflicto, como sucedía en la frontera norte, se pensaba que se tenían mejores condiciones “para llegar a un pronto avenimiento y, por medio de él, evitar que esos conflictos se presenten o, si se presentan, fijar de antemano las reglas para solucionarlos”.24
El secretario Hay señaló que México no podía hacer con Guatemala lo que reprochaba a Estados Unidos. Por lo tanto, era indispensable llegar a un acuerdo en materia de uso y aprovechamiento de las aguas que compartía con el país centroamericano. La propuesta de tratado de aguas presentada por México a Guatemala en abril de 1940, estaba sustentada en principios que se habían ido formando a lo largo de las negociaciones llevadas a cabo con Estados Unidos desde finales del siglo XIX. En primer lugar, se partía de la idea de que los ríos internacionales debían ser tratados como “una unidad física, económica y política y que, por tanto, el carácter internacional lo tiene no únicamente el tramo limítrofe del río, sino todo su curso y el de los afluentes”.25 De tal forma que, si se realizaban obras de infraestructura aguas arriba, estas afectarían positiva o negativamente a los tramos inferiores de dicha corriente. Por esta razón, se planteó que ninguno de los países podía disponer de las aguas de los ríos internacionales sin tomar en cuenta la opinión de su vecino. Este principio es conocido en el derecho internacional como el principio de soberanía limitada.26
Por otro lado, el gobierno mexicano propuso que la distribución de las aguas se realizara de forma proporcional a la superficie de tierra susceptible de riego de cada país, basándose en el principio de distribución equitativa.27 Se aseguró que si la distribución de las aguas se fundaba en otro sistema, “puede darse el caso de que un país tenga a su disposición un volumen que no puede aprovechar por falta de tierras susceptibles de riego, en tanto que el vecino la tenga y no pueda regarlas por falta de agua”. La SRE argumentó que esta postura era equitativa y sin ningún ánimo de aprovechamiento, pues en ese momento se ignoraba si las tierras susceptibles de riego eran mayores o menores a las de Guatemala, “y por tanto no sabe por ahora si la proporción correspondiente puede significarle un mayor o menor volumen de agua”.28 Sin embargo, las autoridades mexicanas omitían decir que estaban muy interesados en asegurar el uso del agua para un distrito de riego que se proyectaba construir a orillas del río Suchiate, como veremos más adelante.
Aunque la SRE advertía la necesidad de fijar las bases que regirían la forma de aprovechar los ríos internacionales, sostenía que debía cuidar que esto no limitara las facultades de México para utilizar el recurso hídrico, ya que en este país “hay más posibilidad inmediata y aun urgente necesidad de realizar obras de irrigación en la zona del Suchiate, posibilidad y urgencia que no tiene Guatemala”. En este sentido, argumentaron que era necesario hacer notar al gobierno guatemalteco que México estaba en la “posibilidad y en la necesidad de utilizar las aguas internacionales de su frontera sur”, pero no quería hacerlo desconociendo los derechos de ese país. Como consecuencia de lo que el gobierno mexicano consideraba una “actitud amistosa y equitativa”, esperaba que se dieran los “pasos necesarios para estudiar el problema y llegar a un acuerdo sobre los usos, manejo y distribución” de dichas aguas.29 Así, bajo el argumento de aparente solidaridad y comprensión, las autoridades mexicanas daban prioridad a sus propios intereses y buscaban sacar ventaja aprovechando las relaciones asimétricas existentes.
Para concretar este acuerdo era necesario realizar estudios técnicos “como los levantamientos topográficos de los ríos compartidos, la medida del escurrimiento anual y otras características”. Entretanto, el gobierno mexicano propuso negociar un convenio que determinara los principios generales, que sería complementado con un tratado posterior, una vez concluidos los estudios mencionados.30 Para realizar estos estudios se propuso la creación de una comisión técnica consultiva y de investigación formada por personal de ambos países, que se encargaría de preparar las bases del tratado de aguas, tomando como puntos básicos:
a) La jurisdicción de las aguas internacionales será común para ambos países. Se definirá que debe entenderse por aguas internacionales.
b) El reparto equitativo, los usos, aprovechamientos y manejo de las aguas, se realizará en la forma en que convengan ambos países, como resultado de los estudios y recomendaciones de la Comisión Técnica.
c) Será común la navegabilidad y flotabilidad de las corrientes, en los tramos internacionales, sin más limitación que las medidas de policía ribereña.
d) Se prohibirán las obras que alteren las condiciones naturales de las corrientes internacionales, con perjuicio del territorio vecino.31
Como se puede apreciar, el primer punto señalaba la necesidad de precisar qué se entendería por aguas internacionales, pues como ya se mencionó, México estaba interesado en que se incluyeran los afluentes. Además de establecer que el reparto se haría de forma equitativa, según conviniera a ambos países. El 2 de agosto de 1940 el secretario Hay instó nuevamente al embajador Salvador Martínez a concertar la firma del tratado de aguas, “pues la cuestión de límites deberá tratarse por separado, en vista de que una combinación de los dos asuntos a más de provocar confusiones, sería motivo de negociaciones más largas y complicadas”. Lo que se esperaba concretar antes de que concluyera el sexenio del presidente Lázaro Cárdenas (1936-1940).32
Sin embargo, la documentación consultada muestra que las anteriores negativas del gobierno guatemalteco para concretar la firma del tratado de aguas como se había propuesto hasta ese momento, llevaron al gobierno de México a centrarse en alcanzar un acuerdo más acotado que incluyera por lo menos a los ríos Suchiate y Usumacinta.
Para lograr este acuerdo, antes de que concluyera el año de 1940 el gobierno mexicano propuso retomar el ofrecimiento de la cancillería guatemalteca para formar una comisión de técnicos que se encargara de estudiar los problemas de aprovechamiento de las aguas del Suchiate, siempre y cuando dicha comisión fuera mixta y se incluyera también al Usumacinta. Los resultados de estas investigaciones serían la base para “un convenio capaz de ser celebrado por ambos gobiernos, que comprenda las dos corrientes internacionales”.33
Como era previsible que estos trabajos demoraran, la cancillería mexicana propuso que ambos gobiernos acordaran sujetarse, mientras tanto, a doce disposiciones para reglamentar el uso y aprovechamiento de las corrientes internacionales, dentro de las que destacan las siguientes:
I. No se construirá ni se permitirá que se construya, en los ríos internacionales y sus afluentes, ninguna obra que cambie o pueda hacer cambiar el curso natural de la corriente.
II. Ambos Estados o sus nacionales pueden construir, con carácter de provisional, obras de protección de las respectivas márgenes, para evitar inundaciones, cambios de cauce o divagaciones y fenómenos de avulsiones o aluvión […].
III. Cada uno de los Estados podrá usar de las aguas de los ríos internacionales y de sus afluentes sin que puedan hacerse en ninguno de los dos Estado obras que anulen o disminuyan peligrosamente el servicio natural de drenaje constituido por los cauces.
V. Los aprovechamientos de las aguas de las corrientes internacionales que se lleven a cabo, en los dos países, antes de que entre en vigor el convenio definitivo que se celebre sobre distribución de esas aguas, no conferirá derechos permanentes en favor de los usuarios, quedando dichos aprovechamientos sujetos a las condiciones que, de acuerdo con las presentes bases, fije el Tratado definitivo.
VI. Los Comisionados determinarán de común acuerdo el orden de preferencia en los usos de las aguas internacionales […].
VII. La Comisión Mixta dará principio a sus labores de investigación por el estudio del río Suchiate en el cual el gobierno de México tiene proyectadas algunas obras de aprovechamiento.34
Esta propuesta tampoco obtuvo una respuesta favorable. Así, la gestión de Eduardo Hay como secretario de Relaciones Exteriores concluyó en noviembre de 1940 sin haber alcanzado la firma de un tratado de aguas con Guatemala.
Sin embargo, para mediados de 1941, el embajador Salvador Martínez informó al nuevo secretario de Relaciones Exteriores, Ezequiel Padilla (1940-1945), que el ministro de Relaciones Exteriores de Guatemala, Carlos Salazar, había recibido instrucciones de su presidente, el general Jorge Ubico, para iniciar las negociaciones “sobre la cuestión de aprovechamiento de las aguas”. El embajador se mostraba optimista al suponer que el gobierno guatemalteco no se opondría drásticamente a llegar, “en términos generales, a algún acuerdo sobre aprovechamiento de aguas”. Además de que no habría dificultades para crear una comisión de estudios sobre el aprovechamiento de las aguas del río Suchiate y del Usumacinta. No obstante, pronosticó una oposición a la idea del reparto proporcional de las aguas internacionales, principio defendido por México, así como a la creación de una comisión mixta o CILA que se encargara de “todas las cuestiones o diferencias que se susciten” en la línea divisoria entre ambas repúblicas, como había sucedido anteriormente.35
Una vez más las negociaciones no prosperaron. En las comunicaciones que mantuvieron en 1942, el secretario Padilla y el nuevo embajador, Francisco del Río Cadeño (1941-1943), se menciona que las autoridades de Guatemala querían firmar un acuerdo que incluyera únicamente al río Suchiate, excluyendo al Usumacinta. Ello parecía fundarse en que el gobierno guatemalteco albergaba la esperanza de que en un futuro pudieran obtener: “una rectificación de la localización de la línea divisoria internacional al occidente del Usumacinta, en la zona que fue objeto de una disputa entre los dos países en el año de 1895, así como en el conflicto creado en la navegación del río San Pedro a causa de que el gobierno mexicano ha obstaculizado el tráfico fluvial de los productos guatemaltecos provenientes del Petén en su traslado al golfo de México”.36
Para el gobierno mexicano causaba sorpresa que el de Guatemala pensara en la posibilidad de que la frontera se modificara, pues este asunto había quedado “definitivamente resuelto en forma amistosa”, en el Tratado de Límites de 1882. El secretario Padilla argumentó que la firma de un tratado de aguas no debía influir en el Tratado de Límites y que la navegación del río San Pedro quedaría resuelta al negociar “el Tratado General que México está dispuesto a celebrar con un amplio espíritu de justicia y con estricto apego a los preceptos del Derecho Internacional”.37 La actitud de las autoridades guatemaltecas muestra que persistía una insatisfacción por la forma en que se habían establecido los límites entre ambos países.
Durante las negociaciones realizadas en 1942, la cancillería guatemalteca también requería excluir los afluentes de los ríos compartidos “que se encontraban dentro de su territorio, de cualquier compromiso internacional”, concentrándose únicamente “en las aguas que escurren en el tramo limítrofe”. Lo que daría como resultado, según la postura mexicana, que el volumen del cauce principal, susceptible de ser repartido, se redujera drásticamente. Por otro lado, como lo había pronosticado el embajador Martínez, el gobierno guatemalteco tampoco reconoció el principio de distribución equitativa, por el contrario, argumentó que el reparto debía hacerse por partes iguales.38 El rechazo de las autoridades guatemaltecas “significaban el fracaso” de las negociaciones para el gobierno mexicano, pues modificar la postura sobre el uso y aprovechamiento de las aguas significaba que debía hacer lo mismo en sus negociaciones con Estados Unidos.39
En septiembre de 1942 el secretario Padilla ordenó al embajador del Río que hiciera “el mayor esfuerzo” para la firma del tratado pero, de no lograrlo, se le encomendó que concertara un arreglo que se enforcara únicamente en el Suchiate, para poder “construir a la mayor brevedad posible las obras de defensa que eviten una divagación de la corriente que pueda perjudicar la estabilidad o buen servicio del puente ferrocarrilero que se está construyendo entre las poblaciones de Suchiate y Ayutla”.40
El Suchiate era un tema de preocupación desde mediados de la década de 1930 debido a la inestabilidad de su cauce a raíz de las crecientes que sufría durante las épocas de lluvia.41 Para avanzar en este nuevo acuerdo, el 8 de octubre de 1942, las autoridades mexicanas retomaron la propuesta hecha por Guatemala, en mayo de 1940, relativa a la creación de una comisión conjunta que se encargara de realizar “estudios técnicos relativos al río Suchiate”. Para ello se designó a los ingenieros que realizarían dichos estudios y se esperaba que Guatemala hiciera lo propio para poder constituir una comisión mixta. También se propuso la celebración de un “convenio transitorio entre los dos gobiernos” para reglamentar el uso y aprovechamiento de las aguas del Suchiate entretanto se realizaban los estudios mencionados y se concretaba el acuerdo definitivo. En el momento en que ambos Estados lo acordaran, el gobierno mexicano esperaba llegar a un convenio similar para el río Usumacinta.42
Finalmente, el 3 de noviembre de 1942 se firmó el “Modus Vivendi”, convenio con el que se reglamentó el uso del puente internacional provisional del río Suchiate, se acordó la construcción de un puente definitivo y se convino estudiar un sistema de obras de defensa para prevenir inundaciones, la movilidad de su cauce, así como la creación de un plan de aprovechamiento equitativo de sus aguas. Excluyendo del acuerdo al río Usumacinta.43
El 14 de febrero de 1943 se creó la Comisión Coordinadora del Suchiate o Comisión Mixta de Ingenieros del Suchiate, a la que se le encargó realizar estudios para la construcción de un puente internacional definitivo sobre dicho río para el tránsito del ferrocarril, de vehículos y de peatones, además de la planeación y urbanización de una ciudad que se denominaría “Miguel Hidalgo y Costilla”.44 Las autoridades mexicanas estimaban que la ejecución de las obras de aprovechamiento de las aguas del río Suchiate despertarían el interés del gobierno guatemalteco para reanudar las negociaciones para la concertación del tratado de aguas. Por esta razón se recomendó avanzar en la realización de los proyectos hidráulicos, que además beneficiarían esa zona fronteriza.45
En este sentido, en 1944 se presentó un proyecto con el que se planeaba irrigar 7 500 hectáreas para la siembra de plátano, palma de coco, cacao, piña, ajonjolí, maíz y frijol. Productos que ya se cultivaban en la región, pero que se planeaba producir de manera intensiva.46 Así, durante los años siguientes una buena parte de los trabajos relativos a los ríos internacionales se concentraron en concretar las obras mencionadas en el río Suchiate.47
Pese a las propuestas, intercambios y avances de este periodo, los intereses de ambos gobiernos seguían siendo incompatibles. Por esta razón, sólo se pudo concretar la creación de la Comisión del Suchiate, dejando fuera al río Usumacinta y la posibilidad de firmar un tratado de aguas. Esta nueva comisión coexistía con la Comisión Demarcadora creada el decenio anterior, que continuaba con sus labores de limpia de la línea fronteriza. Sin embargo, en 1956 el gobierno mexicano comenzó a plantear la conveniencia de unificar estas dos comisiones en una sola, de carácter permanente, que atendiera los asuntos terrestres y fluviales de la frontera sur. Con esto, nuevamente se buscaba concretar la firma de un tratado de aguas que permitiera la implementación de los proyectos hidroeléctricos, de irrigación y de control de avenidas, como veremos a continuación.
UN NUEVO INTENTO POR LLEGAR A UN TRATADO DE AGUAS: LA CREACIÓN DE LA CILA (1956-1961)
En enero de 1956, la SRE retomó la idea presentada en 1937 de crear una CILA, con carácter permanente, a la que se le confiaría “el cuidado de una frontera tan extensa como la de México con Guatemala, en parte terrestre y en parte fluvial”. En este sentido, se tomó como ejemplo la CILA entre México y Estados Unidos, creada en 1889 que:
ha resuelto en más de sesenta años de funcionamiento casi todos los problemas de carácter limítrofe que se han presentado y a propuesta de ella ambos gobiernos han concertado Tratados tan importantes como el Tratado de Eliminación de Bancos de 1905; la Convención de 1906 para la distribución de las aguas del río Bravo entre Juárez-El Paso y Fort Quitman y el Tratado para la Rectificación del Río Bravo entre Juárez-El Paso y Fort Quitman, Texas y, finalmente, el Tratado de Aguas de 1944.48
La propuesta de creación de esta nueva comisión no contemplaba el establecimiento de oficinas en ciudades fronterizas, como era el caso de México y Estados Unidos. Se trataba de que el nombramiento de los comisionados de ambos países fuera permanente, los que se reunirían en México, en Guatemala o en la línea divisoria cuando se necesitara “estudiar los problemas limítrofes que se vayan presentando”.49
Para lograr esto, el primer paso sería que el comisionado mexicano de límites con Guatemala, así como el ingeniero auxiliar y todo el personal dependieran exclusivamente de la SRE. Esta propuesta de centralización se debía a que algunos miembros de la Comisión Demarcadora, incluyendo al comisionado, formaban parte de la Secretaría de Agricultura y Ganadería. Además, se utilizaban instrumentos, aparatos y maquinaria de la Dirección General de Geografía de la misma Secretaría.50 La creación de la comisión serviría “de instrumento para resolver progresivamente y con seguridad los problemas de límites, la protección de territorio por inundaciones o perjuicios de ríos divagantes, el aprovechamiento de aguas, etcétera”.51
Las autoridades mexicanas reforzaron su interés estratégico por el sureste del país pues, además de los proyectos relativos al Suchiate, la Secretaría de Recursos Hidráulicos inició estudios para el aprovechamiento del Usumacinta y el Grijalva, ríos que “por su carácter internacional” era necesario “celebrar convenios con Guatemala para su mejor aprovechamiento en beneficio de ambas repúblicas”.52
Al reconocer el carácter internacional de los ríos Suchiate, Grijalva y Usumacinta, la Secretaría de Recursos Hidráulicos comenzó a trabajar, desde principios de 1958, con la SRE en una propuesta para la creación de la citada comisión que permitiera concretar un convenio con Guatemala. En este sentido, se advirtió que “las obras que en México se proyecten puedan afectar, en un sentido o en otro, a la vecina República de Guatemala, así como las que Guatemala piensa realizar no podrían menos de producir diversos efectos en territorio mexicano”. Por estas razones, durante el segundo semestre de ese año se giraron órdenes al embajador de México en Guatemala para que propusiera al gobierno de ese país el establecimiento de la citada comisión.53 Se aseguró que:
El gobierno de México desearía celebrar con el de Guatemala, arreglos semejantes a los que se han celebrado con los Estados Unidos de América sin pasar naturalmente, por las diversas etapas que condujeron a esos dos países a firmar los convenios actualmente en vigor. El gobierno de México confía en que el estudio de los problemas limítrofes entre México y Guatemala, por un organismo técnico capacitado, pueda conducir a la preparación y ejecución en su caso de proyectos de carácter constructivo que pueda ser igualmente benéficos para los dos países.54
La comisión propuesta tendría como función aconsejar y asesorar a los gobiernos de México y de Guatemala sobre los problemas fronterizos; se encargaría del mantenimiento y limpia de la línea fronteriza; estudiaría los cambios en el curso de los ríos limítrofes y propondría las soluciones adecuadas; elaboraría proyectos de uso y aprovechamiento equitativo de sus aguas, así como para la prevención de inundaciones; dictaminaría sobre las obras que se construyeran en la frontera terrestre y en los cauces de los ríos internacionales, y vigilaría su edificación para garantizar que no se perjudicaran los derechos de ninguno de los países; finalmente, se encargaría de revisar el Modus Vivendi para el río Suchiate.55
Mientras que la SRE trabajaba en esta propuesta, estalló “la peor crisis en las relaciones entre México y Guatemala del siglo XX” conocida como la guerra del camarón. El 31 de diciembre de 1958, aviones guatemaltecos dispararon a una docena de embarcaciones mexicanas que “presuntamente habían traspasado de manera ilegal la frontera marítima”. Los pescadores mexicanos se dieron a la fuga y los pilotos de las aeronaves abrieron fuego contra ellos, dejando como saldo tres personas muertas y 20 heridas. Esto provocó que el 23 de enero de 1959 México rompiera relaciones con Guatemala. Sin embargo, las autoridades de ambos países llegaron a un entendimiento y las relaciones se restablecieron en septiembre de ese mismo año. Además, este incidente permitió que las conversaciones entre ambos gobiernos pudieran avanzar en otros temas pendientes, en particular, el relacionado con la creación de la Comisión de Internacional de Límites y Aguas (Castillo et al., 2006, pp. 210-213).
A principios de 1960 el nuevo embajador mexicano, Efraín Aranda (1959-1962), informó que el presidente guatemalteco, Miguel Ydígoras Fuentes, estaba “en la mejor disposición de que se redactara un anteproyecto de tratado de aguas” para el río Suchiate, que permitiera el aprovechamiento de sus aguas por medio de la construcción de una presa derivadora, además de la edificación de un nuevo puente internacional sobre el mismo río.56
En su respuesta, el secretario de Relaciones Exteriores indicó que, para lograr la firma de un tratado de aguas que incluyera no sólo al Suchiate, sino a los demás ríos internacionales, era necesaria la creación de la CILA, similar a la que existía en la frontera norte. Por esta razón, México estaba listo para enviar a Guatemala una comisión de ingenieros que se ocuparía de lo relativo al río Suchiate, mientras que otra comisión estudiaría “los problemas a los que dan lugar las corrientes internacionales”. Finalmente, se propuso invitar a los ingenieros guatemaltecos que conformaran la segunda comisión para que visitaran “las grandes obras internacionales realizadas en cumplimiento del Tratado de Aguas Internacionales entre México y los Estados Unidos”, y atestiguaran “los grandes beneficios que ambos países han obtenido como resultado de una inteligente cooperación internacional y al mismo tiempo visiten las oficinas de la CILA entre México y los Estados Unidos en las ciudades de Juárez, Chihuahua y El Paso, Texas, y conozcan de cerca el funcionamiento de esta importante Comisión”.57
Dentro de estos beneficios destacaban la firma, en 1944, de un Tratado de Aguas Internacionales con Estados Unidos, que había permitido la construcción de la presa Falcón, la de Anzaldúas, la presa derivadora Morelos y se tenía proyectado construir la que se denominaría “La Amistad”, con la que se buscaba controlar las avenidas del río Bravo y el Colorado, así como el riego de las tierras rivereñas en ambos países y la generación de energía eléctrica. Las autoridades mexicanas aseguraron que el control de dichas aguas ya había demostrado su efectividad en 1954, cuando la presa Falcón salvó de la inundación a las ciudades ubicadas río abajo. El funcionamiento de este Tratado, argumentaron las autoridades mexicanas, era tan importante que incluso países como Pakistán habían realizados varias visitas a las oficinas de la Comisión para conocer con detalle los procedimientos para la distribución y el aprovechamiento de las aguas internacionales.58
La respuesta del presidente Ydígoras fue positiva, pues propuso que las comisiones de ingenieros de ambos países se reunieran en Tapachula para abordar los temas relativos a la construcción del puente sobre el Suchiate y el aprovechamiento de las aguas del mismo río. Dicha reunión finalmente se realizó del 20 al 23 de febrero de 1961. En ella se acordó recomendar a los dos gobiernos que se constituyera dos comisiones con carácter internacional. Una se encargaría de las cuestiones relativas al río Suchiate y la otra “tendría a su cargo el estudio, la vigilancia y la atención de todas las cuestiones limítrofes y de aguas internacionales entre México y Guatemala”. El gobierno guatemalteco seguía interesado en atender las cuestiones del río Suchiate por separado. Posteriormente, un grupo de ingenieros guatemaltecos se trasladó a la frontera norte para conocer de primera mano los trabajos de la CILA entre México y Estados Unidos.59
En la prensa nacional se informó que los resultados de esta reunión inauguraban una “nueva etapa de colaboración” entre México y Guatemala. Con ello, declaró el secretario de Relaciones Exteriores, Manuel Tello, se “daban los primeros pasos para la elaboración de un tratado de aguas” entre ambos países.60 Finalmente, ambos gobiernos acordaron, por medio de canje de notas diplomáticas del 9 de noviembre y 21 de diciembre de 1961, la creación de la CILA entre México y Guatemala, la cual: “tendrá como función la de aconsejar y asesorar a los gobiernos de los dos países en los problemas limítrofes, con facultades de investigación y estudio, así como la de realizar obras previamente aprobadas por los gobiernos, pero no tendrá facultades resolutivas ni de ninguna otra especie que implique compromisos para los gobiernos respectivos”.613
Así, después de casi 25 años desde la primera propuesta mexicana de creación de una CILA, con carácter permanente, para que se encargara no sólo de las cuestiones de la frontera terrestre sino también de lo concerniente a los ríos internacionales, se logró llegar a un acuerdo con Guatemala. Con ello, como ya se ha mencionado, las autoridades mexicanas esperaban que se dieran los primeros pasos para finalmente alcanzar la firma de un tratado de aguas internacionales. Sin embargo, al no dotar de facultades resolutivas a la CILA, sino circunscribir sus acciones a “aconsejar y asesorar” en cuestiones de límites y a realizar investigaciones y estudios sobre dichos temas, se limitaron sus capacidades de acción y decisión. Actualmente, sus tareas se centran básicamente en la limpia de la brecha que sirve de línea fronteriza y a mantener estaciones hidrométricas para medir los flujos de agua. De tal forma que el anhelado tratado de límites y aguas entre ambas naciones no se ha logrado concretar.
CONSIDERACIONES FINALES
La firma del Tratado de Límites entre México y Guatemala en 1882 no significó el fin de los conflictos relacionados con temas fronterizos. Nada se dijo en él acerca del uso y aprovechamiento de las aguas compartidas por ambas naciones. Por esta razón, desde las primeras décadas del siglo XX, la SRE mexicana consideró la necesidad de llegar a un acuerdo con el país centroamericano que estableciera las bases para hacer frente a los problemas de límites ocasionados por el movimiento en el cauce de los ríos y para reglamentar el usos y aprovechamiento de las aguas compartidas.
Fue así como durante la segunda mitad de la década de 1930 se comenzó a trabajar en una propuesta para la creación de una comisión internacional con carácter permanente que se encargara de todo lo concerniente a los límites terrestres y fluviales y que permitiera concretar la firma de un tratado de límites y aguas internacionales. Así, en un primer momento se buscó establecer un acuerdo que no sólo reglamentara el uso y aprovechamiento de los seis ríos internacionales, sino también la forma de resolver los problemas ocasionados por el movimiento del cauce de los ríos. Sin embargo, la negativa del gobierno guatemalteco a la creación de una comisión permanente provocó que las autoridades mexicanas se concentraran únicamente en la firma de un tratado de aguas. Propuesta que tampoco pudo avanzar. Por esta razón, desde la SRE se trató de que por lo menos se pudiera establecer un convenio que incluyera al Suchiate y al Usumacinta, lo que tampoco se consiguió, pues Guatemala se mostró reacia a concretar un acuerdo que incluyera a ambos ríos, centrándose únicamente en el Suchiate.
Estas propuestas muestran que, por lo menos desde la década de 1920, pero sobre todo a partir del decenio siguiente, el gobierno mexicano mostró un marcado interés por su frontera sur, en particular la forma de reglamentar el uso y aprovechamiento de las aguas compartidas con Guatemala. Esto se debió a los proyectos que el gobierno mexicano pensaba impulsar en ella, en particular la creación de distritos de riego en el Suchiate y la construcción de presas hidroeléctricas en el Usumacinta. Pero estas acciones diplomáticas también respondían al interés mexicano de consolidar su postura en las negociaciones que mantenía con Estados Unidos en la misma materia. Sin embargo, las gestiones realizadas por los embajadores mexicanos no obtuvieron una respuesta favorable. De tal suerte que en 1944 se logró firmar el Tratado de Aguas con Estados Unidos, mientras que con Guatemala todavía no se ha podido concretar un acuerdo similar.
A esta situación contribuyó la tensa relación entre México y Guatemala que tiene su origen en la unión de Chiapas a México, hecho que aún hoy en día es visto como un proceso de despojo territorial en el vecino país. Por otro lado, los intereses encontrados de ambas repúblicas en materia de uso y aprovechamiento de las aguas compartidas no coadyuvaron a lograr un entendimiento. Mientras que México defendía los principios de soberanía limitada y el reparto equitativo, Guatemala defendió el principio de soberanía absoluta o doctrina Harmoon, la cual parte de la idea de que el país donde nace el río puede disponer de las aguas que discurren por su territorio como mejor le parezca, sin preocuparse por afectar a sus vecinos. Esta postura se ha mantenido hasta nuestros días, ya que Guatemala se ha negado a firmar cualquier convenio en materia de aguas internacionales no sólo con México, sino también con los otros países con los que colinda.62
Con la creación de la CILA en 1961 el gobierno mexicano buscó sentar las bases para iniciar estudios sobre los ríos internacionales que finalmente permitieran concretar el tratado de aguas propuesto. Sin embargo, a más de seis décadas de su creación, no se ha logrado avanzar en la materia y las tareas de dicha comisión prácticamente se han limitado a mantener limpia la brecha fronteriza entre ambos países y gestionar algunas estaciones hidrométricas.
El acceso al archivo diplomático de México permitió conocer el constante y profundo interés del gobierno mexicano por la frontera sur y el aprovechamiento estratégico de algunos de sus recursos hídricos a lo largo del siglo XX. Las acciones, decisiones y posiciones revisadas dan cuenta de la defensa de los intereses estratégicos del gobierno mexicano, ya sea para las obras de infraestructura hidroeléctrica, de riego o para mejorar su posicionamiento respecto del vecino país del norte. Queda pendiente conocer en profundidad las decisiones, posiciones y acciones emanadas del gobierno guatemalteco sobre esta temática, lo que podrá ser abordado en futuras investigaciones que puedan acceder a los respectivos archivos.










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