Si bien dos de los capítulos contenidos en Ficciones de la ley habían sido publicados con anterioridad, “Del derecho a la literatura: Bocaccio y la (re)codificación de la novela” en la sección Thema del número 42-2 de esta revista (2021) y “De cabras, teoremas y leyes. Ficciones a la deriva” en el libro La forma como ensayo. Crítica, ficción, teoría (2020), estos ensayos más los capítulos “Las máscaras de la ley” y “Ley, figura de la ficción” publicados de manera unificada cobran un brillo y una solidez impensadas en su lectura diseminada.
Lo primero que llama la atención del libro Ficciones de la ley son las minúsculas intencionadas en el nombre y los apellidos de su autor, minúsculas que parecen combinar con la notoria delgadez de la mayúscula de la primera letra del título. Como si la propiedad o la especificidad de esas palabras ensayara una cesión de terreno a lo común, lo comunitario y genérico. Lo segundo es la factura, ya que el objeto parece jugar con las luces y lo umbrío, con las tonalidades posibles de lo claro y lo oscuro, con los matices de lo gris.
Este libro, como señala su portada, es parte de la colección I-materialidades de Ediciones Mimesis, proyecto dirigido desde 2018 por el propio raúl rodríguez freire y por Mary Luz Estupiñán. Como reza su solapa “mimesis no cuenta con referato ni indexación. Su política editorial (en cursivas) apuesta por la escritura ensayística y experimental, al mismo tiempo que reivindica la urgencia de la crítica y la teoría para un presente saturado de empirismo, estandarización y transparencia”. Este manifiesto editorial confronta su apuesta a la ley de la escritura sujeta a las normativas, sus siglas y sus números: ansi, iso, issn, imrad, doi, orcid, wos, a los cuartiles q1, q2 y a los factores de impacto con sus ceros y sus comas. Ficciones reales y peligrosas que rigen la posibilidad de los trabajos y los días de nuestro quehacer.
El lomo anuncia el título y el logo de la editorial (un par de anteojos como los de Allende, que aquí en su cortedad se vuelven inmensos como en la escultura de Altamirano) y adelanta un fragmento de la imagen que espejeante aparecerá en los retiros de cubierta y contracubierta. Esta imagen del Foro romano, espacio usado entre otras cosas para la administración de la justicia, es una imagen engañosa ya que en su duplicidad radica una trampa: la tripa del libro ejerce un límite entre ambas, una frontera que las incomunica y que tuerce su orden del mismo modo en que los textos que conforman este libro aventuran revueltas a las lecturas más canónicas que han vinculado el derecho, la ley y la justicia con el arte y la literatura.
Tras el índice aparece un recorte de la obra “Antígona entierra a Polinices”, de Sébastien Norblin (1825). Se muestra, significativamente, el cuerpo de ella tapado por las letras, y el pie, el brazo y la espada que la alejan del cadáver de su hermano: la ley de los hombres. Es significativa, también, la dedicatoria a Julio Ramos que está acompañada de una imagen que nos recuerda, como se afirmará más adelante en el libro que “La arquitectura misma de un tribunal, [es] bastante similar al espacio teatral (…) la organización de su espacio se encuentra en deuda con la arquitectura del teatro romano” (43).
En la presentación “Más allá de derecho y literatura” que abre con un epígrafe extraído de Antígona de Sófocles leemos que “apropiarse de la ley para solicitar justicia hace de Antígona una figura de la resistencia y de la literatura un discurso marcado por un carácter eminentemente político” (11) y es justamente este elemento, la potencia invisibilizada del quehacer literario, la defensa de la fuerza de la ficción, el motor que parece echar a andar el andamiaje discursivo de este libro.
Si bien derecho y literatura “comparten la ficción como modo de estructurarse” (15), el énfasis de las investigaciones de lo que se enmarca en el denominado movimiento derecho y literatura suelen vincular ambas formas obliterando esta equivalencia estructural, ocupando el término ficción como sinónimo de literario, y, en general, revisando cómo en ciertas obras literarias se abordan cuestiones legales. Rebasando este supuesto, Ficciones de la ley se propone anular la homologación entre los conceptos de literatura y ficción, devolviéndole a este último su original envergadura, la que en palabras del autor sostiene no pocas manifestaciones de las formas de ordenamiento de lo humano, tales como el derecho y las leyes, la economía y la propia literatura.
El primer capítulo, “Las máscaras de la ley”, comienza con un epígrafe de Simone Weil que sostiene que la noción romana del derecho apunta a que la propiedad está basada en el derecho de usar y abusar de otres. El centro del problema abordado aquí es la distancia que ejerció de manera violenta el derecho respecto del teatro. Esto con el objetivo de esconder su origen común, o más bien el hecho de que sus condiciones de posibilidad estuvieron y están, podríamos escribir, atadas a sus saberes y por ende a su poder. De este modo, fue ocultado el origen estructural de la ficción que lo constituye: la idea expresada por Kelsen de que la norma básica o primera, la constitución, responde a una anterior que la hace obligatoria y que esta a su vez está atada a una autoridad imaginaria.
Además, el rito domesticado que actualiza la escenificación de un juicio como modo de resolución de controversias entre quienes contienden, nos arroja necesariamente al espacio del simulacro, de espectáculo, del como sí y de la ficción. Pero la ficción que aquí parece importar no es la descripción de mundos alternos, otros, posibles, sino más bien su accionar performativo, que “produce el mundo y lo moldea, alterando o reconfigurando lo real” (61). La máscara de la ley, la ficción originaria del derecho sería el proceso de borramiento a través del cual sometió la influencia del teatro en el centro mismo de su origen, del origen del ejercicio de su poder.
El segundo capítulo, a contracorriente de las lecturas que abordan el derecho desde o en la literatura, se ocupa de la contribución del derecho a la formación de la novela moderna, tanto respecto del término mismo ‘novela’ como de su estructura. Específicamente, atendiendo la influencia que ejerció la codificación de Justiniano en la codificación del Decameron de Boccaccio que, como se señala en el texto, ha sido particularmente desatendida. Para ello, rodríguez freire recurre a la imagen de la novela en cadena de Dworkin, imagen que me parece de extrema lucidez y que ayuda a mi juicio a pensar formas posibles de la concatenación, de la trasmisión de elementos que terminan formando una tradición.
La reflexión final de este capítulo es central y transparenta el sentido y la importancia radical de la creación literaria también en el mundo contemporáneo. Esto porque recuerda “que Boccaccio no limita el paraíso al cielo, lo instala en la tierra endilgándole la fuerza de un ordenamiento normativo heterogéneo al del derecho dominante (…)”. “Solo la literatura puede fundar este otro orden, pues la forma del paraíso es su tarea” (106) y más adelante “la ficción nunca ha dejado de ser potencia configuradora de mundos mejores” (107).
El tercer capítulo “De cabras, teoremas y leyes” vuelve sobre el problema de la producción de lo real y cómo la ciencia y la literatura se originan en un mismo relato: el suelo ficcional de la economía política moderna estaría situado en la tergiversación de la Disertación sobre las leyes de pobres de Towsend, originando un personaje de ficción, Robinson Crusoe, que desplaza a Alexander Selkirk, el personaje histórico, entendiendo que una ficción no se opone a la realidad, sino que la construye. Aparece así el problema del original: el carácter reflexivo de la literatura, donde una imagen así plasmada vuelve a lo que consideramos real, pero ya institucionalizada. rodríguez freire conceptualiza aquí el elemento literario como el chivo expiatorio que permite a la ciencia, la economía, el derecho y la ley endosarle a él únicamente vínculos con la ficción, naturalizando así por oposición sus propias creaciones discursivas. El poder entonces oculta los mecanismos que permiten su producción. Sin embargo, la literatura puede y debe, en sus palabras, enfrentar las ficciones del derecho y la economía concluyendo que “el valor de la ficción es aún más relevante que el de la propia medicina, porque sin ella pronto ya no habrá ni cuerpos que cuidar. Si el mundo está fuera de quicio, la suerte ha querido que contemos con la literatura para recomponerlo” (137).
El capítulo final de libro, “Ley, figura de la ficción” indaga en la manera en que la ficción produce la verdad. Esto debido a la relación más profunda que mantiene con el lenguaje, entendiendo que éste performa el mundo en que habitamos. Además, queda reestablecida la materialidad que posibilita la existencia de la ficción, entendida ésta como su plasticidad. Se enfatiza aquí la relación entre ficción y mano, comprendiendo al cuerpo como soporte material de toda idea o pensamiento. Plasma es lo verosímil, el ‘como si’ performativo: el que puede hacer posible lo que se ha imaginado, por tanto “la verdad es una figura de la ficción, el trabajo manual de un artífice [Prometeo] que busca instaurar con ella la justicia” (174). En síntesis, sostiene el autor, “la etimología de ficción espera por un trabajo de investigación riguroso e imaginativo, no sólo para conocer su devenir, sino también para sumir la tarea de plasmar un mundo distinto, un mundo que nuestros dedos, frente al papel o al computador, pueden muy bien ayudar a configurar, un mundo al que podamos llamar, como alguna vez imaginó Boccaccio, Paradiso” (176).
Quiero referirme, a continuación, a dos elementos clave de este libro: su colofón y la imagen de su contraportada. En la primera oración del colofón destaca el estilo: escrítose, editádose diseñádose palabras que, aunque lo parecen no son gramaticalmente correctas porque juntan el participio con la partícula impersonal se (se debería escribir, según la norma, escribiose, editose, diseñose). Así como en el conocido “Fírmese, suscríbase, archívese” tan vinculado a la jerga leguleya donde el subjuntivo presente tiene valor de imperativo. Esta confusión es generada por su sabor verosímil, de jerga legal y arcaizante, lo que se enfrenta con su impropiedad lingüística, produciendo la verosimilitud de lo que, sabemos, es posible.
En adelante el estilo del colofón es el usual para este tipo de texto, se informa el lugar de impresión, los tipos empleados, los diferentes papeles usados y el tiraje. Sin embargo, asoma también, y en esto radica su originalidad, el contexto sociopolítico en el que este objeto sale a la luz (para usar una metáfora manoseada en torno a la letra): el de la contundente derrota de la propuesta de nueva constitución en Chile, en septiembre de 2022 (un mes antes de la publicación del libro). El colofón termina de hecho, con la palabra ‘apruebo’ (vinculada a la opción que apoyó el cambio que dejaría atrás la constitución chilena vigente legada por la dictadura cívico militar). Esto remite a otras huellas diseminadas en el texto vinculadas al proceso constitucional chileno, la figura del abogado Jaime Bassa (vicepresidente de la Convención constitucional encargada de redactar la nueva propuesta constitucional), las reflexiones de la escritora Alia Trabucco Zerán sobre la imposibilidad de la a y el lenguaje sexista (a propósito del uso de masculino inclusivo en los títulos profesionales), los dichos del ex presidente Sebastián Piñera y la investigación y escritura en el contexto de la pandemia. Quizás la referencia más significativa en este sentido es la idea de que el derecho modela nuestros cuerpos y sus movimientos según su propia exigencia, y que su eficacia se relaciona a que lo hace acompañado de la fuerza. Idea que se ejemplifica refiriendo que “la reciente revuelta chilena (de)muestra que tanto la ampliación como la transformación del derecho se dan gracias a la imaginación política de quienes ponen en juego el cuerpo y la vida, y lo hacen incluso llegando a sufrir, precisamente la violencia del derecho” (181).
Por último, quisiera señalar que en la contraportada de Ficciones de la ley aparece la fotografía de lo que parece una máscara romana trágica pero que en realidad es el recorte de la de un sátiro, específicamente la que se encuentra en los museos capitolinos, en Roma. Los sátiros son seres mitológicos, mitad hombre y mitad macho cabrío que se caracterizan por ejercer violencia sexual en sus víctimas, mujeres y niñes. Lo que me interesa aquí es el recorte, ya que el detalle de la máscara que se incluye en la contraportada del libro deja fuera los cachos y ese recorte altera la percepción, al mismo tiempo que despliega una intencionalidad vinculada a la diferencia de lo que puede existir de lo que no, lo que el ojo puede o no ver, la materialidad y sus contornos. En el sátiro se ocultan los cachos que develarían su violencia original, del mismo modo en que el derecho, como demuestra contundentemente rodríguez freire en este libro, lo ha venido haciendo por ya demasiados años a costa de la literatura.









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