INTRODUCCIÓN
El Consejo Técnico de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) es el órgano colegiado y acreditado para resolver todo tipo de cuestiones relacionadas con el buen funcionamiento de las actividades académico-administrativas de la Facultad.
La conformación de los Consejos Técnicos de las Escuelas y Facultades tuvo su origen en el año de 1945, gracias a la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México, la cual, en su artículo 12, señala que dichos órganos colegiados estarían “integrados por un representante profesor de cada una de las especialidades que se impartan y por dos representantes de todos los alumnos”1.
En relación con el Consejo Técnico de la Escuela Nacional de Medicina, a través del estudio de diversos documentos resguardados en el Archivo Histórico de la Facultad de Medicina (AHFM), podemos observar los antecedentes y el proceso de su conformación, el cual, desde su creación, ha funcionado ininterrumpidamente hasta nuestros días.
En el presente trabajo se estudiarán los procesos que fueron atravesando los distintos órganos colegiados para dar estabilidad a la institución, como lo fueron las Juntas de Catedráticos y la Academia Mixta de Profesores y Alumnos, hasta desembocar en el Consejo Técnico de la Facultad de Medicina, los cuales corresponden a tres importantes etapas del devenir administrativo de la Escuela Nacional de Medicina.
LAS JUNTAS DE CATEDRÁTICOS (1833-1919)
El Archivo Histórico de la Facultad de Medicina (AHFM) de la UNAM tiene como principio fundamental resguardar la memoria histórica de la Facultad de Medicina, así como de algunas otras instituciones relacionadas con la administración, la enseñanza y la práctica de la medicina mexicana, desde la época virreinal hasta finales del siglo XX. Entre su documentación se encuentran las actas de las Juntas de Catedráticos, fuente de sumo interés que permite conocer el funcionamiento de la Escuela Nacional de Medicina desde sus entrañas; dichos libros se encuentran incorporados en el Fondo Escuela de Medicina y Alumnos (FEMyA), el cual custodia la documentación relativa al Establecimiento de Ciencias Médicas, que derivaría en la Escuela Nacional de Medicina, hoy Facultad de Medicina de la UNAM2.
En una primera etapa de la actividad administrativa institucional, la Junta de Profesores o de Catedráticos fue el órgano colegiado de la Escuela Nacional de Medicina, a través del cual se acordaban cuestiones relevantes que eran sometidas a discusión y posterior votación. Dicha práctica se instauró entre los profesores de la Escuela desde la fundación del Establecimiento de Ciencias Médicas en el año de 1833, y a las reuniones debían asistir todos los catedráticos que conformaban la plantilla escolar. De todas estas juntas que se llevaron a cabo durante casi todo el período del siglo XIX y por lo menos hasta los años de 1920, los secretarios de la Escuela tuvieron la obligación de levantar las actas correspondientes; sin embargo, y por algún infortunio, el primer libro de actas, que debió conservar los registros de las reuniones celebradas entre diciembre de 1833 y noviembre de 1851, no se conserva en el repositorio.
Las actas de las Juntas de Profesores, si bien representan una fuente de información fundamental para conocer el funcionamiento de la Escuela de Medicina, precisan ser complementadas con otros documentos del mismo Archivo Histórico ubicados en el Fondo Escuela de Medicina y Alumnos (FEMyA), con el fin de contar con una visión más completa de su devenir3.
Debemos aquí puntualizar que en el Archivo se conservan varios libros de juntas: el más antiguo abarca de 1851 a 1883; el segundo, de 1902 a 1911; el tercero corresponde al año de 1912; el cuarto, de 1913 a 1918, y un quinto que data de 1919. Como se puede observar, faltan el primero, que sería de 1833 a 1851, como ya se mencionó, y el de 1884 a 1901.
Los profesores de la Escuela de Medicina tenían la obligación de asistir a las juntas, cuya celebración no estaba sujeta a un calendario preestablecido. Pareció ser común que los profesores no concurrieran regularmente, razón por la que, a partir de abril de 1864, se les impuso una multa a los catedráticos faltistas, incluidos también los que llegaran media hora tarde después de iniciada la reunión, según consigna el acta correspondiente al 6 de abril de 1864 y que a la letra dice:
Notándose la dificultad que hay para que los Señores Catedráticos se reúnan en junta, únicos actos en que esta tardanza se verifica, pues a todos los demás asisten con la mayor puntualidad, y perjudicando mucho el retardo a los profesores que ocurren a la hora citada, se excitó a la Dirección para que comenzase a aplicar a los faltistas la multa que previene en semejantes casos el artículo 23 de la ley orgánica4.
La Junta no era un organismo autónomo: desde 1833 hasta 1867 informaba de sus decisiones al Supremo Gobierno, representado en el Ministerio de Justicia e Instrucción Pública. Posteriormente, con la promulgación de la Ley de Instrucción Pública del 2 de diciembre de 1867 y la reestructuración del Ministerio de Instrucción Pública, se establecieron otras normas para su mejor funcionamiento en orden a las nuevas disposiciones para la enseñanza en México. Para tal hecho se conformó la “Junta Directiva de Instrucción Pública”, constituida por los directores de todas las escuelas, incluida la Escuela Nacional de Medicina. El primer representante ante esta instancia fue el profesor de patología interna, el Dr. Rafael Lucio (1819-1886), designado para ello en la reunión de profesores del 9 de diciembre de 1867, conforme lo prevenía el artículo 54 de la mencionada ley.
Una vez constituida la Junta Directiva de la Instrucción Pública, las Juntas de Catedráticos de las Escuelas Nacionales estuvieron sujetas a sus disposiciones y funcionaban como vínculo entre el Ministerio de Instrucción Pública y las respectivas instituciones educativas5.
La información que resguardan las actas de las Juntas de Catedráticos, contenidas en los libros que conserva el Archivo Histórico de nuestra Facultad, permite darnos cuenta del devenir de la historia de la enseñanza de la medicina en nuestro país, además de otro tipo de asuntos que debieron sortear los miembros del claustro de profesores para dar cohesión a la institución en todos los ámbitos que la permeaban.
Gracias a dichos registros, se pueden realizar varios estudios sobre diferentes temas, tales como la celebración de “actos públicos” de los estudiantes de la Escuela o los concursos de oposición que se verificaban en la Escuela Nacional de Medicina y que han merecido poca atención por los estudiosos, así como enriquecer las investigaciones realizadas sobre temas como la enseñanza de la Farmacia o de la Medicina.
De esta manera fue como se organizó la administración escolar, por lo menos hasta finales de la segunda década del siglo pasado, según se puede constatar en los libros de actas de profesores, los cuales llegan hasta el año de 1919 concretamente.
LA ACADEMIA MIXTA DE PROFESORES Y ALUMNOS
La segunda etapa en la que se desarrolló la administración de la Escuela Nacional de Medicina es confusa, ya que a partir de 1920 y hasta el año de 1928 no existen registros en el Archivo Histórico de la Facultad de Medicina. Lo que sí está claro es que la plantilla de catedráticos entre 1925 y 1928 estuvo dividida en dos grupos primordiales: los profesores y los ayudantes. El grupo de profesores comprendía tres categorías no reglamentadas: profesores de clínica, de asignaturas teórico-prácticas y de materias teóricas. En total, el número de maestros de la Escuela durante este período fue de alrededor de 122: 45 profesores de clínica, 49 de asignaturas y 28 de materias teóricas aproximadamente.
Durante esta etapa, los directores de las diversas Escuelas Nacionales que conformaban la Universidad Nacional de México tenían la obligación de hacer un informe anual, el cual a su vez servía para conformar un informe general que se le presentaba al presidente de la República. En algunas ocasiones, dichos informes abarcaron varios años; tal fue el caso del libelo que envió el Dr. Fernando Ocaranza, director de la Escuela de Medicina, al rector de la Universidad en 1928, “acerca de las labores desarrolladas en la expresada Escuela, desde el año de 1925 hasta el de 1928”6, es decir, durante el período presidencial del general Plutarco Elías Calles.
Vale la pena recordar que la Autonomía Universitaria lograda en julio de 1929 fue el resultado de diversos problemas y negociaciones con las autoridades gubernamentales. En algunos casos se ha llegado a decir que ésta no fue una total autonomía, ya que existían ciertos “candados” que no dejaban actuar a la Universidad con entera libertad; ejemplo de esto fueron algunos de los preceptos que se debían observar, como que:
1) el rector era nombrado por el Consejo Universitario (CU) de una terna propuesta por el presidente de la República; 2) los empleados universitarios serían considerados como empleados federales; 3) la Universidad quedaba obligada a presentar anualmente un informe de labores al presidente, al Congreso de la Unión y a la SEP; 4) el presidente podía interponer un veto a las decisiones del CU, y 5) el Estado podía intervenir en la comprobación de los gastos de la Universidad por conducto de la Contraloría de la Federación7.
En el mencionado informe de don Fernando Ocaranza, al referirse al profesorado, afirmaba que en el año de 1927 se habían dado los cambios más importantes en cuanto a la organización del personal docente, ya que se confirieron nombramientos a cinco jefes de enseñanza que correspondían a cinco grupos de las diversas asignaturas que se estudiaban en la Escuela, a saber: “ciencias biológicas, anatomía, embriología e histología, medicina y cirugía, y enfermería y obstetricia”8.
De igual manera, se reitera entre las obligaciones de los jefes la de convocar y presidir juntas generales o parciales de los profesores de cada grupo, con el fin de discutir los programas y métodos de enseñanza, así como todo lo referente a la disciplina escolar; hacer visitas a las distintas clases para verificar si se apegaban a los criterios aprobados por las autoridades escolares, y servir como intermediarios entre alumnos, profesores y el director para resolver asuntos técnicos, administrativos o escolares, además de trabajar en reglamentos que definirían las atribuciones de los jefes y la manera de colaborar con el Director.
Respecto de las Juntas de Profesores, se deja ver el relajamiento en que se había caído, ya que se discutían cuestiones de orden docente y disciplinario. Se señala que, en ocasiones, surgían puntos de vista encontrados que prolongaban las sesiones sin llegar, según palabras de Ocaranza, a los resultados apetecidos, lo cual hacía más esporádicas las reuniones, lo cual
hizo que durante los cuatro años últimos, se haya reunido a la junta general de profesores, por excepción, y esto tan solo cuando hubo necesidad de nombrar delegados para el Consejo Universitario o cuando se trató de determinar las incompatibilidades de las diversas asignaturas9.
Por lo anterior, se decidió reunir únicamente a las distintas juntas parciales, conformadas por profesores con amplios conocimientos de los problemas o asuntos a tratar, lo que dio como resultado el llegar pronto a soluciones o acuerdos que no se habrían podido tomar en las juntas generales. Después de estas juntas, convocadas por los jefes de enseñanza, se reunían con el director de la Escuela para informarle y tratar, de igual manera, asuntos trascendentales para el porvenir de la institución.
A partir de este informe se comenzó a trabajar en un Proyecto de Reglamento General de la Escuela Nacional de Medicina, el cual modificó el anterior y adecuó la administración institucional.
El nuevo Reglamento se puso a consideración del Dr. Alfonso Pruneda, rector de la Universidad, y fue aprobado en su totalidad entre los meses de agosto y septiembre de 1928, además de haberse solicitado la reproducción de 200 copias para así darlo a conocer a los profesores de la Escuela.
Como una innovación, en este nuevo Reglamento quedó finalmente plasmada, por primera vez en la historia de la institución, la figura de los jefes de Enseñanza; de igual manera, se crearon las divisiones de las cátedras en cinco grupos para la mejor organización de las labores en la Escuela con el propósito de impulsar y desarrollar la investigación. Dichas divisiones fueron llamadas: Rama de Anatomía, Rama de Biología, Rama de Medicina, Rama de Cirugía y Rama de Obstetricia y Enfermería; todas las materias de la carrera quedaron repartidas entre estos cinco grupos de estudio10.
Los jefes de Enseñanza integraron un grupo técnico cuyo presidente nato era el director de la Escuela, siendo su vicepresidente el decano de los jefes de Enseñanza y, como secretario, el oficial de acuerdos de la Escuela. Sus funciones principales, además de las mencionadas, eran orientar la marcha general de la enseñanza para estar al corriente en los adelantos, establecer la debida relación entre las distintas ramas para tender puentes entre el progreso de la medicina y el desarrollo de la investigación científica, entre otras actividades como la revisión y actualización de programas de estudio y métodos pedagógicos, etcétera.
Para la realización de los fines expresados, el Reglamento preveía la conformación de comisiones dentro de cada rama de estudio, las cuales deberían reunirse por lo menos una vez al mes para elaborar un informe general que el jefe de Enseñanza presentaría al director. En el informe mensual se destacarían puntos como: las partes del programa de estudios que se hubieran desarrollado, las labores de los ayudantes a las cátedras, la conducta y el aprovechamiento de los alumnos, y todo lo que los profesores estimaran que debieran saber las autoridades.
Finalmente, estaban obligados, tanto los profesores como los jefes, a presentar en la primera quincena de agosto un informe anual que se analizaría y discutiría en la junta de jefes para determinar si abarcaban todos los contenidos del programa de estudios y, en su caso, hacer las modificaciones pertinentes11.
Podemos decir que estos logros se obtuvieron gracias al tesón e ímpetu de don Fernando Ocaranza, quien mostró siempre un interés por el progreso de la medicina mexicana a través de la enseñanza y el desarrollo de la investigación científica.
A partir de 1929, a esta junta de jefes de Enseñanza se le comenzó a designar indistintamente como “Academia de Profesores y Alumnos” o “Academia Mixta de Profesores y Alumnos”. Esto se debió a que, al poco tiempo, se dio cabida a un alumno para que la comunidad estudiantil estuviera representada ante las autoridades escolares y pudiera tener voz en este órgano colegiado. Lamentablemente, es casi nula la información respecto de esta participación estudiantil que se resguarda en el Archivo Histórico entre 1929 y 1931.
En los documentos relativos al desempeño de las funciones de la Academia Mixta de Profesores y Alumnos se ve claramente que dicho colegio tenía un representante permanente en el Consejo Universitario, ya que para 1931 su delegado era el Dr. Ignacio Chávez.
En ese año, el primer asunto que se trató en la Academia fue la solicitud de revocación de un acuerdo del Consejo Universitario respecto a los ingresos de alumnos a la Escuela de Medicina, ya que las autoridades universitarias habían resuelto que el número de alumnos de primer ingreso fuera ilimitado. Los profesores respondieron con un Reglamento que restringía las inscripciones al primer año de la carrera de Medicina a 250 alumnos como máximo, los cuales se dividirían de la siguiente manera: 150 plazas para estudiantes egresados de la Escuela Nacional Preparatoria, 80 para estudiantes del interior de la República y 20 para alumnos procedentes del extranjero.
En otro de los apartados del Reglamento se estableció que, si las solicitudes de los aspirantes eran mayores a 250, se daría preferencia a los alumnos con mejores calificaciones en las materias cursadas en la preparatoria; que, si los estudiantes reprobaban el 50 por ciento de las materias del primer año de la carrera, no tendrían derecho a inscripción al año siguiente, entre otras condiciones12.
El citado Reglamento tuvo grandes repercusiones, ya que después de haber sido estudiado y modificado, en menor proporción, fue publicado en el mes de julio de 1931 en el periódico El Universal para conocimiento del público en general13. Esta acción muestra la influencia de la Academia Mixta de Profesores y Alumnos de la Escuela Nacional de Medicina ante organismos colegiados como el propio Consejo Universitario.
En los dos años subsiguientes, es decir, 1932 y 1933, sobresale el interés de las autoridades universitarias por facilitar la administración institucional, como lo deja ver la documentación generada.
En enero de 1932, el químico Roberto Medellín, secretario general de la ya Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), envió un oficio al Dr. Fernando Ocaranza, director de Medicina, informándole que, por acuerdo del rector de la Universidad, el Lic. Ignacio García Téllez, se le solicitaba tomar las disposiciones necesarias para llevar a cabo las elecciones de profesores y alumnos para conformar la Academia, según los términos legales prescritos en varios artículos de la Ley Orgánica de la Universidad.
Apenas un par de meses después, se dio a conocer un nuevo estatuto intitulado Reglamento de Organización, Competencia y Funcionamiento de las Academias de Profesores y Alumnos de la Universidad Nacional de México, Autónoma (sic)14. Este reglamento contenía, a diferencia del anterior, las disposiciones generales sobre las Academias de Profesores y Alumnos, pues preveía su organización; la integración de las propias academias; la elección de los académicos; los ámbitos de su competencia, es decir, sus atribuciones; así como las normas sobre sus sesiones y discusiones, las votaciones y las comisiones, además de las funciones y prerrogativas del Director.
Como se puede apreciar, el Reglamento aprobado el 5 de marzo de 1932 vislumbraba todos los escenarios posibles en los que pudiera verse inmiscuida la Academia de Profesores y Alumnos. Constaba de un total de 27 artículos, más 4 transitorios. Cabe mencionar que fueron grandes personalidades universitarias quienes elaboraron dicho Reglamento, a saber: Vicente Lombardo Toledano, Roberto Medellín -quien tiempo después llegaría a ser rector de la Universidad-, y Salvador Alatorre, quienes firmaron bajo el siguiente enunciado: “La Comisión designada por la H. Gran Comisión del Consejo Universitario para expedir el Reglamento”.
El año siguiente, es decir, 1933, sería decisivo para la organización de la Universidad, ya que se promulgó una nueva legislación conocida como la Ley Orgánica de la Universidad Nacional. Debemos comentar que esta surgió a raíz de una serie de pugnas internas durante la realización del Primer Congreso de Universitarios Mexicanos, en las cuales se vieron involucrados partidarios de ideas de izquierda, como Lombardo Toledano y Medellín -director de la Escuela Nacional Preparatoria el primero y rector el segundo-, en contraposición a posicionamientos de derecha, representados por Antonio Caso y Narciso Bassols.
En dicho congreso se llegó a la conclusión de que la Universidad adoptaría como guía ideológica el materialismo histórico, lo cual desató tales disputas que involucraron a los alumnos de la Facultad de Derecho, quienes terminaron exigiendo -y logrando- la renuncia de Lombardo y Medellín a sus respectivos cargos, así como la implantación de la nueva Ley, también conocida como “Ley Bassols”15. Una acotación pertinente es que estas discusiones se dieron entre los meses de septiembre y octubre de 1933.
Respecto a la Escuela Nacional de Medicina, entre los meses de marzo y abril de ese mismo año, se solicitó al director, mediante oficios y acuerdos, la conformación de las Academias Mixtas a través de elecciones de profesores y alumnos, según los términos prescritos en las leyes vigentes y en el Reglamento de Academias. En dichos documentos se citaron textualmente artículos relacionados con el tema, tanto de la Ley Orgánica como del Reglamento de Academias, como es el caso del artículo 6º de la Ley, en el que se expresa la concepción del buen funcionamiento de la administración de la Universidad mediante la cooperación de las autoridades para la toma de decisiones.
Art. 6º. Compartirán el gobierno de la Universidad: el Consejo Universitario, el Rector, los Directores de las Facultades, Escuelas e Instituciones que la forman, y las Academias de Profesores y Alumnos, en los términos que establece esta Ley16.
Las condiciones que se imponían para la elección de los miembros de las Academias y sus atribuciones eran similares a las de los apartados relativos a las nominaciones señaladas en la normatividad del año de 1932. El artículo 6º de la Ley Orgánica tampoco sufrió cambios sustanciales en la Ley del siguiente año, cuestión que se verá un poco más adelante.
La nueva Ley Orgánica, aprobada en 1933, quedó respaldada y vigorizada por el Estatuto Universitario de 1934, lo que le dio una verdadera Autonomía a la UNAM, gracias al fortalecimiento de sus órganos de gobierno y a la verdadera participación de los profesores y estudiantes, quienes para entonces no solo tendrían participación en las discusiones de tipo académico, sino también en las de tipo político, como la designación de las autoridades universitarias. Es decir, la premisa signada en el artículo 6º de la Ley anterior no fue revocada o modificada, sino, al contrario, se analizó y complementó para tales fines y efectos dentro de la institución autónoma.
Ya con la Ley Orgánica de 1933 de la UNAM en la mano, las autoridades se dieron a la tarea de elaborar nuevas normativas administrativas. En el mes de noviembre se presentó a consideración un “Proyecto de Acuerdos del H. Consejo Universitario en relación con las bases para el funcionamiento de las Facultades y Escuelas” y otros proyectos conocidos como “Bases generales para la organización de los Institutos” y “Bases generales para la designación de los individuos de los Institutos y de los profesores titulares de Facultad”17. Entre los meses de abril y junio de 1934 se crearon, discutieron y aprobaron varios documentos para tal fin, dando como resultado los “Acuerdos para la Formación de las Academias Mixtas de Profesores y Alumnos” y los “Acuerdos Aprobados por el Consejo en su Sesión del 17 de Mayo de 1934”18, los que serían remitidos a todas las instancias que conformaban la Universidad para su debida observancia. Dichos acuerdos se dieron bajo la rectoría del Lic. Manuel Gómez Morín y la Dirección de la Escuela de Medicina del Dr. Ernesto Ulrich.
Entre las funciones de las Academias Mixtas estaban las de formar el proyecto de plan de secciones, así como el de pruebas y reglamento interior de cada uno de los planteles, documentos que serían sometidos al Consejo Universitario; considerar los proyectos elaborados por las academias parciales; aprobar las condiciones de admisión de los alumnos; solicitar la revocación del nombramiento del director y de los nombramientos de profesores; considerar todos los proyectos o iniciativas que le fueran sometidos por el rector, el director, los académicos, los profesores o los alumnos; oponer su veto a los acuerdos de los directores que no fueran de su exclusiva competencia o a los de las academias parciales, los cuales serían sometidos al Consejo Universitario, y hacer observaciones a los acuerdos que afectaran la vida de las facultades o escuelas19.
Como se puede apreciar, dentro de las funciones de las Academias se hacía referencia a las Academias Parciales, ya que en la Ley de 1933 se comenzaron a considerar dos tipos de Academias: las Generales y las Parciales. Estas últimas, por lo menos en lo concerniente a la Escuela de Medicina, estarían integradas por profesores y alumnos de las diversas asignaturas comprendidas en los programas y planes de estudio de las secciones de Medicina, Enfermería y Obstetricia; la Academia General estaría integrada por tres delegados profesores y tres delegados alumnos que serían designados por los miembros de la Academia Parcial.
Casi de manera inmediata, el rector Gómez Morín se dio a la tarea de solicitar a todas las instancias universitarias la formulación de sus Academias Mixtas de Profesores y Alumnos, por medio de una convocatoria fechada en mayo de 1934.20 Por desgracia, en los acervos de nuestro Archivo no se resguardan los documentos que indiquen quiénes fueron los profesores y estudiantes que resultaron electos para conformar esta primera junta bajo la legislación de 1933.
De las Academias Mixtas de Profesores y Estudiantes se puede decir que se establecieron, de manera oficial, por primera vez en la Ley de 1929 que concedió la Autonomía a la Universidad Nacional, las cuales compartían el gobierno de la institución junto con el Consejo Universitario, el rector y los directores de escuelas e institutos; eran paritarias y las presidía el director de cada escuela. Su papel fundamental se logró, sin embargo, con la Ley Orgánica de 1933 y la legislación sobre dichas academias se consolidó en el Estatuto de 1934, con el todavía rector Gómez Morín. Las academias fueron concebidas como uno de los órganos colegiados ligados más estrechamente a la comunidad universitaria21.
El Estatuto de la Universidad de 1934, como se ha dicho, fue el que le dio una verdadera estabilidad a la institución, aunque sufrió algunas modificaciones en años posteriores; a saber, en 1936 y 1938, además de haberse hecho algunas reformas que afectaban directamente a las Academias Mixtas, pero principalmente en la parte concerniente a los alumnos.
En 1936 se dictó un nuevo Estatuto bajo los auspicios del abogado y rector Luis Chico Goerne; en él se hicieron diversas modificaciones relativas a las Academias Mixtas de Profesores y Alumnos, pues en este nuevo reglamento siguieron considerándose como parte de la autoridad universitaria, además de habérseles otorgado nuevas atribuciones, como el poder proponer al Consejo Universitario la terna para designar director de la Escuela, cuestión que anteriormente correspondía al rector; por otro lado, también fueron despojadas de algunos privilegios, ya que el Consejo Universitario estaría integrado por los profesores y estudiantes que hubieran sido elegidos directamente por sus representados, es decir, los miembros de las Academias no serían ya parte del Consejo y, además, se les quitó “el derecho de elaborar y aprobar los planes de estudio, ya que ahora sólo podía designar la comisión de profesores que los formulen para someterlos a la aprobación del Consejo. Perdieron también la atribución de aprobar las condiciones de admisión de los alumnos”22.
Dato curioso es el que se percibe sobre la integración de las Sociedades de Alumnos de las distintas entidades académicas, ya que, en el nuevo Estatuto, en su artículo 29, donde se refiere a la conformación de las Academias de Profesores y Alumnos, se menciona que estos miembros debían ser elegidos por los representantes ante el Consejo, “…en unión del Director de la Escuela o Facultad y del Presidente de la Sociedad de Alumnos de la misma…”23.
Bajo estos nuevos lineamientos, en la Escuela Nacional de Medicina se llevaron a cabo las elecciones de delegados ante el Consejo Universitario, en una sesión del claustro de profesores del 7 de agosto de ese 1936, en la cual se presentaron dos planillas para tal efecto, resultando ganadores como profesores propietarios los doctores Ignacio González Guzmán y Raoul Fournier Villada, y como suplentes los doctores Ismael Cosío Villegas y Francisco de P. Miranda. En el mismo acto se eligió a los profesores que formarían parte de la Academia de Profesores y Alumnos, resultando electos una serie de catedráticos que, por su renombre dentro de la medicina mexicana, transcribimos a continuación:
Delegado por el 1er. año, propietario Dr. Tomás G. Perrín, suplente Dr. Benjamín Bandera.
Delegado por el 2º. Año, propietario Dr. Manuel Martínez Báez, suplente Dr. Samuel Morones.
Delegado por el 3er. año, propietario Dr. Pablo Mendizábal, suplente Dr. Leónides Guadarrama.
Delegado por el 4º. año, propietario Dr. Salvador Zubirán, suplente Dr. Salvador Aceves.
Delegado por el 5º. año, propietario Dr. Miguel Bustamante, suplente Dr. Atanasio Garza Ríos.
Delegado por el 6º. año, propietario Dr. Daniel Gurría Urgell, suplente Dr. Mario Torroella24.
En esta sesión no se eligió a los alumnos; sin embargo, en el expediente consultado se dan a conocer los nombres de los elegidos, que resultaron ser once miembros entre propietarios, suplentes y el presidente y secretario de la Sociedad de Alumnos de la Escuela.
El Dr. Gustavo Baz Prada fue electo como rector de la Universidad el 21 de junio de 1938, y para diciembre de ese mismo año se aprobó un nuevo Estatuto universitario. En él se hicieron algunas modificaciones con respecto a las Academias, pues, aunque continuaban siendo parte del gobierno de la Universidad, ya no formaban parte del Consejo Universitario. Perdieron la facultad de nombrar la terna para designar a los directores, ya que esto no se mencionaba en el artículo correspondiente; sin embargo, en la práctica, se siguió llevando a cabo. Se les asignaron nuevas encomiendas, como ser responsables -junto al director de las escuelas- del orden y la marcha normal de las instituciones, en donde también se veían involucradas las sociedades de alumnos.
El Dr. Gustavo Baz, conocedor de las limitaciones que tenían las academias -ya que había sido director de la Escuela de Medicina desde 1935-, se dio a la tarea de impulsar la creación de un nuevo “Reglamento para el Funcionamiento e Integración de las Academias Mixtas de Profesores y Alumnos”, el cual sería promulgado en marzo de 1939 y tendría como principal objetivo permitir que las Academias estuvieran “destinadas al conocimiento y resolución de los problemas de carácter técnico y de las cuestiones disciplinarias”25. Además, se hacía la observación de que las resoluciones de la academia eran obligatorias y debían ser ejecutadas por el director; si éste vetaba alguna, el asunto pasaba al Consejo Universitario.
En los meses siguientes se legisló sobre determinados artículos del Reglamento y, como consecuencia, el número de miembros aumentó. Con respecto a las ternas para designar directores, las propuestas se modificaron a detalle, dándole un papel más importante, en esta cuestión, al Consejo Universitario. Cabe destacar que este código se formuló basándose en uno ya existente únicamente para la Escuela de Medicina, denominado “Reglamento de Organización, Competencia y Funcionamiento de la Academia de Profesores y Alumnos de la Facultad de Medicina”, el cual fue signado por los doctores Fernando Ocaranza, Arturo de los Ríos y Octavio Rojas Avendaño, funcionarios de la Escuela, el 16 de enero de ese mismo 1939.26 En esa época se utilizaba indistintamente la categoría de Facultad para designar igualmente a la Escuela de Medicina.
Finalmente, bajo estas nuevas disposiciones, se llevaron a cabo las elecciones para conformar la Academia para ese año, la cual fue declarada solemnemente instalada el 12 de mayo de 1939 por el Dr. José Aguilar Álvarez, director de la Escuela, siendo nombrados en el acta correspondiente:
[…] los Profesores y Alumnos electos siguientes: Dr. Ernesto González Tejada, Dr. Francisco Martín Sánchez, Dr. Rodolfo González Hurtado, Dr. Arturo de los Ríos, Dr. Alfonso G. Alarcón, Alumno Jorge Amione Martínez, Alumno Ignacio Hidalgo Roldán, Alumno Luis González Rentería, Alumno Reynaldo Deveaux Cazorla, Alumno Carlos Campillo y Alumno Gustavo Casian, quienes integrarán la nueva Academia Mixta de Profesores y Alumnos que fueron elegidos el mes próximo pasado [...]27.
En noviembre de 1942, bajo la rectoría del abogado Rodulfo Brito Foucher, se anunciaron algunas modificaciones a los estatutos relacionados con las Academias de Profesores y Alumnos, en específico lo tocante a los estudiantes. A partir de entonces, “ya no serían elegidos por sus representados, sino que, en base a su aplicación y aprovechamiento, los más distinguidos alumnos pasarían a ser académicos y ellos integrarían, a su vez, la directiva de la sociedad de alumnos”. Según el propio rector, este proyecto “quitaría el control a toda persona o grupo sobre los puestos de representación y (entregaba) la selección a la capacidad y eficiencia personales”28.
La práctica de elegir miembros para la Academia Mixta se llevó a cabo regularmente durante los años subsecuentes, aunque cabe señalar que en los repositorios del Archivo Histórico solo se conserva la documentación correspondiente a 1940. No obstante, se sabe que dichas elecciones se realizaban, ya que se cuenta con una carta del Dr. Gustavo Argil, director de la Escuela, dirigida al secretario general de la Universidad y fechada el 26 de abril de 1944, en la que informaba sobre la inconformidad del alumno Eduardo Antonio Maafs Dávila por no haber aparecido en las listas del Departamento Escolar para figurar como candidato a académico consejero alumno.
Este documento, por demás interesante, incluye la transcripción de la carta del alumno, en la cual se pueden observar algunas de las modificaciones hechas por el Consejo Universitario a los reglamentos para el funcionamiento de las Academias de Profesores y Alumnos, por lo menos en dos ocasiones: una el 9 de marzo de 1943 y otra el 17 de febrero de 1944.29 Cabe subrayar que, en las modificaciones de 1943, se determinó que las mesas directivas de las sociedades de alumnos estarían integradas por los dos estudiantes de más alto promedio en cada carrera o ciclo, por lo que los alumnos ya no podrían elegir a sus representantes académicos ni a los directivos de la sociedad de alumnos.
Como se ha podido ver, fue en este período, entre 1933 y 1944, cuando realmente la Universidad Nacional comenzó un proceso que la llevaría a independizarse del Estado e iniciar una verdadera carrera por fortalecer los órganos colegiados con los que contaba, buscando una mejor administración de los gobiernos de las diversas escuelas y facultades que la conformaban, por medio de elecciones perfectamente definidas entre sus miembros.
Sin embargo, comenzaron a surgir una serie de disputas al interior de la institución, motivadas por la manifestación de las distintas ideologías entre “derecha e izquierda”, que irían restándole cierta autonomía a las Academias Mixtas de Profesores y Alumnos. Tal fue el caso de las reformas de 1943 al Reglamento que, al considerar como miembros solo a los alumnos más avanzados académicamente, coartaron la posibilidad de llevar a cabo elecciones democráticas entre el alumnado.
Un hecho de gran importancia, que podemos considerar un parteaguas dentro de la Universidad, fue la promulgación de la Ley Orgánica de 1945, mediante la cual se reestructuró el funcionamiento académico-administrativo de la institución.
El surgimiento de esta nueva ley fue resultado de acontecimientos que podrían considerarse trágicos dentro de la Universidad. Durante 1944, se rompieron las relaciones con el Estado a causa de una serie de conflictos universitarios internos, como la elección de un nuevo director de la Escuela Nacional Preparatoria o la reelección del director de la Escuela de Veterinaria. La situación se agravó aún más cuando un grupo de alumnos de Derecho asaltó Veterinaria y uno de ellos murió, lo que provocó la renuncia del rector Rodulfo Brito Foucher.
Finalmente, tras muchas peripecias, se designó a un nuevo rector, propuesto por un Consejo Universitario Constituyente en el que estuvieron representados maestros, alumnos y trabajadores universitarios. Este órgano, además, tuvo la potestad de reformar el estatuto vigente. El rector electo fue el abogado Manuel Gual Vidal, quien duraría en el cargo solo dos años, ya que posteriormente sería nombrado secretario de Educación Pública durante el gobierno del presidente Miguel Alemán. Fue una etapa compleja, marcada por sucesivos cambios de autoridades, como lo muestran los breves períodos de quienes ocuparon el cargo de rector: don Alfonso Caso Andrade, del 15 de agosto de 1944 al 24 de marzo de 1945, y don Genaro Fernández Mac Gregor, del 24 de marzo de 1945 al 28 de febrero de 1946. Sin embargo, no ahondaremos en este punto, ya que excede los objetivos de este trabajo.
En diciembre de 1944 se aprobó la nueva Ley Orgánica de la UNAM, conocida como Ley Orgánica de 1945, pues fue en ese año cuando entró en vigor. Esta ley, que sigue rigiendo a la Universidad hasta el día de hoy, fue aprobada tras largos debates, en los cuales no hubo representación estudiantil, dado que los estudiantes la consideraban contraria a sus ideales. La nueva legislación separaba claramente las funciones políticas, técnicas y administrativas, creando cuerpos colegiados para cada una de ellas: “Para la política: la Junta de Gobierno, el rector, los directores; para la técnica: el Consejo Universitario, los Consejos Técnicos de escuelas y facultades; y para la administrativa: el Patronato”30.
Con la creación de estos órganos consultivos, el Consejo Universitario perdió algunos de sus antiguos privilegios, como el de designar al rector de la Universidad y a los directores de las facultades, funciones que desde entonces recaen en la Junta de Gobierno, tal como sucede hasta la fecha. En pocas palabras, las funciones del Consejo Universitario quedaron limitadas a cuestiones estrictamente técnico-académicas, como la discusión y aprobación de informes presupuestales y de organización, así como el nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno, a partir de ternas propuestas por el rector, con lineamientos perfectamente definidos. Por su parte, el Patronato Universitario se encargaría de la administración del patrimonio de la Universidad31.
En esta reorganización administrativa de la UNAM queda de manifiesto que la institución daría un peso específico a los asuntos técnicos de las escuelas y facultades, tales como la contratación de profesores, la admisión de alumnos, y el análisis de planes y programas de estudio. Para lograrlo, desaparecerían las Academias Mixtas de Profesores y Alumnos, y la participación de maestros y estudiantes en la administración central se vería considerablemente reducida, especialmente en el ámbito del Consejo Universitario.
En cierto sentido, esta reforma generó un sentimiento de antidemocracia y retroceso; sin embargo, a lo largo del devenir histórico se podrá apreciar que la conformación de los Consejos Técnicos en las escuelas permitió una mejor comprensión y manejo de los asuntos académicos de la Universidad.
Como se ha mencionado, la Ley Orgánica entró en funciones en 1945 para dar paso a la conformación de las nuevas estructuras universitarias. En el caso de los Consejos Técnicos de las distintas instancias universitarias, y en particular en el de la Escuela Nacional de Medicina, este proceso se inició a partir de marzo de ese mismo año.
La primera comunicación dirigida a los profesores se emitió el 15 de marzo, en la que se les convocaba a la Junta de Profesores programada para el día 19, con el fin de dar cumplimiento a lo estipulado en el Estatuto Universitario para la conformación del Consejo Técnico Consultivo de la Escuela. Para ese momento, se contaba con alrededor de 184 catedráticos32.
Derivado de esta reunión, el Dr. Ignacio González Guzmán, director en funciones, se dio a la tarea de organizar a los profesores en distintos grupos según su área de conocimiento, resultando en un total de 16 grupos. Cada uno de ellos fue citado para elegir, entre sus miembros, a un representante ante el Consejo Técnico de la Facultad. Cabe señalar que a estas sesiones acudía un representante del Lic. Genaro Fernández Mac Gregor, rector de la Universidad.
Al analizar los documentos, se puede estimar que esta labor fue sumamente ardua, ya que el director agendó las reuniones con gran rapidez, llegando a citar hasta tres grupos en un mismo día y a diferentes horas. Este proceso de auscultación se llevó a cabo entre el 3 y el 16 de abril de 1945.
Un hecho relevante fue que, el 12 de abril, el director envió una circular a todos los grupos de profesores emplazándolos a nuevas reuniones para los mismos fines, pero esta vez en el local del Consejo Universitario, ubicado en la calle de Justo Sierra número 16, en el centro de la Ciudad de México. El cambio de sede obedeció a la decisión del rector de presidir personalmente todas las sesiones. Estas reuniones se realizaron a marchas forzadas entre los días 16 y 18 de abril.
Finalmente, después de tantos y apresurados esfuerzos, el Consejo Técnico de la Escuela Nacional de Medicina quedó formalmente instalado el 16 de mayo de 1945, en una ceremonia celebrada en las oficinas de la Rectoría. Quedó integrado por 16 consejeros propietarios y 16 suplentes, además de dos alumnos propietarios y sus respectivos suplentes, sumando un total de 36 miembros.
Como primer acto protocolario, ya con todas sus atribuciones, y en esa misma sesión de instalación, se sometió a consideración del propio Consejo:
La siguiente terna formada por el señor Rector de la Universidad para la designación de Director de la propia Escuela: doctores José Castro Villagrana, Ignacio González Guzmán y Clemente Robles. Los miembros del Consejo Técnico resolvieron por unanimidad de votos aprobar dicha terna […]33.
A partir de ese momento y durante el año de 1945, el Consejo Técnico se reunió por lo menos nueve veces entre los meses de junio y diciembre, para tratar los asuntos propios de su competencia en materia de la administración de la Escuela Nacional de Medicina, hoy Facultad de Medicina.
EPÍLOGO
Como se ha podido ver, esta investigación se ha basado en documentación de “primera mano”, es decir, en su mayoría, son expedientes que se conservan en el Archivo Histórico de la Facultad de Medicina, y algunos de ellos no se habían trabajado nunca. Tal es el caso del expediente de la conformación del Consejo Técnico en 1945.
A lo largo del presente trabajo se ha estudiado la creación del actual Consejo Técnico de la Facultad de Medicina de la UNAM, la cual surgió por una necesidad imperante dentro de la Universidad, ya que se tenía la convicción de que solamente una reforma de tal envergadura podría coadyuvar al fortalecimiento de la institución para darle cierta cohesión desde el seno mismo de las dependencias que la conformaban.
Dicho proceso de conformación de los Consejos Técnicos de las Escuelas y Facultades, o por lo menos en el caso de la Escuela de Medicina, no fue hecho sin bases previas, ya que la Escuela arrastraba una tradición de más de un siglo en la que, por medio de diversos mecanismos, trató de organizarse lo mejor posible en cuanto a su administración institucional. Esto se logró a través de las Juntas de Catedráticos en un principio, y posteriormente, en la primera mitad del siglo XX, con las Juntas Mixtas de Profesores y Alumnos.
Finalmente, no menos importante de resaltar en el proceso que nos ha ocupado, es que al crearse el Consejo Técnico, se propició un mayor reforzamiento de la enseñanza de la medicina, ya que a partir de entonces se pondría más atención en los problemas tanto de los estudiantes como del personal docente. Por ejemplo, se vigiló el cumplimiento de los programas de estudio por parte de los profesores, ya que en el pasado llegó a ser un serio problema la laxitud en el desempeño de estos últimos. Con respecto a los alumnos, se puso atención en las asistencias y el aprovechamiento de las lecciones.
A casi ochenta años de haberse constituido el Consejo Técnico de nuestra Facultad, podemos constatar la relevancia que ha tenido a lo largo de su existencia, adecuándose a los tiempos, necesidades y cambios que ha sufrido la institución. Prueba de ello fue la consolidación de la organización de la Facultad de Medicina en Departamentos Académicos en la década de los cincuenta, o la creación del posgrado en 1960, además de las modificaciones a los planes y programas de estudio hasta el año 2010.










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