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Agricultura, sociedad y desarrollo

versão impressa ISSN 1870-5472

agric. soc. desarro vol.4 no.2 Texcoco Jul./Dez. 2007

 

Las disputas por el agua en el Valle de Texmelucan, Puebla, México a fines del siglo XVII

 

Disputes over water in the Valle de Texmelucan, Puebla, México at the end of the 17th Century

 

Davison G. Mazabel

 

Centro de Investigaciones Humanísticas. Universidad de Guanajuato. Privada de Arteaga S/N, Zona Centro. 38900. Salvatierra, Guanajuato, México. (davidmazabel@yahoo.com.mx)

 

Resumen

En esta investigación sobre las disputas por el agua en el Valle de Texmehican, hallamos que es principalmente el cambio en la orientación económica y productiva, así como en el cambio demográfico, expresado en una concentración de la propiedad de los recursos, así como en el manejo de los mismos, y no el incremento de la población autóctona, derivados de la reorganización territorial que implicó la colonización española sobre la base de recursos hídricos de la región, lo que fundó y estableció una nueva territorialidad, y desencadenó la lucha y los conflictos por este recurso sobre, todo a partir de la segunda mitad del siglo XVII, donde por lo demás encontramos un reposicionamiento de la actividad agrícola en la Nueva España.

Palabras Clave: Conflicto, cultivo del trigo, escasez de agua, mercedes de agua, repartimiento de aguas, vista de ojos.

 

Abstract

In this investigation about disputes over water in the Valle de Texmelucan, we found that it is mainly the change in economic and productive orientation, as well as the demographic change, expressed in a concentration of resource property, as well as their management, and not the increase in indigenous population, derived from the territorial reorganization that Spanish colonization implied on the basis of the region's water resources, what founded and established a new territoriality, unleashing struggle and conflicts over this resource especially since the second half of the 17th Century, when we also find a repositioning of agricultural activity in the New Spain.

Key words: Conflict, wheat cultivation, water scarcity, water grants, water distribution, vista de ojos.

 

Introducción

Con la fundación de la ciudad de Puebla México, se inició la ejecución de un proyecto de planeación territorial en el que el objetivo de la política agraria colonial desempeñó un papel considerable. El reparto de la tierra en un lugar idóneo donde los españoles cultivarían el trigo que tanta falta hacía, más temprano que tarde desplegó su campo de acción hacia las zonas aledañas donde no sólo los recursos naturales ofrecían mejores oportunidades, sino también donde la oferta de mano de obra indígena facilitaría el rápido desarrollo agrícola de la región.

La expansión de las áreas dedicadas al cultivo del trigo continuó, y en la segunda mitad del siglo XVI empezaron a surgir nuevos espacios dedicados a la explotación de este cereal. Uno de estos centros se situó en el Valle de Texmelucan, en los alrededores de San Martín Texmelucan, Puebla (Figura 1).

Aunque el valle se encuentra articulado de diversas maneras a la zona montañosa o de laderas del Iztaccihuatl, hay que destacar que la oferta hídrica, así como la riqueza de suelos es mucho más generosa en la planicie, que fue precisamente en donde se solicitaron las primeras y grandes mercedes tanto de tierra, primero, a fines del siglo XVI, así como mercedes de agua, después, durante las primeras decadas del siglo XVII, y en donde se establecieron las principales haciendas de la región, las que adquirieron lo que denomino las "mercedes centrales" o derechos primigenios sobre los que se fundó una nueva territorialidad u organización territorial, a través de un dominio y control geográficamente estratégico sobre los recursos de la región, particularmente los hídricos. Este territorio puede definirse como una subcuenca enmarcada alrededor del Río Cotzala y su tributario el Río Santa Elena, alrededor de los cuales se despliega una serie de veneros que bajan de la Sierra Nevada y a la que se suman los flujos de manantiales y ojos de agua que se encuentran en la región.

El agua, de la cual se dispone en relativa abundancia, es conducida a los campos para el riego mediante sistemas de canales, que como cita Miehlich (1998), se pueden comprobar desde el Preclásico, por lo cual era posible obtener varias cosechas al año1. De ahí que la topografía, los suelos y los recursos hidraúlicos, favorecen al valle superior del Atoyac, las laderas inferiores del Iztaccíhuatl y convirtieron a estas comarcas, junto con el Valle de Atlixco, en la tierra preferida de asentamiento de la colonización española en el Valle de Puebla2.

 

El proceso de apropiación del agua

Los primeros derechos para la explotación del agua del Río Cotzala se remontan a la merced que se le otorgó a Leonor de Vega el 30 de agosto de 15803, quien la traspasó a Gonzalo Gómez de Cervantes, que a su vez obtuvo la concesión de dos mercedes, una otorgada el 25 de junio de 1593 para la instalación de un herido de molino en sus propias tierras y otra tres días después, el 28 de junio del mismo año en la que se le concedían alrededor de 14 o 15 caballerías de tierra y simultáneamente la confirmación de "tres acequias de agua de riego" para el funcionamiento del molino de San Simón y abastecimiento de la hacienda Buenavista de la cual también era propietario4. Así las cosas, los derechos de agua del molino pueden considerarse como los más antiguos y por lo tanto de primer orden en el Río Cotzala.

La importancia de la merced anterior radicó no sólo en ser la primera en contener derechos de explotación sobre las aguas del Río Cotzala, sino también por las características de su uso y aprovechamiento, así como por la posición geográfica del molino y hacienda de Buenavista a quienes se otorgó dicha merced: recuérdese que la política agraria colonial favoreció el establecimiento y desarrollo de molinos permitiéndoles un uso privilegiado de los recursos hídricos. Con base en ello, la ubicación del molino en la parte central del curso del río ejerció una función de control y de bloqueo sobre el caudal del Cotzala superior aunque también afectó, como se verá, los derechos de explotación sobre el Río Santa Elena, tributario del Cotzala5.

La lucha por el volumen de agua restante, tanto del Cotzala como del Santa Elena, no se hizo esperar y a través de la solicitud de mercedes, varios españoles obtuvieron permisos y luego concesiones para el usufructo de este preciado líquido entre los años 1613 y 16146. Precisamente en 1613 los vecinos del Cotzala inferior empezaron a solicitar el derecho de aprovechamiento del agua: en el lado derecho Lorenzo de Ávila7 quien fue tesorero y escribano público de la provincia de Huejotzingo y del otro lado Juan Gómez Caballero, obtuvieron primero un permiso de aprovechamiento y posteriormente mercedes sobre las aguas del Cotzala8.

Seguramente para estas fechas Ana Salgado, dueña de la hacienda Acuicuilco, al igual que Juan Carrillo, ya se habían asegurado también derechos sobre las aguas del río Santa Elena; véase por ejemplo la merced que se otorgó a Juan Gómez Caballero de las aguas del arroyo Tlanalapa que se hizo "con cargo y condición que sea y se entienda después de haber regado sus tierras y trigos el dicho Juan Carrillo Altamirano y la dicha Ana Salgado"9. Asimismo cabe señalar que las siguientes mercedes otorgadas sobre el Río Cotzala se concedieron río abajo de las tomas de agua referidas: la merced otorgada a Gaspar Varela el 10 de enero de 1614, una licencia a Cristóbal López de Acosta y una merced a doña Ana de Mendoza, mujer que fue del doctor Santiago del Riego, oidor de la Real Audiencia de la Nueva España y primer dueño de la hacienda Mendocinas, todas concedidas durante el año de 161410.

Posteriormente los hacendados fijaron su interés en legalizar los ojos de agua, manantiales, e incluso solicitaron mercedes sobre veneros y arroyos que no habían sido explícitamente mencionados en las mercedes anteriores, dándose tal acaparamiento que era prácticamente imposible obtener una merced de agua después de 1620. Véase por ejemplo, el desesperado intento de los mercedarios por conseguir una merced de agua en el año de 164111. Una situación similar ocurrió en el repartimiento de aguas de la cuenca inferior del río Nexapa, entre los valles de Atlixco e Izúcar en el año de 1622, en el que se consideró la imposibilidad de que se solicitara más agua, aun cuando se argumentara que las haciendas contaban con una superficie mayor de tierras12.

 

El conflicto por el agua

Definida legalmente la apropiación del agua en la zona de estudio, la forma que se utilizó a partir de entonces para acceder al agua de sus ríos por parte de otros labradores que sucesivamente se fueron instalando en sus alrededores, consistió en acuerdos de carácter privado entre los poseedores de las mercedes y los nuevos demandantes del líquido. Tal situación provocó que durante la segunda mitad del siglo XVII los conflictos por el agua se volvieran constantes y evidenciaron la gran competencia por este recurso entre los distintos hacendados, en un proceso que incluyó también a los pueblos de indios.

La intensidad de los conflictos por el agua en Texmelucan se agudizó durante la segunda mitad del siglo XVIII, particularmente entre 1663 y 1673, en la cual los propietarios de la hacienda Polaxtla, junto con otros hacendados del Cotzala inferior se quejaron y promovieron acciones contra los hacendados establecidos en el alto Cotzala y en las márgenes del Río Santa Elena en la zona de laderas.

En particular, Blas Dávila Galindo, con Valentín Pérez Forte, Juan Varela y Gabriel de Alvarado, se quejaron en repetidas ocasiones, durante casi una década, que Jorge Zerón Zapata, Marcos Ramírez de Arellano, Antonio Gómez de Villegas, Juan de Alvarado, Sebastián de Barojas y el administrador de la hacienda de Nuestra Señora de la Merced, éstos últimos establecidos alrededor del río Santa Elena, debiendo hacer sus siembras de temporal, extraviaban el agua de dichos ríos "sirviéndose de ellas en muchas y cuantiosas sementeras que hacen de trigos, chilares, maíz y otras semillas de riego"13, al mismo tiempo que se manifestaron en contra de Domingo de Chanes, propietario de la hacienda Mendocinas por tomar más agua de la que le correspondía.

Si tomamos en consideración la ubicación geográfica de las unidades de producción que contendieron legalmente en la lucha por el agua en Texmelucan encontramos una diferenciación espacial interesante, de tal modo que obtendríamos otra lectura de la configuración del conflicto. Llama la atención la situación espacial de la hacienda San Cristóbal Polaxtla, propiedad de Blas Dávila Galindo, parte actora durante el transcurso de este litigio. Esta propiedad se encuentra ubicada en pleno valle, en el último tramo del recorrido del Río Cotzala, casi a punto de desembocar al Río Atoyac. Los demandados se encuentran en una posición geográfica notoriamente distinta.

En el caso de las propiedades de los demandados, ubicadas en las cercanías del Río Santa Elena, todas se encuentran localizadas en la parte alta, es decir río arriba, en altitudes incluso mayores a 2 500 m en un área que es irrigada por ojos de agua y veneros que descienden por las laderas de la Sierra Nevada, cuya agua se suma más abajo al Río Santa Elena y luego al Cotzala; lo que es significativo si tomamos en cuenta de que en el caso extremo de prescindir del Río Santa Elena, seguramente tendrían otras opciones o fuentes de agua a las cuales recurrir.

Al mismo tiempo, una gran preocupación para la parte actora, cuya propiedad se encontraba aguas abajo fue, como era de suponerse, las aguas del Río Cotzala, el cual tenía un caudal mayor que el anterior. De ahí que la lucha enconada por el agua también se canalizó en contra del dueño de la hacienda Mendocinas, el capitán Domingo de Chanes. La hacienda Mendocinas, se localiza en una posición muy estratégica, en el centro medular del Valle de Texmelucan, y su extensión la ubicaba en un punto de transición entre la planicie y la zona de laderas bajas. Tenía su presa muy cerca de San Agustín Atzompa y tomaba su agua junto con la de los pobladores de San Juan Tetla.

Cabe señalar en este punto que, por su ubicación, esta hacienda tuvo innumerables querellas con los pobladores de San Agustín Atzompa y San Juan Tetla, quienes de manera permanente denunciaron constantemente el desvío del agua a que eran sometidos con frecuencia por parte de los propietarios de esta hacienda.

Por otra parte, a la muerte de Blas Dávila Galindo, sus sucesores, así como Fernando de Valdés y Portugal, propietario del molino de San Simón y de las haciendas de Buenavista y Acuicuilco, emprendieron una disputa sin tregua con el propietario de la hacienda Mendocinas, a tal grado que, en diversas ocasiones se reconoció que esta hacienda derivaba más agua de la que tenía autorizada por lo que la troje de la hacienda fue embargada en varias ocasiones14.

El punto álgido del conflicto se presentó en plena temporada de secas, en los meses de febrero y marzo de 1672, cuando Alonso de Cuevas Dávalos, corregidor de la Provincia de Huejotzingo, realizó personalmente el reconocimiento de la toma de agua en cuestión, declarando que el capitán Domingo de Chanes tenía puesta una presa con la que tapaba todo el río y que la zanja llevaba mucha cantidad de agua, derramándose en algunos tramos. En vista de ello, y a petición del capitán Fernando de Valdés, ordenó a tres indios del pueblo de San Juan Tetla que rompieran dicha presa y dejásen la zanja necesaria para llevar el surco de agua que tenían autorizado. En consecuencia, el 11 de marzo de 1672, se procedió al embargo de tres mil fanegas de maíz que se encontraban en la troje de la hacienda Mendocinas por bienes del capitán Domingo de Chanes para subasta y cobro de la multa en que incurrió.

A fines del mes de marzo del mismo año el capitán Fernando de Valdés y Portugal se querelló del mayordomo del capitán Domingo de Chanes y denunció que el 23 de marzo dicho mayordomo les quitó el agua a los naturales del pueblo de San Juan Tetla y además los quiso aporrear y que asimismo, los días 26 y 27 del mismo mes volvió a llevar el agua para llenar el jagüey del dicho su amo. En efecto, el 30 de marzo de 1672 el teniente del partido de San Salvador reconoció el jagüey de la hacienda de Las Mendocinas y certificó que tenía gran cantidad de agua y que la zanja parece haber estado corriente con cantidad de agua; en concordancia con ello también la declaración de los testigos Juan Pedro, regidor del pueblo de San Juan Tetla, y Joseph Martín y Juan Sebastián, naturales del mismo, ratificaron lo expuesto por el capitán don Fernando de Valdés y Portugal.

Domingo de Chanes no sólo presentó réplica de los escritos de su oponente sino que además, en una carta fechada el 7 de octubre de 1672, cuestionó que la parte contraria se quejara de que es perjudicada en el agua cuando por otro lado la daba a otras personas que no tenían título para tomarla, como fue el caso con

Antonio Gómes de Villegas que saca agua de dicho río una legua antes de llegar a dicho molino sin tener títulos como consta de diligencias hechas ante Juan de Zabala, receptor que fue de esta Real Audiencia, y lo mismo corre en cuanto a las haciendas de los padres de Nuestra Señora de la Merced que también están antes del molino de la parte contraria, pues se riegan de dicho río de Quesala y el de Santa Elena percibiendo [...] utilidades por dejarles sacar las aguas para dicho riego. Y asimismo consiente la parte contraria y por la misma causa para la hacienda que llaman de la Viscaína y a los indios de los pueblos de San [Gregorio] y San Marcos y a Antonio de Medina, Fernando de Salzedo [fulano] Francisco mestizo; Nicolás Sánchez, Felipe el mulato, Esteban Lucas, Mathías Coiotes, Juan Francisco, mulato arriero del pueblo de San Salvador, que tiene pegujales de tierras, les consiente sacar dicha agua de dichos ríos después de dicho molino por arrendamientos que le hacen y utilidades que percibe de ellos; como todo ello es público y notorio y estas las debía percibir su Majestad como dueño de dichas aguas pues a la parte contraria no le dio más que el uso de ellas para el dicho molino y sus tierras y no para venderlas y arrendarlas y sacar de ellas más utilidades15.

La denuncia anterior evidenció que el problema del agua en los ríos Cotzala y Santa Elena era mucho más complejo y trascendía los límites de este litigio. Los intereses sobre las aguas de dichos ríos eran cada vez más numerosos, en un contexto en el que la concesión legal se había detenido décadas atrás.

La situación de los naturales de San Juan Tetla fue otro asunto que había quedado pendiente; por lo menos así lo hace ver una petición fechada el 14 de octubre de 1672, en la que Juan Felix de Gálvez en nombre de dichos naturales, pide testimonio del decreto de la Audiencia por el que se manda que no se les impida ni embarace llevar el surco de agua que les pertenece, para que la justicia de aquel partido le de entero cumplimiento16.

Días después, en un reconocimiento que se hizo de la presa del capitán Domingo de Chanes, comparecieron ante Diego de Landa, teniente del partido de San Salvador, Juan Matías y Joseph Martín, naturales del pueblo de San Juan Tetla, quienes preguntados por la dicha presa respondieron que "Baltasar [...] gañán de la hacienda de las Mendocinas y Rafael, capitán de dicha hacienda, debe de haber tiempo de ocho días como pusieron dichos palos y presa por donde al parecer destos que declaran han ido más de cuatro surcos de agua que han estado corrientes todo el tiempo que llevan dicho y que es aquesta la parte y lugar por donde ha conducido el agua del dicho río de Quesala el capitán Domingo de Chanis y donde se le han desbaratado y quitado dicha presa y dicha zanja al parecer ha llevado [más] cantidad de agua de la que lleva ahora según la [humedad] y señal que por ella parece"17. Asimismo se refiere en este auto que dicha diligencia se hizo a petición del capitán don Fernando de Valdés y Portugal; al parecer, la alianza de este último con los naturales de dicho pueblo fue el último recurso que seguramente utilizó.

Posteriormente, en un escrito presentado el 23 de noviembre de 1672 los naturales de San Juan Tetla declararían lo siguiente:

Joseph Martin, tequitlato del pueblo de San Juan Tetla, Juan Pedro y Juan Matías en nombre de los demás del, decimos que nos querellamos del mayordomo ayudante capitán [indio sirviente] de Domingo de Chanes que nos impide llevar el agua a nuestro pueblo que nos toca y nos molestan amenazan y aporrean y no nos dejan usar de ella de día sino alguna vez de noche y nos es de perjuicio y no tenemos útil ni provecho que [hemos] menester para sustentarnos y pagar nuestros tributos... Por lo cual, a vuestra merced pedimos y suplicamos les notifique con penas graves, no nos aporreen ni molesten ni quiten nuestra agua como lo hacen siempre de que nos siguen graves daños18.

Lo controvertido del litigio, pero sobre todo la denuncia hecha por el capitán Domingo de Chanes sobre las derivaciones sin título que había en el Río Cotzala y las quejas de los naturales de San Juan Tetla respecto de los abusos cometidos en su contra, determinaron que el 5 de noviembre de 1672, los miembros de la Real Audiencia ordenaran que se hiciera vista de ojos de los ríos Cotzala y Santa Elena y que ésta fuera ejecutada por uno de los oidores de la Audiencia.

San Agustín Atzompa y San Juan Tetla son pueblos antiguos del Valle de Texmelucan, han fungido como guardianes del agua y los bosques a través del tiempo y en la actualidad forman parte de un activo Cuadro de Aguas del Alto Cotzala. De manera particular, San Agustín Atzompa, de quien dice Úrsula Dyckerhoff, ser de origen prehispánico19.

 

Vista de ojos y repartimiento de aguas de 1673

Se puede observar la fuerte presencia de algunos hacendados que por el tiempo e influencia adquirieron una posición de dominio y poder muy excluyente, que se tradujo en acciones dirigidas al control y bloqueo de los recursos hídricos. En segundo lugar, a través del conflicto pudimos ver la emergencia de algunos hacendados que pusieron en tela de juicio la vieja red de dominio y que destacaron como serios competidores en el ámbito empresarial, con lo cual, a su vez, se perfiló un nuevo proceso en el que tuvieron cabida un buen número de pequeños y medianos productores que sucesivamente se fueron instalando en la zona de estudio. Al tiempo que encontramos una firme respuesta por parte de la población autóctona por la defensa de un recurso fundamental para su supervivencia y desarrollo.

No es casual, entonces, que haya sido el capitán Domingo de Chanes (representante del segundo tipo de hacendados), quien en respuesta a las denuncias y quejas en su contra, haya promovido con sumo interés la realización de la referida vista de ojos y repartimiento de aguas que enseguida se tratará, por lo menos así lo evidencian las declaraciones del oidor de la Audiencia, doctor Frutos Delgado, encargado para esta comisión, como las mismas actuaciones del mismo Domingo de Chanes durante la realización de dicha vista de ojos y repartimiento.

En plena temporada de invierno, el miércoles 25 de enero de 1673, el oidor Frutos Delgado arribó al pueblo de San Salvador en la Provincia de Huejotzingo para proceder a la vista de ojos. Aunque su misión duró aproximadamente 16 días, la vista de ojos se realizó en tan sólo cinco, empezó el día 27 y terminó el 31 de enero de dicho año. El recorrido se inició en las faldas de la Sierra Nevada, en un paraje denominado Atzompa en el punto donde se encuentra la presa por donde toma su agua la hacienda Atzompa, esto es en el curso superior del Río Cotzala; asimismo dicho recorrido abarcó todo el curso de este río así como el del Santa Elena, los ojos y manantiales vecinos, también incluyó una inspección de jagüeyes en algunas haciendas, y terminó en la hacienda de San Cristóbal Polaxtla, en los alrededores de San Martín Texmelucan.

De las audiencias realizadas se observa que los convenios entre particulares, derechos consuetudinarios y prácticas ilegales fueron las situaciones características que evidenció la vista de ojos.

A continuación se presenta un desglose de algunas de las principales haciendas del Valle de Texmelucan que intervinieron en las disputas por el agua o que representan un cuadro de la situación al momento de la vista de ojos y repartimiento de aguas del Río Cotzala de 1673.

Alto Cotzala20

Uno de los aspectos que salta a la vista como resultado de las audiencias que se sostuvieron con los labradores establecidos en esta parte del río es la notoria dependencia de éstos con respecto a los dueños de las mercedes centrales, es decir los propietarios de las haciendas de Buenavista, Acuicuilco y Molino de San Simón, quienes ejercieron una posición de dominio y control sobre el agua del área. Es notable que a partir de los años 1613-1614, cuando empiezan a otorgarse mercedes de aguas río abajo del molino se aclare que se entienda que éstas se otorgaron con cargo y condición de que sea después de que los dueños del molino y haciendas de Buenavista y Acuicuilco se aprovechen de las aguas de los ríos Cotzala y Santa Elena.

A través del tiempo tales prerrogativas continuaron vigentes y las consecuencias de dichas declaraciones se evidenciarían al momento de la vista de ojos y reconocimiento efectuado en el año de 1673. Efectivamente, Joseph Gómez de Villegas, propietario de la hacienda Atzompa, sostiene que el agua que goza del Río Cotzala se adquirió por la compra de un surco de agua a don Augustín de Valdés y Portugal, dueño de las citadas haciendas y molino, por lo que se le ordenó que "dentro de tres meses primeros siguientes ocurra con dichos papeles y donación que le tienen hecha... al superior gobierno de esta Nueva España para que sirviendo a su Majestad con la cantidad de pesos que pareciere conveniente, se le despache merced de dicho surco de agua"21. Otros hacendados hacen referencia a convenios, como en el caso del capitán Domingo de Chanes, quien señaló que por vía de transacción se le concedió la cantidad de surco y medio de agua más los remanentes del surco que tomaban los naturales de San Juan Tetla; como también los sucesores de la hacienda que fue de Sebastián de Barojas, quienes con menos posibilidades se excusaron diciendo que tenían permiso de los dueños del molino y las haciendas de Buenavista y Acuicuilco.

Hacienda Mendocinas

Como resultado de la vista de ojos se encontró que por la presa y zanja por donde tomaba el agua esta hacienda, junto con la de los naturales de San Juan Tetla, iban en corriente más de seis surcos de agua, la mayoría de los cuales, sino es que todos, se dirigían a la hacienda Mendocinas como se desprende de las reclamaciones continuas de los naturales de dicho pueblo, quienes sólo tenían autorizado el uso de un surco de agua; por lo que el oidor Frutos Delgado determinó "que el dicho capitán Domingo de Chanes no lleve más que el dicho surco y medio en que así está amparado y que pena de quinientos pesos ...no tome ni saque más cantidad de agua, ni a los dichos indios les quite la suya tapándoles su data de día ni de noche sino que libremente se la deje llevar para dicho su pueblo y a los dicho indios que habiéndose aprovechado de ella la larguen a dicho río para que la gocen los demás interesados"22.

Hacienda Buenavista

Esta hacienda, junto con la de Acuicuilco y el molino de San Simón constituían una gran propiedad que durante varias generaciones poseyó la familia de Valdés y Portugal. Continuando con dicha tradición, los hermanos el doctor Pedro, presbítero y abogado de la Real Audiencia, y el capitán Fernando de Valdés y Portugal, la explotaban o en ocasiones arrendaban a algún labrador; asimismo, al igual que sus antecesores, dichos hermanos desempeñaron un papel protagónico en la toma de decisiones sobre las aguas del Río Cotzala y en el desarrollo económico del área.

El recorrido hecho por el señor oidor incluyó la vista de las presas y tomas de agua de los pueblos de indios asentados en las cercanías o márgenes del Río Cotzala, como también audiencias con los alcaldes y oficiales de república23 de los pueblos de San Agustín Atzompa, San Juan Tetla, San Felipe Teotlaltzingo y San Matías Cuezalan [Atzala], quienes en "lengua mexicana" señalaron los lugares por donde tomaban el agua del río así como sus inconformidades y diferencias con algunos de los labradores españoles. Cabe señalar que en general a cada uno de los pueblos de indios de nuestra zona de estudio se le había autorizado el uso de un surco de agua para su menester y riego de sus sementeras.

Como se dijo antes, uno de los pleitos notorios en este tramo del río es el que subsistía entre los naturales de San Juan Tetla con el capitán Domingo de Chanes, con quien compartían la presa por donde se derivaba el agua del río, a quien se acusaba de extraviarles el agua y otros excesos, como lo plantearon en una petición al señor oidor Frutos Delgado en su calidad de juez:

Joseph Martin, tequitlato, Juan Pablo y Juan Mathías, naturales del pueblo de San Juan Tetla, en nombre de los demás de nuestro de (sic) pueblo decimos que tenemos pedido ante nuestro señor y nuestro amo el Rey que no queremos vaya el agua de nuestro pueblo con la de Domingo de Chanes porque no la gozamos. Y su Majestad mandó que pena de 500 pesos la llevase la suya aparte porque la presa y zanja por donde la lleva es nuestra y de nuestros antepasados. Parecemos ante vuestra señoría como quien representa a su Majestad y viene a verla y decimos que como lo tiene mandado se ejecute porque recibimos munchas vejaciones del dicho Chanes y sus mayordomos y sirvientes, aporreándonos como lo tenemos dicho ante nuestro alcalde mayor y nuestro teniente y ante su señoría en la audiencia. Por lo cual a vuestra señoría pedimos por amor de Dios que antes de irse, a que dicho Domingo de Chanes haga otra zanja y presa porque no queremos la lleve con la nuestra ni por nuestro pueblo por los malos tratamientos y ser pobres y miserables y que nuestro Rey nos ampara como sus vasallos y pedimos justicia24.

No obstante que dicha presa y zanja la utilizaban desde mucho tiempo atrás y que las quejas de los naturales se habían manifestado con anterioridad, el señor oidor determinó que por las condiciones del terreno aquel lugar era el más idóneo para la toma de la hacienda Mendocinas, con lo cual a pesar de los naturales de San Juan Tetla se ordenó que hasta otra cosa se provea dicha hacienda siga sacando su agua junto con la de dicho pueblo.

Río Santa Elena

En esta zona podemos destacar la emergencia de un grupo de productivos hacendados que se establecieron en una ventajosa parte del territorio y que regaban con el agua de veneros que descienden de la Sierra Nevada y de algunos pequeños manantiales que se encontraban dentro o en las cercanías de los linderos de sus propiedades, lo que les proporcionaba cierta autonomía. No obstante, por la propia dinámica de flujos de la subcuenca, así como por los intereses productivos y de control del recurso, el agua aprovechada por estos hacendados era cuestionada por otros interesados. La problemática por el uso del agua en esta parte de nuestra zona de estudio estaría más bien ligada con la presión que ejercieron los interesados río abajo, es decir en el curso inferior del Cotzala y en particular por la que ejerció con anterioridad Blas Dávila Galindo y posteriormente sus herederos. Otro aspecto que se destaca durante el reconocimiento de las aguas del Río Santa Elena y su área circundante es el conflicto que se ventila de las denuncias de los naturales de San Salvador Texmelucan (El Verde) y San Gregorio Aztotoacan contra algunos de los labradores establecidos en las márgenes del río.

Hacienda La Isla

Esta hacienda formó parte de los bienes de Jorge Zerón Zapata, personaje de cierta relevancia, que tuvo varias empresas agrícolas en nuestra zona de estudio. Como ya se dijo, esta hacienda regaba sus tierras a través de la zanja por donde se derivaba el agua para la hacienda de Contla, pero no bastando con ello, la tomaba también de la que llevaban para sí los naturales del pueblo de San Salvador como resulta del reconocimiento que el señor oidor Frutos Delgado realizó sobre este particular, el día 28 de enero de 1673.

Efectivamente, durante la vista de ojos que se realizó en este paraje comparecieron el alcalde y oficiales de república del pueblo de San Salvador Texmelucan quienes en "lengua mexicana" dijeron

".que como constaba de los papeles que presentaban con la solemnidad necesaria estaban amparados en la posesión y uso de los ojos de agua que bajan por dicha sierra que tocaban al dicho pueblo y al de San Andrés que habían gozado de tiempo inmemorial para el riego de sus sementeras y que el dicho don Jorge Zerón la mezclaba e incorporaba con la que llevaba para el riego de dicha hacienda con que se llevaba mucha parte de ella y llegaba de muy mal calidad, por lo cual su merced reconoció dichas zanjas y vio que estaban mojadas y que por ellas parece quitarles la dicha agua a dichos naturales. Y así mandó se cerrasen y quitasen y que dichos naturales llevasen el agua de dichos ojos dividida y separada de la demás como en efecto se hizo y se les dejó en corriente y su merced mandó se les notificase a los mayordomos de los dichos don Jorge Zerón y don Nicolás Flores no les quiten la dicha agua a los dichos naturales con ningún pretexto so pena de quinientos pesos..."25

En forma similar a lo observado en el Cotzala superior, podríamos decir que, en aras de la necesidad empresarial, aquí también se dio un proceso de apropiación de los recursos hídricos de los pueblos de indios por parte de los hacendados de la zona. Sin embargo, la explicación de este proceso deberá tomar en consideración que la estrategia de apropiación de los recursos naturales de los pueblos de indios implicó a su vez un doble propósito o efecto: la eliminación de un pequeño competidor por un lado y por otro la disponibilidad de mano de obra barata.

Hacienda San Pedro Malinaltepec26

Toma su nombre de un cerro nombrado Malinaltepec cerca del cual hay algunos ojos de agua, de los que uno de ellos nace en tierras de esta hacienda. Precisamente por este ojo de agua Blas Dávila Galindo interpuso demanda contra Juan de Alvarado en fecha anterior a esta vista de ojos y repartimiento27. En el reconocimiento que se hizo con la llegada del oidor doctor Frutos Delgado, el día 28 de enero de 1673, se halló que era un ojo de agua pequeño que se consumía cerca de su nacimiento por salir por él muy poca cantidad de agua y se cita que tiene merced para tomar dicha agua.

Otras haciendas del rumbo, como la de Juan de la Mota, así como la de los Mercedarios, regaban sin título los trigos que tenían sembrados, aludiendo que tenían permiso de los otros hacendados de la región sin precisar exactamente de quien, por lo que el oidor les otorgó un plazo de tres meses para que regularizaran sus derechos al agua que tomaban28.

Hacienda Teponantzingo

A la fecha de la vista de ojos que se hizo sobre esta hacienda el día 30 de enero de 1673 su propietario, Marcos Ramírez de Arellano, regaba sus tierras con un surco de agua que traía un arroyo que bajaba de la Sierra Nevada y que nombraban Tzitzicasocan, que según se reconoció fenecía su discurrir sobre su propio curso, poco después de haberse unido con los remanentes del ojo de San Pedro Malinaltepec, sin llegar a juntarse con las aguas del Río Santa Elena, por lo que el oidor Frutos Delgado consideró procedente que el dicho Ramírez de Arellano solicitase merced de dicha agua en conformidad del ofrecimiento que tenía hecho de servir a su Majestad con doscientos pesos.

Los derechos de esta hacienda sobre el referido arroyo seguramente fueron los que de manera tan insistente objetó en su momento Blas Dávila Galindo, dueño de la hacienda San Cristóbal Polaxtla.

Hacienda Acuicuilco

Como se ha señalado, fue parte del patrimonio de los hermanos de Valdés y Portugal. Recibe su nombre de un ojo de agua que se halla en sus inmediaciones y de donde por cierto tomaba parte del agua que utilizaba para su riego29. Otra parte del agua utilizada por esta hacienda era tomada del Río Santa Elena a través de una zanja por donde asimismo la tomaban los naturales del pueblo de San Gregorio Aztotoacan, quienes habiéndose aprovechado primero de ella, según se cita, luego la dejaban pasar para el riego de las tierras de la hacienda Acuicuilco.

Por la cercanía que hay entre el pueblo de San Gregorio Aztotoacan y el mencionado ojo de Acuicuilco, es bastante probable que los naturales de este pueblo hayan usado sus aguas desde tiempo inmemorial así parece demostrarlo también la siguiente declaración y petición presentada ante el doctor Frutos Delgado como juez encargado de esta vista de ojos y repartimiento de aguas:

Don Lucas Juáres, Miguel Juáres, Manuel Ximénes, Juan Agustín y Juan Anbrosio parecemos ante vuestra señoría como naturales del bario (sic) de San Gregorio [Aquiquilaall], y los demás nuestros compañeros y vecinos de dicho bario, prestando voz y caución de todos decimos cómo nosotros ha munchos años y nuestros antepasados sembramos nuestros pejugales de tierra en dicho pago y sus distritos para ayudar a pagar los tributos de su Majestad como estamos obligados y para suplir otras nuestras necesidad. Y para haber de regar dichos pegujales nos valemos de un manantial que es que llamamos Aquiquilall que es nuestro propio, y munchas veces queriendo regar nos perturban y nos quitan el agua algunos españoles y se nos pierden nuestros pegujales y no tenemos de que valernos. A vuestra señoría pedimos y suplicamos como a nuestro padre y amparo mande y sea notorio las penas que vuestra señoría fuere servido de imponer que ningún español con ningún pretextos nos inquiete y no nos quiten lo que es nuestro que en ello recebiremos merced y justicia y en lo necesario30.

No obstante la petición y declaración presentada por parte de los pobladores de San Gregorio, el señor oidor doctor Frutos Delgado resolvió el 30 de enero de 1673, un día antes de su visita a esta hacienda, que dichos naturales sólo rieguen con las aguas que tomaban del Río Santa Elena, esto es, con los dos surcos de agua que compartían con la hacienda de Acuicuilco, por considerar que era agua suficiente para dicho pueblo y por ser muy poca la población que había en él. Con la anterior resolución los naturales de San Gregorio perdieron entonces parte del agua que utilizaban desde tiempo atrás para el riego de sus tierras y con ello parte de su historia y de su espacio vital.

Bajo Cotzala31

En este tramo del río, la injerencia de las mercedes centrales es nula, lo que en principio generó que no hubiera ningún impedimento para que se otorgaran formalmente mercedes de agua en esta parte del río. Sin embargo, cabe señalar que a la larga fueron estos hacendados los que establecidos en las márgenes y alrededores del Cotzala inferior pretendieron ejercer una función de control más amplia sobre todo el sistema acuífero de la zona de estudio.

Se ha dicho antes que los usuarios de esta parte del río tuvieron una participación activa en los pleitos que se desataron en la década de 1663 a 1673 y que culminaron con esta vista de ojos y repartimiento de aguas. Cabe señalar que los actores fueron en particular los dueños de las haciendas ubicadas en la margen sur del Cotzala inferior, los mismos que derivaban el agua de dicho río a través de una misma presa y toma de agua, que llamaremos aquí toma mancomunada. Los propietarios o encargados de estas cuatro haciendas al momento de esta vista de ojos eran Domingo Dávila, hijo de Blas Dávila Galindo, Gabriel de Alvarado, Valentín Pérez y Juan Andrés, albacea y tenedor de bienes que quedaron por muerte de Juan Varela; los tres últimos basados en una misma merced que originalmente se otorgó a Gaspar Varela32.

Toma mancomunada

Resulta que con base en las mercedes presentadas, los usuarios de esta toma común tenían autorizado extraer su agua sólo después de la confluencia de los dos ríos, esto es, después de haberse juntado el Cotzala y el Santa Elena, como se hacía en los tiempos de Blas Dávila Galindo. No obstante, en su afán de aprovechar al máximo las aguas de este río y buscando el acceso más cómodo para conducirlas hasta sus haciendas, estos usuarios trasladaron el lugar por donde usualmente la tomaban, a otro exactamente junto al molino de San Simón, donde después de salir el agua de él, en cantidad de 24 surcos, la encajonaron en su totalidad para derivarla hasta sus haciendas. Para llevar a efecto lo anterior instalaron la nueva zanja sobre las tierras de Pedro Alfonso Sánchez, labrador y vecino de esta jurisdicción, quien declaró que por permitirles el paso de dicha agua por sus tierras

"...habrá ocho años que se compusieron con él todos los susodichos de que le darían como le dieron agua para regar quince fanegas de trigo de sembradura que son las mismas que ha sembrado de riego y hoy tiene sembradas, que pareciéndole lo podían hacer no ha ocurrido al gobierno a sacar merced..."33

Reconocida esta situación por el doctor Frutos Delgado durante la visita que hizo al lugar el día 31 de enero de 1673, se ordenó que dicha presa y zanja nueva se demoliese y que el agua se echase a la madre del río y que "por ahora y sin perjuicio del derecho de su Majestad para poder disponer de las sobras de agua que hay en dicho río la saquen por la zanja y toma antigua por donde antes la llevaban... en la cantidad que por su merced dicho señor oidor se les señalare y lo cumplan pena de mil pesos"34. Como se verá en la resolución definitiva del señor oidor, sólo se les permitió que tomaran 14 surcos de agua y no los 24 surcos que disfrutaban con anterioridad.

Hacienda San Cristóbal Polaxtla

Sobre el curso del Río Cotzala y en las proximidades del pueblo de San Martín Texmelucan se examinó la presa y toma por donde doña Inés Gonzaléz, viuda de Blas Dávila Galindo, sacaba doce surcos de agua con que regaba las tierras de su hacienda, en virtud de la merced que se le concedió en su momento a Cristóbal López de Acosta. Asimismo se midió dicho río antes de esta toma y se observó que desde la presa de doña Ana Rosón hasta este punto había crecido ocho surcos más de agua por los ojos y manantiales que se hallaban en su orilla y en la madre del río.

Respecto al beneficio que esta hacienda gozaba de las aguas del Río Cotzala, es importante señalar que además del agua que derivaba por la presa anterior tomaba agua por la llamada toma mancomunada, así como agua de los ojos y ciénaga de San Juan Tuxco, lo que le debió haber permitido a esta hacienda una gran capacidad productiva.

Al término de esta vista de ojos y recorrido por el curso inferior del Cotzala, el señor oidor Frutos Delgado, en calidad de juez comisionado para este asunto, declaró casi anticipándose a su informe y resolución final que, en perjuicio de su Majestad, prácticamente todos los usuarios de esta parte del río, usaban de sus mercedes con exceso sin tener necesidad de tanta agua, además de haber dado agua a otras personas excediendo de la facultad que les está permitida. En especial señala que doña Inés González, viuda de Blas Dávila Galindo, Gabriel de Alvarado, Valentín Pérez Forte y Juan Varela no sólo se llevaban todo el Río Cotzala sin dejar remanente alguno, sino que contradijeron a otros vecinos que intentaron sacar mercedes alegando que era en su perjuicio como lo hicieron con Arcos Ramírez de Arellano, con los religiosos mercedarios, con Jorge Zerón y otros más, haciendo tales contradicciones en perjuicio de la real hacienda, en vista de lo cual resolvió que

"...los dichos Balentín Péres Forte, Juan Barela, Gabriel de Albarado y doña Ynés Gonsáles, viuda del dicho Blas Dávila Galindo, sus hijos y herederos saquen por la dicha zanja y presa antigua por donde antes de ahora lo hacían en tiempo del dicho Blas Dávila Galindo, que es después de haberse juntado los dichos dos ríos de Quezalan y Santa Elena catorce surcos de agua, cuatro para la hacienda que fue de dichos Blas Dávila Galindo que posee la dicha doña Ynés Gonsáles y sus herederos en virtud de la merced fecha a Lorenso Dávila, cuatro Gabriel de Albarado, tres Balentín Péres Forte y tres el dicho Juan Barela para las dichas sus haciendas, en virtud de la merced fecha a Gaspar Varela... Y asimismo, se notifique a la dicha doña Ana Rosón y a Diego Gonsáles para que dentro del dicho término haga otra presa por donde lleven seis surcos de agua y no más los cuatro para la dicha doña Ana Roson y los dos para el dicho Diego Gonsáles ... Y asimismo y en la dicha forma se haga dicha notificación a la dicha doña Ynés Gonsáles, viuda del dicho Blas Dávila Galindo, y a sus hijos y herederos para que en la zanja por donde sacaba doce surcos de agua para el riego de la hacienda que tiene junto a San Martín en virtud de la merced fecha a Christoval López de Acosta no saque más que cuatro surcos de agua..."35

La inspección y repartimiento de las aguas del Cotzala también incluyó el reconocimiento de los ojos de agua en diversos puntos del territorio, particularmente los ojos de Acuicuilco y San Juan Tuxco, así como los jagüeyes instalados en la zona; de donde se observa que aun en este nivel espacial más reducido existían, como era de esperarse, irregularidades producto de las decisiones y de los acuerdos internos entre las partes, en el que el conjunto de usuarios con derecho se entremezcla con el conjunto de usuarios sin derecho a las aguas como consecuencia de un proceso empresarial expansivo.

Lejos de haber sido resueltas las anomalías y excesos en las derivaciones de agua, las solicitudes de inspección y de reconocimiento de las aguas de los ríos Cotzala y Santa Elena siguieron siendo notorias en nuestra zona de estudio; así, desde una fecha tan cercana como el mes de abril de 1673, por disposición del alcalde mayor de Huejotzingo se realizó una nueva inspección de las aguas del Río Cotzala.

No obstante es hasta el año 1696 cuando se llevó a cabo una nueva inspección y medición de todo el curso de los ríos, a petición del dueño de la hacienda de San Cristóbal Polaxtla, Francisco de Luna, Contador del Tribunal y Real Audiencia, quien sostenía que se estaban efectuando excesos en la derivación de agua.

Un dato interesante de esta nueva vista de ojos es que permite reconocer que la red básica, esto es, legal, de los usuarios de agua no se había modificado sustancialmente de la que había establecido el repartimiento de aguas del año de 1673. Sólo se habían agregado algunas tomas basadas en concesiones que habían sido otorgadas durante el tiempo transcurrido y en algunos acuerdos internos. Sin embargo, un hecho notorio es que en el curso inferior del Cotzala afloraron un buen número de pequeños usuarios de agua, cuyo status legal estaba en entredicho.

El saldo que arrojó esta vista de ojos fue que, en efecto, se estaba derivando mucha más agua de la permitida. Primero por parte de los que tenían un derecho legal al usufructo de las aguas de los ríos Cotzala y Santa Elena, a lo que se sumó también, en segundo lugar, la derivada por un gran número de usuarios, que sin un título claro o definido, se habían establecido en la zona, atraídos por el auge de la producción cerealera.

El asunto no terminó con las disposiciones de la vista de ojos anterior, por lo que el 7 de enero de 1697 se realizó una nueva inspección de las aguas de dichos ríos. En este caso se detectó (aunque no se manejan cifras) que cuatro haciendas estaban tomando con gran exceso el volumen de agua que les estaba permitida.

En consecuencia, la nueva disposición ordenó la destrucción de los jagüeyes y la prohibición de dejar pasar el agua excedente hacia los terrenos de otros productores (fuesen propietarios o poseedores)36. Es interesante hacer notar que el término de pegujalero, referido sobre todo a estos últimos, es bastante recurrente en las inspecciones y reconocimiento de aguas de 1696 y 1697. Un nuevo mecanismo surgió como consecuencia de la coyuntura señalada, la creación de los guardianes del agua, como una nueva forma de controlar y regular el agua en esta parte del Valle de Texmelucan37.

 

Elementos para la discusión en la historiografía colonial sobre Puebla

Respecto a la problemática del agua en Puebla durante la época colonial quiero destacar algunos de los trabajos más relevantes: para el caso del Valle de Tehuacán, Salazar (1993) halló que la problemática por el agua se intensificó a finales del siglo XVII y gran parte del siglo XVIII debido "por un lado, al crecimiento de la población indígena y mestiza que necesitaba un mayor suministro de agua, y por otra parte, a la expansión de las haciendas y ranchos de la región que, asimismo, implicó el aumento de la demanda del líquido"38. En una perspectiva un tanto diferente, en el sentido de no darle tanto peso al incremento poblacional indígena, Camacho (1998) insiste en que en los valles de Atlixco e Izúcar, los repartimientos de aguas tuvieron que ser puestos en práctica desde la segunda mitad del siglo XVI, debido a que el aumento de labradores españoles en torno al Nexapa y afluentes provocaban ciertas tensiones por el control de este recurso39.

En la perspectiva del análisis del conflicto, Lipsett (1987) planteó que "como la demanda de productos agrícolas aumentaba con la concurrente tendencia demográfica hacia arriba, los terratenientes cultivaron un área más extensa, y por tanto necesitaron más irrigación. Ahí está la clave para el increíble surgimiento de conflictos sobre derechos de agua a fines del siglo XVII y que continuaron a través del siglo XVIII" y concluye diciendo que "la irrigación se convirtió en un problema cuando a la presión causada por un aumento en la demanda de productos agrícolas, se unió el incremento demográfico y la disminución del abasto de agua combinados"40.

Lipsett toma en consideración el agotamiento de las reservas de agua así como el incremento poblacional, tópicos que a lo mejor incidieron sobre algunas de las zonas que aborda en su estudio, no así en la que corresponde a nuestra investigación en la que no hubo una rápida y significativa recuperación de la población indígena41.

En el caso de nuestra investigación sobre el Valle de Texmelucan, hallamos que es principalmente el cambio en la orientación económica y productiva, así como el cambio demográfico, expresado en una concentración de la propiedad de los recursos, así como en el manejo de los mismos, y no el incremento de la población autóctona, derivados de la reorganización territorial que implicó la colonización española sobre la base de recursos hídricos de la región, lo que fundó y estableció una nueva territorialidad, lo que desencadenó la lucha y los conflictos por este recurso sobre todo a partir de la segunda mitad del siglo XVII, donde por lo demás encontramos un reposicionamiento de actividad agrícola en la Nueva España42.

 

Conclusiones

En este trabajo se resalta la participación y predominio de algunos de los propietarios del área, lo que supone al mismo tiempo cierta capacidad de concentración de los recursos. Nos parece que más bien es el marcado interés en la producción cerealera lo que contribuye de manera significativa a la intensificación de los conflictos por el agua. Así, vemos que desde el repartimiento de aguas de 1673 se perfila una tendencia con el surgimiento de pequeños productores o pegujaleros que instalados en medio o en la periferia de las grandes propiedades, paulatinamente fueron incrementando la demanda de agua. Esta última situación se manifestó de manera muy clara en la vista de ojos de 1696, cuando en diferentes puntos del Valle de Texmelucan se hace evidente la presencia de estos productores que se sumaron a la producción intensiva del valle.

Los litigios y disputas que describen la lucha por el agua en el sur del Valle de Texmelucan destacan dos aspectos importantes a saber: el primero descansaría sobre los actos que desencadenaron los "terratenientes de abolengo", por llamarle de algún modo, a aquellos hacendados descendientes de otrora propietarios y colonizadores, y herederos de las más vastas y ricas propiedades del valle, como lo fueron el alguacil mayor del Santo Oficio, Blas Dávila Galindo, y los hermanos el capitán don Fernando y el doctor don Pedro de Valdés y Portugal, interesados en controlar y bloquear el uso y manejo de los recursos hídricos de nuestra zona de estudio. El segundo aspecto atañe a la compleja red de usuarios del agua que para la segunda mitad del siglo XVII se había establecido en los alrededores de los ríos y manantiales del área.

En torno a estos dos aspectos gira la problemática del agua en nuestro espacio de análisis y alrededor de los cuales podríamos encontrar no sólo una explicación e interpretación del conflicto sino también a lo que se ha denominado escasez del agua. Ahora bien, sobre el primer aspecto señalado arriba cabe preguntarse qué es lo que hay detrás de la actitud de los "hacendados de abolengo" al querellarse de otros propietarios o productores establecidos en el área; es decir que hay que ver lo aparente, lo evidente y lo que está detrás de las actitudes de los personajes. De entrada podemos señalar que tal comportamiento pudo haber provenido de una tradición de dominio y hegemonía en la zona, que no dudo que la haya habido, o de una defensa de los derechos a los recursos ante la embestida de un mayor número de interesados en el agua en cuestión, pero más allá de ello creo que si bien hubo un mayor despliegue de intereses sobre el agua durante la segunda mitad del siglo XVIl, existe una práctica de acaparamiento de los recursos hídricos no exento incluso del patrocinio directo o indirecto del aumento de los usuarios, como se puede deducir de la vista de ojos efectuada en forma previa al repartimiento de 1673. Es decir un acaparamiento del agua no sólo para el usufructo propio en beneficio de las haciendas, sino también para la explotación de propiedades ajenas a cambio de lo cual se recibía una compensación.

Si tomamos en cuenta además que el Valle de Texmelucan fue lugar estratégico del desarrollo de la agricultura comercial durante la segunda mitad del siglo XVII, entenderemos aún más como los dos aspectos señalados arriba interactuaron en el proceso histórico específico de la zona de estudio y el porqué de la coyuntura que desató el conflicto por el agua durante la década de 1663 a 1673 y que se intensificó hacia fines de siglo.

Cabe señalar entonces que el Valle de Texmelucan constituyó un agrosistema basado en la producción de cereales cuyos destinos principales de comercialización eran las ciudades de México y Puebla. De tal forma que el proceso histórico específico del que se ha hecho mención tuvo que ver de manera directa con la demanda externa de productos agrícolas.

Por otra parte a través del análisis del conflicto pudimos ver la emergencia de algunos hacendados que pusieron en tela de juicio la vieja red de dominio y empiezan a destacar como serios competidores en el ámbito empresarial, con lo cual a su vez, se perfiló un nuevo proceso en el que también tuvieron cabida un buen número de pequeños y medianos productores que sucesivamente se fueron instalando en la zona de estudio.

Otra consideración más que no se puede dejar de resaltar es que esta lucha por el agua en el sur del Valle de Texmelucan involucró de manera directa a los pueblos de indios. En este sentido la emergencia de los pueblos de la región, le da una nueva dimensión a la problemática. Es posible incluso que la inconformidad de los naturales haya sido un factor a considerar en la resolución del conflicto.

Si bien en las disposiciones generales de las Leyes de Indias encontramos un planteamiento dirigido al aseguramiento de las propiedades de los indios y de los recursos naturales de su entorno, sin embargo la aplicación o concreción de las mismas no siempre fue cumplida a cabalidad cuando ponemos la lupa en la observación local o regional. Así parece ser en el caso de nuestra zona de estudio.

En ocasión de la vista de ojos del año 1673, los naturales o sus representantes exhibieron ante el doctor Frutos Delgado quejas, peticiones, testimonios o algún documento de amparo expedido con anterioridad por el virrey o la Audiencia en relación con sus derechos al agua. No obstante la reclamación e insistencia de la parte indígena, las disposiciones del visitador confirmaron en lo esencial que la política del repartimiento estaba dirigida a favorecer los intereses de los labradores españoles establecidos en nuestra zona de estudio, independientemente de las diferencias que entre sí tuvieran estos últimos.

No quiere decir ello que las cosas no hubieran cambiado. En efecto la problemática del agua durante una década de conflicto marcó un proceso de cambio en que el estado de cosas instaurado por los "hacendados de abolengo" se había resquebrajado dando paso a una etapa de intensa competencia y lucha por el agua desde varios frentes, donde incluso los indígenas y los pequeños productores españoles se las ingeniaron para sobrevivir y producir, si se quiere para un mercado local, pero competitivo, como lo sugiere el término pegujalero utilizado tanto para unos como para otros durante la segunda mitad del siglo XVII. Asimismo, también con el tiempo se promovió la figura de guardianes del agua con lo que todos los interesados, incluso los pueblos de la región podrían haber adquirido una figura que les permitiera tener mayor certidumbre y seguridad respecto al abuso de muchos de los hacendados de la región.

El repartimiento de aguas de 1673 sentó un precedente legal para los futuros repartimientos y para el ordenamiento, manejo y aprovechamiento del agua en Texmelucan a través de los siglos, incluso hasta la época actual la estructura básica del sistema se mantiene con algunos cambios derivados de la reforma agraria y de la disolución del régimen hacendario. Sin embargo, mantuvo y orientó los procesos organizativos para el mantenimiento, rehabilitación, monitoreo y cuidado del agua, tanto en lo que se refiere a su vigilancia como a su generación a partir del reconocimiento de la preservación de los bosques. Contribuyó a orientar y a construir una cultura del agua a partir del manejo y explotación que fundó el nuevo orden colonial europeo, al que se sumaron las prácticas y conocimientos ancestrales de la región mesoamericana, incluido los elementos de la cosmovisión de base prehispánica, tanto a través del reconocimiento de los elementos simbólico-religiosos, como puede ser el culto que se le tiene a la montaña como generadora de vida, las prácticas de los "graniceros" y "tiemperos" que hasta la fecha sobreviven en la región y de manera particular a través de las formas comunitarias para el trabajo derivadas del tequio y que se expresan en que el derecho al agua no sólo se otorga a partir o a través de la contribución material o monetaria sino que se funda en la contribución al pueblo, es decir a la participación en sus fiestas, tradiciones y compromisos de la comunidad, a través de las faenas o jornadas de trabajo comunitario, sólo a partir del reconocimiento del trabajo comunitario se adquiere el derecho al agua.

Cabe señalar que no obstante lo pertinente del repartimiento de aguas de 1673 para la solución del conflicto y su carácter fundamental para los futuros repartimientos, la denominada escasez del agua es vista aquí no como una crisis ambiental, sino como una escasez relativa como consecuencia de la demanda de agua que los niveles de producción requirieron durante la segunda mitad del siglo XVII como puede colegirse de la aportación de Texmelucan en la recaudación de los diezmos en el Obispado poblano en el que esta región tuvo una aportación destacada y de donde podemos sostener que los recursos naturales (principalmente agua y suelos) incidieron o favorecieron de manera particular la inserción de este territorio en el desarrollo regional del Valle Poblano-Tlaxcalteca con base en la dinámica y aprovechamiento de la subcuenca del Río Cotzala.

 

Literatura Citada

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Referencias adicionales:

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Notas

1 Miehlich (1998) refiere lo anterior con base en una comunicación personal con Peter J. Schmidt, en Prem (1988), Milpa y hacienda, 15.

2 Miehlich (1998): Fisiografía de la región, p. 18.

3 Esta merced se cita de manera secundaria en la "Petición del capitán don Fernando de Valdés y Portugal sobre aguas del río Cotzala (3 mar. 1671)". AGNM, Tierras, vol. 111, 1ª. Pte., exp. 1, ff.325-325v.

4 "Merced de un herido de molino a Gonzalo Gómez de Cervantes (25 jun. 1593)". AGNM, Mercedes, vol. 19, exp. 299, ff. 126-126v. "Merced de 14-15 caballerías de tierra y tres acequias de agua de riego a Gonzalo Gómez de Cervantes (28 jun. 1593)". AGNM, Mercedes, vol. 19, exp. 301, ff. 127-127v. Existe una referencia indirecta también en "Petición del capitán don Fernando de Valdés y Portugal sobre aguas del río Cotzala (3 mar. 1671)". AGNM, Tierras, vol. 111, 1a. pte., exp. 1, ff. 325-325v., en que se dice que la merced se otorgó para la hacienda de Buenavista y molino.

5 En adelante me referiré a esta concesión en particular como merced(es) central(es).

6 "Acordado a solicitud de Cristóbal López de Acosta (28 jun. 1613)". AGNM, Mercedes, vol. 28, exp. 331, ff. 112v.-113. "Acordado a Juan Gómez Caballero (13 jul. 1613)". AGNM, Mercedes, vol. 28, exp. 357, fs. 122v.-123. "Acordado a Lorenzo de Ávila (21 oct. 1613)". AGNM, Mercedes, vol. 28, exp. 471, f. 182v. "Licencia a Juan Gómez Caballero (23 dic. 1613)". AGNM, Mercedes, vol. 28, exp. 569, f. 233.

7 Mejor conocido como Lorenzo Dávila.

8 "Acordado para que se vean las aguas del Río Cotzala que pide Cristóbal López de Acosta (28 jun. 1613)". AGNM, Mercedes, vol. 28, exp. 331, ff. 112v.-113. "Acordado que pide Juan Gómez Caballero (13 jul. 1613)". AGNM, Mercedes, vol. 28, exp. 357, ff. 122v.-123. Los dos anteriores se refieren a licencias que se solicitaron para sacar agua del río Cotzala. "Licencia a Juan Gómez Caballero para sacar agua del río Cotzala (23 dic. 1613)". AGNM, Mercedes, vol. 28, exp. 569, f. 233. Se cita que hubo contradicción de los naturales de Huejotzingo en el margen izquierdo del documento se aclara que esta licencia no pasó porque se hizo efectiva mediante merced y se asentó en el libro de mercedes por marzo de 1615. "Acordado para que se vean las aguas que pide por merced Lorenzo de Ávila, de las aguas de los arroyos Cotzala y Santa Elena y los nacimientos de las ciénegas de Tuxco (21 oct. 1613)". AGNM, Mercedes, vol. 28, exp. 471, f. 182v. "Merced a Lorenzo de Ávila de las aguas de los ríos Cotzala y Santa Elena y nacimientos de agua de las ciénegas de San Juan Tuxco (10 ene. 1614)". AGNM, Mercedes, vol. 28, exp. 580, ff. 240-240v.; copia de la merced anterior en AGNM, Tierras, vol. 116 exp. 1, fs. 60-64v.

9 "Mercedes de agua a Juan Gómez Caballero (1615-1616)". AGNM, Tierras, vol. 116, exp. 1, ff. 67-69. De igual forma, en la merced otorgada a Gaspar Varela el 10 de enero de 1614 se estipula que el goce de las aguas del Río Santa Elena se haga después de que se haya aprovechado de ella la dicha Ana Salgado, ver la siguiente nota al pie.

10 "Merced a Gaspar Varela de las aguas de los ríos Cotzala y Santa Elena (10 ene. 1614)". AGNM, Mercedes, vol. 28, exp. 581, ff. 240v. 241. "Licencia a Cristóbal López de Acosta para regar con agua del Río Cotzala (2 may. 1614)". AGNM, Mercedes, vol. 28, exp. 762, ff. 328-328v.; a pesar de la contradicción de los naturales de Huejotzingo, la anterior licencia fue otorgada. "Merced a Ana de Mendoza de las aguas de los ríos Cotzala y Santa Elena (13 oct. 1614)". AGNM, Mercedes, vol. 29, exp. 188, ff. 131v.-132. Traslado de la merced anterior en AGNM, Tierras, vol. 111, 1a. Pte., exp. 1, ff. 342-343.

11 "Reconocimiento de las aguas de los ríos Cotzala y Santa Elena a petición de los mercedarios (1641)". AGNM, Mercedes, vol. 41, ff. 110v. ss.

12 Camacho (1998), Repartimientos y conflictos, 165. Una situación diferente parece haberse presentado en el Valle de Tehuacán, en el que se detectó que a partir de 1616 el otorgamiento de mercedes de tierras y aguas aumentó considerablemente. Salazar Exaire: Problemática del agua. pp: 65-66.

13 "Provisión de la Audiencia en que se manda hacer vista de ojos de las aguas de los ríos Cuesala y Santa Elena (13 mar. 1663)". AGNM, Tierras, vol.111, 1a. Pte., exp. 1, ff. 378-380.

14 "Embargo de maíces al capitán Domingo de Chanes, propietario de la hacienda Mendocina (6 feb. 1670)". AGNM, Tierras, vol. 111, 1a. Pte., exp. 1, ff. 303v.-304v. Sobre la inspección a la toma de esta hacienda, en la que rinden declaración los naturales de San Juan Tetla, presentando quejas e inconformidades contra la hacienda Mendocinas ver: "Autos que realizó Diego de Landa, teniente del pueblo de San Salvador (4 mar. 1671)". AGNM, Tierras, vol. 111, 1a. Pte., exp. 1, ff. 328v.-329.

15 "Denuncia de Domingo de Chanes sobre aguas del río Cotzala (7 oct. 1672)". AGNM, Tierras, vol. 111, 2a. Pte., exp. 1, ff. 514-515v.

16 "Petición de los naturales de San Juan Tetla sobre aguas del Río Cotzala (14 oct. 1672)". AGNM, Tierras, vol. 111, 2a. Pte., exp. 1, f. 518.

17 "Reconocimiento de la presa de la hacienda La Mendocina (10 nov. 1672)". AGNM, Tierras, vol. 111, 2a. Pte., exp. 1, ff. 531v.-532.

18 "Declaración de los naturales de San Juan Tetla sobre aguas del Río Cotzala (23 nov. 1672)". AGNM, Tierras, vol. 111, 2a. Pte., exp. 1, f. 540.

19 Ú. Dyckerhoff (1998) en Prem (1988), Milpa y Hacienda.

20 El curso superior del Río Cotzala podemos definirlo como el recorrido que éste realiza desde su nacimiento en las faldas de la Sierra Nevada hasta los alrededores del molino de San Simón, lo que para fines de este trabajo ubicaremos entre el paraje que se denomina Atzompa, hasta las inmediaciones del citado molino, esto es, antes de la confluencia de los ríos Cotzala y Santa Elena.

21 "Presa y toma del agua de la hacienda de labor de Joseph Gómez de Villegas (27 ene. 1673)". AGNM, Tierras, vol. 116, exp.1, ff. 12-12v. Como se infiere del texto la dicha compra fue originalmente una donación.

22 "Vista de ojos y repartimiento de las aguas de los ríos Cotzala y Santa Elena hecho por el señor oidor doctor don Frutos Delgado (27 ene. 1673)". AGNM, Tierras, vol. 116, exp. 1, ff. 14-14v.

23 En otras ocasiones comparecieron el tequitlato y naturales.

24 "Petición de los naturales de San Juan Tetla sobre aguas del Río Cotzala (27 ene. 1673)". AGNM, Tierras, vol. 116, exp. 1, f. 26.

25 "Petición del alcalde y oficiales de república del pueblo de San Salvador Texmelucan (28 ene. 1673)". AGNM, Tierras, vol. 116, exp. 1, f. 18v. Una petición en los mismos términos fue presentada por los mismos naturales, según se refiere, acompañada de un decreto del superior gobierno de la Nueva España autorizado por Luis de Tovar Godines, escribano mayor que fue de la Gobernación y Guerra, con fecha de 4 de junio de 1635 en que se les otorgó amparo a los naturales en los ojos de agua que les pertenece para el uso de su pueblo, en "Petición de los naturales de San Salvador Texmelucan (28 ene. 1673)". AGNM, Tierras, vol. 116, exp. 1, ff. 27-27v.

26 Esta hacienda fue propiedad de Juan de Alvarado, y al parecer se fraccionó en algún momento de la antigua hacienda de Contla.

27 "Autos sobre las aguas de los ríos Cotzala y Santa Elena (feb. 1670)". AGNM, Tierras, vol. 111, 1a. Pte., exp. 1, ff. 255, 274- 280v.

28 Realmente se trata de dos haciendas en una misma mano: la de San Felipe Teotlaltzingo y la de Tlapechhuacan, denominadas para el efecto de esta vista de ojos como la hacienda de La Merced.

29 Ver cap. V, vista y reconocimiento de los ojos de Acuicuilco y San Juan Tuxco.

30 "Petición de los naturales de San Gregorio Aztotoacan (30 ene. 1673)". AGNM, Tierras, vol. 116, exp. 1, f. 28. También en la merced que se otorgó a Juan Gómez Caballero del agua del río Acocuilco se estipula que sea "reservando a los indios moradores en los pueblos de San Raphael y San Gregorio de la jurisdicción de Guexosingo el agua que sacan por las acequias que se declaran en la vista de las diligencias para su sustento y riego de sus legumbres", en "Merced a Juan Gómez Caballero del agua del río Acuicuilco (23 mar. 1615)". AGNM, Tierras, vol. 116, exp. 1, ff. 67-67v.

31 Este tramo del río lo ubicamos después de la toma del molino de San Simón, aproximadamente en los alrededores de la confluencia de ambos ríos hasta su desembocadura en el Río Atoyac. ♦ This stretch of the river is located after the tap from the San Simón mill, approximately in the surroundings of the confluence of both rivers up to their discharge in the Atoyac River.

32 Existe una declaración en la que "se puede leer" que dicha merced comprendió alrededor de diez a doce caballerías de tierra, en "Vista de ojos y repartimiento de las aguas de los ríos Cotzala y Santa Elena (1 feb. 1673)". AGNM, Tierras, vol. 116, exp. 1, f. 34v.

33 "Declaración de Pedro Alphonso sobre aguas del Río Cotzala (1 feb. 1673)". AGNM, Tierras, vol. 116, exp. 1, ff. 34-34v.

34 "Vista de ojos y repartimiento de las aguas de los ríos Cotzala y Santa Elena (31 ene. 1673)". AGNM, Tierras, vol. 116, exp. 1, ff. 30-32.

35 "Repartimiento de las aguas del Cotzala inferior (2 feb. 1673)". AGNM, Tierras, vol. 116, exp. 1, ff. 37-38; Además del exceso en que los citados labradores incurrieron, se tomó en cuenta el auto de vista de 9 de agosto de 1667 en que se ordenó "que el dicho Blas Dávila Galindo no use de la merced del dicho Christóval López de Acosta que por su parte está suplicado".

36 Una problemática en torno al uso de jagüeyes en una zona cercana a la nuestra en Camacho (1998). Repartimientos y conflictos. pp: 164-205.

37 En el Valle de Tehuacán se dispuso de una medida similar, como consecuencia de un conflicto por el agua entre los naturales de Ajalpan y los hacendados de sus inmediaciones, en la que el alcalde mayor ordenó que se notificara "a los oficiales del pueblo para que nombrasen cada semana a dos mayordomos y a dos topiles para que cuidaran las acequias (1669)". AGNM, Tierras, vol. 901, f. 25v. In: Salazar. Problemática del agua. p. 92.

38 Salazar (1993), "Problemática del agua", 86.

39 Camacho (1998), Repartimientos, 221. Refiriéndose a la antigua Coatlalpan (Izúcar) Carlos Paredes ha señalado que desde la década de 1520 se inicia el interés de los conquistadores españoles por los pueblos de esta región, su producción agrícola y su estratégica situación geográfica. Paredes, El impacto de la conquista, 57. Para el Valle de Atlixco, Garavaglia plantea que la problemática del agua parte desde el inicio mismo de la ocupación hispana y que desde 1565 se habla de problemas de escasez de agua de riego, cuando el cabildo poblano planeó desviar las aguas del "Atoyac" (Nexapa) para utilizarlas en el valle referido. Garavaglia, "Atlixco: el agua", 113. Se basa en López de Villaseñor, Cartilla vieja, 84-85.

40 Lipsett. Tierra y agua. pp: 93-94.

41 Sobre la evolución demográfica en Puebla, ver Vollmer. Población indígena de Puebla. pp: 46-47.

42 Sánchez (2001) en "Las disputas por el agua en el Bajío Mexicano a fines del siglo XVIII", 2001, plantea que la historiografía colonialista mexicana da por hecho que la estructura de la producción agrícola tuvo cambios importantes a partir de la segunda mitad del siglo XVII, cuando la producción ganadera se contrae abriendo el espacio a la producción agrícola de trigo, particularmente en las regiones del Valle de Atemajac, Bajío Mexicano, y el Valle Poblano-Tlaxcalteca.

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