Introducción
La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad, y la Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador (2008) en su artículo 44 garantiza que el Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos, en un marco de libertad, dignidad y equidad. En tal sentido, los progenitores tienen el deber general de respetar, proteger y desarrollar los derechos y garantías de sus hijos e hijas. Para este efecto, están obligados a proveer lo adecuado para atender sus necesidades materiales, psicológicas, afectivas, espirituales e intelectuales. Cuando se produce la separación o el divorcio entre una pareja con hijos, hay que entrar a regular una serie de cuestiones tales como la patria potestad, la custodia, la pensión de alimentos y el régimen de visitas en hijos de corta edad, lo que es resuelto por el poder judicial (Sánchez, 2001).
La patria potestad no solamente es el conjunto de derechos sino también de obligaciones de los padres relativos a sus hijos e hijas no emancipados, referentes al cuidado, educación, desarrollo integral, defensa de derechos y garantías de los hijos de conformidad con la Constitución y la ley (Acuña San Martín, 2015). En todos los casos en que el Juez confíe la tenencia o el ejercicio de la patria potestad a uno de los progenitores, deberá regular el régimen de las visitas que el otro podrá hacer al hijo o hija (Congreso Nacional del Ecuador, 2003).
El régimen de visitas es un derecho irrenunciable del padre que no tiene la custodia de sus hijos de visitarlos, comunicarse con ellos y tenerlos en su compañía, con el fin de que los hijos no pierdan relación con el progenitor no custodio (González., Molina & Granizo, 2017). Cuando se habla de manera genérica de un régimen de visitas normalizado se relaciona con un régimen de visitas en el que el progenitor no custodio tiene una estancia con su hijo los fines de semana alternos y vacaciones por mitad con pernocta y una tarde o dos entre semana.
En general, los efectos emocionales del divorcio en los hijos no están predeterminados, ya que dependen de un número importante de factores y reacciones que varían acorde a la edad que tienen, afectando la salud emocional de los niños, niñas y adolescentes; por ello, se hace necesario el cumplimiento del régimen de visitas (Alarcón Chamba, 2014), a fin de que a los hijos no les afecte la separación de sus padres, que en este alejamiento forzado se ha visto muchas veces suspendido, siendo la presencia de su padre (madre) un eslabón fundamental para el crecimiento y desarrollo del menor.
La legislación ecuatoriana garantiza que los hijos crezcan cerca de su padre y de su madre, y con el aislamiento social obligatorio establecido debido al brote del COVID-19, ha existido un cambio sustancial en sus vidas, sobre todo en el ámbito familiar siendo más vulnerables en todo este cambio nuestros niños, niñas y adolescentes a los que se les han restringido múltiples derechos tales como: la libertad, la recreación, la libertad de tránsito, la educación entre otros (Post, 2011).
Desde marzo pasado, nuestros menores permanecen en casa debido a la fase de aislamiento para contener la propagación de la pandemia del covid-19, y a raíz de todo esto, muchos padres y madres separados se preguntan si el régimen de visitas que les permitía convivir con sus hijos menores de edad debe cumplirse en este momento, incluso, hay quienes alegan que las sentencias judiciales son de obligatorio cumplimiento.
No se debe perder el vínculo entre padres e hijos, no olvidar que es un derecho de los niños el mantener contacto con el padre o madre con quien no viven, fomentándose una comunicación adecuada y permanente ayudando de esta forma al desarrollo afectivo, emocional y físico de los menores, y prácticamente, una cuarta parte de los niño(a)s y adolescentes constituye una fuerte alianza con un determinado progenitor en contra del otro (Ramos Zavala, 2014).
El decreto de urgencia por el que se estableció el aislamiento obligatorio no contempla ninguna medida al respecto, no existen medios en la justicia para ver estos casos, hay que aplicar la lógica, la sensatez y la prudencia para evitar riesgos innecesarios y situaciones que no favorezcan a los menores; es imperativo que los progenitores mantengan sentido común y que traten de llegar a acuerdos en beneficio de la sociedad y los menores.
No dudar que las razones de quienes entienden que debe suspenderse el régimen de custodia compartida están guiadas exclusivamente para proteger al menor del contagio en los traslados, (Cardona, 2020); no obstante, debe analizarse la cuestión desde el punto de vista de nuestros hijos, los que se han visto afectados, pues la pandemia ha cambiado su dinámica, el tiempo que pasaba en la casa de su padre se ha visto interrumpido y muchos padres han decidido no poner en riesgo la salud de los pequeños y se han dado la oportunidad de explorar otras formas de comunicación, encontrando en la tecnología una forma de mantener un contacto regular con sus hijos, mediante las videollamadas en cambio otros han acordado que el menor permanezca dos semanas en la casa de mamá y una semana con papá y los traslados lo hacen con las medidas de seguridad posibles, se movilizan en sus vehículos para evitar riesgo y siempre con mascarilla (García & César, 2002).
En síntesis, la suspensión del régimen de visitas afecta la salud mental de los niños, niñas y adolescentes, generando en ellos sentimientos como: rechazo, estrés, angustia, depresión, miedo, deteriorándose los vínculos afectivos, por lo que se hace necesario que ambos padres de acuerdo común velen por el bienestar del menor y el interés superior del niño.
Los textos jurídicos internacionales de protección de los menores, como el art. 9.3 de Convención de los derechos del niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y en vigor desde el 2 de septiembre de 1990, establece que “Los Estados Partes respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1989).
Por lo anterior, es necesario abordar, mediante un análisis los factores que intervienen en la suspensión del régimen de visitas en aras de mitigar los efectos negativos en los niños, niñas y adolescentes, así como propuestas de soluciones potenciales. Para el estudio se aplicó el método general de solución de problemas, el método Delphi.
Desarrollo
Método General de Solución de Problemas (MGSP)
La metodología utilizada fue de tipo exploratoria, cualitativa y descriptiva. El carácter exploratorio está manifiesto en el análisis y síntesis del estudio de los diferentes enfoques y metodologías para mejorar procesos o buscar oportunidades de mejora.
El cualitativo en la inducción, deducción y análisis histórico lógico para la comprensión en sus perspectivas respecto a las técnicas para mejorar procesos, en función de extraer aquellas que la convierten en exitosas.
El descriptivo está en la intencionalidad de analizar con un enfoque sistémico las posibles repercusiones de las soluciones en los diferentes sistemas de gestión implantados o por implantar, según requerimientos de las distintas partes interesadas. De manera amplia, el método general de solución de problemas, para su implementación, se auxilia de herramientas de trabajo en grupo; técnicas de adiestramiento para equipo de mejora, herramientas de diagnóstico y la implantación a partir de propuestas de planes de mejora (Pozo, et al. 1994).
La aplicación del Método General de Solución de Problemas está en el procedimiento que observa las etapas a seguir para realizar estudios necesarios referentes a la organización. Seguidamente, se describen las técnicas y métodos posibles a emplear para cada etapa y paso (Jeison, 2018).
Etapa 1: Identificación de los problemas.
Etapa 2: Análisis de las problemáticas.
Etapa 3: Búsqueda de soluciones.
Etapa 4: Evaluación e implementación del proyecto.
Con frecuencia, las personas vinculadas de cerca al problema que es objeto de estudio se han formado opiniones sobre cuáles son las causas del problema. Estas opiniones pueden estar en conflicto o fallar al expresar las causas principales.
El método Delphi (técnica para generar ideas) es un método de experto que fue creado en la Rand Corporation de USA en la década de 1940 por T.J. Cordon y Olaf Helmer y se publicó en 1964 (Reguant & Torrado, 2016).
El objetivo del método Delphi es obtener el más confiable consenso de opiniones de un grupo de expertos, evitando la confrontación directa entre ellos (Almenara & Moro, 2014).
El método Delphi consiste en un interrogatorio a los expertos mediante una serie de preguntas realizadas sucesivamente que están relacionadas con la pregunta primaria original. Es un proceso de preguntas, de respuestas y retroalimentación con nuevas preguntas, donde después de varias interacciones se alcanza el consenso (Landeta, 1999).
Para valorar el nivel de consenso se determina el coeficiente de concordancia, mediante el siguiente procedimiento.
Donde:
El criterio más generalizado es que hay consenso cuando se cumple que C >= 75 %.
Ventajas de este método
Permite tener criterios con mayor grado de objetividad.
El consenso logrado sobre la base de los criterios es muy confiable.
La toma de decisiones sobre la base de los criterios de expertos obtenidos por este método tiene altas probabilidades de ser eficiente.
Permite valorar alternativas de decisión.
Evita conflictos entre los expertos y crea un clima favorable a la creatividad.
El experto se siente involucrado plenamente en la solución del problema y esto facilita su implantación.
Garantiza la libertad de opiniones sobre la base del anonimato y la confidencialidad.
El Caso de estudio se dirige a obtener un consenso de opiniones de un grupo de expertos y analistas, para el desarrollo de la actividad con experiencia en el trabajo social, psicológico, legal, la familia y el desarrollo sano en la niñez y la adolescencia, evitando la confrontación directa entre ellos. Se le presenta una serie de publicaciones e ideas en función de datos, criterios, legislaciones vigentes de la suspensión del régimen de visitas y que ocurre en la sociedad ecuatoriana en estos momentos de pandemia. Cada experto debe determinar los factores que aún están implícitos en la figura del régimen de visitas y el daño ocasionado a los menores y reproducirlas.
Etapa 1: Identificación del problema
Paso 1: Preparación del equipo de trabajo
Para la realización del estudio se crea un equipo de mejora formado por 9 expertos. Todos los expertos escogidos se conocen entre sí, pero ninguno conoce que los demás están trabajando en la solución del problema. El número se selecciona a partir de fijar un nivel de confianza del 95 %. En la práctica, la muestra escogida fue mayor para hacer efectiva la medición del nivel de conocimientos de los especialistas seleccionados como expertos. Para evaluar se crea un grupo de análisis para el procesamiento de la información a través del empleo del Método Delphi como proyección al Método General de Solución de Problemas.
Cada experto fue visitado por el Jefe de Grupo de Análisis quien le entregó una carta a cada uno, donde se solicitaba su cooperación y se le exponían los detalles necesarios para su trabajo. Se les expresó la importancia de su labor individual y los argumentos que habían originado su selección como experto.
Paso 2: Información a los expertos, familias e instituciones que protegen los derechos de la niñez y la adolescencia sobre los objetivos del estudio
La recopilación de datos se realiza por medio de reuniones, entrevistas y rondas de preguntas dirigidas.
Paso 3: Selección del objeto de estudio
El objetivo del estudio se encamina a mitigar las afectaciones a los menores en la suspensión de visitas de sus padres en tiempos de COVID-19, en función de detectar los principales efectos negativos y proponer posibles soluciones para prevenir y salvaguardar los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Primera ronda
En función de la documentación enviada. Se le envían a cada experto las siguientes preguntas:
¿Sintetice cuáles son las afectaciones a los menores que inciden en la suspensión del régimen de visitas de los padres en tiempos de COVID-19?
Entrada al Grupo de Análisis.
Se consolidan las repuestas enviadas de los expertos y son evaluadas por el Grupo de Análisis, y se consideran para cada afectación como un factor clave en el procesamiento del método (ver tabla 1). De los resultados procesados se obtienen los factores claves para el enfoque del estudio (Figura 1).
Grupo de análisis / Factores |
E1 | E2 | E3 | E4 | E5 | E6 | E7 | E8 | E9 | Total |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Rechazo | X | X | X | 3 | ||||||
Angustia | X | X | 2 | |||||||
Depresión | X | X | X | X | X | 5 | ||||
Desesperación | X | X | X | 3 | ||||||
Estrés | X | X | X | X | X | 5 |
Elaboración propia.
Segunda ronda
Se les envía a los expertos la siguiente pregunta:
¿Qué tipos de estrés y clases de depresión coexiste en niñas, niños y adolescentes?
Entrada al grupo de análisis.
Se consolidan las repuestas enviadas de los expertos y son evaluadas por el grupo de analistas. En consolidación de la información se visualiza en 5 criterios para el estrés y clases de depresión (ver figura. 2 y 3), como paso previo para determinar las causas del problema.
Los expertos llegaron al consenso según el análisis de la información como:
Tipos de estrés.
Positivo, tolerable y tóxico.
Clases de depresión.
Qué lo causa | Duración | Consecuencias | Qué necesita el niño |
---|---|---|---|
situaciones cotidianas: | Momentánea | ||
Situaciones menos comunes: | Temporal | ||
situaciones de adversidad: | Prolongada (los vive constantemente) |
Elaboración propia.
Trastorno | Cronología | Síntomas más importantes | Síntomas diferenciales |
---|---|---|---|
Trastorno depresivo mayor | Síntomas presentes al menos durante dos semanas | Casi todos los días, la mayor parte del día: presencia de ánimo depresivo o irritabilidad, pérdida de interés y de disfrute de la mayoría de las actividades, sentimientos de inutilidad o de culpa, disminución de atención y comprensión, fatiga o pérdida de energía, inhibición o agitación psicomotriz, pensamiento de muerte, ideación suicida persistente, planificación o tentación de suicidio, pérdida significativa de peso (o no ganancia esperada), insomnio o hipersomnia. | En los casos más severos: síntomas psicóticos. |
Distimia | Síntomas presentes al menos durante un año | hiporexia o aumento del apetito, insomnio o hipersomnia, pérdida de energía o fatiga, baja autoestima, pérdida de concentración o dificultad en la toma de decisiones, sentimientos de desesperanza. | Menor severidad, pero mayor riesgo de cronicidad |
Trastorno depresivo no especificado | Variable | Esta categoría se utiliza cuando existen signos y síntomas depresivos que no cumplen con los criterios diagnósticos de TDM o de D | Esta categoría diagnóstica puede utilizarse cuando no es posible determinar si el TD está inducido por sustancias o relacionado con enfermedades médicas. |
Tercera ronda
A cada experto se le envía un documento que describe los tipos de estrés y depresión que afecta en la niñez y la adolescencia en la suspensión del régimen de visitas por el grupo de análisis, donde se les preguntaba: ¿Considera Ud. que los factores de estrés y depresión afectan la niñez y la adolescencia en la suspensión del régimen de visitas en tiempos de COVID-19?
Si Ud. no considera útil o conveniente emplear algunos de los parámetros que aparecen en la lista, por favor, márquelos con una (N).
Entrada al grupo de análisis.
Se reciben las respuestas de los 9 expertos (ver Tabla 4 y Tabla 5), no se solicitaba al experto que rechazara algún criterio, ni una explicación de su aceptación o no, solo que dijera cual no consideraría útil. En la tabla se observa que:
Expertos/ Tipos de estrés | E1 | E2 | E3 | E4 | E5 | E6 | E7 | E8 | E9 |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Positivo (P) | N | N | |||||||
Tolerable (T1) | |||||||||
Tóxico (T2) |
Elaboración propia.
Expertos/ Clases de depresión |
E1 | E2 | E3 | E4 | E5 | E6 | E7 | E8 | E9 |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Trastorno depresivo mayor (A) | |||||||||
Distimia (B) | N | ||||||||
Trastorno depresivo no especificado (C) | N | N |
Elaboración propia.
La mayoría aceptó los criterios generales emitidos por los otros expertos.
Hubo mayoría de coincidencia en la opinión común.
Los expertos E1 y E8, rechazaron el criterio P.
Los criterios T1 y T2 obtuvieron un 100 % de concordancia.
El criterio P, obtuvo una concordancia de:
Por lo que estima existente el consenso.
La mayoría aceptó los criterios generales emitidos por los otros expertos.
Hubo mayoría de coincidencia en la opinión común.
Los expertos E4 y E8 rechazaron el criterio (C).
El experto E6 rechazó un criterio (B).
El criterio A, obtuvo un 100 % de concordancia.
El criterio B, obtuvo una concordancia de:
El criterio C, obtuvo una concordancia de:
Por lo que se estimó un consenso entre los expertos, con un nivel de concordancia C ≥ 75%.
En consenso de criterios, el Grupo de Análisis determinó que las afectaciones a los menores en:
Cuarta ronda
Aquí se procede a la pesada de los factores (criterios) de los expertos. Cada experto debe determinar el peso de cada factor, valorando como 5 aquel que posee mayor importancia según su opinión y de 1 el que tiene menos importancia.
Se les envía a los expertos la siguiente pregunta:
¿Qué peso le daría Ud. a cada uno de los factores?
Nota: Debe darle 5 al que considere de mayor importancia y 1 al de menos.
Puede considerar que algunos factores tienen igual peso o importancia relativa.
Debe dar a los factores pesos intermedios entre 1 y 5, según Ud. considere.¡Error! Marcador no definido.
Entrada al Grupo de Análisis.
Se reciben las respuestas, las que se muestran en la (Tabla 4 y 5):
Expertos/ Tipos de abandono | E1 | E2 | E3 | E4 | E5 | E6 | E7 | E8 | E9 | X |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Positivo (P) | 1 | 2 | 4 | 1 | 3 | 1 | 5 | 1 | 19 | 2.11 |
Tolerable (T) | 4 | 5 | 4 | 5 | 5 | 4 | 4 | 5 | 41 | 4.56 |
Tóxico (T2) | 3 | 4 | 4 | 3 | 4 | 4 | 3 | 4 | 32 | 3.56 |
Elaboración propia.
Expertos/ Clases de abandono | E1 | E2 | E3 | E4 | E5 | E6 | E7 | E8 | E9 | X |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
A | 5 | 3 | 5 | 4 | 5 | 4 | 4 | 4 | 5 | 4.33 |
B | 3 | 4 | 5 | 5 | 3 | 2 | 3 | 2 | 3 | 3.33 |
C | 3 | 2 | 3 | 2 | 3 | 4 | 3 | 1 | 5 | 2.89 |
Elaboración propia.
Se envía del listado de los tipos de estrés y clases de depresión con el peso promedio. En el informe se pondera según el descenso del peso promedio. Se adjunta la siguiente pregunta:
¿Acepta el peso de importancia o nivel que obtuvo cada factor? (Ver Figura 4 y 5) Argumente su respuesta
De los resultados obtenidos de los expertos, se obtuvo un consenso mayor del C ≥ 75%. De las etapas y agravantes que se visualizan, los expertos argumentaron el choque desde el nivel inferior hasta el mayor impacto en el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes.
Entre los argumentos se refiere la correlación tipo de estrés-clase de depresión. Ejemplo: choque positivo - trastorno depresivo no especificado y trastorno depresivo mayor - tolerable (Figura 6).
Positivo -Trastorno Depresivo no Especificado
El análisis detectó como primera etapa de la suspensión del régimen de visitas en tiempos de Covid-19, el miedo del niño, niña o adolescente a situaciones cotidianas reflejada como trastorno depresivo no especificado, el menor no está en peligro, pero si se siente desatendido sin un adulto que lo acompañe. Los expertos lo consideraron como una etapa inicial donde las legislaciones y normativas aun siendo efectivas para prever la suspensión del régimen de visitas existen fisuras en el proceso.
Trastorno Depresivo Mayor - Tolerable
El estudio arrojó que, en el máximo nivel o etapa de compilación en el régimen de visitas en tiempos de pandemia, el niño, niña o adolescente se encuentra necesitado de la figura paterna o del padre no custodio que le brinde apoyo emocional, liberando el estrés, apoyándolo en la nueva situación que está viviendo debido al aislamiento.
Quinta ronda
Se les envía a los expertos las siguientes preguntas:
¿Cuáles son los factores que provocan la suspensión del régimen de visitas en tiempos de COVID-19?
Para elaborar los criterios, cada experto debe incorporar su respuesta en función del siguiente texto:
En la Constitución y en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia están regulados los derechos de los niños, niñas y adolescentes y está tipificado la figura del régimen de visitas, Cree usted que los procesos administrativos y judiciales disponen de las herramientas necesarias para iniciar de forma eficiente un proceso de suspensión del régimen de visitas, por causa de la pandemia.
Entrada al grupo de análisis
De las respuestas obtenidas, se lleva a consenso por el grupo de análisis que sintetiza la información en causas influyentes en la suspensión del régimen de visitas en tiempos de COVID-19:
Daño Mental: sentimiento de tristeza, pueden ocasionar problemas en la vida cotidiana.
Daños Psicológicos: daño cerebral, bajo autoestima, trastornos psicológicos, depresión y cambios de personalidad agravada.).
Síntomas psicóticos: agresividad, nerviosismo, ansiedad, miedo, depresión, pesadillas, pierde contacto con la realidad (Kemelmajer de Carlucci, 2001).
Debilidad de la legislación para hacer cumplir el régimen de visitas, violación de los derechos de la niñez y la adolescencia.
Etapa 3: Búsqueda de soluciones
Del análisis presentado en el proceso de suspensión del régimen de visitas en tiempos de COVID-19, se analizaron en consenso las soluciones potenciales:
Tipificar los procesos administrativos y judiciales en la figura de régimen de visitas, al precautelar el cumplimiento de las garantías de las regulaciones y normativas en el uso, excepcionalmente en tiempo de covid-19.
Favorecer la afable convivencia de los miembros de una sociedad, al evitar y prevenir el divorcio que tanto daño deja a los menores.
Proteger, cuidar y garantizar la seguridad a la niñez y adolescencia. Los niños merecen vivir en un hogar libre de maltrato. Ellos necesitan el amor de sus padres y su familia para desarrollar sus habilidades físicas e intelectuales,
Velar porque cada niño, niña y adolescente, cuente con medios tecnológicos para la comunicación con el padre no custodio, en tiempos de aislamiento social.
Etapa 4: Evaluación e implementación del estudio
Debido a la naturaleza del ejercicio, la etapa de evaluación e implementación del estudio estaría en función de una normativa que refuerce los vínculos afectivos de los padres con sus hijos y no permita la aprobación de la suspensión del régimen de visitas, en tiempo de pandemia.
Se plantea que este punto se quede como parte de las recomendaciones del ejercicio.
Conclusiones
Una vez culminado el estudio del caso, se concluye lo siguiente:
Se determinaron las afectaciones a los menores en la suspensión del régimen de visitas y sus principales efectos en tiempos de COVID-19.
Las legislaciones, en especial el Código de la Niñez y Adolescencia proporcionan las herramientas para solucionar los problemas existentes en los menores, aunque existen ciertas fisuras que repercuten negativamente en la efectividad del proceso.
El análisis arrojó las consecuencias que sufren los menores en las primeras etapas seguidos del desarrollo evolutivo de los tipos de estrés y clases de depresión y su impacto en la sociedad.