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Signos filosóficos

versión impresa ISSN 1665-1324

Sig. Fil vol.12 no.24 Ciudad de México jul./dic. 2010

 

Artículos

 

La sociedad política, el problema del Estado en Hegel

 

Jorge Rendón Alarcón*

 

* Profesor-Investigador en el Departamento de Filosofía, Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa, jrendona@hotmail.com

 

Recepción: 22/09/08
Aceptación: 17/11/09

 

Resumen

La lectura política que Hegel lleva a cabo respecto de la Modernidad se remite a la interacción entre la voluntad en cuanto voluntad libre y la vida general del Estado. Se trata de una lectura abiertamente contrapuesta a la concepción del Estado liberal porque acentúa, precisamente, la autodeterminación de la voluntad conforme a las leyes y el derecho en la vida general del Estado, dando lugar así a una concepción del orden político en cuanto comunidad de ciudadanos que sólo se constituyen como tales en el contexto de esa comunidad (Sittlichkeit). En este caso no es sólo la racionalidad de la ley, sino la autodeterminación que se consigue con ella en las prácticas e instituciones políticas, lo que resulta decisivo en la configuración de la libertad y de la sociedad política propiamente dichas.

Palabras clave: voluntad libre, vida cívica, libertad, derecho, estado

 

Abstract

Hegel's political reading on Modernity refers to the interaction between the will as free will and the general life of the state. This is a reading that is openly opposed to the liberal conception of the state because it puts the emphasis precisely on the self-determination of the will under the laws and the right in the general life of the state, thus leading to a conception of the political order as a community of citizens that can only become such in the context of precisely that community (Sittlichkeit). In this case it is not only the rationality of the law, but the self-determination that is achieved with it and through political practices and institutions, what is decisive in shaping freedom and political society.

Key words: free will, ethical life, freedom, right, state

 

La libertad de la voluntad misma, como tal,
es el principio de todo derecho.
(Hegel, 1989a: 689)

El Estado es, empero, el que por vez primera da un contenido, que no sólo
es apropiado a la prosa de la historia, sino que la engendra.
(Hegel, 1989a: 137)

 

La relación que Hegel considera entre la vida política y la voluntad libre en cuanto capacidad de autodeterminación del sujeto, la cual constituye el hilo conductor de su filosofía de la historia y del derecho, convierte a su filosofía en una reflexión propiamente política, como él mismo lo subraya en el "Prefacio" de su libro Principios de la filosofía del derecho: "la filosofía [...] tiene una existencia que afecta a lo público y [...] se desarrolla [...] al servicio del Estado" (Hegel, 1999: prefacio, 55). La disposición consciente de los individuos se confronta en la vida política con el carácter general de la existencia, por lo que es precisamente en el conflicto que ésta representa donde puede confirmarse como voluntad libre. Como dice Robert Pippin al respecto, la cuestión que se enfrenta aquí es "cómo entender la afirmación de Hegel de que la libertad supone actuar racionalmente en una forma tal que incluya tanto la dimensión subjetiva de la racionalidad, como la dimensión objetiva o institucional" (2008: 244). Se trata así, y es precisamente lo que busco mostrar en el presente ensayo, de una reflexión sobre la configuración de la libertad en el ámbito de lo que Hegel entiende por vida cívica (Sittlichkeit). Puede, incluso, afirmarse que la filosofía política de Hegel es en buena parte una explicación de lo que significa para él la Sittlichkeit. Lo que Hegel inaugura es en realidad una nueva manera de preguntar respecto de la vida pública, pues desde su perspectiva la consecución de la libertad es indisociable de la capacidad de autodeterminación de la voluntad libre, que se configura social e históricamente y, en cuanto racionalidad práctica en un mundo social en conflicto, da lugar a la interrogación por la libertad de todos. Se trataría, por ello, de una voluntad que sólo puede afirmarse con el reconocimiento intersubjetivo de la misma en la vida pública. En este sentido Hegel afirma, como se verá después, que el Estado es el objeto inmediato de la historia universal, porque en él alcanza la libertad su objetividad y porque la ley constituye la expresión objetiva de la autodeterminación del hombre en la vida pública: "pues la ley es la objetividad del espíritu y la voluntad en su verdad; y sólo la voluntad que obedece a la ley es libre, pues se obedece a sí misma y permanece en sí misma, y es, por tanto libre" (Hegel, 1989a: 104).

 

VIDA CÍVICA (SITTLICHKEIT)

El aspecto controversial de la filosofía de Hegel tiene que ver con esta concepción de la subjetividad moderna, en cuanto capacidad del individuo para decidir por sí mismo en el contexto de sus prácticas e instituciones y de la consideración política que se sigue de ello: la racionalidad y legitimidad del ordenamiento político tiene que ser resuelto precisamente conforme a esa voluntad libre. Para Hegel, sin embargo, la voluntad libre en cuanto autodeterminación del sujeto sólo se objetiva y se realiza positivamente, como ocurre en Jean-Jacques Rousseau, a través del derecho: "el producto es la existencia moral entera de un pueblo" (Hegel, 1989a: 82). Los pueblos que considera en su Filosofía de la Historia son aquellos que se articulan moral, jurídica y políticamente conforme al principio de la libertad de los individuos: "los pueblos que nosotros consideramos son los que se han organizado racionalmente" (Hegel, 1989a: 102). Se trata de un concepto de autonomía por el cual se vincula la razón con la voluntad libre, pero esa libertad de autodeterminación se remite a las formas históricas del espíritu objetivo, es decir, a la autodeterminación que se lleva a cabo conforme a las prácticas e instituciones de un pueblo en particular, pues, en efecto, la idea institucional de vida ética reivindicada por Hegel se enlaza con su visión de las personas "como enraizadas en, y moldeadas por, el sistema de instituciones políticas y sociales en el que viven" (Rawls, 2001: 346).

En sentido estricto, sin embargo, lo que prevalece en Hegel —y que desde este punto de vista define el problema del Estado y de la vida cívica— es la interacción y el conflicto entre voluntad libre y la vida cívica en su carácter general. Se trata de una lectura abiertamente contrapuesta al liberalismo porque enfatiza, precisamente, la afirmación de la voluntad libre en la vida general del Estado en medio del conflicto, dando lugar así a una concepción del orden político, en cuanto comunidad de ciudadanos que sólo se constituyen como tales en el contexto de esa comunidad. Desde esta perspectiva, la voluntad es sobre todo una facultad realizativa del individuo en la vida social, en cuanto facultad racional: "la voluntad es un modo particular del pensamiento" (Hegel, 1999: § 4, agregado).

El tema de la libertad es considerado por Hegel de una manera distinta porque, para él, ésta sólo puede ser el resultado de la actividad de la conciencia y la voluntad humanas en el ámbito de la vida social e histórica. Se trata de una perspectiva política, porque la sociedad humana en cuanto política sólo puede depender ahora de la voluntad y de la actividad de los hombres en el mundo, lo que da forma a las realizaciones concretas de las sociedades, por lo que se refiere a la coincidencia de los sujetos individuales dentro de la diversidad de la vida en común.

Hegel destaca el tema del espíritu objetivo, es decir, el tema de la identidad colectiva que se configura a través de las instituciones y prácticas de la vida social. Señala por ello que "El reino del espíritu es el creado por el hombre" (Hegel, 1989a: 59), por ello la realización del mundo moral y político no puede conseguirse si no es conforme a la emancipación consciente de los individuos: "la libertad es la única cosa que tiene verdad en el espíritu" (Hegel, 1989a: 62). Una vez más, en contraposición abierta a la concepción liberal, en la constitución de la sociedad política el centro de atención se desplaza del individuo a la sociedad, con lo que se subraya el carácter propiamente político de la filosofía de Hegel: la realización del hombre sólo puede conseguirse en una sociedad organizada políticamente, porque la voluntad libre sólo puede ser realizada en la vida en común en cuanto vida general. La sociedad política adquiere así una relevancia propia, en la medida en que la condición de los seres humanos tiene que ser resuelta conforme a la organización de la misma y no conforme a un hipotético estado de naturaleza, como lo postuló originariamente el liberalismo. El hecho de que el problema de la subjetividad, en su comprensión objetiva, se sitúa más allá del individuo, sobre todo en la intersubjetividad que suponen las prácticas e instituciones de una sociedad en particular, es lo que convierte a la filosofía de Hegel en una reflexión de contenido esencialmente político y lo que, por otra parte, la vuelve profundamente controversial, en cuanto insiste en una idea del hombre, que en manera alguna se agota en sí mismo y que, por el contrario, sólo puede ser comprendido a cabalidad como un ser social.

El problema del espíritu objetivo da lugar, en sentido estricto, a una teoría del hombre en sociedad, porque el orden humano en su dimensión política no puede depender sino de las propias voluntades que lo constituyen, y en cuanto a la configuración de ese orden depende también siempre de una memoria y de una conciencia histórica común. Las prácticas e instituciones resultan ser, en este sentido, profundamente reveladoras del ser social, sobre todo en el caso en el que —como dice Charles Taylor (1983: 173)— la sociedad no ha creado una teoría relativamente articulada y precisa de sí misma. Desde esa perspectiva, Hegel sitúa el problema de la conciencia de la libertad en la Época Moderna y lo hace, en efecto, como el protagonista de una nueva época histórica, pues si bien afirma que el fin de la sociedad depende de que "el espíritu tenga conciencia de su libertad y que de este modo su libertad se realice", enseguida habrá de admitir que, no obstante existe el reconocimiento de que el hombre es libre como hombre, nunca se ha sabido ni experimentado mejor que en la época actual hasta qué punto esta libertad, tal como ha sido formulada, es indeterminada todavía, "hasta qué punto es una palabra infinitamente ambigua" y, siendo lo más alto, trae consigo infinitos equívocos, confusiones y errores, y comprende todos los desórdenes posibles (Hegel, 1989a: 68). Pues en un mundo social en conflicto, como ocurre con la sociedad políticamente emancipada, la libertad de la voluntad puede también significar la exacerbación de su división interna.

Al respecto, lo que revela la filosofía de la historia es la extremada complejidad de este proceso y, también, el conflicto con el que se inicia la transición política a la Modernidad, pues la forma inmediata de la libertad es la abstracción, es decir, sólo es ideal:

Con esto surge la separación de los individuos unos de otros y del todo; surge el destructor egoísmo, la vanidad, la busca del propio provecho y satisfacción a costa del todo. Pues la conciencia es subjetividad; y ésta lleva en sí la necesidad de aislarse. Así aparecen la vanidad y el egoísmo; así brotan las pasiones y los intereses propios, desatados, como una perdición. Esto, empero, no es la muerte natural del espíritu de los pueblos, sino su división interna. (Hegel, 1989a: 146)

Para Hegel, en consecuencia, el libre albedrío no significa ya de por sí la libertad, sino la contradicción en la vida política, como señala en su Filosofía del Derecho.

Por esta razón, Hegel habrá de insistir en la importancia de distinguir entre los principios, es decir, aquello que es sólo en sí conforme a la subjetividad de la conciencia y lo que es en la realidad. No obstante, reconoce que la libertad conciente encierra la necesidad de llegar a la conciencia como saber de sí; él habrá de subrayar que lo que es sólo en sí constituye una posibilidad, pero que no se realiza sin más en la existencia. Es indispensable un segundo momento para su realización; este momento es la actualización, la realización, cuyo principio es la voluntad, la actividad de los hombres en el mundo en el contexto de la vida ética. Se trata además de una consideración de la voluntad y de la libertad en la época moderna, porque como insisto, su realización en la vida política no puede depender, en principio, sino de la conciencia y la libertad de la voluntad individual como un hecho político concreto.

La voluntad libre constituye en este sentido el vínculo, el medio de realización de los principios en la generalidad de la vida política: "La voluntad del individuo es libre, cuando puede establecer abstracta, absolutamente, en sí y por sí lo que quiere" (Hegel, 1989a: 82). Se trata de la autodeterminación del individuo. No se trata pues, como sugiere Pippin, de seguir reglas institucionales sin más, sino más bien de la posibilidad y capacidad de autodefinirlas conforme a la voluntad libre.1 No es solamente que el individuo dependa de las prácticas e instituciones del orden social, sino que el individuo mismo es quien, conforme al ejercicio de la autodeterminación de la voluntad libre, tiene que dar lugar a las mismas. Todo ello supone un orden constitucional abierto al ejercicio de la voluntad en cuanto voluntad libre. Se trata, de esta manera, de la configuración de un orden político que sólo puede ser justificado por la racionalidad de la ley.

Lo que Hegel reconoce con la nueva época es la igualdad de los individuos en cuanto voluntades libres, para asumir entonces, como lo hace Rousseau, que sólo la ley y el derecho nos hacen libres porque significan el sometimiento voluntario y consciente a una autodeterminación común. Para Hegel, la voluntad libre tiene que prevalecer en la vida política como condición de su propia racionalidad y legitimidad. Lo anterior depende, sin embargo, de la capacidad de realización de esa voluntad libre en el ámbito de la vida pública. De la realización de los principios conforme a la autodeterminación de los individuos en el contexto de la vida general, se sigue para Hegel el contenido y el sentido del Estado en cuanto asociación política. No se trata, en consecuencia, de la sumisión del individuo al Estado, sino, más bien, de la autodeterminación de los individuos en cuanto voluntades libres en el marco de las leyes y el derecho. Según Hegel, un Estado sólo estará bien constituido "cuando el interés privado de los ciudadanos esté unido a su fin general y el uno encuentre en el otro su satisfacción y realización" (Hegel, 1989a: 84). La voluntad libre se configura intersubjetivamente en la vida cívica a través del derecho. Se trata de una voluntad colectiva que en la tradición de Rousseau y de la voluntad general no se limita a reflejar la suma de los intereses privados, sino que busca confirmar el interés y la libertad de todos.

Desde esta perspectiva, el Estado no es una mera reunión de hombres en la que "la libertad de los individuos tiene que estar limitada"; por el contrario, el derecho, la moralidad y el Estado constituyen "la única positiva realidad y satisfacción de la libertad" (Hegel, 1989a: 101), porque los caprichos individuales y egoístas no pueden ser considerados como formas de la libertad objetiva. Se sugiere una nueva interpretación del vínculo entre autonomía y libertad, cuyo punto de partida consiste en que la libertad del individuo no contradiga la libertad de todos y que, no obstante, esa libertad se configure en medio del conflicto preservando el interés individual en el conjunto de la vida social. Lo que se reconoce con lo anterior es que la sociedad política en su contenido moderno sólo resulta viable a través del quehacer de individuos capaces de pensar y actuar por sí mismos, es decir, conforme a una subjetividad y capacidad de juicio propio resuelta en la interacción de la vida cívica, porque a fin de cuentas la vida en sociedad sólo resulta posible bajo alguna forma de arreglo o acuerdo común, voluntario y libre. La reivindicación de la autonomía del individuo conforme a un ejercicio de la razón, que se remite a su vez, a la voluntad libre y que es capaz, por ello, de reconocerse en la autonomía de la vida social en su conjunto, constituyó de esta manera uno de los motivos constantes de la filosofía de Hegel, pues en su ensayo sobre la Diferencia entre los sistemas de filosofía de Fichte y Schelling afirma que la sociedad humana que se configura conforme a las normas de la razón "no ha de ser vista esencialmente como una limitación de la verdadera libertad del individuo, sino como una ampliación de la misma" (1989b: 96).

Se trata de una concepción del Estado en cuanto asociación política que se constituye a partir de voluntades libres y que va, por ello, también mucho más allá del individualismo y la atomización de la vida social, defendida por el liberalismo, para el cual la sociedad no es un fin sino tan sólo un medio, lo que resulta contrario a cualquier forma de organización de la vida en común sustentada en la propia voluntad libre. En este sentido, el orden político liberal no tiene como fin unir e integrar a los hombres en una comunidad efectiva de intereses, sino tan sólo crear un orden formal externo, es decir, un orden jurídico-político que salvaguarda mediante las leyes las prerrogativas de los intereses económicos: "El poder político es el derecho de dictar leyes [...] a fin de regular y preservar la propiedad" (Locke, 1990: 35). Para Hegel, en cambio, la sociedad política moderna es indisociable de una nueva forma de conciencia social en cuanto voluntad colectiva respecto de la vida en común. Para nosotros, la concepción hegeliana de la vida cívica da lugar al acuerdo de las conciencias en cuanto voluntades libres en una sociedad escindida como lo es la sociedad moderna. Se trata también de una concepción de la vida cívica en la que, como dije, se ha desplazado el centro de atención del individuo a la sociedad misma, puesto que el individuo se entiende ahora como un ser social. Sin embargo, en esta concepción, el individuo no sirve a un fin superior o distinto al del individuo mismo:

Podría decirse que el Estado es el fin y los ciudadanos son sus instrumentos. Sin embargo, esta relación de fin y medio no es aquí la adecuada, pues el Estado no es una abstracción que se oponga a los ciudadanos, sino que éstos son elementos, en los cuales, como en la vida orgánica, ningún miembro es fin ni medio. (Hegel, 1989a: 101)

De esta manera, Hegel postula una concepción de la sociedad moderna en cuanto sociedad política contrapuesta a la concepción atomista del liberalismo, cuestión que no solamente le ha merecido la incomprensión de amplios sectores del mundo académico anglosajón, sino incluso la descalificación más completa como ocurrió en la obra de Karl Popper, La sociedad abierta, escrita, por lo demás, en plena guerra fría y en el debate político que se derivó de ella. No obstante, lo que en realidad sostiene Hegel —como pudo verse— es que la realización de la sociedad política, como tal, resulta indisociable de la autodeterminación consciente de los individuos en cuanto voluntades libres, en el ámbito de la vida política y conforme a la realización positiva del derecho. Lo que se reconoce así es la exigencia de la racionalidad y legitimidad del orden político.

Hegel rechaza, en consecuencia, la instrumentalización del Estado conforme a las demandas del individualismo liberal y, por el contrario, reclama, conforme a la emancipación subjetiva y consciente de los individuos, una concepción de la vida pública, de la asociación política que permita que la libertad se realice positivamente a través del derecho: "el principio del derecho es el reino de la libertad realizada" (Hegel, 1999: § 4). Por ello, el Estado resulta ser el objeto inmediato de la historia universal: "un Estado implica leyes y esto significa que las costumbres no existen meramente en la forma inmediata, sino como algo conocido, en la forma universal" (Hegel, 1989a: 107). La tarea del pensamiento, de la filosofía es, en este sentido, el saber de lo universal, el saber de la razón en cuanto voluntad libre. Para Hegel el Estado, en cuanto vida general, es el objeto inmediato de la historia universal, porque sólo por medio de él alcanza la voluntad libre su realización objetiva, es decir, la autodeterminación de los individuos conforme a las leyes y el derecho. La libertad solamente puede ser alcanzada en el ámbito del Estado, pues éste significa, propiamente, la configuración de la vida pública a través de una normatividad autoimpuesta.

El Estado es, dice Hegel, el objeto inmediato de la historia universal, porque en "el Estado alcanza la libertad su objetividad y vive en el goce de esta objetividad. Pues la ley es la objetividad del espíritu y la voluntad en su verdad; y sólo la voluntad que obedece a la ley es libre, pues se obedece a sí misma y permanece en sí misma, y es, por tanto, libre" (Hegel, 1989a: 103-104). Lo anterior muestra, de manera fehaciente, que la filosofía de Hegel no solamente no constituye en manera alguna una apología del Estado autoritario, sino que, por el contrario, lo que él reivindica es la idea del Estado como comunidad humana, la realización de la vida política en su contenido general sólo puede depender así, por ello, de la realización de la voluntad libre en la vida social.

 

AUTODETERMINACIÓN POLÍTICA

El reino del espíritu es el creado por el hombre.
(Hegel, 1989a: 59)

La libertad de los modernos resulta para Hegel, como hasta aquí se ha visto, indisociable de la "conciencia y la voluntad de la libertad" (Hegel, 1989a:105), porque para él, tanto como para Kant, la razón práctica es esencialmente una voluntad autolegisladora, es decir, una voluntad referida a nuestra actuación de acuerdo con normas decididas libre y racionalmente. Dicha autodeterminación solamente adquiere verdadero contenido, para Hegel, en el ámbito incierto y conflictivo de la vida en común, pero también desde la perspectiva de la racionalidad práctica que se configura en las prácticas e instituciones de la vida política y que se sustentan en el reconocimiento de la autonomía de la vida social. La libertad conforme a la voluntad libre sólo puede conseguirse, en este sentido, en una relación social compleja y, por lo tanto, a través de una racionalidad práctica mediada con otros individuos igualmente auto-conscientes, capaces de autodeterminación propia.

La certeza de la razón, el deber como construcción colectiva, solamente puede configurarse entonces como un deber de carácter intersubjetivo en el ámbito del Estado de derecho. El orden político legítimo, en este sentido, no puede ser más que el resultado de voluntades que se reconocen igualmente libres y se afirman como tales en el marco de un Estado de derecho. Sólo cuando nuestra voluntad como voluntad libre se confronta en una interpretación intersubjetiva y surge el interés por la libertad de todos puede hablarse, de acuerdo con Hegel, de razón o autoconciencia social, porque ello da lugar a una vida general que se realiza en el conflicto de la vida social conforme a la noción concreta de una sociedad libre. Las normas y principios del derecho que dan forma a la sociedad política constituyen la realización práctica de esa intersub-jetividad. La realización práctica de la libertad depende, por ello, de esa autoconciencia histórico-social configurada intersubjetivamente por el nosotros de la vida cívica a través del derecho.

Hegel sugiere que al hablar de un pueblo hemos de exponer la manera en que su espíritu se particulariza y cómo las condiciones de su particularización se llevan a cabo a través del derecho, de la industria, del arte y la ciencia. Hegel desarrolla así una idea del Estado que se sustenta en una concepción político-jurídica del mismo, como lo formula en su filosofía del derecho: "El derecho es algo sagrado sólo porque es la existencia del concepto absoluto, de la libertad auto-consciente" (Hegel, 1999: § 30). Lo que se puede destacar aquí en relación con este vínculo entre la libertad objetiva y la autodeterminación de los individuos es que la sociedad política como tal, el Estado, supone ya de por sí "El hábito de obrar según una voluntad universal" (Hegel, 1989a: 102), es decir, conforme a una cierta conciencia histórica-colectiva que en medio de los antagonismos de la vida social nos permite establecer, no obstante, principios de equidad y justicia respecto de la organización de la vida en común. A ello me he estado refiriendo como vida general. La realización de la vida política como tal depende de la coincidencia entre los intereses privados y la realización de la libertad de todos en la vida social; por esta razón "son necesarias luchas con los intereses particulares y con las pasiones y una difícil y larga educación, para que se produzca aquella unificación de los fines" (Hegel, 1989a: 84).

La realización práctica de la libertad como hecho de la conciencia y de la voluntad humana supone, para Hegel, la certeza de la razón en el ámbito de la vida general, la cual se configura, como he insistido, a partir de la interacción de los individuos en la vida social, es decir, supone la coincidencia de los sujetos individuales dentro de la diversidad y complejidad, dentro de las prácticas e instituciones que hacen posible la vida en común. Por ello, la consecución de la libertad en el ámbito de la sociedad moderna solamente puede ser la consecución de una libertad propiamente política, es decir, la consecución de una libertad afirmativa de la vida en común y bajo condiciones histórico-sociales particulares conforme al derecho: "Cada estadío del desarrollo de la Idea de libertad tiene su propio derecho, pues es la existencia de la libertad en unas de sus determinaciones peculiares" (Hegel, 1999: § 30, observación).

Hay que insistir, sin embargo, en que la certeza de una racionalidad intersubjetiva solamente puede conseguirse desde una comprensión histórica de dicho saber, pues la autodeterminación del hombre solamente puede llevarse a cabo cuando se descubre como capacidad propia en la vida política. La comprensión de la sociedad política moderna, como un orden fincado en la voluntad libre, solamente puede conseguirse a través del ejercicio reflexivo del pensamiento en un orden social dado: "una doctrina del deber inmanente y consecuente no puede ser otra cosa que el desarrollo de las relaciones que resultan necesarias por la idea de libertad. Y son por lo tanto efectivamente reales en toda su extensión en el Estado" (Hegel, 1999: § 148, observación). La disputa por las mismas libertades, para cualquier forma de organización de una sociedad políticamente emancipada, hace indispensable que sea precisamente la autodeterminación de la voluntad libre conforme al derecho la que se convierta en el referente ineludible de la vida política moderna.

Hegel reivindica así una consideración propiamente moderna del Estado de derecho, porque sólo el derecho puede aportar el andamiaje indispensable de un espacio público complejo y diverso, en el que se disputa la misma libertad de todos. Por ello insiste también en la configuración constitucional del nuevo orden político: "En el pensamiento del derecho se ha erigido ahora una constitución, y sobre esta base hubo de fundarse todo" (Hegel, 1989a: 692). El hecho de que el orden político se pueda sustentar ahora sólo en la constitución supone el reconocimiento de la emancipación de la sociedad en cuanto sociedad política. El ejercicio de la voluntad libre en el ámbito de la vida constitucional tendría que dar lugar entonces a la potenciación de la vida política y, con ello, la sociedad política puede asumir la responsabilidad de transformar la sociedad conforme a principios constitucionales. La sociedad política sólo puede remitirse ahora al ejercicio de esa voluntad libre como principio de legitimidad.

Esta concepción propiamente política, por lo que se refiere a la vida general, es la que Hegel considera en relación con la Época Moderna. Se trata de una idea de la vida política que se funda en el reconocimiento de la subjetividad libre en la vida social e histórica, y de la forma en que la voluntad libre puede llevarla a cabo en cuanto autodeterminación. Por esta razón, lo que reconsidera Hegel es la concepción misma de la autoconciencia humana que adquiere ahora, para él, un carácter social e histórico: el espíritu objetivo. Lo anterior supone el tránsito de la subjetividad individual a la intersubjetividad como espacio de reconocimiento mutuo, es decir, en palabras de Hegel, supone el tránsito del yo al nosotros, y también el inevitable conflicto y la tensión de un orden social caracterizado por la reivindicación de la misma libertad de todos.

Se trata entonces, podría decirse ahora, del reclamo de una voluntad política en su sentido más radical, puesto que sólo a través de la voluntad libre puede alcanzarse la autodeterminación del nosotros en la vida general. Nada resulta más opuesto a la emancipación de la vida social reivindicada por Hegel que la manipulación de las conciencias desde los intereses creados y los poderes establecidos: "pensar se llama a no comportarse como un yo abstracto, sino como un yo que tiene al mismo tiempo el significado del ser en sí" (Hegel, 1976: 122). La realización del hombre, de sus alcances y posibilidades tiene que conseguirse en el único lugar en que esto es posible, y este lugar no puede ser otro que la vida general en la que se lleva a cabo la actividad del hombre como ciudadano.

La realización práctica de la libertad como hecho de la conciencia y de la voluntad humanas supone para Hegel, insisto, la interacción de los individuos, es decir, la coincidencia de los sujetos individuales dentro de la diversidad y complejidad de la vida en común. Por ello, la consecución de la libertad en el ámbito de la sociedad moderna solamente puede ser la consecución de una libertad positiva, es decir, la afirmación de una libertad gestionada en común y bajo condiciones históricas y sociales concretas. Sólo desde las anteriores condiciones la libertad se convierte en la demanda de una voluntad racional2 que puede ser gestionada entonces conforme al derecho: "Este 'yo quiero' constituye la gran diferencia entre el mundo antiguo y moderno, y debe por lo tanto tener su existencia propia en el gran edificio del Estado" (Hegel, 1999: § 279, apéndice).

Con el reconocimiento recíproco conforme a la autodeterminación que hace posible el derecho, los individuos no sólo preservan su libertad y autonomía, sino que además establecen las condiciones que permiten la libertad objetiva:

El principio de los Estados modernos tiene la enorme fuerza y profundidad de dejar que el principio de la subjetividad se consume hasta llegar al extremo independiente de la particularidad personal, para al mismo tiempo retrotraerlo a su unidad sustancial, conservando así a ésta en aquél principio mismo. (Hegel, 1999: § 260)

Solamente bajo estas condiciones puede reivindicarse una libertad propiamente política conforme a aquello que es inherente a la vida moderna, es decir, la subjetividad libre. El espíritu —dice Hegel— "procura que lo que sabe de sí mismo sea realizado también" (Hegel, 1989a: 63). El principio de la razón en la vida social, es decir, de un orden construido desde la autodeterminación del individuo, adquiere para Hegel plena significación cuando podemos decidir libremente las normas que regulan la vida social, garantizando así tanto la libertad propia como la libertad de todos. Hegel habrá de afirmar, entonces, que el espíritu es libre "cuando reside en sí mismo" (Hegel, 1989a: 62). La actualidad de su filosofía se expresa, de este modo, en el esfuerzo por pensar el carácter conflictivo de la vida social, en la perspectiva de un ejercicio de la libertad propia que no contradiga e inhabilite la libertad de todos, para dar así respuesta, conforme al derecho legítimo, a los problemas más acuciantes de la sociedad en cuanto comunidad política.

La actualidad de la interpretación que hace Hegel de la Época Moderna respecto de la configuración de una voluntad política, a través de la interacción de individuos que buscan su realización como voluntades igualmente libres en el marco del derecho, se manifiesta de la manera más clara cuando las sociedades actuales se enfrentan al reto de reconfigurar su propio proyecto de sociedad política, para reconocerse en la autonomía de la vida social y poder enfrentar sus propios retos. De una sociedad política que, por lo demás, no puede tener sino un carácter histórico y que, por lo tanto, tiene que ser asumida como un proyecto abierto a las voluntades que la configuran para enfrentar el conflicto de la vida moderna. La institucionalización del poder y las prácticas organizativas que le subyacen sólo resultan legítimas cuando, efectivamente, son capaces de dar cabida al individuo emancipado conforme al Estado de derecho en el conjunto de la vida social. Se trata aquí, a mi parecer, de una concepción de la individualidad acorde con las condiciones objetivas bajo las que se configura la vida política y, por lo tanto, de una individualidad que se redefine en el reconocimiento mutuo.

De esta manera, sólo las sociedades que son capaces de propiciar la emancipación de la vida política a partir de la libre realización de los individuos pueden asumirse como políticamente libres, puesto que sólo con el desarrollo del individuo es posible plantearse el problema concreto de una sociedad justa sustentada en la interacción de una vida social orientada por la realización del ciudadano. La filosofía de Hegel, en este sentido, busca reconstruir los distintos momentos de la conciencia y su carácter reflexivo en la perspectiva de una historia de la razón práctica, es decir, del saber de sí de la conciencia en el ámbito conflictivo de la vida pública, pues es precisamente esta forma del pensamiento, que se remite a las acciones de los hombres en la vida general, la que puede dar cuenta del entendimiento que tenemos, así como del concepto que nos hemos forjado de nosotros mismos en la existencia. La libertad de pensamiento, la reflexión, es en este sentido la condición necesaria de una voluntad propiamente política porque, como puede corroborarse, la orientación política y voluntaria de la vida social y de sus fines sólo resulta posible a partir del libre ejercicio del pensamiento. La definición de las metas comunes en la vida social sólo puede llevarse realmente a cabo a través de la acción de individuos capaces de enjuiciar tanto su propia condición, como la vida en su generalidad. De hecho, sólo de esta manera es posible recuperar la capacidad de acción política de las sociedades actuales.

 

IDENTIDAD POLÍTICA Y DERECHO

La identidad que reivindica Hegel se refiere a la identidad ciudadana en la vida general del Estado, es decir, la capacidad de autodeterminación del hombre en cuanto voluntad libre que subyace a la configuración de la sociedad política moderna y que nos remite a la constitución del derecho legítimo en el contexto de la vida cívica. Se trata, para Hegel, de "la efectividad de la idea ética" (Kevérgan, 2007: 228), es decir, de la interacción entre la identidad subjetiva de los ciudadanos políticamente constituidos y la realidad objetiva de sus prácticas e instituciones en cuanto "objetivación institucional de la libertad" (Kevérgan, 2007: 228). De esta manera, los contenidos de la vida cívica se consideran abiertos al ejercicio de la razón y de la subjetividad libre, sobre todo en la perspectiva de la configuración del derecho legítimo: la autodeterminación de la voluntad libre y el sometimiento común a una ley reconocida interiormente como necesaria y obligatoria para todos, dan lugar a un concepto de ciudadanía radical que es, precisamente, lo que de la manera más significativa postula Hegel también en la tradición de Rousseau.

La justicia y los problemas de mayor significación respecto de la vida en común tienen que ser afrontados de acuerdo con la autodeterminación colectiva, que sólo se consigue en una sociedad política configurada conforme al Estado de derecho. Por esta razón, para Hegel, el derecho tiene que remitirse a la autonomía de la vida en general y depender únicamente de la voluntad libre de los ciudadanos. De esta manera, la racionalidad práctica conforme al derecho tiene que establecer su legitimidad recuperando para los ciudadanos, a través del nosotros, la misma condición de miembros y partícipes de la sociedad política.

De acuerdo con lo anterior, la racionalidad práctica sugerida por el derecho se contrapone a todo ejercicio arbitrario del poder y a los privilegios establecidos. Hegel se propone entonces asumir la experiencia que tiene lugar con la autodeterminación de la voluntad y que permite, por tanto, la articulación de la vida cívica en el Estado en cuanto sociedad política (para Hegel Staat), a partir de voluntades emancipadas. El movimiento de la conciencia práctica de un yo individual hacia un yo colectivo, es decir, hacia una racionalidad intersubjetiva, se convierte para Hegel en condición necesaria, como he sugerido, de la realización de la vida política conforme al derecho.

Para Hegel también, como he insistido, el reconocimiento de la autolegislación y del derecho es lo que representa el estadío de integración de la sociedad como sociedad política propiamente dicha, porque la sujeción a las normas propias impide la dependencia de una voluntad arbitraria y nos subordina, en cambio, a una, legislación gestionada en común: "el aspecto objetivo corresponde exclusivamente a la ley" (Hegel, 1999: § 280, agregado). La voluntad, en cuanto voluntad libre situada en la vida general, supone la capacidad de autodeterminarse para afirmarse en la libertad de todos. Por ello, la libertad para Hegel habrá de consistir en la capacidad de imposición de normas mutuas y recíprocas en la vida política, conforme al ejercicio del derecho legítimo o, para decirlo con otras palabras: no puede haber normas en las sociedades políticamente libres a no ser aquéllas que de manera colectiva se autoimponen. Lo anterior, desde mi punto de vista, da lugar al más amplio concepto de ciudadanía en su acepción moderna, en cuanto la emancipación de la sociedad política depende —ahora— de la validez y generalidad de la ley como expresión de una voluntad libre situada en la vida social.

La secularización del pensamiento y la emancipación política configuran —según Hegel— una racionalidad autoconsciente que ha sido capaz de romper "con el mundo anterior de su ser allí y de su representación [...] entregándose a la tarea de su propia auto-transformación" (Hegel, 1976: 12). La idea de la sociedad como un orden que se establece a través de la voluntad libre, es decir, como un proyecto práctico-político que depende únicamente de la voluntad humana, permite, e incluso obliga, a pensar los problemas más acuciantes de la vida social como problemas que sólo pueden ser resueltos por la propia sociedad política. En este sentido, la configuración de la sociedad en cuanto comunidad propiamente política supone la creación de un interés general más allá de los intereses privados: "El derecho, la propiedad, la eticidad, el gobierno, la constitución, etc., necesitan ser definidos ahora de un modo universal, a fin de que se ajusten al concepto de la voluntad libre y resulten racionales" (Hegel, 1989a: 661). La conciencia sin ataduras resulta ser, pues, la condición necesaria para el enjuiciamiento de la sociedad política moderna, así como para la realización política de la libertad.

Lo anterior supone, según Hegel, la sublevación de la razón en la historia, porque la voluntad que sólo existe conforme a las razones con que se configura en la vida política es la voluntad libre. En efecto, es la Modernidad, por lo que concierne a la autonomía a la que se remite y bajo la que puede afirmarse que una sociedad es efectivamente libre, lo que constituye el eje de la reflexión filosófica de Hegel:

Mas lo justo y ético pertenece a la voluntad esencial, existente en sí, a la voluntad universal en sí, y para saber lo que es verdaderamente derecho, hay que abstraer de las inclinaciones, impulsos y apetitos, que son lo particular; se necesita saber, pues, lo que es la voluntad en sí. (Hegel, 1989a: 688)

La voluntad libre que se confirma en la vida social reivindicando esa condición resulta contrapuesta a los intereses egoístas, a las inclinaciones, impulsos y apetitos que obstruyen su propia condición autónoma, es decir, su capacidad autolegisladora.

Hegel sugiere una nueva interpretación del vínculo entre autonomía y libertad, cuyo punto de partida consiste en que la libertad del individuo no contradiga la libertad de todos y que, por ello, esa libertad se configure en medio del conflicto preservando el interés individual en el conjunto de la vida social. La libertad en la sociedad política moderna tiene así su punto de partida en la autonomía del individuo, pero no puede agotarse en la subjetividad individual y el interés particular. La autodeterminación solamente puede ser realizada a partir del reconocimiento de la autonomía de la vida social por voluntades igualmente libres. Surge de esta manera el ideal, a mi parecer plenamente moderno, de una sociedad política que se gobierna a sí misma.

Podría decir que el problema de la autonomía de la razón práctica, tal y como Hegel lo entiende, se encuentra referido a la voluntad política, es decir, a la voluntad de la vida social en el marco del derecho. En tal caso, la razón como concepto —tal y como es expuesto en la Fenomenología del espíritu— sólo puede existir en los procesos temporales de la historia humana. La validez de tales manifestaciones de la racionalidad humana no puede, por lo tanto, sino configurarse en las acciones, tendencias, esfuerzos e instituciones que encarnan el interés de la razón y la libertad. En estas condiciones, la autodeterminación resulta indisociable de la deliberación en la vida pública, constituyéndose así como condición de la vida general.

En ese sentido la filosofía de la historia, como la concibe Hegel, busca mostrar en un sentido amplio el progreso en la conciencia de la libertad, así como la realización práctica de las formas de vida para hacer valer la autonomía de la vida social. La idea de sociedad política que se configura a lo largo de la filosofía política de Hegel es una noción extremadamente rica y sugerente, pues busca indagar el vínculo entre libertad y autodeterminación a partir del conflicto y, de las condiciones dadas en una sociedad de seres humanos que se reconocen como voluntades libres, pero que en realidad tienen que procesar esa libertad en el ámbito extremadamente conflictivo que les ha permitido reconocerse como tales. Se trata, en el fondo, de descubrir el verdadero interés de la voluntad libre en el contexto de la vida general y someterse a él con el fin de garantizar esa libertad y la de todos. Lo que Hegel indaga es la dimensión consciente de la política y de la vida pública como condición indispensable para gestionar la libertad, así como las normas del derecho que la hacen posible.

La voluntad libre que se reconoce como capacidad de autodeterminación en la vida social es considerada, por ello, como una nueva y fundamental etapa de la historia de la subjetividad humana. La crítica de la razón desarrollada por Hegel constituye, en este sentido, una reivindicación del quehacer práctico de los hombres en la historia, una teoría de la razón práctica respecto del ejercicio de la libertad en la vida política sin ataduras. Se trata de un concepto de razón que se contrapone a cualquier forma de apología de la misma. Se refiere a una voluntad política que adquiere y toma forma en el contexto de la vida pública como autodeterminación propia. La voluntad libre, dice Hegel a propósito de la Revolución francesa y de la racionalidad moderna en general, "no sólo es la verdad en sí y por sí, como pura esencia, sino también la verdad en cuanto se hace viva en el orden temporal" (Hegel, 1989a: 691). En este sentido, me parece, la autocomprensión histórico-política de la Modernidad significaría en realidad para Hegel, como he reiterado, nuestra autocomprensión de la autonomía de la voluntad respecto de la vida en sociedad: "la libertad está dada como un hecho de la conciencia" (Hegel, 1999: § 4, observación). Con ello tiene lugar la configuración de una forma de racionalidad concreta en el ámbito de la vida general, puesto que la racionalidad de la vida política resulta ser aquella protagonizada por personas igualmente libres en el ámbito de sus prácticas e instituciones. Lo que da lugar, en sentido estricto, a una nueva concepción de la sociedad política distinta y contrapuesta a la concepción liberal.

La pretensión de autonomía de la razón moderna significa, entonces, la condición para asumir la vida política desde un punto de vista normativo, es decir, sujeto a razones que tienen que validarse como tales por los propios individuos en el ámbito de las prácticas e instituciones de la sociedad política. Dicho espacio se asume como el espacio de realización de una voluntad política conforme al derecho legítimo, es decir, como un espacio de razones que ha roto con las ataduras políticas y religiosas del pasado, presentándose con ello el problema de la justificación de las normas y valores con los que se lleva a cabo la propia vida política. La autonomía de la vida social depende ahora exclusivamente de una racionalidad práctica, gestionada en la vida general del Estado, con lo que la racionalidad moderna se somete a su propia crítica en el marco de las prácticas e instituciones de la sociedad política moderna. Sólo entonces parece posible el ideal de una comunidad política que se gobierna a sí misma. Lo que prevalece así, en Hegel, es una preocupación por integrar el universo de subjetividades diversas y antagónicas en la perspectiva de una racionalidad intersubjetiva fundada en el reconocimiento mutuo como condición misma de la sociedad política.

 

BIBLIOGRAFÍA

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NOTAS

1 "Tener razones prácticas es, para el sujeto, al menos en parte seguir reglas institucionales, y la calidad de esas razones, digamos, es una función del estatus racional objetivo de la institución" (Pippin, 2008: 245).

2 "Sólo la voluntad racional contiene ese elemento universal que se determina y desenvuelve por sí mismo" (Hegel, 1989a: 124).

 

INFORMACIÓN SOBRE EL AUTOR

Jorge Rendón Alarcón: Doctor en Ciencias Sociales por la Universidad Autónoma Metropolitana-Xochimilco. Profesor-Investigador del Departamento de Filosofía de la Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores, nivel I. Se especializa en la línea de filosofía política, en particular el pensamiento de G. W. F. Hegel. Es autor de: El litigio por la democracia, México, La Noche/Congreso del Estado de Guerrero, 1998; Sociedad y conflicto en el estado de Guerrero, 1911-1995, México, Plaza y Valdéz, 2003; La sociedad dividida: la sociedad política en Hegel, México, Ediciones Coyoacán, 2008; coordinó el libro Filosofía política: sus clásicos y sus problemas actuales, México, Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa/Juan Pablos, 2007. Asimismo, ha publicado diversos artículos de investigación en revistas especializadas.

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