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Relaciones. Estudios de historia y sociedad

versión On-line ISSN 2448-7554versión impresa ISSN 0185-3929

Relac. Estud. hist. soc. vol.42 no.167 Zamora sep. 2021  Epub 02-Dic-2022

https://doi.org/10.24901/rehs.v42i167.900 

Reseñas

Las leyes de Reforma y su aplicación en México. Por Carmen José Alejos Grau y José Luis Soberanes Fernández. Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2021, 587 p.1

Juan González Morfín1 
http://orcid.org/0000-0002-7278-7872

1Universidad Panamericana, jgonzalezmorfin@yahoo.com.mx

Las leyes de Reforma y su aplicación en México. Alejos Grau, Carmen José; Soberanes Fernández, José Luis. Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2021. 587p. 1


Carmen José Alejos, quien ya había publicado una monografía sobre la vida en México en la época del constitucionalismo (Alejos, 2018), nos ofrece ahora, junto con un especialista en leyes, una obra que viene a llenar al menos dos huecos en la historiografía: por un lado, la presentación de un recorrido concienzudo sobre la génesis, obstáculos, promulgación y puesta en práctica de las Leyes de Reforma y, por otro, una acuciosa investigación en los archivos vaticanos que ayuda a entender mejor cómo fueron recibidas por la Santa Sede.2 Por más que esta época de la historia ya había sido trabajada en el Archivo Secreto Vaticano3 por Luis Ramos, sin embargo, el objetivo de esta obra fue más general.4 En cambio, según señalan los autores, “la aportación del presente libro consiste en el estudio de las leyes emanadas en 1856 y 1857 utilizando fuentes vaticanas y jurídicas mexicanas, que aunque ya exploradas en parte por algunos historiadores, son todavía poco o nada conocidas” (Alejos y Soberanes, 2021, p. 9).

Con todo, la propuesta de Alejos y Soberanes no es tan solo una obra para especialistas en leyes o en historia de México, sino para todo el público aficionado a rastrear en las fuentes primarias para extraer sus propias conclusiones. Efectivamente, el material de primera mano que se presenta es sobremanera abundante y, aunque en algunos momentos, por ejemplo, en el capítulo III, son exhaustivas las citas textuales que no amplían lo ya dicho, no obstante, una de las fortalezas del libro es la gran cantidad de documentos que se ofrecen, por más que en algunos casos una alternativa poco usada podría haber sido la de glosar y sintetizar dicho material.

Se extraña también que en algunas secciones no se haya profundizado en el contexto histórico, quizá porque se da por supuesto que el lector está al tanto. Pero, por mencionar un punto en que se nota esa ausencia, se podría haber abundado en la cantidad de mandatarios que habían ostentado el poder ejecutivo en México desde su Independencia hasta la época de la Reforma. En sentido inverso a esta crítica, sí se ahonda en las relaciones de la Iglesia católica con los gobiernos nacientes después de la Independencia en los diferentes países latinoamericanos.

El libro se divide en tres partes, cada una compuesta de varios capítulos. La primera abarca los años 1848 a 1856 y pretende mostrar los intentos de establecer relaciones diplomáticas entre México y la Santa Sede, así como presentar el marco histórico-jurídico de las leyes sobre bienes eclesiásticos. La segunda se sitúa en los años 1856-1858 para describir tanto las leyes de desamortización y nacionalización de los bienes eclesiásticos, como las soluciones que proponían los eclesiásticos mexicanos y romanos a los problemas que planteaban. La tercera es especialmente interesante, recorre los años 1858 a 1874. En el capítulo séptimo, Alejos desgrana la vida mexicana durante los años de la guerra civil siguiendo los informes enviados a Roma por el representante pontificio Luigi Clementi. También en esta parte se reseñan las complicadas relaciones de la Iglesia católica y el Estado mexicano durante los gobiernos de Juárez y Lerdo de Tejada. En los dos últimos capítulos, Soberanes explica el proceso de constitucionalización de las Leyes de Reforma llevado a cabo en el gobierno de Lerdo.

A lo largo del libro, con testimonios de primera mano se confirman algunos datos ya conocidos, como el talante liberal de Maximiliano de Habsburgo y su afán por aplicar las Leyes de Reforma ocasionando los menores problemas posibles, nunca por abrogarlas. También se conocen posturas de fondo hasta ahora poco conocidas, como la exhortación hecha por Miramón en 1859 a los obispos reunidos con él en el castillo de Chapultepec para que comprometieran su abnegación y su filantropía de modo que las riquezas que hasta ese momento habían ostentado dejaran de ser la manzana de la discordia: “De ustedes depende la salvación de la Iglesia y del Estado. Si tanto le sea permitido conseguir, se salvarán la una y la otra, la posteridad bendecirá la memoria de los prelados que la fortuna destinó a gobernar la Iglesia mexicana en la época más calamitosa, que haya podido atravesar” (Alejos y Soberanes, 2021, p. 353).

Como se anticipa en el título de la reseña, si bien la monografía de Alejos y Soberanes está enfocada en las relaciones entre el Estado mexicano y la Iglesia católica, excede con mucho ese primer objetivo para permitir introducirse en la vida del México decimonónico, especialmente a través de los numerosos informes sobre la situación del país que en esos años se enviaron a Roma. También nos permite adentrarnos en la personalidad de algunos eclesiásticos y de algunos políticos del ala conservadora. Sirve para reconstruir, desde documentos de primera mano, muchos de los acontecimientos militares de la llamada Guerra de los Tres Años y, finalmente, reconstruye una etapa importante de las relaciones diplomáticas de México con la Santa Sede.

Una crítica desde un punto de vista meramente anecdótico es que, en ciertos momentos, salta a la vista que la autora de algunos capítulos está más familiarizada con las costumbres europeas que con las propias de este país, como cuando afirma que Miramón residía en el castillo de Chapultepec “para sobrellevar los calores estivales” (Alejos y Soberanes, 2021, p. 357).

Por último, sin que sea una constante, en varios pasajes la redacción adolece de un tono un poco apologético y utiliza palabras como “persecución”, o frases como “ancla de salvación”, que podrían ir en detrimento de la objetividad y la imparcialidad que se espera en una obra de carácter histórico.

Bibliografía:

ALEJOS GRAU, C. J. (2018). Una historia olvidada e inolvidable. Carranza, Constitución e Iglesia católica en México (1914-1919). Universidad Nacional Autónoma de México -Instituto de Investigaciones Jurídicas. [ Links ]

ALEJOS GRAU, C. J. y Soberanes Fernández, J. L. (2021). Las leyes de Reforma y su aplicación en México. Universidad Nacional Autónoma de México - Instituto de Investigaciones Jurídicas. [ Links ]

GARCÍA UGARTE, M. E. (2010). Poder político y religioso. México siglo XIX. Cámara de Diputados - Instituto de Investigaciones Sociales - Instituto Mexicano de Doctrina Social Cristiana - Miguel Ángel Porrúa. [ Links ]

RAMOS, L. (1997). Del Archivo Secreto Vaticano. La Iglesia y el Estado mexicano en el siglo XIX. Universidad Nacional Autónoma de México - Secretaría de Relaciones Exteriores. [ Links ]

1El libro está disponible en la biblioteca virtual de jurídicas en el siguiente enlace: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/14/6595/15.pdf

2Además del Archivo Apostólico Vaticano y del Archivio Storico della Segreteria di Stato Sezione per i Rapporti con gli Stati, fueron consultados numerosos archivos tanto eclesiásticos como civiles.

3La colección de numerosos fondos documentales que hasta 2019 se les conocía como Archivo Secreto Vaticano, a partir de ese año reciben el nombre de Archivo Apostólico Vaticano, porque la palabra “secreto”, utilizada únicamente para designar que se trataba de un acervo privado, daba lugar a otras interpretaciones.

4La obra de Ramos (1997) hace una muy buena descripción de los archivos vaticanos y de la información que se puede recabar sobre México para después presentar una selección de más de 200 documentos, hasta ese momento inéditos. Otra obra que trabaja algunos de los temas tratados por Alejos y Soberanes, aunque tampoco se centra en las Leyes de Reforma, es la de García Ugarte (2010).

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